Diario Oficial Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cañete - Yauyos E-mail: [email protected] Versión Digital: aldiaconmatices.com Jr. 28 de Julio N° 629 - Imperial - Cañete - Telf. 01-4784612 - 01-2847929 - Cel.: 987415492 - Valor S/ 1.00 AÑO XXX - N° 9264 - DIRECTOR: Juan José Torres Luyo - 12 de Mayo del 2023 WALTER ORMEÑO SUMÓ UN TÍTULO MÁS... MAZUBA F.C. SE RETIRÓ DE LA PROVINCIAL...
Pág. 2 - Al Día Con Matices - 12 de Mayo del 2023 MINSA DECLARA EN EMERGENCIA A 20 REGIONES DEL PAÍS POR DENGUE El sector designará 35 millones de soles para atender la emergencia Parece ser que nuestro destino es y evitar que más ciudadanos se no está acreditada por la OPS, registró en 2017, cuando los casos sufrir, sufrir, sufrir... Ya pasamos contagien. mientras no exista eso no pode- llegaron a más de 37 mil, con 33 días amargos con el Covid 19... “Las acciones técnicas e mos traer ninguna”, indicó. Hasta personas fallecidas. enfermedad que trajó muchas per- inmediatas son la declaratoria la fecha la región con más casos sonas fallecidas en nuestro país... de emergencia, no solo de las es Piura (29%) seguido de Loreto, REGIONES DECLARADAS EN agravadas por un pesimo manejo 13 regiones, sino que se está Ucayali e Ica. EMERGENCIA de esta emergencia de salud... ampliando a 20 regiones y de 59 Piura ,Loreto , Ucayali , Ica ,La , Ahora, empieza a hacernos pade- distritos a 226 distritos en el país”, Piura en alerta máxima bayeque, Lima Metropolitana, San cer otra enfermedad... el dengue... dijo en conferencia de prensa la La región Piura registra cerca de Martín, La Libertad, Cajamarca, que empieza a causar estragos, ministra Gutiérrez. 19 mil casos de dengue y un total Junín, Huánuco, Cusco, Madre de en varias partes del país... y nues- Además informó que el Ejecutivo de 12 defunciones por esta enfer- Dios, Amazonas, Tumbes, Áncash, tra provincia no escapa de este destinará S/35 millones a los medad, hasta la primera semana Ayacucho, Callao, Pasco y Puno. problema... a la vez que viene gobierno regionales y locales de mayo, según la sala situacional causando varias muertes. para hacerle frente al dengue, de la Dirección Regional de Salud Diario Oficial Judicial de la Corte Ante ello, el Ministerio de Salud que ha infectado a más de 69 530 (Diresa). Superior de Justicia de Cañete - Yauyos decidió ampliar la declaratoria de casos y causado la muerte de 72 Las provincias con mayor inciden- emergencia sanitaria de 13 a 20 personas, según el Ministerio de cia son Sullana, Piura y Morropón. Director: regiones del país, con la finalidad Salud (Minsa). Los pacientes hospitalizados Juan José Torres Luyo - Reg. FPP: 9014 de que se puedan realizar las ac- “También la disposición de S/ 35 suman más de 160, de los cuales ciones pertinentes que ayuden a millones para transferir a los go- hay al menos cinco personas en Sub Director: combatir esta situación. El anuncio biernos regionales o intensifiquen situación grave, internadas en el Luis Alberto Rodríguez Morales lo hizo la ministra del sector, Rosa el trabajo por un promedio de 120 hospital Santa Rosa (Minsa), Ca- Corresponsales: José Chumpitaz Solís Gutiérrez, durante una conferencia días. En el año 2017 el 80% de yetano Heredia (Essalud) y en el Colaboradores: Wilfredo Cecilio el 10 de mayo. los casos que teníamos era cinco centro de salud Alto de Los More, Cayllahua León; Arnaldo Alvarado; El 23 de febrero de 2023 a través regiones afectadas y hoy tenemos en el distrito de La Arena. Luis Alberto Tasayco Carbonero; del Decreto Supremo 002-2023- 16 regiones incluyendo el factor La directora del hospital Santa SA, publicado en El Peruano, climatológico”, señaló. Rosa, Luz Martínez, señaló que Juan Josè Torres Bueno el Ministerio de Salud (Minsa) La titular del Minsa además resaltó actualmente es imposible atender Reporteros: María Tipiane Atuncar y declaró la emergencia sanitaria que existe una vacuna contra el a los pacientes que llegan con debido al brote del dengue en dengue, pero se encuentra en dengue debido a la falta de camas Abraham Sánchez Ayllón. algunas zonas del país. Según el fase de estudio en la Organización para poder internarlos. Diagramación: documento, por aquel entonces, Panamericana de la Salud (OPS), En 2022 hubo más de 12 mil se optó por dar un plazo de 90 por lo que no puede ser adquirida, casos de dengue y 22 víctimas Nazria Gutiérrez Sánchez, Antonella días para intensificar las interven- hasta el momento. mortales, mientras que la cifra Rodríguez Florián y Cielo Aroni Aguela. ciones de control en la población “La vacuna contra el dengue aún más alta de los últimos años se Oficina de Redacción: Jr. Augusto B. Leguía N° 573 - Imperial - Cañete Tel: 4784612 - 2847929 - 987415492. Impresión: Ediciones «PJK» Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2010-13550 NOTA: Las opiniones de los Artículos firma- dos publicados en este medio, no necesa- riamente reflejan la opinión del mismo; por ello, son de absoluta responsabilidad de sus autores.
12 de Mayo del 2023 - Al Día Con Matices - Pág. 3 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL ANUNCIA PLAN DE DESVIO VEHICULAR Y CAMBIO DE PUNTO DE PARTIDA HACIA LA PEREGRINACIÓN DEL SR. DE LA ASCENCIÓN DE CACHUY Por las actividades de la peregri- El paradero provinsional autoriza- los continuos congestionamiento hasta la altura del ingreso hacia nación del Señor de la Asención do se estara dando inicio apartir que se vienen dando en el ingreso Hualcará... con ello los horarios de de Cachuy la Municipalidad del Lunes 15 de Mayo. a Imperial, sobre todo en las horas 08 de la mañana, 01 de la tarde... provincial de Cañete asignó como Lo que hay que señalar es que no puntas... a tal punto que se forman 06 de la tarde se volverán más Paradero provisional autorizado se está considerando para nada, largas colas, que llegan inclusive complicados. al Coliseo Lolo Fernández, que se encuentra ubicado en la Av. Mariscal Benavides, San Vicente de Cañete 170. De igual forma indicó que hay un desvio vehicular: Coliseo Lolo Fernández (Av. Mariscal Benavides) hasta Jirón Ayacucho, Jirón Huancayo, Av. 28 de julio, Av. San Leonardo, Carretera Imperial - Nuevo Imperial, La Florida, Lunahuaná, Pacarán, Zúñiga, Huayllampi, Catahuasi y Canchan. MENORES DE 0 A 8 MESES SE PROGRAMAN REGISTRAR CON LA NUEVA IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA DE ACTA Y FICHA DE LA RENIEC... El Registro Nacional de Identifica- ción biométrica y a la digitalización Reniec brindará capacitación a menor y la verificación biométrica ción y Estado Civil (Reniec) imple- documentaria, se logrará agilizar los funcionarios de las oficinas de de la identidad del declarante. menta el Sistema Acta y Ficha que el proceso de registro, ahorrando registro civil automatizadas y dará - Se registran los datos para el permitirá simplificar los trámites de recursos y tiempo, tanto a los el soporte operativo necesario. trámite del DNI. registro para recién nacidos desde padres como al municipio. Según el ente registral, ac- - Se genera el Acta y Ficha, que los 0 hasta los 8 meses de edad. Cabe precisar que la implemen- tualmente son 286 Oficinas de incluye la emisión del Acta de Con este nuevo sistema se podrá tación del Sistema Acta y Ficha Registro Civil automatizadas (186 nacimiento electrónica del menor realizar los trámites de registro se pone a disposición de todos provinciales y 100 distritales) que y luego, en un mismo acto, de la para el acta de nacimiento y DNI los municipios provinciales y están aptas para la implementa- Ficha registral electrónica para la en una sola visita a las Oficinas de distritales que hayan suscrito el ción del Sistema Acta y Ficha en obtención del DNI. Registros del Estado Civil - OREC, convenio de cooperación insti- esta primera etapa. Beneficios del Acta y Ficha: de las municipalidades provincia- tucional, los mismos que serán A través de la Dirección de Regis- - Simplificación del trámite, al les y distritales. dotadas de un kit de equipos que tros Civiles del Reniec se dio inicio realizarse dos procedimientos en Gracias al nuevo sistema de Acta permitirán procesar el Acta y Ficha a la implementación de este sis- un solo paso. registral electrónica, de identifica- de manera digital. Asimismo, el tema en las Oficinas de Registros - Optimización del proceso, al del Estado Civil automatizada de generar mayor eficiencia en el uso la Provincia de Moyobamba y en de tiempo y recursos. las distritales de Soritor y Jepela- - Ahorro de tiempo, tanto para el cio, en San Martín, prosiguiéndose ciudadano (que solo debe acudir con la implementación progresiva una vez a realizar el trámite), en las demás oficinas automatiza- como para la entidad (ya que se das contempladas en esta etapa, agiliza el proceso operativo). durante el presente año. - Garantía de la seguridad en la Pasos para la inscripción del información, ya que solo tendrán Acta de nacimiento y la Ficha acceso al sistema los usuarios registral: autorizados). - Se registra el nacimiento del - Ahorro en recursos materiales, menor con el CNV. como papel y suministros de - Se registran las imágenes del impresoras.
Pág. 4 - Al Día Con Matices - 12 de Mayo del 2023 Que, con fecha 18 de mayo de 2022, se publica el Decreto Supremo Nº 053-2022- PCM, el mismo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419 Ley que establece disposiciones para garantizar idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pú- blica de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, el mismo que establece lo siguiente: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES” Cuarta.- Formulación y adecuación de los instrumentos de gestión. “Año de la Unidad, la paz y el desarrollo” Para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley, cuando corresponda, las entidades actualizan o modifican sus instrumen- RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 124-2023-ALC/MDNI tos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aproba- dos por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación Nuevo Imperial, 05 de abril de 2023. del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL – CA- ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de ÑETE la presente norma. VISTO: Las Oficinas de Recursos Humanos o las que haga sus veces, bajo responsabili- La Resolución de Alcaldía Nº 233-2021-ALC-MDNI de fecha 19 de octubre de 2021, dad, tiene la obligación de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley, el el Informe Nº 0238-2023-ORH-MDNI de fecha 30 de marzo de 2023, el Informe presente Reglamento y las disposiciones complementarias emitidas por SERVIR”. Nº 130-2023-OGPPM-GM/MDNI de fecha 31 de marzo de 2023, y el Informe Nº 176-2023-MDNI-GM/OGAJ de fecha 31 de marzo de 2023, y; Que, mediante Informe Nº 0238-2023-ORH-MDNI de fecha 30 de marzo de 2023, el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos, informó que luego de la revisión a CONSIDERANDO: los instrumentos de gestión que atañe al sistema de Recursos Humanos de la Que, en primer lugar, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, se puede advertir que el actual Manual por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son ór- de Clasificador de Cargos MCC, aprobado mediante Resolución del Alcaldía Nº ganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los 233-2021-ALC-MDNI de fecha 19 de octubre de 2021, los requisitos establecidos asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II no se ajustan al Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM para los cargos del primer y del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual segundo nivel organizacional, asimismo señaló que el plazo para la actualización establece que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, y adecuación del Manual de Clasificador de Cargos MCC de la corporación edil administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; conforme al Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, debió realizarse hasta el 14 de noviembre de 2022, fecha en la que cumplía ciento ochenta (180) días calendario Que, el articulo preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, otorgado por la citada norma legal, y que a la fecha se debe dar cumplimiento; la cual establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú regu- Que, en ese sentido, el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos, sustentó la pro- lan actividades y funcionamiento del sector público, así como las normas técnicas puesta del Manual de Clasificador de Cargos de la Entidad, el mismo que cuenta referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de con opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Moderniza- observancia y cumplimiento obligatorio; ción mediante Informe Nº 130-2023-OGPPM-GM/MDNI de fecha 31 de marzo de 2023; Que, el artículo 7 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público establece que para postular a un empleo público se debe reunir los requisitos y/o tributos Que, con Informe Nº 176-2023-MDNI-GM/OGAJ de fecha 31 de marzo de 2023, el propios de la plaza vacante. En ese sentido, las entidades del sector público deben Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Entidad, opinó de conformidad establecer en sus instrumentos de gestión, los requisitos que las personas deben en el marco legal antes citado, que es PROCEDENTE que se apruebe el proyecto cumplir para acceder a los cargos; del MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGO - MCC, propuesto por la Oficina de Recursos Humanos de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, teniendo en Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, consideración el cambio normativo respecto a los requisitos mínimos establecidos se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elabora- en el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Ley Marco de Modernización de Gestión ción del Manual de Clasificador de Cargos y el Cuadro para Asignación de Personal del Estado y sus modificatorias y demás normas de la materia; Provisional” (en adelante la Directiva), la misma que establece y precisa normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo deben seguir para la administración de cargos y posiciones, en ese contexto la 6º, numeral 6º y 17º del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Munici- Oficina de Recursos Humanos recomienda actualizar EL MANUAL DE CLASIFI- palidades; CADOR DE CARGO, teniendo en consideración el cambio normativo respecto a los requisitos mínimos establecidos en el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Ley SE RESUELVE: Marco de Modernización de Gestión del Estado y sus modificatorias y demás nor- mas de la materia; asimismo en consecuencia de la modificación de los requisitos ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA MUNI- mínimos para los cargos de primer y segundo nivel organizacional, se propone CIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL, el mismo que forma parte integran- actualizar los requisitos mínimos de los cargos del tercer nivel organizacional como te de la presente Resolución, conforme a los considerandos expuestos. Jefes/as y Sub Gerentes/as y demás servidores públicos, con la finalidad de contar con el instrumento de sistema de gestión de recursos humanos que se adecue a la ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina General normatividad vigente y a la realidad de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial; de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a la Oficina de Recursos Humanos el fiel cumplimiento de la presente Resolución. Que, mediante el artículo 3º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE se da a las entidades un plazo de hasta seis (6) meses ARTÍCULO TERCERO.- DEJESE sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº para adecuar su Manual de Clasificador de Cargos vigente a los lineamientos dis- 233-2021-ALC-MDNI. puestos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, o ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación a quie- para formular y aprobar uno en línea con lo dispuesto en la Directiva; nes corresponda y su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Dis- trital de Nuevo Imperial. Que, asimismo se advierte que el actual manual de clasificador de cargo aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 233-2021-ALC-MDNI de fecha 19 de octubre REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. de 2021, los requisitos establecidos no se ajustan a lo descrito en el Decreto Supre- mo Nº 053-2022-PCM, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado y sus Carmen Maria Ramos Oyolo modificatorias y demás normas de la materia; Alcaldesa
12 de Mayo del 2023 - Al Día Con Matices - Pág. 5 Gerente de Promoción y Desarrollo Local remite a la Gerencia Municipal la solicitud de aprobación para la implementación de la intervención saberes productivos; MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL Que, mediante Proveído S/N-2023-GM-MDNI de fecha 10 de abril de 2023, la Ge- rente Municipal solicita opinión legal en relación a la la implementación de la inter- “Año de la Unidad, la paz y el desarrollo” vención saberes productivos; ORDENANZA MUNICIPAL N° 07-2023-MDNI Que, mediante Informe N° 215-2023-MDNI-GM/OGAJ de fecha 19 de abril de 2023, el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, opino de conformidad con los Nuevo Imperial, 27 de abril de 2023 señalado en el presente documento y en contraste con la normativa legal aplicable, que se eleve al Pleno del Concejo Municipal, para deliberar y determinar la aproba- EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL ción del programa para la “IMPLEMENTACIÓN DE LA INTERVENCIÓN SABERES PRODUCTIVOS EN EL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL”, mediante ordenanza POR CUANTO: municipal; El Concejo Municipal del distrito de Nuevo Imperial en Sesión Ordinaria de fecha 27 de abril de 2023. Que, mediante Proveído S/N-2023-GM-MDNI de fecha 19 de abril de 2023, la Ge- rente Municipal, remite a la Secretaria General los actuados, para la deliberación y VISTO: determinar la aprobación por el Pleno de Concejo Municipal; El Informe N° 203-2023-GPDL-SGDH/MDNI de fecha 03 de abril de 2023, el In- forme N° 178-2023-GPDL-MDNI de fecha 10 de abril de 2023, el Proveído S/N- Que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º 2023-GM-MDNI de fecha 10 de abril de 2023, el Informe N° 215-2023-MDNI-GM/ y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo OGAJ de fecha 19 de abril de 2023 y el Proveído S/N-2023-GM-MDNI de fecha 19 Municipal, por unanimidad APROBÓ la siguiente Ordenanza: de abril de 2023, y; ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA INTERVEN- CONSIDERANDO: CIÓN SABERES PRODUCTIVOS EN EL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL Que, en primer lugar, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son ór- ARTÍCULO PRIMERO.- OBJETO DE LA NORMA, implementar la Intervención Sa- ganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los beres Productivos en la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, con el objetivo asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II de rescatar y poner en valor el conocimiento de los adultos mayores, para asegurar del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual tanto la trasmisión de la herencia cultural como su apropiación productiva por parte establece que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, de la comunidad. administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; ARTÍCULO SEGUNDO.- FINALIDADES, las que se encuentran establecidas en Que, el artículo 7° de la Carta Magna antes invocada, señala que todos tienen el Artículo único, del Título Preliminar de la Ley 30490, Ley de la Persona Adulta derecho a la protección de la salud, del medio familiar y de la comunidad, así como Mayor; en el Artículo IV y Artículo VI del Título Preliminar de la Ley 27972 – Ley el deber de contribuir a su promoción y defensa; Orgánica de Municipalidades. Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de ARTÍCULO TERCERO.- COMPROMISOS, para la implementación de Saberes Municipalidades establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, Productivos la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial y el Programa Nacional de promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo Asistencia Solidaria asumen los siguientes compromisos: integral, sostenible y armónico de su circunscripción; y el articulo VI dispone que 3.1 La Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial se compromete a: (i) Encargar la los gobiernos locales promueven el desarrollo de capacidades y la equidad en sus ejecución de Saberes Productivos a la Gerencia Promoción y Desarrollo Local, (ii) respectivas circunscripciones; Designar equipo a cargo de la ejecución de Saberes Productivos, integrado por personal de la Municipalidad (iii) Asignar espacio físico para el desarrollo de ac- Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 84°, nume- tividades con adultos mayores en el marco de Saberes Productivos, (iv) asignar ral 2, 4, prescribe que dentro de las funciones especificas exclusivas de las muni- presupuesto para actividades de Saberes Productivos, (v) Crear o fortalecer es- cipalidades distritales de encuentra organizar, administrar y ejecutar los programas pacios de participación para adultos mayores en la localidad donde se realicen las locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, ado- actividades de Saberes Productivos, (vi) articular con actores locales estratégicos lescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de para la ejecución de Saberes Productivos. la población en situación de discriminación; 3.2 El Programa Nacional de Asistencia Solidaria PENSION 65, a través de la Uni- dad de Proyectos e Intervenciones y la Unidad Territorial de la región Lima – Provin- Que, el articulo único del Titulo Preliminar de la Ley N° 30490, Ley de la Persona cias, brindará a la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, asesoría y asistencia Adulta Mayor en su inciso a), establece que toda acción publica o privada esta técnica en el diseño de la intervención, en la articulación con actores estratégicos avocada a promover y proteger la dignidad, la independencia, protagonismo, au- regionales y locales, y realizará el monitoreo de la intervención Saberes Productivos tonomía y autorrealización de la persona adulta mayor, así como su valorización, en la localidad. papel en la sociedad; de igual forma el inciso c) precisa que el Estado promueve el 3.3 Las partes establecerán mecanismos conjuntos de cooperación y de apoyo para fortalecimiento de la protección de la persona adulta mayor por parte de la familia el desarrollo de la intervención. y la comunidad; ARTÍCULO CUARTO.- UNIDAD RESPONSABLE, sera responsable de conducir, Que, la Intervención Saberes Productivos del Programa Nacional de Asistencia orientar, supervisar, y monitorear la Intervención Saberes Productivos, la Gerencia Solidaria propone un trabajo conjunto y de articulación con los gobiernos locales de Promoción y Desarrollo Local, como órgano de línea dentro de la estructura para la etapa de implementación, fortalecimiento así las capacidades de las auto- orgánica funcional de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, y de acuerdo a ridades y brindando la asistencia técnica permanente a cargo de especialistas de su finalidad y funciones establecidas en el momento de su creación, la cual deberá Pensión 65; contar con un equipo mínimo interdisciplinario a quienes el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 capacitará en la atención al adulto mayor. Que, con Informe N° 203-2023-GPDL-SGDH/MDNI de fecha 03 de abril de 2023, ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Gerencia de Promoción y Desarrollo Local la Sub Gerente de Desarrollo Humano, solicito la aprobación del programa para y Sub Gerencia de Desarrollo Humano de la realización de las acciones administra- la IMPLEMENTACIÓN DE LA INTERVENCIÓN SABERES PRODUCTIVOS EN tivas para el cumplimiento de la presente ordenanza. EL DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL, a través de una ordenanza municipal, que contribuya al bienestar de las personas adultas mayores a partir de su revaloración POR TANTO: como portadoras de saberes locales que se tornan al ser identificados como activos REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE a su comunidad; Carmen Maria Ramos Oyolo Que, mediante Informe N° 178-2023-GPDL-MDNI de fecha 10 de abril de 2023, el Alcaldesa
Pág. 6 - Al Día Con Matices - 12 de Mayo del 2023 tiva N° 006-2022-CG/PREVI “Rendición de Cuentas de los Titulares del Gobierno Regional, Gobierno Local y de las Sociedades de Beneficencia”, dicha Directiva, en el literal c) del sub numeral 6.4, numeral 6, establece entre otros que, el Informe de Rendición de cuentas de titulares debe ser expuesto por las entidades en las Audiencias Públicas dirigidas a los ciudadanos conforme las normas específicas que regule dicha obligación. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, establece como objetivo específico 9, asegu- “Año de la Unidad, la paz y el desarrollo” rar la transparencia, la participación, la vigilancia y la colaboración ciudadana en el debate de las políticas públicas y en la expresión de opinión sobre la calidad de los ORDENANZA MUNICIPAL N° 08-2023-MDNI servicios públicos y el desempeño de las entidades. Nuevo Imperial, 27 de abril de 2023 Asimismo, establece como principios orientadores de la política de modernización en los literales c y d, el balance entre flexibilidad y control de la gestión; y transpa- EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL rencia, rendición de cuentas y ética pública, respectivamente. POR CUANTO: Que, el artículo 9°, numeral 8 de la Ley N° 27972, establece como una de las El Concejo Municipal del distrito de Nuevo Imperial en Sesión Extraordinaria de atribuciones del pleno del concejo municipal, de aprobar, modificar o derogar las fecha 27 de abril de 2023. ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. VISTO: Que, asimismo, el artículo 39° de la citada Ley Orgánica, establece que los con- El Informe N° 00152-2023-OGPPM-GM/MDNI de fecha 19 de abril de 2023, cejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de el Proveído S/N-2023-GM-MDNI de fecha 19 de abril de 2023, el Informe N° ordenanzas y acuerdos; del mismo modo, el subsiguiente artículo 40, señala que, 237-2023-OGAJ-MDNI de fecha 26 de abril de 2023 y el Proveído S/N-2023-GM- las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su MDNI de fecha 26 de abril de 2023, y; competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructu- ra normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, CONSIDERANDO: la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias Que, en primer lugar, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado en las que la municipalidad tiene competencia normativa. por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son ór- ganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los Que, mediante Informe N° 00152-2023-OGPPM-GM/MDNI de fecha 19 de abril de asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II 2023, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, remite a del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual la Gerencia Municipal el Proyecto de Ordenanza que aprueba el reglamento para establece que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, el desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Distrital de Nuevo Imperial, para su evaluación y posterior aprobación por el Pleno de Concejo Municipal. Que, el artículo 197° y 199° de la Constitución Política del Perú, expresa que “Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el Que, mediante Proveído S/N-2023-GM-MDNI de fecha 19 de abril de 2023, la Ge- desarrollo local. (…).”; y, “(…) formulan sus presupuestos con la participación de rencia Municipal solicita opinión legal a la Oficina General de Asesoría Jurídica, la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, respecto al proyecto de ordenanza que aprueba el reglamento para el desarrollo conforme a ley”. de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Mu- nicipalidades, establece que, el sistema de planificación tiene como principios la Que, mediante Informe N° 237-2023-OGAJ-MDNI de fecha 26 de abril de 2023, el participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, trans- Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina: parencia, gestión moderada y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, entre otros. De igual modo, el numeral 2 del artículo 121°, reconoce el derecho “3.1. Que, es FACTIBLE aprobar el Proyecto de Ordenanza que aprueba el de control vecinal a los gobiernos locales, demandando la rendición de cuentas. Reglamento para el desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. Que, mediante Ley N° 31433, se modifica entre otros, la Ley N° 27972, Ley Orgáni- 3.2. Que, se encargue a la Gerencia Municipal, Oficinas Generales, Gerencias, ca de Municipalidades, respecto a las atribuciones y responsabilidades de concejos Oficinas y Sub Gerencias el cumplimiento de la presente ordenanza, su regla- municipales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, modificando mento y sus anexos; aprobados en el artículo precedente entre otros, el artículo 20°, en el numeral 36, el cual establece como una de las 3.3. Que, se faculte a la Sra. Alcaldesa, para que mediante resolución y/o decre- atribuciones del alcalde de convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos to de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias, ampliatorias reglamen- audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de go- tarias a la presente ordenanza, su reglamento y sus anexos correspondientes”. bierno local. Que, mediante Proveído S/N-2023-GM-MDNI de fecha 26 de abril de 2023, la Ge- Que, asimismo, dicha Ley, incorpora el articulo 119-A a la Ley N° 27972, Ley Orgá- rente Municipal remite a la Secretaria General, el Informe N° 237-2023-OGAJ-MDNI nica de Municipalidades, con el siguiente texto: con sus actuados, con la finalidad que sean elevados al Pleno de Concejo Municipal para su deliberación y determinen su aprobación. “Articulo 119-A.- AUDIENCIAS PÚBLICAS MUNICIPALES Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo Que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las Municipal, por unanimidad APROBÓ la siguiente Ordenanza: dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas munici- ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL pales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la DESARROLLO DE AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyec- ción al cierre del año fiscal”. LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO IMPERIAL Que, el artículo 17° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento para el desarrollo de Audien- prescribe que “los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la cias de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, que participación ciudadana en la formulación, debate, concertación de sus planes de consta de 05 Títulos, 25 Artículos y 01 disposición complementaria, el mismo que desarrollo y presupuesto, y en la gestión pública, con las excepciones que señala forma íntegramente parte de la presente ordenanza. la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal y a todas las uni- dades orgánicas de esta entidad edil, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Que, mediante Resolución de Contraloría N° 041-2022-CG, se aprueba la Direc-
12 de Mayo del 2023 - Al Día Con Matices - Pág. 7 ARTÍCULO TERCERO.- FACULTAR, a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital supuestales como también en los referidos a los logros de la gestión y dificultades de Nuevo Imperial, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones que impidieron el cumplimiento de compromisos de esta municipalidad. reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, 5.2. Evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la Municipalidad convocando a las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas en los meses de con proyección al cierre del año fiscal. mayo y setiembre de cada año. Artículo 6°.- Principios ARTÍCULO CUARTO.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día Los principios que regirán las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas, deben siguiente de su publicación. garantizar el respeto a la igualdad, participación y publicidad. ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR, a la Secretaria General la Publicación y di- Artículo 7°.- Ámbito de aplicación fusión de la presente Ordenanza y su Reglamento en el Portal Institucional de la Este reglamento es de obligatoria aplicación a la Audiencia Pública de Rendición de Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial (www.muninuevoimperial.gob.pe). Cuentas programadas por la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. POR TANTO: Artículo 8º.- Agenda de la Audiencia Pública REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Los temas a tratar en la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas son presenta- dos en base al Plan de Desarrollo Concertado Local del Distrito de Nuevo Imperial. Carmen Maria Ramos Oyolo Los contenidos mínimos a presentar en la Audiencia Pública son: Alcaldesa a) Nivel de ejecución presupuestal a nivel de gastos corrientes. b) Nivel de ejecución de los proyectos de inversión, inclusive los aprobados en el ************** marco del presupuesto participativo. c) Gestión de algunos programas y/o servicios públicos específicos, con indicado- REGLAMENTO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICION DE CUENTAS DE res de cobertura y calidad, planes de mejora institucional sobre la calidad de los LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE servicios públicos, así como los avances, dificultades y lecciones aprendidas en su ejecución. NUEVO IMPERIAL – PROVINCIA DE CAÑETE d) Adopción de políticas públicas locales y el avance en implementación. e) Disposiciones municipales emitidas y el impacto obtenido con la emisión de TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES dichas normas. f) Acciones para promover la implementación de los mecanismos de transparencia Artículo 1°.- Naturaleza o control social en la Gestión local. El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para la rea- g) Funcionamiento de espacios de concertación, como el Consejo de Coordinación lización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas en la Municipalidad Local (CCL), los Comités Consultivos, así como otros mecanismos de participación Distrital de Nuevo Imperial, con el propósito de informar a los vecinos de esta juris- ciudadana que existan en el distrito de Nuevo Imperial. dicción sobre la gestión municipal, detallando las gestiones, actividades y proyectos desarrollados. TÍTULO II: ORGANIZACIÓN Artículo 2°.- Objeto Artículo 9°.- Responsabilidad institucional El presente reglamento tiene por objeto normar y regular los mecanismos de parti- La realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas es responsabili- cipación de los agentes de desarrollo y los procedimientos para la realización de la dad de la alcaldesa, como autoridad política del Gobierno Local. Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, estableciendo el marco general para su desarrollo. Artículo 3°.- Base Legal. Artículo 10°.- Responsables en la organización a) La Constitución Política del Perú. En la realización y desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas b) Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional. participan diferentes órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de c) Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias. Nuevo Imperial, los cuales asumen diferentes responsabilidades. Entre ellos se d) Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias. encuentran: e) Ley N° 31433, Ley que modifica la ley 27972, ley orgánica de municipalidades, 10.1. Alcaldía Municipal, como órgano ejecutivo del gobierno local le corresponde: y la ley 27867, ley orgánica de gobiernos regionales, respecto a las atribuciones y a) Proponer el reglamento para el desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendi- responsabilidades de concejos municipales y consejos regionales, para fortalecer ción de Cuentas. el ejercicio de su función de fiscalización. b) Aprobar la agenda y el informe de rendición de cuentas. f) Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. c) Emitir la convocatoria. g) Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. d) Realizar la rendición de cuentas. h) Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. 10.2. Concejo Municipal, como órgano normativo y fiscalizador. Le corresponde: i) Decreto Supremo N° 072-2033-PCM que aprueba el TUO de la Transparencia y a) Aprobar el reglamento de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas y de Acceso a la Información Pública. todas las normas complementarias que favorezcan el desarrollo de este mecanismo j) Decreto Supremo N° 004-2013-PCM Política Nacional de Modernización de la de control y participación ciudadana. Gestión Pública. b) Difundir información sobre la producción normativa. k) Decreto Supremo N° 044-2018-PCM Plan Nacional de Integridad y Lucha contra c) Verificar la exactitud y veracidad de la información que el alcalde presenta ante la Corrupción. la población. l) Decreto Supremo N° 180-2021-PCM Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo 10.3. Gerencia Municipal, le corresponde: para la prevención de actos de corrupción. a) Proponer la agenda. m) Resolución de Contraloría N° 041-2022-CG que aprueba la Directiva N” 006- b) Liderar la difusión de la convocatoria a la audiencia pública. 2022-CG/PREVI “Directiva de Rendición de Cuentas de los Titulares del Gobierno c) Aprobar el informe final de rendición de cuentas y el resumen ejecutivo. Regional, Gobierno Local y de las Sociedades de Beneficencia”. 10.4. Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, le corres- ponde: Artículo 4°.- Objetivos específicos a) Coordinar y recabar la información para la elaboración del informe de rendición Las Audiencias Públicas tienen por objetivos: de cuentas. 1. Fortalecer la relación Gobierno local y Ciudadanía. b) Centralizar y sistematizar la información del Resumen Ejecutivo 2. Facilitar el ejercicio de control de la ciudadanía a la gestión público local. c) Elaborar el informe final de rendición de cuentas. 3. Recuperar la legitimidad y credibilidad de las autoridades locales. d) Elaboración del cronograma de la Audiencia Pública. 4. Contribuir al desarrollo de los principios rectores de las políticas y gestión local 10.5. La Gerencia de Promoción y Desarrollo Local, a través de la Sub Gerencia de con transparencia, gestión moderna por resultados y rendición de cuentas, inclu- Participación Vecinal, le corresponde: sión, eficacia, eficiencia, imparcialidad y participación ciudadana en el manejo de a) Realizar la convocatoria a los participantes a la Audiencia Pública los recursos públicos. b) Promover la participación ciudadana. c) Promover y garantizar la participación de las organizaciones sociales e institu- Artículo 5°.- Finalidad ciones 5.1. Dar a conocer el desarrollo de la gestión municipal, tanto en los aspectos pre- d) Inscripción de participantes y oradores.
Pág. 8 - Al Día Con Matices - 12 de Mayo del 2023 10.6. Los funcionarios y servidores del gobierno local, a quienes les corresponde: siguientes: a) Brindar la información solicita para la Audiencia Pública de sus respectivas unida- • Presentar la agenda y explicar las reglas del evento para el desarrollo de la au- des orgánicas de manera oportuna para la rendición de cuentas. diencia pública. b) Colaborar en la organización y desarrollo de la audiencia pública. • Garantizar que todos los oradores que intervengan tengan el mismo tiempo de uso de la palabra. Artículo 11°.- Número y Modalidad de las audiencias • Instar a los participantes a guardar orden durante el desarrollo de la audiencia El gobierno local realizará, como mínimo, dos (02) Audiencia Pública de Rendición pública. de Cuentas al año. La Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, convocará a la Audiencia Pública de Artículo 19°.- Mesa Directiva Rendición de Cuentas, con un mínimo de 10 días calendarios de anticipación, para La mesa directiva estará conformada por el Alcalde Municipal, conjuntamente con lo cual utilizará los diversos medios de comunicación disponibles, a fin de asegurar los principales funcionarios del gobierno local; quienes se encargarán de la exposi- la mayor concurrencia de asistentes. ción del informe de rendición de cuentas o absolverán las preguntas de los asisten- tes o precisarán y complementarán algunos temas que expongan. Artículo 12°.- Resumen Ejecutivo y difusión El resumen ejecutivo es una versión resumida del informe de rendición de cuentas, Artículo 20°.- De la Instalación y apertura. presentado con un lenguaje sencillo y en formato amigable. Será elaborado por la La Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, se llevará a cabo en el lugar y hora Oficina de Imagen Institucional. de la fecha establecida en la convocatoria, siendo presidida por el Alcalde del distri- El resumen ejecutivo debe ser difundido a través del Portal Web Institucional y otros to, acompañado de los principales funcionarios relacionados al evento. mecanismos que se consideren necesarios, con un plazo no menor a siete (07) días hábiles previos al desarrollo de la audiencia. Artículo 21°.- De la Exposición Una vez instalada y aperturada la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, el Artículo 13°.- Contenido del Resumen Ejecutivo Moderador invitará al Alcalde quien iniciará con la exposición del informe de gestión El informe del resumen ejecutivo de Rendición de Cuentas contará con el siguiente del Gobierno Local, correspondiente al periodo transcurrido de gobierno, el Gerente contenido: Municipal y los funcionarios de las demás unidades Orgánicas se encontrarán pre- a) Gestión del Gobierno Local, que contiene información de actividades y proyectos sentes dando el soporte técnico adecuado. de inversión y su ejecución presupuestaria. Acto seguido se invitará a exponer a los siguientes representantes que previamente b) Actividades desarrolladas para fomentar la participación ciudadana, incluyendo el han sido designados en sus espacios correspondientes. Funcionamiento del Consejo de Coordinación Local. Un representante de regidores, presentará un informe sobre sus funciones fiscali- c) Disposiciones locales emitidas: Ordenanzas Locales, Acuerdos de Consejo Lo- zadoras y las funciones señaladas para el proceso del Presupuesto Participativo. cal, Decretos de alcaldía, Resoluciones Ejecutivas de Alcaldía; y evaluación del im- Un representante de la sociedad civil del CCL, presentará un informe sobre los pacto obtenido con la emisión de dichas normas; Convenios suscritos. avances en la implementación del Plan de Desarrollo Concertado. d) La información que sea necesaria para la Audiencia Pública de Rendición de Un representante del comité de vigilancia del presupuesto participativo, presentará Cuentas. un informe sobre su rol en el proceso del Presupuesto Participativo. TÍTULO III: PARTICIPACION CIUDADANA Artículo 22°.- Informe de rendición de cuentas El informe de rendición de cuentas debe desarrollar detalladamente todos los pun- Artículo 14°.- Derechos y obligaciones de los participantes tos de la agenda, el contenido debe ser ordenado, claro, preciso y sencillo, además Los participantes de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas tienen los si- ser realizado en el idioma predominante de la sede de la audiencia. guientes derechos: La exposición del informe de rendición de cuentas estará a cargo del Alcalde Muni- a) Derecho a hacer uso de la palabra, previa inscripción en el registro de oradores, cipal o los funcionarios que se designe, el cual debe ser desarrollado en un tiempo para realizar preguntas o comentarios referente a los temas detallados en la agenda referencial de 30 minutos a 1 hora, debiendo de apoyarse preferentemente en so- de rendición de cuentas. portes audiovisuales a fin de poder asegurar la comprensión de los participantes. b) Derecho a recibir información referente a los temas objeto de rendición de cuen- tas previo al desarrollo de la audiencia pública. Artículo 23.- De las interrupciones. c) Derecho a solicitar información detallada referente a los temas objeto de rendi- No está permitido interrumpir en su disertación a la autoridad edil en la Audiencia ción de cuentas, durante o después del desarrollo de la audiencia pública. Pública, cualquier desorden que se produzca durante la disertación de la alcaldesa, Regidores y Oradores, el moderador de la Audiencia pública invitará a los ciuda- Los participantes de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas tienen las obli- danos a guardar el orden correspondiente, si persistiese el desorden la alcaldesa gaciones Siguientes: dará por concluida la Audiencia Pública, dejándose constancia en el acta corres- a) Respetar el orden de participación establecido para las intervenciones. pondiente. b) Emplear vocabulario adecuado al realizar las intervenciones. c) Respetar las ideas de todos los participantes de la audiencia pública. Artículo 24.- Intervención de los oradores La intervención de los oradores se realizará después de la exposición del infor- Artículo 15°.- Inscripción de participantes me de rendición de cuentas, de acuerdo al orden de inscripción como oradores, La inscripción de los participantes es libre y gratuita y se efectuará bajo dos mo- manteniendo un ambiente de respeto y cordialidad. El tiempo destinado para cada dalidades: intervención será de tres (03) minutos, y, si el caso lo amerita, se considerará una a) Representación individual: Ciudadanos que a título personal se inscriban en el repregunta con un tiempo adicional no mayor a dos (02) minutos. Las intervencio- libro de registro. nes deben estar relacionadas a los temas fijados en la agenda de la audiencia. b) Representación Colectiva: Representantes de Organizaciones de la Sociedad Después de las intervenciones de los oradores, las preguntas realizadas en dichas Civil, que son acreditados por sus respectivas organizaciones para participar en la intervenciones serán respondidas por la alcaldesa o por el responsable competente audiencia pública. designado. Artículo 16°.- Plazo y modalidades de inscripción Artículo 25.- Acta de sesión La inscripción de los participantes se iniciará junto con la convocatoria y podrá ser La audiencia pública de rendición de cuentas concluirá con la suscripción de un realizada hasta el mismo día del desarrollo de la audiencia pública, excepto para los acta, por parte de los funcionarios, y por los participantes que deseen realizarlo. oradores, para este último el plazo se cerrará con tres (03) días de anticipación al Dicha acta dejará constancia de lo actuado en el desarrollo de la audiencia, desta- desarrollo de la audiencia. Las inscripciones serán de manera presencial. cando las principales conclusiones, así como los compromisos asumidos. TÍTULO IV: DESARROLLO DE LAS AUDIENCIAS TÍTULO V: DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Artículo 17°.- Registro de los asistentes Primera Disposición. - Los aspectos complementarios El registro de los asistentes a la audiencia pública se realizará al inicio de la Audien- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por la cia, desde una (01) hora previa a su inicio. Gerencia Municipal, siendo ratificado por la alcaldesa, quien, de ser el caso, dictará las normas complementarias mediante Decreto o Resolución de Alcaldía según co- Artículo 18°.- Moderador rresponda a la naturaleza de los aspectos a ser regulados. La audiencia pública estará conducida por un Moderador, quien tiene las funciones
12 de Mayo del 2023 - Al Día Con Matices - Pág. 9 EDICTO NOTARIAL Y CALLE EL PINO S/N, ESCALA ALTA, U.C. 00376, DISTRITO DE MALA, PRO- VINCIA DE CAÑETE Y DEPARTAMENTO DE LIMA. AREA: 4,703.50 M2. COLIN- ANTE MI, JOSE AGUSTIN PALACIOS MONCADA SOLICITA PRESCRIPCION DANCIAS Y MEDIDAS PERIMETRICAS. POR EL NORTE: TRAMOS P1-P2; P2- ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO URBANO UBICADO EN: CALLEJON P3; P3-P4; EN LINEA RECTA Y QUEBRADA CON UNA DISTANCIA DE 35.05 ML, ESCALA ALTA, U.C. 00169, DISTRITO DE MALA, PROVINCIA DE CAÑETE Y 33.79 ML, 21.00 ML RESPECTIVAMENTE; COLINDANTES CON AV. MARCHAND. DEPARTAMENTO DE LIMA. AREA: 4,160.64 M2. COLINDANCIAS Y MEDIDAS POR EL SUR: TRAMO P6-P7; EN LINEA RECTA CON UNA DISTANCIA DE 85.62, PERIMETRICAS. POR EL NORTE: TRAMOS F-G, G-A, COLINDA CON EL CA- ML COLINDANTE CON PREDIO EN EXPANSIÓN URBANA. POR EL ESTE: TRA- LLEJON ESCALA ALTA Y MIDE EN LINEA QUEBRADA 47.23 ML Y 0.26 ML MOS P4-P5; P5-P6; EN LINEA RECTA Y QUEBRADA RESPECTIVAMENTE, CON RESPECTIVAMENTE. POR EL SUR: TRAMOS C-D, D-E, COLINDA CON LAS UNA DISTANCIA DE 44.16 ML, 27.35ML RESPECTIVAMENTE; COLINDANDO UNIDADES CATASTRALES 00365, 00366 Y 00367 DE PROPIEDAD DE TERCE- CON PREDIO EN EXPANSIÓN URBANA. POR EL OESTE: TRAMO P7-P1; EN ROS DE POR MEDIO UN CANAL DE RIEGO Y MIDE EN LINEA QUEBRADA LINEA RECTA CON UNA DISTANCIA DE 62.79, ML; COLINDANDO CON CALLE 32.31 ML Y 21.20 ML RESPECTIVAMENTE. POR EL ESTE: TRAMOS A-B, B-C, EL PINO. ADQUIRIDO DE: FILOMENA CASTRO TORRES EN EL AÑO 2000, ADI- COLINDA CON LA UNIDAD CATASTRAL 019053 DE PROPIEDAD DE TERCE- CIONA AL SUYO EL PLAZO POSESORIO DE SU INMEDIATO TRANSFERENTE, ROS DEBIDAMENTE REGISTRADO EN LA PARTIDA ELECTRONICA P17024426 INVOCANDO UNA POSESION CONTINUA PACIFICA Y PUBLICA, POR MAS DE Y MIDE EN LINEA QUEBRADA 0.01 ML Y 85.92 ML RESPECTIVAMENTE. POR 23 AÑOS. PRESENTA DIVERSOS DOCUMENTOS, TODOS DE FECHA CIERTA, EL OESTE: TRAMO F-E; COLINDA CON LA UNIDAD CATASTRAL 00308 DE QUE DEMUESTRAN QUE EL PLAZO DE LEY VENCIO ANTES DE LA PROMUL- PROPIEDAD DE TERCEROS, DEBIDAMENTE REGISTRADO EN LA PARTIDA GACION DE LA LEY 29151, 29618, LO QUE DETERMINA SU INAPLICACION EN ELECTRONICA N° P17024474 Y MIDE EN LINEA RECTA 84.01 ML. ADQUIRIDO ESTE PROCESO Y DEJANDO CONSTANCIA DE ESTA CIRCUNSTANCIA. TAM- DE FILOMENA CASTRO TORRES EL AÑO 2000, ADICIONA AL SUYO EL PLAZO BIEN DEMUESTRA DE FORMA INDISCUTIBLE SU POSESION EN CALIDAD DE POSESORIO DE SU INMEDIATO TRANSFERENTE, INVOCANDO UNA POSE- PROPIETARIO A LA FECHA, LO QUE SE COMUNICA: AL MINISTERIO DE AGRI- SION CONTINUA PACIFICA Y PUBLICA, POR MAS DE 23 AÑOS. PRESENTA CULTURA Y RIEGO, AL INMEDIATO TRANSFERENTE, A LOS PROPIETARIOS O DIVERSOS DOCUMENTOS, TODOS DE FECHA CIERTA, QUE DEMUESTRAN POSESIONARIOS DE LOS PREDIOS COLINDANTES Y A TODO AQUEL QUE SE QUE EL PLAZO DE LEY VENCIO ANTES DE LA PROMULGACION DE LA LEY CONSIDERE CON DERECHO O LEGITIMO INTERES, DE CONFORMIDAD CON 29151, 29618, LO QUE DETERMINA SU INAPLICACION EN ESTE PROCESO Y LA LEY 26662, 27157, 27333 Y DEMAS NORMAS APLICABLES. DEJANDO CONSTANCIA DE ESTA CIRCUNSTANCIA; TAMBIEN DEMUESTRA MALA, 20 DE ABRIL DE 2023. DE FORMA INDISCUTIBLE SU POSESION EN CALIDAD DE PROPIETARIO A LA HUGO M. SALAS ZÚÑIGA FECHA, LO QUE SE COMUNICA: AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO, NOTARIO DE CAÑETE AL INMEDIATO TRANSFERENTE, A LOS PROPIETARIOS O POSESIONARIOS JR. TUPAC AMARU Nº 113 - MALA-CAÑETE. DE LOS PREDIOS COLINDANTES Y A TODO AQUEL QUE SE CONSIDERE CON DERECHO O LEGITIMO INTERES, DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, SEGUNDO JUZGADO CIVIL PERMANENTE DE CAÑETE 27157, 27333 Y DEMAS NORMAS APLICABLES. MALA, 20 DE ABRIL DE 2023. Expediente Nº 0549-2021 por ante el Segundo Juzgado Civil Permanente de Ca- HUGO M. SALAS ZÚÑIGA ñete, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: MEDIANTE RESOLUCIÓN NÚME- NOTARIO DE CAÑETE RO NUEVE de fecha 17-04-2023. Se cumpla con EMPLAZAR a los SUCESORES JR. TUPAC AMARU Nº 113 - MALA-CAÑETE. PROCESALES DE LA DEMANDADA SUCESIÓN DE AVIGAIL CONSUELO HUA- PAYA AUDANTE para que en el plazo de TREINTA DÍAS se apersonen al pro- EDICTO NOTARIAL ceso los Sucesores Procesales y hagan valer su derecho conforme a Ley, bajo apercibimiento de designársele un Curador Procesal en caso de no apersonarse ANTE MI, JOSE AGUSTIN PALACIOS MONCADA SOLICITA PRESCRIPCION AD- sus sucesores procesales. En el proceso seguido por RICARDO RAFAEL LATURE QUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO URBANO UBICADO EN: AV. MARCHAND ZORRILLA contra la SUCESIÓN DE AVIGAIL CONSUELO HUAPAYA AUDANTE Y S/N, ESCALA ALTA, U.C. 00186 (ANTERIOR 024690), DISTRITO DE MALA, PRO- OTROS sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, la misma que se vie- VINCIA DE CAÑETE Y DEPARTAMENTO DE LIMA. AREA: 4,907.57 M2. COLIN- ne tramitando bajo las pautas del Proceso Abreviado (…). Notifíquese la presente DANCIAS Y MEDIDAS PERIMETRICAS. POR EL NORTE: TRAMOS A-B, B-C, resolución en el diario local Al Día Con Matices por tres veces con intervalo de tres COLINDA CON LA UNIDAD CATASTRAL 00184 DE PROPIEDAD DE TERCEROS días. Una rúbrica del Señor Juez Dr. Oscar Raúl Cahuana Cahuana. Fdo. Percy Y LA UNIDAD CATASTRAL 00185 DE PROPIEDAD DE TERCEROS, POR MEDIO Pablo Muñoz Campos – Secretario Judicial. DE UN CANAL DE RIEGO, ESTE PREDIO SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE RE- Cañete, 05 de Mayo de 2023. GISTRADO EN LA PARTIDA ELECTRONICA P17024909; LOS TRAMOS MIDEN Percy Muñoz Campos EN LINEA QUEBRADA 50.80 ML Y 37.01 ML RESPECTIVAMENTE. POR EL SUR: Secretario Judicial TRAMO D-E, COLINDA CON LA AVENIDA MARCHAND Y MIDE EN LINEA REC- Segundo Juzgado Civil Permanente TA 60.09 ML. POR EL ESTE: TRAMO C-D, COLINDA CON LA UNIDAD CATAS- Corte Superior de Justicia de Cañete TRAL 024691 DE PROPIEDAD DE TERCEROS, Y MIDE EN LINEA RECTA 85.22 Publicar: 08, 12 y 18 de Mayo de 2023. ML. POR EL OESTE: TRAMO A-E, , COLINDA CON LA UNIDAD CATASTRAL 019102 DE PROPIEDAD DE TERCEROS, ESTE PREDIO SE ENCUENTRA DEBI- EDICTO JUDICIAL DAMENTE REGISTRADO EN LA PARTIDA ELECTRONICA P17033017, Y MIDE EN LINEA RECTA 58.00 ML. ADQUIRIDO DE: FILOMENA CASTRO TORRES EN Expediente Nº 00153-2022-0-0803-JP-CI-01, por ante el Juzgado de Paz Letra- EL AÑO 2000, ADICIONA AL SUYO EL PLAZO POSESORIO DE SU INMEDIATO do de Imperial, que despacha la Srta. Jueza Carmen Jessica Buendía Sánchez TRANSFERENTE, INVOCANDO UNA POSESION CONTINUA PACIFICA Y PU- y Secretaria Giovanna Elizabeth Mendoza Magallanes, se tramita el Expediente BLICA, POR MAS DE 23 AÑOS. PRESENTA DIVERSOS DOCUMENTOS, TODOS Nº 00153-2022-0-0803-JP-CI-01 seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y DE FECHA CIERTA, QUE DEMUESTRAN QUE EL PLAZO DE LEY VENCIO AN- CRÉDITO DE ICA SA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, se expidió TES DE LA PROMULGACION DE LA LEY 29151, 29618, LO QUE DETERMINA la Resolución Nº 02 (31/01/2023); SE RESUELVE: TÉNGASE POR SUBSANADA SU INAPLICACION EN ESTE PROCESO Y DEJANDO CONSTANCIA DE ESTA Y ADMÍTASE A TRÁMITE la demanda interpuesta por la demandante CAJA MU- CIRCUNSTANCIA; TAMBIEN DEMUESTRA DE FORMA INDISCUTIBLE SU PO- NICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA SA contra la SUCESIÓN DE VALDEZ SESION EN CALIDAD DE PROPIETARIO A LA FECHA, LO QUE SE COMUNICA: HUISA MIGUEL (deudor principal), sobre obligación de dar suma de dinero, debién- AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO, AL INMEDIATO TRANSFERENTE, dose tramitarse en la vía del proceso ÚNICO DE EJECUCIÓN; (…) NOTIFÍQUESE A LOS PROPIETARIOS O POSESIONARIOS DE LOS PREDIOS COLINDANTES con la demanda, anexos y el presente mandato ejecutivo al ejecutado, a efectos Y A TODO AQUEL QUE SE CONSIDERE CON DERECHO O LEGITIMO INTE- que en el plazo de CINCO DÍAS cumplan con abonar a favor de la ejecutante la RES, DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, 27157, 27333 Y DEMAS NORMAS suma de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 78/100 soles APLICABLES. (S/ 18,962.78) más intereses compensatorios, moratorios, devengados, comisio- MALA, 20 DE ABRIL DE 2023. nes, gastos, costas y costos del proceso; debiéndose notificar a la SUCESIÓN DE HUGO M. SALAS ZÚÑIGA VALDEZ HUISA MIGUEL a través de edictos, para que en el plazo de treinta días NOTARIO DE CAÑETE se apersonen al proceso y cumplan con el mandato ejecutivo, bajo apercibimiento JR. TUPAC AMARU Nº 113 - MALA-CAÑETE. de nombrárseles curador procesal en caso de incumplimiento (…). Notificándose. Abog. Giovanna E. Mendoza Magallanes EDICTO NOTARIAL Especialista Judicial Juzgado de Paz Letrado de Imperial ANTE MI, JOSE AGUSTIN PALACIOS MONCADA SOLICITA PRESCRIPCION AD- Publicar: 10, 11 y 12 de Mayo de 2023. QUISITIVA DE DOMINIO DEL PREDIO URBANO UBICADO EN: AV. MARCHAND
Pág. 10 - Al Día Con Matices - 12 de Mayo del 2023 EDICTO JUDICIAL AVISO DE ASENTAMIENTO DE PARTIDA DE BAUTISMO Expediente Nº 0128-2023 por ante el Segundo Juzgado Civil Permanente de Cañe- Según las normas canónicas vigentes mando publicar lo que sigue: te, el Señor Juez ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, de fe- ISABEL TORRES MODESTO cha 05-05-2023, Publíquese un extracto de la presente resolución (auto admisorio) Nacimiento: Chilca – Cañete, Setiembre 1873. donde se ADMITE a trámite la demanda interpuesta por ARTHUR SIGMUND LEÓN Bautismo: Parroquia de Chilca, Octubre 1873. LEÓN contra la SUCESIÓN DE AVIGAIL CONSUELO HUAPAYA AUDANTE, SU- Padres: Juan Torres y Trinidad Modesto, naturales y residentes en Chilca. CESIÓN DE HORACIO CANDIOTTI MOLINA integrados por Víctor Raúl Candiotti Ministro: Pbro. Esteban Saldamando Huapaya, Ricardo Candiotti Huapaya, Abigail Consuelo Candiotti Huapaya, Avigail Consuelo Huapaya Audante, Cesar Augusto Candiotti Huapaya y Rolando Can- Pbro. Leoncio Córdova Vega diotti Huapaya, CECILIA MERCEDES BARRERA GUERRA, DELIA HERMINDA Juez Eclesiástico de la Prelatura de Yauyos ALVA TAMAYO, JUAN JACINTO GÓMEZ MEZA, JUAN HENRY CARRERA MEZA, San Vicente Cañete 10 de Mayo de 2023. VILLAVERDE COMPANY SAC y WINSTON ENRIQUE ALFARO VARGAS sobre Publicar: 11 y 12 de Mayo de 2023. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Pretensión Principal) E INDEPEN- DIZACIÓN y CONSECUENTEMENTE INSCRIPCIÓN REGISTRAL (Pretensión MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUILMANÁ – CAÑETE Accesoria), debiendo de tramitarse la presente demanda en la VÍA DEL PROCESO EDICTO MATRIMONIAL ABREVIADO. (…). Publíquese un extracto de la demanda en el diario local Al Día Con Matices de esta provincia. Asimismo, NOTIFÍQUESE a través del diario local Se hace saber que ante el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Quilmaná se han Al Día Con Matices de esta provincia a la SUCESIÓN DE AVIGAIL CONSUELO presentado don LUIS ALBERTO ZACARIAS HUAMANLAZO, de 28 años de edad, HUAPAYA AUDANTE para que en el plazo de TREINTA DÍAS se apersonen al pro- identificado con DNI Nº 76663442, natural de San Vicente – Cañete, de nacionali- ceso sus sucesores procesales y contesten la demanda, bajo apercibimiento de dad peruana, de ocupación: obrero, estado civil soltero, domiciliado en Jr. Ancash nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento. Asimismo, NOTIFÍQUE- Mz. L1 Lote 08 – Quilmaná y doña YOSSELYN MARITZA CUZCANO ESPICHAN, SE a través del diario local Al Día Con Matices de esta provincia a los colindantes de 29 años de edad, identificada con DNI Nº 48411998, natural de Quilmaná – Ca- del predio materia de Prescripción del inmueble, ubicado en el Lote 26 de la Mz. ñete, de nacionalidad peruana, de ocupación: obrera, estado civil soltera, domicilia- C – Zona Las Conchitas 3 – Playa Los Lobos del distrito de Cerro Azul, provincia da en Jr. Ancash Mz. L1 Lote 08 – Quilmaná. de Cañete, departamento de Lima, de una extensión de 140 m2., que se encuentra Pretenden contraer Matrimonio Civil en este Municipio, el día 20 de Mayo del 2023, en un predio de mayor extensión inscrito por ante la Partida Registral Nº 21001466 a horas 3:00 p.m., lugar: Jr. San Martín 5ta. cuadra – Quilmaná. Las personas que del Registro de Propiedad Inmueble de Cañete – Zona Registral IX. Una rúbrica del conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término señala- Señor Juez Dr. Óscar Raúl Cahuana Cahuana. Fdo. Percy Pablo Muñoz Campos do que es de 8 días, conforme a Ley. – Secretario Judicial. Quilmaná, 11 de Mayo de 2023. Cañete, 11 de Mayo de 2023. Blanca Isabel Jambo Manco Percy Muñoz Campos Sub Gerente de Registro Civil Secretario Judicial Segundo Juzgado Civil Permanente MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL – CAÑETE Corte Superior de Justicia de Cañete AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Publicar: 12, 18 y 24 de Mayo de 2023. Ante la Oficina de Registro y Estado Civil que funciona en el distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, se ha presentado la ciudadana JU- DITH LEONOR YATACO LLANOS, identificada con DNI Nº 15435435, generán- Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de concesiones Eléctricas, dose el Expediente Nº 4099-2023, de fecha 09 de Mayo del 2023, solicitando la Decreto Ley N° 25844, Articulo 87, informamos de una interrupción en RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE DEFUNCIÓN, que tiene como el servicio eléctrico. titular a ELVA CELIA LLANOS DE YATACO, inscrito en Registro en línea, folio Nº 5001274915, del año 2023, en el sentido de rectificar en la parte principal la fecha LUGAR: Camino Carrozable ingreso AH Santa Virginia de defunción, donde dice: 14 DE MARZO DE 2023, debiendo ser lo correcto: 14 DE ABRIL DE 2023 y no como erróneamente se encuentra consignado. del distrito de San Vicente. Esto al amparo de la Ley Orgánica de Registro Nacional de Identidad y Estado Civil Ley N° 26497, D.S. 015-98-PCM, Artículo 71° al 75°, Directiva DI-008-DRC/001, ZONAS AFECTADAS: CAU El Chilcal, Santa Virginia, Urb. José María “Procedimientos del Registro Civil”, primera versión, aprobado por Resolución Se- cretarial Nº 000141-2022/SGEN/RENIEC, parte pertinente a la Rectificación Admi- Escriba de Balaguer, Urb. La Alameda de nistrativa por error u omisión no atribuible al Registrador, dejando subsistentes e invariables los demás datos que contiene dicho documento público. Se efectúa la Márquez, Urb. Rezola, Urb. Camacho, Urb. presente publicación de conformidad con el Artículo 73° del D.S. 015-98-PCM. Imperial, 10 de Mayo de 2023 Sindicato de Choferes y CP Hualcara del Rocío Pilar Francia Huarcaya Registradora distrito de San Vicente. Urb. Ramos Larrea, Unidad de Registro Civil Urb. Melchorita, Urb. La Portada, Urb. San Antonio, Zona Céntrica del distrito de Imperial, AAHH. Asunción 8, AAHH Josefina Ramos, Urb. María Magdalena, Urb. El Sol y CP Cerro Alegre del distrito de Imperial. Anexo Santa Adela, Anexo Alminares, CP Carmen Alto, CP Cantera, y CP Cantera Baja del distrito de Nuevo Imperial de la Provincia de Cañete. ALIMENTADOR: CÑ01 CIRCUITOS CÑ01 Total AFECTADOS: DIA: Miércoles 10 de Mayo de 2023 HORA DE INICIO: 09:30 hrs. Miércoles 10 de mayo de 2023 HORA FINAL: 16:56 hrs. Miercoles 10 de mayo de 2023 La interrupción del servicio fue ocasionada por afectación de terceros, lo que originó la actuación de nuestros dispositivos de protección desco- nectando el circuito afectado. Inmediatamente después de constatada la magnitud del daño, Luz del Sur S.A.A. procedió a la Normalización del circuito afectado. Luz del Sur S.A.A. agradece la comprensión de sus clientes por esta interrupción ocasionada por causa fuera de su control.
12 de Mayo del 2023 - Al Día Con Matices - Pág. 11 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE COMISIÓN ENCARGADA DEL PROCESO DE CONVOCATORIA, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PERITOS JUDICIALES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE PARA EL AÑO JUDICIAL 2023 CONVOCATORIA N° 01-2023 PROCESO DE CONVOCATORIA, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PERITOS JUDICIALES DEL REGISTRO DE PERITOS JUDICIALES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAÑETE El señor Presidente de la Comisión Encargada del Proceso de Convocatoria, Evaluación y Selección de Peritos Judiciales del Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para el año 2023, conformada mediante Resolución Administrativa N° 000159-2023-PR-CSJCÑ-PJ, convoca al Proceso de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales del Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cañete, para el año 2023. I.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. • Seleccionar profesionales de los diversos Colegios Profesionales, que deseen inscribirse como Peritos Judiciales en el Registro de Peritos Judiciales – REPEJ. • Seleccionar profesionales, especialistas y técnicos que no se encuentren organizados en Colegios Profesionales que deseen inscribirse como Peritos Judiciales en el REPEJ. • Evaluar y Seleccionar a peritos inscritos actualmente en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cañete. II.- PLAZAS A CONVOCAR PARA AMPLIACION DE NÓMINA DE PERITOS N° DETALLE DE PLAZA EN LA ESPECIALIDAD CANTIDAD 1. Ingeniero Agrícola 03 2. Ingeniero Electrónico 01 3. Ingeniero Mecánico 02 4. Ingeniero Agrónomo 03 5. Ingeniero Civil 03 6. Arquitectos 02 7. Contador 02 8. Grafotécnicos 02 9. Zootecnistas 01 10. Traductor en idioma chipibo cónico 01 11. Traductor en idioma quechua 01 12. Biólogo 01 13. Dactiloscópico 02 III.- CRONOGRAMA DE CONVOCATORIA ETAPAS DEL PROCESO FECHAS DIAS EFECTIVOS DIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO JUDICIAL, PÁGINA 04 AL 25 DE MAYO DE 2023 15 días WEB INSTITUCIONAL Y COLEGIOS 26 DE MAYO AL 02 DE JUNIO DE 2023 5 días PROFESIONALES 05 AL 08 DE JUNIO DE 2023 3 días PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS 13 DE JUNIO DE 2023 1 días CALIFICACION DE CURRICULUMS 20 DE JUNIO DE 2023 1 días 21 AL 28 DE JUNIO DE 2023 5 días REMISIÓN DE RELACIÓN DE APTOS POR 03 AL 06 DE JULIO DE 2023 3 días PARTE DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES 11 DE JULIO DE 2023 1 día 18 DE JULIO DE 2023 1 día PUBLICACIÓN DE APTOS 19 DE JULIO DE 2023 1 día 26 DE JULIO DE 2023 1 día PRESENTACIÓN Y TRASLADO DE TACHAS 02 DE AGOSTO DE 2023 1 día RESOLUCIÓN DE TACHAS 07 DE AGOSTO DE 2023 1 día PUBLICACIÓN DE POSTULANTES APTOS PARA RENDIR EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS REMISIÓN DE EXAMEN Y RESULTADOS A LA COMISIÓN RESULTADOS DE EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS Y PUBLICACIÓN DE CRONOGRAMA DE ENTREVISTAS ENTREVISTAS PERSONALES PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES (*) El cronograma puede ser variado dependiendo del número de postulantes. Los requisitos generales, presentación de documentos, procedimiento de selección para los postulantes, etapas del proceso de evaluación y selección, y las puntua- ciones, cronograma y anexos, se encuentran contenidas en las Bases del Proceso de Convocatoria indicado y publicado en la página web institucional de la Corte Superior de Justicia de Cañete. https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuperiorcanetepj/s_csj_canete_nuevo/as_inicio/inicio_corte_canete Cañete, 18 de Abril de 2018. LA COMISIÓN
Pág. 12 - Al Día Con Matices - 12 de Mayo del 2023 WALTER ORMEÑO, DEFENSOR CANTAGALLO Y SUCRE... POR IMPERIAL... MIENTRAS EL MAZUBA DESISTE DE PARTICIPAR EN LA ETAPA PROVINCIAL... POR PERDER POR MONEDA EL TÍTULO ANTE EL LOLO FERNÁNDEZ... Walter Ormeño se ciñó una vez presentado por el Mazuba FC, definición del título... en Imperial Vicente se queda con solo dos más con la corona de campeón donde desistía de participar de la también al igual que en San Vicen- representantes... y el campeón de la Liga Distrital de Impe- provincial, por haberse culminado te... mientras que a Quilmaná se le de Lunahuaná, Independiente rial... y suma su sexto galardón el torneo de la Liga de San Vicen- hizo jugar una maraton de partidos San Jerónimo clasifica sin jugar... consecutivo... luego de vencer por te... donde se adjudicó el título por con tal de terminar en la fecha y ya está sentado en la segunda 4 goles a 1 al Juventud América sorteo... por moneda. señalada por la provincial. fase del torneo... Entendemos de San Benito, y con ello le quitó Es cierto... fue una fea manera de Lo feo de esto, es que ningún que como en la segunda fase va toda posibilidad de acceder a la terminar un torneo, pero la culpa dirigente de Liga Distrital reclamó a haber una clasificación entre Etapa Provincial, al elenco de San no la tuvo la Liga de San Vicente, nada... solo dijeron “si señó...”. ganadores y perdedores... vale Benito. sino la Liga Provincial, pues con Con el desestimiento a participar decir una tabla de posiciones entre De otro lado, en reñido encuentro, el ánimo de tener más fechas en en la Etapa Provincial, y en vista los 16 ganadores y luego entre el Defensor Cantagallo empató en dicha etapa, complicó un torneo, de que la Liga Distrital de San los 8 perdedores, para señalar las el tiempo reglamentario al Círculo el provincial, que pudo terminar Vicente lo había acreditado como parejas, el Independiente San Je- Deportivo Sucre con el marcador 1 en dos fechas menos... haciendo Subcampeón del torneo... los diri- rónimo ya tiene 6 puntos, 6 goles a 1, y en los penales lo venció por clasificar a mejores perdedores en gentes de la Provincial, decidieron a favor y ninguno en contra. 4 goles a 2. dos fases de la Etapa Provincial, no complicarse la vida... retiraron Por ello la programación de la Con estos resultados los cuando bien se pudo ir a elimi- del torneo al Mazuba FC, no lo primera fase, solo contiene 15 representantes de Imperial, son: nación directa desde el inicio... y reemplaza nadie... La Liga de San encuentros. Walter Ormeño como campeón... con esta decisión, prácticamente Defensor Cantagallo como obligó a todas las Ligas Distritales Sucampeón... y el tercer lugar a terminar sus torneos a tontas se adjudicó el cuadro de Círculo y locas... teniendo en algunos Deportivo Sucre, ya que de los casos como Cerro Azul, Quilmaná, dos perdedores del día de ayer... Imperial y San Vicente, que jugar acumuló un punto contra 0 cero de a mitad de semana... o decidir su ocasional rival de tabla... la culminación de su torneo de Con ello se completaron los 32 otra forma, y no como lo habían clasificados a la Etapa Provin- estipulado en sus bases comple- cial... sin embargo, corrió como mentarias. reguero de pólvora, un documento En Cerro Azul se suprimió la
Search
Read the Text Version
- 1 - 12
Pages: