La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social UNIDAD DIDÁCTICA Subdirección de Proyección Institucional -ESAP-
Seguridad Social Escuela Superior de Administración Pública Unidad Didáctica ESAP. La seguridad social en Colombia: de un servicio público a un derecho Giovany Javier Chamorro Ruales Director Nacional (E) fundamental Diana Marcela Bustamante Arango Autora Subdirectora Académica (E) Rocío Marín Alexander Cruz Martinez Corrección de estilo, acompañamiento Subdirector de Proyección Institucional (E) pedagógico, diseño instruccional, diseño José Alberto López Aragón gráfico y virtualización. Jefe Departamento de Capacitación Equipo Componente 1 Oswaldo Bernal Sánchez Fortalecimiento del proceso de capacitación Subdirector de Alto Gobierno (E) virtual Proyecto ESAP – CMA Fecha última versión Marzo 2019 ESAP - CMA ha verificado, hasta donde es posible, que el contenido de los enlces web citados y presentados en este curso sean verídicos y que correspondan; sin embargo, y debido a la naturaleza dinámica de internet, ESAP - CMA no puede responsabilizarse por el correcto y adecuado funcionamiento de los mismos. Las imágenes de este documento han sido compradas a través de: https://es.123rf.com/
Contenido Resumen de la unidad didáctica 4 Palabras clave 5 Competencia 5 Tema 1. Generalidades de la seguridad social 6 1.1. Concepto de la seguridad social 7 1.2. Evolución de la seguridad social 11 1.3. Constitucionalización de la seguridad social 12 1.4. Componentes básicos de la seguridad social en el ámbito internacional y en Colombia 16 Tema 2. Hacia una cultura de la seguridad social 20 2.1. Promoción de la seguridad social en el ámbito internacional 21 2.2. Promoción en el ámbito nacional, Ley 1502 del 2011 22 Glosario 25 Referencias 27
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Resumen de la unidad didáctica El término seguridad social es comúnmente asociado Política de 1991 y desarrollado a nivel legal, re- con las pensiones, pero este incluye muchos más te- glamentario y jurisprudencial. mas, sobre todo contingencias o riesgos como enfer- medad, maternidad e invalidez, entre otros. Por tanto, En esta primera unidad didáctica, se aborda- se puede asegurar que la seguridad social está pre- rá el análisis de la seguridad social, concepto, sente en todas y cada una de las etapas de la vida de evolución histórica, marco jurídico regulatorio y las personas, desde la época de su concepción (etapa los principales elementos que la componen, así prenatal) hasta después de su muerte (etapa post mor- como la cultura de la previsión social plasmada tem) como una forma de protección y una garantía para en la Ley 1502 del 2011 que resalta la impor- conseguir un nivel de vida acorde con la dignidad del tancia que tiene la seguridad social para el de- ser humano. sarrollo económico y social del país. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en su Informe Mundial de Protección Social, 4.000 mi- llones de personas en el mundo carecen de protección social, razón por la cual “aún son necesarios enormes esfuerzos a fin de garantizar que el derecho a la protec- ción social sea una realidad para todos” (OIT, 2017). Pero la seguridad social es tanto derecho como deber del Estado, de la sociedad y de las personas -indivi- dualmente consideradas- en donde cada uno de estos sujetos, en el marco del principio de la solidaridad tiene unas responsabilidades específicas en aras de hacer realidad este derecho consagrado en la Constitución 4
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Palabras clave ›› Deber ›› Derecho ›› Previsión ›› Protección ›› Solidaridad ›› Vida Competencia Competencia específica de la unidad didáctica: Reconoce la seguridad social como un derecho y un deber del Estado, la sociedad y los individuos, así como los elementos que la componen, para alcanzar el desarrollo social, de acuerdo con los lineamientos internacionales sobre la materia. 5
Tema 1 Generalidades de la seguridad social
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social 1.1. Concepto de la seguridad social 1.1.1. Consagración como derecho a nivel internacional No existe una definición única y generalizada para la se- dad social es un conjunto amplio de medidas guridad social, puesto que esta varía de un país a otro, de protección encaminadas al logro de otros dependiendo de las necesidades básicas de protección derechos de carácter fundamental como son la que requiera la población, los recursos disponibles y la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad. voluntad política; sin embargo, en lo que sí hay consenso, En cuanto a su contenido, estos se despren- es en que se trata de un derecho humano consagrado den de la lectura del artículo 25 de la misma como tal en diferentes instrumentos internacionales y que Declaración, en la que manifiesta lo siguiente: propende de manera general por la protección de las per- sonas, bien sea individualmente consideradas o de forma 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de colectiva, mediante la cobertura de algunos riesgos. vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en espe- Es así como la Declaración Universal de Derechos Hu- cial la alimentación, el vestido, la vivienda, manos señaló expresamente en su artículo 22 que to- la asistencia médica y los servicios socia- das las personas tienen: les necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfer- (…) derecho a la seguridad social, y a obtener, medad, invalidez, viudez u otros casos de mediante el esfuerzo nacional y la cooperación pérdida de medios de subsistencia por cir- internacional, habida cuenta de la organización y cunstancias independientes de su voluntad. los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, 2. La maternidad y la infancia tienen derecho indispensables a su dignidad y al libre desarrollo a cuidados y asistencia especiales. Todos de su personalidad (ONU, 1948). los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual pro- Sin embargo, no la definió como tal ni estableció sus tección social (ONU, 1948). contenidos, por el contrario, se entiende que la seguri- 7
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Así entendida la seguridad social, podría afirmarse que bre, unas normas mínimas aceptadas a nivel se trata de un derecho en el cual se conjugan las princi- mundial frente a los nueve aspectos o “ramas” pales características de los Derechos Humanos, a saber: según la OIT, que se deben proteger, a saber: • Universal (en cuanto a cobertura poblacional y pres- • Asistencia médica, y prestaciones tacional), • Monetarias de enfermedad; • Indivisible (de su realización efectiva depende la pro- tección o materialización de otros derechos), • De desempleo; • Imprescriptible (su reclamación puede hacerse en • De vejez; cualquier tiempo), • En caso de accidente de trabajo y enferme- • Inalienable (por ser inherente al ser humano), dad profesional; • Irrenunciable (su titular no puede renunciar a él) y • Familiares; • Progresivo (en cuanto a su desarrollo a nivel de cada • De maternidad; país). • De invalidez; y, En el año 1952 la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), en su calidad de organismo de las Naciones Unidas que • De sobrevivientes, aspectos frente a los cua- promueve la justicia social desde los derechos huma- les los países ratificantes del Convenio se nos y laborales internacionalmente reconocidos1 adop- comprometían como mínimo a proteger a su tó el Convenio 102 relativo a la Norma Mínima de la Se- población en tres de ellos. guridad Social. Este Convenio establece, como bien lo indica su nom- 1 En la Declaración de Filadelfia de 1944, la Conferencia General de la OIT reconoció una serie de obligaciones de la OIT encaminadas a “fomentar, entre todas las naciones del mundo, programas que permitan…(f) extender las medidas de seguridad social para garan- tizar ingresos básicos a quienes los necesiten y prestar asistencia médica completa; (g) proteger adecuadamente la vida y la salud de los trabajadores en todas las ocupaciones; (h) proteger a la infan- cia y a la maternidad”, entre otras medidas. Información tomada de https://bit.ly/2J280MX 8
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social La norma mínima es la referencia más importante para la interpretación de la seguridad social en el mundo y una guía clave para su implementación en cada país. Curiosamente, este relevante instrumento interna- cional que entró en vigencia el 27 de abril de 1955 y a la fecha ha sido ratificado por 55 países, no fue vali- dado por Colombia. Sin embargo, de forma suficiente el país ha cumplido con dicha norma mínima al tener cubierta a su población contra las contingencias allí contempladas. Se recomienda la lectura de la Norma Mínima de Se- guridad Social, para profundizar sus contenidos en el siguiente link https://goo.gl/ZamZke De igual forma, se encuentra el Pacto Internacional de otras condiciones “la seguridad y la higiene en Derechos Económicos, Sociales y Culturales, más cono- el trabajo” (artículo 7°) y la protección especial a cido como el Pidesc, que al ser adoptado por la Asam- las madres antes, durante y después del parto, blea General de Naciones Unidas en 1966, contempló especialmente, si son trabajadoras (artículo 10°). de manera expresa en su artículo 9° que “los Estados partes en el presente Pacto reconocen el derecho de Es decir, que se trata de un derecho formal- toda persona a la seguridad social, incluso al seguro so- mente reconocido a nivel internacional en el cial” y, de forma tangencial o referencial, la obligación de marco del Derecho Internacional de los Dere- los Estados partes de asegurar a los trabajadores ente chos Humanos. 1.1.2. Algunos conceptos sobre seguridad social Como se indicó al comienzo de la unidad, existen diversas definiciones generadas desde los organismos multilaterales que trabajan temas de seguridad social así como desde la academia. A continuación, se muestran algunas de ellas de forma esquemática. 9
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Tabla 1. Algunas definiciones de seguridad social Organismo/autor Definición Organización Inter- “La protección social, o seguridad social, es un derecho humano definido como nacional del Trabajo un conjunto de políticas y programas diseñados para reducir y prevenir la pobre- (OIT) za y la vulnerabilidad en todo el ciclo de vida” (2017). Programa Regional “Es un conjunto de medidas que la sociedad proporciona a sus integrantes con Seguridad Social la finalidad de evitar desequilibrios económicos y sociales que, de no resolverse, para Todos significarían la reducción o la pérdida de ingresos a causa de contingencias como la enfermedad, los accidentes, la maternidad o el desempleo, entre otros” (s. f.). Asociación Interna- “Todo programa de protección social establecido por una ley o por cualquier cional de Seguridad otro acuerdo obligatorio que ofrezca a las personas un cierto grado de seguri- Social (AISS) dad de ingresos cuando afrontan las contingencias de la vejez, supervivencia, incapacidad, invalidez, desempleo o educación de los hijos” (s. f.). Jean-Jacques Du- Se trata de “un sistema de garantía de un mínimo social”. peyroux (profesor francés, citado por Bowen, 1992) Eduardo López Ville- “Surge frente a necesidades y se expresa proporcionando bienes relevantes para gas (profesor colom- satisfacerlas como fin inmediato; pero su propósito trasciende el ámbito indivi- biano) dual, pues con ella persigue alcanzar el bien público del bienestar social” (2011). Leonardo Cañón “Concebida ampliamente como el conjunto de mecanismos de protección social Ortegón (profesor creados por iniciativa individual, colectiva o estatal para atender las necesidades colombiano) de las personas” (1989). Fuente: elaboración propia Sin importar el tipo de definición que adopte un país, lo que interesa es que se brinde una protección o cobertura en materia poblacional y en materia prestacional más o menos amplia, es decir, que se cubra a la mayor cantidad posible de personas, con más énfasis en los sectores o grupos más pobres y vulnerables, y que las coberturas que se brinden abarquen el mayor número de contingencias, en particular, las que afectan a las mayorías, v.g. enfermedad o invalidez. En todo caso, la seguridad social será siempre pluridisciplinaria, en el sentido que su definición o diseño e implementación corresponderá a distintos profesionales o áreas del conocimiento y no a uno solo, puesto 10
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social que deberá tener en cuenta no solo los factores económicos, sino también los jurídicos, los demográficos, los sociológicos, los de salud, los actuariales, entre otros. 1.2. Evolución de la seguridad social En este punto cabe preguntarse: ¿Desde cuándo se habla de seguridad social?, ¿qué existía antes de la se- guridad social? Para responder a estos interrogantes, lo primero que hay que señalar es que aun cuando la necesidad del ser humano de protegerse a sí mis- mo y a su entorno es tan antigua como la historia misma de la humanidad, la seguridad social como ciencia social y como derecho tiene un origen “mo- derno” en la medida en que las primeras teorías so- bre el tema surgieron en Alemania a finales del siglo XIX, con el modelo de seguros sociales obligatorios o modelo Bismarck y, posteriormente, en Inglaterra con el modelo asistencialista o modelo Beveridge. Después, se eleva a rango de derecho, a media- dos del siglo XX, con la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, ya vista en líneas an- teriores. Todos los sistemas de seguridad social existente han tomado su inspiración de estos dos modelos clásicos, cuyos principales lineamientos y conteni- dos se sintetizan a continuación. 11
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Tabla 2. Modelos clásicos de la seguridad social Ítem Modelo Bismark Modelo Beveridge Conocido como Modelo de seguros sociales obligatorios Modelo asistencialista País de origen Alemania Inglaterra Instituido en 1883 1941 Fundador Otto Bismark William Beveridge Principio rector Responsabilidad Solidaridad Énfasis de prevención Accidentes de trabajo Enfermedad y muerte Salud y suministro medicación y Énfasis de protección Económica e indemnizatoria alimentos Toda la población Dirigido a Trabajadores Unilateral: Estado Financiación Mixta: Estado-Empresa-Trabajador Impuestos Fondo constituido por Aportes o contribuciones Fuente: elaboración propia Conocer estos modelos clásicos permite entender los orígenes de la seguridad social en el mundo, pero también, saber que la protección a los individuos y a las sociedades, a pesar de ser una necesidad ances- tral, se trata de una invención relativamente moderna, cuyo desarrollo disciplinar, solo ha tomado fuerza e importancia a nivel internacional desde la década de 1950. 1.3. Constitucionalización de la seguridad social En Colombia, antes de la Constitución Política de 1991, la seguridad social era considerada como una dá- diva del Estado hacia sus habitantes, mas no como un derecho, pues no aparecía consagrado como tal en la anterior Carta Política de 1886 ni tampoco contaba con un desarrollo legal propio. 12
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Como antecedente, se tiene una mención relativa a la pensional no existía un sistema organizado, asistencia social o pública consagrada en el artículo 19 sino que se reconocían pensiones por parte de la Constitución Política de 1886, cuando señalaba de algunas entidades públicas y empresas pri- que la misma era una función del Estado y que debía vadas, como a bien lo tuvieran en cuanto a la prestarse “a quienes careciendo de derecho para exi- disponibilidad de recursos. No se garantizaba girla de otras personas, estén físicamente incapacitadas el derecho a obtener una pensión. para trabajar”. Solo hasta el año de 1945, con la expedición Existía, entonces, como un conjunto aislado de institu- de la Ley 6, se introduce el esquema previsional ciones, servicios y prestaciones, en materia de salud, en el país, al crearse la Caja Nacional de Previ- de pensiones, de riesgos del trabajo y servicios com- sión Social para proteger de forma integral (en plementarios, pero no como un sistema y mucho me- los riesgos de enfermedad, maternidad, vejez y nos como un derecho que fuera exigible por parte de muerte, así como invalidez por origen profesio- los ciudadanos. nal) a los servidores públicos, y posteriormente, con la Ley 90 de 1946, se hizo lo propio para En Colombia se aplicó el concepto de beneficencia pú- los trabajadores del sector privado, al estable- blica y privada a efectos de brindar servicios de salud cerse el seguro social obligatorio y crearse el a las personas más pobres y vulnerables. En materia Instituto Colombiano de Seguros Sociales. Para mayor ilustración sobre la evolución del dere- cho a la seguridad social, se recomienda consultar la Sentencia SU-043 de 1995 de la Corte Constitucional colombiana, en el siguiente link https://goo.gl/qUPDv5 Uno de los pilares sobre los que se cimienta la seguridad social es la solidaridad, adoptada por la Ley 100 de 1993 como un principio filosófico y operacional del sistema y entendida como “la práctica de la mutua ayuda entre las personas, las generaciones, los sectores económicos, las regiones y las comunidades bajo el principio del más fuerte hacia el más débil” (literal c, artículo 2°). 13
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Como bien lo indica López (2011), el valor de la solidari- veces no pueden ser satisfechas con los dad es muy amplio y con diferentes contenidos. recursos que dispone cada uno de ma- nera particular y aislada (p. 7-8). La solidaridad para la seguridad social está finca- da en el compromiso humano que surge de una fuerte interdependencia de unos con otros, ente quienes dan y reciben, entre quienes contribuyen y quienes sobre beneficiarios de prestaciones. Las relaciones sociales como expresión de com- promiso humano se cimientan en la solidaridad como principio del derecho, para ser invocado no sólo para reclamar auxilio, sino también como un deber (…) (p. 16-17). Se trata, entonces, de un principio y valor fundante de Aterrizando ese principio y valor supremo de la nuestro Estado Social de Derecho junto con el respeto a solidaridad, el artículo 48 original de la Consti- la dignidad humana, el derecho al trabajo y la prevalen- tución Política de 1991 consagró la seguridad cia del interés general sobre el particular, que se consti- social en los siguientes términos: tuye en un derecho, pero también en un deber, exigible no solo de las autoridades públicas, sino también a los La seguridad social es un servicio públi- particulares. En términos de Cañón (2017): co de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control La solidaridad como la justicia entre los hombres del Estado, en sujeción a los principios es un valor que está presente en todas las so- de eficiencia, universalidad y solidaridad, ciedades, que toca a todos los individuos en su en los términos que establezca la Ley. diario acontecer, no solamente para garantizar la convivencia entre las personas, sino para solven- Se garantiza a todos los habitantes el de- tar las carencias que son propias de cada indivi- recho irrenunciable a la Seguridad Social. duo en particular y cuyas necesidades muchas 14
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social El Estado, con la participación de los particula- Es así como la Ley 100 de 1993 define la segu- res, ampliará progresivamente la cobertura de la ridad social en su preámbulo como un sistema, Seguridad Social que comprenderá la prestación en los siguientes términos. de los servicios en la forma que determine la Ley. El sistema de seguridad social integral La Seguridad Social podrá ser prestada por entida- es el conjunto de instituciones, normas y des públicas o privadas, de conformidad con la ley. procedimientos, de que disponen la per- sona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimien- to progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capaci- dad económica, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad. No se podrán destinar ni utilizar los recursos de En cuanto al verdadero valor de la seguridad las instituciones de la Seguridad Social para fines social, la Corte Constitucional ha proferido di- diferentes a ella. versas sentencias sobre el particular. En una de ellas, manifestó que: La ley definirá los medios para que los recursos destinados a pensiones mantengan su poder ad- La fundamentalidad de este especial de- quisitivo constante. recho encuentra sustento en el principio de dignidad humana y en la satisfacción Se observa que la norma constitucional antes transcrita real de los derechos humanos, pues a consagró algunas de sus características, pero realmen- través de éste resulta posible que las per- te no las definió, por lo que su interpretación quedó en sonas afronten con decoro las circuns- manos del legislador. tancias difíciles que les obstaculizan o 15
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social impiden el normal desarrollo de sus actividades laborales y la consecuente recepción de los recursos que les permitan ejercer sus derechos subjetivos (Sentencia T-690 del 11 de septiembre del 2014). 1.4. Componentes básicos de la seguridad social en el ámbito internacional y en Colombia El Convenio 102 de 1952 o Norma Mínima de Seguridad que los conforman, frente a los principales ries- Social, como ya se indicó de forma precedente, habla gos a los que están expuestos por el solo he- de nueve ramas o coberturas en la materia, a saber: cho de vivir (nacer, enfermar, envejecer y morir). 1. Asistencia médica. La protección o las coberturas de los países 2. Prestaciones monetarias de enfermedad. que tienen alguna forma de seguridad social, 3. Prestaciones de desempleo. es más o menos similar hoy en día. En los paí- ses desarrollados, se cubren todos los riesgos 4. Prestaciones de vejez. 5. Prestaciones en caso de accidente de trabajo y en- fermedad profesional. 6. Prestaciones familiares. 7. Prestaciones de maternidad. 8. Prestaciones de invalidez. a los que están expuestos los individuos y la sociedad en general, en el marco de lo que se 9. Prestaciones de sobrevivientes. ha denominado los Welfare State, o Estados de bienestar, donde por las condiciones económi- Entiéndase que se trata entonces de las coberturas “mí- nimas” que deben brindar los Estados a los individuos 16
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social cas boyantes que tienen sus gobiernos se brinda a su nas restricciones, de acuerdo con las condicio- población el acceso, casi sin límite, a una serie de be- nes económicas en que se encuentre el país. neficios y prestaciones de tipo social, médico, alimenta- rio, educativo, entre otros, con cargo a los recursos del Debe recordarse que “solo el 20 por ciento de Estado, supliendo así las necesidades básicas de sus la población mundial tiene una cobertura ade- habitantes. cuada en materia de seguridad social mientras que más de la mitad no dispone de ninguna En los países en vías de desarrollo, aun cuando poseen forma de protección social” (OIT, s. f.). la mayoría de las coberturas de las que trata la Norma Mínima de la OIT, se dan de forma limitada o con algu- Para revisar el contenido y los alcances de los regíme- nes de seguridad social de los países del continente americano, se recomienda consultar el siguiente link https://goo.gl/cwZ2ef En Colombia, a nivel legal, la Ley 100 de 1993 establece en su ámbito de acción que el sistema “garantiza el cu- brimiento de las contingencias económicas y de salud, y la prestación de servicios sociales complementarios (…)” (artículo 7°) compuesto a su vez por cuatro sub- sistemas a saber: salud, pensiones, riesgos laborales y servicios sociales complementarios. Aun cuando cada uno de estos subsistemas será obje- to de desarrollo en las unidades didácticas siguientes, se puede señalar de forma esquemática que los conte- nidos de coberturas poblaciones y prestacionales que tiene la seguridad social en nuestro país son los que se describen a continuación. 17
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Tabla 3. Coberturas de los subsistemas de la seguridad social en Colombia Ítem Salud RPM Pensión Riesgos Servicios Subsistema Contributivo subsidiado vinculados RAI subsidiado laborales sociales com- plementarios Cobertura Personas con Personas Personas Personas Personas Personas sin Trabajadores Trabajado- poblacional capacidad de sin capaci- que no están con capaci- con capaci- capacidad e indepen- res, inde- pago: trabaja- dad de pago afiliadas a dad de pago: dad de pago: de pago: dientes (con pendientes dores e inde- previamente ninguno de los trabajadores trabajadores independien- contrato de y pensio- pendientes y identificadas anteriores y e indepen- e indepen- tes de bajos prestación de nados, así sus núcleos fa- (Sisben), afilia- suponen ser dientes dientes ingresos, servicios). como sus miliares, previa das a una EPS las más pobres afiliados a afiliados a informales. núcleos afiliación a una subsidiada y y vulnerables. Colpensio- una AFP. familiares. EPS contributi- con el pago de Están a cargo nes. va y el pago de una cotización de la entidad una cotización o UPC a cargo territorial. o UPC. de la entidad territorial donde vive la persona. 18
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Pago de: Atención médi- Pago de: 1. Atención co asistencial médico prestada por asistencial por las EOC/ EPS/ ocurrencia de IPS/ESE. ATEL (prestada por las EPS). 1. Pensión de vejez (RPM Pago de: 2. Licencias de y RAI tienen requisitos y subsidio incapacidad condiciones distintas para de subsis- por ATEL. su reconocimiento). tencia para Cobertura Pago de: Únicamente Únicamente alimentación 3. Indemni- Subsidio prestacional licencias de atención médi- atención médi- 2. Pensión de invalidez a adultos zación por familiar incapacidad co asistencial co asistencial por enfermedad/accidente mayores en incapacidad por enferme- prestada por de la oferta de común. indigencia y permanente Subsidio de dad/accidente las EOC/EPS/ las institucio- de pensión parcial. desempleo únicamente IPS/ESE. nes públicas 3. Pensión de sobrevivientes subsidiada a los cotizan- hospitalarias por muerte por enfermedad/ a través del tes, no a sus de la entidad accidente común. fondo de 4. Pensión de beneficiarios territorial. solidaridad invalidez por y de licencias pensional. ATEL. de maternidad a mujeres 4. Auxilio funerario por 5.Pensión de cotizantes. muerte por enfermedad/ac- sobrevivientes cidente común. por muerte por ATEL. 6.Auxilio funerario por muerte por ATEL. Fuente: elaboración propia a partir de los contenidos de la Ley 100 de 1993 19
Tema 2 Hacia una cultura de la seguridad social
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social 2.1. Promoción de la seguridad social en el ámbito internacional Una vez expuestos en el tema anterior el significado de Así, la promoción para los diferentes organis- la seguridad social, su evolución y los elementos que la mos multilaterales que trabajan temas de segu- conforman, resulta importante abordar en este segundo ridad social, como la Organización Iberoame- punto, la relevancia que tiene la promoción de la seguri- ricana de Seguridad Social (OISS), el Centro dad social en los países. Interamericano de Estudios de Seguridad So- cial (Ceiss) o la Asociación Internacional de la En cuanto a las repercusiones de la seguridad social, en el contexto internacional se ha señalado que: La seguridad social tiene una profunda repercu- Seguridad Social (AISS), resulta de la mayor re- sión en todos los sectores de la sociedad. Hace levancia que los países inculquen en su pobla- que los trabajadores y sus familias tengan acceso ción desde edades muy tempranas el conteni- a la asistencia médica y cuenten con protección do y los alcances de la seguridad social como contra la pérdida de ingresos, sea durante cortos forma para lograr una vida digna. períodos en caso de desempleo, maternidad o enfermedad, sea durante períodos largos debido Sobre el tema educativo, la OISS (s. f.) ha seña- a la invalidez o a un accidente del trabajo. Propor- lado lo siguiente: ciona ingresos a las personas durante sus años de vejez. Los niños se benefician de los progra- (…) las sociedades actuales conceden mas de seguridad social destinados a ayudar a gran importancia a la educación de sus sus familias para cubrir los gastos de educación. Para los empleadores y las empresas, la seguri- dad social ayuda a mantener unas relaciones la- borales estables y una fuerza de trabajo producti- va. La seguridad social puede también contribuir a la cohesión social y al crecimiento y desarro- llo en general del país mediante la mejora de las condiciones de vida (…) (OIT, s. f.). 21
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social jóvenes porque de ella depende el bienestar so- Entonces, si se sabe que es posible adquirir cial y colectivo. La educación en seguridad social una enfermedad respiratoria al estar en época como proceso multidireccional transmite conoci- de lluvias, ¿por qué no tomar las medidas de mientos, valores y formas de actuar, que hacen previsión respectivas? o, si es claro que todos que se convierta en el medio más idóneo para vamos a envejecer y, por tanto, saldremos tarde sensibilizar a la población sobre sus derechos y o temprano de la vida productiva, ¿por qué no deberes en materia previsional y el conocimiento preveer la falta de ingresos en la vejez y comen- de los principios de la seguridad social, permi- zar a ahorrar desde edades muy tempranas? tiendo crear una cultura previsional (párr. 1). Pero, esa conciencia de lo previsible, en algu- Nótese el énfasis en la palabra previsional. Si se parte nos casos evitables –como sucede la mayoría de la base que previsión significa “acción y efecto de de las veces con la enfermedad o con los ac- prever” (RAE, s. f.) o “acción de disponer lo conveniente cidentes– y en otros casos inevitables –como para atender contingencias o necesidades previsibles” sucede con la vejez− solo es posible adquirirla (RAE, s. f.) lo previsional tiene que ver con anticiparse a a partir de la información y el conocimiento, el la ocurrencia de un hecho futuro, por tanto, tomar las cual debe ser propiciado desde el Estado en el medidas necesarias para evitar la ocurrencia de ese he- marco del sistema educativo. cho o al menos, minimizar el impacto del mismo. 2.2. Promoción en el ámbito nacional, Ley 1502 del 2011 En el año 2011 el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1502 “Por la cual se promueve la cultura de la seguridad social en Colombia, se establece la semana de la seguridad social, se implementa la jornada nacional de la seguridad social y se dictan otras disposiciones”. Esta iniciativa se enmarcó en los compromisos adquiridos por el gobierno colombiano al suscribir en el año 2009 la Declaración de Guatemala, relevante iniciativa a nivel regional (Norteamérica, América Latina 22
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social y el Caribe) que tuvo como finalidad “atenuar el desco- pedagógicos en los colegios, con el propósito nocimiento existente de los principios de la seguridad de que la población, desde su fase de forma- social, a través de un cambio cultural que sensibilice e ción educativa, se apropie no solo del concep- involucre a las actuales y futuras generaciones en el co- to de seguridad social, sino de los deberes que nocimiento de esta” (Seguridad social para todos, s. f., esta implica y que como ciudadanos debemos párr. 7) y que claramente reconoce “el papel que juegan tener y cumplir: cuidar la salud propia y familiar, los regímenes de seguridad social, no solo en la lucha ahorrar para la vejez y contribuir con el sistema contra la pobreza sino como el amortiguador de crisis en general, como manifestación del principio e impulsor del desempeño económico” (Declaración de de la solidaridad. Guatemala, s. f., párr. 6) de los países de la región. En el texto de la exposición de motivos (Gaceta del Congreso, 2010) se evidencian algunos de los obstáculos que impiden el goce efectivo del derecho a la seguridad social, como: Al consultar el Proyecto de Ley 137 del 2010, se lee en la Es bien conocido que nuestro sistema de exposición de motivos, que la finalidad de tramitar este Seguridad Social hoy en día padece de proyecto fue el de “evidenciar en la política pública de un alto grado de conflictos entre sus ac- seguridad social y educativa, la importancia estratégica tores; también se dejan ver prácticas de de fomentar, construir y apropiar por parte de todos, los corrupción o mal uso de los recursos y principios, valores, derecho y deberes de la seguridad de los derechos y complejos problemas social” (p. 3). de elusión y evasión, aspectos estos que demuestran la falta de apropiación sobre Finalmente, en la norma aprobada, se estableció en su los principios y valores de la seguridad artículo 6° la incorporación del tema en los proyectos social en el país (N° 890, p. 4). Es decir, obstáculos que surgen, entre otras ra- zones, ante la falta de educación y formación, así como la falta de toma de conciencia de lo que significa y la importancia que tiene el tema en el desarrollo del país, puesto que como bien 23
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social lo indicó el Libertador Simón Bolívar en su discurso en ma y las desigualdades socioeconómicas que el Congreso de Angostura en 1819: “El sistema de Go- aún persisten en la población colombiana y así bierno más perfecto es aquel que produce mayor suma se establece dentro de los lineamientos y es- de felicidad posible, mayor suma de seguridad social, trategias para la garantía de los Desca dentro y mayor suma de estabilidad política” (Biblioteca Virtual del documento de “Estrategia Nacional para Universal, 2003, p. 25). la Garantía de los Derechos Humanos 2014- 2034”2 y que debe ser tenido en cuenta por las Idea que 200 años después sigue siendo el objetivo de autoridades del orden nacional, departamental las políticas públicas en el país, y que se retomara en el distrital o municipal en su rol de responsables documento “De la violencia a la sociedad de los dere- de políticas públicas al momento de diseñar, chos. Propuesta para la Política de Derechos Humanos implementar y ejecutar políticas sobre dere- en Colombia (2014-2034)”, cuando se manifestó que: chos humanos en sus respectivas entidades territoriales. La realización de los Desca [Derechos Económi- cos, Sociales, Culturales y Ambientales] permite cerrar las brechas de desigualdad e inequidades presentes en las distintas sociedades entre per- sonas, grupos y sectores. El goce efectivo de los derechos al agua potable, a alimentación, salud, educación, trabajo decente, vivienda digna, se- guridad social, a la cultura y a un medio ambiente sano, entre otros, hacen posible además la efec- tiva participación y el disfrute de la vida social, económica, política y cultural; resultan esenciales para el ejercicio pleno de la ciudadanía y el forta- lecimiento de la democracia. (p. 148) La seguridad social como parte de los denominados 2 Este importante documento sobre políticas públicas en Desca, va más allá de un derecho, pues resulta ser un materia de Derechos Humanos contiene en su lineamien- instrumento útil y necesario para el cumplimiento de las to 6 el derecho a la seguridad y protección social, con- metas estatales para la superación de la pobreza extre- sagrando de las páginas 84 a 87 del documento, siete estrategias en aras de hacer realidad este derecho. 24
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Glosario Actuariales: Relativo a la actuaria o ciencia o disci- DESCA: Derechos Económicos, Sociales, Cul- plinaria que trata de las proyecciones financieras y de turales y Ambientales, consagrados a nivel in- evaluación de los riesgos previsibles: muerte, invalidez ternacional en el PIDESC o Pacto Internacional o desempleo. Así por ejemplo, un actuario, a través de de Derechos Económicos, Sociales y Cultura- fórmulas matemáticas y estadísticas, es quien proyecta les del año 1966. el valor de una pensión. Elusión: Cuando las personas, empresas o AISS: Asociación Internacional de la Seguridad Social. entidades obligadas a cotizar para la seguridad Es una organización internacional creada en 1927 y líder social lo hacen por debajo de los valores a los a nivel mundial en el tema. cuales están obligados a cotizar, es decir, coti- zan pero no sobre las bases reales. ATEL: Accidente de Trabajo y Enfermedad Laboral, an- tes de la Ley 1562 del 2012, se conocía como ATEP o EOC / EPS: Entidades Obligadas a Compen- accidente de trabajo y enfermedad profesional. sar y Entidades Promotoras de Salud, son las encargadas del aseguramiento en salud de la Carta Política: Es la norma de normas o norma funda- población y por tanto de las prestaciones médi- mental de un Estado. También conocida como Consti- co asistenciales y económicas del sistema. tución Política o Carta Magna. Evasión: Cuando las personas, empresas o en- Ceiss: Centro Interamericano de Estudios de Seguri- tidades obligadas a cotizar para la seguridad so- dad Social es un órgano de docencia, capacitación e cial no lo hacen y evaden dicha responsabilidad. investigación en temas de seguridad social integral, con sede en la ciudad de México. Imprescriptible: Que no prescribe, es decir, que el derecho se puede reclamar en cualquier momento sin importar el paso del tiempo. 25
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Inalienable: que no prescribe, es decir, que el derecho RAI: Régimen de Ahorro Individual con solida- se puede reclamar en cualquier momento sin importar ridad, administrado por las Administradoras de el paso del tiempo. Fondos de Pensiones. Es el régimen de capi- talización introducido por la Ley 100 de 1993. IPS: Institución Prestadoras de Servicios de Salud. Son las garantes de la prestación de los servicios en salud que Ratificante: término que se da en el ámbito in- requiera un usuario del sistema siempre que estén debi- ternacional a los países que suscriben o firman damente habilitadas y acreditas para su funcionamiento. un instrumento internacional, llámese tratado, declaración, convenio, pacto o protocolo. OISS: Organización Iberoamericana de Seguridad So- cial. Es un organismo de cooperación multilateral crea- RPM: Régimen de Prima Media con prestación do en 1950 y con sede permanente en España, cuya definida, administrado por Colpensiones, ante- función es prestar asesoría técnica y cooperación a los rior Instituto de Seguros Sociales. países de la región de Iberoamérica para fortalecer y desarrollar temas de seguridad social integral. SISBEN: Sistema de identificación de benefi- ciarios de la potencial oferta social del Estado. OIT/ILO: Organización/Oficina Internacional del Trabajo Es una encuesta diseñada por el Departamen- o International Labour Office por sus siglas en inglés, es to Nacional de Planeación y aplicada por los la agencia más antigua de las Naciones Unidas, funda- municipios, para focalizar en qué parte de la da en 1919 para la promoción y defensa de los dere- población existen mayores niveles de necesi- chos laborales y de protección social. dades básicas insatisfechas. Su mayor usuario es el sistema de salud. Pidesc: Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, proferido por Naciones Unidas en UPC: Unidad de pago por capitación. Es el va- 1966 y del cual Colombia hace parte. Allí se consagran lor anual reconocido por el sistema de salud a los derechos prestacionales o de segunda generación, las EOC/EPS por cada afiliado al sistema. como la seguridad social, el trabajo y la educación, en- tre otros. 26
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social Referencias Bowen, A. (1992). Introducción a la seguridad dictan otras disposiciones [Ley 1502 del social. Santiago de Chile, Chile: Sello 2011]. DO: 48.298. Editorial Jurídica de Chile. Recuperado de https://bit.ly/2AilZf7 Consejería Presidencial para los Derechos Humanos. (2015). Estrategia Nacional Biblioteca Virtual Universal. (2003). Congreso de Angostura para la Garantía de los Derechos 1819. Recuperado de https://bit.ly/2OgIDbw Humanos 2014-2034. Recuperado de https://bit.ly/2ADHEwO Cañón, L. (1989). Una visión integral de la seguridad social. Bogotá, Colombia: Ediciones PROA Ltda. Constitución Política de Colombia. (6 de julio de 1991). Asamblea Nacional Constituyente, Cañón, L. (enero-junio del 2017). La solidaridad como Bogotá, Colombia. fundamento del Estado social de derecho, de la seguridad social y la protección social en Corte Constitucional de Colombia. (9 de febrero Colombia. Seguridad Social 1(1), pp 5-29. de 1995). Sentencia SU 043 de 1995. Recuperado de https://bit.ly/2CnQJfX [MP. Dr. Fabio Morón Díaz]. Congreso de la República de Colombia. (23 de Corte Constitucional de Colombia. (11 de diciembre de 1993). Por la cual se crea el sistema septiembre del 2014). Sentencia T-690 de seguridad social integral y se dictan otras [MP. (e) Martha Victoria Sáchica Méndez]. disposiciones. [Ley 100 de 1993]. DO: 41.148. Declaración de Guatemala. (s. f.). Por Congreso de la República de Colombia. (29 de diciembre una respuesta a la crisis y una del 2011). Por la cual se promueve la cultura de sostenibilidad de largo plazo apoyada la seguridad social en Colombia, se establece la en la colaboración, educación y cultura semana de la seguridad social, se implementa de la seguridad social. Recuperado de la jornada nacional de la seguridad social y se https://bit.ly/2EvKBoO 27
La seguridad social en Colombia: Seguridad de un servicio público a un derecho fundamental Social López, E. (2011). Seguridad social. Teoría crítica. Tomo Organización Internacional del Trabajo. (2017). 1. Medellín, Colombia: Sello Editorial Universidad Informe mundial sobre la protección de Medellín. social. La protección social universal para alcanzar los Objetivos de Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de los Desarrollo Sostenible 2017-2019. Derechos Humanos. Adoptada por la Asamblea Resumen Ejecutivo. Recuperado de General en su Resolución 217 A (iii), del 10 de https://bit.ly/2Agp6UQ diciembre de 1948. Programa Presidencial de Derechos Humanos Naciones Unidas. (1966). Pacto Internacional de y DIH. (2014). De la violencia a la Derechos Económicos, Sociales y Culturales. sociedad de los derechos. Propuesta Adoptado por la Asamblea General en su de Política Integral de Derechos Resolución 2200 A (XXI), del 16 de diciembre de Humanos 2014-2034. Recuperado de 1966. https://bit.ly/1lRV674 Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS). Real Academia de la Lengua (s. f.). Diccionario (s.f.). Educación en seguridad social. [Mensaje en de la lengua española. Recuperado de un blog]. Recuperada de https://bit.ly/2ESAevt https://bit.ly/2AAULAe 28
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