AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN DE CNBV
OBJETIVO INFORME DE AUDITORÍA Brindar a los sujetos obligados la información necesaria para adoptar las medidas que permitan hacer más eficientes sus procesos, mecanismos y herramientas en materia de PLD/FT, así como para establecer planes de acción para mejorar las áreas de oportunidad que deriven de la revisión materia del informe.
Elaboración:El Informe de Auditoría, lo debe elaborar el auditor internoo externo del sujeto obligado.Requisitos:El auditor interno o externo que cumpla con los siguientesrequisitos:❖ Contar con el Certificado vigente.❖ No haber sido sentenciado por delitos patrimoniales.❖ No estar inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano, así como no estar en concurso.❖ No ser, ni tener ofrecimiento para ser consejero o directivo del sujeto obligado.❖ No tener litigio pendiente con el sujeto obligado.❖ No tener antecedentes de suspensión, cancelación o revocación de algún registro para fungir como auditor.
Prohibición:En ningún caso, la designación del oficial de cumplimientode un sujeto obligado podrá recaer en persona que tengafunciones de auditoría interna en el mismo.Envío:• La dirección general y el CCC o, en su caso, el OC de los sujetos obligados deberán conocer el contenido del Informe de Auditoría.• Enviarse a la CNBV a través del SITI PLD/FT, dentro de los 60 días naturales siguientes al cierre del ejercicio al que corresponda la revisión.• Remitir a la CNBV una carta firmada por el Auditor con el número y fecha de expedición del Certificado y manifestar bajo protesta de decir verdad, que conoce el contenido de los lineamientos y cumple con los requisitos.• Contestar un cuestionario con base en la información y documentación para la elaboración del informe.
“Lineamientos para la elaboración del Informede Auditoría para evaluar el cumplimiento delas disposiciones de carácter general enmateria de prevención de operaciones conrecursos de procedencia lícita y financiamientoal terrorismo”
✓ Publicados en el DOF el 19 de enero de 2017.✓ Tienen por objeto establecer los procedimientos y requisitos mínimos que deben observar y cumplir los sujetos obligados respecto de la elaboración y presentación ante la CNBV del Informe de Auditoría.
LÍNEAMIENTOS DELINFORME DE AUDITORÍA✓ Redactado en español.✓ Dividido en capítulos, apartados o incisos.✓ Tener anexa la documentación que sirvió de base para su elaboración✓ Tipografía en tamaño de al menos 10 puntos, resaltando en negritas las divisiones.
El resultado de la revisión de las políticas de identificación del cliente o usuario:a) Que el Manual PLD/FT, incluya criterios, medidas y procedimientos de adecuado a los servicios, productos y operaciones del SO.b) Identificación de conformidad con el perfil, características y tipo de cliente/usuario.c) Si aplica las políticas en las cuentas concentradoras abiertas por dicho Sujeto Obligado.d) Cuenta con los mecanismos de seguimiento y de agrupación de operaciones señalados en las Disposiciones, así como los relativos al escalamiento de aprobación interna.e) Verificación de expedientes de acuerdo al grado de riesgo y su reclasificación.f) Ha realizado visitas a domicilio.
El resultado de la revisión de las políticas de conocimiento del cliente o usuario:a) Que el Manual PLD/FT, incluya criterios, medidas y procedimientos de adecuado a los servicios, productos y operaciones del SO.b) Determina el perfil y el comportamiento transaccional del Cliente o Usuario.c) Clasifica al Cliente o Usuario en función a su grado de Riesgo.d) Cuenta con un sistema de alertas que le permite dar seguimiento y detectar oportunamente cambios en el perfil transaccional.e) Supervisión del comportamiento transaccional del Cliente o Usuario clasificados como de alto Riesgo.f) Conocer Clientes o Usuarios considerados PEP y su procedimiento de aprobación de operaciones.g) Realización de operaciones de alto riesgo y su aprobación.h) Identificación del Propietario real.i) Identificación de personas ubicadas en la Lista de Personas Bloqueadas.
Evaluación revisión de la presentación de los reportes de Operaciones:a) Presentó en tiempo y forma los reportes que le corresponden por tipo de Entidad: • Operaciones relevantes • Operaciones inusuales • Reportes de 24hrs • Operaciones internas preocupantes • Transferencias internacionales de fondos • Operaciones en efectivo con USD • Operaciones con cheques de caja • Montos totales de divisas
Evaluación de la integración de las estructuras internas:✓ Designación, integración, revocación del CCC y OC.✓ Aviso de personas que ejercen el control.✓ Aviso de la transmisión de acciones o partes sociales.✓ El auditor incluirá informe de las funciones y obligaciones.
Evaluación de la capacitación y difusión:✓ Programa acorde a la Entidad y enviado a la CNBV en el plazo.✓ Acreditación de la impartición.✓ Difusión de las Disposiciones.✓ Expedición de constancias.✓ Medidas para los empleados.
Evaluación del sistema Evaluación de la automatizado: Selección del personal: El Auditor verificará que cuenta con todas las funciones • Cuenta con asegurándose de lo siguiente: procedimientos de • Clasificar los tipos de acuerdo con la DCG. operaciones, productos o • Expedientes integrados. servicios, • Constancias de • Agrupar las operaciones de un mismo Cliente o Usuario, participación en cursos • Ejecutar sistemas de alertas, de PLD/FT. entre otras.
Evaluación de la Evaluación de las Listas: conservación de la Cuenta con mecanismos para información: identificar a los clientes y/o usuarios ubicados en las listas de:✓ Reportes de operaciones. • Personas Políticamente✓ Expedientes de clientes y/o Expuestas usuarios. • Emitidas por autoridades✓ Informe de Auditoría mexicanas e internacionales. • Personas Bloqueadas. • Países y jurisdicciones.
EL INFORME DE AUDITORÍADEBE CONTENER POR LO MENOS:X. Otra información:• Tratándose de transmisores de dinero, si se presentó en tiempo y forma, el aviso que contenga la lista de los agentes relacionados con los que cada transmisor de dinero tenga una relación contractual y los terceros con los que operen los agentes relacionados.• Información que haya sido requerida por la Comisión.• Cómo se subsanaron las observaciones, recomendaciones y acciones correctivas que la Comisión le notificó.
ENVÍO DEL INFORME DE AUDITORÍA• Se debe enviar a través del portal SITI• Los primeros 60 días naturales del año.
OBLIGACIÓN SECTOR PERIODO DE INFORME Comité de Comunicación y Todos (excepto Dentro de los 15 días hábiles siguientes Control asesores en inversiones) a la fecha en que se haya designado las áreas correspondientes.EJERCICIO Manual PLD/FT Todos Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha en que su respectivo Comité de Auditoría las apruebe. Informe de programa anual de Todos Dentro de los primeros 15 días hábiles Capacitación de enero de cada año. Informe de Auditoría Todos (excepto Dentro de los 60 días naturales asesores en inversiones) siguientes al cierre del ejercicio al que corresponda la revisión. Aviso de agentes relacionados Transmisores de Dinero Dentro de los primeros 15 días hábiles de cada año. SOFOMES Dentro de los 3 días hábiles siguientes a aquél en que se haya inscrito en el Transmisión de acciones por Centros Cambiarios Registro respectivo la transmisión de más del 2% del capital social pagado. más del 2% de su capital social Transmisores de pagado Dinero Casas de Cambio Designación. Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha en que se Oficial de Cumplimiento Todos (excepto haya efectuado la designación asesores en inversiones) correspondiente. Revocación. Al día hábil siguiente a la
Oficial de Cumplimiento Todos (excepto haya efectuado la designación OBLIGACIÓN asesores en inversiones) correspondiente.iOCCnfootiecmnritaiirntloéodledeCuCmompluimniiceanctioón y Revocación. Al día hábil siguiente a laRepresentante deCMuamnpulaiml PieLnDt/oFT fecha en que la misma haya ocurrido. SECTOR PERIODO DE INFORME TaaTsosoededsosoosorser(ee(sexsexcencenepipntinotvoveersrisoionnees)s) ADl deínatrhoábdiel lsoigsu1ie5ndtíeaas hlaáfbeiclehsaseignuqieunetes laamlaisfmecahhaaeynaqouceursreidhoa.ya designado las áreas correspondientes. Asesores en inversiones Dentro de los 15 días hábiles siguientes Todos aDlaenfetcrohadenloqsu2e0sdeíhaasyhaáebfielecstusaigduoieenltes naomlabfreacmhaieenntoqcuoerrseusrpeosnpdeicetnivtoe.Comité de Auditoría las apruebe.Informe de programa anual de STOoFdOoMs ENR Dentro de los primeros 15 días hábilesCapacitación de enero de cada año. Centros CambiariosPInefrosormnaesdqeueAuedjeitrocerína el TTroandsoms i(seoxrceespdtoe Dinero DDeenntrtoroddeelolos s1060ddíaísashánbaitluersasliegsuientescontrol CaasseassodreesCeanmibnivoersiones) asaigquuieelnetensqaulecileorsraecdceiolneijsetracsi,csioocailoqsuoeAviso de agentes relacionados Entidades de Ahorro y dcuoerñroessproesnpdeacltaivroesvcisoiómnu.niquen esa Crédito Popular situación. FTornadnossmdiseoIrnevsedrseióDninero Dentro de los primeros 15 días hábiles de cada año. SOFOMES Dentro de los 3 días hábiles siguientes Taieanqeuuénlaenvigqeunecsiae dheay3aaiñnoscsr.iDtoebeen elTransmisión de acciones por SCOeFnOtMrosECNaRmbiarios soRleicgiitsatrrsoerceosnpe1c5t0ivdoíalastnraatnusrmaliesisón deDmicátsamdeeln2%técdneicsou capital social CTernatnrsoms Cisaomrebsiadreios pmreávsiodaels2u%vedneclimcaipeinttaol .social pagado.pagado TDrainnesrmoisores de Dinero Casas de CambioOficial de Cumplimiento Todos (excepto Designación. Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha en que se haya efectuado la designación
SUPERVISIÓN DE LA CNBVREGLAMENTO DE SUPERVISIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES
La CNBV tiene por objeto supervisar yregular en el ámbito de su competencia a lasentidades integrantes del sistema financieromexicano, a fin de procurar su estabilidad ycorrecto funcionamiento, así como mantener yfomentar el sano y equilibrado desarrollo dedicho sistema en su conjunto, en protección delos intereses del público.
OBJETO DE LA SUPERVISIÓNEvaluar los riesgos a que están sujetas, sussistemas de control y la calidad de suadministración, a fin de procurar que lasmismas mantengan una adecuada liquidez,sean solventes y estables y, en general, seajusten a las disposiciones que las rigen y alos usos y sanas prácticas de los mercadosfinancieros.
GENERALIDADES SUPERVISIÓNPrudencial Materia de PLD/FTLa CNBV verificará que los sujetos obligados La CNBV verificará que los sujetos obligadoscumplan con las reglas prudenciales, de registro establezcan medidas y procedimientos paracontable de operaciones, de requerimientos de prevenir y detectar actos, omisiones u operacionesinformación financiera, de estimación de activos y que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio opasivos y de constitución de reservas preventivas. cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos previstos en los artículos 139 Quáter del Código Penal Federal o que pudieran ubicarse en los supuestos del artículo 400 Bis del mismo Código, en cumplimiento de las obligaciones contenidas en las Disposiciones de carácter general.
ALCANCE DE LA SUPERVISIÓN
¿Qué es una Federación?• Las Federaciones son instituciones de interés público, con personalidad jurídica y patrimonio propios; podrán adoptar cualquier naturaleza jurídica, siempre que no tenga fines lucrativos. Son autorizadas por la CNBV, para ejercer de manera auxiliar la supervisión de Sofipos en los términos de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.• Tendrán por objeto revisar, verificar, comprobar y evaluar los recursos, obligaciones y patrimonio, así como las operaciones, funcionamiento, sistemas de control y en general, todo lo que pudiendo afectar la posición financiera y legal de las Sofipos, conste o deba constar en los registros, a fin de que se ajusten al cumplimiento de las disposiciones que las rigen y a las sanas prácticas de la materia.
Federaciones en operación • Fine Servicios, S.C. (Fine) • Federación Victoria Popular, S.C. (Victoria) • Federación Atlántico Pacífico del Sector de Ahorro y Crédito Popular, A.C. (Atlántico) • Federación Fortaleza Social, A.C. (Fortaleza) • Federación Mexicana de Desarrollo, A.C. (Femdes) • Federación de Instituciones y Organismos Financieros Rurales, A.C. (Fedrural)
¿Qué es un Fondo de Protección?Art. 99 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular :• El Gobierno Federal, a través de la Secretaría, constituirá un fideicomiso que se denominará Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a sus Ahorradores, que para efectos de esta Ley se denomina como Fondo de Protección.• El Fondo de Protección tendrá como finalidad realizar operaciones preventivas tendientes a evitar problemas financieros que puedan presentar dichas sociedades, así como procurar el cumplimiento de obligaciones relativas a los depósitos de ahorro de sus Clientes.
Funciones del Fondo de Protección • Seguro de depósito: ✓ Proteger al sistema financiero de una corrida bancaria ✓ Proteger a los pequeños depositantes de los bancos • Acreditante de última instancia Atender problemas de liquidez temporal (Supone que el FP cuenta con más y mejor información respecto de los problemas de una SOFIPO) • Rescate Evitar la insolvencia de una SOFIPO cuando pueda llegar a ocasionar problemas de inestabilidad en el sistema
La función de supervisión comprende el ejercicio de las facultades de inspección, de vigilancia y de prevención y corrección que los ordenamientos legales y demásdisposiciones aplicables le confieren a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La inspección se efectuará a través de visitas, verificación deoperaciones y auditoría de registros y sistemas, en las instalacioneso equipos automatizados de las entidades financieras, paracomprobar el estado en que se encuentran estas últimas.La vigilancia por medio del análisis de información económicay financiera, a fin de medir posibles efectos en las entidadesfinancieras y en el sistema financiero en su conjunto. Asimismo,comprenderá el análisis de la información del establecimiento decontroles preventivos para verificar el cumplimiento de lanormatividad en materia de PLD/FT.La prevención y corrección se llevarán a cabo mediante elestablecimiento de programas de cumplimiento forzoso para lasentidades financieras, tendientes a eliminar irregularidades. Estosse establecerán cuando las entidades presenten desequilibriosfinancieros.
La inspección se efectuará a través de visitas,verificación de operaciones y auditoría deregistros y sistemas, en las instalaciones oequipos automatizados de las EntidadesSupervisadas o Personas con el objeto decomprobar el estado en que se encuentran estasúltimas, incluyendo la situación sobre suliquidez, solvencia y estabilidad, así como eladecuado cumplimiento de las disposicionesaplicables.
TIPOS DE VISITASLas visitas de inspecciónque la Comisión lleve a cabopodrán ser:1. Ordinarias2. Especiales3. Investigación.
1. ORDINARIASSerán aquéllas que se efectúen deconformidad con el programa anualque elabore la Comisión.El Programa Anual, deberá contemplarlos objetivos generales que pretendanser alcanzados, así como la forma ytérminos en que se llevará a cabo.Contemplará que las visitas ordinariasse practiquen con la frecuencia quelaexperiencia y las necesidades ameriten.
2. ESPECIALESLa Comisión podrá llevar a cabo este tipo de visitas especiales encualquiera de los supuestos siguientes:I. Para examinar y/o corregir situaciones especiales operativasII. Para dar seguimiento a los resultados obtenidos en una visita de inspección.III. Cuando se presenten modificaciones en la situación contable, legal, económica, financiera o administrativa de una Entidad Supervisada.IV. Cuando se inicie operaciones después de la elaboración del programa anual.V. Cuando se presenten hechos, actos u omisiones que no hayan sido originalmente contempladas en el programa anual.VI. Cuando deriven de la cooperación internacional.
3. INVESTIGACIÓNLas visitas de investigación seefectuarán siempre que la Comisióntenga indicios de los cuales puedadesprenderse la realización de algunaconducta que presuntamentecontravenga las leyes que rigen a lasEntidades Supervisadas o Personas ydemás disposiciones aplicables.
EL INVESTIGADOR…▪ Elabora Informe general: aspectos cualitativos y cuantitativos▪ Elabora Informes parciales: actos u omisiones que se deben comunicar a la Comisión.▪ No están facultados para ordenar ajustes, castigos y demás movimientos contables a la Entidad Supervisada.
PROCEDIMIENTO DE UNA VISITA Las visitas de inspección se ordenarán mediante oficio1 suscrito por el servidor público de la Comisión. El oficio que contenga la orden de visita deberá estar debidamente fundado2 y motivado y cumplir con requisitos específicos.3 Al presentarse los Inspectores deberán identificarse previamente exhibiendo credencial vigente con fotografía, expedida por la Comisión. Se levantará por escrito un acta de inicio, en el lugar en donde4 se efectúe la visita y contendrá requisitos específicos. El Inspector designado para coordinar la visita deberá dar a conocer las5 penas en que incurren quienes declaran falsamente ante autoridad distinta de la judicial en el ejercicio de sus atribuciones.
6 Los Inspectores deberán requerir que designe a dos testigos7 Los Inspectores deberán realizar sus funciones apegándose al horario8 Está obligado a permitir a los Inspectores el acceso, incluyendo el acceso irrestricto a la documentación y demás fuentes de información.9 La Entidad Supervisada deberá proporcionar el espacio físico necesario10 Los Inspectores deberán elaborar una relación genérica de la información y documentación. En el caso de que la información y documentación se encuentre resguardada la11 Entidad Supervisada estará obligada a solicitarla y obtenerla para su entrega a los Inspectores .
12 Los Inspectores podrán levantar actas parciales en las que se hagan constar hechos, actos u omisiones en el desarrollo de la visita.13 Al término de toda visita de inspección, los Inspectores levantarán un acta de conclusión y deberá contener los requisitos solicitados.14 Una vez levantada el acta de conclusión se tendrá por concluida la visita y no podrá levantarse acta posterior alguna.
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