AUTORIDAD Estaclo Plurinaclonal de Bolivia A) DE FISC LT¿ACION DEL JUEGO CITE: AIlDRsc/DJlRAA/308/2019 RESoLUGIóN ADMINISTRATIVA DE AuToRIzAcIfu I{. O5.OO3O8-19 R-00!2 Santa Cruz, 30 de jul¡o de 2019 vrsTos: Mediante memorial 'presentada ante la Autoridad de Fiscalización del Juego - AJ en fecha 23. de julio de 2019,. suscrito por la señora Rosario Corrales Cortez con Cédula de Identidad No 1954521 *SDCI.SRMeApTreEsCentSan.Ate\",L'seogliaclitdaealautoerm¡zparceisóan DISTRIBUIDORA MAYORISTA DE TECNOLOGIA S.A, para promover el desarrollo de la promoción Empresarial denom¡nada'QUE HARIA CON 3OO.OO0 BS\", adjuntando para tat f¡n: fotostática simp¡e de ta Matrícula Actualizada del Registro de Comercio No 00013899, fotostática simple de la Cédula de Identidad de la representante legal, fotostática simple del Certificado de Inscripc¡ón en el Padrón Nacional de contr¡buyentes del NIT, Lo27967o2s y proyecto de Desarrollo de la promoc¡ón Empresar¡al; el Informe de Evaluación Técnica Cm: AJIDRSC/DF/INF/1312/2019 de 25 de jul¡o de 2019; el Informe de Evaluación Legal Cm: AJIDRSC/DJ/INF/857|ZOL9 de 30 de jutio de 2019; todo lo que conv¡no ver y se tuvo presente. CONSIDERA DO Il Que, conforme establece el Artículo 21 de la Ley N\" 060 de Juegos de Lotería y de Azar de 25 de noviembre de 2010, se crea la AJ, como instituc¡ón pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, ¡ndependencia admin¡strativa, financiera, legal y tecnica, supeditada al N4in¡ster¡o de Economía y Finanzas Públ¡cas, con jurisdicclón y competencia en todo el terr¡torio de¡ Estado Plurinacional, s¡endo la única ent¡dad facultada para otorgar l¡cenc¡as y autorizaciones, fiscalizar, controlar y sancionar las operaciones de los juegos de lotería y de azar, al presente y en virtud a la D¡sposición Adicional unica de la Ley No 717 de 13 de julio de 2015, ahora denominada Autoridad de Fiscalización del Juego. Que, en virtud a la normativa anteriormente enunciada, med¡ante Resolución suorema No 1g314 de 10 de mayo de 2016, se designó a la Dra. Jessica Paola Saravia Atristain, como Directora Eiecutiva la Autoridad de Fiscalización del Jueoo. Que, el Artículo 26 de la Ley No 060, concordante con el Articulo 20 del Anexo del Decreto suDremo N\" 0781' de 2 de febrero de 2011. determ¡nan las atribuciones de la Máxima Autoridad Eiecutiva de otorgar autorizaciones a promociones emDresariales. Que, el ArtÍculo 2 del Anexo al Decreto Supremo No 0281, establece que,'La Autoridad de F¡scal¡zación del luego creada por el Aftículo 21 de la Ley No 060, es una ¡nstitución púbt¡ca @e y nnanzas pibticas. descentral¡zada bajo tuición del M¡n¡ster¡o de Economía en todo el terr¡torio nene su sede en la competenc¡a ciudad de La Paz y ejerce jur¡sd¡cc¡ón y del Estado y podrá ecsotnatbrloelc,ear poflíicaincaiósnrqyioneajelecsucpióarna el cumptimiento de saucsufeurndcoionaessudes frscaliáción, administratival'. necesidades de encíones, de Of¡c¡na l{acional Reg¡onal Santa Cruz Reg¡onal Cochabamba tso 900r Calle Prolongac¡ón Campero No 155 U.V1 Aven¡da Ayacucho Esq. fldoinas Calle 16 de Obrajes No. 220 Edil Centro de Negocios Obrajes P¡so 2 ¡4anzana 7 Zona Norte Edificio EcoBoL Teli 3 (3323031) - 3333031 Tell 4 (4661000) - 4661001 Ielr 2 (2125057) - 2125081 Reg¡onal La Paz - Piso 3 Ernail: ¿j.s{[email protected] Ema¡l: [email protected]_ bo Telf 2 (2r25385) - Email: [email protected]
AUTORIDAD DE FISCALIZACION DEL JUCGO JUTGO JUSIO, LEGAI, Y TF^TiSPAREI{IE á) Eslado Plurlnaclonal do Bol¡via 0s-00308-19 Que, med¡ante Resolución Adm¡nistrativa Ejecut¡va No. 02-00075-19 de 26 de julio de 2019 se des¡gna al Lic. Antonio Yader Torrico Zenteno en el cargo de D¡rector Reg¡onal Santa Cruz a.i. de la Autoridad de Fiscálización del Juego - Al con jurisdicción y competencia en los Departamentos de Santa Cruz, Beni y Pando, delegándole la tramitación de solicitudes de autorización de promociones empresariales desde su inicio hasta la emisión de la respectiva Resolución Administrativa de Autorización, Rechazo, Rechazo in limine y Anular con reposición hasta el vicio más antiguo, sin que esta delegac¡ón implique que la Directora Ejecutiva de la Autoridad del Juego renuncie a la posibilidad de tramitar personalmente procesos de autorización de promoc¡ones empresariales. CONSIDERA DO II: Que. el Artículo 7 de la Ley No 060 de 25 de noviembre de 2010, modif¡cado por la Ley No 317 de Presupuesto General del Estado de 11 de dic¡embre de 20L2, y por el Artículo 3, parágrafo I de la Ley N' 717 de 13 de julio de 2015 de Modificaciones e ¡ncorporac¡ones a la Ley No 060 de Juegos de Lotería y de A¿ar, que indica: \"Las promoc¡ones empresar¡ales son aquellas act¡v¡dades dest¡nadas a obtener un ¡ncremento en las ventas de b¡enes y seruicios, captar cl¡entes, mantener o ¡ncent¡var a los ya ex¡stentet a camb¡o de prem¡os en dinerq b¡enes o seru¡c¡ot otorgados med¡ante sorteo, azar o cualquier otro med¡o de acceso al premA s¡empre que el m¡smo no ¡mpl¡gue un pago por derecho de paft¡c¡pac¡ón. bnst¡tuyen tamb¡én promoc¡ones empresar¡ales aquellas act¡v¡dades donde las ventas ¡ncluven premios de disponibilidad l¡n¡tada. El per¡odo de durac¡ón de la promoción empresarial, será estab/€¡ do reg la m en tar¡am en te.\" Que, los Artículos 20 y 21 del Anexo al Decreto Supremo No 0781 de 2 de febrero de 2011, modif¡c¿dos por el Decreto supremo No 2600 de 18 de noviembre de 2015 y concordantes con lo dispuesto por los Artículos 8 y 11 de la Resolución Regulatoria No 01-00005-17 de 2g de d¡ciembre de 2017, establecen los requ¡sitos y procedim¡ento para la otorgación de autorizaciones de promociones empresariales a favor de personas individuales y jurídicas, públicas o privadas. Que, el Artículo 13 de la referida Resolución Regulator¡a No 01-00005-17, prevé las clases de Resoluciones que resuelven las solicitudes de Autorización de promociones EmDresariales. CONSIDERANDO UI: Que, la empresa DISTRIBUIDORA MAYORISTA DE TECNOLOGIA S.A, ..DISMATEC S.A.., a través de su representante legal med¡ante memorial presentada en fecha 23 de jul¡o de zo19 ha solicitado autor¡zación para promover el desarrollo de la promoción empresarial denominada \"euE HARIA CON 300.000 BS\", acompañando a este efecto la sigu¡ente documentación: 1) Cédula de Identidad de la solicitante la señora Rosario Corrales Cortez con Cédula de I Identidad N'1954521 SC. (Fotocopia simple); 2) Número de ldentif¡cac¡ón Tributaria 1027967025 (fotocopia simple); 3) Certificado de actualización de lvatricula de Comercio No 00013899 con fecha de registro 27 de junio de 2019, v¡gente hasta el 31 de mayo de 2020 (fotocopia simple); Of¡c¡na llac¡onal R€g¡onal Sant¿ Cruz Reg¡onal Cochabamba tso 900t Glle Prolongacjón Gmpero No 155 ti.U1 Aven¡da Ayacucho Esq. Heroínas C¿lle 16 de Obr¿les No. 220 ¡4¿nzana 7 Zona Norte Ed¡f¡cio ECOBOL Ed¡l Centro de Negocios Obrajes Piso 2 Tell 3 (3323031) - 3333031 Telt 2 (2125057) - 2125081 Tell 4 (4661000) 4661001 Reg¡onal La Paz - P¡so 3 Ema¡l: [email protected] Email: [email protected] bo Teli 2 (2125385)- Email: aj.lp¿@¿j.gob.bo
AUTORIDAD DE FISCALIZACION DEL JUEGO JUEGO .¡I'SÍO, IEG¡I Y 'M¡{s¡A¡ET'II Estado Plur¡nac¡onal de Aollvlá os-00308-19 4) Declaración Voluntaria Notarial de Veracidad de Documentación Proporcionada de fecha 18 de jul¡o de 2019 (originat); 5) Proyecto de desarrollo de promoción empresarial denominada y respaldo de premios ofertados (impresión); 6) Declaración Jurada de prem¡o ofeftado de fecha 17 de julio de 2019 (original); Que. la empresa sol¡citante acompaña su documentación legal requerida a efectos de dar lugar a su IIsolicitud, la cual fue verificada, constatándose que cumple con los requer¡dos por el Articulo g, parágrafo de la Resoluclón Regulatoria N' 01-00005-17 de 28 de diciembre de zoLT. concordante con el Artículo 21 del Decreto supremo No 0781 de 2 de febrero de 2011, modificado por el Decreto Supremo No 2600 de 18 de noviembre de 2015. Que, con relación a los aspectos técnicos del Proyecto de Desarrollo de la Promoción Empresarial v documentac¡ón de respaldo, requeridos por el Artículo 8, parágrafo II de Ia Resolución iegulatoriá N' 01-00005-17 de 28 de diciembre de 2017, se emitió el Informe de Evaluación Técnióa GITE: AJIDRSC/DF/INF/131212019 de 25 de jutio de 2019, en el que después de haber realizado una valoración técnica a Ia presente solicitud, concluye que la empresa solicitante cumplió con los requ¡sitos exig¡dos para promover la realización de la promoción empresarial denominada ..euE HARIA CON 300.000 BS\", de acuerdo a normativa v¡gente. Que, el Informe de Evaluación Legal GITE: ArIDRSC/DJIINF/8'7 /2019 de 30 de jutio de 2019, cDoEncTluEyceNqouLeoGlaTsAo¡sic,¡Atu,d*rDearsliMzaAdaTEpcorsla.Ae'¡mapretrsaavéusn¡dpeerssounraelpDrerssernRtarnBteurDleogaRl AcumMpAl¡yóocRornsrloÁs requisitos exigidos para promover la real¡zación de la promoción Empresarial denom¡nada..euE HARrA coN 3oo.o0 Bs\", aN' 01-00005-17 de 28 conforme dispone el Artículo 8, parágrafo I de ta Resolución Regulatória de diciembre de zo!7, en mériio los antecedentes áescritos precedentemente, corresponde aprobar el proyecto de desarrollo y autorizar la c¡tada prornoción Empresarjal, de conformidad a lo d¡spuesto por el Artículo 13 inc¡so a) de la referida Reso¡ución Regulator¡a No 01-00005-17 recomendando al Director Reg¡onal em¡ta Resolución Admin¡strat¡va de Autorización en ese sentido. POR TANTO: El suscrito Director Regional santa cruz a.i. de la Autoridad de F¡scalización del Juego, en uso de las facultades conferidas mediante Resolución julio de 2019. Administrativa Ejecutiva No 02-00075:19 de 26 de RESUELVE: ffi, rDlellIalSlEiTzaRlcoIiBó-nUdIDeAOlpaRrAoPbrMoamAroYecOiróRnpIrSEoTmyAepcretDosEadriaTelEddceeNnsooamLrrioonG|aodIAay'esa.uuAEt.or*HiDzAIaSRrMIaAATcrEaoCNems3:poAred.s.,oapbruoonmi8peosrv.s,eo,rndaI¿al @l acuerdo al siguiente detalle: ffi¡ a) Especificación del per¡odo de duración: 4.1) La promoc¡ón empresar¡al se desarrollará a part¡r del 03 de agosto del 2019¡asta el 23 de septiembre det 2019.,' Oficina ltac¡onal RegionalSanta Cruz Reg¡onel Cochabamba Glle Pro¡ongación Gmpero No 155 U.V1 Avenida Ay¿cucho Esq. Hefoínas Calle 16 de Obrajes No. 220 Ed¡l Centro de Negocios Obr¿jes P¡so 2 ¡4anzana 7 Zona Norte Edificio ECOEOI Teli 2 (2125057) 212s081 Iell 3 (332303r) - 3333031 Ieli 4 (4661000) -4661001 R€g¡onal La Paz - P¡so 3 Tell 2 (2125385) - Email: al-lpz@¿j.gob.bo Ema l: [email protected] Emailr [email protected] bo
AUTORIDAD DE FISCAIIZAC¡OI{ DEL JUEGO IUEGO LEGAI Y 'USÍO, '¡ANSP¡TCIfIE tuiádo Plulnaclonál .t€ Bolivla 05-00308-19 A.2) Se aclara que el periodo de participación será desde el 03 de agosto del 201!,hasta el 08 de septiembre del 20L9.,/ b) Moda¡¡dad de Premiación: L¡ modal¡dad de premiac¡ón que se empleará en la presente promoción empresar¡al es la establecida en e2l0¡1n7cis*oSdo) tdteeloa\"r,t.p4a0radeploadReerspolaurctiiócnipaRregduelabteorriáa No 01-00005-17 de 2g de diciembre siguiente de cumplir con la hermenéutica: . Por cada compra igual o superior a Quinientos 00/100 Bolivianos (Bs. 500), que realice el cl¡ente recib¡rá un cupón, las facturas no son acumulativas. Ejemplg; . El Cliente compra Bs. 500 obt¡ene un cupón . . El cliente compra Bs. 699 obt¡ene un cupón . El cliente compra Bs. 1000 obtiene dos cupones. . Ser mayor de edad (+ 18 años de edad),, . Vivir en uno de los tres (3) departamentos donde estará vigente la promoción (Santa Cruz, L¿ Paz y Cochabamba) en todas las sucursales de estas ciudades., . Real¡zar una compra en las cadenas de tiendas Dismac de Santa Cruz, La paz y Cochabamba igual o mayor a Bs. 500 las facturas no son acumulativas.- . Las facturas emitidas a nombre de personas jurídicas no podrán participar de la campaña de aniversario. . El cupon tendrá la siguiente información: r' Nombre del cliente / cJ' r' Número de celular r' Sucursal r' Nro. De control r' caja . El cl¡ente deberá depositar el o los cupones en las ánforas que estarán habil¡tada en todas las sucursales de las tres (3) regionales santa cruz, La paz y cochabamba siendo las siguientes d¡recciones donde se encontraran las ánforas: '{.'' No Dirección Ciudad 1 Parque Indusuial Mz. 14 - Show room Santa cruz ,m 2 Cristobal de Mendoza - casi av. Beni Santa Cruz Av. Isabel la Católica esq. C. Parabanó s/n Santa Cruz \\:y/ 4 Av. Viedma esq. Manuel Ignacio Salvatierra Santa Cruz 5 Av. Gr¡gotá N. 44 Santa Cruz 6 Villa lero. De Mayo, av. Principal N. 2 Santa Cruz Oficina l{acional R€g¡onal Sant¿ Cruz Regional Cochabamba Glle Prolongac¡ón Campero No 155 U.V1 Aven¡da Ayacucho Esq. Heroínas ca¡le 16 de Obr¿jes No. 220 Edil Centro de Negocios Obmles Piso 2 l4anzana 7 Zona Norte Edificio ECOBOL Telf 3 (3323031) 3333031 Telr 4 (4661000) - 4661001 Tell 2 (2125057) - 2125081 Regional La Paz - P¡so 3 Eña¡l: [email protected] Email: [email protected] Telt 2 (2125385) - Email: aj.lpz@¿j.gob.bo
AUTOBIDAD E6tado Plur¡naclond de aol¡v¡t DE FISCAL¡|IACXO DEL JUEGO JUEGO IUÍO. LEGA Y TTA¡sPATE'{'E á) 05-00308-19 Av. Doble Vía a la Guardia Km. 6 entre sexto y séDtimo anillo Santa Cruz 8 Av. Virqen de Cotoca esq. Av. Montecr¡sto Santa Cruz 9 3er. Anillo externo, esq. C/ Pico de Monte casi av. P¡rai. Santa Cruz 10 Plan 300 av. Paurito eso. Prolonoación Che Guevara N.6005 Santa Cruz 11 4to. Anillo casi av. La Salle Santa Cruz LZ Sucursal l4ontero - Calle Litoral N. 123 Montero / Santa Cruz -L.' Av. Pando N. 1365 Cochabamba 74 Calle Nataniel Aouirre N. 310 Cochabamba 15 Av. Blanco Galindo entre c/Antofaqasta v c/ Gral. Camacho Cochabamba 16 Calle Ayacucho esq. Ecuador Cochabamba L7 V¡lla Dolores Calle Francisco Carvaial entre Calles 3 y 4 (El Alto) La Paz 18 Gran Poder Calle Elov Salmón 1053 La Paz 19 Calacolo Av. Ballivian esquina calle 12 La Paz 20 Calle Loayza esq. c/Mercado N. 1046 Edificio Alborada La Paz 27 Av. 6 de agosto N. 2255 esq. Rosendo Gutiérrez La Paz . La modalidad del sorteo es que serán premiados los tres (3) primeros cupones que se obtenga del recipiente donde estarán todos los cupones. ¡ El día del sorteo ante la presencia de un notar¡o se realizará la apertura de las ánforas y se colocará todos los cupones en un solo recipiente para proceder a ret¡rar los tres (3) cupones ganadores de consumo en Dismac cada uno de Bs. 100.000. . Se aclara debido a que el últ¡mo día de paticipac¡ón es el 8 de sept¡embre de 2019, serán trasladadas las ánforas de La paz, Cochabamba y Montero a la c¡udad de Santa Cruz, lugar donde se realizará el sorteo. . Se tiene programado publicaciones en medios impresos de las 3 regionales, en la misma se dará a conocer el nombre de los tres (3) vales ganadores de consumo cada uno de Bs. CIEN MIL 00/100 BOUVIANOS (BS. 100.000) para que se hagan efect¡vos en cualquiera de nuestras sucursales de Santa Ctuz, La paz y Cochabamba. r' En Santa Cruz se publicará en el periódico El Deber el 21 de septiembre de 2019. r' En La Paz se publicará en el periódico La Razón el 21 de septiembre de 2019. r' En Cochabamba se publicará en el periód¡co Los Tiempos el 21 de septiembre de 2019. c) Lugar y fecha del sorteo: TEEl sCoNrtOeoLOsGe IrAeaSl¡z,Aar.á*DeInSlMaAsTuEcuCrsaSl.Ade\" la empresa DISTRIBUIDORA MAYORISTA DE ubicado en el 2do anillo Av. el Trompillo y Omar Chavez ante la presenc¡a de un Notario de Fé publica, en fecha lg de septiembre de 2019. el acto contará con la presencia de un Notario de Fe pública para dar la ser¡edad y veracidad que se necesita en este tiDo de actividad. Ofic¡na I{ac¡onal Regional Santa Cruz Reg¡onal Cochabamba Calle Prolongación Camperc No 155 U.V1 Avenida Ayacucho Esq. Heroínas C¡lle 16 de Obrajes No. 220 Manzana 7 Zona Norte Edfic,o ECOBOL Edil Centro de Negocios Obrales Piso 2 Tell 3 (3323031) - 3333031 Tell 4 (4661000) - 466t001 Ielr 2 (2125057) - 2125081 Regional La Paz - P¡so 3 Ernail: [email protected] Email: [email protected] Telf 2 (2125385) Email: [email protected]
AUTORIDAD DE F¡SCALIZACIOf{ DEL JUEGO JUCGO JUSIO, IEGAL Y tRrll{SPARENfE d) Premios Ofertados con indicación de valor comercial: a, Tres (3) vales ganadores de consumo cada uno de Bs. CIEN MIL 00/100 BOUVTANOS (BS. 100.000). l.led¡o de Tipo de Descripc¡ón softeo 50rteo La modalidad delsorteo es que serán prem¡ados los tres (3) primeros cupones que se N|ed¡os Cupones obtenga del recipiente donde estarán todos los cupones. Manuales Se aclara deb¡do a que el último día de participac¡ón es el 8 de septiembre de 2019, serán trasladadas las ánforas de La Paz, Cochabamba y Montero a la c¡udad de Santa Cruz, lugar donde se realizará el sorteo. El día del sorteo ante la presencia de un notario se realizará la aDertura de las ánforas y se colocará todos los cupones en un solo rec¡piente para proceder a retirar los tres (3) cupones ganadores de consumo en Dismac cada uno de Bs. 100.000. e) Lugar y fecha de Entrega de premios: La entrega de los premios se realizará: LUGAR Y FECHA DE ENÍREGA DE PREMIOS Departamento Direcc¡ón In¡cio Fecha fin Obs€rvac¡ones entrega entrega Santa Cruz 2do. An¡llo 2310912019 2310912019 Ante la presenc¡a de un Notario de Fe pública, los Av. El ganadores deben esür presente el rnomento de la Trompillo y Omar entrega de los prem¡os debiendo presentar su cedula de Chávez ¡dent¡dad o mandar a una persona con un documento notar¡ado autorizando la recepción del mismo. Los ganadores tendrán el plazo de dos (2) mes€s a partir de la fecha de entrega para pasar a reclamar el vale de consumo que resultare prem¡ado. Se aclara que en el caso de los ganadores de los vales de consumo, si no viven en Santa cruz por cuenta propia debe viajar hasta nuestro departamento en la fecha marcada Dara el acto de entrega y poder recib¡r su premio o enviar a una persona con un documento notariado autorizando la entrega. Aclarar de la validez del vale de consumo, una vez recibido el vale de consumo por el ganador tendrá una vigencia de quince (15) días calendarios desde su recepción del mismo, para ser efectiva la misma, previa coordinación con la empresa, vencido el plazo la empTesa DISTRIBU¡DORA MAYORISTA DE TECNoLoGIA s.A, .DISMATEC S.A.,,, no se hará responsable de efectivizar el mismo. SEGUND0.- La empresa administrada, de acuerdo a la modalidad de premiación autorizada, tiene ñ>\"la obligación de dar cumplimiento a los s¡gu¡entes deberes formales. t/il.*1¡,3\\ La promoción empresariar tiene ra modar¡dad de 'soRTEo', por ro cuar ra empresa \\YYg\"\"':r/ adminishada deberá cumplir con lo dispuesto por los Artículos 19 y 20, parágrafo I, inciso a) de la Resolución Regulatoria N\" 01-00005-17 de 28 de diciembre de 2017, debiendo rearrzar los sorteos y las entregas de los premios en acto público, en el lugar y fechas establec¡das en Ofic¡na l{ac¡onal Regional Santa Cruz Regional Cochabarñba Glle 16 de Obrajes No. 220 C¿lle Prolongación Campero No 155 U.Vl Aven¡da Ayacucho Esq. fieroínas Edii Centro de Negoc¡os Obrajes piso 2 Telt 2 (2125057), 2125081 llanzana 7 Zona Norte Edificio ECOSOI Teli 3 (3323031) - 3313031 Teli 4 (4661000) -466i001 Reg¡onal La Paz - Piso 3 Telf 2 (2125385) , Emait: aj.tpz@¿j.gob_bo Emajl: aj.s([email protected] Email: [email protected]
A) AUTORIDADDEFISCALIZACIÓ DELJUEGO Estado Plurinacionál de Bollvlt )UEGO JUSÍO, LEGAI, Y ÍMÍ{SPAREI{ÍE o5-00308-19 la presente Resolución Administrativa de Autorización, con intervención de Notario de Fe Pública que constara en acta notariada. La copia original o fotocopia legalizada (respecto a esta última conforme establece el Artículo 1311 del Cod¡go Civil) del acta notariada de los sorteo y de las entregas de premio, deberán ser remitidas a la AJ dentro de los d¡ez (10) días hábiles s¡gu¡entes a cada acto, conforme establece el segundo párrafo del Artículo 24 del Anexo del Decreto Supremo No 0781, modificado oor el Decreto Supremo No 2600 de 18 de noviembre de 2015, el incumpl¡m¡ento será sancionado conforme al Reglamento Específ¡co em¡tido por la A¡. 2. L¿ empresa admin¡strada ante Ia inconcurrencia de las personas premiadas o ganadoras, deberá publicar en sus dependencias la lista de prem¡ados en lugar visible, accesible y de mayor concurrenc¡a, por el periodo de dos (2) meses computables a partir del día s¡guiente de la fecha de entrega de prem¡os. conforme establece el tercer párrafo del Artículo 24 del Anexo del Decreto supremo N' 0781. En este plazo el benef¡ciario podrá reclamar y recoger el prem¡o, de Fe pública, a la Dresentación de los requ¡sitos sin necesidad de intervención de Notario premio, a este efecto el admrn¡strado o medios que acrediten su derecho al solicitará la fotocop¡a de la cédula de identidad, además llevará un libro de registro de entrega de premios que contendrá lugar y fecha de entrega de premio, nombres y apellidos del ganador, número de cédula de ¡dentidad. premio entregado, números de teléfono y f¡rma del ganador. Una fotocopia legal¡zada del libro de registro de entrega de premios, conforme establece el Artículo 1311 del código civil, deberá ser remitida a la los diez (10) días hábiles computables a partir del día 41 dentro de siguiente de vencimiento del periodo de caducidad, el incumplimiento será sancionado conforme al Reglamento Específ¡co emitido por ra AJ, sin perjuicio de su cumplimiento. El Libro de Registro de entrega de premios, quedará bajo custod¡a del adm¡n¡strado y exhibirá a la Autoridad de Fiscalizac¡ón del Juego-AJ cuando así lo requiera. (En caso de coiresponder) 3. La caducidad se producirá a la finalización de la promoción empresarial, debiendo la empresa transferir a la LoNABoL los premios no recogidos en el plazo de diez (10) días hábiies siguientes al día de vencimiento del periodo de caducidad, y los prem¡os sin ganador en el plazo no mayor a quince (15) días hábiles siguientes de produclda la caducidad, conforme corresponda. Asimismo deberá comunicar a la AJ la transferencia de los Drem¡os no recogidos y/o los premios sin ganador en el plazo de diez (10) días hábiles siguientes a partir de la recepc¡ón de LONABOL de los premios. (En caso de corresponder) TERCERO.- El DePartamento de F¡scalización y Control de la Autoridad de Fiscalización del Juego, Dirección Reg¡onal Santa Cruz, efectuará el control respectivo y la verificación ael desarrollo y aálá entrega de los prem¡os. así como la ver¡ficac¡ón de que- ros premios caducados o que no iueron entregados, sean transferidos a favor de la LorERÍA NACIoNAL DE BENEFICENCIA y SALUBRIDAD - LONABOL. CUARTO'- Remítase una copia de la presente Resolución Admin¡strativa al Serv¡cio de Impuestos @, Nacionales econnetrol lpldaezoladeapcliicnaccoló_n(5d) edlíaIsmpháubeisletos a la notificación efectos de_ siguientes de la misma, para 9l en cumplimiento a lo previsto'en el al luego, @lI rso s00r segundo párrafo del Artículo 22 del Anexo al Decreto supremo No 0281 de 02 de febrero de 2011. I QUINTo.- La Empresa autorizada deberá incluir en sus publicidades, dependiendo er caso: Ofic¡na f{ac¡oñal Reg¡onal Santa Cruz Regional Cochabamba Calle P¡olongación Gmpero No 155 U.V1 Avenrda Ayacucho Esq. H,roín¿s Calle 16 de Obrajes No. 220 Ed¡i Centro de Negoc¡os Obñjes Piso 2 IYanzana 7 Zona Norte Edificio ECOBOL Tell 3 (3323031), 3333031 Ielf. 4 (4661000) - 46ai1001 IeÉ. 2 (212s0s7)' 2r2s081 R€gional La Paz - P¡so 3 Ema¡l: [email protected]. bo Ema¡l: aj.cbb@¿j.90b bo Telt 2 (2125385) - Ema¡l: [email protected]
AUTORIDAD DE FISCAL¡ZAC¡ON DEL 'UEGO JUCGO IUSTO. LEGAI Y TIANSPAREI{TE Eslado Plurinaclonal de Eollvia os-00308-19 En medios impresos (periódicos, revistas, dípticos, trípticos, afiches, g¡gantografias, vallas-|y otros) los administrados que obtengan la autorización para desarrollar una promoción empresarial, deberán incluir en su publicidad, de manera legible y clara el periodo de durac¡ón, el logotipo de la AJ y la leyenda: 'Act¡v¡dad Autor¡zada y F¡scalimda por la Autor¡dad de luegos-; Además deberán informar el lugar y fecha sorteo cuando corresponda y el lugar y fecha de enlrega de prem¡os en la misma publicidad o señalar donde se podrá acceder a esa información (páoiña web, redes sociales, etc.) En med¡os audiov¡suales: Los administrados que obtengan la autorizac¡ón de promociones empresariales, deberán incluir en su publicidad, de manera legible y comprens¡ble: el periodo de duración, el logotipo de la AJ y la leyenda \" Act¡vidad autor¡zada y f¡scal¡zada Dor ta Autor¡dad de Juqol', además deberán informar el lugar y fecha de sorteo (cuando conesponda) y el lugar y fecha de entrega de premios en la misma publ¡c¡dad o señalar donde se po¿rá acie¿er J eú información (Página web, redes sociales u otros) En internetr Los administrados que obtengan la autorización de promoc¡ones empresariales deberán incluir en la public¡dad, sea ésta en lmágenes o v¡deos, el logo de la AJ como parte de la m¡sma y estabfecer en la cabecera la leyenda: \"Act¡v¡dad autor¡zada y ñscal¡zada por la Autor¡dad de Juegog', debiendo establecer de manera legible y clara, el periodo de duración, el lugar y fecha de_sorteo (cuando corresponda), y lugar y fecha de entrega de premios; de lo contáio deberá señalar en Ia cabecera el enlace o Ilnk donde se detalle esta información. yoAplLa-rfanperlececaexiyemraoeadlpneIdrldnoIeaItesseadpmblaeaaaerdnnalmnateeleo¡n.nrRsst¡Pe¡scdostc¡roreaoalrdondureatc:r¡s¡amwódndpwaeeagbwRreepte.neruaág,bjyu.ldugilcaeatoiitbdluobieazdr.iardbiaáorotec,lNcooluesp\"navesf0nio¡ssdd1irtveo-maa0rña,a0cafto0eo:rq0lsru5\"eaceds-u1¡pedee7oiol,npnpupdedrbaaose¡,rdicalduadacececlt¡eaboóydepneearuánnybnduriadmnidceoa¡epdgsáddacer¡eadfanurslgldpaoiaóeasprnlsrucleaoabagdlsdirocjoreuiosáynalmtadaodeusüpsrdácaieiórgodnitieinoadesásle.l Emoresariales\". ncuEoonl nvainifeocmmurmmburelptealilmdodeieee2ns0tuto1aF5ba.vle'slcoe¿seeoñloaAolar,tdoíco0uelo(nD2lao6spdrMees¡ellanoteRoec/1sláooulusocuiluóannc¡oRdnaesdgtiuetulsayteodreiinafrFNaocomci0óe1nn-otloe0voeaogsla-a1n5cvioidvne¡aed2na7dcaao)án, sExro: La ói'DrsMATEc empresa soticitante D¡srRIBUrDoRA MAyoRIsrA DE TEct{oLoGrA s.A. s.A\", debe considerar la normativa específica vigente (Resolución negutatorá ru\" 00005-17 de 28 de diciembre de 2077) al momento de solicitar la autorización ai la proroción empresarial denom¡nada'QUE HARIA coN 3oo,ooo BS', y demás normativa descrita en ;urídtca' especifiá la presente resolución para el normal desarrollo de'la misma conforme a derecho. Regístrese, notifíquese y archívese. AYTZ o 5Z rso 9001 J¡4IfA ac: DRsC D] SIN EXP Fs. Od'o (8) Oficina l{acional Reg¡onal Santá C.uz Reg¡onal Cochabamba Glle Prolongac¡ón Gr¡pero No 155 U.V1 Avenida Ayacucho Esq. Heroinas C¿lle 16 de Obrales No. 220 Edii Centro de Negocios Obfajes piso 2 f4anzana 7 Zona Norte Edificio ECOBOT Telt 3 (3323031) - 3333031 Telr 4 (4661000) ,46É,1001 Tell 2 (21250s7) - 212s081 Ema¡l: ¿[email protected] €mail: aj.cbb@¿l.qo| bo Reg¡onal t¡ Paz - Piso 3 Telf 2 (2125385) - Ema¡t: [email protected]
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