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Sesion 9 2019

Published by jessica, 2019-05-31 19:55:33

Description: Sesion 9 2019

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SANCIONES Sanciones en la Ley de los ingresos de la Federación 2018 Incumplimiento de los plazos para la atención de los 1 hasta 15,000 veces valor diario de UMA requerimientos: información, documentación, aseguramiento, desbloquedo de cuentas, transferencia, situación de fondos. Del 10 al 100% del monto del reporte de la operación inusual que no se hubiera enviado Infracciones a las DCG Del 10 al 100% del monto del acto, operación o servicio que se realice con un cliente o usuario de la que se haya informado que se encuentra en la lista de personas bloqueadas. O con multa equivalente en moneda nacional de 10 hasta 100,000 veces el valor diario de la UMA, en el caso de cualquier otro incumplimiento a las referidas disposiciones.

Sanciones en Art. 115 de la LIC Realizar operaciones con algun cliente/usuario que se haya Del 10 al 100% del monto del acto, operación o informado que se encuentra en las Lista de Personas Bloqueadas servicio relacionado. Del 10 al 100% del monto de la operación o serie Operación inusual no reportada de operaciones relacionadas entre sí del mismo cliente y/o usuario Operaciones relevantes no reportadas Operaciones internas preocupantes no reportadas De 10,000 a 100,000 días de SMGV o UMA (2018) Transferencias internacionales no reportadas LIC y LMV: De 30,000 a 100,000 días de SMGV o Operaciones en efectivo on USD no reportadas UMA (2018) Conocimiento del cliente (Perfil transaccional/grado de riesgo) Expedientes de identificación de los clientes LAP, LSOCAP 1000 A 30,000 días SMGV o UMA Conservación de la información LUC, LGOAAC 2000 A 30,000 días SMGV o UMA Sistemas automatizados LIC, LMV De 5,000 a 50,000 días de SMGV o UMA Otros incumplimientos con la Ley y Disposiciones

Sanciones en Art. 108 de LIC SANCIONES GRAVES POR INFRACCIÓN De acuerdo con el artículo 107 Bis de la LIC se 1. Manual PLD/FT no presentado considerará lo siguiente: 2. Operaciones no reportadas 1. El impacto a terceros o al SFM 3. No contar con un Sistema Automatizado 3. La reincidencia, las causas que la originaron y, en 4. No establecimiento de las Estructuras Internas su caso, las acciones correctivas. 5. Proporcionar información falsa o que dolosamente 4. La reincidencia se podrá sancionar hasta el doble de la prevista originalmente. induzca al error, por ocultamiento u omisión. 5. La cuantía de la operación. 6. La condición económica del infractor 7. La naturaleza de la infracción cometida.

ACTIVIDAD DE REPASO

Menciona al menos 5 obligaciones mínimas.

¿Qué es la política de identificación del cliente?

¿Qué datos debes recabar para el expediente de identificación?

Elige cuáles son las autoridades del SFM que diseñan el marco normativo de PLD y FT ❖ Secretaría de Hacienda y Crédito Público ❖ Banco de México ❖ Comisión Nacional Bancaria y de Valores ❖ Procuraduría General de la República

1. Los reportes se conservan por mínimo _____ años 2. Los expedientes de identificación de clientes se conservan por mínimo ____ años *Punto extra: De las recomendaciones del GAFI, ¿Cuál habla de la conservación de expedientes?

Es un extracto de una recomendación del GAFI: a) Obtengan la aprobación de la alta gerencia para establecer (o continuar, en el caso de los clientes existentes) dichas relaciones comerciales; b) Tomen medidas razonables para establecer la fuente de riqueza y la fuente de los fondos; y c) Lleven a cabo un monitoreo continuo intensificado de la relación comercial.

Describe qué es una operación inusual con un ejemplo.

Perfil transaccional: 1. ¿Qué es? 2. ¿Cómo se mide? 3. ¿Cómo se da seguimiento?

¿Qué tipo de entidad presenta reporte de montos totales de divisas? *Punto extra: ¿Cada cuándo se presenta este reporte?

Describe qué es una operación relevante con un ejemplo.

¿A partir de cuánto es el monto de las operaciones en moneda o cheques de viajero donde se consideran mecanismos de escalamiento de aprobación?

Debe exigirse a las instituciones financieras que implementen programas contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Debe exigirse a los grupos financieros que implementen a nivel de todo el grupo programas contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, incluyendo políticas y procedimientos para intercambiar información dentro del grupo para propósitos ALA/CFT. ¿A qué Recomendación del GAFI hacemos referencia?

Una entidad financiera no presentó reportes de operaciones inusuales ¿Qué infracción o sanción puede aplicar CNBV?

Eres una SOFINCO y tu cliente realiza una transferencia internacional por un monto de $17,500 MXN. ¿Qué tipo de reporte debes presentar?

De acuerdo a la Recomendación 20: Reporte de operaciones sospechosas, ¿Quién debe recibir los reportes de las instituciones financieras donde sospechan de alguna operación vinculada a LD/FT?



ENFOQUE BASADO EN RIESGOS INTERNACIONAL

1. RECOMENDACIÓN 1: Evaluación de riesgos y aplicación de un EBR*

Los países deben identificar, evaluar y entender sus riesgos de lavado de activos/financiamiento del terrorismo, y deben tomar medidas, incluyendo la designación de una autoridad o mecanismo para coordinar acciones para evaluar los riesgos, y aplicar recursos encaminados a asegurar que se mitiguen eficazmente los riesgos. Con base en esa evaluación, los países deben aplicar un enfoque basado en riesgo (EBR) a fin de asegurar que las medidas para prevenir o mitigar el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo sean proporcionales a los riesgos identificados.

Este enfoque debe constituir un fundamento esencial para la asignación eficaz de recursos en todo el régimen antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo (ALA/CFT) y la implementación de medidas basadas en riesgo en todas las Recomendaciones del GAFI. Riesgos = Medidas Intensificadas Riesgos = Medidas Simplificadas

NI: Obligaciones y decisiones para las instituciones financieras y las APNFD 1. Evaluación del riesgo Debe exigirse a las instituciones financieras y las APNFD que tomen medidas apropiadas para identificar y evaluar sus riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo: • Clientes • Países • Áreas geográficas • Productos • Servicios • Transacciones • Canales de envío

Éstas deben: 1. Documentar esas evaluaciones para poder demostrar sus bases 2. Mantener estas evaluaciones actualizadas 3. Contar con los mecanismos apropiados para suministrar información acerca de la evaluación del riesgo a las autoridades competentes. La naturaleza y el alcance de estas evaluaciones de los riesgos deben corresponder con la naturaleza y la dimensión de la actividad comercial.

2. Administración y mitigación del riesgo: 1. Cuenten con políticas, controles y procedimientos que les permitan administrar y mitigar con eficacia los riesgos que se hayan identificado. 2. Monitoreen la implementación de esos controles y que los intensifiquen, de ser necesario. 3. Las medidas tomadas deben corresponderse con los requisitos nacionales. 3. Riesgo mayor 4. Riesgo menor

• ¿Qué es un Riesgo? • ¿Qué tipos de riesgos conoces? • ¿A qué riesgos se enfrenta tu Entidad?

AMENAZA VULNERABILIDAD CONSECUENCIA Es una persona o grupo de personas, objeto o actividad Comprende aquellas cosas que Se refieren al impacto o daño con el potencial de dañar, por se pueden explotar por la que el LD o FT puede causar, ejemplo, al Estado, la sociedad, amenaza o que pueden sustentar o facilitar sus incluyendo el efecto de la la economía, etc. actividades. actividad criminal o terrorista subyacente en los sistemas La amenaza usualmente sirve En el contexto de la evaluación financieros e instituciones, así como un punto de partida de riesgos de LD/FT, consiste en como en la economía y la esencial en el desarrollo de la los factores que representan sociedad de manera más comprensión de los riesgos de debilidades en los sistemas, LD/FT, ya que consiste en tener controles de prevención de general. una comprensión del entorno LD/FT de un país. IMPACTO en el que se comenten los delitos precedentes y cómo se También pueden incluir genera el producto del delito características de un sector para identificar su naturaleza (y particular, un producto si es posible, su tamaño o financiero o tipo de servicio que volumen). los hace atractivos para propósitos de LD/FT. PROBABILIDAD

Vulnerabilidad ¿Qué es el Riesgo? ¿Qué es el riesgo? Se puede percibir como una función de tres factores: amenaza, vulnerabilidad y consecuencias. Amenaza Consecuencia RIESGO= PROBABILIDAD X IMPACTO

3. GUÍA DE ENFOQUE BASADO EN RIESGOS PARA EL SECTOR FINANCIERO

GENERALIDADES ✓ Guía publicada en 2014 ✓ Basada en los estándares del GAFI ✓ Dirigida a países, supervisores bancarios y bancos. ✓ Busca desarrollar medidas para mitigar los riesgos de LD y FT. ✓ Dividida en 3 secciones: EBR, Guía para Supervisores y Guía para Bancos.

PROPÓSITOS: ✓ Principios que deben ponerse en práctica en la aplicación de un enfoque basado en riesgo de ALA/CFT. ✓ Colaborar con los países, las autoridades competentes y los bancos para el diseño y puesta en práctica. ✓ Contribuir para una supervisión y puesta en marcha efectiva de las medidas de mitigación nacionales. ✓ Complemento para la aplicación de las Recomendaciones.

ESTRUCTURA: ¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO? ▪ Países y a sus autoridades competentes. ▪ Supervisores bancarios. ▪ Profesionales del sector bancario.

COMPOSICIÓN DE LA GUÍA Dividida en Tres Secciones: 1. Enfoque Basado en Riesgo 2. Guía para Supervisores Bancarios 3. Guía para Bancos

SECCIÓN I: ENFOQUE BASADO EN RIESGO

ENFOQUE BASADO EN RIESGO Significa que países, autoridades competentes e instituciones financieras, deben identificar, evaluar y entender los riesgos en LA/FT a los que están expuestos y adoptar las medidas adecuadas para mitigar de manera efectiva dichos riesgos.

GENERALIDADES • Se debe analizar y tratar de entender la forma en que los riesgos identificados afectan a los Países, Supervisores y Entidades. • El EBR no es un enfoque infalible • La aplicación de un EBR es un pre-requisito para aplicar las 40 Recomendaciones.

ELEMENTOS CLAVE PARA ENTENDER EL EBR

UNA MISMA IDEA Busca identificar, evaluar y comprender el riesgo de LD/FT al que están expuestos y mitigarlos. UN NUEVO ENFOQUE Permite adoptar medidas de control y recursos de manera efectiva, enfocando los esfuerzos de la mejor manera posible. UNA APLICACIÓN ESTÁNDAR Extender las medidas de control requeridas para nuevos sectores financieros y vulnerables, siempre en función del grado riesgo.

RETOS 1. Asignación de responsabilidades en un EBR Un régimen eficaz basado en el riesgo toma como punto de partida el enfoque legal y normativo del país, así como su naturaleza, diversidad y madurez de su sector financiero, y su perfil de riesgo. La evaluación e identificación del riesgo en LA/FT de los bancos, debe tomar en cuenta las evaluaciones de riesgo nacionales de conformidad con la Recomendación 1, y considerar el marco legal y normativo nacional. Los países también deben tomar en cuenta la evidencia con que cuentan las autoridades competentes en cuanto al nivel de cumplimiento del sector bancario y el enfoque del sector para hacer frente al riesgo de LA/FT.

2. Identificación del riesgo de LA/FT. El acceso a la información precisa, oportuna y objetiva sobre los riesgos de LA/FT, es un requisito previo para un EBR eficaz. Los países deben contar con mecanismos que faciliten el intercambio de información apropiada sobre los resultados de las evaluaciones de riesgo a todas las autoridades competentes relevantes, instituciones financieras y otras partes interesadas.

3. Evaluación del riesgo de LA/FT Implica que los países, autoridades competentes y bancos, deberán determinar cómo los afectarán las amenazas de LA/FT que han sido identificadas. Deben analizar la información obtenida con objeto de entender la probabilidad de que ocurran estos riesgos, y cuáles serían sus impactos en los bancos en lo individual, el sector bancario y, posiblemente, en la economía nacional de las instituciones financieras de importancia sistémica, en caso de ocurrir. Como resultado de la evaluación de riesgos, se pueden establecer las categorías: bajo, medio y alto, y posibles combinaciones entre las mismas. La evaluación y comprensión de los riesgos significa que las autoridades competentes y los bancos deben contar con personal capacitado y de confianza que haya sido reclutado a partir de la aprobación de exámenes relativos adecuados.

4. Mitigación del riesgo de LA/FT Las Recomendaciones del GAFI requieren que al aplicar un EBR, los bancos, países y autoridades competentes, establezcan cuál es la forma más eficaz de mitigar el riesgo de LA/FT que han identificado. Esto implica mejorar las medidas para manejar y mitigar las situaciones en las que el riesgo de LA/FT es superior; y de igual forma, en situaciones de bajo riesgo, se apliquen exenciones o medidas simplificadas.

5. Desarrollo de un entendimiento común de EBR. La eficacia de un EBR depende de un entendimiento común de las autoridades competentes y los bancos en cuanto a qué es lo que implica el EBR, cómo debe aplicarse y la forma en que deben abordarse los riesgos de LA/FT. Además de un marco jurídico y normativo que explique en detalle el grado de discrecionalidad, los bancos deben hacer frente a los riesgos que identifican, y es importante que las autoridades competentes y los supervisores en particular, proporcionen Guía a los bancos en cuanto a la forma en que se espera que éstos cumplan sus obligaciones jurídicas y normativas con una percepción de ALA/CFT adecuada.

SECCIÓN II: GUÍA PARA SUPERVISORES

Esta segunda sección de la guía va dirigida a los supervisores de las Entidades Financieras en cada país, es decir, en nuestro caso, esta guía corresponde a la CNBV y cómo debe implementar un Enfoque Basado en Riesgo.

La Recomendación 26: Regulación y supervisión de las instituciones financieras* exige que los países sujeten a los bancos a una regulación y supervisión adecuadas de ALA/CFT.

La NI R26 establece que los supervisores asignen recursos de supervisión a las áreas de mayor riesgo de LA/FT, partiendo de la base de que comprenden el riesgo de LA/FT de sus países y cuentan con acceso, tanto in situ como extra situ información relevante que contribuye a determinar el perfil de riesgo de un banco.


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