CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS - ANEPECuaderno de Trabajo Nº07-2016 ISSN 0719-4110 Cuaderno de Trabajo Nº 15/2016LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA:DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DEINCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓN 1CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CUADERNOS DE TRABAJO es una publicación orientada a abordar temas vinculados a la Seguridad y Defensa a fin de contribuir a la formación de opinión en estas materias. Los cuadernos están principalmente dirigidos a tomadores de decisiones y asesores del ámbito de la Defensa, altos oficiales de las Fuerzas Armadas, académicos y personas relacionadas con la comunidad de defensa en general. Estos cuadernos son elaborados por investigadores del CEE de la ANEPE, pero sus páginas se encuentran abiertas a todos quienes quieran contribuir al pensamiento y debate de estos temas.CUADERNO DE TRABAJO DEL CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS es una publicaciónelectrónica del Centro de Estudios Estratégicos de la Academia Nacional de Estudios Políticos yEstratégicos y está registrada bajo el ISSN 0719-4110 Cuad. Trab., - Cent. Estud. Estratég.Dirección postal: Avda. Eliodoro Yáñez 2760, Providencia, Santiago, Chile.Sitio Web www.anepe.cl. Teléfonos (+56 2) 2598 1000, correo electrónico [email protected] los artículos son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente la opinión dela Academia.Autorizada su reproducción mencionando el cuaderno de trabajo y el autor. CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA: DESAFÍOS EN LAIMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓN Diciembre, 2016 Omar Gutiérrez Valdebenito1INTRODUCCIÓN social”2. Esta última entendida como “laEn el marco de un sistema internacional posibilidad de todos los individuos ycaracterizado por el término de la GuerraFría, las Fuerzas Armadas estarían en grupos, sin excepción, de utilizar susuna transición desde institucionestradicionales a posmodernas, como fue habilidades propias para participar enexpresado por Charles Moskos “… luegode la Guerra Fría, se dio una evolución actividades tanto públicas comoimportante desde el tradicional modelo de privadas”3.Fuerzas Armadas modernas haciaFuerzas Armadas posmodernas. El En los últimos años, en el contexto de laprimero vinculado al Estado-Nación, conpreeminencia de intereses geopolíticos, sociedad posmoderna, los cambios deuna cultura corporativa basada en elorden y la obediencia y un sistema de patrones culturales y valores han ocurridoreclutamiento formalmente establecido(Servicio Militar Obligatorio); mientras que con extraordinaria celeridad, comoel segundo, identificado con unas FuerzasArmadas de pautas flexibles, consecuencia del proceso histórico dereclutamiento voluntario (en algunoscasos multinacionales), formador de integración mundial en los ámbitosrecursos humanos profesionales, conroles más diversos y de mayor inclusión político, económico, social, cultural y tecnológico, que ha convertido al mundo en un lugar cada vez más interconectado; que, además, a través de la información, y el acceso a esta, nos ha mostrado que existen individuos y grupos que no pueden gozar de sus derechos constitucionales por pertenecer a un sector considerado minoritario. Los cambios en los patrones sociales 1 Oficial de Marina en retiro, Profesor de Estado en Física de la Universidad Técnica del Estado (hoy Universidad de Santiago), Magíster en Ciencia Política del Programa de Estudios conjunto de la Universidad Marítima y la Academia de Guerra Naval y Master of Arts en Sociología, especializado en Sociología Militar, de la Universidad de Maryland de los Estados Unidos de América. Investigador del Centro de Estudios Estratégicos de la Armada de Chile (CEDESTRA) e Investigador invitado del Centro de Estudios Estratégicos de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos (ANEPE). 2 MOSKOS, Charles, WILLIAMS, John y SEGAL, David. The posmodern military, 2000. 3 CÉSPEDES, C. “Inclusión Social”. En: RIQUELME, J. & GALLARDO, A. Defensa 2025: Desafíos, 2016, p. 84.2 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA: DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNobservados derivan en nuevas etc.valoraciones culturales que tienen su eje En Chile, las instituciones armadas, comoen consideraciones centradas en la parte integral de la sociedad,persona. Estas nuevas valoraciones y, especialmente después de la transiciónconsiguientes demandas, afectan a la del régimen autoritario a uno democrático,totalidad de la sociedad y, en han estado sujetas a un proceso deconsecuencia, a las Fuerzas Armadas. equiparación con la administraciónComo una forma de reparar la exclusión general del Estado, tendientes a hacerlassocial de individuos y grupos minoritarios, converger con la sociedad nacional,en general, las autoridades realidad que se puede visualizar engubernamentales han elaborado y diversas temáticas que han sido parte depropuesto políticas públicas tendientes a la discusión pública.corregir este “…la presencia de la mujer y En este contexto,fenómeno en el Ministerio dematerias como: el homosexuales en el ámbito militar, por Defensa Nacional ejemplo, se consideran indicadores para creó el Grupo degénero, la Trabajo Asesor hablar de una organización militar sobre Políticas deorientación sexual,la discapacidad ylos pueblos posmoderna tras el final de la Guerra Inclusión y Nooriginarios. Fría.” Discriminación enDesde esta el Ministerio de Nacional4 que, en elperspectiva, la presencia de la mujer y Defensahomosexuales en el ámbito militar, por Considerando 2 de la Resolución queejemplo, se consideran indicadores para crea el señalado Grupo, indica que:hablar de una organización militar “Todas las personas son iguales, y ni laposmoderna tras el final de la Guerra Fría. ley ni la autoridad pueden establecerAdicionalmente, como señala el Instituto discriminaciones o diferencias arbitrales.Interamericano de Derechos Humanos, la Adicionalmente, y con la promulgación debúsqueda de una igualdad real ha la Ley Nº 20.609, que establece medidasinspirado una larga movilización social en contra la discriminación, se prohíbe todatodo el mundo. Por ello, sobre todo desde distinción, exclusión o restricción quelos años 80, se han realizado esfuerzos carezca de justificación razonable de lospara desarrollar normativas derechos fundamentales establecidos enantidiscriminatorias, en especial, aquellas la Constitución o en los Tratadosque existen por razón de orientación internacionales de Derechos Humanossexual, etnia, religión, sexo, identidad de que hayan sido ratificados por nuestrogénero, identidad cultural, discapacidad, país, y que se funden en razones de raza4 Ministerio de Defensa Nacional, Resolución Ministerial Exenta Nº 6800/231, s.f. 3 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016o etnia, la nacionalidad, la situación internacionales suscritos y ratificados porsocioeconómica, el idioma, la ideología u Chile. Finalmente, analizar los desafíosopinión política, la religión o creencia, la que le significan a las Fuerzas Armadas lasindicación o participación en implementación de las políticas deorganizaciones gremiales o la falta de inclusión y no discriminación.ellas, el sexo, la orientación sexual, laidentidad de género, el estado civil, la ORIGEN DE LA INCLUSIÓN Y NOedad, la filiación, la apariencia personal y DISCRIMINACIÓN / POLÍTICAS DEla enfermedad o discapacidad”. IGUALDAD DE OPORTUNIDADESLa actual administración del país, como Chile ha ratificado diversos instrumentosconsta en la Cuenta Pública del año 2015, en materia de derechos humanos. Sinresolvió dar un nuevo impulso a la política embargo, no fue sino hasta finales de lade género en las instituciones de la década de los ochenta y principios de losDefensa e noventa que se promulgaron losincorporar en la “La actual administración del país, comoagenda sectorial la consta en la Cuenta Pública del año 2015, principales resolvió dar un nuevo impulso a la tratados: Pactoasimilación de las Internacional de política de género en las instituciones de Derechos Civilesleyes de nodiscriminación5. Esasí que el Grupo la Defensa e incorporar en la agenda y Políticos (29 dede Trabajo de sectorial la asimilación de las leyes de no abril de 1989), elInclusión y NoDiscriminación se discriminación.” Pacto Internacional deha abocado a Derechosprofundizar cuatro áreas: a) género, b) Económicos, Sociales y Culturales (27 dediversidad sexual, c) pueblos originarios y mayo de 1989) y la Convenciónd) personas en situación de discapacidad. Americana sobre Derechos Humanos (deEl propósito de este trabajo es presentar enero de 1991).el comienzo de las políticas de inclusión y De la Conferencia Mundial de losno discriminación y la Agenda de la Derechos Humanos (Viena, 1993),Defensa Nacional en materias de pasando por la Conferencia InternacionalInclusión y no Discriminación, es decir, sobre Población y Desarrollo (El Cairo,género, diversidad sexual, discapacidad y 1994), la IV Conferencia Mundial sobre lapueblos originarios. Asimismo, describir Mujer (Beijing, 1995) y la Convenciónlos factores que sustentan la Agenda de sobre la Eliminación de todas las formasla Defensa Nacional, a partir de las leyes de Discriminación contra la Mujervigentes y los compromisos (CEDAW, 1999), de las cuales y las5 Cuenta Pública 2015, Sector Defensa Nacional.4 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA: DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNsiguientes emanan planes de acción que Internacional de Derechos Civiles y otrosluego son adoptados por los países, tratados de derechos humanos no sonconfiguran el estado actual de la igualdad exhaustivos. Los Estados, cuandode derechos entre hombres y mujeres. redactaron estos tratados, establecieronDesde la Carta de Naciones Unidas hasta intencionalmente los motivos delos principales tratados de derechos discriminación abiertos al utilizar la frasehumanos consagran el principio “cualquier otra condición social”6.transversal de igualdad y no En este mismo sentido, los Estados tienendiscriminación vigentes en la normativa la obligación de proteger a las personasinternacional de derechos humanos. En de la discriminación, independiente de sueste sentido, la Declaración Universal de orientación sexual y su identidad deDerechos Humanos presenta en su género. En consecuencia, es ilegal hacerartículo primero que “todos los seres cualquier distinción en materia dehumanos nacen derechos de laslibres e iguales en “El principio de igualdad exige que los personas por el derechos enunciados en los distintos hecho de quedignidad y instrumentos se reconozcan a todas las sean lesbianas,derechos”. El gay, bisexual oprincipio deigualdad exige que personas sin discriminación alguna y que transgénerolos derechos los Estados velen porque sus leyes, (LGBT), comoenunciados en los políticas y programas no sean también, pordistintos discriminatorios.” motivo de colorinstrumentos se de piel, raza, elreconozcan a todas sexo, la religión olas personas sin discriminación alguna y cualquier otra condición. Esta posición haque los Estados velen porque sus leyes, sido confirmada reiteradamente en laspolíticas y programas no sean decisiones y orientaciones emitidas pordiscriminatorios. distintos órganos de las NacionesLa orientación sexual y la identidad de Unidas7.género, al igual que otras categorías A partir de los noventa el país tuvo uncomo la discapacidad, la edad y el estado nuevo énfasis en la aceptación dede salud, no se encuentran expresamente tratados internacionales, ratificandoconsagrados en los motivos enumerados. instrumentos en materias específicasPero los motivos específicos de (mujeres, niños, pueblos indígenas,discriminación mencionados en el Pacto discapacidad, entre otros), adoptándose6 Orientación sexual e identidad de género en el Derechos Internacional de los derechos humanos. NacionesUnidas, Derechos Humanos, América del Sur, Oficina Regional. Disponible en: www.uchile.cl/.../orientacion-sexual-e-identidad-de-genero-en-el-derecho-internacion...7 Normas Internacionales de Derechos Humanos y orientación sexual e identidad de género. Disponible en:https://unfe.org/system/unfe-21-UN_Fact_Sheets_-_Spanish_v1c.pdf 5 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016los protocolos facultativos respectivos que toda vez que organismos nopermiten a los comités de derechos gubernamentales se encargan de exigir,humanos conocer de casos individuales. verificar y sancionar de ser necesario.En los últimos años, en el contexto de lainclusión, Chile ha mantenido la misma MARCO NORMATIVO INTERNACIONALtendencia en la adopción de tratados Y NACIONALinternacionales; entre las últimas Existe un abundante conjunto de leyesratificaciones destacan el Convenio 169 que buscan garantizar el derecho a lade la OIT sobre pueblos indígenas y igualdad entre los miembros de latribales en países independientes sociedad actual y proscribe toda forma de(promulgado el 14 de octubre de 2008) y discriminación, en el ámbito nacional ela Convención de “Como consecuencia de los internacional.Naciones Unidas Este conjunto desobre los compromisos internacionales en materia normas legalesderechos de derechos humanos, las diferentes está dirigido a administraciones del Estado se han visto hacer efectivo loshumanos de las derechos de lospersonas condiscapacidad y su obligadas a avanzar en la incorporación distintos sectoresprotocolo de las perspectivas de género, la de la población inclusión y no discriminación de minorías sin discriminaciónfacultativo (17 de de ningún tipo, a la Agenda Pública.” aunque tambiénseptiembre de2008)8.Como existen otrasconsecuencia de los compromisos normas orientadas a la protección deinternacionales en materia de derechos algunos sectores específicos o a lahumanos, las diferentes administraciones sanción de ciertas manifestacionesdel Estado se han visto obligadas a concretas de discriminación. Aavanzar en la incorporación de las continuación se presenta, sin serperspectivas de género, la inclusión y no exhaustivo, un cuadro sintético condiscriminación de minorías a la Agenda normas internacionales suscritas y/oPública, con el propósito de restablecer ratificadas por Chile, en materia desus derechos fundamentales a través de género, diversidad sexual, discapacidad ypolíticas de igualdad de oportunidades, pueblos originarios8 NASCH, Claudio. Derecho Internacional de los Derechos Humanos en Chile, 2012, p. 84.6 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA: DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNGÉNERO NORMATIVAS - Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos9.DIVERSIDADSEXUAL - Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de DiscriminaciónDISCAPACIDAD contra la Mujer (CEDAW)10.PUEBLOS - Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares (C156ORIGINARIOS OIT)11, ratificada en 1994. - Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer. Plataforma de Acción Mundial (PAM), Beijing, 1995. - Convenio sobre la Protección de la Maternidad (revisado), (C103 OIT)12. - Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia13. - Resolución ONU sobre DD.HH., orientación sexual e identidad de género14 y 15. - Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas Discapacitadas16. - Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad17, 2006. - Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad18. - Convenio Nº 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales (C169 OIT)19.9 Este Pacto defiende la protección contra la discriminación por razón de género, religión, raza u otra condición,1966.10 ONU. Aprobada por la Asamblea General, Resolución 34/180, de 18 de diciembre de 1979. Ratificada porChile según Decreto Nº 789, Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial con fecha 9 dediciembre de 1989.11 OIT. Adopción: Ginebra, 67ª reunión CIT, 23 de junio de 1981. Ratificado por Chile el 14 de octubre de 1994.12 OIT. Adopción: Ginebra, 35ª reunión CIT, 28 de junio de 1952. Ratificado por Chile el 14 de octubre de 1994.13 OEA. Aprobada por la Asamblea General celebrada el 5 de junio de 2013.14 ONU. Asamblea General, Consejo de Derechos Humanos, 17º período de sesiones, de fecha 15 de junio de2011.15 ONU. Asamblea General, Consejo de Derechos Humanos, 27º período de sesiones, de fecha 24 deseptiembre de 2011.16 ONU. Asamblea General en su 29° período ordinario de sesiones, celebrado el 6 de julio de 1999. Ratificadapor Chile según Decreto Nº 99, Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial con fecha 20de febrero de 2002.17 ONU. Aprobada por la Asamblea General el 13 de diciembre de 2006. Ratificada por Chile según Decreto Nº201, Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de septiembre de 2008.18 ONU. Aprobada por la Asamblea General el 13 de diciembre de 2006. Ratificada por Chile según Decreto Nº201, Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de septiembre de 2008.19 ONU. Aprobada por la Asamblea General en la 76a reunión de la Conferencia General de la OrganizaciónInternacional del Trabajo, el 27 de junio de 1989. Ratificada por Chile según Decreto Nº 236, Ministerio deRelaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial con fecha 14 de junio de 2008. 7 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016Tratados internacionales discriminación y garantizará a todas lasNuestro país, en las últimas décadas, ha personas protección igual y efectivasuscrito, ratificado e incorporado en su contra cualquier discriminación porlegislación la normativa internacional motivos de raza, color, sexo, idioma,respecto del género, diversidad sexual, religión, opiniones políticas o de cualquierpueblos originarios y personas con índole, origen nacional o social, posicióndiscapacidad que se encuentran económica, nacimiento o cualquier otraplenamente vigentes y obligan al Estado a condición”21. En la segunda, se señalapromover, proteger y asegurar tales que “Todas las personas son iguales antederechos. la ley. En consecuencia, tienen derecho,En primer lugar, la Declaración Universal sin discriminación, a igual protección de lade Derechos Humanos dispone en su ley”22.artículo 2.1 que “El derecho a la igualdad entre hombres y También, la“toda persona “Convencióntiene los derechos mujeres requiere que el Estado Internacionaly libertades implemente acciones específicas y sobre laproclamados en concretas para eliminar la discriminación, Eliminación deesta declaración, Todas las Formassin distinción estando obligado a promover políticas y de Discriminaciónalguna de raza, acciones necesarias para suprimir todas contra la Mujer”color, sexo, las formas de discriminación basadas en (CEDAW por su sexo.”idioma, religión, sigla en inglés,opinión política o 1979), quede cualquier otra establece que: “…índole, origen nacional o social, posición la expresión ‘discriminación contra laeconómica, nacimiento o cualquier otra mujer’ denotará toda distinción, exclusióncondición”20. o restricción basada en el sexo que tengaEn sentido similar, el Pacto Internacional por objeto o resultado menoscabar ode Derechos Civiles y Políticos (Art. 26) y anular el reconocimiento, goce o ejerciciola Convención Americana sobre Derechos por la mujer, independientemente de suHumanos (Art. 24) señalan que todas las estado civil, sobre la base de igualdad delpersonas son iguales ante la ley y tienen hombre y de la mujer, de los derechosderecho a igual protección de la ley sin humanos y las libertades fundamentalesdiscriminación, enfatizando la primera de en la esfera política, económica, social,ellas que “la ley prohibirá toda cultural y civil o en cualquier otra esfera”.20 Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948, Art. 2.21 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en vigor desde el 23 de marzo de 1976.22 Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) suscrita en la Conferenciaespecializada interamericana sobre Derechos Humanos, San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969.8 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA:DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNEl derecho a la igualdad entre hombres y e Integración de las Poblacionesmujeres requiere que el Estado Indígenas), no hubo hasta hace poco unimplemente acciones específicas y reconocimiento de los derechos indígenasconcretas para eliminar la discriminación, en el derecho internacional25. El Convenioestando obligado a promover políticas y Nº 169 sobre pueblos indígenas y tribales,acciones necesarias para suprimir todas en países independientes de la OIT, entrólas formas de discriminación basadas en en vigencia el 15 de septiembre de 2009.sexo23. Texto que en la Asamblea General de laEn este contexto es necesario tener en ONU fue ratificado por 143 votos a favor,consideración las acepciones igualdad y 4 en contra y 11 abstenciones. Los cuatroequidad… “Si bien es cierto que hay votos negativos corresponden a EE.UU.,mucha confusión en cuanto a lo que Canadá, Australia y Nueva Zelanda. Lasignifica la igualdad, el significado que declaración, de 46 artículos, establece losplantea la Convención de las Naciones estándares mínimos de respeto a losUnidas sobre la eliminación de todas las derechos de los pueblos indígenas, queformas de discriminación contra las incluyen la propiedad de sus tierras, losmujeres (CEDAW) y todos los recursos naturales de sus territorios, lainstrumentos legales internacionales de preservación de sus conocimientosderechos humanos, es que el derecho tradicionales y autodeterminación. Loshumano a la igualdad siempre va embajadores ante la ONU de los paísesaparejado al de no discriminación”24. señalados votaron en contra, porque seEl derecho internacional sobre pueblos otorgan derechos a las poblacionesindígenas es nuevo. Salvo la indígenas que entran en conflicto con elOrganización Internacional del Trabajo, resto de la población y con el marcoentidad que había aprobado una serie de constitucional de estos paísesconvenciones sobre trabajadores democráticos.indígenas en las primeras décadas del La Convención sobre los Derechos de lassiglo pasado, y más tarde un convenio Personas con Discapacidad y suinternacional de carácter integracionista Protocolo Facultativo fueron aprobados elrelativo a las “poblaciones indígenas” 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea(Convenio 107 de 1957 sobre Protección General de Naciones Unidas26. Es uno de23 CASTRILLÓN, Liliana y VON CHRISMAR, Pía. Mujer y Fuerzas Armadas en el contexto sudamericano: Unavisión desde Chile, Estudios de Seguridad y Defensa Nº 2, ANEPE, 2013, p. 92.24 FACIO, Alda. Políticas que transforman: ¿Igualdad y/o Equidad? Agencia Catalana de Cooperación alDesarrollo y PNUD.Disponible en: http://www.americalatinagenera.org/es/documentos/centro_gobierno/FACT-SHEET-1-DQEH2707.pdf25 AYLWIN, José. “Pueblos indígenas en el Derecho Internacional y Comparado”. Disponible en:200.10.23.169/trabajados/José%20Aylwin.pdf26 Aprobada mediante Resolución 60/232 de la Asamblea General de la ONU; a/61/611, de 6 de diciembre de2006. 9CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016los más recientes adoptados en el seno funcional de una importante parte de ladel Sistema Universal de Derechos población mundial, que se estima en 650Humanos. Ambos son tratados millones de personas, un diez por cientointernacionales que recogen los derechos de los seres humanos, se pretendede las personas con discapacidad. Cuenta adicionalmente incorporar a la sociedadcon un órgano de vigilancia, el Comité de su talento y sus valores.los derechos de las personas con Los instrumentos antes señalados obligandiscapacidad, que puede adoptar al Estado de Chile a promover, proteger yObservaciones Generales sobre las garantizar el pleno disfrute de losdisposiciones de la Convención, examinar derechos humanos de las personas eninformes de Estados y quejas individuales situación de discapacidad y asegurar quey entre Estados por violaciones de gocen de plena igualdad ante la ley. Enderechos consecuencia, elcontenido en la “La Convención sitúa de modo integral a Estado de ChileConvención. las personas con discapacidad como asume la sujetos de derecho, establece que sus obligación deAsimismo, el adoptar, conComité puederealizar demandas y necesidades deben ser arreglo a susinvestigaciones cubiertas de forma que puedan alcanzar procedimientos la igualdad de oportunidades consobre violaciones internos, las respecto al conjunto de los ciudadanos.”graves y medidassistemáticas de la oportunas paraConvención, que que talespueden incluir una visita al país en derechos puedan ser ejercidos de maneracuestión27. La Convención Interamericana efectiva por todas las personas que separa la eliminación de todas las formas de encuentran en su territorio.discriminación contra las personas condiscapacidad entró en vigor en 2008. Normativa legal nacionalLa Convención sitúa de modo integral a En la Constitución Política de lalas personas con discapacidad como República, artículo 1, de las Garantíassujetos de derecho, establece que sus Constitucionales, se indica que: “Lasdemandas y necesidades deben ser personas nacen libres e iguales encubiertas de forma que puedan alcanzar dignidad y derechos, y consagra ella igualdad de oportunidades con respecto principio de igualdad ante la ley entreal conjunto de los ciudadanos. Y, tomando hombres y mujeres”; es decir, se consignaen consideración la perspectiva de las el principio de igualdad y nocapacidades diferenciadas y la diversidad discriminación entre hombres y mujeres.27 Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) e Instituto Nacional deDerechos Humanos (INDH). Protesta Social y Derechos Humanos, 2014, p. 21.10 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA: DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNA partir del año 1990, principios como la encuentran algunas de estas normasinclusión y la no discriminación han sido legales más relevantes:incorporados en el ámbito de la DefensaNacional. En el cuadro siguiente seLey 19.253 NORMATIVASLey 20.249 - Ley indígena, 1993. - Ley Lafkenche. Crea el Espacio Costero Marino de los pueblosLey 20.422 originarios, 2008.Ley 20.609 - Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusiónLey 20.830 social de personas con discapacidad, año 2010. - Establece medidas contra la discriminación, publicada el 24 de julio de 2012. - Crea el Acuerdo de Unión Civil (AUC), vigente desde octubre de 2015.Ley Nº 20.609 ideología u opinión política, la religión oEsta ley “Establece medidas contra la creencia, la sindicación o participación endiscriminación”, aprobada por el Congreso organizaciones gremiales o la falta deNacional el 24 de julio de 2012, señala ellas, el sexo, la orientación sexual, laque se entiende por “discriminación identidad de género, el estado civil, laarbitraria toda distinción, exclusión o edad, la filiación, la apariencia personal yrestricción que carezca de justificación la enfermedad o discapacidad”.razonable, efectuada por agentes del Según Iván Díaz, la Corte Suprema seEstado o particulares, y que cause pronunció negativamente en dosprivación, perturbación o amenaza en el oportunidades en que se solicitó suejercicio legítimo de los derechos opinión respecto de la utilidad delfundamentales establecidos en la proyecto de ley que dio lugar a la leyConstitución Política de la República o en mencionada. Considerando que lalos tratados internacionales sobre Constitución asegura a todas lasderechos humanos ratificados por Chile y personas la igualdad ante la ley y prohíbeque se encuentren vigentes, en particular toda discriminación arbitraria, y quecuando se funden en motivos tales como contempla la acción de protección en sula raza o etnia, la nacionalidad, la artículo 20, sostuvo que el derecho a la nosituación socioeconómica, el idioma, la discriminación se encontraba28 DÍAZ, Iván. La ley chilena contra la discriminación. Una evaluación de los derechos internacionales yconstitucionales. En: Revista Chilena de Derecho vol. 40 Nº 2, agosto de 2013, pp. 635-668. 11 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016suficientemente tutelado, por lo que esta con los grupos originarios, al respeto a laley era innecesaria28. Sin perjuicio de lo diversidad sexual, religiosa, toleranciaanterior, la señalada ley define política, y a la efectiva participación ediscriminación arbitraria. Al respecto en su igualdad en el acceso de la mujer alart. 2º dispone: “Para los efectos de esta mundo laboral.ley, se entiende por discriminación Antes de la promulgación de la leyarbitraria toda distinción, exclusión o 20.609, un reconocimiento de losrestricción que carezca de justificación derechos de la población indígena derazonable, efectuada por agentes del nuestro país se destaca, particularmente,Estado o particulares, y que cause en la ley 19.253 de 1993, denominadaprivación, perturbación o amenaza en el Ley Indígena, concebida bajo el modeloejercicio legítimo de derechos de la discriminación positiva. Asimismo,fundamentales establecidos en la es relevante hacer mención a la leyConstitución “La promulgación de la ley 20.609 20.249 de 2008,Política de la conocida comoRepública o en los constituye un avance en el Ley Lafkenche,tratados reconocimiento y protección del derecho que crea elinternacionales Espacio Costerosobre derechos de las personas a no ser discriminado Marino de loshumanos arbitrariamente y, en consecuencia, pueblosratificados por establece una acción para iniciar un originarios.Chile y que se procedimiento judicial, de corto plazo, destinado a determinar la existencia de Desde suencuentrenvigentes”. génesis, las distintas ramasLa promulgación algún tipo de discriminación arbitraria.” de la Defensade la ley 20.609 Nacional se hanconstituye un avance en el identificado en forma natural y sinreconocimiento y protección del derecho distingos de ninguna índole con losde las personas a no ser discriminado pueblos originarios, en un contexto dearbitrariamente y, en consecuencia, mutua y estrecha colaboración. Laestablece una acción para iniciar un capacidad, destreza, ingenio y voluntadprocedimiento judicial, de corto plazo, de los líderes y miembros de las distintasdestinado a determinar la existencia de etnias pertenecientes a los pueblosalgún tipo de discriminación arbitraria y en originarios han sido modelo y herenciacaso de ser efectivo, dejarlo sin efecto de para las Fuerzas Armadas. Lo anterior, seinmediato, imponiendo multas a beneficio evidencia con la presencia de muchos defiscal. estos, en el pasado y en el presente,Con especial relevancia se aprecia este formando parte de las unidades yfenómeno en materias relativas a la reparticiones militares, navales y aéreas.relación de la sociedad chilena moderna12 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA: DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNEn las Fuerzas Armadas no se han nui y mapuche de la zona centro y sur; yestablecido políticas de ingreso los pueblos yagán, colla y kawésqarespeciales con los integrantes de grupos distribuidos en la zona austral”29.originarios y, desde ya larga data, no se De acuerdo con la percepción de lasha hecho ni se hace ningún distingo que Fuerzas Armadas, la plena integración depueda interpretarse como discriminación miembros de grupos originarios a supositiva. quehacer obedece a una realidadEn general, las instituciones armadas histórica, tangible y comprobada, en elacogen a toda persona con vocación de número de oficiales, personal de tropa yservicio, salud compatible y que, empleados civiles, que han formado partevoluntariamente, desee integrar sus de las dotaciones desde hace más de ununidades para servir a la patria y su gente, siglo. Sin embargo, para algunoscumpliendo con “En general, las instituciones armadas miembros dellos requisitos pueblo mapuche,reglamentarios. acogen a toda persona con vocación de por ejemplo, elPor consiguiente, servicio, salud compatible y que, Lonko Víctorel pertenecer a voluntariamente, desee integrar sus Queipul, “launa etnia o raza participación dedeterminada no unidades para servir a la patria y su los puebloses causal gente, cumpliendo con los requisitos originarios en las reglamentarios. Por consiguiente, el Fuerzas Armadasexcluyente o pertenecer a una etnia o raza determinada no son un reflejo de la sociedad. Endeterminante paraingresar a lasFuerzas Armadas. no es causal excluyente o determinante la actualidad soloActualmente, un para ingresar a las Fuerzas Armadas.” un 3 por ciento es3,5% de los parte de esta64.200 efectivos de las fuerzas armadas institución, siendo que en Chile un 8 porproviene de algún grupo aborigen, ciento se siente miembro de algún puebloporcentaje que varía según la rama de la originario”30. A pesar de los intentos deDefensa que se trate. Según el Ministerio inclusión impulsados desde el Ministeriode Desarrollo Social, “la población de Defensa que pretende aumentar elindígena de Chile alcanza 1.369.563 porcentaje de participación depersonas, provenientes de los pueblos representantes del mundo indígena,aymara, quechuas, atacameños y desde el pueblo mapuche el Lonkodiaguitas de la zona norte del país; rapa Queipul critica la medida, expresando que29 CONTRERAS, Carolina. Fuerzas Armadas trabajan para integrar a pueblos aborígenes a sus filas. En:Revista Militar Digital, 2 de mayo de 2016. Disponible en: https://dialogo-americas.com/.../ffaa-de-chile-trabajan-para-integrar-pueblos-aborigen...30 ROJAS, Rodrigo. “Las FF.AA. buscan aumentar presencia indígena en sus filas”, Diario U. de Chile, 16diciembre de 2014. Disponible en: radio.uchile.cl/.../fuerzas-armadas-desarrollan-proyectos-de-inclusion-de-los-pueblos-... 13 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016iría en contra de su histórica reclamación. ciudadanos se preguntan si con estasSegún Gabriel Gaspar, “Se busca generar medidas las Fuerzas Armadas seránun Chile con mayor igualdad e inclusión. más o menos capaces de cumplir con suEso está relacionado con fortalecer las misión32. Miguel Vergara señala: “Nopolíticas que permiten involucrar a está en cuestión la capacidadsectores del país que por situaciones de intelectual, ni las habilidades manuales,práctica, de tradición o derechamente por ni el patriotismo de los homosexuales.discriminación no tiene una plena Pero se deben prever los negativosintegración en la sociedad nacional. Al efectos que su presencia generarían enmismo tiempo la cohesión social de un la convivencia y la cohesión de lospaís se eleva a medida que se incluye a heterosexuales. Los miembros de lastoda diversidad del tejido social chileno”31. Fuerzas Armadas debe estarRespecto a la discriminación por preparados para ofrecer su vida enorientación sexual en las Fuerzas defensa de la patria, por lo que no es elArmadas, estas “Respecto a la discriminación por lugar máshan dado pasos apropiado paraimportantes para orientación sexual en las Fuerzas experimentosla adecuación de Armadas, estas han dado pasos sociales”33.sus normativas importantes para la adecuación de susinternas a la Ley Nº 20.830 Respecto de lalegislación normativas internas a la legislación relación denacional contra nacional contra la discriminación (ley parejas, esta leyla discriminación 20.609) y del sistema internacional de crea el Acuerdo de(ley 20.609) y del Unión Civil (UAC),sistema derechos humanos.” vigente desdeinternacional de octubre del añoderechos humanos. El sector Defensa 2015, que regula el aspecto jurídico deha asumido el desafío de hacerse cargo una convivencia efectiva, estable yde la amplia diversidad de nuestra permanente, sean estas personas desociedad. igual o distinto sexo. Estas puedenLo anterior no excluye la existencia de adquirir el estado civil de “conviviente civil”grupos de ciudadanos, tanto dentro para regular asuntos previsionales,como fuera del país, que estiman que patrimoniales u otros efectos jurídicos deeste tipo de política no es más que un esa convivencia. Establece obligaciones y“experimento de reingeniería social” que derechos en una categoría menor a la dedebilitan la Defensa del país. Estos un matrimonio. Pero uno de los puntos31 Ibídem.32 BOYKIN William, Tte. Gral. (ret.), Vicepresidente de Family Research Council, USA.33 VERGARA, Miguel. Carta a “La Tercera”, 15 de septiembre de 2012.14 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA: DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNque quedó pendiente es la situación de discapacidad, esta ley establece normaslos miembros de las Fuerzas Armadas, de sobre igualdad de oportunidades eOrden y Seguridad, que eventualmente inclusión social de personas en esasuscriban un Acuerdo de Unión civil con condición.su pareja. En las últimas décadas observamos unEn el caso de fallecimiento, la ley desarrollo importante, que va en aumento,contempla que el conviviente o la en los cambios que se están produciendoconviviente reciba los beneficios en las sociedades occidentales respecto aprevisionales, similares a la de una viuda las personas con capacidades diferentes.o viudo. Sin embargo, dado que los Estos cambios, que se aprecian en todosmiembros de las Fuerzas Armadas y de los ámbitos, han supuesto una transformación enOrden y “…uno de los puntos que quedó el propio modelo en que seSeguridad tienenregímenes pendiente es la situación de los estructura laprevisionales miembros de las Fuerzas Armadas, de forma de percibir ydistintos, que Orden y Seguridad, que eventualmente tratar a las suscriban un Acuerdo de Unión civil condependen del personas conEstado, el tema discapacidad 34. Elno fue previsto en su pareja.” términoel proyecto “discapacidad” haoriginal. evolucionado en cuanto a definiciones yEn resumen, el personal de las Fuerzas modelos de atención, desde unArmadas y de Orden y Seguridad no fueconsiderado en la ley de Acuerdo de paradigma tradicional, pasando por unUnión Civil, toda vez que tienen sistemas enfoque médico, hasta un modelo social yde previsión y de salud independientes. de derechos35. Desde la antigüedad hastaLa ley vigente considera como cargas de el siglo XIX primó el paradigma o modelosus parejas aquellas mujeres que están tradicional que asocia este concepto conunidas por el matrimonio; es decir, no inferioridad y anormalidad, considerandocontemplan pensiones de viudez y salud a a la persona como objeto de lástima36. Ellas “conviviente civil” de los servidores paradigma biológico, médico o deuniformados. rehabilitación, considera a estas personas como “pacientes” que para lograr su recuperación requieren atención especializada. Posteriormente, surge elLey Nº 20.422 modelo social, de derechos humanos yEn cuanto de las personas en situación de autonomía personal, que se centra en la34 MARTÍNEZ, J. L. (ed.) Exclusión Social y discapacidad, Madrid, España, Universidad Pontificia de Comillas,2005, p. 123.35 Agenda Nacional para la Igualdad en Discapacidad 2013-2017, Ecuador, p. 21.36 Ibídem. 15 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016dignidad de la persona, valora el ser y no Personas con Discapacidad 2013-2020.la condición. Es un modelo que considera Según la Encuesta Nacional deque las causas que originan la Discapacidad 2015, el 20% de ladiscapacidad no son religiosas, ni población adulta se encuentra encientíficas, sino que son sociales. Desde situación de discapacidad (personas conesta nueva perspectiva, se pone énfasis dificultad severa en índice basado en laen que las personas con discapacidad capacidad); el 8,3% de la población adultapueden contribuir a la sociedad en iguales está en situación de discapacidad severacircunstancias que el resto de los demás (personas con dificultad severa demiembros de la sociedad, pero siempre discapacidad y problemas leves adesde la “…las personas con discapacidad moderados de desempeño); y, elvalorización a lainclusión y el pueden contribuir a la sociedad en 11,7% de la iguales circunstancias que el resto de los población adultarespeto a lo está en situacióndiverso. Estemodelo se demás miembros de la sociedad, pero de discapacidadencuentra con siempre desde la valorización a la leve a moderadaíntimamente inclusión y el respeto a lo diverso.” (personas conrelacionado dificultad severalos valores de capacidad yesenciales que fundamentan los derechos problemas leves a moderados dehumanos, como la dignidad humana, la desempeño).libertad personal y la igualdad, que La estimación de la prevalencia de lapropician la disminución de barreras y que población adulta de 18 años de edad odan lugar a la inclusión social37. más en situación de discapacidad porEn Chile, en noviembre del año 2013, el sexo, se muestra en la tabla siguiente38Ministerio de Desarrollo Social publicó laPolítica Nacional para la Inclusión de lasGrado de Hombre Mujer Totaldiscapacidad N° % N° % N° %Sin discapacidad 5.362.657 85,2% 5.058.581 75,1% 10.421.238 80%Leve a Moderada 559.805 8,9% 964.144 14,3% 1.523.949 11,7%Discapacidad Severa 368.613 5,9% 714.352 10,6% 1.082.965 8,3%Total población 6.291.075 100% 6.737.077 100% 13.028.152 100%37 VICTORIA, Jorge. El modelo social de discapacidad: Una cuestión de derechos humanos. En: BoletínMexicano de Derecho Comparado, vol. 46, núm. 138, pp. 1.093-1.109, México, sep.-dic. 2013.38 Estudio Nacional de la Discapacidad 2015. Disponible en: www.ciudadaccesible.cl/?page_id=26 16 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA:DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNRespecto del sector público, existe un en materia de discapacidad a su personalbajo nivel de participación laboral de y difundir la información sobre supersonas con discapacidad. Datos de la experiencia con personal militarencuesta LILE (Levantamiento de discapacitado.Inclusión Laboral en el Estado)39 muestraque de un total de 22 ministerios (y un AGENDA DEL MINISTERIO DEuniverso encuestado de 17.212 DEFENSA SOBRE INCLUSIÓNpersonas), el 5,8% presenta algún tipo de En el documento “Participación de lasdiscapacidad. De ellas, el 54,1% se Mujeres en las Fuerzas Armadas”, dedesempeña como profesional, un 13,6% marzo de 2005, el Ministerio de Defensacomo técnico y un 23% como Nacional (MINDEF) explicitó el objetivo deadministrativo (SENADIS, 2013)40. “potenciar la contribución de las mujeresRespecto de las “…el personal militar tanto en servicio en las FuerzasFuerzas Armadas, Armadas eexiste escasa activo como en retiro, con discapacidad incorporar estaliteratura y menos adquirida o no, en determinado acto de temática en laestadística de servicio recibe el apoyo médico y socialpersonas con necesario para superar el trauma y, en Política dediscapacidad algunos casos, se mantienen en servicio Defensa”. Lasirviendo en ellas.Sin embargo, se activo.” orientación sepuede asumir que basa en “los principios de igualdad deel personal militar tanto en servicio activo oportunidades entre hombres y mujeres,como en retiro, con discapacidad participación integrada en las actividadesadquirida o no, en determinado acto de profesionales, competencia profesional,servicio recibe el apoyo médico y social equidad de trato, liderazgo en lanecesario para superar el trauma y, en conducción del proceso de integración ealgunos casos, se mantienen en servicio incorporación permanente en laactivo, garantizando la igualdad de planificación institucional…”41.oportunidades e integración del personal Chile acogió las recomendaciones ymilitar con discapacidad. compromisos de la Resolución 1.325Asimismo, las instituciones armadas “Mujer, Paz y Seguridad” del Consejo dedeben mejorar la accesibilidad a sus Seguridad de Naciones Unidas (octubreinstalaciones, concientizar y sensibilizar de 2000). Este documento hace un39 Levantamiento de Inclusión Laboral en el Estado (LILE). Disponible en: http:/bit.ly/1AAakB640 Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS). Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad, junio de2013.41 Libro de la Defensa Nacional 2010, p. 238. 17 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016llamado a los Estados a: Respetar, garantizar y proteger los Incrementar la representación de las derechos de las mujeres y niñas enmujeres en todos los niveles de situación de conflicto y posconflicto.decisión en prevención, manejo y Generar condiciones para la resolución de conflictos; participación equitativa de mujeres en Atender las especiales necesidades de materia de paz y seguridad protección de las mujeres en los internacional. Potenciar la coordinación de esfuerzos conflictos, incluyendo refugiadas; Incrementar el apoyo a mujeres desarrollados a nivel internacional, constructoras de la paz; intersectorial y con la sociedad civil. Impedir la impunidad para los crímenes Desde la promulgación del Plan, lasde guerra cometidos en contra de Fuerzas Armadas han desarrolladomujeres, incluyendo violencia basada acciones relacionadas con los objetivos en género; “…las Fuerzas Armadas han desarrollado planteados; por Adoptar una acciones relacionadas con los objetivos ejemplo, planteados; por ejemplo, generando unperspectiva de generando un aumento gradualgénero en de la participaciónOperaciones deMantenimiento aumento gradual de la participación femenina ende la Paz de femenina en Operaciones de Paz.” Operaciones deNaciones Paz.Unidas, y en los procesos de La agenda de Defensa de la actual posconflicto; y, administración sobre la inclusión expresa Adoptar una perspectiva de género en categóricamente que: “la promoción de lainformes de Naciones Unidas y en igualdad y la no discriminación es Misiones del Consejo de Seguridad. expresión del respeto en todas susDurante su primer gobierno, la presidenta dimensiones”42. En este contexto, elBachelet explicitó su voluntad con Ministerio de Defensa ha declarado elrespecto a la Resolución 1.325 y dio a compromiso de un Chile más inclusivo,conocer el Primer Plan de Acción promoviendo la igualdad de derechosNacional (2009) para la implementación erradicando toda forma de discriminación,de la citada Resolución, con los objetivos velando por el cumplimiento de lasiguientes: legislación nacional e internacional en la Promover la incorporación de la materia de inclusión y no discriminación.perspectiva de género en la En el año 2014 el Ministerio de Defensacomprensión del abordaje de los Nacional, conforme a su compromiso conprocesos de prevención de conflictos, la promoción de los derechos humanos ysituaciones de conflictos y posconflicto. en atención a las políticas de respeto a la42 BACHELET, Michelle. Programa de Gobierno 2014-2018, p. 148. 18 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA: DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNdiversidad, fomentó la inclusión y el en Situación de Discapacidad (2016). Larechazo a toda forma de discriminación iniciativa crea un sistema de inclusiónarbitraria dentro del sector Defensa y laboral que obliga a los organismosresolvió la creación de un Grupo Asesor públicos civiles y militares, y a las grandescon el objeto de elaborar empresas privadas, en ambos casos conrecomendaciones para el desarrollo de 200 o más trabajadores, a reservar ununa política de inclusión y no número no menor al 1% de la dotacióndiscriminación, para profundizar en las para personas con discapacidad o quecuatro áreas siguientes: género, reciban pensión de invalidez. La Direccióndiversidad sexual, “En el año 2014 el Ministerio de Defensa Nacional delpueblos Servicio Civil y eloriginarios y Nacional, conforme a su compromiso con Servicio Nacionalpersonas en la promoción de los derechos humanos y de la Discapacidad en atención a las políticas de respeto a la seránsituación de responsables dediscapacidad.Materias que han diversidad, fomentó la inclusión y el velar por susido trabajadas rechazo a toda forma de discriminación cumplimiento en eldesde el segundo arbitraria dentro del sector Defensa.” caso del sectorsemestre del año público, y la2014 hasta la Dirección delfecha, a través de subgrupos constituidos Trabajo en el caso de las empresaspor representantes del Ministerio de privadas.Defensa y de las Fuerzas Armadas,quienes tienen como objetivo generar las DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓNpolíticas necesarias para una mayor DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓNinclusión en estas áreas43. Como consecuencia de los compromisosLa presidenta Bachelet promulgó el internacionales asumidos y ratificados porSegundo Plan de Acción de la Resolución nuestro país sobre derechos humanos y,1.325 (2015). En él, se incorporó un la normativa legal vigente, el Ministerio desistema de indicadores para verificar y Defensa promueve y ejecuta accionescontrolar su aplicación en un espacio de contenidas en la agenda de inclusión y notiempo previsible, a través de discriminación del programa de gobiernoherramientas metodológicas que permitan de la actual administración.su ejecución bajo un concepto moderno El propósito de consolidar la inclusión dede gestión y monitoreo gubernamental. género, de la diversidad sexual, de lasRecientemente, la presidenta Bachelet personas en situación de discapacidad yfirmó una indicación sustitutiva al Proyecto las distintas razas o etnias en las Fuerzasde Ley de Inclusión Laboral de Personas Armadas, son transformaciones que43 Políticas Ministeriales, numeral D., Políticas de Inclusión y no Discriminación, p. 91. 19 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016constituyen desafíos para las instituciones facilitar el proceso gradual, parade la Defensa por sus características internalizar de un modo eficiente losconstitucionales, culturas cambios culturales requeridos enorganizacionales y operativas, las que cuanto a un mayor respeto y promociónpasamos a señalar: de la inclusión de género y no La presencia de la mujer en las discriminación. Fuerzas Armadas chilenas es de Un segundo desafío dice relación conantigua data. Sin embargo, la el desarrollo de infraestructuras departicipación de habitabilidadesla mujer de “El propósito de consolidar la inclusión adecuadas parauniforme en las de género, de la diversidad sexual, de las el despliegue deacademias y mujeres en losescalafones que personas en situación de discapacidad y teatros desiempre habían las distintas razas o etnias en las Fuerzas operaciones quesido ocupados Armadas, son transformaciones que se dispongan.por los constituyen desafíos para lashombres, en Asimismo, desarrollar eligualdad de instituciones de la Defensa...” sistema y laoportunidades, infraestructura defue un desafío no menor para sus acondicionamiento físico militar enintegrantes. La implementación de este escuelas, academias y unidadesdesafío demanda una modificación de operativas, de tal manera de asegurarla cultura organizacional, tanto a nivel mejores oportunidades para lascolectivo como individual, toda vez que mujeres, en orden a que puedanla “cultura militar” es una variable o un alcanzar y mantener los estándares demedio que ha sido administrada para exigencia física establecidos para lasmejorar el desempeño y el logro de los diferentes especialidades.objetivos organizacionales. Desde su En general, durante el proceso deorigen los mandos de las Fuerzas inclusión de la mujer en el mundoArmadas han formulado estrategias militar, esta ha podido acceder a todasinternas y transmitidas a través de un las especialidades, en tanto cuantoproceso de socialización, cumpla con todos los requisitosadoctrinamiento o “culturalización”, (capacidad y calificación) que lapara aumentar la identificación y la normativa vigente exija para ello. Sincohesión de sus miembros alrededor embargo, el acceso de mujeres ende los valores y principios claves para algunas áreas operativas se encuentrala eficacia y eficiencia operativa. En restringido y, las razones que seconsecuencia, las instituciones esgrimen son las diferencias biológicas,armadas han debido adoptar las la alta exigencia física de estasmedidas administrativas tendientes a especialidades, el impacto negativo en20 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
LA AGENDA DE INCLUSIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA: DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE INCLUSIÓN Y NO DISCRIMINACIÓNla cohesión y moral de la unidad, la asegurar especialistas competentes ydisponibilidad inmediata y las bajas cohesionados, que contribuyan acondiciones de privacidad. En este mantener o mejorar los estándares decontexto se han hecho estudios, como rendimiento profesional de nivelel encargado por la Infantería de individual y grupal existentes, yMarina de los Estados Unidos “Analysis medidas institucionales para noof the Integration of Female Marines rebajarlos o vulnerarlos, sin poner eninto Ground Combat Arms and Units” riesgo las capacidades y la seguridad(2015)44, efectuado con el propósito de del grupo. Un cuarto desafío consistió en laentregar un soporte analítico a dichoservicio para responder al Secretario revisión de toda la normativade Defensa ante “…el desafío para las Fuerzas Armadas institucional yla decisión de consiste en efectuar y validar estudios luego proceder aabrir las actuales la derogaciónáreas del real aporte de la mujer en los campos formal y orgánicarestringidas del de desempeño en roles operativos, con el de toda propósito de asegurar especialistas disposición,Cuerpo. El instrucción oestudio revelóque las unidades competentes y cohesionados, que regla, que no sede combate de contribuyan a mantener o mejorar los ajuste a logénero mixto se estándares de rendimiento profesional…” dispuesto en ladesempeñan ley 20.609 (leynotoriamente de nopeor y que las mujeres registran tasas discriminación). También, la aplicaciónasombrosamente más altas de heridas. de leyes laborales vigentes en el país,Solo una de esas estadísticas mostró como las normas de protección a laque las unidades de género mixto maternidad (derechos valorables,llegaron a tomar hasta 159% más irrenunciables y en su mayoríatiempo en evacuar un muerto, que intransferibles) y las de protección de laaquellas unidades enteramente salud de los trabajadores paramasculinas. En este contexto, el cumplirlas responsablemente.desafío para las Fuerzas Armadas Un quinto desafío lo ha constituido laconsiste en efectuar y validar estudios necesidad de incorporar en el procesodel real aporte de la mujer en los de instrucción y formación de loscampos de desempeño en roles integrantes de las Fuerzas Armadas laoperativos, con el propósito de capacitación y sensibilización a través44 US Marines Corps Combat Development Command. “Analysis of the Integration of Female Marines intoGround Combat Arms and Units”, agosto de 2015. Disponible en: https://www.scribd.com/.../Marine-Corps-analysis-of-female-integ... 21 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
CENTRO DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS – ANEPE Cuaderno de Trabajo Nº15-2016de cursos, talleres o seminarios lo diverso, partiendo por el personalreferidos a la temática de la inclusión y militar activo o en retiro que, comono discriminación. Con ello se busca consecuencia de algún accidente delmodificar los valores culturales servicio, pase a la condición de discriminatorios y reforzar los de la discapacitado Finalmente, el desafío mayor dice solidaridad y respeto de la diversidad. Respecto de la integración de relación con la gestión del recursomiembros de los grupos indígenas de humano que se manifiesta en lanuestro país, más que un desafío disponibilidad del personal. Unconstituye una integrante deobligación moral “Respecto de la integración de miembros cualquier ramay jurídica de los grupos indígenas de nuestro país,continuar con la de la Defensapolítica histórica más que un desafío constituye una alcanza su mayor nivel dede no discriminar obligación moral y jurídica continuar con rendimientoy anticipar la política histórica de no discriminar y físico y operativomedidas anticipar medidas necesarias para entre los 18 y losnecesarias para 40 años de edad,mejorar dicha mejorar dicha integración.” lo cual coincide integración. con el período El Estado y sus instituciones, sin fértil de la mujer. Cualquier embarazodistinción alguna, están al servicio de la que ocurra en ese período obligará apersona humana y la igualdad de las separarla de la unidad, especialmentepersonas ante la ley. En este contexto, si su especialidad es operativa, yes necesario que las Fuerzas Armadas, trasladarla a una función administrativa,como parte de la sociedad, reconozcan en directo detrimento de la unidad en laque es deber de todos los chilenos el cual sirve, afectando directamente sucontribuir a preservar la seguridad capacidad operacional. Por lo tanto, lasnacional y los valores esenciales de la instituciones deberían considerar untradición de la nación y, entre ellos, se aumento en sus respectivas plantas, deencuentran las personas con áreas o armas operativas, de modo decapacidades diferentes. Quienes tienen disponer de la necesaria “tasa deesa condición pueden contribuir a la reposición o reemplazo” para suplir lasociedad en iguales circunstancias que ausencia prolongada de la servidorael resto de los demás miembros de la por motivos de embarazo, retiro u otrosociedad, pero siempre desde la de fuerza mayor.valorización a la inclusión y el respeto a22 CEE – ANEPE WWW.ANEPE.CL
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DIRECCIÓN DE LA REVISTA DIRECTOR Andrés Avendaño RojasMagíster en Ciencias Militares con mención en Planificación yGestión Estratégica de la Academia de Guerra del Ejército;Diplomado en Estudios Políticos, en el Instituto de CienciaPolítica de la Universidad de Chile, y egresado del Programa deMagíster en Humanidades con mención en Historia, de laUniversidad Adolfo Ibáñez; Profesor Militar de Academia en lasasignaturas de Historia Militar y Estrategia; Graduado del Cursode “Estrategia y Política de Defensa” del Centro de EstudiosHemisféricos de Defensa de la National Defense University, USA. CONSEJO EDITORIALJuan González Silva Mario Puig MoralesMagíster en Ciencias de la Administración Militar de la Magíster en Ciencias Militares con mención en Planificación Estratégica de la Academia de Guerra del Ejercito, MagísterAcademia de Guerra Aérea; Diplomado en Gestión de en Prospectiva en Asuntos Internacionales de la UniversidadRecursos Humanos de la Universidad Bernardo O’Higgins, de Paris V; Magíster en Relaciones Internacionales del Centro de Estudios Diplomáticos y Estratégicos de Paris,Ingeniero de Ejecución en Sistemas Aeronáuticos; Profesor Francia; Profesor Militar de Academia en las asignaturas de Historia Militar y Estrategia, y de Logística; Graduado delMilitar de Academia en las asignaturas de Personal y Programa de Alta Dirección de Empresas, de la Universidad de los Andes.Servicio de Estado Mayor; Graduado del Curso“Internacional Security and Warfighting Operations”, Air WarCollege, Universidad del Aire, USA. Carlos Ojeda BennettMagíster en Ciencias Militares con mención en PlanificaciónEstratégica de la Academia de Guerra del Ejército; Magister enProspectiva en Asuntos Internacionales de la Universidad deParis V; Profesor Militar de Academia en las asignaturas deHistoria Militar y Estrategia, y de Geopolítica; Doctor en CienciaPolítica de la Universidad de Paris V.
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