NOSOTROS LEIMAR ANDRES MOSQUERA S. Abogado Especialista en: Estudios penales de la Universidad de Caldas Especialista en compliance penal de la universidad de Málaga, España. Experto en compliance penal de EDEU escuela de negocios Especialista en derecho empresarial y de los negocios, Universidad del Rosario
MISIÓN Leimar Mosquera y abogados asociados es una empresa dedicada a ayudar de una manera activa al desarrollo empresarial de sus clientes defendiendo y haciendo valer sus derechos en todos los ámbitos mediante la resolución de conflictos jurídicos y legales. VISIÓN Leimar Mosquera y abogados asociados se convertirá para el 2025 en la mejor firma de Abogados a nivel nacional, siendo la referencia del sector en cuanto a satisfacción del cliente y resultados.
NUESTRO EQUIPO JIMMY ARLEY GÓMEZ ÁLVAREZ Abogado-Asociado Abogado penalista especialista en: Derecho procesal penal de la Universidad Externado de Colombia Maestría en justicia y tutela de los derechos humanos con énfasis en ciencias penales y criminológicas Consultor en asuntos penales
SERVICIOS Nuestros servicios en el aspecto penal, van encaminados a la identificación, prevención y solución de ciertas conductas que puedan tener connotaciones punibles, y que probablemente desencadenaran sanciones penales que afectaran la libertad y economía de los directivos y funcionarios de su empresa, además de perjudicar directamente la imagen de su negocio. Es por ello que nos dimos la tarea de analizar en qué conductas delictivas pudieran incurrir en el desarrollo de su actividad económica, las cuales se las presentaron de forma detallada, pormenorizada y simplificada, de manera que con nuestra asesoría usted este en capacidad de detectarlas y hacerles frente de la mejor manera posible, lo cual se reduce a prevenir, detectar y reaccionar, frente al delito corporativo, todo lo anterior enfocado en la aplicación del “ COMPLIANCE \".
DERECHO PENAL CORPORATIVO REPRESENTACION DE EMPRESAS, COMO VICTIMAS O VICTIMARIOS Asesoría y representación jurídica en las investigaciones penales, aprehensiones, capturas, judicializaciones, imputaciones, etc., derivadas de las conductas que puedan tener connotaciones punibles y que sean llevadas a cabo por individuos internos y/o externos de la empresa. Capacitaciones al personal de la empresa, especialmente las áreas de seguridad y gestión humana en procedimientos de aprehensión, captura en flagrancia, judicialización, modus operandi, recopilación de elementos materiales Probatorios y/o evidencia física, judicialización, entre otros. Realizar campañas y capacitaciones a los empleados de todos los niveles a fin de prevenir la realización de delitos y contravenciones al interior de la sociedad. Recuperación de dineros producto de los procesos de cobro a raíz de deudas o daños ocasionados por terceros/usuarios de la compañía. Entrega mensual de informes con las estadísticas respecto de las actuaciones que se adelantenen las investigaciones penales.
SERVICIOESPECIALYDIFERENCIADO Utilización de la figura del acusador privado, descrita en la Ley 1826 de 2017, en casos relacionados con los delitos de lesiones personales sin secuelas que produjeren incapacidad para trabajar o enfermedad sin exceder de sesenta (60) días (C. P. artículo 112 incisos 1o y 2o) Lesiones personales con deformidad física transitoria (C.P. artículo 113 inciso 1o) Lesiones personales con perturbación funcional transitoria (C. P. artículo 114 inciso 1o) Lesiones personales culposas (C.P. artículo 120) Omisión de socorro (C. P. artículo 131) Injuria (C. P. artículo 220) Calumnia (C. P. artículo 221) Injuria y calumnia indirecta (C. P. artículo 222) Injuria por vías de hecho (C. P. Artículo 226) Injurias recíprocas (C. P. Artículo 227) Maltrato mediante restricción a la libertad física (C. P. Artículo 230) Hurto simple cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (C. P. Artículo 239 inciso 2o)
Estafa cuya cuantía no exceda de ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (C. P. Artículo 246 inciso 3o) Emisión y transferencia ilegal de cheques (C. P. Artículo 248) Abuso de confianza(C. P. Artículo 249) Aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito (C. P. Artículo 252) Malversación y dilapidación de bienes (C. P. Artículo 259) Daño en bien ajeno (C. P. Artículo 265) Usura y recargo de ventas a plazo (C. P. Artículo 305) Infidelidad a los deberes profesionales (C.P. artículo 445) Actos de Discriminación u Hostigamiento Agravados (C.P. Artículo 134C) Hurto calificado (C. P. Artículo 240) Hurto agravado (C. P. Artículo 241), numerales del 1 al 10 Estafa (C. P. Artículo 246) Abuso de confianza (C. P. artículo 249) Corrupción privada (C. P. artículo 250A) Administración desleal (C. P. artículo 250B) Utilización indebida de información privilegiada en particulares (C.P.artículo 258)
Violación de derechos patrimoniales de autor y derechos conexos (C. P. artículo 271) Violación a los mecanismos de protección de derechos de autor (C. P. artículo 272) Falsedad en documento privado (C.P. artículos289 y 290) Violación de reserva industrial y comercial (C. P. artículo 308) y demás que estén establecidos en la citada ley. Línea telefónica solo para asuntos penales de la empresa Nuestro equipo de abogados les ofrece la posibilidad de acceder a través de este medio de forma rápida y segura a asesoría especializada en materia penal, con funcionamiento 24/7 en ese sentido, para un óptimo rendimiento de la línea telefónica, es la empresa quien debe dar a conocer esta opción dentro su organización. Correo electrónico solo para asuntos penales de la empresa Nuestro equipo de abogados les ofrece la posibilidad de acceder a través de este medio de forma rápida y segura a asesoría especializada en materia penal, envió de información y recepción de elementos materiales probatorios y evidencia física de forma continua, a efectos de atender con prontitud los casos que nos sean encomendados.
BENEFICIOS DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS Sabemos lo que su empresa necesita, por ello la formación de nuestro equipo está orientada a brindar estrategias y soluciones eficientes, empleando de manera idónea y oportuna nuestra experiencia. Nuestro énfasis es la recuperación del dinero perdido por el delito cometido y el cobro de los perjuicios ocasionados con ese reato, lo cual no implica una presencialidad de nuestros abogados en cada uno de los establecimientos de comercio donde ocurra la conducta sino una coordinación con el personal encargado, a fin de identificar al agresor y gestionar todo el proceso siguiente. El trabajo personalizado que presta nuestra firma permite identificar una gran variedad de soluciones a los problemas que pueden advertirse en la empresa Nuestros clientes tienen la posibilidad de contar con un equipo de profesionales quienes constantemente están a disposición para dar apoyo en sus requerimientos e inquietudes.
El servicio que prestamos está dirigido a personas jurídicas que precisen respuestas, estrategias y acciones especializadas para manejar situaciones problemáticas con alcances legales; para ello planteamos las mejores alternativas para la resolución de los conflictos que se presenten, de una manera integral, rigurosay eficiente, desde la realización de diferentes estudios con la debida diligencia legal. Nuestra oficina de abogados está en la capacidad de brindar asesoría en materia penal y empresarial valiéndose de un calificado grupo de abogados especializados, con el fin de defender sus intereses y derechos ante los estrados judiciales y/o entidades estatales.
RESPONSABILIDAD PENAL Hacer seguimiento a las actividades delictivas que se puedan evidenciar en contra de la empresa. Presentar denuncias cuando los empleados y/ o externos de la empresa cometan alguna conducta punible. Representar penalmente a los miembros del gobierno corporativo de la empresa en caso de ser denunciados por alguna responsabilidad derivada del objeto de su actividad legal.
COBERTURA En lo atinente a la asesoría y las capacitaciones, son ilimitadas y hacen parte de la presente propuesta sin generar costo alguno. PARÁGRAFO PRIMERO: Cubrimiento de la cobertura: la práctica ha demostrado que garantizar la presencialidad de un abogado de forma inmediata en el lugar de ocurrencia de la conducta delictiva, no significa que se preste una buena asesoría, un buen acompañamiento y mucho menos que se obtengan buenos resultados en la gestión del caso, es por eso, que nuestra propuesta garantiza de forma permanente e inmediata la asesoría, vía telefónica o cual quiera otro medio, para todas las sucursales y establecimientos de comercio que tenga la empresa en el país. PARÁGRAFO SEGUNDO: De ser necesaria la presencia de uno de nuestros abogados en el lugar de los hechos, la empresa correrá con los gastos que genere el desplazamiento. Implementación de la cobertura: se establecerán jornadas de presentación con todo el gobierno corporativo de la empresa, a través de plataformas virtuales con el objetivo de que se conozcan todos los datos de contactos de los abogados y en especial una línea creada solo para atender llamadas de la empresa.
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