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Description: Plan Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres

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PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES SANTIAGO DE CALI Diciembre 2018

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 2 de 223 TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN.............................................................................................................10 1. FUNDAMENTOS DEL PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES.............................................................................................................................14 1.1. POLÍTICA NACIONAL SOBRE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES .........14 1.2. NORMATIVIDAD NACIONAL SOBRE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES 17 1.3. ELEMENTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES APLICABLES DESDE LA ÓPTICA MUNICIPAL.........................................25 1.1.1. Estructura del SNGRD y Procesos de Gestión del Riesgo........................................26 1.1.2. La Gestión del Riesgo de Desastres como determinante en la inversión pública .....29 1.1.3. La gestión del riesgo de desastres como determinante de la planificación territorial y del desarrollo .........................................................................................................................32 1.4. OBJETIVOS DE LA POLÍTICA MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES.............................................................................................................................33 1.1.4. Objetivo General .......................................................................................................33 1.1.5. Objetivo Específicos..................................................................................................34 1.5. Premisas y alcance de los objetivos de la política municipal de gestión del riesgo de desastres.....................................................................................................................................34 Objetivo 1. Desarrollar, Mantener y Garantizar el Proceso de Conocimiento del Riesgo ..34 Objetivo 2. Desarrollar y Mantener el Proceso de Reducción del Riesgo ...........................35 Objetivo 3. Desarrollar, Mantener y Garantizar el Proceso de Manejo de Desastres.........35 1.6. INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES ......................................................................................................................36 1.1.6. Instancias de Orientación y Coordinación.................................................................36 1.5.1.1. Secretaria Municipal para la Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres.37 1.5.1.2. El Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres........................37 1.5.2. Comités para los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres ................................39 1.5.2.1. Integrantes del Comité para el Conocimiento del Riesgo de Desastres ............39 1.5.2.2. Integrantes del Comité para el Reducción del Riesgo de Desastres..................40 1.5.2.3. Integrantes del Comité para el Manejo de Desastres.........................................41 1.5.3. Fondo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres .......................................41 1.5.4. Sistema Municipal de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres ...........43 1.6. EL PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES .................43 Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 3 de 223 1.7. PRINCIPIOS GENERALES QUE ORIENTAN LA GESTIÓN DEL RIESGO EN EL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ........................................................................................45 2. ELEMENTOS PARA LA CARACTERIZACIÓN DE LOS ESCENARIOS DE RIESGO 47 2.1. CRITERIOS PARA LA CARACTERIZACIÓN DE ESCENARIOS DE RIESGOS DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI .......................................................49 Recurrencia ............................................................................................................................ 52 Severidad ...............................................................................................................................52 2.2. FUENTES DE INFORMACIÓN PARA LA CARACTERIZACIÓN DE LOS ESCENARIOS DE RIESGOS DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI .....53 2.2.1. DOCUMENTOS UTILIZADOS PARA LA CARACTERIZACIÓN DEL ESCENARIO DE RIESGO POR SISMO DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ...............................................................................................................................53 2.2.2. DOCUMENTOS UTILIZADOS PARA LA CARACTERIZACIÓN DEL ESCENARIO DE RIESGO POR INUNDACIÓN DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ..........................................................................................................55 2.2.4. DOCUMENTOS UTILIZADOS PARA LA CARACTERIZACIÓN DEL ESCENARIO DE RIESGO POR INCENDIOS FORESTALES O DE COBERTURA VEGETAL DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI................................62 2.3. CARACTERIZACIÓN GENERAL DE ESCENARIOS DE RIESGOS PRIORIZADOS EN EL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ........................64 2.3.1. Caracterización de escenarios de riesgos por sismo para el PMGRD del municipio Santiago de Cali.....................................................................................................................64 2.3.1.1. Espacio biofísico (Contexto de la amenaza)......................................................64 2.3.1.2. El Entorno..........................................................................................................69 2.3.1.3. Los Actores........................................................................................................70 2.3.2. Condición de afectación ............................................................................................72 2.3.2.1. Severidad ...........................................................................................................72 2.3.2.2. Frecuencia de Ocurrencia de sismos .................................................................73 2.3.3. Caracterización de escenarios de riesgos por movimientos en masa para el PMGRD del Municipio Santiago de Cali .............................................................................................74 2.3.3.1. Espacio biofísico (Contexto de la amenaza)......................................................74 2.3.3.2. Características de la amenaza ............................................................................77 2.3.3.3. El Entorno..........................................................................................................81 2.3.3.4. Los Actores........................................................................................................84 2.3.3.5. Condición de afectación ....................................................................................86 2.3.4. Caracterización de escenarios de riesgos por inundación para el PMGRD del Municipio Santiago de Cali ...................................................................................................92 2.3.4.1. Espacio biofísico ...............................................................................................93 Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 4 de 223 2.3.4.2. Características de la amenaza ............................................................................96 2.3.4.3. El Entorno........................................................................................................101 2.3.4.4. Los Actores......................................................................................................107 2.3.5. Condición de afectación ..........................................................................................109 2.3.6. Frecuencia de Ocurrencia de inundaciones .............................................................110 2.3.7. Caracterización de escenarios de riesgos por incendios forestales o de cobertura vegetal para el PMGRD del Municipio Santiago de Cali....................................................113 2.3.7.1. Espacio biofísico (Contexto de la amenaza)....................................................113 2.3.7.2. Características de la amenaza ..........................................................................114 2.3.7.3. El Entorno........................................................................................................124 2.3.7.4. Los Actores......................................................................................................128 2.3.7.5. Condición de afectación ..................................................................................129 3. ACCIONES ESPECÍFICAS DE GESTIÓN DEL RIESGO PARA EL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ............................................................................................................137 3.1. COMPONENTE PROGRAMÁTICO Y DE INVERSIONES ...................................137 3.2. ANTECEDENTES ......................................................................................................138 3.3. OBJETIVOS DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI...................146 3.3.1. Objetivo general ......................................................................................................146 3.3.2. Objetivos específicos...............................................................................................147 3.4. PROGRAMAS Y ACCIONES EN EL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI 149 3.4.1. Fuentes de información para la formulación del componente programático ..........150 4. ELEMENTOS PARA EL SEGUIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DEL PMGRD ......213 5. FORMULARIOS PARA DOCUMENTACIÓN DEL PLAN MUNICIAPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO........................................................................................................219 5.1. Componente de Caracterización General de Escenarios de Riesgo ............................219 5.2. Componente Programático está compuesto por los formularios .................................220 6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ............................................................................222 Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 5 de 223 TABLA DE FIGURAS FIGURA 1.1. JERARQUÍA NORMATIVA EN EL SISTEMA JURÍDICO COLOMBIANO------------------------ 23 FIGURA 1.2. ELEMENTOS BÁSICOS DE LOS PRINCIPALES COMPONENTES DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES. FUENTE: LEY 1523 DE 2012.------------- 27 FIGURA 1.3 PROCESOS Y SUBPROCESOS DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DEFINIDOS EN POR EL SNGRD EN COLOMBIA. FUENTE: TOMADA DE LA GUÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PMGRD (UNGRD, 2012).------------------------------------------------------------------------------------------------------ 28 FIGURA 1.4. ESTRUCTURA DE UN PMGRD.-------------------------------------------------------------------------------- 44 FIGURA 2.1.ESQUEMATIZACIÓN DE LAS ACCIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI.---------------------------------------------------------------------------------------- 47 FIGURA 2.2. CRITERIOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE ESCENARIOS DE RIESGO PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES - PMGRD. FUENTE: UNGRD, 2012. ------------------------------------------------------------------------------------------------------ 48 FIGURA 2.3. ESQUEMA SOBRE LOS CRITERIOS UTILIZADOS PARA LA CARACTERIZACIÓN DE LOS ESCENARIOS DE RIESGOS. ----------------------------------------------------------------------------------------- 50 FIGURA 2.4. AMENAZA SÍSMICA LOCAL, ÁREA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 68 FIGURA 2.5. AMENAZA SÍSMICA ÁREA RURAL DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI ------------ 69 FIGURA 2.6. DISTRIBUCIÓN DE NOTICIAS DE SISMOS PARA EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, PERIODO 1566-2018 -------------------------------------------------------------------------------------------------- 73 FIGURA 2.7. AMENAZA POR REMOCIÓN EN MASA EN EL ÁREA RURAL DE SANTIAGO DE CALI - 80 FIGURA 2.8. AMENAZA POR REMOCIÓN EN MASA EN EL ÁREA URBANA DE SANTIAGO DE CALI. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 81 FIGURA 2.9. EQUIPAMIENTOS EXPUESTOS A AMENAZA POR MOVIMIENTOS EN MASA EN EL ÁREA RURAL. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 82 FIGURA 2.10. EQUIPAMIENTOS EXPUESTOS A AMENAZA POR MOVIMIENTOS EN MASA EN EL ÁREA URBANA.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 83 FIGURA 2.11. DISTRIBUCIÓN ANUAL DEL NÚMERO DE MOVIMIENTOS EN MASA EN EL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, PERIODO 1949 – 2018 -------------------------------------------------- 88 FIGURA 2.12. DIVISIÓN DE MOVIMIENTOS EN MASA POR LOCALIZACIÓN EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, DURANTE EL PERIODO 1949 -2018------------------------------------------------------ 89 FIGURA 2.13. DISTRIBUCIÓN DE EVENTOS DE MOVIMIENTOS EN MASA POR MES EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, DURANTE EL PERIODO 1949 -2018.------------------------------ 90 FIGURA 2.14. DISTRIBUCIÓN EVENTOS DE MOVIMIENTOS EN MASA POR COMUNA EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, EL PERIODO 1949 -2018 ----------------------------------------------- 91 FIGURA 2.15. DISTRIBUCIÓN DE EVENTOS DE MOVIMIENTOS EN MASA POR BARRIOS EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, DURANTE EL PERIODO 1949 -2018 ------------------------------ 91 FIGURA 2.16. NÚMERO DE EVENTOS DE MOVIMIENTOS EN MASA POR CORREGIMIENTO EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, DURANTE EL PERIODO 1949 -2018 ------------------------------ 92 FIGURA 2.17. MAPA DE AMENAZA FLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RÍO CAUCA---------- 98 FIGURA 2.18. MAPA DE AMENAZA PLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RIO CAUCA---------- 99 FIGURA 2.19. MAPA DE AMENAZA FLUVIAL Y PLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RIO CAUCA.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 100 FIGURA 2.20. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE LOS PREDIOS EXPUESTOS FRENTE A LA AMENAZA POR INUNDACIÓN FLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RÍO CAUCA EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI.------------------------------------------------- 101 FIGURA 2.21. DISTRIBUCIÓN DE LA RED VIAL EXPUESTA ANTE INUNDACIÓN FLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RIO CAUCA. ----------------------------------------------------------------------------- 103 Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 6 de 223 FIGURA 2.22. RED DE ALCANTARILLADO EXPUESTA ANTE INUNDACIÓN PLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RIO CAUCA ------------------------------------------------------------------------------ 107 FIGURA 2.23. NÚMERO DE REPORTES SOBRE EVENTOS POR INUNDACIÓN, ENCONTRADOS EN EL PERIODO ENTRE 1949-2018 EN DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, VALLE DEL CAUCA. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 111 FIGURA 2.24. DISTRIBUCIÓN DE EVENTOS PARA INUNDACIÓN POR MES, EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, PERIODO 1949-2018. ------------------------------------------------------------------------- 111 FIGURA 2.25. AMENAZA POR INCENDIOS FORESTALES EN LA ZONA RURAL. -------------------------- 116 FIGURA 2.26. AMENAZA POR INCENDIOS FORESTALES EN LA ZONA URBANA ------------------------ 117 FIGURA 2.27. RIESGO ESPACIO-TEMPORAL EN LA ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 118 FIGURA 2.28. RIESGO ESPACIO-TEMPORAL EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 119 FIGURA 2.29. ÁREAS PRIORIZADAS ZONA RURAL ------------------------------------------------------------------- 122 FIGURA 2.30. ÁREAS PRIORIZADAS ZONA URBANA----------------------------------------------------------------- 123 FIGURA 2.31. DISTRIBUCIÓN DE ELEMENTOS EXPUESTOS POR EQUIPAMIENTOS EN LA ZONA URBANA. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ 124 FIGURA 2.32. DISTRIBUCIÓN DE ELEMENTOS EXPUESTOS POR EQUIPAMIENTOS EN LA ZONA RURAL. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 125 FIGURA 2.33. DISTRIBUCIÓN DE ELEMENTOS EXPUESTOS POR POBLACIÓN EN LA ZONA RURAL. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 125 FIGURA 2.34. DISTRIBUCIÓN DE POBLACIÓN EXPUESTA EN LA ZONA URBANA. --------------------- 126 FIGURA 2.35. DISTRIBUCIÓN DE TIPOS DE VÍAS EXPUESTAS EN LA ZONA RURAL. ------------------ 127 FIGURA 2.36. DISTRIBUCIÓN DE EVENTOS DE INCENDIOS FORESTALES PARA EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, PERIODO 1949 -2018 ------------------------------------------------------------------------- 132 FIGURA 2.37. DISTRIBUCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES POR MES, EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, PERIODO 1949 -2018. ------------------------------------------------------------------------ 133 FIGURA 2.38. DISTRIBUCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES POR COMUNA PARA EL PERIODO 1949 -2018 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 134 FIGURA 2.39. DISTRIBUCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES POR CORREGIMIENTOS PARA EL PERIODO 1949 -2018 --------------------------------------------------------------------------------------------------------- 134 FIGURA 2.40. DISTRIBUCIÓN DE INCENDIOS EN EL ÁREA RURAL Y URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, PERIODO 2002 – 2012.----------------------------------------------------------------------- 135 FIGURA 2.41. TENDENCIA DE INCIDENTES RURALES Y URBANOS, PARA EL PERIODO 2013 – 2018, EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI ----------------------------------------------------------------------- 136 FIGURA 3.1. ESTRUCTURA DEL COMPONENTE PROGRAMÁTICO PARA EL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 137 FIGURA 3.2. PRIMER TALLER DE SOCIALIZACIÓN Y VALIDACIÓN DEL COMPONENTE PROGRAMÁTICO DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI--------------------------------- 151 FIGURA 3.3. SEGUNDO TALLER DE SOCIALIZACIÓN Y VALIDACIÓN DEL COMPONENTE PROGRAMÁTICO DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI--------------------------------- 151 FIGURA 3.4. SOPORTES PARA LA ELABORACIÓN DEL COMPONENTE PROGRAMÁTICO DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI 2018 ------------------------------------------------------------------------------- 152 FIGURA 4.1. CICLO PDCA--------------------------------------------------------------------------------------------------------- 214 Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 7 de 223 TABLAS TABLA 2.1. MICROZONAS DE RESPUESTA SÍSMICA IDENTIFICADAS EN LA CIUDAD DE CALI. .... 64 TABLA 2.2. UNIDADES GEOLÓGICAS SUPERFICIALES EN LAS ZONAS DE RESPUESTA SÍSMICA PARA EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI.................................................................................... 65 TABLA 2.3. NIVELES DE AMENAZA SÍSMICA LOCAL PARA DE ACUERDO A LAS MICROZONAS DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI. ........................................................................................... 67 TABLA 2.4. PRINCIPALES ACTORES RELACIONADOS CON EL ESCENARIO DE RIESGO POR SISMO EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI. ........................................................................................ 71 TABLA 2.5. RESUMEN DE EVENTOS SÍSMICOS REPRESENTATIVOS QUE HAN AFECTADO EL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI. .......................................................................................................... 72 TABLA 2.6. DESCRIPCIÓN DE LAS UNIDADES CARTOGRÁFICAS DE SUELO EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI ................................................................................................................................. 75 TABLA 2.7. LONGITUD (M2) Y TIPO DE VÍA EXPUESTA ANTE AMENAZA POR MOVIMIENTO EN MASA EN EL ÁREA RURAL DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI. ............................................... 83 TABLA 2.8. LONGITUD (M2) Y TIPO DE VÍA EXPUESTA A LA AMENAZA POR MOVIMIENTO EN MASA EN EL ÁREA URBANA DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI............................................. 84 TABLA 2.9. PRINCIPALES ACTORES RELACIONADOS CON EL ESCENARIO DE RIESGO POR MOVIMIENTOS EN MASA EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI. ........................................ 85 TABLA 2.10. RESUMEN DE EVENTOS DE MOVIMIENTOS EN MASA MÁS RELEVANTES EN EL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI, POR SU SEVERIDAD EN EL PERIODO 1949 – 2018 ................. 87 TABLA 2.11. NÚMERO DE EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS FRENTE A LA AMENAZA POR INUNDACIÓN FLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RÍO CAUCA EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI .......................................................................................... 102 TABLA 2.12.LA RED DE ACUEDUCTO EXPUESTA ANTE INUNDACIÓN FLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RIO CAUCA ................................................................................................................... 103 TABLA 2.13. ESTACIONES DE ACUEDUCTO Y POZOS EXPUESTOS ANTE INUNDACIÓN FLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RIO CAUCA................................................................................... 104 TABLA 2.14. TIPO DE RED DE ALCANTARILLADO EXPUESTA ANTE INUNDACIÓN FLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RIO CAUCA ............................................................................................... 104 TABLA 2.15. ESTACIONES DE BOMBEO EXPUESTA ANTE INUNDACIÓN FLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RÍO CAUCA ............................................................................................... 104 TABLA 2.16. USO PREDIAL FRENTE INUNDACIÓN PLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RÍO CAUCA EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI ................................. 105 TABLA 2.17. NÚMERO DE EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS FRENTE A LA AMENAZA POR INUNDACIÓN PLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RÍO CAUCA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI. .................................................................................................. 105 TABLA 2.18. TIPO DE VÍAS FRENTE A INUNDACIÓN PLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RÍO CAUCA EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI ................................. 106 TABLA 2.19. RED DE ACUEDUCTO FRENTE A INUNDACIÓN PLUVIAL EN LA LLANURA ALUVIAL DEL RÍO CAUCA EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI................. 106 TABLA 2.20. PRINCIPALES ACTORES RELACIONADOS CON EL ESCENARIO DE RIESGO POR MOVIMIENTOS EN MASA EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI. ...................................... 108 TABLA 2.21. RESUMEN DE EVENTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES MÁS RELEVANTES EN EL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI, POR SU SEVERIDAD EN EL PERIODO 1949 – 2018. .............. 110 TABLA 2.22. DISTRIBUCIÓN DE EVENTOS POR INUNDACIÓN POR COMUNAS EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, EN EL PERIODO DE 1949-2018. ................................................................ 112 TABLA 2.23. DISTRIBUCIÓN DE EVENTOS POR INUNDACIÓN POR CORREGIMIENTOS EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, EN EL PERIODO DE 1949-2018. .......................................... 113 Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 8 de 223 TABLA 2.24. ÁREAS PRIORIZADAS A NIVEL RURAL Y URBANO.......................................................... 120 TABLA 2.25. VÍAS EN METROS LINEALES EXPUESTAS FRENTE AL RIESGO ESPACIO TEMPORAL DE INCENDIOS FORESTALES Y DE LA COBERTURA VEGETAL -ICV- EN LA ZONA URBANA DE SANTIAGO DE CALI ......................................................................................................................... 126 TABLA 2.26. CORREDORES AMBIENTALES EXPUESTOS FRENTE AL RIESGO ESPACIO TEMPORAL DE INCENDIOS FORESTALES Y DE LA COBERTURA VEGETAL (ICV) EN LA ZONA URBANA DE SANTIAGO DE CALI. ........................................................................................................................ 127 TABLA 2.27. ECOPARQUES EXPUESTOS DE LA ZONA RURAL FRENTE AL RIESGO ESPACIO TEMPORAL DE INCENDIOS FORESTALES Y DE LA COBERTURA VEGETAL -ICV- ................. 128 TABLA 2.28. PRINCIPALES ACTORES RELACIONADOS CON EL ESCENARIO DE RIESGO POR MOVIMIENTOS EN MASA EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI. ...................................... 128 TABLA 2.29. RESUMEN DE EVENTOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES MÁS RELEVANTES EN EL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI, POR SU SEVERIDAD EN EL PERIODO 1949 – 2018. .............. 130 TABLA 3.1. PROGRAMA 2.2.1: PLANIFICACIÓN Y CONTROL DEL TERRITORIO................................ 138 TABLA 3.2. PROGRAMA 2.4.1: PROTECCIÓN DE LAS CUENCAS HIDROGRÁFICAS Y EL CAMPESINO .................................................................................................................................................................... 138 TABLA 3.3. PROGRAMA 2.5.1: CONOCIMIENTO DE RIESGOS................................................................. 139 TABLA 3.4. PROGRAMA 2.5.2: REDUCCIÓN DE RIESGOS ........................................................................ 140 TABLA 3.5. PROGRAMA 2.5.3: MANEJO DE DESASTRES ......................................................................... 141 TABLA 3.6. PROGRAMA 2.5.4: PLAN JARILLÓN DE CALI ........................................................................ 142 TABLA 3.7. PROCESO: APOYO EN LA GESTIÓN DEL RIESGO EN EL TERRITORIO............................ 145 TABLA 3.8. PLANTEAMIENTO DE OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y PROGRAMAS PARA EL PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI .................................................................................................................................................................... 147 TABLA 3.9. ACCIONES, PROYECTOS Y METAS A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO PARA EL CONOCIMIENTO DEL ESCENARIO DE SISMOS MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI .................... 153 TABLA 3.10. ACCIONES, PROYECTOS Y METAS A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO PARA EL CONOCIMIENTO, ESCENARIO DE MOVIMIENTOS EN MASA MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI. .................................................................................................................................................................... 157 TABLA 3.11. ACCIONES, PROYECTOS Y METAS A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO PARA EL CONOCIMIENTO, ESCENARIO DE INUNDACIÓN MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ................. 159 TABLA 3.12. ACCIONES, PROYECTOS Y METAS A CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO PARA EL CONOCIMIENTO, ESCENARIO DE INCENDIOS FORESTALES O DE COBERTURA VEGETAL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ......................................................................................................... 164 TABLA 3.13. ACCIONES, PROYECTOS Y METAS PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO EN EL ESCENARIO DE SISMOS MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI............................................................. 170 TABLA 3.14. ACCIONES, PROYECTOS Y METAS PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO EN EL ESCENARIO DE MOVIMIENTOS EN MASA MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ............................ 172 TABLA 3.15. ACCIONES, PROYECTOS Y METAS PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO EN EL ESCENARIO DE INUNDACIONES MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ............................................. 175 TABLA 3.16. ACCIONES, PROYECTOS Y METAS PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO EN EL ESCENARIO DE INCENDIOS FORESTALES O DE COBERTURA VEGETAL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI ............................................................................................................................... 180 TABLA 3.17. PROPUESTAS PARA EL MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS POST-DESASTRE............... 186 TABLA 3.18. PROPUESTA PARA LA PROTECCIÓN FINANCIERA ........................................................... 188 TABLA 3.19. ACCIONES, OBJETIVOS Y METAS PARA EL MANEJO DEL DESASTRE PARA EL ESCENARIO DE SISMO EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI ............................................ 189 TABLA 3.20. ACCIONES, OBJETIVOS Y METAS PARA EL MANEJO DEL DESASTRE PARA EL ESCENARIO DE MOVIMIENTOS EN MASA EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI.......... 193 Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 9 de 223 TABLA 3.21. ACCIONES, OBJETIVOS Y METAS PARA EL MANEJO DEL DESASTRE PARA EL ESCENARIO DE INUNDACIÓN EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI ............................... 196 TABLA 3.22. ACCIONES, OBJETIVOS Y METAS PARA EL MANEJO DEL DESASTRE PARA EL ESCENARIO DE INCENDIOS FORESTALES O DE COBERTURA VEGETAL EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI ............................................................................................................................... 198 TABLA 3.23. GENERALIDADES PARA LA RECUPERACIÓN .................................................................... 201 TABLA 3.24. CAPACITACIÓN TÉCNICA Y OPERATIVA DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES EN GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES PARA EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI .......... 202 TABLA 3.25. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN DEL RIESGO EN SANTIAGO DE CALI .................................................................................................................................................................... 205 TABLA 3.26. EDUCACIÓN EN LA GESTIÓN DEL RIESGO PARA SANTIAGO DE CALI ....................... 208 TABLA 3.27. COMUNICACIÓN SOCIAL E INFORMACIÓN PÚBLICA PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI.......................................................... 209 TABLA 3.28. ARTICULACIÓN CARTOGRÁFICA EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI........... 211 Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 10 de 223 INTRODUCCIÓN La ciudad Santiago de Cali se localiza en el suroccidente de Colombia, en el valle del río Cauca, entre las cordilleras Occidental y Central en las coordenadas geográficas 3°27’ de latitud Norte y 76°32’ de longitud Oeste; la altitud promedio es de 995 m.s.n.m. Limita al sur con los departamentos de Cauca y Nariño, al occidente con el océano Pacífico, al noroccidente con la zona montañosa de los departamento del Chocó y Risaralda, y al nororiente con los departamentos de Tolima, Quindío y Caldas. Santiago de Cali es la capital del departamento del Valle del Cauca y constituye el principal polo de desarrollo económico en el occidente colombiano. El Municipio de Santiago de Cali, tiene una extensión de 560.3 Km2, y su área urbana es la tercera más poblada del país con 2’319.655 habitantes. En los 15 corregimientos que tiene el Municipio, existen 84 veredas y en total ocupan un área de 44.354 Hectáreas, siendo Pance y Los Andes los de mayor extensión, y el corregimiento de Los Andes cuenta con el mayor Número de veredas. La división administrativa de la ciudad Santiago de Cali indica que su área urbana está constituida por 22 comunas, que a su vez se subdividen en barrios y urbanizaciones. En total, en la ciudad se tienen 249 barrios aprobados y 91 urbanizaciones (POT, 2014). En el aspecto climatológico, la ciudad Santiago de Cali de caracteriza por tener un periodo lluvioso bimodal con precipitaciones del orden de 600 mm. al año, con promedios de 1600 mm al sur y 1000 mm al norte. Hidrográficamente, el municipio está dividido en 7 subcuencas conformadas por los ríos: Pance, Lilí, Meléndez, Cañaveralejo, Cali, Aguacatal, y parte de la cuenca del río Cauca (Figura 1). La posición geográfica y las características geomorfológicas de su territorio hacen de la ciudad Santiago de Cali una zona propensa a la ocurrencia de diversos tipos de fenómenos naturales y antrópicos que, combinados con las condiciones socioeconómicas de su población y el desarrollo urbanístico, configuran complejas situaciones de riesgo que, ante la falta de planificación y la toma de medidas apropiadas de reducción y mitigación, pueden llegar a desencadenar críticas situaciones de desastre. Debido a la posición geográfica y las condiciones biofísicas que rodean el municipio Santiago de Cali, dentro de sus límites territoriales se establece un ambiente propio para la ocurrencia de diversos tipos de fenómenos naturales como terremotos, movimientos en masa (deslizamientos), inundaciones, incendios forestales (incendios de cobertura vegetal), entre otros. En contraste con este ambiente biofísico, en la ciudad se han desarrollado diversas condiciones sociales y formas de ocupación territorial que no han contado con las mejores políticas y prácticas de planificación, que a lo largo de la historia evidencian el progreso de matices de vulnerabilidad de tal manera que gran parte de la población, equipamientos y actividades funcionales presentes Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 11 de 223 en el entorno urbano y rural se encuentran bajo situaciones de riesgo frente a los fenómenos naturales indicados. En el marco de las políticas públicas instauradas en el país, para contrarrestar las condiciones de riesgo que se presentan en todo el territorio nacional, de la cual la ciudad Santiago de Cali no es la excepción, ha surgido desde el año 2012, la Ley 1523, que adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres. De manera particular, el artículo 37 de esta ley establece que las autoridades departamentales, distritales y municipales deberán formular y concertar con sus respectivos consejos de gestión del riesgo, un Plan de Gestión del Riesgo de Desastres (PMGRD) y una estrategia para la respuesta a emergencias. Adicionalmente, los parágrafos 1 y 2 del citado artículo plantea que los Planes de Gestión del Riesgo y las estrategias de respuesta deberán considerar acciones específicas para garantizar el logro de los objetivos de la gestión del riesgo de desastres y deberán estar integrados en los planes de ordenamiento territorial, de manejo de cuencas y de desarrollo departamental, distrital o municipal y demás herramientas de planificación del desarrollo. De acuerdo con esta norma, el Plan de Gestión de Riesgo de Desastres es definido como el instrumento mediante el cual el municipio prioriza, formula, programa y hace seguimiento a la ejecución de las acciones, que se establecen en los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y de manejo de desastres, de forma articulada con los demás instrumentos de planeación municipal. En cumplimiento de esta normativa, el presente documento presenta los lineamientos del PMGRD del municipio Santiago de Cali, desarrollado metodológicamente siguiendo los parámetros de la Ley 1523 de 2012 (Congreso de la República de Colombia, 2012), el Decreto 1807 de 2014 (Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio de Colombia, 2014) y la Guía para la Formulación del Plan Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres. Complementando lo anterior en el Decreto 1640 de 2012 Ordenación de cuencas. Artículo 3. Establece que la Gestión del riesgo “Es el proceso social de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas y acciones permanentes para el conocimiento del riesgo y promoción de una mayor conciencia del mismo, impedir o evitar que se genere, reducirlo o controlarlo cuando ya existe y para prepararse y manejar las situaciones de desastre, así como para la posterior recuperación, entiéndase: rehabilitación y reconstrucción. Estas acciones tienen el propósito explícito de contribuir a la seguridad, el bienestar y calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible”. En el año 2018, se planteó la necesidad de actualizar el documento existente, ya que era necesario complementar algunos temas que habían quedado pendientes. Para realizar esta actividad se designó a se firmó el Contrato Interadministrativo N°4163.00126.1.357 de 2018 Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 12 de 223 entre la Alcaldía De Santiago De Cali y la Universidad Del Valle, delegando esta responsabilidad al Observatorio Sismológico y Geofísico del Suroccidente Colombiano. El presente documento del PMGRD se encuentra estructurado en cinco partes esenciales: 1) La primera parte se ha denominado Fundamentos del Plan Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, 2) El Componente de Caracterización de Escenarios de Riesgos, 3) El Componente Programático, 4) Elementos para el seguimiento y actualización del plan, y 5) Formularios de documentación. En la sección de Fundamentos el Plan se presenta un resumen acerca de la política y legislación colombiana sobre gestión del riesgo de desastre y se introducen los principales elementos del sistema nacional de gestión riesgo de desastres aplicables a la óptica municipal a través de los procesos de gestión del riesgo establecidos en la Ley 1523 de 2012. En el Componente de Caracterización (Componente 1 del plan), se presentan lo criterios e indicaciones para la elaboración de la Caracterización General de Escenarios de Riesgo, mostrando en ello un diagnóstico de la situación actual que presenta el municipio en entorno a la gestión del riesgo, el resultado del estudio de historicidad de los eventos de origen geológico (movimientos en masa y sismos), meteorológicos (inundaciones) y para eventos socio-naturales (incendios forestales o de cobertura vegetal) ocurridos en el municipio en el periodo entre 1949 y 2018; presenta además la caracterización de los escenarios de riesgo priorizados acorde con criterios de la frecuencia de ocurrencia y la severidad de estos eventos sobre el municipio. Los mapas de amenaza, vulnerabilidad y riesgo son tomados de los estudios existentes en el municipio para cada fenómeno y con ello, tomando como base la información catastral, se relacionan los elementos expuestos (población, áreas construidas, tipo de construcción, equipamientos colectivos), se establecen los mapas en condición de amenaza y en condición de riesgo, como lo manda el Decreto 1807 de 2014 (compilado en el Decreto 1077 de 2015). Estos aspectos son la base para determinar de manera preliminar, un estimativo de las posibles pérdidas que ocasionaría la ocurrencia de los fenómenos que constituyen los escenarios de riesgos. En el municipio y se proponen unas acciones para cada escenario. En el Componente Programático (Componente 2 del plan), se presenta el modelo para consignar la formulación de acciones específicas de gestión del riesgo, en virtud de los escenarios identificados. Esta sección define para cada escenario de riesgo unas estrategias y sus respectivas acciones, objetivos, metas a seguir como tratamiento del riesgo generado por cada escenario identificado; se establecen unos plazos y costos de ejecución. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 13 de 223 En la cuarta sección se dan algunas orientaciones sobre la ejecución, seguimiento y actualización del plan. Finalmente, en la última sección se presentan los formularios para la documentación del plan, en los cuales son sustentados con los elementos de la caracterización de los escenarios de riego, por lo cual cada uno de ellos tiene su respectivo vínculo a los archivos en formato de texto. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 14 de 223 1. FUNDAMENTOS DEL PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES ___________________________________________________________________________ 1.1. POLÍTICA NACIONAL SOBRE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Colombia, a lo largo y ancho de toda su geografía, es un territorio propenso a la ocurrencia de diversos tipos de fenómenos naturales como terremotos, erupciones volcánicas, inundaciones, deslizamientos, vientos fuertes, y otros de carácter antrópico como los incendios forestales o de cobertura vegetal, que a lo largo de la historia nacional, han generado situaciones de desastres que han cobrado la vida de un gran número de personas y causado la pérdida y daños de cuantiosos bienes materiales y la interrupción de numerosas actividades funcionales en el ámbito local, regional y nacional, generando con ello el incremento de las condiciones de vulnerabilidad. Al respecto, pueden citarse los desastres causados por los terremotos del 12 de diciembre de 1979 en Tumaco, 31 de marzo de 1983 en Popayán, 06 de junio de 1994 en Páez- Cauca, 25 de enero de 1999 en Armenia; la erupción volcánica del 13 de noviembre de 1985; los deslizamientos e inundaciones ocurridos en gran parte del país entre los años 2010 y 2011. Juan Carlos Echeverry, exdirector del Departamento de Planeación Nacional de Colombia, manifiesta que muchas de estas situaciones de desastres, independientemente de la magnitud o intensidad del evento que los genera, golpean fuertemente la economía nacional de Colombia de tal manera que se requieren fuertes sumas de dinero para la atención de la emergencia y, mucho más aún, para la recuperación posdesastre en pro de lograr los niveles sociales y económicos de desarrollo previos a la catástrofe (Echeverry, 2002). Para contrarrestar estas situaciones, el Estado colombiano, promueve la formulación de acciones en políticas públicas, como lo señala la Ley 1523 de 2012, tendientes a contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible. La misma Constitución Política Colombia de 1991, como norma de mayor jerarquía, en su Artículo 2, establece como fines esenciales del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, decretando además que las autoridades de la República deben proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Así, el Gobierno Nacional, considerando que el territorio colombiano es susceptible de padecer efectos negativos por la ocurrencia de fenómenos de origen natural y antrópicos, ha tomado decisiones en materia de legislación conducentes a realizar acciones de prevención y atención Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 15 de 223 de desastres, y de gestión del riesgo como etapa previa a las posibles situaciones de desastres. En la década del 80, como respuesta a las graves situaciones de desastres arriba señalas, en especial las causadas por los terremotos de 1979 en el Eje Cafetero y Tumaco, 1983 en Popayán y la erupción del Nevado del Ruiz en 1985 que destruyó la población de Armero en el departamento del Tolima, en el año 1984 se emite el Código Colombiano de Construcciones Sismoresistentes (reemplazado por la Norma Colombiana de Construcciones Sismoresistentes de 2010, NSR-10), luego se promulga la Ley 46 de 1988 que crea el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres (SNPAD), que luego va a ser organizado por el Decreto 919 de 1989, que a su vez soporta la Ley 09 de 1989 de Reforma Urbana, que define la responsabilidad de las autoridades municipales en relación a la seguridad de los habitantes en zonas urbanas ante los peligros naturales. El Decreto 919 de 1989 fue derogado por la Ley 1523 de 2012, mediante la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres en el territorio colombiano y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. La Ley 1523 de 2012 regula las acciones sobre la gestión del riesgo de desastres en Colombia, a través de la cual, en su artículo 37, se obliga a las autoridades departamentales, distritales y municipales a la formulación y concertación de un plan de gestión del riesgo de desastres en su respectiva jurisdicción, que debe estar en armonía con el plan de gestión del riesgo del nivel nacional. La ley 1523 de 2012 explícitamente precisa que la gestión del riesgo es un proceso social que se debe materializar de manera continua por procesos permanentes de planificación territorial y del desarrollo, constituyendo una política pública de desarrollo seguro y planificado, a través de la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos y acciones relacionadas con el conocimiento de las amenazas y las condiciones de vulnerabilidad; la reducción del riesgo, y el manejo de situaciones de desastres, que para su efectivo desarrollo deben estar contenidas en los instrumentos de planeación territorial, los Planes de Ordenamiento Territorial, y los planes de desarrollo según la regulan los artículos 39, 40 y 41 de la Ley 1523 de 2012. Al plantear la armonización del plan de gestión del riesgo de desastre con el plan de desarrollo y de planificación territorial, el legislador pretendió garantizar que la gestión del riesgo sea considerada como el elemento fundamental y condicionante para establecer el uso del suelo y la ejecución de proyectos infraestructura y de ocupación del territorio de tal manera que ellos no sean interrumpidos por situaciones de desastres y que, incluso, no configuren nuevas condiciones de riesgo. Este precepto no solo obra para las acciones de la administración pública si no que en ella también está inmersa la propiedad privada. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 16 de 223 Por tanto, el plan de gestión del riesgo en el municipio en concordancia con el decreto 1807 de 2014, debe definir los escenarios de riesgo prioritarios sobre la base de los diversos tipos de fenómenos amenazantes y la evolución de las condiciones de vulnerabilidad, de tal manera que defina claramente las zonas con condición amenaza y con condición de riesgo, asumiendo también la responsabilidad que en esta materia le descargan la Ley 388 de 1997 y el Decreto 879 de 1998, en el sentido de lograr una planificación segura y sostenible en los contextos urbanos y rural simultáneamente. Por tanto, los componentes que integran el plan municipal de gestión del riesgo deberán formular acciones tendientes a la protección de espacios o áreas urbanas y rurales públicas o privadas que garanticen el derecho a la vida, a gozar de un ambiente sano, haciendo prevalecer el principio de sostenibilidad ambiental y brindando protección de los derechos de la comunidad o sociedad que deberán primar frente al derecho de la propiedad privada, cuando el ente territorial requiera de ejecutar acciones tendientes a la reducción o mitigación del riesgo o la negativa de expansión del uso territorial por condiciones de vulnerabilidad. Dentro de esta armonía de las políticas públicas en beneficio de la gestión del riesgo de desastres, de la ley de gestión de riesgo de desastres se ha abstraído el mandato constitucional, de que será a través de la Ley orgánica de ordenamiento territorial donde se establecerá la distribución de competencias entre la Nación y las entidades Territoriales; competencias ejercidas a nivel territorial bajo los principios de Concurrencia, Coordinación, Sistémico y Subsidiaridad. Imponiéndose también el ejercicio de la función pública bajo los principios de igualdad, protección, solidaridad social, participativo, autoconservación, precaución y oportuna información (ver Artículo 3 de la Ley 1523 de 2012). Los principios de Coordinación, Concurrencia, Sistémico, Subsidiaridad y de Información Oportuna, que rigen el presente PMGRD, que a su vez son definidos por la Ley 1523 de 2012, se surten a través de las autoridades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD), que en orden jerárquico corresponden a: El Presidente de la República; el director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastre; el Gobernador en su respectiva jurisdicción, es el agente del presidente en materia de orden público y desarrollo, por lo que responde por la implementación de los procesos de conocimiento y reducción del riesgo y de manejo de desastres en el ámbito de su competencia, y es la instancia de coordinación de los municipios que existen en su territorio (Municipios que integran el Departamento – a través programas y proyectos de planificación del desarrollo departamental); y el Alcalde Municipal en su respectiva jurisdicción, es el responsable directo de la implementación de los procesos de gestión del riesgo en el municipio, incluyendo el conocimiento y reducción del riesgo y el manejo de desastres (ver Artículos 16 – 25 de la Ley 1523 de 2012). Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 17 de 223 En materia de gestión del riesgo, el sistema administrativo de coordinación de actividades estatales y particulares, está integrado a unos fines comunes donde se garantice el ejercicio de funciones y el logro de los fines del sistema nacional del riesgo de desastres. Estableciéndose para ello el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre – SNGRD -, integrado por entidades públicas, privadas y comunitarias, a través del cual se fijan las políticas, normas, procesos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos, y se maneja la información que se aplica de manera organizada para garantizar la gestión del riesgo en el país. De manera explícita, la gestión del riesgo de desastres es definida por el Artículo 1 de la Ley 1523 de 2012 y complementada en sus parágrafos 1 y 2 de la siguiente manera: Artículo 1°. De la gestión del riesgo de desastres. La gestión del riesgo de desastres, en adelante la gestión del riesgo, es un proceso social orientado a la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, estrategias, planes, programas, regulaciones, instrumentos, medidas y acciones permanentes para el conocimiento y la reducción del riesgo y para el manejo de desastres, con el propósito explícito de contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible. Parágrafo 1°. La gestión del riesgo se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo y, por lo tanto, está intrínsecamente asociada con la planificación del desarrollo seguro, con la gestión ambiental territorial sostenible, en todos los niveles de gobierno y la efectiva participación de la población. Parágrafo 2°. Para todos los efectos legales, la gestión del riesgo incorpora lo que hasta ahora se ha denominado en normas anteriores prevención, atención y recuperación de desastres, manejo de emergencias y reducción de riesgos. 1.2. NORMATIVIDAD NACIONAL SOBRE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Ley 46 de 1988, con esta ley se creó y organizó el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, estableciendo los objetivos y noción del Sistema Nacional, los aspectos a tener en cuenta del Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres. Además, estableció la necesidad de un Sistema Integrado de Información, la participación de entidades y organismos públicos y privados, y la aplicación del Plan Nacional en las actividades de planeación regional, departamental y municipal. Esta norma fue derogada por la ley 1523 del 2012. Así mismo se especifica el manejo de situaciones específicas de desastre, definiendo cómo se Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 18 de 223 declara una situación de desastre, el plan de acción específico, la dirección y coordinación, la participación de las entidades públicas y privadas para este tipo de situaciones, entre otras. Decreto 919 de 1989, por el cual se organizó el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y se dictan otras disposiciones. En este decreto se especificaron los objetivos e integrantes del Sistema Nacional, así como los aspectos del Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres, la participación de las entidades y organismos públicos y privados en su elaboración y ejecución y su inclusión en las actividades de planeación nacional, departamental y municipal. Este decreto fue sustituido por la Ley 1523 de 2012, dejando vigente solo el Inciso primero del artículo 70, que estableciendo que “El Fondo Nacional de Calamidades continuará funcionando como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadística, administrado conforme a lo dispuesto por el Decreto 1547 de 1984. Ley 02 de 1991, por la cual se modifica la Ley de Reforma Urbana, establece que los municipios deben levantar y mantener actualizados los inventarios de las zonas que presenten altos riesgos para la localización de asentamientos humanos y que los alcaldes contarán con la colaboración de las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres, para desarrollar las operaciones necesarias para eliminar el riesgo en los asentamientos localizados en dichas zonas. Para el año de 1993, se establece la Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones. En el numeral 9 del Artículo 1 se establece que “la prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento”. De manera particular, la Ley 99 de 1993, en el numeral 35 del Artículo 5, establece como una de las funciones del Ministerio del Medio Ambiente, hacer evaluación, seguimiento y control de los factores de riesgo ecológico y de los que puedan incidir en la ocurrencia de desastres naturales y coordinar con las demás autoridades las acciones tendientes a prevenir la emergencia o a impedir la extensión de sus efectos. Y el en numeral 41 de este mismo artículo le da la función de promover, en coordinación con el Ministerio de Gobierno, la realización de programas y proyectos de gestión ambiental para la prevención de desastres, de manera que se realicen coordinadamente las actividades de las entidades del Sistema Nacional Ambiental y las del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, creado por la Ley 46 de 1988 y reglamentado mediante el Decreto-Ley 919 de 1989. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 19 de 223 En torno a las funciones ambientales de los municipios, la Ley 99 de 1993, en el numeral 10 del Artículo 65, dicta que estos entes territoriales deben promover, cofinanciar o ejecutar, en coordinación con los entes directores y organismos ejecutores del Sistema Nacional de Adecuación de Tierras y con las Corporaciones Autónomas Regionales, obras y proyectos de defensa contra las inundaciones y regulación de cauces o corrientes de agua, para el adecuado manejo y aprovechamiento de cuencas y microcuencas hidrográficas. Ley 322 de 1996, por la cual se crea el Sistema Nacional de Bomberos de Colombia; en ella se define que es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, en forma directa o por medio de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, por lo que se crea el Sistema Nacional de Bomberos con el objeto de articular los esfuerzos públicos y privados para la prevención y atención de incendios, explosiones y demás calamidades conexas, haciendo parte del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. Ley 388 de 1997, por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 3 de 1991, y se dictan otras disposiciones, en su Artículo 3 (numeral 4) señala que el ordenamiento del territorio como función pública debe tener como uno de sus fines mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales, Así mismo, en el numeral 5 del Artículo 8, se establece que la función pública del ordenamiento del territorio municipal o distrital se ejerce mediante la acción urbanística de las entidades distritales y municipales, referida a las decisiones administrativas y a las actuaciones urbanísticas que les son propias, relacionadas con el ordenamiento del territorio y la intervención en los usos del suelo, señalando como una de las acciones urbanísticas, determinar las zonas no urbanizables que presenten riesgos para la localización de asentamientos humanos, por amenazas naturales, o que de otra forma presenten condiciones insalubres para la vivienda. Por otra parte, el literal d del numeral 1 en el artículo 10, establece que los municipios en la elaboración y adopción de sus Planes de Ordenamiento Territorial – POT –, deberán tener en cuenta las siguientes determinantes, que constituyen normas de superior jerarquía, las políticas, directrices y regulaciones sobre prevención de amenazas y riesgos naturales, el señalamiento y localización de las áreas de riesgo para asentamientos humanos, así como las estrategias de manejo de zonas expuestas a amenazas y riesgos naturales. Ley 400 de 1997 de reglamentación de las construcciones sismoresistentes. Esta ley establece los criterios y requisitos mínimos para el diseño, construcción y supervisión técnica de edificaciones nuevas, así como de aquellas indispensables para la recuperación de la comunidad con posterioridad a la ocurrencia de un sismo, que puedan verse sometidas a fuerza s sísmicas y otras fuerzas impuestas por la naturaleza o el uso, con el fin de que sean capaces de resistirlas, Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 20 de 223 incrementar su resistencia a los efectos que éstas producen, reducir a un mínimo el riesgo de la pérdida de vidas humanas, y defender en lo posible el patrimonio del Estado y de los ciudadanos. Decreto 879 de 1998, por medio del cual se reglamenta las disposiciones referentes al ordenamiento del territorio municipal y distrital y a los planes de ordenamiento territorial. Decreto 4002 de 2004, por el cual se reglamentan algunos artículos de la Ley 388 de 1997, establece en el parágrafo único del artículo 5 que por razones de excepcional interés público, o de fuerza mayor o caso fortuito, el alcalde municipal o distrital podrá iniciar en cualquier momento el proceso de revisión del Plan de Ordenamiento Territorial o de alguno de sus contenidos; dichas razones son: a) La declaratoria de desastre o calamidad pública de que tratan los artículos 18 y 48 del Decreto Ley 919 de 1989, por la ocurrencia súbita de desastres de origen natural o antrópico; b) Los resultados de estudios técnicos detallados sobre amenazas, riesgos y vulnerabilidad que justifiquen la recalificación de áreas de riesgo no mitigable y otras condiciones de restricción diferentes de las originalmente adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente. Decreto 3571 de 2011, por el cual se establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se integra el Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el numeral 17 del Artículo 2, establece como una de las funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio la de promover y orientar la incorporación del componente de gestión del riesgo en las políticas, programas y proyectos del sector, en coordinación con las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres. En el año 2011, el Gobierno Nacional reconoce las grandes falencias que tiene el país en la política de Prevención y Atención de Desastres, cuyo sistema es organizado por el decreto 919 de 1989, donde se evidencia la necesidad de mejorar y actualizar el desempeño de su direccionamiento, por lo cual toma la decisión de adoptar una visión integral de gestión del riesgo de desastres, que incluya el conocimiento y la reducción del riesgo y el manejo efectivo de desastres asociados con fenómenos naturales y humanos no intencionales. En este sentido, expide el Decreto 4147 de 2011, por el cual se crea la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, se establece su objeto y estructura. En el Artículo 3 se establece que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres tiene como objetivo dirigir la implementación de la gestión del riesgo de desastres, atendiendo las políticas de desarrollo sostenible, y coordinar el funcionamiento y el desarrollo continuo del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres SNPAD. Además, como una de sus funciones se erige la de formular y coordinar la ejecución de un plan nacional para la gestión del riesgo de desastres, realizar el seguimiento y evaluación del mismo (Artículo 4, numeral 5). Desde este momento, Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 21 de 223 sustentado en el Artículo 25, se obliga que todas las referencias que hagan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de gestión del riesgo de desastres y/o prevención y atención de desastres, al Ministerio del Interior y de Justicia, hoy Ministerio del Interior, y a la Dirección de Gestión del Riesgo, deben entenderse referidas a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. La Ley 1450 de 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014, en cuanto a la reducción de la vulnerabilidad fiscal del estado frente a desastres, en su Artículo 220, señala que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público diseñará una estrategia para el aseguramiento ante riesgos de desastres de origen natural y/o antrópico no intencional. Dicha estrategia estará orientada a la reducción de la vulnerabilidad fiscal del Estado. Además, en el Artículo 221, se indica que, para garantizar la no generación o reproducción de las condiciones de riesgo de desastre, el Gobierno Nacional podrá condicionar la asignación de recursos para procesos de reconstrucción en los municipios afectados por desastres naturales, a la revisión excepcional de los Planes de Ordenamiento Territorial, de acuerdo con el artículo 5° del Decreto 4002 de 2004. Ley 1523 de 2012, por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones. De conformidad con su Artículo 27, se ordena la creación de los Consejos departamentales, distritales y municipales de Gestión del Riesgo de Desastres, como instancias de coordinación, asesoría, planeación y seguimiento, destinados a garantizar la efectividad y articulación de los procesos de conocimiento del riesgo, de reducción del riesgo y de manejo de desastres en la entidad territorial correspondiente. De manera especial, en el Artículo 37, se establece que las autoridades departamentales, distritales y municipales formularán y concertarán con sus respectivos consejos de gestión del riesgo, un plan de gestión del riesgo de desastres y una estrategia para la respuesta a emergencias de su respectiva jurisdicción, en armonía con el plan de gestión del riesgo y la estrategia de respuesta nacionales. El plan y la estrategia, y sus actualizaciones, serán adoptados mediante decreto expedido por el gobernador o alcalde, según el caso, por otra parte, el parágrafo 2 del mismo Artículo 37, señala que los programas y proyectos de estos planes se integrarán en los planes de ordenamiento territorial, de manejo de cuencas y de desarrollo departamental, distrital o municipal y demás herramientas de planificación del desarrollo, según sea el caso. Decreto 1974 DE 2013, por el cual se establece el procedimiento para la expedición y actualización del Plan Nacional de Gestión del Riesgo. Este decreto considera que el Plan de Gestión del Riesgo, deberá contener los componentes, objetivos, programas, acciones, responsabilidades y presupuestos, mediante los cuales se ejecutan los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y de manejo de desastres, en el marco de la planificación del desarrollo nacional y territorial. Además, establece que la Unidad Nacional para la Gestión del Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 22 de 223 Riesgo de Desastres será la entidad encargada de elaborar y actualizar el Plan Nacional de Gestión del Riesgo. Decreto 1807 de 2014 (compilado en el Decreto 1077 de 2015), por el cual se reglamenta el artículo 189 del Decreto Ley 019 de 2012 en lo relativo a la incorporación de la gestión del riesgo en los planes de ordenamiento territorial y se dictan otras disposiciones, establece condiciones y escalas de detalle para incorporar la Gestión del Riesgo de Desastres en la revisión de mediano y largo plazo de un Plan de Ordenamiento Territorial (POT) o en su formulación, definiendo: La incorporación de manera gradual de la Gestión del Riesgo en la revisión del POT o en la formulación de un nuevo POT. La delimitación y zonificación de áreas de amenaza asociadas a fenómenos de: Movimientos en masa, Inundación Avenida torrencial, y, por último, la precisión para que los municipios expuestos a amenazas por otros fenómenos naturales (sísmicos, volcánicos, tsunami, entre otros) o de origen tecnológicos las evalúen con base en la información disponible y generada por las autoridades y sectores competentes. Arriba se han descrito en orden cronológico las principales normas que regulan la política de gestión del riesgo de desastres en Colombia, con el fin de que éstas sean interpretadas en el orden jerárquico que les compete, en la Figura 1.1 se presenta la pirámide de Jerarquía normativa en el sistema jurídico colombiano, junto con la correspondiente relación de con las normas de gestión del riesgo de desastres y otras conexas ya que esta involucra comunidades, el medio ambiente y el desarrollo sostenible de la nación. Las normas señaladas pretenden dar luces acerca de las conexiones normativas que en Colombia involucran la gestión del riesgo de desastres en los diferentes niveles territoriales. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 23 de 223 Constitución Política Leyes Decretos-Leyes Ordenanzas Departamentales Acuerdos Municipales Planes Programas Proyectos Figura 1.1. Jerarquía normativa en el sistema jurídico colombiano Fuente: Elaboración propia A continuación, acorde a la Figura 1.1, se reseñan en orden jerárquico y cronológico las normas vigentes en Colombia relacionadas con la gestión del riesgo de desastres y conexas. CONSTITUCIÓN POLÍTICA. FINES SOCIALES DEL ESTADO. PROTECCIÓN A LAS PERSONAS. ATRIBUCIONES DEL ALCALDE. LEYES Ley 70 de 1993. COMUNIDADES NEGRAS Y Ley 99 de 1993. LEY DEL MEDIO AMBIENTE Ley 134 de 1994. PARTICIPACIÓN CIUDADANA Ley 142 de 1994. SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS Ley 152 de 1994. LEY ORGÁNICA PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Ley 400 1997. CONSTRUCCIONES SISMORESISTENTES Ley 388 1997. DESARROLLO TERRITORIAL Ley 715 2001- SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES. RECURSOS COMPETENCIAS Ley 1454 2011. LEY ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (LOOT) Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 24 de 223 Ley 1523 2012. POLÍTICA NACIONAL Y SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Ley 1575 de 2012. LEY GENERAL DE BOMBEROS Ley 1931 de 2018. CAMBIO CLIMÁTICO DECRETOS REGLAMENTARIOS DECRETOS-LEY Decreto Ley 2811 de 1974 CODIGO RECURSOS NATURALES Decreto Ley 919 1989. PREVENCIÓN DE DESASTRES (art. 70) Decreto-Ley 4147 2011. UNIDAD DE GESTION DEL RIESGO Decreto Ley 019 2012. ESTATUTO ANTITRÁMITES (artículo 189) GESTIÓN RIESGO- POT Decreto - Ley 1077 2015. DECRETO UNICO REGLAMENTARIO SECTOR VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO DECRETOS Decreto 2190 1995. DERRAMES HIDROCARBUROS Decreto 969 1995. RED CENTROS DE RESERVA Decreto 2340 1997. INCENDIOS FORESTALES Decreto 93 de 1998. ATENCIÓN DE DESASTRES Decreto 879 1998. OBLIGATORIEDAD POT Decreto 1521 de 1998. COMBUSTIBLES Decreto 1609 2002. TRANSPORTE MERCANCÍAS PELIGROSAS Decreto 4002 2004. POT INCORPORACION RIESGO Decreto 3600 2007. SUELO RURAL Y ACTUACIONES URBANÍSTICAS Decreto 4550 2009. RECONSTRUCCION EDIFICACIONES Decreto 0926 2010. NORMA SISMO RESISTENTE NSR-10 Decreto 4580 2010. CALAMIDAD PÚBLICA OLEADA INVERNAL 2010 Decreto 1640 2012. ORDENACIÓN AGUA Y CUENCAS Decreto 1807 2014. INCORPORACIÓN GESTIÓN RIESGO EN POT Decreto 308 2016. PLAN NACIONAL GESTIÓN DEL RIESGO 2015-2025 Decreto 2157 2017. DIRECTRICES ELABORACIÓN PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS Decreto 1289 2018. FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 25 de 223 ORDENANZAS Y REGLAMENTOS DEPARTAMENTALES Ordenanza 400 de 2014. CREACION OFICINA DEPARTAMENTAL DE GESTION DEL RIESGO Ordenanza 439 de 2016. CREACION FONDO DEPARTAMENTAL DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES PLAN DEPARTAMENTAL DE GESTIÓN DEL RIESGO ACUERDOS MUNICIPALES Acuerdo 0373 de 2014 POT CALI PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL SANTIAGO DE CALI RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS – PROGRAMAS Y PLANES PLANES DE ORDENAMIENTO Y MANEJO DE CUENCAS (POMCAS) PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES PROGRAMAS FONDO DE ADAPTACIÓN (Macroproyecto Jarillón Cali) PLANES DE GESTIÓN AMBIENTAL RESOLUCION DAGMA 4133.0.21.790 DE 2015 (Suelos de Protección de Ronda Hídrica. Ríos, quebradas y acequias de Cali) 1.3. ELEMENTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES APLICABLES DESDE LA ÓPTICA MUNICIPAL Según el Artículo 5 de la Ley 1523 de 2012, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD), es considerado como el conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias, de políticas, normas, procesos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos, así como la información atinente a la temática, que se aplica de manera organizada para garantizar la gestión del riesgo en el país. De manera práctica el SNGRD se desarrolla como un Sistema de Gestión, el cual involucra una serie de procesos, acciones y tareas que se llevan a cabo sobre un conjunto de elementos Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 26 de 223 (personas, procedimientos, estrategias, planes, recursos, productos, etc.) para lograr el éxito sostenido de la reducción de los riesgos presentes en una comunidad, es decir, que busca disponer de capacidad para satisfacer las necesidades y las expectativas de las instituciones y la sociedad en general a largo plazo y de un modo equilibrado y sostenible. El SNGRD reconoce como actores específicos diferentes entidades públicas y privadas de carácter nacional, regional y local, involucrando también a la comunidad que, de acuerdo con su intervención en los procesos de desarrollo con sus actividades económicas, sociales, ambientales, culturales y participativas, es responsable la agudización o generación de nuevas situaciones de riesgos en el territorio. Desde este punto de vista, el SNGRD determina una estructura organizacional que a su vez determina las instancias de dirección del sistema en los diferentes niveles territoriales en los cuales se organiza el Estado colombiano, desde el Presidente de la República hasta el Alcalde distrital o municipal en su respectiva jurisdicción. Particularmente, el Artículo 14 de la Ley 1523 de 2012 define el rol de los Alcaldes en el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, señalando que como jefes de la administración local representan al Sistema Nacional en el Distrito y el municipio; indica además, que el alcalde, como conductor del desarrollo local, es el responsable directo de la implementación de los procesos de gestión del riesgo en el distrito o municipio, incluyendo el conocimiento y la reducción del riesgo y el manejo de desastres en el área de su jurisdicción. También ordena que los alcaldes deberán integrar en la planificación del desarrollo local, acciones estratégicas y prioritarias en materia de gestión del riesgo de desastres, especialmente, a través de los planes de ordenamiento territorial, de desarrollo municipal o distrital y demás instrumentos de gestión pública. 1.1.1. Estructura del SNGRD y Procesos de Gestión del Riesgo La Ley 1523 de 2012, en su artículo 7° reconoce cuatro elementos como los principales componentes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres: 1) La estructura organizacional, 2) Los Instrumentos de planificación, 3) Los sistemas de información y 4) Los mecanismos de financiación. En la Figura 1.2 se muestran los elementos básicos que describen cada componente. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 27 de 223 ESTRUCTURA MECANISMOS DE SISTEMA DE MECANISMOS DE ORGANIZACIONAL PLANIFICACIÓN INFORMACIÓN FINANCIACIÓN • Organización y •Plan Nacional de • Sistema nacional • Fondo nacional dirección Gestion del Riesgo de información para la gestión •Plan Naconal de para la gestión del riesgo • Funciones y Respuesta a del riesgo competencias Emergencia • Subcuentas para •Planes de • Sistema de la respuesta, • Instancias Ordenamiento información recostruccion, nacionales Territorial, Planes de sectorial conocimiento, Desarrollo, Planes de reducción y • Instancias Manejo de Cuencas • Sistema de protección territoriales •Planes departamentales, información financiera municipales y territorial • Instancias distritales de gestion sectoriales del riesgo de desastres Figura 1.2. Elementos básicos de los principales componentes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Fuente: Ley 1523 de 2012. Dado que el organismo legislativo en el país estableció que la gestión del riesgo se constituye en una política de desarrollo, indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo y, que está intrínsecamente asociada con la planificación del desarrollo seguro, con la gestión ambiental territorial sostenible, en todos los niveles de gobierno y la efectiva participación de la población, determina también que esta es una acción cuya responsabilidad es de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano. Por tanto, se establece que la gestión del riesgo es una responsabilidad que deben cumplir las entidades públicas, privadas y comunitarias a través de los diversos procesos, que en el artículo 6° de la Ley 1523 de 2012 son definidos como objetivos específicos del Sistema Nacional. Entendiéndose como proceso la secuencia lógica de acciones tendientes a lograr, por un lado, el mejor conocimiento de las condiciones y factores que determinan el riesgo en una comunidad, y, por el otro lado, la aplicación de medidas orientadas a la preparación y ejecución de la Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 28 de 223 respuesta a emergencias y posterior recuperación en caso de que se presente una situación de desastre. Así, los procesos definidos en la normatividad de la gestión del riesgo de desastres, al ser considerados como la espina medular del SNGRD, son la brújula que el quehacer general para adelantar el desarrollo sostenible teniendo presente las condiciones de riesgo actuales y futuras, y así contribuir a mejorar la calidad de vida. La Figura 1.3 ilustra de manera general el contenido del artículo 6° de la Ley 1523 de 2012, que identifica los procesos de Conocimiento del riesgo, Reducción del riesgo y Manejo de desastres, y sus respectivos subprocesos que deben ser aplicados por los municipios bajo la responsabilidad del Alcalde y su Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres. Figura 1.3 Procesos y subprocesos de la gestión del riesgo definidos en por el SNGRD en Colombia. Fuente: Tomada de la Guía para la formulación del PMGRD (UNGRD, 2012). Los procesos principales son definidos de la siguiente manera (Ley 1523 de 2012): Conocimiento del riesgo: Es el proceso de la gestión del riesgo compuesto por la identificación de escenarios de riesgo, el análisis y evaluación del riesgo, el monitoreo y seguimiento del riesgo Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 29 de 223 y sus componentes y la comunicación para promover una mayor conciencia del mismo que alimenta los procesos de reducción del riesgo y de manejo de desastre. Reducción del riesgo: Es el proceso de la gestión del riesgo, está compuesto por la intervención dirigida a modificar o disminuir las condiciones de riesgo existentes, entiéndase: mitigación del riesgo y a evitar nuevo riesgo en el territorio, entiéndase: prevención del riesgo. Son medidas de mitigación y prevención que se adoptan con antelación para reducir la amenaza, la exposición y disminuir la vulnerabilidad de las personas, los medios de subsistencia, los bienes, la infraestructura y los recursos ambientales, para evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de producirse los eventos físicos peligrosos. La reducción del riesgo la componen la intervención correctiva del riesgo existente, la intervención prospectiva de nuevo riesgo y la protección financiera. Manejo de desastres: Es el proceso de la gestión del riesgo compuesto por la preparación para la respuesta a emergencias, la preparación para la recuperación post-desastre, la ejecución de dicha respuesta y la ejecución de la respectiva recuperación, entiéndase: rehabilitación y recuperación. 1.1.2. La Gestión del Riesgo de Desastres como determinante en la inversión pública Históricamente, el territorio nacional colombiano, ha sido escenario de la ocurrencia de diversos tipos de fenómenos naturales que han dejado un gran número de víctimas humanas y cuantiosas pérdidas económicas y daños materiales. Ejemplo de la crítica situación social y económica que puede atravesar el país durante una situación de desastre, que no queremos repetir, se constituye con la experiencia dejada por el terremoto de Armenia en el año 1999, durante el gobierno del presidente Andrés Pastrana Arango. Los cálculos realizados por la CEPAL, muestran que los daños causados por este terremoto alcanzaron una magnitud del orden de 2,2% del PIB nacional en 1998; mientras que las pérdidas de acervo y de alteraciones en los flujos económicos considerados como daños directos e indirectos equivalen al 17% de las exportaciones que realizó el país en ese mismo año. Así, las pérdidas representaron el 9,7% de la formación bruta de capital del país en un año. De esta manera, las características y magnitud del daño establecieron que el país requería entre 4 y 5 años para lograr reponer el acervo perdido, con lo cual los efectos directos se percibirían en un periodo de varios años (CEPAL, 1999). Por su parte, Juan Carlos Echeverry, exdirector del Departamento Nacional de Planeación entre 2000 y 2002, en su libro las claves del futuro (Economía y Conflicto en Colombia), estipula que Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 30 de 223 el terremoto de Armenia trajo para Colombia una contingencia de gran magnitud al dejar un costo total de pérdidas equivalente a US$ 1.857 millones (US$ 1.668 millones en costos directos y US$ 189 millones en indirectos). Basándose en los cálculos de las pérdidas económicas y la población afectada por el terremoto de 1999, realiza una estimación de los posibles efectos que causaría otro terremoto similar a éste, determinando que el número de personas que directamente se verían afectadas es de 548 mil con un costo de US$ 1.632 millones, mientras que los indirectamente afectados serían 1,4 millones de personas, con un costo de US$ 177 millones. Así, la población directamente afectada sería de 3,8% de la nacional y la afectada indirectamente es del 10%, con un costo total del orden de US$ 1.810 millones (Echeverry, 2002). De esta manera, Echeverry (2002) plantea tres escenarios: optimista, medio y pesimista. En el escenario medio se asume la ocurrencia de un evento cada cuatro años, para lo cual estima que el valor por año sería de $554,8 mil millones de 1997, mientras que el escenario optimista presume que el sismo ocurra cada seis años, así el costo anual sería de $369 mil millones, y el escenario pesimista determina un evento cada dos años. En este caso, los costos anuales serán de $1.109,5 mil millones. De la misma manera, el mismo Echeverry (2002), analiza la contingencia para inundaciones. Para este caso no plantea escenarios; sin embargo, asumiendo que cada dos años se presenta una inundación grande en el país, muestra los desembolsos anuales que hace el gobierno para prevención, atención y rehabilitación ante fenómenos de inundaciones, lo cual estipula en $17,5 mil millones de 1997. Para el periodo 2010 – 2011 se presenta en Colombia una serie de eventos de inundaciones y movimientos en masa que en suma representan la mayor repercusión socioeconómica causada por fenómenos naturales en toda la historia del país obligando a realizar grandes inversiones económicas para la recuperación y rehabilitación en diversos sectores económicos y productivos. Se estima que el efecto causado por las lluvias e inundaciones en el año 2011 destruyó 0,56% del acervo de capital productivo (6,7 billones de pesos colombianos) y equivalente a 5,7% de la formación bruta de capital fijo de 2010, fundamentalmente a través de la afectación a la infraestructura vial, servicios públicos e infraestructura agrícola; si se incluye el capital residencial este porcentaje se eleva a 9,6% (CEPAL, 2012). Las cuantiosas pérdidas y afectaciones que viene teniendo el país por motivo de la ocurrencia de eventos naturales como los aquí señalados, requiere un cambio de paradigma en torno a la inversión pública y acciones para enfrentar este tipo de situaciones, no tanto concentrados en la Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 31 de 223 atención sino generar mecanismos de prevención y de reducción de condiciones de vulnerabilidad existentes. En este sentido, el cambio de paradigma es introducido en la Ley 1523 de 2012 como política nacional de gestión del riesgo de desastres, en reemplazo del Decreto 919 de 1989 que propendía por la prevención y atención de los desastres. Emerge como una nueva política de gestión tendiente, por un lado, a generar nuevo conocimiento sobre la dinámica natural y social en el territorio nacional que permita establecer las condiciones de las amenazas naturales y antrópicas no intencionales, así como determinar la distribución y tipificación de los elementos que a ellas se encuentran expuestos, y, por el otro, lograr una efectiva reducción de las condiciones de vulnerabilidad de la población y mitigación de los impactos negativos producidos por eventos adversos. Considerando que las obras de inversión pública son parte del proceso de desarrollo de los entes territoriales y la nación en general, es preciso señalar que dependiendo de cómo éstas se lleven a cabo, en el espacio geográfico donde se realicen se pueden tipificar procesos que en lo referente pueden conducir al incremento o reducción de las vulnerabilidades, o pueden potencializar o afrontar las amenazas naturales o provocadas como fuerte incidencia en la gestión del riesgo. Bajo este contexto, se requiere de instrumentos técnicos que permitan determinar en el ciclo y vida de los proyectos, los criterios, lineamientos y orientaciones para incorporar la gestión del riesgo bajo el concepto de inversión segura, en las fases de pre- inversión, inversión y post-inversión. En esta dirección, la Ley 1523 de 2012 crea mecanismo de fortalecimiento en el ámbito institucional mediante metodologías e instrumentos de gestión del riesgo en los procesos de inversión pública, así como en la planificación territorial y del desarrollo, buscando con ello contribuir a la seguridad, la calidad de vida de las personas y el desarrollo sostenible del país como propósito fundamental de la gestión del riesgo. Así, el Artículo 38 de la Ley 1523 de 2012 sobre la Incorporación de la gestión del riesgo en la inversión pública, obliga a que todos los proyectos de inversión pública que tengan incidencia en el territorio, bien sea a nivel nacional, departamental, distrital o municipal, deben incorporar apropiadamente un análisis de riesgo de desastres cuyo nivel de detalle estará definido en función de la complejidad y naturaleza del proyecto en cuestión. Este análisis deberá ser considerado desde las etapas primeras de formulación, a efectos de prevenir la generación de futuras condiciones de riesgo asociadas con la instalación y operación de proyectos de inversión pública en el territorio nacional. De igual manera, se señala que todas las entidades públicas y privadas que financien estudios para la formulación y elaboración de planes, programas y Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 32 de 223 proyectos de desarrollo regional y urbano, incluirán en los contratos respectivos la obligación de incorporar el componente de reducción del riesgo y deberá consultar los lineamientos del Plan aprobado de Gestión del Riesgo del Municipio o el Departamento en el cual se va ejecutar la inversión. 1.1.3. La gestión del riesgo de desastres como determinante de la planificación territorial y del desarrollo La planificación territorial y del desarrollo en el municipio es considerada como el pilar fundamental de la gestión pública, que se ejecuta como una actividad permanente del equipo de gobierno en cabeza del alcalde municipal, pero con la participación activa de la comunidad, para lograr mejor calidad de vida y el desarrollo integral y sostenible del municipio. La ejecución adecuada de las políticas de planificación territorial y del desarrollo los gobiernos locales transformar la realidad actual, reconstruir su tejido social y alcanzar el futuro deseado para su comunidad. En este sentido, la planificación territorial se desarrolla en diferentes etapas o niveles operativos determinando claramente Objetivos, Metas, Políticas, Estrategias, Instrumentos, Recursos, Programas, Proyectos, Actividades. En Colombia, las competencias y responsabilidades en materia de planificación territorial urbana y rural, del desarrollo y de gestión del riesgo se fijan en primera instancia en la Constitución Política, en las leyes y decretos mencionados arriba, que las desarrollan y organizan por medio de los sistemas nacionales de planeación, ambiental y de gestión del riesgo. El Sistema de Nacional de Planeación es regulado por la Ley 152/94, que en su Artículo 1 establece los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo 342, y en general por el artículo 2 del Título XII de la constitución Política y demás normas constitucionales que se refieren al plan de desarrollo y la planificación. El Sistema Nacional del Medio Ambiente es regulado por la Ley 99/93, y el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo por la Ley 1523 de 2012. Mientras que los Planes de Ordenamiento Territorial son regulados por la Ley 388 de 1997, que obliga a los municipios y departamentos colombianos a definir el modelo de ocupación hacia el cual se deben orientar todas las actuaciones que realicen en sus territorios en el marco de la formulación de sus respectivos Planes de Ordenamiento Territorial. La Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, reglamentada por la Ley 1523 de 2012, en sus artículos 39 y 40 determina que los planes de ordenamiento territorial, de manejo de cuencas hidrográficas y de planificación del desarrollo en los diferentes niveles de gobierno, deberán integrar el análisis del riesgo en los diagnósticos biofísico, económico y socioambiental Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 33 de 223 y, considerar el riesgo de desastres, como un condicionante para el uso y la ocupación del territorio, procurando de esta forma evitar la configuración de nuevas condiciones de riesgo. De esta manera, se obliga a las entidades territoriales a que en el corto plazo revisen y ajusten los planes de ordenamiento territorial y de desarrollo municipal y departamental, que, estando vigentes, no hayan incluido en su proceso de formulación la gestión del riesgo. De manera específica, el Articulo 41 de la Ley 1523 de 2012, señala que los organismos de planificación nacionales, regionales, departamentales, distritales y municipales, seguirán las orientaciones y directrices señalados en el plan nacional de gestión del riesgo y contemplarán las disposiciones y recomendaciones específicas sobre la materia, en especial, en lo relativo a la incorporación efectiva del riesgo de desastre como un determinante ambiental que debe ser considerado en los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, de tal forma que se aseguren las asignaciones y apropiaciones de fondos que sean indispensables para la ejecución de los programas y proyectos prioritarios de gestión del riesgo de desastres en cada unidad territorial. Del mismo modo, el artículo 2 del Decreto 1807 de 2014, en armonía con la Ley 1523 de 2012, establece que se deben realizar los estudios básicos para la revisión de los contenidos de mediano y largo plazo de los planes de ordenamiento territorial o la expedición de nuevos planes y en su ejecución se deben realizar los estudios técnicos detallados que conduzcan a la incorporación de la gestión del riesgo en la planificación territorial. 1.4. OBJETIVOS DE LA POLÍTICA MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES En armonía con la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres contemplada en la Ley 1523 de 2012 y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se establecen los objetivos de la Política Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres (PMGRD) para el municipio Santiago de Cali de la siguiente manera: 1.1.4. Objetivo General Orientar y llevar a cabo las acciones del Municipio y de la sociedad civil en cuanto a los procesos sociales de la gestión del riesgo como: conocimiento, reducción del riesgo y manejo de situaciones de desastres, con el propósito de ofrecer protección a la población en el territorio municipal, mejorar la seguridad, el bienestar y la calidad de vida y contribuir al desarrollo sostenible. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 34 de 223 1.1.5. Objetivo Específicos Los objetivos específicos de la política municipal son los siguientes: 1. Desarrollar, mantener y garantizar el proceso de conocimiento del riesgo 2. Desarrollar y mantener el proceso de reducción del riesgo 3. Desarrollar, mantener y garantizar el proceso de manejo de desastres 1.5. Premisas y alcance de los objetivos de la política municipal de gestión del riesgo de desastres. Objetivo 1. Desarrollar, Mantener y Garantizar el Proceso de Conocimiento del Riesgo Para contribuir con el cumplimiento de los fines esenciales del municipio en materia de proteger, brindar bienestar y calidad de vida de las personas, así como contribuir al desarrollo sustentable, se debe profundizar en el conocimiento de las dinámicas naturales y sociales en el territorio nacional con el fin de analizar las condiciones de amenazas y vulnerabilidades, que permitan la identificación de escenarios de riesgo, el análisis y evaluación del riesgo, el monitoreo y seguimiento del riesgo y sus componentes y la comunicación para promover una mayor conciencia del mismo, con el fin de alimentar los procesos de reducción del riesgo y de manejo de desastre. Esto se logra mediante acciones de corto y mediano plazo como: a) Identificación de escenarios de riesgo y su priorización para estudio con mayor detalle y generación de los recursos necesarios para su intervención. b) Identificación de los factores del riesgo, entiéndase: amenaza, exposición y vulnerabilidad, así como los factores subyacentes, sus orígenes, causas y transformación en el tiempo. c) Análisis y evaluación del riesgo incluyendo la estimación y dimensionamiento de sus posibles consecuencias. d) Monitoreo y seguimiento del riesgo y sus componentes. e) Comunicación del riesgo a las entidades públicas y privadas y a la población, con fines de información pública, percepción y toma de conciencia. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 35 de 223 Objetivo 2. Desarrollar y Mantener el Proceso de Reducción del Riesgo Con el fortalecimiento de las capacidades de la sociedad, el empoderamiento de las comunidades y la organización institucional como ejes fundamentales para la reducción efectiva del riesgo, se hace necesario el establecimiento de medidas y procesos de intervención dirigidos a modificar o disminuir las condiciones de riesgo existentes, entiéndase: mitigación del riesgo y a evitar nuevo riesgo en el territorio, es decir, aplicar medidas de prevención del riesgo, que se adoptan con antelación para reducir la amenaza, la exposición y disminuir las condiciones de vulnerabilidad de las personas y la comunidad en general, los medios de subsistencia, los bienes, la infraestructura y los recursos ambientales, para evitar o minimizar los posibles daños y pérdidas en caso de producirse los eventos físicos peligrosos. La reducción del riesgo se logra mediante acciones como: a) Intervención prospectiva mediante acciones de prevención que eviten la generación de nuevas condiciones de riesgo. b) Intervención correctiva mediante acciones de mitigación de las condiciones de riesgo existente. c) Protección financiera mediante instrumentos de retención y transferencia del riesgo. Objetivo 3. Desarrollar, Mantener y Garantizar el Proceso de Manejo de Desastres. Para lograr superar las posibles situaciones de desastres, el municipio debe lograr un efectivo fortalecimiento de la capacidad técnica, administrativa, financiera y operativa que le permitan agilizar, en las zonas áreas comunales afectadas, los procesos para la respuesta a emergencias, la preparación para la recuperación posdesastre, la ejecución de dicha respuesta y la ejecución de la respectiva recuperación, es decir, la rehabilitación y recuperación. Por supuesto, esta estrategia demanda del fortalecimiento de los planes operativos y la coordinación interinstitucional de entidades y organismos operativos locales como la Defensa Civil Colombiana, Cuerpos de Bomberos, Cruz Roja, Red de Hospitales, entre otros. El manejo efectivo de las situaciones de desastres se logra mediante acciones como: a) Preparación para la respuesta frente a desastres mediante organización, sistemas de alerta temprana, capacitación, equipamiento y entrenamiento, entre otros. b) Preparación para la recuperación, llámese: rehabilitación y reconstrucción. c) Respuesta frente a desastres con acciones dirigidas a atender la población afectada y restituir los servicios esenciales afectados. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 36 de 223 d) Recuperación, entiéndase la rehabilitación y reconstrucción de las condiciones socioeconómicas, ambientales y físicas, bajo criterios de seguridad y desarrollo sostenible, evitando reproducir situaciones de riesgo y generando mejores condiciones de vida. 1.6. INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES 1.1.6. Instancias de Orientación y Coordinación En términos generales, la Ley 1523 de 2012 en su artículo 15, establece diversas instancias de coordinación orientación del sistema nacional, cuyo propósito es optimizar el desempeño de las diferentes entidades públicas, privadas y comunitarias en la ejecución de acciones de gestión del riesgo. Las instancias señaladas en el orden nacional, proyectadas al ente territorial en el municipio Santiago de Cali, son las siguientes: 1. Secretaria Municipal para la Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres. 2. El Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres 3. Comité para el Conocimiento del Riesgo de Desastres de Santiago de Cali. 4. Comité para la Reducción del Riesgo de Desastres de Santiago de Cali. 5. Comité para el Manejo de Desastres de Santiago de Cali. De manera particular, el Artículo 27 de la Ley 1523 de 2012, que determina las instancias de Coordinación Territorial del SNGRD, faculta a los municipios para la creación del Consejo municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, como instancias de coordinación, asesoría, planeación y seguimiento, destinados a garantizar la efectividad y articulación de los procesos de conocimiento del riesgo, de reducción del riesgo y de manejo de desastres. Según el Artículo 28 de la misma ley, este consejo está dirigido por el alcalde municipal y debe incluir los funcionarios de la alcaldía y de las entidades descentralizadas del orden departamental, distrital o municipal y representantes del sector privado y comunitario. En el Artículo 29 de la Ley 1523 de 2012, al establecerse el funcionamiento de los consejos territoriales de gestión del riesgo, se específica que éstos tendrán un coordinador designado por el alcalde, para el caso de los municipios, cuyo nivel jerárquico deberá ser igual o superior a jefe de oficina asesora, quien deberá vigilar, promover y garantizar el flujo efectivo de los procesos de la gestión del riesgo. De manera más precisa, en el Parágrafo 1° de este mismo artículo, se regula que, en los departamentos, distritos y municipios con población superior a 250.000 habitantes, existirá una dependencia o entidad de gestión del riesgo, siempre que su Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 37 de 223 sostenimiento esté enmarcado dentro de las disposiciones de los artículos 3, 6 y 7 de la Ley 617 de 2000. Si dicha dependencia o entidad existiere o fuere creada, quien la dirija, tendrá en todo caso, rango igual o superior a jefe de oficina asesora y su objetivo será el de facilitar la labor del alcalde como responsable y principal ejecutor de los procesos de la gestión del riesgo en el municipio, coordinar el desempeño del consejo territorial respectivo, y coordinar la continuidad de los procesos de la gestión del riesgo, en cumplimiento de la política nacional de gestión del riesgo y de forma articulada con la planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial municipal. Así, acorde con los artículos 27 y 29 de la Ley 1523 de 2012, la alcaldía municipal de Santiago de Cali, crea la Secretaria de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres, el Fondo municipal para la Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres y el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres del municipio Santiago de Cali (CMGRD), como instancias y mecanismos para la coordinación, asesoría, planeación y seguimiento, destinados a garantizar la efectividad y articulación de los procesos de conocimiento del riesgo, de reducción del riesgo y manejo de desastres y calamidad pública. 1.5.1.1. Secretaria Municipal para la Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres En cumplimiento del Artículo 29 de la Ley 1523 de 2012, el municipio Santiago de Cali, mediante el Acuerdo No. 0387 del Consejo de Santiago de Cali, crea la Secretaría Municipal de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres, adscrita al Despacho del Alcalde, como dependencia encargada de garantizar la implementación, ejecución y continuidad de los procesos de gestión del riesgo en el Municipio de Santiago de Cali, de conformidad con la política nacional de gestión del riesgo, articulada con la planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial municipal. 1.5.1.2. El Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres El Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres, representa en el municipio la instancia de Coordinación Territorial definida en el artículo 27 de la Ley 1523 de 2012, teniendo como finalidad la coordinación, asesoría, planeación y seguimiento, destinados a garantizar la efectividad y articulación de los procesos de conocimiento del riesgo, de reducción del riesgo y de manejo de desastres en la entidad territorial correspondiente. En cumplimiento de ello, la Alcaldía Municipal de Santiago de Cali, mediante el Decreto 4110.20.0674 de 2012, modificado por el Decreto 4112.010.20.0305 del 19 de abril de 2017, conforma y organiza el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres como instancia Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 38 de 223 de coordinación, asesoría, planeación y seguimiento, destinado a garantizar la efectividad y articulación de los procesos de conocimiento, del riesgo, de reducción del riesgo y manejo de desastres en el Municipio de Santiago de Cali. De igual manera, con estos mismos actos administrativos, se designa como coordinador del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, al Secretario de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Emergencia y Desastres del Municipio de Santiago de Cali, quien vigilará, promoverá y garantizará el flujo efectivo de los procesos de la gestión de riesgo. 1.5.1.2.1. Funciones del Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres Como se señala en el Decreto 4110.20.0674 del 06 de septiembre de 2012, el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastre de Santiago de Cali, tiene las siguientes funciones: 1. Orientar y aprobar las políticas de gestión del riesgo y su articulación con los procesos de desarrollo. 2. Aprobar el plan municipal de gestión del riesgo. 3. Aprobar la Estrategia Municipal de respuesta a emergencias. 4. Emitir concepto previo para la declaratoria de situación de calamidad pública y retorno a la normalidad. 5. Asesorar al Alcalde en los temas y elementos necesarios para motivar la declaratoria de calamidad pública de que trata el artículo 57 de la Ley 1523 de 2012. 6. Aprobar los Planes de Acción Específicos para la recuperación posterior a situaciones de calamidad pública o desastre de que trata el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012. 7. Establecer las directrices de planeación, actuación y seguimiento de la gestión del riesgo. 8. Ejercer el seguimiento, evaluación y control de del sistema Nacional de Gestión del riesgo de Desastres a nivel municipal, y los resultados de las políticas de gestión del riesgo. 1.5.1.2.2. Integrantes del Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres El Decreto 4110.20.0674 de 2012, modificado por el Decreto 4112.010.20.0305 del 19 de abril de 2017, designa como integrantes del Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres de Santiago de Cali, los siguientes funcionarios: 1. El Alcalde, o su delegado quien la presidirá. 2. El Secretario de la Secretaria de Gestión del Riesgo de Emergencia y Desastres, conforme a los propósitos determinados en el Decreto Extraordinario 411.0.20.0516 del 28 de septiembre de 2016. 3. Los directores de las entidades de servicio público o sus delegados. 4. Un representante de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC). Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 39 de 223 5. El Director o quien haga sus veces de la Defensa Civil Colombiana dentro del Municipio de Santiago de Cali. 6. El Director o quien haga sus veces de la Cruz Roja Colombiana dentro del Municipio de Santiago de Cali. 7. Un Secretario de despacho, designado para ello por el señor Alcalde. 8. El Comandante de Policía o su delegado en el Municipio de Santiago de Cali. 9. El Comandante del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Santiago de Cali. 1.5.2. Comités para los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres La Alcaldía Municipal de Santiago de Cali, mediante el Decreto 4112.010.20.0531 del 02 de agosto de 2017, crea los Comités para la coordinación de los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y de manejo de desastres en la Secretaría de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres del Municipio de Santiago de Cali. 1.5.2.1. Integrantes del Comité para el Conocimiento del Riesgo de Desastres El artículo 2° del 112.010.20.0531 del 02 de agosto de 2017, designa como integrantes del Comité para el Conocimiento del Riesgo de Desastres de Santiago de Cali, los siguientes funcionarios: 1. El Secretario de Gestión del Riesgo de Emergencia y Desastres y/o quien haga sus veces, o su delegado. 2. El Subsecretario para el Conocimiento y la Reducción del Riesgo de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres y/o quien haga sus veces. 3. El Director Territorial del DANE o su delegado. 4. El Director de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) o quien haga sus veces, o su delegado. 5. El Director o quien haga sus veces del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en el nivel territorial o su delegado. 6. El Director o quien haga sus veces del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales de Colombia IDEAM o su delegado. 7. El Director o quien haga sus veces del Servicio Geológico Colombiano SGC (antes Ingeominas) o su delegado. 8. El Director de territorial Pacífico de Parques Nacionales Naturales de Colombia o quien haga sus veces o su delegado. 9. Los Secretarios de Despacho de la Administración Central Municipal, que se requieran. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 40 de 223 10. Los Directores de los Departamentos Administrativos de la Administración Central Municipal, que se requieran. 11. El Gerente de las Empresas Públicas Municipales de Cali – EMCALI o quien haga sus veces o su delegado. 12. El Gerente de Megaproyectos o quien haga sus veces o su delegado. 13. El Gerente de Gases de Occidente o quien haga sus veces o su delegado. 1.5.2.2. Integrantes del Comité para el Reducción del Riesgo de Desastres El artículo 4° del 112.010.20.0531 del 02 de agosto de 2017, designa como integrantes del Comité para la Reducción del Riesgo de Desastres de Santiago de Cali, los siguientes funcionarios: 1. El Secretario de Gestión del Riesgo de Emergencia y Desastres y/o quien haga sus veces, o su delegado. 2. El Subsecretario de Conocimiento y Reducción del Riesgo de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres y/o quien haga sus veces. 3. El Director de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) o quien haga sus veces, o su delegado. 4. Un representante de la federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda para el Municipio o quien haga sus veces o su delegado. 5. El Director de la Dirección Territorial Pacífico de Parques Nacionales Naturales de Colombia o quien haga sus veces o su delegado. 6. Los Secretarios de Despacho de la Administración Central Municipal, que se requieran. 7. Los Directores de los Departamentos Administrativos de la Administración Central Municipal, que se requieran. 8. Un representante de las universidades públicas que tengan en sus programas de especialización, maestría y doctorados en manejo, administración y gestión del riesgo, debidamente aprobado por el Ministerio de Educación Nacional. 9. Un representante de las universidades privadas que tengan en sus programas de especialización, maestría y doctorados en manejo, administración y gestión del riesgo, debidamente aprobado por el Ministerio de Educación Nacional. 10. El Gerente de las Empresas Públicas Municipales de Cali – EMCALI o quien haga sus veces o su delegado. 11. El Gerente de Megaproyectos o quien haga sus veces o su delegado. 12. El Gerente de Gases de Occidente o quien haga sus veces o su delegado. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 41 de 223 1.5.2.3. Integrantes del Comité para el Manejo de Desastres El artículo 6° del 112.010.20.0531 del 02 de agosto de 2017, designa como integrantes del Comité para el Manejo de Desastres de Santiago de Cali, los siguientes funcionarios: 1. El Secretario de Gestión del Riesgo de Emergencia y Desastres y/o quien haga sus veces, o su delegado. 2. El Subsecretario para el Manejo de Desastres y/o quien haga sus veces. 3. El Comandante del Ejército en la Jurisdicción del Municipio o su delegado. 4. El Comandante de la Fuerza Aérea o su delegado y/o Escuela de Aviación Militar Marco Fidel Suarez. 5. El Comandante de Policía Metropolitana de Cali o su delegado. 6. El Director de la Defensa Civil Seccional Valle o su delegado. 7. El Director de la Cruz Roja Colombiana Seccional Valle del Cauca o su delegado. 8. El Comandante del Benemérito Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cali o su delegado. 9. El Fiscal General de la Nación Seccional Cali o su delegado. 10. El Director del Instituto Colombiano de Medicina Legal y Ciencias Forenses Dirección Regional Suroccidente o su delegado. 11. El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Valle del Cauca o su delegado. 12. El Director o quien haga sus veces del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en el nivel territorial o su delegado. 13. El Gerente de las Empresas Públicas Municipales de Cali – EMCALI o quien haga sus veces o su delegado. 14. El Gerente de METROCALI o quien haga sus veces o su delegado. 15. El Gerente de Megaproyectos o quien haga sus veces o su delegado. 16. El Gerente de Gases de Occidente o quien haga sus veces o su delegado. 17. Los Secretarios de Despacho de la Administración Central Municipal, que se requieran. 18. Los Directores de los Departamentos Administrativos de la Administración Central Municipal, que se requieran. 1.5.3. Fondo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres Para los municipios, el mecanismo de financiación definido por el Artículo 7° de la Ley 1523 de 2012, es el Fondo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres. Teniendo presente que la gestión del riesgo es responsabilidad de todas las entidades, instituciones y organizaciones que influyen en el desarrollo del municipio, este fondo es un mecanismo para apalancar, ayudar, facilitar y mejorar la gestión del riesgo, y por consiguiente no excluye la apropiación de recursos Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 42 de 223 por parte de las demás entidades. Cabe señalar que el Fondo Municipal, es definido como un mecanismo de financiación que forma parte de los principales componentes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y no corresponde a una medida de protección financiera como parte de la reducción del riesgo. Es decir, que para garantizar el efectivo desarrollo y ejecución de la Gestión de Riesgo de Desastre en la Planificación del desarrollo sostenible a nivel Territorial, la ley en comento consagra, como Mecanismos de financiación la creación de un Fondo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastre que funcionara como una cuenta especial del Municipio, con independencia patrimonial, administrativa, contable y estadística; estableciéndose en el municipio la constitución de fondos propios de gestión del riesgo con el propósito de invertir, destinar y ejecutar sus recursos en adopción de las medidas de conocimientos y reducción del riesgo de desastre y para la preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción. Fondo que podrá estar estructurado y organizado en subcuentas destinadas para proyectos específicos conforme a la instancia de orientación y coordinación de la Secretaria Municipal de Gestión del Riesgo constituida a través de los diferentes comités que orientados al desarrollo de procesos de conocimiento y reducción de riesgo y de manejo de desastres cuyos objetivos se consideran de interés público. Así, el municipio Santiago de Cali, mediante el Acuerdo No. 0387 del Consejo de Santiago de Cali, crea el Fondo Municipal para la Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres, estableciendo que éste corresponde a una cuenta especial del presupuesto del Municipio, sin personería jurídica ni planta de personal, para la administración y manejo de los recursos destinados a la gestión del riesgo de emergencias y desastres, separada de las demás rentas del Municipio, conservando un manejo contable y presupuestal independiente y exclusivo dentro del presupuesto del Municipio, que permita identificar con precisión el origen y destinación de los recursos de cada fuente. Por tanto, se especifica que dicho Fondo que es de interés público tiene como objetivo, destinar y ejecutar los recursos obtenidos para la gestión del riesgo en el Municipio de Santiago de Cali, en la adopción de medidas de conocimiento, reducción del riesgo de desastres, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción, así como también en la implementación y continuidad de los procesos de conocimiento, reducción del riesgo de desastres y de manejo de desastres en coherencia con la Política Nacional de gestión del riesgo. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 43 de 223 1.5.4. Sistema Municipal de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres Según el artículo 7° de la Ley 1523 de 2012, el sistema de información, constituye uno de los componentes principales del SNGRD. De conformidad con el artículo 45 de la ley en mención, el Municipio, en el marco de las políticas, estándares y tecnologías que definen la infraestructura colombiana de datos espaciales, deberá poner en marcha, un sistema municipal de información para la gestión del riesgo de desastres, el cual debe mantenerse actualizado y funcional mediante la integración de contenidos de todas las entidades regionales y municipales, con el propósito de fomentar la generación y el uso de la información sobre el riesgo de desastres y su reducción y la respuesta a emergencias en el municipio y ofrecer el apoyo de información que demandan los gestores del riesgo en todos los niveles de gobierno. La implementación de un Sistema Integrado de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres para el municipio de Santiago de Cali, permitirá el libre acceso de la ciudadanía y las entidades pertinentes, a la información geoespacial y estadística obtenida en los diferentes proyectos y estudios de amenaza, vulnerabilidad y riesgo, que hayan sido desarrollados e implementados en el municipio. 1.6. EL PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Los Artículos 32 y 37 de la Ley 1523 de 2012 establecen que el municipio tiene la obligación de formular, implementar y concertar con sus respectivos consejos de gestión del riesgo un Plan Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres (PMGRD). El Artículo 33 de la citada ley define el PMGRD como el instrumento que determina los objetivos, acciones, responsables y presupuesto mediante las cuales se ejecutan los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y de manejo del desastre, en el marco del ordenamiento territorial y la planificación del desarrollo. Desde este punto de vista, el PMGRD, como se muestra en la Figura 1.4, se estructura de acuerdo a dos componentes principales: 1) Componente de Caracterización General de Escenarios de Riesgo y 2) Componente Programático. Dichos componentes se definen de la siguiente manera UNGRD (2012): 1. Componente de Caracterización General de Escenarios de Riesgo: describe de manera general las condiciones de riesgo del municipio e identifica medidas de intervención alternativas siguiendo el esquema de procesos de la gestión del riesgo. Corresponde a un componente de diagnóstico. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 44 de 223 2. Componente Programático: define el impacto o cambio que se espera introducir en el desarrollo del municipio, los resultados que se deben obtener para lograr ese cambio y las acciones concretas que se deben ejecutar para lograr los resultados propuestos, definiendo alcances, responsables y costos, entre otros aspectos. Figura 1.4. Estructura de un PMGRD. Fuente: UNGRD (2012). Bajo este marco normativo y metodológico, la Secretaria Municipal para la Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres de Santiago de Cali, ha elaborado el presente Plan Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres – PMGRD –, que ha sido revisado y aprobado por el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, y conforme al Artículo 37 de la Ley 1523 de 2012, será adoptado mediante decreto que expedirá el alcalde municipal. Según lo dispuesto en el Artículo 37 de la Ley 1523 de 2012, el presente plan se formula en armonía con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo con el fin de que Consejo Municipal de Gestión del Riesgo, de manera coherente oriente las políticas de gestión del riesgo y coordine las acciones de conocimiento, reducción del riesgo y manejo de desastres reconociendo los Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 45 de 223 diversos escenarios de riesgos en el entorno del municipio descritas en el presente documento, que ha sido soportado por los estudios y documentos técnicos existentes. 1.7. PRINCIPIOS GENERALES QUE ORIENTAN LA GESTIÓN DEL RIESGO EN EL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI Como se describe arriba, son múltiples y variadas las normas que en Colombia regulan la gestión del riesgo de desastres, expedidas por distintas autoridades de distintos niveles y en diversos períodos. Algunas de dichas normas guardan coherencia y jerarquía, otras no. En caso de confusión es necesario acudir a los principios ordenadores, pues ellos son el prisma, a través del cual debe mirarse este ordenamiento jurídico. Así, en concordancia con el Artículo 3 de la Ley 1523 de 2012, los principios generales que orientan la gestión del riesgo de desastres en el municipio Santiago de Cali son los siguientes: 1. Principio de igualdad: Todas las personas naturales en el municipio Santiago de Cali tendrán la misma ayuda y el mismo trato al momento de atendérseles con ayuda humanitaria, en las situaciones de desastre y peligro que se presenten en el entorno municipal. 2. Principio de protección: Los residentes en el Municipio Santiago de Cali deben ser protegidos por las autoridades en su vida e integridad física y mental, en sus bienes y en sus derechos colectivos a la seguridad, la tranquilidad y la salubridad públicas y a gozar de un ambiente sano, frente a posibles desastres o fenómenos peligrosos que amenacen o infieran daño a los valores enunciados. 3. Principio de solidaridad social: Todas las personas naturales y jurídicas, sean estas últimas de derecho público o privado, apoyarán con acciones humanitarias a las situaciones de desastre y peligro para la vida o la salud de las personas. 4. Principio participativo: Es deber de las autoridades y entidades que conforman el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres en el municipio Santiago de Cali, reconocer, facilitar y promover la organización y participación de comunidades étnicas, asociaciones cívicas, comunitarias, vecinales, benéficas, de voluntariado y de utilidad común. Es deber de todas las personas hacer parte del proceso de gestión del riesgo en su comunidad. 5. Principio de diversidad cultural: En reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas, los procesos de la gestión del riesgo deben ser respetuosos de las particularidades culturales de cada comunidad y aprovechar al máximo los recursos culturales de la misma. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 46 de 223 6. Principio del interés público o social: En toda situación de riesgo o de desastre, el interés público o social prevalecerá sobre el interés particular. Los intereses personales sectoriales y colectivos cederán frente al interés municipal, sin detrimento de los derechos fundamentales del individuo y, sin demérito, de la autonomía de las entidades sectoriales. 7. Principio de precaución: Cuando exista la posibilidad de daños graves o irreversibles a las vidas, a los bienes y derechos de las personas, a las instituciones y a los ecosistemas como resultado de la materialización del riesgo en desastre, las autoridades y los particulares aplicarán el principio de precaución en virtud del cual la falta de certeza científica absoluta no será óbice para adoptar medidas encaminadas a prevenir, mitigar la situación de riesgo. 8. Principio de sostenibilidad ambiental: El riesgo de desastre se deriva de procesos de uso y ocupación insostenible del territorio, por tanto, la explotación racional de los recursos naturales y la protección del medio ambiente constituyen características irreductibles de sostenibilidad ambiental y contribuyen a la gestión del riesgo de desastres. 9. Principio de gradualidad: La gestión del riesgo se despliega de manera continua, mediante procesos secuenciales en tiempos y alcances que se renuevan permanentemente. Dicha gestión continuada debe entenderse a la luz del desarrollo político, histórico y socioeconómico de la sociedad que se beneficia. 10. Principio de coordinación: La coordinación de competencias es la actuación integrada de servicios tanto estatales como privados y comunitarios especializados y diferenciados, cuyas funciones tienen objetivos comunes para garantizar la armonía en el ejercicio de las funciones y el logro de los fines o cometidos de los procesos de la gestión del riesgo de desastres. 11. Principio de oportuna información: Para todos los efectos de este plan, es obligación del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, mantener debidamente informadas a todas las personas naturales y jurídicas sobre: Posibilidades de riesgo, gestión de desastres, acciones de rehabilitación y construcción, así como también sobre las donaciones recibidas, las donaciones administradas y las donaciones entregadas. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 47 de 223 2. ELEMENTOS PARA LA CARACTERIZACIÓN DE LOS ESCENARIOS DE RIESGO En el marco de la formulación del plan de gestión de riesgo de desastre del municipio de Santiago de Cali se considera que para éste logre su apropiada armonización con los instrumentos de planificación territorial y del desarrollo, debe ser formulado bajo un estricto reconocimiento y caracterización de los escenarios de riesgo en términos de las relaciones socio ambientales que se expresan en los límites territoriales del municipio. En este sentido, en la presente sección se presentan los elementos mediante los cuales se realiza la caracterización de los escenarios de riesgo por fenómenos naturales de origen geológico, hidrometeorológico y socio-naturales, para lo cual se ha seguido una ruta metodológica materializada en acciones que parten del diagnóstico de la situación actual de los riesgos predominantes en el municipio Santiago de Cali. A partir de esto, se realiza una intensa búsqueda de documentos conducentes a establecer las condiciones históricas de los principales eventos naturales que han dejado algún tipo de afectación y daños en el municipio; con ello se establecen los criterios para la caracterización general de los escenarios de riesgo, que servirán de base para la formulación del componente programático del plan municipal de gestión del riesgo de desastres (Figura 2.1). Según los resultados del estudio de historicidad, los eventos naturales relevantes en el municipio Santiago de Cali para la caracterización de los escenarios de riesgo corresponden a sismos, movimientos en masa, inundaciones e incendios forestales. Figura 2.1.Esquematización de las acciones para la elaboración del PMGRD del municipio Santiago de Cali. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 48 de 223 De acuerdo con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, los escenarios de riesgo pueden entenderse como fragmentos o campos delimitados de las condiciones de riesgo del municipio, que posibilitan tanto la comprensión de los problemas como la priorización y formulación de las acciones de intervención, así como el seguimiento y evaluación de las mismas. Así, un escenario de riesgo se representa por medio de la caracterización de los factores de riesgo, sus causas, la relación entre causas, los actores causales, el tipo y nivel de daños que se pueden presentar, más la identificación de los principales factores que requieren intervención, así como las medidas posibles a aplicar y los actores públicos y privados que deben intervenir (UNGRD, 2012). Desde este punto de vista, la UNGRD (2012), establece diversos criterios para la identificación de los escenarios de riesgo, como se muestra en la Figura 2.2. Figura 2.2. Criterios para la identificación de escenarios de riesgo para la formulación del Plan Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres - PMGRD. Fuente: UNGRD, 2012. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 49 de 223 2.1. CRITERIOS PARA LA CARACTERIZACIÓN DE ESCENARIOS DE RIESGOS DEL PMGRD DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE CALI La caracterización de los escenarios de riesgo tiene como propósito tener un conocimiento de cada uno de los fenómenos que históricamente han afectado y pueden llegar a afectar al municipio y con ello se inicia el proceso de visualizar las principales medidas y estrategias que ayudarían a establecer el componente programático tendiente a la reducción del riesgo y el manejo de desastres en un corto mediano y largo plazo. Para la caracterización de los escenarios de riesgo en el presente plan municipal de gestión del riesgo, se tomó como insumos los estudios técnicos con los que cuenta el municipio para cada uno de los fenómenos naturales considerados, la reglamentación vigente, los resultados obtenidos en el estudio de historicidad de los eventos ocurridos en el municipio, las zonas afectadas reconocidas y verificadas en las salidas de campo y la información recogida en los talleres de participación y socialización de resultados. Metodológicamente, se partió de identificar el nivel de cumplimiento de los estudios técnicos con la normatividad, para posteriormente analizar las posibles afectaciones de los elementos expuestos en las áreas delimitadas de cada uno de los escenarios de riesgo y su correspondencia con las zonas identificadas en la historicidad y salidas de campo. Para esto se requirió de una descripción de manera cuantitativa y cualitativa de la información relacionada con: la población expuesta y los bienes materiales individuales (viviendas), colectivos (infraestructura de salud, educación, servicios, públicos, etc.), de producción (industrias, establecimientos de comercio, cultivos, pérdidas de empleo, etc.) y ambientales (cuerpos de agua, bosques, suelo, aire, ecosistemas en general). Es de suma importancia resaltar que los escenarios de riesgo caracterizados en el presente plan, fueron priorizados con base en los resultados del estudio de historicidad de eventos naturales realizado como estudio previo (ver informes anexos), y las afectaciones causadas por dichos eventos. Además, estos criterios fueron socializados y validados tanto por la Secretaría de Gestión del Riesgo de Emergencias y Desastres y por el Comité Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres del Municipio de Santiago de Cali. Conforme a esto, para el municipio de Santiago de Cali, la caracterización se realizó teniendo en cuenta los siguientes criterios de análisis: 1) Marco normativo, 2) El espacio biofísico, 3) El entorno, 4) Los actores, y 4) La condición de afectación (Figura 2.3). En documentos anexos se describe la caracterización de los escenarios de riesgo de los eventos ya señalados. Plan Municipal de Gestión de Riesgos

Secretaría De Gestión de Riesgos de Emergencias y Desastres Página 50 de 223 Figura 2.3. Esquema sobre los criterios utilizados para la caracterización de los escenarios de riesgos. Fuente. Elaboración propia • Marco normativo: es el elemento que orienta la caracterización de los escenarios de riesgo. Brinda la información necesaria que se debe tener en consideración desde el ámbito legal para guiar los procesos de caracterización y lograr articular los diferentes elementos de análisis que lo componen. Para cada uno de los fenómenos naturales considerados en este proceso, se tuvo en cuenta la normativa vigente desde el ámbito nacional al local, que orienta los procesos de caracterización, análisis de riesgos y de formulación de PMGRD. • El Espacio biofísico: constituye la base espacial de análisis, dado que involucra los elementos naturales sobre los cuales la población se asienta y desarrolla sus actividades. Contiene las características físicas del espacio geográfico de análisis que determinan o favorecen la ocurrencia de un determinado fenómeno, así como sus niveles de amenaza. Plan Municipal de Gestión de Riesgos


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