El Peruano / Miércoles 6 de julio de 2016 NORMAS LEGALES 591887 M.3. POLIGONOS O GALERIAS DE TIRO Nº INFRACCION Base normativa de Califi cación de 1era. Vez Reincidencia 2da. Vez referencia la infracción No contar con una persona Suspensión de la autoriza- responsable del cumplimien- Suspensión de la autorización para fun- ción para funcionar como po- 1 to del reglamento interno y Artículo 131 del Re- Grave cionar como polígono o galería de tiro lígono o galería de tiro hasta glamento normas de seguridad en el hasta por sesenta (60) días calendario por ciento ochenta (180) días polígono o galería de tiro. calendario Suspensión de la autoriza- No contar con las zonas Suspensión de la autorización para fun- ción para funcionar como po- 2 establecidas para los polígo- Artículo 132 del Re- Grave cionar como polígono o galería de tiro lígono o galería de tiro hasta glamento nos o galerías de tiro hasta por sesenta (60) días calendario por ciento ochenta (180) días calendario Suspensión de la autoriza- Realizar actividades distin- Suspensión de la autorización para fun- ción para funcionar como po- 3 tas a las autorizadas para el Artículo 26 de la Ley Grave cionar como polígono o galería de tiro lígono o galería de tiro hasta polígono o galería de tiro. hasta por sesenta (60) días calendario por ciento ochenta (180) días calendario Suspensión de la autoriza- Retirar del polígono o galería Suspensión de la autorización para fun- ción para funcionar como po- de tiro las armas de fuego en Artículo 134 del Re- 4 Grave cionar como polígono o galería de tiro lígono o galería de tiro hasta estado operativo o que no glamento hasta por sesenta (60) días calendario por ciento ochenta (180) días requieran reparación. calendario Modifi car los requisitos o las medidas de seguridad Suspensión de la autorización para mínimas exigidas para las Cancelación de la autoriza- 5 galerías o polígonos de tiro, Artículo 131 del Re- Muy Grave funcionar como polígono o galería de ción para funcionar como po- glamento tiro hasta por ciento ochenta (180) días después de haberse otorga- calendario lígono o galería de tiro do la autorización correspon- diente. Instalar polígonos o galerías Suspensión de la autorización para Cancelación de la autoriza- de tiro en locales adicionales Artículo 136 del Re- funcionar como polígono o galería de 6 Muy Grave ción para funcionar como po- sin contar con la autorización glamento tiro hasta por ciento ochenta (180) días lígono o galería de tiro correspondiente. calendario Funcionar como polígono de Suspensión de la autorización para Cancelación de la autoriza- 7 tiro en local distinto al auto- Artículo 133 del Re- Muy Grave funcionar como polígono o galería de ción para funcionar como po- tiro hasta por ciento ochenta (180) días glamento rizado. calendario lígono o galería de tiro M.4. CENTROS DE CAPACITACIÓN Base normativa de Califi cación de Reincidencia Nº INFRACCION referencia la infracción 1era. Vez 2da. Vez Suspensión de la autoriza- Realizar actividades distin- Suspensión de la autorización para fun- ción para funcionar como 1 tas a las autorizadas para el Artículo 26 de la Ley Grave cionar como centro de capacitación has- centro de capacitación hasta centro de capacitación. ta por sesenta (60) días calendario por ciento ochenta (180) días calendario No contar con una persona Suspensión de la autoriza- responsable del cumplimien- Suspensión de la autorización para fun- ción para funcionar como to del reglamento interno y Artículo 131 del Re- 2 Grave cionar como centro de capacitación has- centro de capacitación hasta normas de seguridad en el glamento ta por sesenta (60) días calendario por ciento ochenta (180) días polígono de tiro del centro de calendario capacitación. Suspensión de la autoriza- No contar con las zonas Suspensión de la autorización para fun- ción para funcionar como establecidas para los polí- Artículo 132 del Re- 3 Grave cionar como centro de capacitación has- centro de capacitación hasta gonos o galerías de tiro del glamento ta por sesenta (60) días calendario por ciento ochenta (180) días centro de capacitación. calendario Tener armas de fuego que requieran de reparación o Suspensión de la autorización mantenimiento abastecidas, Suspensión de la autorización para fun- para funcionar como centro 4 o en un ambiente que no Artículo 134 del Re- Grave cionar como centro de capacitación has- de capacitación hasta hasta reúna los requisitos de segu- glamento ridad o sin la debida custodia ta por sesenta (60) días calendario por ciento ochenta (180) días calendario del personal responsable del polígono. Retirar del polígono de tiro Suspensión de la autoriza- del centro de capacitación, Suspensión de la autorización para fun- ción para funcionar como 5 armas de fuego permitidas Artículo 134 del Re- Grave cionar como centro de capacitación has- centro de capacitación hasta glamento en estado operativo o que ta por sesenta (60) días calendario por ciento ochenta (180) días no requieran reparación. calendario Modifi car los requisitos o las medidas de seguridad mínimas exigidas para las Suspensión de la autorización para Cancelación de la autoriza- 6 galerías o los polígonos de Artículo 131 del Re- Muy grave funcionar como centro de capacitación ción para funcionar como tiro de los centros de capa- glamento hasta por ciento ochenta (180) días ca- citación después de haberse lendario centro de capacitación otorgado la autorización co- rrespondiente.
591888 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano Incumplir la estructura, dura- Suspensión de la autorización para Cancelación de la autoriza- 7 ción del curso de capacita- Artículo 5 del Regla- Muy grave funcionar como centro de capacitación ción para funcionar como ción o forma de evaluación, mento hasta por ciento ochenta (180) días ca- establecida. lendario centro de capacitación M.5. COMERCIALIZACION DE ARMAS, MUNICIONES Y MATERIALES RELACIONADOS Nº INFRACCION Base normativa de Califi cación de 1era. Vez Reincidencia 2da. Vez la infracción referencia Suspensión de la autoriza- No llevar un registro de las Suspensión de la autorización de comer- ción de comercialización de 1 compras y ventas de muni- Artículo 97 del Regla- Grave cialización de armas, municiones y ma- armas, municiones y mate- ciones realizadas, conforme mento teriales relacionados hasta por sesenta riales relacionados hasta por a lo establecido. (60) días calendario ciento ochenta (180) días calendario Suspensión de la autoriza- Suspensión de la autorización de comer- ción de comercialización de Comercializar armas de fue- 2 go, municiones o materiales Artículo 96 del Regla- Grave cialización de armas, municiones y ma- armas, municiones y mate- teriales relacionados hasta por sesenta riales relacionados hasta por mento relacionados no autorizados. (60) días calendario y decomiso ciento ochenta (180) días calendario Suspensión de la autoriza- Suspensión de la autorización de comer- ción de comercialización de Realizar actividades distin- cialización de armas, municiones y ma- armas, municiones y mate- 3 Artículo 26 de la Ley Grave tas a las autorizadas. teriales relacionados hasta por sesenta riales relacionados hasta por (60) días calendario ciento ochenta (180) días calendario Suspensión de la autoriza- Suspensión de la autorización de comer- ción de comercialización de Realizar actividades de co- 4 mercialización en lugar dis- Artículo 84, 85, 89 Grave cialización de armas, municiones y ma- armas, municiones y mate- del Reglamento teriales relacionados hasta por sesenta riales relacionados hasta por tinto al autorizado. (60) días calendario ciento ochenta (180) días calendario Suspensión de la autoriza- Suspensión de la autorización de comer- ción de comercialización de Vender municiones exce- 5 diendo las cantidades per- Artículo 26 del Grave cialización de armas, municiones y ma- armas, municiones y mate- Reglamento teriales relacionados hasta por sesenta riales relacionados hasta por mitidas. (60) días calendario ciento ochenta (180) días calendario Importar o exportar armas, Suspensión de la autoriza- municiones o materiales Artículo 28 y 37 de Suspensión de la autorización de comer- ción de comercialización de relacionados en Aduana la Ley cialización de armas, municiones y ma- armas, municiones y mate- 6 Grave distinta a la consignada en Artículo 102 y 111 teriales relacionados hasta por sesenta riales relacionados hasta por la autorización de importa- del Reglamento (60) días calendario ciento ochenta (180) días ción. calendario Suspensión de la autoriza- Exhibir armas en los locales Artículo 37 de la Ley Suspensión de la autorización de comer- ción de comercialización de de venta autorizados para 7 comercialización, abasteci- inciso q) Grave cialización de armas, municiones y ma- armas, municiones y mate- teriales relacionados hasta por sesenta riales relacionados hasta por Artículo 85 del das o sin el mecanismo de Reglamento (60) días calendario ciento ochenta (180) días cierre o disparo desactivado. calendario Modifi car las condiciones de seguridad mínimas es- Suspensión de la autorización de co- Cancelación de la autoriza- 8 tablecidas para los locales Artículo 86 del Muy grave mercialización de armas, municiones y ción de comercialización de materiales relacionados hasta por ciento armas, municiones y materia- que comercializan armas, Reglamento municiones o después de ochenta (180) días calendario les relacionados otorgada la autorización. Importar, exportar, transferir, trasladar, comercializar o al- macenar armas, municiones Suspensión de la autorización de co- Cancelación de la autoriza- o materiales relacionados Artículo 84, 98, 103 y mercialización de armas, municiones y ción de comercialización de 9 en cantidades mayores a 104 inciso d) y 105.2 Muy grave materiales relacionados hasta por ciento armas, municiones y materia- las consignadas en la au- torización de importación o del Reglamento ochenta (180) días calendario les relacionados y y decomiso decomiso cuando las especifi caciones técnicas no coincidan con la misma. Suspensión de la autorización de co- Cancelación de la autoriza- 10 Importar armas y municiones Artículo 11 de la Ley Muy grave mercialización de armas, municiones y ción de comercialización de Artículo 14 y 100 del materiales relacionados hasta por ciento armas, municiones y materia- distintas a las autorizadas. ochenta (180) días calendario Reglamento les relacionados y y decomiso decomiso Modifi car las condiciones establecidas para los locales Cancelación de la autorización de co- 11 de venta directa y local de Artículo 86 del Muy grave mercialización de armas, municiones y _ venta por catálogo de armas Reglamento de fuego, municiones o ma- materiales relacionados teriales relacionados.
El Peruano / Miércoles 6 de julio de 2016 NORMAS LEGALES 591889 Vender munición a usuarios o a empresas que no cuen- Cancelación de la autorización de co- 12 ten con licencias de uso de Artículo 26 del Muy grave mercialización de armas, municiones y _ arma de fuego o tarjeta de Reglamento propiedad emitida por la SU- materiales relacionados CAMEC. No mantener las caracterís- Artículo 95 numeral Cancelación de la autorización de co- 13 ticas identifi catorias de las 2 inciso d) del Regla- Muy grave mercialización de armas, municiones y _ armas de fuego. mento materiales relacionados M.6. DE LA POSESION Y USO Nº INFRACCION Base normativa de Califi cación de 1era. Vez Reincidencia 2da. Vez referencia la infracción Adquirir municiones bajo la Suspensión de la licencia de modalidad de colección para Artículo 23 numeral Suspensión de la licencia de uso hasta 1 Grave uso hasta por ciento ochenta fi nes distintos a los autoriza- 23.3 del Reglamento por sesenta (60) días calendario (180) días calendario dos. Usar o portar armas de fuego largas, autorizadas Suspensión de la licencia de 2 excepcionalmente como Artículo 18 numeral Grave Suspensión de la licencia de uso hasta uso hasta por ciento ochenta 18.2 del Reglamento por sesenta (60) días calendario. defensa personal, en zonas (180) días calendario. urbanas. No cumplir con trasladar las armas de fuego descarga- Suspensión de la licencia de 3 das o desabastecidas bajo la Artículo 20 del Grave Suspensión de la licencia de uso hasta uso hasta por ciento ochenta reglamento por sesenta (60) días calendario. modalidad de Deporte y Tiro (180) días calendario. Recreativo. Utilizar armas o municiones 4 como garantía mobiliaria o Artículo 37 inciso o) Muy grave Suspensión de la licencia de uso hasta Cancelación de la licencia de por ciento ochenta (180) días calendario. uso. de la Ley entregarlas en depósito. Portar o usar armas de fuego bajo el consumo de alcohol Suspensión de la licencia de uso hasta 5 o bajo los efectos de sustan- Artículo 37 inciso e) Muy Grave por ciento ochenta (180) días calendario Cancelación de la licencia de de la Ley uso y decomiso. cias estupefacientes o psico- y decomiso. trópicas. Usar un arma distinta a la Suspensión de la licencia de uso hasta indicada en la tarjeta de pro- Artículo 37 inciso h) Cancelación de la licencia de 6 Muy grave por ciento ochenta (180) días calendario piedad o autorizada por la de la Ley y decomiso. uso y decomiso. licencia de uso. Usar silenciadores o disposi- tivos que alteren u oculten la Suspensión de la licencia de uso hasta 7 apariencia o funcionamiento Artículo 37 inciso m) Muy grave por ciento ochenta (180) días calendario Cancelación de la licencia de uso y decomiso. de la Ley de las armas, excepto en y decomiso. armas destinadas para caza. Usar dispositivos láser, miras telescópicas, miras infrarrojas y dispositivos de Suspensión de la licencia de uso hasta 8 visión nocturna en las armas Artículo 37 inciso ñ) Muy grave por ciento ochenta (180) días calendario Cancelación de la licencia de de fuego, excepto en las ac- de la Ley uso y decomiso. tividades de caza o deporte y decomiso. con armas de fuego destina- das a tal fi n. Portar o usar armas de fuego en manifestaciones públicas, Suspensión de la licencia de uso hasta espectáculos con afl uencia Artículo 37 inciso f) Cancelación de la licencia de 9 Muy grave por ciento ochenta (180) días calendario de público, centros de espar- de la Ley y decomiso. uso y decomiso. cimiento, entre otros espa- cios públicos. Poseer portar o usar muni- Suspensión de la licencia de uso hasta ciones con núcleo perforan- Artículo 25 del Cancelación de la licencia de 10 Muy grave por ciento ochenta (180) días calendario te, de blindaje, trazadoras, Reglamento y decomiso. uso y decomiso. incendiarias o explosivas. Artículo 37 inciso g) Suspensión de la licencia de uso hasta 11 Poseer, portar o usar armas de la Ley Muy grave por ciento ochenta (180) días calendario Cancelación de la licencia de de fuego sin licencia de uso. Artículo 28 del uso y decomiso. Reglamento y decomiso. Almacenar, exhibir, portar o Suspensión de la licencia de uso hasta 12 poseer armas de terceros Artículo 27 del Muy grave por ciento ochenta (180) días calendario Cancelación de la licencia de Reglamento uso y decomiso. sin autorización. y decomiso Poseer, portar o usar mayor Suspensión de la licencia de uso hasta 13 cantidad de municiones a las Artículo 25 del Muy grave por ciento ochenta (180) días calendario Cancelación de la licencia de Reglamento uso y decomiso. permitidas. y decomiso
591890 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano M.7. RECARGA DE MUNICION Nº INFRACCION Base normativa de Califi cación de 1era. Vez Reincidencia 2da. Vez referencia la infracción Suspensión de la autoriza- Suspensión de la autorización de recar- Realizar actividades distin- ción de recarga de munición 1 tas a las de recargador de Artículo 124 y 125 Grave ga de munición de uso civil hasta por de uso civil hasta por ciento sesenta (60) días del Reglamento municiones sin autorización. ochenta (180) días e incau- e incautación tación Modifi car los requisitos o medidas de seguridad mí- 2 nimas establecidas para la Artículo 126 y 128 Muy grave Cancelación de la autorización de recar- _ autorización de recarga de del Reglamento ga de munición. munición después de haber- se otorgado la autorización. Efectuar recargas o almace- nar materiales relacionados 3 para recarga de munición no Artículo 127 del Muy grave Cancelación de la autorización de recar- _ ga de munición. autorizados por tipo de arma Reglamento y calibre. M.8. OPERADOR CINEGÉTICO Base normativa de Califi cación de Reincidencia Nº INFRACCION referencia la infracción 1era. Vez 2da. Vez No cumplir los requisitos es- Artículo 27 de la Ley Suspensión de la autorización para brin- Cancelación de la autoriza- 1 tablecidos para el desarrollo Artículo 22 del Muy Grave dar servicio como operador cinegético ción para brindar servicio hasta por ciento ochenta (180) días e de actividades como opera- dor cinegético. Reglamento incautación como operador cinegético Cancelación de la autorización para brin- Desarrollar actividades de dar servicio como operador cinegético y 2 operador cinegético con ar- Artículo 22 numeral Muy Grave de la licencia de uso en la modalidad de _ mas de fuego no registradas 22.3 del Reglamento caza y decomiso en la SUCAMEC. M.9. INFRACCIONES RELACIONADAS A LOS CENTROS DE SALUD Base normativa de Califi cación de Reincidencia Nº INFRACCION referencia la infracción 1era. Vez 2da. Vez Suspensión de la autorización No remitir información res- Suspensión de la autorización para emi- para emitir los certifi cados de pecto a las personas aptas tir los certifi cados de salud psicosomáti- salud psicosomática para la 1 y no aptas conforme lo es- Artículo 37 de la Ley Grave ca para la obtención de la licencia de uso obtención de la licencia de tablecido. de arma de fuego hasta por sesenta (60) uso de arma de fuego hasta días calendario por ciento ochenta (180) días calendario No remitir a la SUCAMEC la información de los pro- Suspensión de la autorización para emi- Cancelación de la autoriza- fesionales habilitados para tir los certifi cados de salud psicosomá- ción para emitir los certifi ca- 2 suscribir los certifi cados de Artículo 37 de la Ley Muy Grave tica para la obtención de la licencia de dos de salud psicosomática salud psicosomática para la uso de arma de fuego hasta por ciento para la obtención de la licen- obtención de la licencia de ochenta (180) días calendario cia de uso de arma de fuego uso de arma de fuego. Emitir certifi cados de salud Cancelación de la autorización para emi- psicosomática por profesio- tir los certifi cados de salud psicosomáti- 3 Artículo 37 de la Ley Muy Grave _ nal no registrado en la SU- ca para la obtención de la licencia de uso CAMEC. de arma de fuego ANEXO 4 TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES: EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS A. FABRICACIÓN DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Nº INFRACCIÓN Base normativa de Califi cación de Sanción referencia la infracción No comunicar el retiro de los explosivos o materiales relaciona- 1 dos, inicialmente autorizados a fabricar o la reducción de la capa- Artículo 174 del Reglamento Leve Multa cidad de producción, conforme a lo establecido. No comunicar la cantidad anual estimada de explosivos o mate- 2 riales relacionados a fabricar, no destinados a la comercialización, Artículos 182 del Reglamento Leve Multa conforme a lo establecido. No llevar, remitir, comunicar o reportar el registro de los explosi- 3 vos o materiales relacionados fabricados o los números de identi- Artículos 165 y 178 del Leve Multa Reglamento fi cación de lotes los mismos conforme a lo establecido. No comunicar la fabricación de prototipos de explosivos o mate- 4 riales relacionados elaborados para fi nes de investigación o exce- Artículo 183 del Reglamento Leve Multa der el volumen máximo de fabricación de estos.
El Peruano / Miércoles 6 de julio de 2016 NORMAS LEGALES 591891 A. FABRICACIÓN DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de Califi cación de Nº INFRACCIÓN Sanción referencia la infracción No remitir información de las actividades realizadas luego de ob- 5 tenida la autorización de fabricación de explosivos o materiales Artículo 185 del Reglamento Leve Multa relacionados, conforme a lo establecido. No comunicar la ubicación de la unidad móvil mezcladora de 6 explosivos o su cambio de ubicación, conforme a lo establecido. Artículo 176 numeral 176.5 Grave Multa del Reglamento Trasladar la unidad mezcladora móvil de explosivos a lugar dis- tinto al autorizado. No acondicionar o embalar los explosivos o materiales relaciona- 7 dos en la forma establecida. Utilizar o reutilizar envases y demás Artículo 179 del Reglamento Grave Multa materiales de empaque que hubieran contenido explosivos. Artículo 171 numeral 171.2 8 Fabricar explosivos con autorización vencida. Grave Multa del Reglamento Multa y decomiso de No marcar, encargar la marcación o codifi car los explosivos o los explosivos o ma- materiales relacionados, cada una de las unidades de envase 9 Artículo 165 del Reglamento Muy grave teriales relacionados o su embalaje, cuando corresponda, o no realizarlo en la forma no marcados o codifi - establecida. cados No asignar un número de identifi cación a cada lote de explosivos Multa y decomiso de 10 o materiales relacionados fabricado o no realizarlo conforme lo Artículo 178 del Reglamento Muy grave los explosivos o mate- riales relacionados no establecido. identifi cados Modifi car las características técnicas, los requisitos de seguridad, 11 infraestructura o condiciones establecidas o autorizadas para la Artículo 170 del Reglamento Muy grave Multa fábrica. Fabricar explosivos o materiales relacionados distintos a los au- Artículos 156, 170, 171,174 Multa torizados, que no cumplan los requisitos técnicos, de seguridad o 12 y 176 del Muy grave y sean defectuosos. Ampliar la capacidad de producción de explo- Reglamento decomiso sivos o materiales relacionados sin autorización. Multa Fabricar explosivos o materiales relacionados en local o unidad Artículo 168 y 176 del Re- 13 Muy grave y móvil mezcladora distinta a la autorizada. glamento decomiso Multa y 14 Fabricar explosivos o materiales relacionados sin autorización. Artículos 46 y 54 inciso a) Muy grave decomiso de la Ley. Suspensión autori- Fabricar explosivos o materiales relacionados distintos a los indi- zación especial para 15 cados en la autorización especial de la unidad móvil mezcladora o Artículo 176 del Reglamento Muy grave unidad móvil mezcla- dora hasta por ciento que no cumplan los requisitos técnicos o de seguridad. ochenta (180) días calendario y decomiso B. COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Nº INFRACCIÓN Base normativa de Califi cación de Sanción la infracción referencia No llevar el registro, reportar o informar el detalle de Artículos 190 numeral 191.1 1 las ventas efectuadas o de los explosivos adquiridos y 205 numeral 205.4 del Leve Multa para comercializar, conforme a lo establecido. Reglamento No comunicar la modifi cación en el listado o catálogo Artículo 189 del Regla- 2 Leve Multa de productos autorizados a comercializar. mento No comunicar las ventas de nitrato de amonio de uso 3 agrícola y fertilizantes a base de nitrato de amonio, Artículo 153 numeral 153.4 Leve Multa del Reglamento cuando corresponda. Artículo 53 inciso d) de Comercializar explosivos o materiales relacionados la Ley. 4 Grave Multa con autorización vencida. Artículo 188 numeral 188.2 del Reglamento Multa 5 Comercializar explosivos o materiales relacionados Artículo 54 inciso d) de Grave decomiso y la Ley. sin marcar o codifi car, cuando corresponda. 6 Comercializar explosivos o materiales relacionados en Artículo 186 del Regla- Muy grave Multa local distinto al autorizado. mento Multa Comercializar explosivos o materiales relacionados Artículos 188 y 189 del 7 Muy grave y distintos a los autorizados. Reglamento decomiso Artículos 46 y 54 inciso a) Comercializar o transferir explosivos o materiales rela- de la Ley Multa 8 Muy grave y cionados sin autorización. Artículos 186 y 253 del decomiso Reglamento Multa, Suspensión de la autoriza- Comercializar, vender, entregar, proporcionar o trans- ción de comercialización de ex- 9 ferir explosivos o materiales relacionados a personas Artículo 187 del Regla- Muy grave plosivos y materiales relacionados mento no autorizadas. hasta por ciento ochenta (180) días calendario y decomiso
591892 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano B. COMERCIALIZACIÓN DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Nº INFRACCIÓN Base normativa de Califi cación de Sanción la infracción referencia Suspensión autorización especial Comercializar, vender, entregar, proporcionar o trans- para unidad móvil mezcladora 10 ferir explosivos o materiales relacionados elaborados Artículo 176 numeral 176.3 Muy grave hasta por ciento ochenta (180) días calendario y del Reglamento en la unidad móvil mezcladora o los saldos u exceden- tes de estos, sin autorización. decomiso del explosivo o material relacionado Suspensión autorización espe- cial para unidad móvil mezcla- Abastecer con explosivos elaborados en las unidades Artículo 176 numeral 176.3 dora hasta por ciento ochenta 11 Muy grave mezcladoras móviles a titular distinto al autorizado. del Reglamento (180) días calendario y deco- miso del explosivo o material relacionado C. IMPORTACIÓN, INTERNAMIENTO, EXPORTACIÓN, SALIDA DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Nº INFRACCIÓN Base normativa de refe- Califi cación de Sanción la infracción rencia No comunicar la importación de materiales relacionados destina- Multa 1 dos a procesos industriales distintos a la fabricación de explosi- Artículo 153 numeral 153.3 Leve y del Reglamento vos, cuando corresponda. decomiso Poseer con fi nes de exportación o exportar explosivos o materia- Multa 2 les relacionados en cantidades que excedan a las indicadas en la Artículo 201 numeral 201.4 Grave y del Reglamento autorización de exportación o cuyas características, naturaleza o composición no concuerden con las autorizadas. decomiso Importar o internar explosivos o materiales relacionados, exce- Multa diendo las cantidades indicadas en la autorización de importación Artículos 193 y 198 del 3 Muy grave y o cuyas características o composición no concuerden con las Reglamento decomiso autorizadas. Multa 4 Ingresar, internar o introducir al país explosivos o materiales rela- Artículo 54 inciso d) de Muy grave decomiso y cionados no marcados o sin codifi cación. la Ley. Multa Poseer con fi nes de exportación o exportar explosivos o materia- Artículo 199 del Regla- 5 Muy grave y les relacionados sin autorización. mento decomiso Artículo 54 inciso a) de Multa la Ley. 6 Ingresar, internar o introducir al país explosivos o materiales rela- Artículos 191 numeral 191.2 Muy grave y cionados sin autorización, cuando corresponda. y 193 del Reglamento decomiso D. ADQUISICIÓN Y USO DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de refe- Califi cación de Nº INFRACCIÓN Sanción rencia la infracción No comunicar los saldos de los explosivos o materiales relacio- Multa 1 nados resultantes de una autorización de adquisición y uso o no Artículo 205 numeral 205.5 Leve y del Reglamento realizarlo conforme a lo establecido. decomiso Adquirir, usar o poseer explosivos o materiales relacionados con Artículo 209 del Regla- 2 Leve Multa autorización vencida. mento Multa y 3 Adquirir o usar explosivos sin marcar o codifi car. Artículo 54 inciso d) de Grave decomiso la Ley. Multa Poseer excedentes o saldos de explosivos o materiales relaciona- Artículo 157 del Regla- 4 Muy grave y dos, sin contar con autorización vigente. mento decomiso Artículo 54 inciso c) de Multa la Ley. 5 Adquirir, usar o poseer explosivos o materiales relacionados distin- Artículo 207 del Regla- Muy grave y tos a los autorizados o para fi nes no autorizados. mento decomiso Artículo 54 inciso c) de Adquirir, usar o poseer explosivos o materiales relacionados sin la Ley. Multa 6 Muy grave y contar con autorización. Artículo 157 del Regla- decomiso mento Multa y 7 Desviar, entregar, proporcionar o transferir explosivos, materiales Artículo 54 inciso c) de Muy grave decomiso la Ley. relacionados o saldos de estos, sin autorización. Multa, Suspensión de la autorización de ad- Adquirir explosivos o materiales relacionados de personas que no 8 cuenten con autorización de comercialización o que cuenten con Artículo 187 del Regla- Muy grave quisición y uso hasta mento por ciento ochenta autorización vencida. (180) días calendario y decomiso
El Peruano / Miércoles 6 de julio de 2016 NORMAS LEGALES 591893 E. ALMACENAMIENTO DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de refe- Califi cación de Nº INFRACCIÓN Sanción rencia la infracción No informar el arrendamiento o cesión, total o parcial, de las ins- 1 Artículo 220 numeral 220.3 Leve Multa talaciones destinadas para el almacenamiento. No comunicar la designación o el cambio del encargado del 2 despacho y seguridad de la instalación de almacenamiento. No Artículo 220 numeral 220.4 Leve Multa comunicar los horarios en los que se realiza la actividad en el del Reglamento polvorín o almacén. No llevar, contar, comunicar o informar el registro de ingresos y 3 egresos de explosivos o materiales relacionados, conforme a lo Artículo 214 del Regla- Leve Multa mento establecido. 4 No comunicar la existencia de saldos en la instalación de almace- Artículo 223 numeral 223. 1 Leve Multa b) del Reglamento namiento a dar de baja. 5 Almacenar explosivos o materiales relacionados con autorización Artículos 212 y 222 del Grave Multa Reglamento vencida. 6 Realizar modifi caciones a la instalación de almacenamiento sin Artículo 223 numeral 223. 1 Grave Multa a) del Reglamento autorización. No cumplir las obligaciones establecidas para el despacho y se- Artículo 220 numeral 220.2 7 Grave Multa guridad de la instalación de almacenamiento. del Reglamento Almacenar explosivos o materiales relacionados incumpliendo las medidas de seguridad, distancias mínimas, parámetros técnicos Artículo 217 del Regla- 8 Grave Multa de acondicionamiento o despacho o especifi caciones estableci- mento das. Artículos 154 y 219 del 9 Almacenar explosivos o materiales relacionados incompatibles. Grave Multa Reglamento Almacenar explosivos o materiales relacionados sin contar con Artículos 46 y 54 inciso f) Multa autorización. Almacenar explosivos en lugares no autorizados. de la Ley. 10 Muy grave y Almacenar explosivos o materiales relacionados en lugar distinto Artículo 157, 177, 212 y 213 decomiso al autorizado. del Reglamento Suspensión de la autorización de alma- Artículos 46 de la Ley. Almacenar explosivos o materiales relacionados de personas no cenamiento hasta por 11 Artículo 157 del Regla- Muy grave autorizadas. ciento ochenta (180) mento días calendario y decomiso F. MANIPULACIÓN DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de refe- Califi cación de Nº INFRACCIÓN Sanción rencia la infracción No portar o llevar consigo la autorización de manipulación de ex- 1 plosivos y materiales relacionados, durante la manipulación, tras- Artículo 225 del Regla- Leve Multa mento lado, operación o realización de actividades con estos. Artículo 53 inciso d) de la Ley. 2 Manipular explosivos o materiales relacionados con autorización Artículo 234 del Regla- Leve Multa de manipulación vencida. mento No devolver el carné de manipulador de explosivos y materiales Artículo 231 del Regla- 3 Leve Multa relacionados cuando corresponda o sea requerido. mento Permitir que personal maniobre, opere, traslade o administre pro- 4 ductos explosivos o materiales relacionados con autorización de Artículos 52 y 53 inciso b) Leve Multa de la Ley. manipulación vencida. Suspensión de la licen- cia de manipulación de 5 Ceder, prestar o entregar la autorización de manipulación de ex- Artículo 225 del Regla- Leve explosivos y materiales plosivos a terceros. relacionados hasta por mento treinta (30) días calen- dario Realizar actividades o funciones distintas a las autorizadas en el Artículo 226 del Regla- 6 Grave Multa carné de manipulación de explosivos y materiales relacionados. mento Artículo 46 de la Ley. 7 Manipular explosivos o materiales relacionados sin contar con la Artículo 225 numeral 225.1 Grave Multa autorización de manipulación de explosivos. del Reglamento Permitir que personal maniobre, opere, traslade o administre 8 productos explosivos o materiales relacionados sin contar con la Artículos 52 y 53 inciso b) Muy grave Multa de la Ley. autorización de manipulación. G. TRASLADO EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Nº INFRACCIÓN Base normativa de refe- Califi cación de Sanción la infracción rencia Artículo 53 inciso d) de la Ley. 1 Trasladar explosivos o materiales relacionados con autorización Artículo 234 del Regla- Leve Multa vencida. mento
591894 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano G. TRASLADO EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Nº INFRACCIÓN Base normativa de refe- Califi cación de Sanción rencia la infracción No remitir copia de la guía de tránsito de explosivos, luego de su utilización, en la forma o plazo establecido. No comunicar la iden- 2 tifi cación del conductor o conductores del vehículo encargado del Artículo 237 numeral 237.8 Leve Multa del Reglamento traslado, la placa del vehículo o la identidad de las personas a cargo de la custodia, dentro del plazo establecido. No informar las ocurrencias o incidencias acontecidas durante el 3 traslado de explosivos o materiales relacionados, cuando corres- Artículo 246 del Regla- Leve Multa mento ponda. Trasladar explosivos o materiales relacionados en cantidades dis- tintas a las consignadas en la guía de tránsito. Trasladar explosi- Artículos 237 y 238 del 4 Grave Multa vos o materiales relacionados excediendo la capacidad máxima Reglamento de la unidad de transporte. Utilizar la guía de tránsito para trasladar explosivos distintos a los Artículos 237 y 238 del 5 Grave Multa consignados en ella o para fi nes distintos a los autorizados. Reglamento Incumplir alguna de las condiciones o medidas de seguridad para 6 el traslado vía aérea, marítima, fl uvial o lacustre de explosivos Artículo 238 numeral 238.3 Grave Multa del Reglamento y materiales relacionados establecidas. Trasladar explosivos o materiales relacionados a lugar distinto al Multa 7 autorizado, sin mediar causa de fuerza mayor oportunamente co- Artículo 237 numeral 237.1 Muy grave y del Reglamento municada a la SUCAMEC. decomiso Artículo 50 de la Ley. Trasladar explosivos o materiales relacionados sin custodia, cuan- Artículo 244 numerales 8 Muy grave Multa do esta resulte obligatoria. 244.1 y 244.2 del Regla- mento Artículos 46 y 54 c) de la Trasladar explosivos o materiales relacionados sin guía de tránsi- Ley. Multa 9 Muy grave y to, cuando corresponda. Artículos 243 y 237 del decomiso Reglamento Trasladar explosivos o materiales relacionados incompatibles. Artículos 154, 176, 237 Multa 10 Trasladar en las unidades móviles mezcladoras explosivos o ma- numeral 237.6 y 249 del Muy grave y teriales relacionados incompatibles. Reglamento decomiso Suspensión de la au- Trasladar la unidad móvil mezcladora para su mantenimiento, revi- torización especial 11 sión técnica o reparación con explosivos o materiales relacionados Artículo 176 numeral 176.5 Muy grave para la unidad móvil mezcladora hasta por del Reglamento en su interior. ciento ochenta (180) días calendario H. ENTIDADES DE CAPACITACION EN MANIPULACIÓN DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Nº INFRACCIÓN Base normativa de refe- Califi cación de Sanción la infracción rencia Incumplir las condiciones mínimas establecidas para dictar el curso Artículos 228 y 229 del 1 de capacitación para la manipulación de explosivos y materiales Reglamento Grave Multa relacionados. Brindar capacitación para la manipulación de explosivos y materia- Artículos 227 y 228 del 2 les relacionados sin la habilitación o autorización respectiva. Reglamento Muy grave Multa Emitir constancia de capacitación a persona que no cumpla con los Artículos 5 y 227 del Re- 3 requisitos para ello, conforme a lo establecido. glamento Muy grave Multa I. DESTINO FINAL DE EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Nº INFRACCIÓN Base normativa de refe- Califi cación de Sanción la infracción rencia No llevar el registro o no informar las destrucciones o el reproce- 1 samiento de explosivos o materiales relacionados llevadas a cabo, Artículo 181 Reglamento Leve Multa conforme lo establecido. Multa No cumplir con la destrucción o el reprocesamiento de explosivos Artículo 181 del Regla- 2 Grave y o materiales relacionados cuando corresponda. mento decomiso No cumplir con las medidas de seguridad establecidas para la destrucción o reprocesamiento de los explosivos o materiales Multa 3 relacionados. Permitir la destrucción de explosivos o materiales Artículos 258 y 259 del Muy grave y Reglamento relacionados por personas que no cuenten con autorización de decomiso manipulación o por personal especializado de la PNP. J. OTROS ASPECTOS GENERALES Nº INFRACCIÓN Base normativa de Califi cación de Sanción referencia la infracción No comunicar la sustracción, extravío, siniestro o pérdida de ex- 1 plosivos o materiales relacionados o no realizarlo conforme a lo Artículo 155 del Regla- Leve Multa mento establecido.
El Peruano / Miércoles 6 de julio de 2016 NORMAS LEGALES 591895 J. OTROS ASPECTOS GENERALES Nº INFRACCIÓN Base normativa de Califi cación de Sanción referencia la infracción 2 No remitir las muestras de los productos que les sean solicitados o Artículos 166, 180, 341 y Leve Multa no permitir que la SUCAMEC tome directamente estas. 342 del Reglamento No contar con los seguros de responsabilidad civil, cuando co- Artículo 53 inciso h) de 3 Grave Multa rresponda. la Ley Artículo 55 de la Ley No entregar o poner a disposición de la SUCAMEC los saldos de 4 Artículo 161 del Regla- Grave Multa explosivos o materiales, cuando corresponda. mento Utilizar, transferir o movilizar material explosivo o material rela- 5 cionado sobre el cual se ordenó su almacenamiento o custodia Artículo 258 del Regla- Grave Multa mento temporal. Artículo 347 numeral 6 No cumplir con mandato dictado por la SUCAMEC. 347.2 del Reglamento Grave Multa Artículo 344 numeral 7 Incumplimiento de medida(s) administrativa(s) dictada(s) por la 344.4 del Reglamento Muy grave Multa SUCAMEC. No otorgar facilidades, no permitir, difi cultar o realizar acciones 8 que impidan las acciones de control o inspección por parte de la Artículo 53 inciso e) de Muy grave Multa SUCAMEC. la Ley Nota: La SUCAMEC puede dictar medidas administrativas preventivas o complementarias a las sanciones tipifi cadas en el presente Anexo. K. TABLA DE SANCIONES NO PECUNARIAS POR REINCIDENCIA: EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa Califi cación de la Reincidencia Nº INFRACCIÓN de referencia infracción 1era. Vez 2da. Vez Suspensión de la auto- Suspensión de la auto- rización para dictar el rización para dictar el curso de capacitación Incumplir las condiciones mínimas establecidas Artículos 228 y curso de capacitación para la manipulación 1 para dictar el curso de capacitación para la mani- 229 del Grave para la manipulación de explosivos y ma- de explosivos y ma- pulación de explosivos y materiales relacionados. Reglamento teriales relacionados teriales relaciona- hasta por sesenta (60) dos hasta por ciento ochenta (180) días días calendario calendario Suspensión de la auto- Suspensión de la auto- rización de comerciali- rización de comerciali- zación de explosivos y 2 Comercializar explosivos o materiales relacionados Artículo 54 inciso Grave zación de explosivos y materiales relaciona- materiales relaciona- dos hasta por ciento d) de la Ley. sin marcar o codifi car, cuando corresponda. dos hasta por sesenta (60) días calendario ochenta (180) días calendario y decomiso y decomiso Suspensión de la auto- Suspensión de la auto- Poseer con fi nes de exportación o exportar ex- rización para la expor- rización para la expor- tación de explosivos y plosivos o materiales relacionados en cantidades Artículo 201 tación de explosivos y 3 que excedan a las indicadas en la autorización de numeral 201.4 del Grave materiales relaciona- materiales relaciona- dos hasta por ciento exportación o cuyas características, naturaleza o Reglamento dos hasta por sesenta ochenta (180) días composición no concuerden con las autorizadas. (60) días calendario calendario y decomiso y decomiso Suspensión de la auto- rización para dictar el Cancelación de la au- curso de capacitación Emitir constancia de capacitación a persona que no para la manipulación torización para dictar el 4 cumpla con los requisitos para ello, conforme a lo Artículos 5 y 227 Muy Grave de explosivos y ma- curso de capacitación para la manipulación del Reglamento establecido. teriales relaciona- de explosivos y mate- dos hasta por ciento riales relacionados ochenta (180) días calendario Suspensión de la auto- Importar o internar explosivos o materiales relacio- Artículos 193 y rización para la impor- Cancelación de la tación de explosivos y autorización para la 5 nados, excediendo las cantidades indicadas en la 198 del Regla- Muy Grave materiales relaciona- importación de explo- autorización de importación o cuyas características o composición no concuerden con las autorizadas. mento dos hasta por ciento sivos y materiales re- ochenta (180) días lacionados y decomiso calendario y decomiso Suspensión de la auto- rización para la impor- Cancelación de la Ingresar, internar o introducir al país explosivos o tación de explosivos y autorización para la 6 materiales relacionados no marcados o sin codifi - Artículo 54 inciso Muy Grave materiales relaciona- importación de explo- d) de la Ley. dos hasta por ciento cación. ochenta (180) días sivos y materiales re- calendario lacionados y decomiso y decomiso
591896 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano K. TABLA DE SANCIONES NO PECUNARIAS POR REINCIDENCIA: EXPLOSIVOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa Califi cación de la Reincidencia Nº INFRACCIÓN de referencia infracción 1era. Vez 2da. Vez Suspensión de la au- torización para la co- Cancelación de la mercialización de ex- autorización para la Artículos 188 y Comercializar explosivos o materiales relaciona- plosivos y materiales comercialización de 7 189 del Regla- Muy Grave dos distintos a los autorizados. relacionados hasta por explosivos y mate- mento ciento ochenta (180) riales relacionados y días calendario decomiso y decomiso Suspensión de la autorización para la Cancelación de la comercialización de autorización para la Comercializar, vender, entregar, proporcionar o 8 transferir explosivos o materiales relacionados a Artículo 187 del Muy Grave explosivos y materia- comercialización de Reglamento les relacionados hasta explosivos y mate- personas no autorizadas. por ciento ochenta riales relacionados y (180) días calendario y decomiso decomiso Suspensión de la au- torización para la fabri- Cancelación de la au- Modifi car las características técnicas, los requisitos cación de explosivos y torización para la fabri- 9 de seguridad, infraestructura o condiciones estable- Artículo 170 del Muy Grave materiales relaciona- cación de explosivos y Reglamento cidas o autorizadas para la fábrica. dos hasta por ciento materiales relaciona- ochenta (180) días dos y decomiso calendario y decomiso Suspensión de la autorización para la fabricación de explo- Cancelación de la au- sivos y materiales torización para la fabri- relacionados o de la cación de explosivos y Fabricar explosivos o materiales relacionados en 10 local o unidad móvil mezcladora distinta a la auto- Artículo 168 y 176 Muy Grave autorización especial materiales relaciona- del Reglamento para unidad móvil dos o de la autoriza- rizada. mezcladora, según co- ción especial para uni- rresponda, hasta por dad móvil mezcladora, ciento ochenta (180) según corresponda, días calendario y de- comiso Cancelación de la Artículos 46 de autorización de alma- Almacenar explosivos o materiales relacionados de la Ley. cenamiento de ex- 11 Muy Grave - personas no autorizadas. Artículo 157 del plosivos y materiales Reglamento relacionados y decomiso Cancelación para la Adquirir explosivos o materiales relacionados de autorización de adqui- personas que no cuenten con autorización de Artículo 187 del 12 Muy Grave sición y uso de explo- - comercialización o que cuenten con autorización Reglamento sivos y materiales re- vencida. lacionados y decomiso Cancelación de la Trasladar la unidad móvil mezcladora para su man- Artículo 176 autorización especial 13 tenimiento, revisión técnica o reparación con explo- numeral 176.5 del Muy Grave para la unidad móvil - sivos o materiales relacionados en su interior. Reglamento mezcladora y deco- miso Fabricar explosivos o materiales relacionados dis- Cancelación de la autorización especial 14 tintos a los indicados en la autorización especial de Artículo 176 del Muy Grave para la unidad móvil - Reglamento la unidad móvil mezcladora o que no cumplan los requisitos técnicos o de seguridad. mezcladora y decomiso ANEXO 5 TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES: PRODUCTOS PIROTÉCNICOS O MATERIALES RELACIONADOS A. FABRICACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de Califi cación de la Nº INFRACCIÓN Sanción referencia infracción Artículo 286 numeral No comunicar la fabricación de prototipos de productos pirotécnicos o 1 286.4 del Regla- Leve Multa no realizarlo conforme a lo establecido. mento Artículo 64 inciso j) 2 No llevar el registro o informar los productos y materiales relacionados de la Ley Leve Multa fabricados, conforme lo establecido. Artículo 290 del Re- glamento
El Peruano / Miércoles 6 de julio de 2016 NORMAS LEGALES 591897 Base normativa de Califi cación de la Nº INFRACCIÓN Sanción referencia infracción Fabricar productos pirotécnicos o materiales relacionados con autori- Artículo 63 inciso d) 3 Leve Multa zación vencida. de la Ley Fabricar productos pirotécnicos o materiales relacionados en inmueble 4 o local, distintos al autorizado. Fabricar cualquier tipo de pirotécnicos Artículo 64 inciso c) Grave Multa en inmuebles destinados a viviendas, locales de venta u otros no au- de la Ley torizados. Modifi car las especifi caciones técnicas, los requisitos, infraestructura Artículo 64 inciso b) de la Ley 5 o condiciones establecidas o autorizadas para el Taller o Fábrica de Artículo 291 del Muy grave Multa Productos Pirotécnicos. Reglamento Multa 6 Utilizar materiales relacionados prohibidos en la elaboración o fabri- Artículo 286 numeral Muy grave decomiso y 286.3 del Regla- cación de productos pirotécnicos. mento Multa Fabricar productos pirotécnicos o materiales distintos a los autoriza- Artículo 286 del 7 Muy grave y dos o que no cumplan los requisitos técnicos o de seguridad. Reglamento decomiso Multa Fabricar productos pirotécnicos o materiales relacionados sin auto- Artículo 64 inciso a) 8 Muy grave y rización. de la Ley decomiso Suspensión de la auto- rización de instalación Artículo 286 numeral y funcionamiento de fá- 9 Fabricar productos pirotécnicos o materiales prohibidos. 286.3 del Regla- Muy grave brica o taller de produc- tos pirotécnicos hasta mento por ciento ochenta (180) días calendario y decomiso B. COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS, MATERIALES RELACIONADOS O SERVICIOS DE ESPECTACULOS PIROTÉCNICOS Nº INFRACCIÓN Base normativa de Califi cación de la Sanción infracción referencia No llevar el registro, informar o comunicar las ventas realizadas conforme lo establecido. No comunicar los saldos de los productos Artículo 273 del 1 Leve Multa pirotécnicos que no pudieron ser vendidos, conforme lo estable- Reglamento cido. 2 No comunicar la realización de espectáculos con productos pirotécni- Artículo 296 del Leve Multa cos en el plazo y forma establecidos. Reglamento Comercializar productos pirotécnicos, materiales relacionados o la 3 realización de espectáculos con productos pirotécnicos con autoriza- Artículos 266 y 294 Leve Multa del Reglamento ción vencida. Artículo 267 numeral No comunicar la comercialización o venta de productos pirotécnicos 4 267.5 del Regla- Leve Multa de uso industrial, conforme a lo establecido. mento No aislar o delimitar adecuadamente el área de seguridad antes de 5 iniciar la instalación o montaje de los productos pirotécnicos y equipos Artículo 302 del Grave Multa Reglamento o no mantener dicha delimitación durante todo el espectáculo. No cumplir con el plan de contingencia, de protección y de seguridad 6 para la realización de actividades con productos pirotécnicos o mate- Artículo 304 del Grave Multa Reglamento riales relacionados. Multa Realizar espectáculos pirotécnicos incumpliendo alguna de las Artículo 301 del 7 Muy grave y condiciones o medidas de seguridad establecidas. Reglamento decomiso Multa y 294.2 del Regla- 8 Contratar personas no autorizadas para realizar espectáculos piro- Artículo 294 numeral Muy grave decomiso técnicos. mento Artículo 269 numeral Multa Incumplir las condiciones establecidas para los locales o módulos de 9 269.5 del Regla- Muy grave y comercialización o venta de productos pirotécnicos. mento decomiso Exhibir productos pirotécnicos o materiales relacionados, realizar Artículo 267 numeral Multa demostraciones sobre la manipulación o efectos de estos, en ofi cinas 10 267.1 del Regla- Muy grave y administrativas, locales de comercialización de productos pirotécni- mento decomiso cos o de servicios de espectáculos pirotécnicos. Artículos 265 inciso Multa 11 Comercializar, vender u ofertar productos pirotécnicos o materiales k) y 267 numeral Muy grave y pirotécnicos distintos a los autorizados. 267.3 del Regla- mento decomiso Artículos 265 inciso Multa Comercializar, vender, ofertar, proporcionar, transferir o entregar 12 b) y 299 del Regla- Muy grave y productos pirotécnicos o materiales relacionados prohibidos. mento decomiso Artículos 265 inciso Multa Realizar espectáculos empleando productos pirotécnicos prohibidos 13 b) y 299 del Regla- Muy grave y o no autorizados. mento decomiso
591898 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano Base normativa de Califi cación de la Nº INFRACCIÓN Sanción referencia infracción Artículo 64 inciso e) de la Ley Comercializar, vender, mostrar, ofertar o exhibir productos pirotéc- Artículos 296 nu- Multa nicos o realizar espectáculos pirotécnicos en lugar(es), local(es), 14 meral 296.3 y 267 Muy grave y inmueble(s) no autorizados o distintos a los autorizados. Realizar la numerales 267.1 decomiso venta ambulatoria de cualquier clase de producto pirotécnico. y 267.3 del Regla- mento Artículo 64 inciso f) Multa de la Ley. 15 Comercializar, vender, ofertar, proporcionar o entregar productos Artículo 265 inciso Muy grave y pirotécnicos o materiales relacionados a menores de edad. h) del Reglamento decomiso Artículo 64 inciso d) Comercializar, vender, desviar, entregar, proporcionar o transferir de la Ley Multa 16 materiales relacionados controlados por la SUCAMEC, para la fabri- Artículos 265 inciso Muy grave y g) y 266 numeral cación de productos pirotécnicos, a personas no autorizadas o con autorización vencida. 266.3 del Regla- decomiso mento Comercializar, vender, ofertar, proporcionar, transferir pirotécnicos Artículo 64 inciso a) Multa de la Ley 17 productos pirotécnicos o materiales relacionados sin autorización. Artículos 266 nume- Muy grave y Brindar, ofertar o comercializar la realización de espectáculos pirotéc- nicos sin autorización. rales 266.1 y 266.2 y decomiso 294 del Reglamento C. IMPORTACIÓN, INGRESO, EXPORTACIÓN O SALIDA DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de Califi cación de la Nº INFRACCIÓN Sanción referencia infracción Importar, internar, ingresar o introducir al país productos pirotécnicos Artículos 277, 279 Multa o materiales relacionados excediendo las cantidades indicadas en la 1 numeral 279.2 y 280 Grave y autorización de importación o cuyas características o composición no numeral 280.4 del decomiso concuerden con las autorizadas. Reglamento Poseer con fi nes de exportación o exportar productos pirotécnicos Multa 2 o materiales relacionados con características o composición que no Artículo 283 del Regla- Grave y mento concuerden con las autorizadas o cuyas cantidades excedan a las indicadas en la autorización. decomiso Multa y 3 Poseer con fi nes de exportación o exportar productos pirotécnicos o Artículo 265 inciso b) Muy grave decomiso del Reglamento materiales relacionados prohibidos. Artículo 64 inciso a) de Importar, internar, ingresar o introducir al país productos pirotécnicos la Ley Multa 4 Muy grave y o materiales relacionados sin autorización. Artículos 265 inciso a) decomiso y 277 del Reglamento Multa Importar, internar, ingresar o introducir al país productos pirotécnicos Artículo 265 inciso b) 5 Muy grave y o materiales relacionados prohibidos. del Reglamento decomiso D. TRASLADO DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de Califi cación de la Nº INFRACCIÓN Sanción referencia infracción Trasladar productos pirotécnicos o materiales relacionados a lugar distin- Multa Artículo 306 numeral 1 to al autorizado, en cantidades distintas a las consignadas en la guía de 306.1 del Reglamento Grave y tránsito o incumpliendo lo establecido en dicho documento. decomiso Multa Trasladar en forma conjunta productos pirotécnicos o materiales relacio- y 2 nados incompatibles, altamente infl amables, en condiciones inseguras o Artículos 308, 309 y 310 Grave decomiso del Reglamento que incrementen el riesgo de accidentes o incidentes. Artículo 64 inciso i) de la Ley Multa Trasladar productos pirotécnicos o materiales relacionados sin guía de 3 Artículos 265 inciso a) y Muy grave y tránsito, cuando sea obligatorio. 305 numerales 305.1 y decomiso 305.3 del Reglamento Multa y 4 Trasladar productos pirotécnicos o materiales relacionados prohibidos. Artículo 265 inciso b) del Muy grave decomiso Reglamento E. ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS. Nº INFRACCIÓN Base normativa de Califi cación de la Sanción referencia infracción 316 numeral 316.3 del 1 Almacenar productos pirotécnicos o materiales relacionados con autoriza- Artículos 265 inciso a) y Leve Multa ción de almacenamiento vencida. Reglamento
El Peruano / Miércoles 6 de julio de 2016 NORMAS LEGALES 591899 E. ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS. Nº INFRACCIÓN Base normativa de Califi cación de la Sanción referencia infracción No contar, reportar o remitir el registro de ingresos y egresos de productos Artículo 315 del Regla- 2 Leve Multa pirotécnicos o materiales relacionados conforme lo establecido. mento No comunicar la designación o cambio de la persona responsable de la Artículo 318 numeral 3 administración del depósito, dentro del plazo establecido. No comunicar los 318.5 del Reglamento Leve Multa horarios en los que se realiza la actividad en el depósito. Artículo 64 inciso g) de la Ley 4 Almacenar productos pirotécnicos o materiales relacionados incumpliendo Artículos 313 numeral Grave Multa las condiciones o medidas de seguridad establecidas. 313.2, 317 y 319 del Reglamento Almacenar productos pirotécnicos o materiales relacionados incompatibles Artículo 319 del Regla- 5 Grave Multa entre sí. mento Permitir que personal que no cumpla con las condiciones establecidas se encargue del despacho y seguridad del depósito. Incumplir con las obli- Artículo 320 del Regla- 6 Grave Multa gaciones establecidas para el encargado del despacho y seguridad de la mento instalación de almacenamiento. 7 Exceder la cantidad máxima de almacenamiento establecida. Artículo 271 y 316 del Grave Multa Reglamento Artículo 64 inciso g) de Almacenar productos pirotécnicos o materiales relacionados en lugar la Ley Multa 8 Muy grave y distinto al autorizado. Artículo 313 del Regla- decomiso mento Artículo 64 inciso a) de Multa la Ley 9 Almacenar productos pirotécnicos o materiales sin contar con autorización. Muy grave y Artículos 265 inciso b) y decomiso 313 del Reglamento Artículo 64 inciso g) de Multa la Ley 10 Almacenar o depositar productos pirotécnicos o materiales relacionados no Artículo 265 inciso b) del Muy grave y autorizados o prohibidos. Reglamento decomiso F. MANIPULACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de Califi cación de la Nº INFRACCIÓN Sanción referencia infracción No portar la autorización de manipulación de productos pirotécnicos y mate- 1 riales relacionados, durante la manipulación, traslado, operación o realiza- Artículo 323 del Regla- Leve Multa mento ción de actividades con estos. 2 Manipular productos pirotécnicos o materiales relacionados con autoriza- Artículos 325 y 327 del Leve Multa ción vencida. Reglamento Artículos 323 numeral Realizar actividades pirotécnicas distintas a las autorizadas en el carné de 3 323.3 y 324 del Regla- Grave Multa manipulador de productos pirotécnicos y materiales relacionados. mento Permitir que personal realice actividades con productos pirotécnicos o Artículo 323 numeral 4 Grave Multa materiales relacionados con la autorización de manipulación vencida. 323.1 del Reglamento Permitir que personal realice actividades con productos pirotécnicos o Artículo 323 numeral 5 materiales relacionados sin contar con la autorización de manipulación 323.1 del Reglamento Muy grave Multa respectiva. Permitir que personal realice actividades con productos pirotécnicos o 6 materiales relacionados bajo la infl uencia de alcohol o de algún otro tipo de Artículo 265 inciso c) del Muy grave Multa Reglamento sustancia psicotrópica. Manipular productos pirotécnicos o materiales relacionados sin contar con Artículo 323 numeral 7 Muy grave Multa autorización. 323.1 del Reglamento Suspensión de la autori- zación para la manipulación 8 Manipular productos pirotécnicos o materiales relacionados bajo la infl uen- Artículo 265 inciso c) del Muy grave de productos pirotécnicos cia de alcohol o de algún otro tipo de sustancia psicotrópica. Reglamento o materiales relacionados hasta por ciento ochenta (180) días calendario G. DESTINO FINAL DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de Califi cación de Nº INFRACCIÓN Sanción referencia la infracción No informar las destrucciones de productos pirotécnicos o materiales Artículo 333 numeral 1 Leve Multa relacionados llevadas a cabo conforme lo establecido. 333.5 del Reglamento
591900 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano G. DESTINO FINAL DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS O MATERIALES RELACIONADOS Base normativa de Califi cación de Nº INFRACCIÓN Sanción referencia la infracción Permitir la destrucción de productos pirotécnicos o materiales relaciona- Artículo 66 de la Ley 2 dos por personas que no cuenten con autorización de manipulación o por Artículo 333 numeral Grave Multa personal especializado de la PNP. 333.1 del Reglamento Artículo 333 numeral 3 No cumplir con las medidas de seguridad establecidas para la destruc- 333.4 del Reglamento Muy grave Multa ción de productos pirotécnicos y materiales relacionados. H. OTROS ASPECTOS GENERALES Base normativa de Califi cación de Nº INFRACCIÓN Sanción referencia la infracción Artículo 63 inciso a) de la Ley. 1 No remitir información en la forma y plazo establecido. Artículo 262 inciso a) Leve Multa del Reglamento No remitir las muestras de los productos que les sean solicitados o no Artículo 290 del Regla- 2 Leve Multa permitir que la SUCAMEC tome directamente estas. mento 3 No comunicar la ocurrencia de accidentes conforme lo establecido. Artículo 262 inciso g) Leve Multa del Reglamento No comunicar la pérdida, hurto, robo o sustracción de productos pirotéc- Artículo 262 inciso f) 4 Grave Multa nicos o materiales relacionados o no realizarlo conforme lo establecido. del Reglamento Permitir que personas ajenas a la actividad pirotécnica permanezcan o 6 laboren dentro de los lugares o espacios donde se fabrique, almacene, Artículo 265 inciso d) Muy grave Multa manipule, comercialice o se ejecute un espectáculo con productos piro- del Reglamento técnicos o materiales relacionados. Permitir que personas laboren en lugares o espacios donde se fabrique, almacene, manipule, comercialice o se ejecute un espectáculo con pro- 7 ductos pirotécnicos o materiales relacionados sin equipos de protección Artículo 265 inciso e) Muy grave Multa del Reglamento personal, con equipos que se encuentren en mal estado o no cumplan sus fi nes, o que se les dé el uso indebido Artículo 344 numeral 8 Incumplimiento de medida(s) administrativa(s) dictada(s) por la SUCA- 344.4 del Reglamento Muy grave Multa MEC. Artículo 347 numeral 9 No cumplir con mandato dictado por la SUCAMEC. Muy grave Multa 347.2 del Reglamento Artículo 53 inciso e) de la Ley. 10 No otorgar facilidades, no permitir, difi cultar o realizar acciones que impi- Artículo 262 del Regla- Muy grave Multa dan las acciones de control o inspección por parte de la SUCAMEC. mento Nota: La SUCAMEC puede dictar medidas administrativas preventivas o complementarias a las sanciones tipifi cadas en el presente Anexo. I. TABLA DE SANCIONES NO PECUNARIAS POR REINCIDENCIA: PRODUCTOS PIROTECNICOS O MATERIALES RELACIONADOS Reincidencia Nº INFRACCIÓN Base normativa Califi cación de la 1era. Vez 2da. Vez infracción de referencia Suspensión de la Suspensión de la au- autorización de torización de instala- instalación y fun- Fabricar productos pirotécnicos o materiales relacio- ción y funcionamiento cionamiento de nados en inmueble o local, distintos al autorizado. de fábrica o taller de fábrica o taller de 1 Fabricar cualquier tipo de pirotécnicos en inmuebles Artículo 64 inciso Grave productos pirotécnicos productos pirotéc- c) de la Ley destinados a viviendas, locales de venta u otros no o materiales relaciona- nicos o materiales autorizados. dos hasta por sesenta relacionados hasta (60) días calendario por ciento ochenta y decomiso (180) días calen- dario y decomiso Suspensión de la autorización para Cancelación de la Realizar espectáculos pirotécnicos incumpliendo brindar servicios de autorización para 2 alguna de las condiciones o medidas de seguridad Artículo 301 del Muy Grave espectáculos pirotéc- brindar servicios Reglamento establecidas. nicos hasta por ciento de espectáculos ochenta (180) días pirotécnicos y de- calendario comiso Suspensión de la autorización de co- Cancelación de la autorización de co- Comercializar, vender, ofertar, proporcionar o entre- Artículo 64 inciso mercialización de mercialización de f) de la Ley. 3 gar productos pirotécnicos o materiales relacionados Artículo 265 inciso Muy Grave productos pirotécnicos productos pirotéc- o materiales relacio- a menores de edad. h) del Reglamento nados hasta por ciento nicos o materiales ochenta (180) días relacionados calendario y decomiso y decomiso
El Peruano / Miércoles 6 de julio de 2016 NORMAS LEGALES 591901 I. TABLA DE SANCIONES NO PECUNARIAS POR REINCIDENCIA: PRODUCTOS PIROTECNICOS O MATERIALES RELACIONADOS Reincidencia Nº INFRACCIÓN Base normativa Califi cación de la 1era. Vez 2da. Vez infracción de referencia Suspensión de la Cancelación de la autorización de co- autorización de co- mercialización de Comercializar, vender, ofertar, proporcionar, trans- Artículo 265 mercialización de 4 ferir o entregar productos pirotécnicos o materiales inciso b) del Muy Grave productos pirotécnicos productos pirotéc- o materiales relacio- relacionados prohibidos. Reglamento nicos o materiales nados hasta por ciento relacionados ochenta (180) días y decomiso calendario y decomiso Suspensión de la au- Cancelación de la torización para brindar autorización para servicios de espectá- Artículos 299 y culos con productos brindar servicios Realizar espectáculos empleando productos pirotéc- de espectáculos 5 265 inciso b) del Muy Grave pirotécnicos o materia- nicos prohibidos o no autorizados. con productos pi- Reglamento les relacionados hasta rotécnicos o mate- por ciento ochenta riales relacionados (180) días calendarioy y decomiso decomiso Suspensión de la Cancelación de la Comercializar, vender, desviar, entregar, proporcio- Artículo 64 inciso autorización de co- autorización de co- de mercialización d) de la Ley nar o transferir materiales relacionados controlados mercialización de Artículos 265 6 por la SUCAMEC, para la fabricación de productos inciso g) y 266 Muy Grave productos pirotécnicos productos pirotéc- o materiales relacio- pirotécnicos, a personas no autorizadas o con auto- numeral 266.3. nados hasta por ciento nicos o materiales rización vencida. del Reglamento ochenta (180) días relacionados y de- calendario y decomiso comiso Suspensión de la Artículo 64 inciso Cancelación de la Comercializar, vender, mostrar, ofertar o exhibir e) de la Ley autorización de co- autorización de co- productos pirotécnicos o realizar espectáculos pi- Artículos 296 mercialización de mercialización de rotécnicos en lugar(es), local(es), inmueble(s) no productos pirotécnicos 7 numeral 296.3 y Muy Grave productos pirotéc- autorizados o distintos a los autorizados. Realizar 267 numerales o materiales relacio- nicos o materiales la venta ambulatoria de cualquier clase de producto 267.1 y 267.3 del nados hasta por ciento relacionados y de- pirotécnico. ochenta (180) días Reglamento comiso calendario y decomiso Suspensión la autori- Cancelación de zación de importación la autorización de Importar, internar, ingresar o introducir al país pro- de productos pirotéc- importación de 8 ductos pirotécnicos o materiales relacionados pro- Artículo 265 inciso Muy Grave nicos o materiales re- productos pirotéc- b) del Reglamento lacionados hasta por hibidos. ciento ochenta (180) nicos o materiales días calendario y de- relacionados y de- comiso comiso Suspensión la autori- Cancelación de zación de importación Importar, internar, ingresar o introducir al país pro- Artículos 277, 279 de productos pirotéc- la autorización de ductos pirotécnicos o materiales relacionados exce- importación de 9 diendo las cantidades indicadas en la autorización numeral 279.2 Muy Grave nicos o materiales re- productos pirotéc- y 280 numeral lacionados hasta por de importación o cuyas características o composi- 280.4 del Regla- ciento ochenta (180) nicos o materiales ción no concuerden con las autorizadas. relacionados y mento días calendario y de- decomiso comiso Suspensión de la au- Cancelación de Poseer con fi nes de exportación o exportar produc- torización de expor- la autorización de tación de productos tos pirotécnicos o materiales relacionados con ca- exportación de 10 racterísticas o composición que no concuerden con Artículo 283 del Muy Grave pirotécnicos o materia- productos pirotéc- les relacionados hasta Reglamento las autorizadas o cuyas cantidades excedan a las por ciento ochenta nicos o materiales indicadas en la autorización. (180) días calendario relacionados y y decomiso decomiso Suspensión de la Cancelación de la autorización de alma- Artículo 64 inciso cenamiento de pro- autorización de al- Almacenar o depositar productos pirotécnicos o ma- g) de la Ley ductos pirotécnicos o macenamiento de 11 Muy Grave productos pirotéc- teriales relacionados no autorizados o prohibidos. Artículo 265 inciso materiales relaciona- nicos o materiales b) del Reglamento dos hasta por ciento relacionados y ochenta (180) días decomiso calendario y decomiso
591902 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2016 / El Peruano I. TABLA DE SANCIONES NO PECUNARIAS POR REINCIDENCIA: PRODUCTOS PIROTECNICOS O MATERIALES RELACIONADOS Reincidencia Nº INFRACCIÓN Base normativa Califi cación de la 1era. Vez 2da. Vez infracción de referencia Suspensión de la au- Cancelación de torización de instala- la autorización de ción y funcionamiento instalación y fun- Artículo 286 productos pirotécnicos fábrica o taller de 12 Utilizar materiales relacionados prohibidos en la numeral 286.3 del Muy Grave de fábrica o taller de cionamiento de elaboración o fabricación de productos pirotécnicos. Reglamento o materiales relacio- productos pirotéc- nados hasta por ciento nicos o materiales ochenta (180) días relacionados y calendario y decomiso decomiso Suspensión de la au- Cancelación de torización de instala- la autorización de ción y funcionamiento instalación y fun- Fabricar productos pirotécnicos o materiales distin- de fábrica o taller de cionamiento de 13 tos a los autorizados o que no cumplan los requisitos Artículo 286 del Muy Grave productos pirotécnicos fábrica o taller de Reglamento técnicos o de seguridad. o materiales relacio- productos pirotéc- nados hasta por ciento nicos o materiales ochenta (180) días relacionados y de- calendario y decomiso comiso Cancelación de la au- torización de instala- Artículo 286 ción y funcionamiento Fabricar productos pirotécnicos o materiales prohi- 14 numeral 286.3 del Muy Grave de fábrica o taller de - bidos. Reglamento productos pirotécnicos o materiales relaciona- dos y decomiso Cancelación de la autorización para la Manipular productos pirotécnicos o materiales rela- 15 cionados bajo la infl uencia de alcohol o de algún otro Artículo 265 inciso Muy Grave manipulación de pro- - c) del Reglamento ductos pirotécnicos o tipo de sustancia psicotrópica. materiales relaciona- dos y decomiso ANEXO 6 CLASIFICACIÓN DE EXPLOSIVOS Y MATERIALES RELACIONADOS CLASIFICACIÓN DESCRIPCIÓN Aquellos que por su naturaleza altamente sensible al calor, al choque, a la fricción o a otras fuentes primarias energéticas se utilizan para transmitir la detonación a los explosivos secundarios. Explosivos primarios o iniciadores Ejemplo: Azida de plomo, estifnato de plomo, fulminato de mercurio, entre otros. EXPLOSIVOS Aquellos explosivos relativamente insensibles en comparación con los explosivos primarios, que por lo general se activan mediante estos últimos, reforzados o no por cargas multiplicadoras o suplementarias. Explosivos secundarios o rompedores Ejemplo: Dinamita, PETN, TNT, RDX, HMX, etc.; agentes de voladura como anfo, anfo pesado, entre otros. Artículos u objetos que contienen cargas explosivas o no explosivas y que son utilizados para iniciar o ayudar a iniciar la detonación de un explosivo. Conexos o accesorios de voladura Ejemplos: Detonadores o fulminantes, mechas de seguridad, conectores, detonadores no eléctricos, cordón detonante, entre otros. MATERIALES RELACIONADOS Sustancias químicas con características técnicas destinadas a la fabricación de explosivos primarios o secundarios o aquellos que por tratamiento físico o químico pueden convertirse en Insumos explosivos pero que no tienen naturaleza explosiva. Ejemplo: Nitrato de amonio que cuente hasta con 0,2% de sustancias combustibles, entre otros. 1400743-1
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