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Diario Oficial Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cañete - Yauyos E-mail: [email protected] Versión Digital: diariomatices.com Jr. 28 de Julio N° 629 - Imperial - Cañete - Telf. 01-4784612 - 01-2847929 - Cel.: 987415492 - Valor S/ 1.00 AÑO XXX - N° 9261 - DIRECTOR: Juan José Torres Luyo - 09 de Mayo del 2023 ROTURA DE TUBERIA MATRIZ DE GAS... ALARMÓ AL DISTRITO DE IMPERIAL... INCENDIO EN C.P. CANTAGALLO...

Pág. 2 - Al Día Con Matices - 09 de Mayo del 2023 TRABAJO ARTICULADO CONTROLÓ FUGA DE GAS... CERCA AL CEBRE... El día de ayer, al promediar las 11:20 a.m., en circunstancias que una máquina retroexcavadora, se encontraba realizando zanjas en una obra de renovación de redes de alcantarillado que ejecuta la municipalidad provincial de Cañete, cerca al CEBRE autopista Imperial – Nuevo Imperial, se produjo la ruptura de una tubería matriz de gas natural (Cálidda), produciéndose una fuga, afectan- do las instalaciones del CEBRE y a los vecinos de sector, quienes se pusieron a buen recaudo ale- jándose de la zona afectada. Enterados del hecho, de inmedia- to se montó un plan de contin- gencia entra la subgerencia de Gestión de Riesgos y Desastres (Defensa Civil), Serenazgo, PNP, Cálidda con el fin que envíe sus peatonal y vehicular y se coordinó trabajo coordinado y rápido entre inspectores de transportes, bom- técnicos para subsanar el daño con Luz del Sur para suspender instituciones, se pudo controlar beros de la Compañía 49 de San ocasionado y evitar una desgracia el servicio eléctrico momentánea- la situación después de algunas Vicente, teniendo como primeras mayor, se acordonó con cintas 50 mente. horas, sin consecuencias que acciones, llamar a la empresa m. a la redonda para evitar el paso De este modo, a través de un lamentar. INCENDIO EN ASENTAMIENTO HUMANO MARÍA MAGDALENA... Y TAMBIÉN EN CP CANTAGALLO... El último sábado, aproximadamen- que habría provocado el incendio. en terreno baldío y cerco vivo de de Riesgos y Desastres, Sr. te pasada las 07:00 de la noche, Finalmente agradeció a los bom- propiedad de la Sra. Patricia De Williams Espinoza Núñez, para las móviles de Serenazgo se beros y al personal de serenazgo, La Hoz Niebles, de nacionalidad realizar la evaluación de daños encontraban realizando patrullaje por su rápido apoyo en esta colombiana domiciliada en Canta- correspondientes. por el casco urbano y los AA.HH. emergencia. gallo S/N. Asunción 8 y Josefina Ramos, El fuego pudo ser extinguido gra- Diario Oficial Judicial de la Corte cuando recibieron la llamada de la INCENDIO SE REPORTÓ EN EL cias al apoyo de las compañías de Superior de Justicia de Cañete - Yauyos central de comunicaciones, mani- C.P. CANTAGALLO bomberos 221 y 49 de Asia, con festando que se venía producien- Siendo las 10:30 a.m. del 7 de el apoyo de los agentes de dos Director: do un incendio en el A.H. Santa mayo, se comunicó por intermedio unidades vehiculares de serenaz- Juan José Torres Luyo - Reg. FPP: 9014 María Magdalena. Inmediatamen- de la central de radio, que por el go de Imperial y de los compañe- te dos unidades vehiculares de centro poblado Cantagallo Nuevo, ros serenos de Quilmaná. Sub Director: serenazgo se dirigieron al lugar, se suscitaba un incendio, aproxi- Apersonándose al lugar de los Luis Alberto Rodríguez Morales visualizando a la gente pidiendo madamente 400 m2 de maleza, hechos el subgerente de Gestión Corresponsales: José Chumpitaz Solís ayuda, rápidamente comunicaron Colaboradores: Wilfredo Cecilio al centro de control, para que Cayllahua León; Arnaldo Alvarado; llamen a los Bomberos. Luis Alberto Tasayco Carbonero; Con el valioso apoyo de los bom- beros y nuestros agentes, se pudo Juan Josè Torres Bueno controlar el incendio, evitando Reporteros: María Tipiane Atuncar y mayores daños, la dueña del pre- dio, Sra. Epifanía Alarcón Martínez Abraham Sánchez Ayllón. (48) con dirección en Santa María Diagramación: Magdalena MZ B Lt 20, manifestó que fue un cortocircuito producto Nazria Gutiérrez Sánchez, Antonella de la sobrecarga de un celular, lo Rodríguez Florián y Cielo Aroni Aguela. Oficina de Redacción: Jr. Augusto B. Leguía N° 573 - Imperial - Cañete Tel: 4784612 - 2847929 - 987415492. Impresión: Ediciones «PJK» Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2010-13550 NOTA: Las opiniones de los Artículos firma- dos publicados en este medio, no necesa- riamente reflejan la opinión del mismo; por ello, son de absoluta responsabilidad de sus autores.

09 de Mayo del 2023 - Al Día Con Matices - Pág. 3 ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ DE FLORES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ DE FLORES ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento para el Desarrollo de la Audien- cia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz “AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO” de Flores, que consta de siete (7) Títulos, veintitrés artículos (23), dos (02) dis- posiciones complementarias y una (1) disposición final; el mismo que forma parte ORDENANZA MUNICIPAL N° 007 - 2023-MDSCF integrante de la presente ordenanza. ARTÍCULO SEGUNDO.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias de la presente ordenanza. Santa Cruz de Flores, 25 de abril de 2023. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Pla- neamiento y Presupuesto y la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, el cumpli- VISTOS: miento de la presente ordenanza. El Informe Nº 079-2023-GPP-MDSCF de fecha 17 de abril de 2023 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 067-2023-OAJ/MDSCF de fecha 24 de ARTÍCULO CUARTO.- DEJAR SIN EFECTO todas las disposiciones internas que abril de 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica, Informe Nº 182-2023-GM-MDSCF se opongan a la presente ordenanza. de fecha 24 de marzo de 2023, sobre proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL que el APRUEBA REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la DE RENDICION DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA presente Ordenanza en el Diario Oficial de la provincia y a la Oficina de Informática CRUZ DE FLORES, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, y; su publicación, incluyendo el reglamento adjunto, en el Portal Institucional de la Mu- nicipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores: www.munisantacruzdeflores.gob.pe CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modificado por el artículo REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de go- bierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de Alexis Daniel Balcazar Huapaya su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Alcalde Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; Que, de acuerdo con el artículo II del Titular Preliminar Ley Orgánica de Municipali- dades N° 27972, la autonomía que la Constitución reconoce a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administra- ción, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante artículo 1° de la Ley N° 31433 “Ley que modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, se modificó, entre otros, el numeral 36° del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que es una atribución del alcalde la de “convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local”; Que, el artículo 2° del referido marco normativo incorporó el numeral 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual establece que: “las audiencias públicas cons- tituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la ges- tión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias pú- blicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”; Que, a fin de llevar a cabo la organización y desarrollo de la audiencia pública mu- nicipal de rendición de cuentas, a la que se hace referencia la norma precedente, resulta necesario precisar los procedimientos en un reglamento; el cual ha sido elaborado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, denominado: “Regla- mento para el Desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores”; Que, las ordenanzas de las municipalidades distritales, en la materia de su com- petencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa, de conformidad a los prescrito en el Artículo 40º del mismo cuerpo legal; Con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; con la opinión legal procedente de la Oficina de Asesoría Jurídica; con la conformidad de la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; en uso de las atribuciones otorgadas en los artículos 9° numeral 8) y 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente;

Pág. 4 - Al Día Con Matices - 09 de Mayo del 2023 ciudadanía sobre el consumo responsable de los bienes de plástico y el reciclaje de sus residuos, en el marco de sus Programas Municipales de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental; MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ DE FLORES Que, de acuerdo con el numeral 1 del literal B del Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado por Decreto Supremo Nº “AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO” 013-2019-MINAM, los gobiernos locales, entre otros, elaboran, aprueban, imple- mentan, actualizan y difunden los programas municipales de educación, cultura y ORDENANZA MUNICIPAL N° 008 - 2023-MDSCF ciudadanía ambiental que incorporen la temática de cambio climático considerando los conocimientos, saberes y prácticas tradicionales y ancestrales de los pueblos indígenas u originarios, de conformidad con el numeral 3 del artículo 27 del Conve- nio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); Santa Cruz de Flores, 25 de abril de 2023. Que, con Resolución Ministerial Nº 003-2023-MINAM, se aprueba el “Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciu- VISTOS: dadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA)”. En dicho se Instructivo se se- El Informe Nº 241-2023-GDESP-MDSCF de fecha 09 de febrero de 2023 e Infor- ñala que “El Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental me Nº 254-2023-GDESP-MDSCF de fecha 18 de abril de 2023de la Gerencia de (Programa Municipal EDUCCA) es un instrumento de planificación y gestión de los Desarrollo Económico y Servicios Públicos, Informe N° 0105-2023-GDIS-MDSCF gobiernos locales para la implementación de la Política Nacional del Ambiente y la de fecha 18 de abril de 2023 de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, In- Política Nacional de Educación Ambiental. El programa tiene como objetivo elevar forme Nº 068-2023-OAJ/MDSCF de fecha 24 de abril de 2023 de la Oficina de el nivel de cultura ambiental de la ciudadanía y promover la participación de niñas, Asesoría Jurídica, Informe Nº 183-2023-GM-MDSCF de fecha 24 de abril de 2023, niños, adolescentes, jóvenes y adultos a favor del ambiente. Es liderado por la sobre proyecto de QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, unidad de organización municipal expresamente encargada para este propósito, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE siendo deseable aquella que cuente con funciones ambientales. En cualquier caso, SANTA CRUZ DE FLORES, y; le compete articular el accionar con otras unidades orgánicas municipales, así como externamente con otras instituciones y organizaciones locales.” Asimismo, en el CONSIDERANDO: numeral 2.1.2 se indica que “(…) la unidad de organización municipal encargada Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artí- de la implementación y reporte del programa, deberá elevar el documento para su culo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, aprobación a través de Ordenanza Municipal.”; establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de Que, mediante Informe N° 241-2023-GDESP/MDSCF de fecha 10 de abril de 2023 ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento jurídico; la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos solicita la aprobación del PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIEN- Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2º y 67º de la Constitución Política TAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ DE FLORES, mediante del Perú, es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a Ordenanza Municipal; gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso Que, mediante Informe N° 0105-2023-GDIS-MDSCF de fecha 18 de abril de 2023, sostenible de sus recursos naturales; la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social indica que mediante Resolución Minis- terial N° 003-2023.MINAN se aprueba el instructivo para elaborar e implementar el Que, el párrafo 3.3 del numeral 3 del artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipa- Programa Municipal de Educación, Cultura u Ciudadanía Ambiental (PROGRAMA lidades dispone que son competencias y funciones específicas generales de los EDUCCA) detallándose las fases para su elaboración e implementación y realiza gobiernos locales promover la educación e investigación ambiental en su localidad una serie de observaciones detalladas en el informe en mención; e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles. Igualmente, el numeral 13 del artículo 82º concede a las municipalidades como competencias y funciones Que, mediante Informe N° 254-2023-GDESP/MDSCF de fecha 18 de abril de 2023, específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional promover la cultura la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos concluye de lo observado de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente; que las actividades a realizarse con la población se dará acabo ya con el Programa Municipal EDUCCA aprobado a través de la Unidades de Gestión Ambiental quien Que, el artículo 8° de la Ley N° 28611 – Ley General del Ambiente establece que remitirá la propuesta del Plan de Trabajo Anual y con respecto a los nombres de las las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local instituciones educativas ya han sido subsanadas; se diseñan y aplican según la Política Nacional de Ambiente y deben guardar con- cordancia entre sí. Además, el artículo 127° determina que el Ministerio de Educa- Que, mediante Informe N° 0113-2023-GDIS-MDSCF de fecha 24 de abril de 2023, ción y la Autoridad Ambiental Nacional coordinan con las diferentes entidades del la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social informa que habiéndose modificado Estado para la definición de la Política Nacional de Educación Ambiental teniendo los puntos de observación del programa EDUCCA da conformidad a la Aprobación entre sus lineamientos orientadores desarrollar programas de educación ambiental del Programa para que se realice los trámites correspondientes y se aplique dicho a nivel formal y no formal; programa en nuestra jurisdicción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2012-ED, se aprobó la Política Nacional Que, mediante el Informe N° 068-2023-OAJ-MDSCF de fecha 24 de abril de 2023, de Educación Ambiental cuyo objetivo específico es alcanzar un alto grado de con- la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la aprobación del Pro- ciencia y cultura ambiental en el país, con la activa participación ciudadana; yecto de la Ordenanza Municipal, que apruebe el Programa Municipal de Educa- ción, Cultura y Ciudadanía Ambiental (EDUCCA) de Santa Cruz de Flores; Que, la Política Nacional del Ambiente al 2030, aprobada por Decreto Supremo Nº 023-2021-MINAM, dispone en el servicio OP9.S1 del Objetivo Prioritario Nº 9 “Me- Que, mediante el Informe N° 183-2023-GM-MDSCF de fecha 24 de abril de 2023, jorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía” que el Ministerio del Ambiente la Gerencia Municipal remite el Informe N° 068-2023-OAJ-MDSCF de la Oficina fortalece las capacidades institucionales a los gobiernos subnacionales para la in- de Asesoría Jurídica, a la Secretaría General, solicitando se eleve los actuados al corporación del enfoque ambiental en la educación comunitaria; siendo el indicador Concejo Municipal; de cobertura “el porcentaje de gobiernos locales que reportan la implementación de su Programa Municipal Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Estando a lo expuesto, de conformidad con el Informe N° 068-2023-OAJ-MDSCF Municipal EDUCCA)”; de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 241-2023-GDESP/MDSCF de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos, y estando a los fundamen- Que, el artículo 21° del Reglamento de la Ley Nº 30884, que regula el plástico tos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9°, numeral 8) de un solo uso y los recipientes o envases descartables, aprobado por Decreto y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Supremo Nº 006-2019-MINAM, establece que los gobiernos locales, en el marco de Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se APROBO sus competencias, realizan semestralmente acciones de comunicación, educación, POR UNANIMIDAD la siguiente: capacitación y sensibilización a los comerciantes de los bienes de plástico y a la

09 de Mayo del 2023 - Al Día Con Matices - Pág. 5 ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL Expediente Nº 00331-2018-0-0801-JR-CI-02, Demandante BANCO DE CREDITO DE SANTA CRUZ DE FLORES DEL PERU. Demandados JUANA ROSA OJEDA LUYO y LUIS ENRIQUE HUAMAN SALAZAR, sobre Ejecución de Garantías, por orden del Segundo Juzgado Civil de ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Programa Municipal de Educación, Cultura Cañete, a cargo del Señor Juez Dr. Oscar Raúl Cahuana Cahuana y Especialista y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores, cuyo Legal Edgar Luis Mallma Vargas, facultándose al Señor Martillero Público Reg. 127 anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Pablo Colbert Rojas Tamayo, sacar a REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVO- CATORIA, el bien inmueble ubicado en calle 6 Mz. L, Lote 11 de la Urbanización ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desa- San José, del distrito de San Vicente, provincia de Cañete y departamento de Lima, rrollo Económico y Servicios Públicos la implementación de la presente Ordenanza cuyas medidas y linderos perimétricos corren inscrito en la Ficha Nº 706 y continua- por parte de todas las instancias y dependencias de la Municipalidad, para lo cual da en la Partida Electrónica Nº 90009338 del Registro de Propiedad Inmueble de la aprobará Planes de Trabajo Anuales como instrumento de priorización, contextua- Oficina Registral de Cañete, Área 172 m2. lización y formalización de las actividades y tareas, el presupuesto y/o capacida- VALORIZACIÓN CONVENCIONAL: US$ 137,538.01 D.A. (ciento treinta y siete mil des asignadas, el cronograma y las responsabilidades necesarias y posibles para quinientos treinta y ocho con 01/100 dólares americanos). asegurar, cada año, la implementación gradual del Programa Municipal EDUCCA BASE DE REMATE: US$ 91,692.00 D.A. (noventa y un mil seiscientos noventa – SANTA CRUZ DE FLORES. y dos con 00/100 dólares americanos), que son las 2/3 partes de la valorización convencional. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presu- CARGAS Y GRAVÁMENES: puesto asignar anualmente recursos para la implementación del Plan de Trabajo 1.- Hipoteca sobre el predio inscrito en esta Partida hasta por la suma de US$ correspondiente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. 74,476.00 dólares, a favor de Scotiabank Perú S.A.A., así consta en la Escritura Pública del 07.01.2012, otorgada ante Notario Público de Cañete Ítala Andrea Ga- ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión So- rrafa Peña, As. D00002; cial, Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos la convocatoria de 2.- Hipoteca sobre el predio inscrito en esta Partida hasta por la suma de US$ la participación activa del conjunto de instituciones y organizaciones locales, en la 137,538.01 dólares, a favor del Banco de Crédito del Perú, Escritura Pública del implementación del Programa Municipal EDUCCA – SANTA CRUZ DE FLORES. 21.06.2013, otorgada ante Notario de Cañete Ítala Andrea Garrafa Peña, As. Dicha participación comprende su intervención en las actividades y tareas, como D00004. también las capacidades y responsabilidades que puedan comprometer a cada DÍA Y HORA: Jueves 11 de Mayo de 2023, a horas 12:00 meridiano. Plan de Trabajo Anual. LUGAR DE REMATE: Av. Mariscal Benavides Nº 657, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, región Lima. ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico y Ser- LOS POSTORES: Entregarán la garantía del 10% en efectivo o cheque de geren- vicios Públicos la realización anual de una evaluación y reporte público de los resul- cia, arancel judicial, tributo Nº 07153, consignando número de expediente, Juzgado tados de cada Plan de Trabajo, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y e identificación del postor. La comisión de Ley del Martillero Público es cancelada mejoras en el Plan de trabajo del año siguiente. Al final de cada período de gobierno por el adjudicatario al concluir el acto de remate. corresponde hacer una evaluación y reporte público de los resultados logrados con Cañete, Abril de 2023. el Programa Municipal EDUCCA – SANTA CRUZ DE FLORES, así como proceder Pablo Colbert Rojas Tamayo a su actualización o reformulación. Martillero Público Reg. 127 ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico y Servi- Email: [email protected] / Cel. 961654569 / 993766643 cios Públicos la comunicación de la presente Ordenanza al Ministerio del Ambiente Publicar: Del 04 al 10 de Mayo de 2023 para los fines de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental EDICTO JUDICIAL vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del estado del ambiente. Expediente Nº 0760-2022, por ante el Segundo Juzgado Civil Permanente de Ca- ñete, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, de ARTÍCULO SÉTIMO.- DELEGAR en el señor Alcalde la facultad para que mediante fecha 10-04-2023. Publíquese un extracto de la presente resolución tres (auto ad- Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecua- misorio) donde se ADMITE a trámite la demanda interpuesta por MARÍA LUZ RIVAS da aplicación de la presente Ordenanza. MUCHOTRIGO contra ASOCIACIÓN PRO-VIVIENDA UNIÓN CASUARINAS de- biendo de tramitarse la presente demanda en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. ARTÍCULO OCTAVO.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, la pu- (…) Publíquese un extracto de la demanda en el Diario Local Al Día Con Matices blicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de la Provincia y a la por tres veces con intervalo de tres días. Una rúbrica del Señor Juez Dr. Oscar Raúl Oficina de Informática su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Cahuana Cahuana. Fdo. Percy Pablo Muñoz Campos – Secretaria Judicial. Distrital de Santa Cruz de Flores: www.munisantacruzdeflores.gob.pe. Cañete, 02 de Mayo de 2023. Percy Muñoz Campos REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Secretario Judicial Segundo Juzgado Civil Permanente Alexis Daniel Balcazar Huapaya Corte Superior de Justicia de Cañete Alcalde Publicar: 03, 09 y 15 de Mayo de 2023. EMPRESA DE TRANSPORTES SAN JUAN DE ROLDAN S.A. ASOCIACIÓN LAS BRISAS DE CONCON RUC: 20364424338 CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA CONVOCATORIA Se convoca a todos los socios de la Asociación Las Brisas de Concon, a la Asamblea General Extraordinaria, a realizarse el día 21 de Mayo de 2023, en el Por medio de la presente, se convoca a los socios accionistas a la Junta Gene- Local Institucional Mz. B-5 de nuestra Asociación. ral de Accionistas, a realizarse en Primera Convocatoria: 20 de Mayo de 2023, Primera Convocatoria: 11:00 a.m. a horas: 4:00 p.m., en el Local de la Empresa, sito en Av. San Juan Mz. X-1 Segunda Convocatoria: 11:30 a.m. Lote 05 – Anexo Roldán – Quilmaná – Cañete. AGENDA: AGENDA: 1.- Balance económico del año. 1.- Remoción del Directorio de la Empresa. 2.- Informe de la Comisión que fue nombrada por la Asamblea General del 23 2.- Elección del nuevo Directorio de la Empresa. de Abril de 2023. En caso de no alcanzar el quórum para la Primera Convocatoria, se cita en Se- 3.- Otros. gunda Convocatoria: 27 de Mayo de 2023, a la misma hora y en el mismo local. Cañete, 09 de Mayo de 2023 Roldán, 08 de Mayo de 2023. Presidente del El Directorio Comité de Desarrollo de la Asociación Las Brisas de Concon.

Pág. 6 - Al Día Con Matices - 09 de Mayo del 2023 en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”; MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ DE FLORES Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2023-MDSCF de fecha 25 de abril de 2023 se APRUEBA REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE LA AUDIEN- “AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO” CIA PUBLICA DE RENDICION DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ DE FLORES, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2023-MDSCF LIMA, que en el artículo 9º DE LA CONVOCATORIA La convocatoria a las Audien- cias Públicas Municipales de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital Santa Cruz de Flores, 26 de abril de 2023. de Santa Cruz de Flores se aprobará mediante Decreto de Alcaldía, luego que el Concejo Municipal apruebe el presente reglamento marco mediante ordenanza EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CRUZ DE FLORES municipal, así como su respectiva publicación en el diario oficial de la provincia, en – CAÑETE el Portal Municipal y la difusión mediante la colocación de paneles/banderolas en lugares estratégicos del distrito y otros medios de comunicaciones digitales (redes VISTO: sociales). El Informe Nº 190-2023-GM-MDSCF de fecha 26 de abril de 2023 de la Gerencia La convocatoria deberá contemplar: Municipal, y; - Fecha, Hora y Lugar de la Audiencia - Lugar y Plazo para la Inscripción de Participantes CONSIDERANDO: - Agenda de la Audiencia Que, mediante el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y su última - Otros que se considere necesario modificatoria de la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipali- dades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que gozan de Que, en ese contexto, se hace necesario aprobar el Cronograma de Actividades autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, para la Primera y Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Mu- dispositivo concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, nicipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores y convocar a los miembros participan- Ley Orgánica de Municipalidades. tes, señalados en el artículo 9° del acotado Reglamento, a la Primera y Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Santa Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades estable- Cruz de Flores 2023; ce que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi- Con el pronunciamiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; con la ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y opinión legal procedente de la Oficina de Asesoría Jurídica; con la conformidad de de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley N°27972, Ley Que, el artículo 2º de la Ley Nº 31433 incorpora el artículo 119-A a la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Ley Orgánica de Municipalidades, que establece: “Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el nu- meral 6) del artículo 20°, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL SE DECRETA: EDICTO MATRIMONIAL ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Cronograma de actividades para la Primera y Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital De conformidad con lo dispuesto en el Artículo Nº 250 del Código Civil, hago saber de Santa Cruz de Flores para el año 2023, conforme se detalla a continuación: que don ANTONY LUIS BARBOZA CHUMPITAZ, natural del distrito de San Vicen- te – Cañete – Lima, estado civil soltero, de 29 años de edad, ocupación: trabajo PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2023 independiente, identificado con DNI Nº 48525037, con domicilio en Habilitación DESCRIPCIÓN Urbana Virgen de la Asunción Mz. C Lote 18 – Imperial – Cañete – Lima y doña Lugar: Frontis del Palacio Municipal de Santa Cruz de Flores KENDERLYN PAOLA RAMOS HUAMAN, natural del distrito de Imperial – Cañete – Fecha: viernes 19 de mayo de 2023 Lima, estado civil soltera, de 27 años de edad, ocupación: Contadora, identificada Hora de realización: de 17:00 a 19:00 horas con DNI Nº 72711475, con domicilio en Habilitación Urbana Virgen de la Asunción Agenda: Mz. C Lote 18 – Imperial – Cañete. Pretenden contraer Matrimonio en esta Muni- - Avances de la Ejecución presupuestal 2023. (Gasto corriente e inversión). cipalidad el 27 de Mayo de 2023. Nota: Las personas que conozcan causales de - Logros y dificultades de la gestión municipal. impedimento podrán denunciarlos dentro del término de ocho días conforme a Ley. - Perspectivas al cierre al primer semestre del 2023. Imperial, 08 de Mayo de 2023. - Ronda de preguntas y/o comentarios. Rocío Pilar Francia Huarcaya - Presentación de Informe de Actividades de la Primera Audiencia Pública Municipal Registradora - Unidad de Registro Civil del 2023 miércoles, 24 de mayo de 2023 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2023 SECCIÓN DE REGISTROS DEL ESTADO CIVIL DESCRIPCIÓN Lugar: Frontis de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores EDICTO N° 007-2023-MDSA Fecha: Martes 15 de setiembre de 2023 AVISO MATRIMONIAL Hora de realización: de 17:00 a 19:00 horas Agenda: De conformidad con lo dispuesto en el Art. 250 del Código Civil, se hace saber que - Avances de la Ejecución presupuestal 2023. (Gasto corriente e inversión). ante el Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio, se han presentado: - Logros y dificultades de la gestión municipal. Don Manuel Alexander Vega Merino, de 34 años, de estado civil soltero, Ocupación - Perspectivas al cierre del ejercicio 2023. Ingeniero, Natural de Miraflores - Lima, de nacionalidad Peruana, residente en Jr. - Ronda de preguntas y/o comentarios. Pedro Advincula Quispe Ch. N° 155, Int. 2, San Antonio; y doña Fiorella Stefania - Presentación de Informe de Actividades de la Segunda Audiencia Pública Munici- Cárdenas Villaverde, de 28 años, de estado civil soltera, Ocupación Administrado- pal del 2023 miércoles, 25 de setiembre de 2023. ra, natural de Jesús María – Lima, de nacionalidad peruana, residente en Jr. Pedro Advincula Quispe Ch. N° 155, Int. 2, San Antonio, con el fin de contraer Matrimonio ARTÍCULO SEGUNDO.- CONVOCAR a los miembros del Concejo de Coordi- Civil. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlo nación Local Distrital (El alcalde, los regidores y los dos (2) representantes de la dentro del termino de ley. San Antonio, 08 de Mayo del 2023 Sociedad Civil), los presidentes de las Juntas Vecinales del distrito y vecinos en Juan Edgar Malásquez Jara – Alcalde general, a la primera y segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Felícita Eusebia Arias de Torres Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores para el año 2023; quienes podrán Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil hacer uso de la palabra para realizar preguntas y/o comentarios referentes a los temas detallados en la agenda, intervención que tendrá un lapso máximo de tres (3) minutos.

09 de Mayo del 2023 - Al Día Con Matices - Pág. 7 ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a las unidades orgánicas de la Municipali- el listado general de los participantes inscritos e implementar el registro virtual que dad Distrital de Santa Cruz de Flores, el cumplimiento del desarrollo del proceso de permita tener un mayor alcance para la inscripción de participantes. la Primera y Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipa- lidad Distrital de Santa Cruz de Flores del año 2023, en el marco de lo establecido ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del por el artículo 9° del Reglamento para el Desarrollo de la Audiencia Pública de Ren- presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial de la Provincia y a la Oficina de dición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Flores, aprobado Informática, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de por Ordenanza N° 007-2023-MDSCF. Santa Cruz de Flores, (https://www.munisantacruzdeflores.gob.pe). ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. promover y procurar la participación ciudadana de las organizaciones y vecinos en general, quienes podrán registrarse hasta el día anterior a la audiencia vecinal, Alexis Daniel Balcazar Huapaya conforme al ANEXO N° 01 del presente Decreto de Alcaldía; además de efectuar Alcalde PERÚ Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres” CUT: 4723-2023 “Año de la Unidad, la paz y el desarrollo” AVISO OFICIAL Nº 010-2023-ANA-AAA.CF-ALA.MOC San Vicente de Cañete, 22 de Marzo de 2023 La Administración Local de Agua Mala-Omas-Cañete, da a conocer la solicitud de Acreditación de disponibilidad hídrica para el otorgamiento de licencia de uso de agua subterrànea con fines industriales, ubicado en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. DATOS DEL PETICIONARIO Conservas y congelados Cerro Azul S.R.L. RUC: 20491332515 Representante Legal: Elvis Reilly Boom Ccama Gonzales CUT: 4723-2023 LOCALIZACIÓN DE LA FUENTE DE AGUA - UBICACIÓN POLÍTICA El proyecto se ubica en una parcela agricola ubicada en dirección a la carretera Imperial - Quilmaná, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. - UBICACIÓN GEOGRÁFICA Punto de Captaciòn Altitud (msnm) Estudio Fuente Nombre del Coordenadas UTM, Datum Pozo 112 WGS 84, Zona 18 Sur 112 Este (m) Norte (m) Regularización de Licencia de Uso de Agua Subterránea Acuífero del S/C 353 088 8 556 593 S/C con fines de uso industrial Río Cañete 353 068 8 556 784 NOTA: Los datos consignados corresponden a la Memoria del Estudio presentado por el administrado. TIPO DE APROVECHAMIENTO - DESCRIPCIÓN El recurso hídrico subterráneo se utilizará con fines de uso Industrial - DEMANDA DEL PROYECTO El volumen anual requerido para el proyecto es de 26 956 80 m3/año. Se realiza la presente publicación para los fines de Ley, para aquellos que se consideren afectados en su derecho de uso de agua como consecuencia del pre- sente pedido, puedan presentar su oposición debidamente justificada (técnica y legal), en nuestras oficinas, sito Panamericana Sur Km. 144,50 - San Vicente - Cañete. Mayores detalles respecto al cumplimiento de los requisitos y al otorgamiento de derecho de uso de agua pueden ser consultados en la Oficina de la Administración Mala-Omas-Cañete. Atentamente Administrador Local de Agua Administración Local de Agua Mala Omas Cañete EAA/rrca Autoridad Administradora de Agua Cañete Fortaleza Av. Chancay N° 406 Urb. El Rosario Huaral Lima T: (511) 2466030 www.ana.gob.pe www.minagri.gob.pe

Pág. 8 - Al Día Con Matices - 09 de Mayo del 2023 SPORT LORETO Y 4 DE FEBRERO REPRESENTAN A LA LIGA DE FÚTBOL DE NUEVO AYACUCHO... El fin de semana la Liga Intradistri- El Juez Edilberto Llacza, entrega el trofeo al tal de Fútbol de Nuevo Ayacucho, capitán del club Sport Loreto por alcanzar en una simpática ceremonia el título de campeón en la Liga de Nuevo realizada en el campo deportivo Ayacucho. Ciudad de Cumaná, premió a los 2 equipos que clasificaron para la Sport Loreto - Campeón provincial de la Copa Perú 2023. El presidente de la novísima liga 04 de Febrero - Subcampeón de la “frontera viva” de Cañete, Joel Yahuarcani, felicitó al Sport Loreto y al Defensor 4 de febrero por obtener el primero y segundo lugar del presente campeonato. El burgomaestre del lugar Joaquín Ayala, hizo la entrega de un her- moso trofeo al segundo lugar, 4 de febrero. Mientras que el Juez de Paz, Edilberto Llacza, lo hizo con el primer lugar, Sport Loreto. De la misma forma, se premiaron a los jugadores que destacaron en el presente torneo futbolístico. Asimismo, se otorgó el “fair play” al club B.C.B por su impecable desempeño en el campo de juego. Los dirigentes coincidieron que en el presente campeonato la población hinchará por los equipos participantes para así escribir la historia del balompié en la “fronte- ra viva” de Cañete. Saben que se enfrentan a equipos de trayectoria y mucha historia en el fútbol cañetano como son el Bella Esperanza de Cerro Azul y el Defensor Casa Blanca de San Luis. “Pero, vamos a jugar de igual a igual. En el fútbol no hay lógica y estamos preparados para poner fuerza y pundonor en el gramado de juego y alzarnos con el triunfo”, expresa el presidente de la liga Joel Yahuarcani. Mientras tanto, el alcalde de Nuevo Ayacucho, Joaquín Ayala, ha comenzado con los trabajos del cercado del gramado de juego y asumió también el compromiso de la colocación de mallas. Es decir, todo expedito para brindar la garantía al deporte de masas y esperando también el gras sintético que seguramente donará el alcalde provincial Tony Alcántara, cuya gestión ya se iniciaron.


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