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Published by formacion, 2017-05-15 10:54:16

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Relación trabajo-salud: normativa sobreprevención de riesgos laborales. (Tema 20. 2 horas de duración)

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESIntroducción y objetivos del temaLa gestión de la explotación agraria ha evolucionado de manera considerable en los últimos 2años, transformándose en una actividad compleja que requiere el conocimiento de muchasdisciplinas entre las que se encuentra la Prevención de Riesgos Laborales.La mejora de las condiciones de seguridad en el trabajo es un objetivo suficiente para implantarun sistema de Prevención de Riesgos Laborales en las empresas. También se pueden valorarcriterios económicos, ya que en la mayoría de las ocasiones, los costes “ocultos” de losaccidentes (tiempo perdido, malestar entre trabajadores, sanciones administrativas, conflictoslaborales, etc.) son superiores a los costes asegurados.• Beneficios que aporta: - Ahorro de costes por reducción de accidentes-incidentes - Aumento de la productividad (del trabajo y de la calidad de las producciones) - Mejoras cualitativas: satisfacción de los trabajadores• Gastos que genera: - Evaluación y control de riesgos - Implantación y mantenimiento de medidas preventivas: materiales, humanas y organizativasAplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESIndice de temaIntroducción y objetivos del tema............................................................................. 2 3Indice de tema ......................................................................................................... 3Desarrollo teórico del tema ...................................................................................... 4 1. MARCO LEGISLATIVO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES...................... 4 2. LEY 31/1995 DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.. 5 2.1. Obligaciones Empresariales en Materia de Prevención de Riesgos Laborales 5 2.2. Obligaciones y Responsabilidades de los Trabajadores en Materia de Prevención de Riesgos Laborales........................................................................ 6 2.3. Obligaciones de Fabricantes, Importadores y Suministradores en Materia de Prevención de Riesgos Laborales........................................................................ 7 3. TÉCNICAS PREVENTIVAS ................................................................................. 7 4. SERVICIO DE PREVENCIÓN.............................................................................. 8 5. MODELOS DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN. ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN 9 6. EVALUACIÓN DE RIESGOS............................................................................. 10 7. INFRACCIONES Y SANCIONES........................................................................ 11 8. INFRACCIONES Y SANCIONES........................................................................ 12Resumen ................................................................................................................ 14Nota: Las imágenes empleadas en este documento, son propiedad de sus respectivos autores. Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESDesarrollo teórico del tema 1. MARCO LEGISLATIVO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 4La regulación de la prevención de riesgos laborales en España parte de la Constitución de 1978,que en varios de sus artículos trata los temas de seguridad y salud laboral y del derecho a laprotección de la salud.Posteriormente las Directivas Europeas reflejan este tema, con la intención de que los EstadosMiembros aproximen sus legislaciones en el tema de la prevención. En este sentido cabedestacar: • Directiva Marco de Seguridad en el Trabajo 89/391/CEE, que fija las principales normas que deben regir entre empresarios y trabajadores, así como las medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores en sus puestos de trabajo. • Directrices sobre seguridad del producto, que establecen los requisitos esenciales de seguridad que deben cumplir los productos para ser comercializados y la información que desde fábrica debe acompañar al artículo.La legislación española regula la prevención de riesgos laborales entre las que destacan: • Estatuto de los trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre), en el que se hace referencia a la seguridad e higiene en el trabajo.  Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre), que hace referencia a la protección de los trabajadores y sus familiares y define los accidentes de trabajo, las enfermedades profesionales y los grados de invalidez.  Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995 de 8 de noviembre), que procede de la transposición al derecho español de la Directiva Marco de Seguridad y Salud Laboral 89/391/CEE.  Ley 54/2003 de Reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, que refuerza la obligación de integrar la prevención de riesgos en la gestión general de la empresa a través de la implantación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Reglamento de los servicios de prevención (R.D. 39/1997), que aborda aquellos aspectos que hacen posible la prevención de los riesgos laborales como actividad integrada en el conjunto de actuaciones de la empresa y en todos los niveles jerárquicos de la misma. Existen otras disposiciones legales sobre seguridad y salud en el trabajo, relacionadas con los lugares de trabajo, los equipos de trabajo y los riesgos ambientales, entre otras.2. LEY 31/1995 DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 5 LABORALESEsta Ley tiene como objetivo la mejora de las condiciones de trabajo proporcionando lainformación y formación en la materia, así como la promoción de la seguridad y de la saludmediante la aplicación de medidas y actividades necesarias para la prevención de los riesgosderivados del trabajo.La aplicación de esta ley supone la implantación de una cultura de prevención en todos losniveles de la empresa, ya que establece derechos y deberes que afectan tanto al empresariadocomo a los trabajadores, así como a fabricantes, importadores, suministradores de maquinaria,equipos, productos y útiles de trabajo. Las Administraciones Públicas también se ven implicadasen distintos ámbitos, como el fomento de la prevención y de las actividades de formación yasesoramiento técnico en materia de prevención. 2.1. Obligaciones Empresariales en Materia de Prevención de Riesgos LaboralesLa Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario tiene el deber degarantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con eltrabajo. Las obligaciones legales de los empresarios son:• Planificar la actividad preventiva, incluyendo los medioshumanos, materiales y recursos económicos precisos para laconsecución de los objetivos propuestos.• Evaluación de riesgos, para detectar y valorar la magnitudde los riesgos que no hayan podido evitarse.• Proporcionar formación a los trabajadores, en temas de Imagen 1: Aplicación deseguridad y salud laboral. medidas de Prevención de Riesgos LaboralesAplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: 6 NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES • Proporcionar los equipos de trabajo y medios de protección adecuados a los trabajadores. • Informar a los trabajadores, en todo lo referente a los riesgos generales y específicos de cada puesto de trabajo, medidas de prevención y protección aplicables y medidas adoptadas para situaciones de emergencia. • Vigilar la salud de los trabajadores, mediante reconocimientos médicos periódicos y adecuados a los riesgos inherentes a cada puesto de trabajo. • En caso de detectar riesgos graves o inminentes, se deben adoptar medidas, como el abandono del puesto de trabajo. • Investigar los accidentes o daños para la salud. • Elaborar y conservar la documentación sobre Prevención de Riesgos Laborales en la empresa que, además, deberá estar a disposición de la autoridad laboral o sanitaria competente en la materia. • Disponer de medidas de emergencia, en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios, evacuación de heridos, etc. • Proporcionar la protección específica a determinados trabajadores, entre los que se encuentran discapacitados físicos o psíquicos, menores de edad, mujeres embarazadas, lactantes, etc. 2.2. Obligaciones y Responsabilidades de los Trabajadores en Materia de Prevención de Riesgos LaboralesLa Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a los trabajadores a velar por su propiaseguridad y salud y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividadprofesional a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, según sus posibilidades y de acuerdocon su formación y las instrucciones del empresario.Obligaciones: - Usar adecuadamente los equipos y máquinas de trabajo. - Utilizar los Equipos de Protección Individual correctamente, de acuerdo con la información proporcionada por el empresario.Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES- Emplear los dispositivos de seguridad de formacorrecta.- Informar tanto al empresario como a los compañerosde situaciones de riesgo.- Colaborar y cooperar con el empresario en el 7cumplimiento de las obligaciones establecidas enmateria de prevención y seguridad de los trabajadores.Responsabilidades: Imagen 2: Los EPI deben ser utilizados correctamente- El incumplimiento de algunas de estas obligaciones podrá sersancionado por el empresario de acuerdo con la gravedad de la falta, según los convenioscolectivos aplicables o el Estatuto de los Trabajadores. En ningún caso, la sanción podrá consistiren la reducción del periodo vacacional u otra disminución de los derechos de descanso deltrabajador.2.3. Obligaciones de Fabricantes, Importadores y Suministradores en Materia dePrevención de Riesgos LaboralesLos fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y útiles detrabajo están obligados a asegurar que estos no constituyan una fuente de peligro para eltrabajador, siempre que sean instalados y utilizados en las condiciones, forma y finesrecomendados.Los fabricantes, importadores y suministradores de elementos para la protección de lostrabajadores están obligados a asegurar la efectividad de los mismos siempre que seaninstalados y usados en las condiciones y de la forma recomendada.En ambos casos, están obligados a suministrar la información que indique la forma correcta deusarlos, las medidas preventivas que deben tomarse y los riesgos laborales que conlleve su usonormal, así como su manipulación o empleo inadecuado.3. TÉCNICAS PREVENTIVASConstituyen un conjunto de acciones o medidas adoptadas o previstas, en todas las fases de laactividad de la empresa, con el fin de evitar o disminuir la posibilidad de que un trabajador sufra Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: 8 NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESuna enfermedad, patología o lesión debido al trabajo que realiza. Dentro de las técnicaspreventivas se encuadran las siguientes: • Seguridad en el trabajo: conjunto de técnicas y procedimientos que se ocupan de detectar, reducir o eliminar el riesgo de que se produzcan accidentes de trabajo. • Higiene industrial: técnica no médica que identifica, evalúa y controla los factores ambientales que aparecen en los lugares de trabajo y que pueden provocar enfermedades profesionales. • Ergonomía: se ocupa del bienestar en el trabajo. Su objeto es adecuar el trabajo a la persona tratando de evitar daños para la salud. Imagen 3: Las medidas ergonómicas previenen daños en la salud de los trabajadores• Psicosociología: estudia la prevención de los daños a la salud causados por la organización deltrabajo.• Medicina del trabajo: tiene como objetivo la promoción de la salud mediante el conocimientode las consecuencias de las condiciones físicas y ambientales sobre los trabajadores, así como larehabilitación y curación de las enfermedades profesionales. 4. SERVICIO DE PREVENCIÓNConjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivasa fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores,asesorando y asistiendo al empresario, a los trabajadores y a sus representantes. Para ello, el Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: 9 NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESempresario deberá facilitar a dicho Servicio el acceso a la información y documentaciónrelacionada con la prevención.El Servicio de Prevención deberá proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo quenecesite en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a: - El diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación preventiva - La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores - La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia - La información y formación de los trabajadores - Prestación de primeros auxilios y planes de emergencia - La vigilancia a la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo 5. MODELOS DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN. ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓNEl Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) establece en su capítulo III, cincomodalidades para organizar las actividades de prevención de riesgos laborales en las empresas:a) Que el propio empresario asuma la prevención. Requisitos: - La empresa debe contar con menos de seis trabajadores. - Las actividades desarrolladas no puede estar incluida en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención. - El empresario debe desarrollar su actividad profesional, de forma habitual, en el centro de trabajo. - El empresario debe tener la capacidad correspondiente a las funciones que va a desarrollar.Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: 10 NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESb) Designar a uno o varios trabajadores para llevar a cabo la prevención. La selección de lostrabajadores estará condicionada por la formación en prevención que dispongan. No seráobligatorio designar a trabajadores cuando la empresa se acoja a otro modelo de gestión.c) Constituir un servicio de prevención propio. Deben contar con este servicio todas las empresascon más de 500 trabajadores y las empresas de entre 250 y 500 trabajadores, que realicenactividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención.d) Recurrir a un servicio de prevención ajeno.e) Constituir un servicio de prevención mancomunado entre varias empresas que reúnan ciertosrequisitos en común.Las empresas que no concierten el servicio de prevención con una entidad especializada,deberán someter su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa (sitienen servicio de prevención propio o mancomunado). Dicha auditoría se repetirá cada 5 añoso cuando así lo requiera la autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo ySeguridad Social.Las empresas con menos de seis trabajadores cuyas actividades no estén incluidas en el Anexo Idel Reglamento de los Servicios de Prevención, pueden solicitar la exención de dicha obligación. 6. EVALUACIÓN DE RIESGOSLa acción preventiva en la empresa la planifica el empresario a partir de una evaluación inicialde los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Dicha evaluación se realiza, concarácter general, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad, y en relación con aquellosque estén expuestos a riesgos especiales.De la misma manera, es necesario realizar una evaluación de riesgos para la elección de losequipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de loslugares de trabajo. La evaluación inicial tendrá en cuenta aquellas otras actuaciones que debandesarrollarse de conformidad con lo dispuesto en la normativa sobre protección de riesgosespecíficos y actividades de especial peligrosidad.La evaluación se realizará por personal competente, siguiendo el siguiente procedimiento: - Identificar los puestos de trabajo (o los trabajadores)Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: 11 NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES - Identificar los posibles peligros para cada puesto de trabajo - Valorar los riesgos que no se puedan eliminar - Señalar las medidas preventivas a tomar para cada uno de los peligros, que permitan minimizar el riesgo o sus consecuencias - Establecer un plan de acción para llevar a cabo las medidas preventivasCuando el resultado de la evaluación lo hiciera necesario, el empresario realizará controlesperiódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores, para detectarsituaciones potencialmente peligrosas.Si los resultados de la evaluación lo hicieran necesario, el empresario realizará aquellasactividades de prevención, incluidas las relacionadas con los métodos de trabajo y deproducción, que garanticen un mayor nivel de protección de la seguridad y la salud de lostrabajadores. Estas actuaciones deberán integrarse en el conjunto de las actividades de laempresa y en todos los niveles jerárquicos de la misma.Cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando, con ocasión dela vigilancia de la salud, aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultaninsuficientes, el empresario llevará a cabo una investigación al respecto, a fin de detectar lascausas de estos hechos. 7. INFRACCIONES Y SANCIONESEl incumplimiento por parte de los empresarios de sus obligaciones en materia de prevenciónde riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas y, en su caso, aresponsabilidades de tipo penal o civil por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dichoincumplimiento.Infracciones administrativasSe producen cuando por acción u omisión se incumpla la normativa sobre prevención de riesgoslaborales, recayendo la responsabilidad de estas infracciones sobre el empresario.Las infracciones recogidas en la Ley pueden ser sancionadas mediante la instrucción deloportuno expediente sancionador a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,conforme con el procedimiento administrativo especial establecido al efecto.Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESLas infracciones en el ámbito laboral se clasifican en leves, graves y muy graves en atención a lanaturaleza del deber infringido y la entidad del derecho afectado. 12 Imagen 4: La adecuada señalización de los peligros puede evitar accidentesLas sanciones por las infracciones administrativas podrán imponerse en los grados de mínimo,medio y máximo en función de una serie de criterios como la peligrosidad de la actividad, lagravedad de los daños producidos, el número de trabajadores afectados o las medidas deprotección adoptadas por el empresario, entre otros.La responsabilidad administrativa será compatible con la civil por daños y perjuicios, así comocon el recargo de prestaciones de la Seguridad Social, si los daños se deben a falta de medidasde seguridad. 8. INFRACCIONES Y SANCIONESEl incumplimiento por parte de los empresarios de sus obligaciones en materia de prevenciónde riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas y, en su caso, aresponsabilidades de tipo penal o civil por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dichoincumplimiento.Infracciones administrativasSe producen cuando por acción u omisión se incumpla la normativa sobre prevención de riesgoslaborales, recayendo la responsabilidad de estas infracciones sobre el empresario. Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: 13 NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESLas infracciones recogidas en la Ley pueden ser sancionadas mediante la instrucción deloportuno expediente sancionador a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,conforme con el procedimiento administrativo especial establecido al efecto.Las infracciones en el ámbito laboral se clasifican en leves, graves y muy graves en atención a lanaturaleza del deber infringido y la entidad del derecho afectado.Las sanciones por las infracciones administrativas podrán imponerse en los grados de mínimo,medio y máximo en función de una serie de criterios como la peligrosidad de la actividad, lagravedad de los daños producidos, el número de trabajadores afectados o las medidas deprotección adoptadas por el empresario, entre otros.La responsabilidad administrativa será compatible con la civil por daños y perjuicios, así comocon el recargo de prestaciones de la Seguridad Social, si los daños se deben a falta de medidasde seguridad.Infracciones civilesSe producen como consecuencia del daño (lesión laboral derivada del accidente o enfermedad)causado a los trabajadores, por culpa o negligencia. La responsabilidad civil se imputa a lapersona o entidad de cuya intervención derive racionalmente el daño (empresario, directivos,técnicos, suministradores, fabricantes, etc).Estas infracciones se rigen por el código civil.Las sanciones se corresponden con una indemnización que el trabajador reclama al responsablecivil por los daños ocasionados con motivo de su actividad laboral.Infracciones penalesSe producen cuando se comete delito contra la vida, la salud, seguridad e higiene o la integridadfísica y/o psíquica del trabajador. Se rigen por el código penal (art. 316 a 318).La infracción penal puede generar además responsabilidad civil.Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado

RELACIÓN TRABAJO-SALUD: NORMATIVA SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALESResumenLa Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene dos grandes objetivos, mejorar las condiciones 14de trabajo promocionando la información y formación en la materia, y promover la seguridad yla salud mediante la aplicación de medidas y actividades necesarias para la prevención de losriesgos derivados del trabajo.La aplicación de esta ley supone la implantación de una cultura de prevención en todos losniveles de la empresa, ya que establece derechos y deberes que afectan tanto al empresariadocomo a los trabajadores. Las Administraciones Públicas también se ven implicadas en distintosámbitos.El incumplimiento por parte de los empresarios de sus obligaciones en materia de prevenciónde riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas y, en su caso, aresponsabilidades de tipo penal o civil por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dichoincumplimiento. Aplicación de Plaguicidas Nivel Cualificado


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