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OSMB 103 M7 Flip Book

Published by Recinto Online, 2020-07-02 13:24:22

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Módulo 7: Codificación ICD 10-CM-Capítulos 16 al 18

Contenido 1 Capítulo 16 • Certain conditions originating in the perinatal period (P00-P96) (Ciertas afecciones originadas en el periodo perinatal) Normas generales del capítulo 16: • Los códigos de este capítulo no se utilizan en la atención de la madre. • Clasifica las condiciones significativas observadas en el recién nacido. • Se utilizan modificadores esenciales como: afecta al recién nacido, neonatal, infante, etc. • Todo recién nacido en su primer contacto hospitalario, debe codificarse con un diagnóstico principal de la categoría Z38 DIRECTRICES DE CODIFICACION DEL CAPÍTULO 16 1. El período perinatal comprende desde la semana 28 de gestación y el 28º día de vida, contabilizando el día del nacimiento como “día cero” 2. Si la patología del recién nacido no se pueda codificar en el sistema orgánico correspondiente se asignará el código P96.89, se debe añadir un código adicional de otro capítulo que especifique la condición 3. Si en el período perinatal aparecen por causas no perinatales, se codifica con un código de otro capítulo 4. Cuando el recién nacido se ve afectado por una patología de la madre, esta será el código principal y como código secundario el que describa la causa de la madre 5. Condiciones persistentes se codifican con códigos de este capítulo a cualquier edad del paciente, siempre que el se establezca la relación. 6. Si una condición aparece antes de los 28 días de vida y no se indica si es perinatal, se considerará, por defecto, perinatal.

7. Los códigos de las categorías P00-P04, se utilizan cuando el recién nacido presenta afecciones debidas a causas maternas o complicaciones del embarazo, trabajo de parto y parto. 8. Si tanto la circunstancia perinatal como la afectación congénita cumplen los criterios establecidos para diagnóstico principal, cualquiera puede secuenciarse primero 9. Cuando están disponibles la información de la edad gestacional y la del peso al nacer, deben codificarse ambos, teniendo prioridad el peso 10.Infecciones específicas del período perinatal se consideran congénitas y se clasifican en este capítulo 2 Capítulo 17 • Mental, Behavioral and Neurodevelopmental disorders (F01-F99) (Trastornos mentales y del comportamiento) Normas generales del capítulo 17: • Las enfermedades hereditarias son un conjunto de enfermedades genéticas caracterizadas por transmitirse a los descendientes. • Los códigos de las anomalías congénitas se pueden utilizar a cualquier edad. • Las notas aclaratorias de exclusión se deben seguir en caso de que la patología sea o no congénita • Las anomalías congénitas se clasifican utilizando el criterio inicial de la localización anatómica afectada DIRECTRICES DE CODIFICACIÓN DEL CAPÍTULO 17 1. Si la patología es específica, pero no existe un código único, se aplicará codificación múltiple. 2. Algunos de los términos que se clasifican en este capítulo son: Malformación, Anomalía, Deformidad, Síndrome, Displasia

3. Deformidades musculoesqueléticas como consecuencia de factores mecánicos durante la gestación (malposiciones o presiones uterinas) y se codifican dentro de este capítulo 4. Si la lesión se produce durante el momento del parto, se codifica en el capítulo 16 5. La edad del paciente no es un factor determinante para adjudicar códigos de este capitulo, las enfermedades congénitas también pueden diagnosticarse o manifestarse en la edad adulta 6. Las malformaciones congénitas que han sido parcialmente corregidas y reparadas pero que aun requieran tratamiento deben codificarse en este capítulo 7. Si la patología es específica, pero no existe un código único, se aplicará codificación múltiple. 8. Algunos de los términos que se clasifican en este capítulo son: Malformación, Anomalía, Deformidad, Síndrome, Displasia 9. Deformidades musculoesqueléticas como consecuencia de factores mecánicos durante la gestación (malposiciones o presiones uterinas) y se codifican dentro de este capítulo 10.Si la lesión se produce durante el momento del parto, se codifica en el capítulo 16 11.La edad del paciente no es un factor determinante para adjudicar códigos de este capitulo, las enfermedades congénitas también pueden diagnosticarse o manifestarse en la edad adulta 12.Las malformaciones congénitas que han sido parcialmente corregidas y reparadas pero que aun requieran tratamiento deben codificarse en este capítulo 2.1 Capítulo 18 Symptoms, signs and abnormal clinical and laboratory findings, not elsewhere classified (R00-R99) (Síntomas, signos y hallazgos anormales clínicos y de laboratorio, no clasificados en otra parte)

Normas generales del capítulo 18: • Clasifica signos y síntomas • Clasifica cuadros clínicos poco específicos • Clasifica resultados anormales de exploraciones complementarias • Estos códigos se utilizan cuando no se dispone de un diagnóstico más preciso DIRECTRICES DE CODIFICACIÓN DEL CAPÍTULO 18: 1. Se divide en catorce secciones, que clasifican síntomas y signos, resultados de pruebas complementarias y casos de muerte en condiciones muy restringidas 2. Los códigos de este capítulo se aplican en último recurso, cuando no hay un diagnóstico 3. Es uso de los códigos de síntomas son mas frecuentes en el ámbito ambulatorio, debido a que el nivel de incertidumbre es mayor 4. Los síntomas y signos característicos de una enfermedad se consideran implícitos en su diagnóstico y no se codifican aparte porque serían redundantes, a menos que las notas de instrucción indiquen lo contrario 5. Si es síntoma no puede atribuirse a la condición, se clasifica el síntoma como diagnóstico secundario 6. Los hallazgos casuales de pruebas diagnósticas y no tienen ninguna repercusión, de poco valor o, no se codifican 7. El código de causas de mortalidad mal definidas y desconocidas, solo debe emplearse cuando un paciente es llevado a urgencias y allí se certifica su muerte