1 SESIÓN
1. Dinámica del curso• Con tu usuario y contraseña podrás revisar el material de consulta desde el inicio del curso hasta 1 semana posterior.• En la plataforma podrás descargar las actividades y cargarlas nuevamente para su revisión.• Fechas: Del 27 de noviembre al 1ro de diciembre• Horario: 14:00 a 18:00hrs
2. Conceptos de cumplimiento 2.1 Ética del Oficial de Cumplimiento 2.2 Estructuras internas y área de Cumplimiento 2.3 Funciones del Oficial de Cumplimiento
ACTIVIDAD 1:¿Qué tan listo/a estás para el cambio?Suma el número de veces que elijas las respuestas SI o NO de lassiguientes preguntas.1. ¿Los Directivos, presidente o el consejo ha anunciado públicamenteque el cumplimiento es una prioridad, o han respaldado públicamente laimportancia de los cambios que vienen con el programa decumplimiento?2. ¿Se te contrató o promovió con instrucciones específicas paraimplementar uno o más aspectos del programa de cumplimiento? Porejemplo, ¿Se le contrató con el entendimiento de que implementaríauna línea directa una línea directa de denuncia inmediata?3. ¿La Entidad ya está trabajando un programa de cumplimiento?
4. ¿A la Entidad le asusta el cambio?5. ¿Sientes que pasas la mitad del tiempo explicando qué es el programade cumplimiento a personas que no entienden y no quieren entender?Suma las puntuaciones para SI o NOSi los puntos de SI superan los puntos de NO, tu organización tiene AltaDisposición para el Cambio. Si los puntos de NO superan el número deSI, su organización tiene Baja Disposición para el Cambio.Basándose en su puntuación, especifique si su empresa tiene unaDisponibilidad alta o baja para el cambio.
ACTIVIDAD 2: ¿Cuánta necesidad de cambio hay entu organización?Suma el número de veces que elijas las respuestas SI o NO de lassiguientes preguntas.1. ¿Tu Entidad ha sido notificada, multada o enjuiciada porincumplimiento?2. ¿Tu Entidad ha sido recientemente sometida a una investigación porincumplimiento?3. ¿Tu Entidad ha estado recientemente asegurada por las autoridades?4. De las Entidades pertenecientes a tu sector ¿Alguna ha sido multadarecientemente, procesada, sometida a investigación o encontradaculpable de algún incumplimiento?
5. ¿Se ha despedido a alguien de la alta dirección de tu Entidad en elúltimo año (públicamente o no) por incumplimiento?Suma las puntuaciones para SI o NOSi los puntos de SI superan los puntos de NO, tu organización tiene AltaNecesidad de Cambio. Si los puntos de NO superan el número de SI, suorganización tiene Baja Necesidad de Cambio.Basándose en su puntuación, especifique si su empresa tiene unaNecesidad alta o baja de cambio.Ahora, de acuerdo a tus calificaciones, ubica en qué parte del cuadrantese encuentra tu Entidad de la siguiente Matriz.
Preparación para el cambioPunto de partida del Oficial de Cumplimiento ALTA Baja necesidad / Alta necesidad / Alta preparación Alta preparación Baja necesidad / Alta necesidad / Baja preparación Baja preparación BAJA ALTA Necesidad de cambio
2.1 Ética del Oficial de Cumplimiento CUMPLIMIENTO ÉTICA Función específica que Principios y normas que permite a las empresas deben guiar las acciones de gestionar los riesgos de incumplimiento de las una empresa así como laobligaciones regulatorias. toma de decisiones dentro de ella.
DiferenciasÉTICA CUMPLIMIENTOMotivación Interna. La conducta es Motivación Externa. La conducta esdeterminada por las convicciones. determinada por el temor a las consecuencias.Importa la intención. Importa la conducta.Tiende a ser permanente y consistente a Tiende a ser permanente y consistente alargo plazo. largo plazo.Enfoque Positivo. El deber ser Enfoque Negativo. Lo que NO se debe hacer.Permite discernir y elegir entre lo No hay oportunidad de elección, se debecorrecto y lo incorrecto. hacer lo que está establecido.La ética no requiere de sistemas de El cumplimiento requiere de evidencias.monitoreo y supervisión.La Ética es económica. El cumplimiento es muy costoso.La Ética garantiza el cumplimiento, El cumplimiento no garantiza la ética. Fuente: AMITAI Latam
¿Ética o cumplimiento? “La ética tiene prioridad; no hay necesidad de cumplir” “El cumplimiento asegura que los empleados de todos los niveles respeten los principios éticos.” “Los términos 'ética' y 'cumplimiento' no son intercambiables”Cumplimiento: Respetar las regulaciones, que emana de diferentesfuentes: ley, normas profesionales, expectativas de la sociedad.Ética: Rige la conducta y las decisiones personales en un ambiente devalores indiviuales. La ética y el cumplimiento se complementan Philippe Montigny, President ETHIC Intelligence
2.2 Estructuras internas y áreade Cumplimiento
Principio 29 Basilea:Utilización abusiva de servicios financierosEl supervisor determina que los bancos cuentan con políticas yprocesos adecuados, incluidas estrictas reglas de debida diligenciacon la clientela (CDD), para promover normas éticas y profesionalesde alto nivel en el sector financiero e impedir que el banco seautilizado, intencionalmente o no, con fines delictivos.
Oficial de CumplimientoEl Consejo de Administración deberá asignar las competencias explícitasteniendo realmente en cuenta la estructura de gobierno del banco paragarantizar la gestión eficaz de las políticas y procedimientos de la entidad.El Consejo de Administración y la alta dirección deberán nombrar unresponsable ejecutivo de PBC/FT con la preparación adecuada paraasumir las competencias generales de esa función y con la categoría yautoridad necesarias dentro del banco para que las cuestiones planteadaspor este directivo reciban la necesaria atención del Consejo, la altadirección y las líneas de negocio.Mecanismos de gobierno adecuados. Adecuada gestión de los riesgos relacionados con elblanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Cualidades del OCLas características del cargo del Oficial de Cumplimiento, se relacionan con lascualidades profesionales, con el empleo de su buen juicio en la ejecución de susfunciones. Las cualidades son las siguientes: Administrador de riesgos Objetividad Función permanente y continuidad Crítico Cobertura Total, Suficiente alcance Responsable Dinámico y creativo del trabajo Mente abierta Función Preventiva Adhesión a la filosofía de la institución Competencia e idoneidad profesional Disposición al cambio Capacitación permanente Ingenioso Independencia y autonomía Precavido y reservado Imparcialidad Infraestructura y equipo humano adecuado Asesor permanente Integridad
Conocimientos del OC• Leyes locales, estatales, federales e internacionales aplicables al sector.• Conocimiento de los productos, operación y servicios que tiene la entidad.• Conocimiento de sistemas.• Dominio del español e inglés.• Conocimiento de los lineamientos y mejores prácticas emitidos por organismos internacionales en materia de PLD.
Relación del Oficial de Cumplimiento con otras áreas
Funciones del Oficial de Cumplimiento 1. Elaborar el Manual PLD • Amplio conocimiento de las áreas y productos que opera la entidad. • Manual especialmente diseñado conforme a la Operación de la entidad tomando en cuenta la Metodología de EBR. • Actualización del Manual conforme a los cambios normativos y cambios dentro de la estructura de la entidad. 2. Supervisar que se ejecuten las resoluciones adoptadas por el Comité • De acuerdo a las decisiones y resoluciones que se toman dentro de cada sesión, el OC debe asegurarse que estas sean permeadas a las áreas y que sean ejecutadas. • Verificará que las áreas involucradas estén aplicando dichas resoluciones de manera correcta y oportuna.
3. Informar al Comité sobre las posibles OperacionesInternas Preocupantes• Revisar periódicamente las alertas generadas por el Sistema Automatizado, presentarlas al Comité para la toma de decisiones respecto de las mismas.• Apoyarse con el área de RRHH para las investigaciones y revisión de expedientes de empleados.4. Informar al Comité sobre los contratos que pudierangenerar un Alto RiesgoDe acuerdo a la información arrojada por el sistema automatizado seconocerán los Clientes clasificados como de Alto Riesgo, mismos queserán expuestos durante las sesiones de Comité para definir accionesespecificas.
5. Coordinar las investigaciones para el análisis deOperaciones Inusuales e Internas Preocupantes• Apoyarse en la información cargada dentro del sistema automatizado (identificación del Cliente, perfil transaccional, alertas y monitoreo y seguimiento), así como, en las investigaciones realizadas por la áreas que tengan contacto con el Cliente (promoción y cobranza)• El OC en ningún caso debe ser el que realice las investigaciones con el Cliente directamente.6. Envió de Reportes• De acuerdo la información arrojada por el sistema automatizado y la dictaminación de las Operaciones enviar en los periodos establecidos y a través de los medios oficiales los reportes.• Vigilar que el sistema automatizado esté correctamente parametrizado y que cuente con las listas, a efectos de que la información a reportar sea la adecuada.
7. Ser instancia de consultaTodo el personal de la entidad debe tener conocimiento sobre lapersona que ocupa el cargo de Oficial de Cumplimiento, con lafinalidad de que sepan a quien dirigirse en caso de dudas respectode la aplicación o cumplimiento de sus funciones (PLD/FT), así como,para que puedan reportar lo pertinente.8. Elaborar/enviar el programa de capacitación• De acuerdo a la estructura de la entidad elegir si se impartirá capacitación interna o externa.• Integrar el programa de capacitación con los temas normativos y de mejores prácticas, procurando siempre que estos estén actualizados.• Definir el personal que tomara el curso de capacitación, conforme a las funciones que desempeña y que se encuentren relacionadas al cumplimiento de PLD.• Enviar el programa a la CNBV en el plazo establecido.
9. Atención a requerimientos de las Autoridades• Monitorear los avisos y correos electrónicos que la CNBV pudiera enviar a través del SITI o email.• Monitorear la correspondencia a efectos de recibir oportunamente los oficios emitidos por autoridades.• Apoyarse con el área jurídica para la contestación de los requerimiento de la autoridad.• Atender a la autoridad al momento de practicarse alguna visita de inspección o auditoria.10. Vinculo ente el Comité-SHCP-CNBV• Intermediario ente las autoridades y la entidad a efectos de atender las vistas de inspección.• Auditorias.• Cuestionarios de Operación.• Trasladar las guías y mejores prácticas emitidas por la SHCP a la entidad.• Hacer llegar las dudas de cumplimiento que tenga la entidad a la autoridad.
11. Seguimiento a las denuncias elaboradas por el personalde la entidad• Monitorear el sistema automatizado en el apartado de denuncias, con la finalidad de darle seguimiento a las alertas generadas por posibles Operaciones Inusuales o Internas Preocupantes.• Coordinar las investigaciones pertinentes para el análisis de las alertas.• En su caso, reportar aquellas que una vez realizada la dictaminación resulten procedentes.12. Elaborar la Metodología de Enfoque Basado en Riesgos• Cuantificar los costos asociados a los riesgos que ya han sido identificados.• Identificar los factores críticos• Conocer los procesos que representen riesgos potenciales en PLD/FT• Conocer el ambiente de control en la entidad• Desarrollo de controles para mitigar riesgos• Implementar un plan de acción
3. Régimen de Prevención de LD/FT 3.1 Marco normativo 3.2 Autoridades supervisoras 3.2 Visitas de inspección de la CNBV
Régimen de Prevención de LD/FT en el SFM
ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE PLD Y FT SUJETO OBLIGADO ORDENAMIENTOInstituciones de Crédito Artículo 115 de la Ley de Instituciones de CréditoAlmacenes Generales de Depósito Artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del CréditoCasas de Cambio Artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del CréditoCentros Cambiarios Artículo 95 Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del CréditoSOFOMES Reguladas Artículo 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del CréditoSOFOMES No Reguladas Artículo 95 Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del CréditoTransmisores de Dinero Artículo 95 Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del CréditoAsesores en Inversiones Artículo 226 Bis de la Ley del Mercado de ValoresCasas de Bolsa Artículo 212 de la Ley del Mercado de ValoresAfianzadoras Artículo 492 de la Ley de Instituciones de Seguros y de FianzasAseguradoras Artículo 492 de la Ley de Instituciones de Seguros y de FianzasAFORES Artículo 108 Bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el RetiroSociedades Cooperativas de Ahorro y Artículos 71 y 72 de la Ley para Regular las Actividades de las SociedadesPréstamo Cooperativas de Ahorro y PréstamoFondos de Inversión Artículo 91 de la Ley de Fondos de InversiónUniones de Crédito Artículo 129 de la Ley de Uniones de CréditoFinanciera Nacional de Desarrollo Artículo 60 de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de DesarrolloAgropecuario, Rural, Forestal y Agropecuario, Rural, Forestal y PesqueroPesqueroSociedades Financieras Populares Artículo 124 de la Ley de Ahorro y Crédito PopularSociedades Financieras Comunitarias Artículo 124 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular
Artículo 95 Bis LGOAACLas SOFOMES ENR, los Centros cambiarios y los Transmisores de dinero, entérminos de las DCG que emita la SHCP, con la previa opinión de CNBV, estaránobligados, en adición a cumplir con las demás obligaciones que les resultenaplicables, a:I. Establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos previstos en los artículos 139 ó 148 Bis del CPF o que pudieran ubicarse en los supuestos del artículo 400 Bis del mismo Código.II. Presentar a la SHCP, por conducto de la CNBV, reportes sobre:a) Los actos, operaciones y servicios que realicen con sus clientes y usuarios, relativos a la fracción anterior.b) Todo acto, operación o servicio, que pudiesen ubicarse en el supuesto previsto en la fracción I de este artículo o que, en su caso, pudiesen contravenir o vulnerar la adecuada aplicación de las disposiciones señaladas en la misma, que realice o en el que intervenga algún miembro del consejo de administración, administrador, directivo, funcionario, empleados, factor y apoderado.
III. Registrar en su contabilidad cada una de las operaciones o actos que celebrencon sus clientes o usuarios, así como de las operaciones que celebren coninstituciones financieras. Los reportes a que se refiere la fracción II de este artículo, de conformidad con las disposiciones de carácter general previstas en el mismo, se elaborarán y presentarán tomando en consideración, cuando menos, las modalidades que al efecto estén referidas en dichas disposiciones; las características que deban reunir los actos, operaciones y servicios a que se refiere este artículo para ser reportados, teniendo en cuenta sus montos, frecuencia y naturaleza, los instrumentos monetarios y financieros con que se realicen, y las prácticas comerciales que se observen en las plazas donde se efectúen; así como la periodicidad y los sistemas a través de los cuales habrá de transmitirse la información. Los reportes deberán referirse cuando menos a operaciones que se definan por las disposiciones de carácter general como relevantes, internas preocupantes e inusuales, las relacionadas con transferencias internacionales y operaciones en efectivo realizadas en moneda extranjera.
Asimismo, la SHCP, en las citadas disposiciones de carácter general, emitirá loslineamientos sobre el procedimiento y criterios que las Entidades deberán observarrespecto de:a. El adecuado conocimiento de sus clientes y usuarios, para lo cual aquéllas deberán considerar los antecedentes, condiciones específicas, actividad económica o profesional y las plazas en que operen.b. La información y documentación que las Entidades deban recabar para la celebración de las operaciones y servicios que ellas presten y que acrediten plenamente la identidad de sus clientes.c. La forma en que las Entidades deberán resguardar y garantizar la seguridad de la información y documentación relativas a la identificación de sus clientes y usuarios o quienes lo hayan sido, así como la de aquellos actos, operaciones y servicios reportados conforme al presente artículo.d. Los términos para proporcionar capacitación al interior de las Entidades sobre la materia objeto de este artículo. Las disposiciones de carácter general a que se refiere el presente artículo señalarán los términos para su debido cumplimiento.
e. El uso de sistemas automatizados que coadyuven al cumplimiento de las medidasy procedimientos que se establezcan en las propias disposiciones de caráctergeneral. El establecimiento de aquellas estructuras internas que deban funcionarcomo áreas de cumplimiento en la materia, al interior de cada Entidad. Las Entidades deberán conservar, por al menos diez años, la información y documentación de sus clientes. La SHCP estará facultada para requerir y recabar, por conducto de la CNBV, información y documentación relacionada con los actos, operaciones y servicios. Las Entidades deberán suspender de forma inmediata la realización de actos, operaciones o servicios con los clientes o usuarios que la SHCP les informe mediante una lista de personas bloqueadas que tendrá el carácter de confidencial.
SANCIÓNLa violación a las disposiciones a que se refiere este artículo será sancionada por laCNBV conforme al procedimiento previsto en el artículo 88 Bis de la presente Ley:• Con multa equivalente del diez por ciento al cien por ciento del monto del acto, operación o servicio que se realice con un cliente o usuario que se haya informado que se encuentra en la lista de personas bloqueadas a que se refiere este artículo.• Con multa equivalente del diez por ciento al cien por ciento de la operación inusual no reportada o, en su caso, de la serie de operaciones relacionadas entre sí del mismo cliente o usuario, que debieron haber sido reportadas como operaciones inusuales; tratándose de operaciones relevantes, internas preocupantes, las relacionadas con transferencias internacionales y operaciones en efectivo realizadas en moneda extranjera, no reportadas.• Los incumplimientos a cualquiera de los incisos a., b., c., e. y f. del tercer párrafo de este artículo, se sancionará con multa de 10,000 a 100,000 días de salario y en los demás casos de incumplimiento a este precepto y a las disposiciones que de él emanen multa de 2,000 a 30,000 días de salario.
Autoridades supervisoras
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios. Depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
FUNCIONES PRINCIPALES Promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de los usuarios de servicios financieros. Actuar como árbitro en los conflictos que éstos sometan a su competencia y proveer la equidad en las relaciones entre los mismos usuarios y las instituciones financieras. Promotor de la Educación Financiera.
FUNCIONES CORRECTIVAS Solución de conflictos surgidos entre las entidades financieras y el público usuario de sus servicios. “La razón a quien la tenga.”
FUNCIONES PREVENTIVASDifundir una mayor cultura financiera entre las personas,ofreciendo información clara y objetiva sobre los productos yservicios que ofrecen las instituciones financieras, a través deldesarrollo y promoción de iniciativas en materia de educaciónfinanciera.
REPORTES ANTE CONDUSEFSIPRES RECO RECA REUNE REDECO BEF
SIPRESSistema de Registro de Prestadoresde Servicios Financieros.Este registro contiene toda la información general de la empresa ytrimestralmente se deberá validar dicha información, actualizándolacuando existan cambios o modificaciones en la misma. La validación serealizará en los primeros 10 días hábiles de enero, abril, julio y octubre.
RECORegistro de comisiones, cartera vigente, venciday número de contratos celebrados. En este registro se deberá cargar los 10 primeros días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre, la cartera vigente y vencida a la fecha y el número de contratos celebrados en el trimestre, es decir en los tres meses anteriores. En caso de que existan comisiones en el Contrato de Adhesión, CONFUSEF otorgará autorización para aplicarlas.
RECA Registro de Contratos de Adhesión.• En este registro se cargarán los contratos de Adhesión que utilice la empresa en cada uno de sus productos, lo que nos proporcionará un número RECA. Sin éste no se pueden celebrar contratos de adhesión.• El contrato deberá cumplir con lo que establece la Ley de Transparencia y Ley de CONDUSEF, así como las disposiciones aplicables.
REUNEREUNE.- Registro de Unidades EspecializadasEn este registro se cargarán las consultas y/oreclamaciones que la empresa haya recibido pormedio de la Unidad Especializada en el trimestre, yse presentará los primeros 10 días hábiles de losmeses de enero, abril, julio y octubre.
REDECOEs un Sistema electrónico que contieneinformación de los Despachos de Cobranza,quienes actúan como intermediarios entre laEntidad Financiera y el Deudor, con elpropósito de requerir extrajudicialmente elpago de la deuda, así como, negociar yreestructurar los créditos, préstamos ofinanciamientos.
QUÉ SE PRESENTA Y • En este registro se cargarán las quejas donde seCUANDO SE PRESENTA. capturarán los datos de: • Número de quejas • Motivo de quejas • Respuesta a quejas • Penalizaciones que la empresa haya recibido por medio de la UNE
BEFBEF.-Buró de Entidades Financieras.Es una herramienta de consulta y difusión con la que puede conocerLos productos que ofrecen.Comisiones y tasas.Reclamaciones de los usuarios.Prácticas no sanas en que incurren.Sanciones administrativas que les han impuesto y;Cláusulas abusivas de sus contratos.SE PRESENTA DEL 1° AL DÍA 30 DE LOS MESES DE ENERO, ABRIL, JULIO Y OCTUBRE
EN RESUMEN…• Órgano Regulador y Supervisor.• Tiene la facultad de ordenar cambios en su ámbito.• Puede suspender y retirar la publicidad engañosa.• Responsable de la Trasparencia Financiera.• Establece acciones y programas de Educación Financiera.
La CNBV tiene por objeto supervisar y regular a las entidadesintegrantes del sistema financiero mexicano, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener yfomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público.
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