Dermatólogo 1 1 Oftalmólogo 0 1 Optómetra 1 1 Otorrinolaringólogo 2 Fisioterapeuta 3 2 Terapista 2 Respiratoria 5 Ortopedista 28 Bacteriólogo (a) 5 Odontólogo(a) 0 Técnico en RX 0 Enfermeras Jefes 22 Enfermeras Auxiliares 12 Conductores de Ambulancias 4 Conductores de Administración. 1 Mensajería Personal de 6 Administración Personal de Aseo 2 Personal de Mantenimiento Camilleros Personal de Vigilancia Personal Lavandería
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 100 01/04/2020 de 119 Locativos Cantidad Ubicación Descripción del elemento 38 Hospitalización,urgencias, peditria,maternidad. 2 Cirugía Camas 9 Quirófanos Existentes 1 Consulta Externa, Urgencias Consultorios habilitados 1 Urgencias Sala de Reanimación 1 Sala para procedimientos 0 consulta externa Laboratorio Clínico 1 Consulta externa Banco de Sangre 2 Rayos X 2 Consulta externa Ecografías Consulta externa Camas de parto 8 Camas de hospitalización Maternidad obstetricia 29 Camas Maternidad Hospitalización (adultos) 8 Camas 17 Hospitalizacion Hospitalización (Pediatría.) 1 Camillas en Urgencias 5 Pediatria Pediatría Urgencias Odontología hospitallizacion Otros (cuál) Sedes del hospital area rural y municipal
Responsable (Nombre y Cargo) .
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 101 01/04/2020 de 119
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 102 01/04/2020 de 119 Telemática – Comunicaciones Descripción del elemento Cantidad Líneas Fijas 3 Teléfonos Celulares 4 Radio Teléfonos Base SI Radio Teléfonos Portátiles NO Radio Teléfonos Ambulancias NO Vehículos para emergencias Tipo de Placa INVENTARIO D vehiculo Capacidad Estado OJZ 402 Ambulancia Funciona medicalizada 5 BUENO
Ubicación Responsable DE VEHICULOS Modelo Cantidad Tipo de RENAULT 1 al combustible NEWMASTER DISEL
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 103 01/04/2020 de 119 Ambulancia OQJ 075 5 BUENO OJZ 403 5 BUENO Ambulancia medicalizada Servicios Complementarios Cantidad Ubicación Si/No Parte Externa Servicio 1 Parte Externa 2 Ambulancias TAB Si Area de Ambulancias TAM Si Almacenamiento Cocina SI Central Comedor Parte externa Lavandería Si Parte externa Lugar para disponer Parte externa basuras y desechos Si Parqueadero en urgencias Si Parqueaderos para Si Funcionarios Parqueadero para Si visitantes Planta eléctrica Semiautomática
DISEL CHEVROLET TURBO 1 DISEL RENAULT 1 NEWMASTER Responsable Observaciones (Nombre y cargo) Hedilberto rivadeneira. (Subgerente) Hedilberto rivadeneira. (Subgerente) Coordinadora de Servicios Generales Cordinadora de Servicios Generales Cordinadora de Servicios Generales Robirio Calleja (Servicios Generales)
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 104 01/04/2020 de 119 Planta tratamiento de agua NO pot. NO Servicio de Caldera Servicio de esterilización Central de Materiales Si Servicio de incinerador NO Servicio Oxigeno por red NO interna y Óxido Nitroso Cuarto de pipas, Servicio Oxigeno balas Si urgencia y individuales hospitalizacion Sistema de aire acondicionado SI Sistema de Iluminación para emergencias No Sistemas de ventilación interna Si Taller para mantenimiento Si Tanque de combustible para la planta eléctrica NO Tanques para Parte interna almacenamiento de agua potable Si
s Jhon Mario Lasso DionerBermudez (Jefe de Mantenimiento) DionerBermudez (Jefe de Mantenimiento)
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 105 01/04/2020 de 119 Suministros Servicio Cantidad Si/No Agua para Consumo SI Alimentos No perecederos SI Bombillas y lámparas para iluminación SI Camillas Plegables Camillas rodantes SI Elementos de aseo personal SI Enseres para hospitalización (camas -colchonetas) SI Extensiones eléctricas SI Implementos de aseo locativos SI Implementos de cocina SI Insumos y dotación para ambulancias SI Insumos y reactivos para procedimientos SI Medicamentos para desastres SI Materiales Plásticos y desechables SI Recipientes para basura SI Recipientes para desechos hospitalarios SI Recipientes Plásticos para manejo de agua SI Repuestos para mantenimientos de equipos SI Repuestos para mantenimiento de vehículos SI Ropa Hospitalaria de cama SI Ropa hospitalaria para el personal medico SI Suministros hospitalarios para desastres NO Rubro en caso de emergencia SI
Ubicación Responsable Observaciones (Nombre y Cargo)
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 106 01/04/2020 de 119 Redes de Apoyo 20 2 NUMERO DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS 2 NUMERO DE IGLESIAS 1 NUMERO DE CAPILLAS 1 COLISEO CUBIERTO Y ESTADIOS CEMENTERIOS ORGANISMOS DE APOYO DIRECCIÓN TELEFONO ESTACIÓN DE POLICÍA Carrera 10 Salida a cartago 2209363 ESTACIÓN DE BOMBEROS Carrera 10 con Calle 7 Esq. 2206565 DEFENSA CIVIL COLOMBIANA Calle 7 N° 8 - 57 2035797- DIRECCION LOCAL DE SALUD 2209606 COMITÉS LOCALES DE Calle 13 Cra. 12 Esquina EMERGENCIAS Alcaldía Mpal. 3164697610 3185712772 CRUZ ROJA COLOMBIANA Calle 14 N° 9 - 19 ALCALDÍA MUNICIPAL Calle 2d La Paila 2206776 FUNERARIAS Vía. Panamericana Salida Sur 1 2219000 Ejército Nacional Km 2209200- 2207575
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 107 01/04/2020 de 119 Funciones de las Redes de Apoyo FUNCIONES INSTITUCIÓN Evacuación, rescate y transporte de heridos. Bomberos Dar la señal de alarma en el ámbito municipal Prestar primeros auxilios, según las necesidades. Evacuación, rescate y transporte de heridos. Cruz Roja Prestar primeros auxilios según las necesidades Comunicación con otras dependencias Policía Desalojo Conservar la seguridad y orden Evacuación, rescate y transporte de heridos. Defensa Civil Prestar primeros auxilios según las necesidades Comunicación con otras dependencias Camilleros de pacientes Colegios y escuelas Albergues temporales Albergues temporales Salas de Acción Comunal Iglesias Albergues temporales
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 108 01/04/2020 de 119 AREAS DE EXPANSIÓN FASES Y ALTERNATIVAS DE AMPLIACIÓN DE LA CAPACIDAD INSTALADA Ante la presentación de un evento de emergencia o desastre se hace necesario dentificar alternativas para la prestación de los servicios de salud, que permita disminuir las posibles saturaciones de la capacidad instalada de la institucion, entre las cuales se encuentran: ● Generar áreas o ambientes de aislamiento para la atención de personas en riesgo de infección y con infección por SARS-CoV-2 (COVID-19), dentro del hospital. ● Implementación de modalidades de atención extramural domiciliaria y telemedicina en cualquiera de sus categorías. ● Reconversión de camas de hospitalización a camas de cuidados intermedios y de estas a camas de cuidado intensivos o activación de zonas de expansión. ● Coordinación con la respectiva Secretaría de Salud Departamental o Distrital para la autorización de la prestación de servicios en instalaciones de salud que se encuentren fuera de los servicios de salud habilitados o en infraestructura con uso diferente al sector salud. De acuerdo a las anteriores alternativas de ampliación y activación de zonas de expansión el HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL ZARZAL E.S.E., en su compromiso por salvaguardar la vida de del personal asistencial, administrativo de apoyo, contratistas, proveedores pacientes y demás visitantes, como también la población a la cual se le brindan servicios de salud, ha establecido alternativas para la mitigación del riesgo ante una emergencia o desastre que incluye la emergencia sanitaria, la cual se esta presentando debido a la introducción del COVID-19 al país y ante los posibles contagios que se puedan presentar internamente en la institución. Dichas alternativas de ampliación y activación de zonas de expansión corresponten a la adecuacion de un área o ambiente no destinado al servicio de hospitalización ni a ambiente de aislamiento, fue necesario incorporar una infraestructura al interior del hospital que en este momento estaba fuera de funcionamiento, la cual ha sido rápidamente adaptada como ambiente para atención de pacientes con infección por SARS-CoV-2 (COVID-19), garantizando las condiciones minimas y respuesta para la ampliación de la capacidad instalada en momentos de contingencia. Para este fin se realizo una revisión general de la infraestructura física y asi localizar e identificar imperfecciones tales como pisos, fachadas, paredes, cielos raso, ventanas, puertas, instalaciones eléctricas, luminarias, tomas electricosetc., pudiéndose desarrollar de esta manera avtividades de mantenimiento físico y desinfección. CONDICIONES DE INFRAESTRUCTURA Y DOTACION DEL AREA DE AMPLIACION O ZONA DE EXPANSION EN LA INSTITUCION Generalidades : ● Las paredes, muros, pisos, cielo raso, están recubiertos por materiales lisos los cuales permiten procesos de lavado y desinfección ● Red de instalaciones eléctricas ● Instalaciones sanitarias ● Extintores
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 109 01/04/2020 de 119 ● Suministro de agua las 24 horas ● Aire acondicionado Infraestructura: ● Acceso y vestidor del personal ● Disponibilidad de unidad sanitaria y ducha para el talento humano en salud ● Area de informacion de pacientes ● Lavamanos ● Cubículos ● Unidad sanutaria y ducha acorde al numero de pacientes ● Estación de enfermería ● Ambiente de trabajo sucio ● Ambiente de trabajo sucio ● Deposito de ropa limpia ● Deposito de ropa sucia ● Ambiente de aseo ● Deposito intermedio de residuos ● Ventilación natural o artificial ● Sistemas eléctricos que garantizan la seguridad ● Sistema de cableado estructurado de redes en informatica Dotación: ● Camas hospitalarias (10)
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 110 01/04/2020 de 119 ANEXOS MARCO LEGAL DE LOS PLANES HOSPITALARIOS DE EMERGENCIAS En un mundo en permanente cambio y movimiento, las normas han constituido un punto de referencia para el que hacer de las personas y de las organizaciones. En Seguridad y Salud ene le trabajo, las normas han estado acompañando permenentemente el proceso Y lo reflejan en sus contenidos, por eso cuando abordamos el tema de la normatividad en los planes de emergencia empresariales, hay que partir de considerarlas circunscritas en el contexto de cambio que acompaña a la normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo. Conociendo los efectos catastrificos de una emergencia, es mucho lo que podemos hacer en prevención y mitigación mediante la operatividad continua de un plan de emergencias bien elaborado y empoderado. Los planes de emergencias empresariales son el legado de una historia dolorosa escrita sobre la tumba de trabajadores victimas de eventos naturales o antrópicos y sobre la base de accidentes industriales que han conmovido los cimientos de una sociedad que ve como sus puntuales de desarrollo económico y social se convierte en potentes amenazas para la supervivenciamde los seres humanos. RESOLUCIÓN 1802 DE 1989 La cual hace obligatoria la conformación del comité hospitalario de emergencias y la elaboración del plan hospitalario de emergencia. LEY 60 DE AGOSTO 12 DE 1993 Por la cual se dictan normas orgánicas sobre la distribución de Competencias territoriales en su artículo 3 fija como competencia de los departamentos, distritos y municipios la operación de la red y el sistema de referencia y contra referencia de pacientes entre todos los niveles de atención. LEY 400 DEL 19 DE AGOSTO DE 1997 Por la cual se adoptan normas sobre construcciones sismo resistentes en su artículo 54, cuyo uso se clasifique como indispensable y de atención a la comunidad localizada en zonas de amenaza sísmica, alta e intermedia, se les debe evaluar su vulnerabilidad de acuerdo con los procedimientos técnicos para ser intervenidas y construidas de acuerdo a los requisitos de ley. NORMA SISMO RESISTENTE 98 Y 2010 (NRS 98 /2010) Es una norma técnica que actualiza las memorias estructurales a cada uno de los proyectos de construcción para que todos los inmuebles sean sismo resistentes. RESOLUCIÓN 4445 DE 1996 Por el cual se dictan normas para el cumplimiento del contenido del título IV de la ley 09 de 1979 en lo referente a las condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos hospitalarios y
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 111 01/04/2020 de 119 similares. DECRETO 4252 DEL 14 DE NOVIEMBRE DE 1997 Por el cual se establecen normas técnico científicas y administrativas que contienen los requisitos esenciales para la prestación de servicios de salud, se fija el procedimiento de registro de la declaración de requisitos esenciales y otras disposiciones en su artículo 7 literal B, establece la obligatoriedad del plan de urgencias emergencias y desastres. DECRETO 93 DEL 13 DE ENERO DE 1993 Por el cual se adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de y desastres que orienta las acciones del estado y de la sociedad civil para la prevención y mitigación de riesgos, los preparativos para la atención y la recuperación en caso de desastre. En el artículo 7, literal 3.5 decreta la elaboración de planes de emergencia, contingencia y ejercicios de simulación y simulacros. DECRETO 1876 Del 3 de agosto de 1994 en su capítulo V articulo 23 consagra la obligatoriedad de las Empresas Sociales del Estado de elaborar un plan integral de seguridad hospitalaria que garantice la prestación de los servicios de salud en caso de situaciones de emergencia o desastre. Ley 100 de 1993 En sus artículos 167 y 168 consagra la obligatoriedad de las empresas prestadoras de servicios de salud en la atención de urgencias y reglamenta la subcuenta de eventos catastróficos y accidentes de tránsito. Resolución 009279 del17 de Noviembre de 1993 Por la cual se adopta el componente traslado para la red nacional de urgencias. DECRETO 412 DEL 6 DE MARZO DE 1992 Por el cual se reglamenta parcialmente los servicios de urgencias, estableciendo la obligatoriedad de la atención inicial de urgencias para todas las instituciones que prestan servicios de salud. Articulo 93 las áreas de circulación deberán estar claramente demarcadas para tener la amplitud suficiente para el transito seguro de las personas y estar provistas de la señalización adecuada y demás medidas necesarias para evitar accidentes. Articulo 96 todos los locales de trabajo tendrán puerta de salida en número suficiente y de características apropiadas para facilitar la evacuación del personal, en caso de emergencia o desastre, las cuales no podrán mantenerse obstruidas o con seguro durante las jornadas de trabajo. Las vías de acceso a las salidas de emergencia estarán claramente señaladas. Articulo 102 los riesgos que se derivan de la producción, manejo o almacenamiento de sustancias peligrosas serán objeto de divulgación entre el personal expuesto, incluyendo una clara titulación de los productos y demarcación de las aéreas, donde se opere con ellos, con la información de las medidas preventivas y de emergencias para los casos de contaminación del ambiente o de intoxicación. Articulo 114 en todo lugar de trabajo deberá disponerse personal adiestrado, método, equipos y materiales adecuados para la prevención y extinción de incendios. CON POSTERIORIDAD A LA LEY 9 DE 1979 Y COMO UN DESARROLLO ESPECÍFICO DE LA NORMATIVIDAD EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOSE DIO VIDA JURÍDICA A LA RESOLUCIÓN 2400 DE 1979 QUE A LO LARGO DE SUS 711 ARTÍCULOS, DEDICO VARIOS A LA TEMÁTICA DE LAS EMERGENCIAS, DESDE DIFERENTES ENFOQUES A SABER: Articulo 3 son obligaciones de los trabajadores dar aviso a sus superiores sobre la existencia de condiciones defectuosas o fallas en las instalaciones, maquinarias, procesos y operaciones de trabajo y sistemas de control de riesgos. Articulo 16 los locales contarán con un número suficiente de puertas de salida, libres de todo obstáculo, amplias, bien ubicadas y en buenas condiciones de funcionamiento para facilitar el tránsito seguro, deben estar construidas para que se abran hacia el exterior, y estarán provistas de cerraduras interiores de fácil operación. No deberán instalarse puertas giratorias, ni de corredera, ni enrollamiento vertical.
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 112 01/04/2020 de 119 Articulo 207 todo establecimiento en el que exista riesgo de incendio debe disponer de puertas alternas que se abran igualmente hacia el exterior para facilitar la evacuación. Articulo 220 todo establecimiento debe contar con extintores de incendio en buenas condiciones de mantenimiento y deben ser revisados como mínimo una vez al año. Articulo 223 todos los establecimientos deben tener conformada una brigada voluntaria contra incendios bien entrenada para que se encargue de esta labor de ser necesario. Artículo 234 en todos los establecimientos de trabajo se tendrá en cuenta las siguientes consideraciones respecto de las salidas de emergencia: A. Ninguna zona del establecimiento deberá estar alejada de una salida exterior y dicha distancia deberá estar dada en función del grado riesgo existente. B. Cada piso deberá tener por lo menos dos salidas suficientemente amplias, protegidas contra las llamas y el humo y bien separadas entre sí. C. Las escaleras de madera, de caracol, escaleras de mano, ascensores, deberán ser consideradas como salidas de emergencias. D. Las salidas deberán estar marcadas y bien iluminadas. E. El acceso a las salidas de emergencia, deberán mantenerse sin obstrucciones. F. Las escaleras exteriores y de escape no deben dar a patios internos ni pasajes sin salida. Articulo 11 actividades del subprograma de higiene y seguridad industrial. Organizar y desarrollar un plan de emergencia teniendo en cuenta las siguientes ramas: Rama preventiva: aplicación de las normas legales y técnicas sobre combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias peligrosas. Rama pasiva o estructural: diseño y construcción de edificaciones con materiales resistentes, vías de salidas suficientes y adecuadas para la evacuación de acuerdo a los riesgos existentes y el número de trabajadores. Rama activa o control de emergencias: conformación y organización de brigadas (selección, capacitación, planes de emergencia, y evacuación) sistemas de alerta, alarma, comunicación selección y distribución de equipos de control, inspección, señalización y mantenimiento. LEY 1523 DEL 24 DE ABRIL DE 2012 Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones. LEY 1575 21 DE AGOSTO DE 2012 Por medio de la cual se establece la ley general de bomberos de Colombia DECRETO 1072 DE MAYO DE 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo Artículo 2.2.4.6.12. Documentación. El empleador debe mantener disponibles y debidamente actualizados entre otros, los siguientes documentos en relación con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST: Numeral 12. La identificación de las amenazas junto con la evaluación de la vulnerabilidad y sus correspondientes planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias. Artículo 2.2.4.6.20. Indicadores que evalúan la estructura del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST. Para la definición y construcción de los indicadores que evalúan la estructura, el empleador debe considerar entre otros, los siguientes aspectos: Numeral 10. La existencia de un plan para prevención y atención de emergencias en la organización.
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 113 01/04/2020 de 119 Artículo 2.2.4.6.21. Indicadores que evalúan el proceso del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST. Para la definición y construcción de los indicadores que evalúan el proceso, el empleador debe considerar entre otros: Numeral 11. Ejecución del plan para la prevención y atención de emergencias. Artículo 2.2.4.6.25. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias. El empleador o contratante debe implementar y mantener las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas y subcontratistas, asi como proveedores y visitantes Para ello debe implementar un plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias que considere como mínimo, los siguientes aspectos: 1.Identificar sistemáticamente todas las amenazas que puedan afectar a la empresa; 2.Identificar los recursos disponibles, incluyendo las medidas de prevención y control existentes al interior de la empresa para prevención, preparación y respuesta ante emergencias, así como las capacidades existentes en las redes institucionales y de ayuda mutua; 3.Analizar la vulnerabilidad de la empresa frente a las amenazas identificadas, considerando las medidas de prevención y control existentes; 4. Valorar y evaluar los riesgos considerando el número de trabajadores expuestos, los bienes y servicios de la empresa; 5. Diseñar e implementar los procedimientos para prevenir y controlar las amenazas priorizadas o minimizar el impacto de las no prioritarias; 6. Formular el plan de emergencia para responder ante la inminencia u ocurrencia de eventos potencialmente desastrosos; 7. Asignar los recursos necesarios para diseñar e implementar los programas, procedimientos o acciones necesarias, para prevenir y controlar las amenazas prioritarias o minimizar el impacto de las no prioritarias; 8. Implementar las acciones factibles, para reducir la vulnerabilidad de la empresa frente a estas amenazas que incluye entre otros, la definición de planos de instalaciones y rutas de evacuación; 9. Informar, capacitar y entrenar incluyendo a todos los trabajadores, para que estén en capacidad de actuar y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real o potencial; 10. Realizar simulacros como mínimo una (1) vez al año con la participación de todos los trabajadores; 11. Conformar, capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios; 12. Inspeccionar con la periodicidad que sea definida en el SG-SST, todos los equipos relacionados con la prevención y atención de emergencias incluyendo sistemas de alerta, señalización y alarma, con el fin de garantizar su disponibilidad y buen funcionamiento; y 13. Desarrollar programas o planes de ayuda mutua ante amenazas de interés común, identificando los recursos para la prevención, preparación y respuesta ante emergencias en el entorno de la empresa y articulándose con los planes que para el mismo propósito puedan existir en la zona donde se ubica la empresa. PARÁGRAFO 1. De acuerdo con la magnitud de las amenazas y la evaluación de la vulnerabilidad tanto interna como en el entorno y la actividad económica de la empresa, el empleador o contratante puede articularse con las instituciones locales o regionales pertenecientes al Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres en el marco de la Ley 1523 de 2012.
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 114 01/04/2020 de 119 PARÁGRAFO 2. El diseño del plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias debe permitir su integración con otras iniciativas, como los planes de continuidad de negocio, cuando así proceda. proceda. NORMATIVIDAD INTERNACIONAL: Normas de la entidad norteamericana: NATIONAL FIRE PROTECCIÓN ASSOCIATION (NFPA) NORMA 10 NFPA: Establece el tipo, la distribución y uso de extintores portátiles NORMA 30 NFPA: Sobre el almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles NORMA 101 NFPA: Código de seguridad Humana NORMA 600 NFPA: Sobre la formación de brigadas de emergencia MARCO CONCEPTUAL: Para efectos del presente Plan de Gestión del Riesgo de Desastre se entenderá por: Adaptación: Comprende el ajuste de los sistemas naturales o humanos a los estímulos climáticos actuales o esperados o a sus efectos, con el fin de moderar perjuicios o explotar oportunidades beneficiosas, En el caso de los eventos hidrometeorológicos la Adaptación al Cambio Climático corresponde a la gestión del riesgo de desastres en la medida en que está encaminada a la reducción de la vulnerabilidad o al mejoramiento de la resiliencia en respuesta a los cambios observados o esperados del clima y su variabilidad. Alerta: Estado que se declara con anterioridad a la manifestación de un evento peligroso, con base en el monitoreo del comportamiento del respectivo fenómeno, con el fin de que las entidades y la población involucrada activen procedimientos de acción previamente establecidos. Amenaza: Peligro latente de que un evento físico de origen natural, o causado, o inducido por la acción humana de manera accidental, se presente con una severidad suficiente para causar pérdida de vidas, lesiones u otros impactos en la salud, así como también daños y pérdidas en los bienes, la infraestructura, los medios de sustento, la prestación de servicios y los recursos ambientales. Análisis y evaluación del riesgo: Implica la consideración de las causas y fuentes del riesgo, sus consecuencias y la probabilidad de que dichas consecuencias puedan ocurrir. Es el modelo mediante el cual se relaciona la amenaza y la vulnerabilidad de los elementos expuestos, con el fin de determinar los posibles efectos sociales, económicos y ambientales y sus probabilidades. Se estima el valor de los daños y las pérdidas potenciales, y se compara con criterios de seguridad establecidos, con el propósito de definir tipos de intervención y alcance de la reducción del riesgo y preparación para la respuesta y recuperación. Calamidad pública: Es el resultado que se desencadena de la manifestación de uno o varios eventos naturales o antropogénicos no intencionales que al encontrar condiciones propicias de vulnerabilidad en las personas, los bienes, la infraestructura, los medios de subsistencia, la prestación de servicios o los recursos ambientales, causa daños o pérdidas humanas, materiales, económicas o ambientales, generando una alteración intensa, grave y extendida en las condiciones normales de funcionamiento de la población, en el respectivo territorio, que exige al municipio, distrito o departamento ejecutar acciones de respuesta a la emergencia, rehabilitación y reconstrucción.
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 115 01/04/2020 de 119 Cambio climático: Importante variación estadística en el estado medio del clima o en su variabilidad, que persiste durante un período prolongado (normalmente decenios o incluso más). El cambio climático se puede deber a procesos naturales internos o a cambios del forzamiento externo, o bien a cambios persistentes antropogénicos en la composición de la atmósfera o en el uso de las tierras. Conocimiento del riesgo: Es el proceso de la gestión del riesgo compuesto por la identificación de escenarios de riesgo, el análisis y evaluación del riesgo, el monitoreo y seguimiento del riesgo y sus componentes y la comunicación para promover una mayor conciencia del mismo que alimenta los procesos de reducción del riesgo y de manejo de desastre. Desastre: Es el resultado que se desencadena de la manifestación de uno o varios eventos naturales o antropogénicos no intencionales que al encontrar condiciones propicias de vulnerabilidad en las personas, los bienes, la infraestructura, los medios de subsistencia, la prestación de servicios o los recursos ambientales, causa daños o pérdidas humanas, materiales, económicas o ambientales, generando una alteración intensa, grave y extendida en las condiciones normales de funcionamiento de la sociedad, que exige del Estado y del sistema nacional ejecutar acciones de respuesta a la emergencia, rehabilitación y reconstrucción. Emergencia: Situación caracterizada por la alteración o interrupción intensa y grave de las condiciones normales de funcionamiento u operación de una comunidad, causada por un evento adverso o por la inminencia del mismo, que obliga a una reacción inmediata y que requiere la respuesta de las instituciones del Estado, los medios de comunicación y de la comunidad en general. Exposición (elementos expuestos): Se refiere a la presencia de personas, medios de subsistencia, servicios ambientales y recursos económicos y sociales, bienes culturales e infraestructura que por su localización pueden ser afectados por la manifestación de una amenaza. Gestión del riesgo: Es el proceso social de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas y acciones permanentes para el conocimiento del riesgo y promoción de una mayor conciencia del mismo, impedir o evitar que se genere, reducirlo o controlarlo cuando ya existe y para prepararse y manejar las situaciones de desastre, así como para la posterior recuperación, entiéndase: rehabilitación y reconstrucción. Estas acciones tienen el propósito explícito de contribuir a la seguridad, el bienestar y calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible. Intervención: Corresponde al tratamiento del riesgo mediante la modificación intencional de las características de un fenómeno con el fin de reducir la amenaza que representa o de
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 116 01/04/2020 de 119 modificar las características intrínsecas de un elemento expuesto con el fin de reducir su vulnerabilidad. Intervención correctiva: Proceso cuyo objetivo es reducir el nivel de riesgo existente en la sociedad a través de acciones de mitigación, en el sentido de disminuir o reducir las condiciones de amenaza, cuando sea posible, y la vulnerabilidad de los elementos expuestos. Intervención prospectiva: Proceso cuyo objetivo es garantizar que no surjan nuevas situaciones de riesgo a través de acciones de prevención, impidiendo que los elementos expuestos sean vulnerables o que lleguen a estar expuestos ante posibles eventos peligrosos. Su objetivo último es evitar nuevo riesgo y la necesidad de intervenciones correctivas en el futuro. La intervención prospectiva se realiza primordialmente a través de la planificación ambiental sostenible, el ordenamiento territorial, la planificación sectorial, la regulación y las especificaciones técnicas, los estudios de pre factibilidad y diseño adecuados, el control y seguimiento y en general todos aquellos mecanismos que contribuyan de manera anticipada a la localización, construcción y funcionamiento seguro de la infraestructura, los bienes y la población. Manejo de desastres: Es el proceso de la gestión del riesgo compuesto por la preparación para la respuesta a emergencias, la preparación para la recuperación pos-desastre, la ejecución de dicha respuesta y la ejecución de la respectiva recuperación, entiéndase: rehabilitación y recuperación. Mitigación del riesgo: Medidas de intervención prescriptiva o correctiva dirigidas a reducir o disminuir los daños y pérdidas que se puedan presentar a través de reglamentos de seguridad y proyectos de inversión pública o privada cuyo objetivo es reducir las condiciones de amenaza, cuando sea posible, y la vulnerabilidad existente. Preparación: Es el conjunto de acciones principalmente de coordinación, sistemas de alerta, capacitación, equipamiento, centros de reserva y albergues y entrenamiento, con el propósito de optimizar la ejecución de los diferentes servicios básicos de respuesta, como accesibilidad y transporte, telecomunicaciones, evaluación de daños y análisis de necesidades, salud y saneamiento básico, búsqueda y rescate, extinción de incendios y manejo de materiales peligrosos, albergues y alimentación, servicios públicos, seguridad y convivencia, aspectos financieros y legales, información pública y el manejo general de la respuesta, entre otros. Prevención de riesgo: Medidas y acciones de intervención restrictiva o prospectiva dispuestas con anticipación con el fin de evitar que se genere riesgo. Puede enfocarse a evitar o neutralizar la amenaza o la exposición y la vulnerabilidad ante la misma en forma definitiva para impedir que se genere nuevo riesgo. Los instrumentos esenciales de la prevención son aquellos previstos en la planificación, la inversión pública y el ordenamiento ambiental territorial, que tienen como objetivo reglamentar el uso y la ocupación del suelo de forma segura y sostenible.
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 117 01/04/2020 de 119 Protección financiera: Mecanismos o instrumentos financieros de retención intencional o transferencia del riesgo que se establecen en forma ex ante con el fin de acceder de manera ex post a recursos económicos oportunos para la atención de emergencias y la recuperación. Recuperación: Son las acciones para el restablecimiento de las condiciones normales de vida mediante la rehabilitación, reparación o reconstrucción del área afectada, los bienes y servicios interrumpidos o deteriorados y el restablecimiento e impulso del desarrollo económico y social de la comunidad. La recuperación tiene como propósito central evitar la reproducción de las condiciones de riesgo preexistentes en el área o sector afectado. Reducción del riesgo: Es el proceso de la gestión del riesgo, está compuesto por la intervención dirigida a modificar o disminuir las condiciones de riesgo existentes, entiéndase: mitigación del riesgo y a evitar nuevo riesgo en el territorio, entiéndase: prevención del riesgo. Son medidas de mitigación y prevención que se adoptan con antelación para reducir la amenaza, la exposición y disminuir la vulnerabilidad de las personas, los medios de subsistencia, los bienes, la infraestructura y los recursos ambientales, para evitar o minimizar los daños y pérdidas en caso de producirse los eventos físicos peligrosos. La reducción del riesgo la componen la intervención correctiva del riesgo existente, la intervención prospectiva de nuevo riesgo y la protección financiera. Reglamentación prescriptiva: Disposiciones cuyo objetivo es determinar en forma explícita exigencias mínimas de seguridad en elementos que están o van a estar expuestos en áreas propensas a eventos peligrosos con el fin de preestablecer el nivel de riesgo aceptable en dichas áreas. Reglamentación restrictiva: Disposiciones cuyo objetivo es evitar la configuración de nuevo riesgo mediante la prohibición taxativa de la ocupación permanente de áreas expuestas y propensas a eventos peligrosos. Es fundamental para la planificación ambiental y territorial sostenible. Respuesta: Ejecución de las actividades necesarias para la atención de la emergencia como accesibilidad y transporte, telecomunicaciones, evaluación de daños y análisis de necesidades, salud y saneamiento básico, búsqueda y rescate, extinción de incendios y manejo de materiales peligrosos, albergues y alimentación, servicios públicos, seguridad y convivencia, aspectos financieros y legales, información pública y el manejo general de la respuesta, entre otros. La efectividad de la respuesta depende de la calidad de preparación. Riesgo de desastres: Corresponde a los daños o pérdidas potenciales que pueden presentarse debido a los eventos físicos peligrosos de origen natural, socio-natural tecnológico, biosanitario o humano no intencional, en un período de tiempo específico y queson determinados por la
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 118 01/04/2020 de 119 vulnerabilidad de los elementos expuestos; por consiguiente el riesgo de desastres se deriva de la combinación de la amenaza y la vulnerabilidad. Seguridad territorial: La seguridad territorial se refiere a la sostenibilidad de las relaciones entre la dinámica de la naturaleza y la dinámica de las comunidades en un territorio en particular. Este concepto incluye las nociones de seguridad alimentaria, seguridad jurídica o institucional, seguridad económica, seguridad ecológica y seguridad social. Vulnerabilidad: Susceptibilidad o fragilidad física, económica, social, ambiental o institucional que tiene una comunidad de ser afectada o de sufrir efectos adversos en caso de que un evento físico peligroso se presente. Corresponde a la predisposición a sufrir pérdidas o daños de los seres humanos y sus medios de subsistencia, así como de sus sistemas físicos, sociales, económicos y de apoyo que pueden ser afectados por eventos físicos peligrosos. DECLARATORIA DE FIN DE LA EMERGENCIA PLAN INTERNO DE EMERGENCIA INTERNO Una vez la brigada de emergencia haya contralado la situación, el jefe de brigada dará parte a la gerencia del hospital, la comisión técnica del CHE revisara que la estructura sea segura para reanudar a la normalidad, de ser asi, la gerencia dara la instrucción de normalidad y el coordinador general de la evacuación iniciara el retorno del personal desde los puntos de encuentro hacia los puestos de trabajo. Si asi se requiere se solicitara apayo al sistema Municipal o Departamental del riesgo para evacuación de la estructura. PLAN DE EMERGENCIA EXTERNO A nivel externo será establecida por el Alcalde o autoridad competente través de comunicado de prensa, una vez haya sido controlada la situación, el coordinador de urgencias dara parte a la gerencia del hospital, quien hara la declaración de alerta verde, retornando de esta manera a la normalidad. Las unidades de intervención conformadas ( equipo triage, equipo rojos y equipos amarillos) retornaran a los servicios a los cuales están asignados normalmente. Si asi se requiere se solicita apoyo al sistema Municipal o Departamental del riesgo para la evacuación de la estructura.
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN RAFAEL E.S.E. VALLE DEL CAUCA Nit: 891900441-1 PLAN HOSPITALARIO DE EMERGENCIAS CÓDIGO: P-GDG 01 VERSIÓN: 3 FECHA: TRD: 45-12-13 PÁGINA: 119 01/04/2020 de 119 BIBLIOGRAFIA MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, REPÚBLICA DE COLOMBIA Manual de planeamiento hospitalario para emergencias, Grupo de atención de emergencias y desastres. Primera edición 2007. ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD Curso planeamiento hospitalario para desastres. 2009 DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS, DEPAE, ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. Guía para elaborar planes de emergencias y contingencias.2009
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