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Reglamento Interno de seguridad y SO 2020cdr.cdr

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Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional Huarón



REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL 2020



CONTENIDO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Capítulo I. Introducción Capítulo II. Obje vos y alcance (Ar culo 1º - Ar culo 2º) TÍTUL II O LIDERAZGO, COMPROMISOS Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Capítulo I. Liderazgo y compromisos (Ar culo 3º - Ar culo 4º) Capítulo II. Polí ca del sistema integrado de ges ón ambiental, seguridad y salud ocupacional (Ar culo 5º) TÍTULO III ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES Capítulo I. Atribuciones (Ar culo 6º - Ar culo 10º) Capítulo II. Obligaciones (Ar culo 11º - Ar culo 17º) 3

Capítulo III. Estructura Organizacional del Sistema Integrado de Ges ón Ambiental, Seguridad y Salud Ocupacional (SIGASSO) @CTÚA PAS (Ar culo 18º- Ar culo 20°) Capítulo IV. Registros Y Documentación Del Sistema Integrado De Ges ón Ambiental, Seguridad Y Salud Ocupacional @Ctúa Pas. (Ar culo 21º - Ar culo 22°) Capítulo V. Sanciones (Ar culo 23º- 26°) TÍTULO IV ESTANDARES Y/O NORMAS DE SEGURIDAD EN LAS OPERACIONES MINERAS DE PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. Capítulo I. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN LAS OPERACIONES MINERAS SUBTERRANEAS Subcapítulo I. Ingreso a las labores mineras (Ar culo 27° – Ar culo 33º) Subcapítulo II. Reapertura de labores paralizadas (Ar culo34°- Ar culo 36°) 4

Subcapítulo III. Prevención en CAIDA DE ROCAS (Ar culo 37º - Ar culo 44º) Subcapítulo IV. VENTILACION DE MINAS (Ar culo 45º - Ar culo 48º) Subcapítulo V. Caída de Personas (Ar culo 49º - Ar culo 56º) Subcapítulo VI. Reglas Generales para INSTALACIONES EN INTERIOR MINA (Ar culo 57º - Ar culo 60º) Subcapítulo VII. EXPLOSIVOS (Ar culo 61º - Ar culo 89º) Capítulo II. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD SALUD OCUPACIONAL EN LAS ACTIVIDADES CONEXAS Subcapítulo I. Excavaciones (Ar culo 90º - Ar culo 103º) Subcapítulo II. Espacios Confinados (Ar culo 104º - Ar culo 110º) Subcapítulo III. Trabajos en Caliente (Ar culo 111º - Ar culo 113º) Subcapítulo IV. Trabajos en Altura (Ar culo 114º - Ar culo 124º) Subcapítulo V. Andamios y Plataformas (Ar culo 125º - Ar culo 143º) 5

Subcapítulo VI. Electricidad (Ar culo 144º - Ar culo 161.º) Subcapítulo VII. Sistema de Bloqueo (Ar culo 162º - Ar culo 171º) Subcapítulo VIII. Señalización (Ar culo 172°- Ar culo178°) Subcapítulo IX. Maniobras (Ar culo 179°- Ar culo186°) Subcapítulo X. Herramientas, máquinas y equipos (Ar culo 187°- Ar culo193°) Subcapítulo XI. Equipos Móviles (Ar culo 194°- Ar culo199°) Subcapítulo XII. Materiales o Sustancias Peligrosas (Ar culo 200°- Ar culo206°) Subcapítulo XIII. Tormentas Eléctricas (Ar culo 207°- Ar culo 208°) Subcapítulo XIV. Manipulación y almacenamiento (Ar culo 209º - Ar culo 229º) Subcapítulo XV. Talleres (Ar culo 230º - Ar culo 241º) Subcapítulo XVI. Movilización y desmovilización (Ar culo 242º - Ar culo 250º) Subcapítulo XVII. Transporte (Ar culo 251º - Ar culo 256º) 6

Subcapítulo XVIII. Laboratorio (Ar culo 257º - Ar culo 262º) Subcapítulo XIX. Iden ficación De Peligros, Evaluación De Riesgos Y Controles (Ar culo 263º - Ar culo 268º) Subcapítulo XX. Análisis De Trabajo Seguro (Ar culo 269º - Ar culo 270º) Subcapítulo XXI. Autorizaciones Internas (Ar culo 271º - Ar culo 274º) TÍTULO V Capítulo I. SALUD OCUPACIONAL (Ar culo 275º - Ar culo 282º) TÍTULO VI Capítulo I. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS Subcapítulo I. Evacuación minera (Ar culo 283º - Ar culo 285º) Subcapítulo II. Prevención y protección contra incendios (Ar culo 286º - Ar culo 295º) Subcapítulo III. Sismo (Ar culo 296º - Ar culo 297º) 7

Subcapítulo IV. Incidente de materiales peligrosos (Ar culo 298º - Ar culo 301º) Subcapítulo V. Primeros auxilios (Ar culo 302º - Ar culo 305º) TÍTULO VII CAPITULO I. PROCEDIMIENTOS Y NORMAS INTERNAS Subcapítulo I. Disposiciones generales de orden, limpieza e higiene ocupacional (Ar culo 306º - Ar culo 312º) Subcapítulo II. Direc vas Acerca De La Seguridad, Salud Ocupacional Y Medio Ambiente (Ar culo 313º) TÍTULO VIII ANEXOS ANEXO N° 1 FP – CORP-05-01: Informe de inves gación de Accidentes e Incidentes ANEXO N° 2 FP – CORP-05-02: Registro de Enfermedades Ocupacionales ANEXO N° 3 FP – CORP-12-01: 8

Registro de Monitoreos de agentes sicos, Químicos, Biológicos, Psicosociales y Factores de Riesgo Disergonómico ANEXO N° 4 FP - CORP-01-01: Registro de Inspecciones Internas de Seguridad ANEXO N° 5 FP - CORP-05-04: Registro de Estadís ca Anual de SSO ANEXO N° 6 FE - CORP-17-01: Formato de Entrega de Equipo de Protección Personal ANEXO N° 7 FP- CORP-07-01: Registro de Inducción, Capacitación, entrenamiento y Simulacros de emergencia. ANEXO N° 8 FP- CORP- 11-04: Registro de Auditoría ANEXO N° 9 PETS-HU-MI-01: Desatado De Rocas ANEXO N° 10 PETS-HU-MI-10: Limpieza De Taladros Largos con scooptram a Control Remoto. 9



TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN En PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A., el principal compromiso es con la Seguridad y Medio Ambiente y para mejorar nuestra Cultura Preven va y disminuir los índices de Frecuencia, Severidad y accidentabilidad, y en concordancia con el ar culo 26 del DS 024-2016-EM y su modificatoria D.S. 023-2017-EM., Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, se cuenta con el presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional, el cuál toma como referencia las normas legales vigentes: Ÿ DS N° 024-2016-EM, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, con su modificatoria DS Nº 023-2017-EM. Ÿ Ley 29783 Seguridad y Salud en el Trabajo. DS 005-2012-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. Así mismo, comprende la aplicación de estándares de Seguridad y Salud Ocupacional en los procesos produc vos, priorizando el enfoque hacia la toma de conciencia de 11

todos los trabajadores, contra stas y proveedores de Pan American Silver – Huaron S. A. a través de su cambio de ac tud y comportamiento. Pan American Silver Huaron S.A., así como los integrantes de la supervisión enen como responsabilidad y deber dar a conocer a los colaboradores en general los riesgos existentes en el área de trabajo, proporcionar un ambiente seguro para realizar los trabajos y supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en el presente reglamento para la unidad minera, y el cual será revisado periódicamente de acuerdo a lo que determine el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. CAPÍTULO II OBJETIVOS Ar culo 1º.- El presente reglamento (RISST) ene por obje vos: Ÿ Fomentar una cultura preven va con hábitos de trabajo seguros en los trabajadores en general y a todo nivel. Ÿ Asegurar un ambiente de trabajo seguro para cualquier colaborador que ingrese a PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. Ÿ Prevención de accidentes de trabajo y es 12

complementario a los respec vos contratos de los trabajadores de Pan American Silver – Huaron S.A. y empresas especializadas, estando en consecuencia obligados al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en él. Ÿ Fomentar el Liderazgo, compromiso, par cipación y trabajo en equipo en todos los integrantes de PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. Ÿ Mejorar la produc vidad en base a la ges ón empresarial con visión preven va. ALCANCE Ar culo 2º.- El alcance del presente Reglamento comprende a todas las áreas de PAS Huaron, empleados, trabajadores, Empresas Contra stas y ac vidades administra vas en oficinas de la localidad de Huallay que trabajan en nombre o para PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. 13

TÍTULO II LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL CAPÍTULO I LIDERAZGO Ar culo 3º.- PAN AMERICAN SILVER HUARON S. A. ejerce un firme liderazgo y manifiesta su respaldo a las ac vidades de su empresa en materia de seguridad, salud en el trabajo y el cuidado ambiental de sus operaciones; asimismo, está comprome do a fin de proveer y mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable en concordancia con las mejores prác cas y con el cumplimiento de la legislación vigente. COMPROMISO Ar culo 4°. - La alta dirección de PAN AMERICAN SILVER HUARON S. A., establece los siguientes compromisos: 1. Liderar y brindar recursos para la implementación del Sistema de Ges ón de Seguridad y Salud en el Trabajo, a fin de lograr el éxito en la prevención de accidente y enfermedades ocupacionales. Liderar y mo var a los trabajadores en el cumplimiento de los estándares y procedimiento de trabajo seguro. 14

2. Implementar las mejoras necesarias en función a la naturaleza de los (FALTA TEXTO) 3. Asumir la responsabilidad en fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales, promoviendo la par cipación de todos los colaboradores en programas de capacitación y entrenamiento para el desempeño seguro de su trabajo. 4. Integrar la ges ón de seguridad y salud en el trabajo a la ges ón integral de la unidad minera. 5. Exigir que todos los colaboradores de Pan American Silver Huaron S.A., Empresas Especializadas y proveedores cumplan con todas las normal aplicables de Seguridad y Salud en el Trabajo. CAPÍTULO II POLÍTICA INTEGRADO DE GESTIÓN AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Ar culo 5°. - En PAS Huaron, nuestra gente es el recurso más importante. Consideramos que el Sistema integrado de Ges ón Ambiental, Seguridad y Salud Ocupacional (SIGASSO) es parte integral del negocio. La Polí ca del Sistema Integrado de Ges ón Ambiental, Seguridad y Salud Ocupacional de Pan American Silver – Perú es de aplicación a todas las instalaciones, procesos, 15

ac vidades, productos y servicios en las diferentes áreas de la Unidad; con difusión a funcionarios, empleados, obreros, contra stas, clientes, proveedores, comunidad y visitantes en general. 16

TÍTULO III ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Ar culo 6°.- Las atribuciones del empleador son las siguientes: a. Es atribución PAN AMERICAN SILVER HUARON S. A., calificar y seleccionar al personal para los dis ntos puestos de trabajo, que cumplan con el perfil profesional establecido en su manual de organización y funciones (MOF). b. PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. prohíbe el ingreso de personas extrañas a las labores o instalaciones mineras, salvo permiso especial coordinado entre los responsables de las áreas involucradas, cumpliendo las disposiciones internas establecidas. Podrá autorizarse el ingreso de los profesores y alumnos de las universidades peruanas que se encuentren en misión de estudios y prác cas preprofesionales, previa coordinación con el área de Ges ón Humana. Ar culo 7°.- En PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. estamos comprome dos con mejorar la seguridad en nuestras operaciones, para mantenernos libres de accidentes. Sigue cada una de las siguientes reglas por la vida: 17

El incumplimiento de cualquiera de las reglas por la vida se considerará falta grave, y se aplicarán las medidas disciplinarias es puladas en Reglamento Interno de Trabajo y/o D. S. 024-2016 E.M. 18

DE LOS TRABAJADORES Ar culo 8°.- Las atribuciones de los Trabajadores o sus representantes están descritas en los ar culos 40 al 43 del D.S. 024-2016 E.M. y en los ar culos 72 y 78 de la Ley de SST 29783. Ar culo 9°.- El presente RISST será entregado a todos los trabajadores de la empresa, después de cuya lectura se obligan a su estricto cumplimiento, acatando las sanciones, si fuera necesario por incumplimiento de la misma. Ar culo 10°. - Además PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. previniendo la ocurrencia de accidentes establece las siguientes atribuciones para que puedan ser exigidas por sus colaboradores: 1. Todo trabajo a realizar DEBE tener una orden escrita y firmada por el supervisor. 2. Si las condiciones para hacer un trabajo NO son seguras, se deberá PARAR EL TRABAJO, corregir si puede hacerlo y si no se puede, entonces bloquear el área y comunicar en forma inmediata al supervisor. 3. No realizar un trabajo si NO fue capacitado para hacerlo. 19

CAPÍTULO II OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Ar culo 11°.- Las obligaciones del empleador están contenidas en los ar culos 26 al 37 del D.S. 024-2016 E.M. y en los ar culos 49 al 71 de la Ley de SST 29783. Ar culo 12°.- Los turnos de trabajo serán dispuestos de tal forma que no representen una mayor alteración del ciclo normal de la vida diaria de los trabajadores, tomando en cuenta la Salud, Seguridad y la permanencia con su entorno familiar. DE LOS SUPERVISORES Ar culo 13°.- Las obligaciones de los Supervisores son las mismas que se describen en los ar culos 38 y 39 del D.S. 024-2016 E.M. a) Además, todos los supervisores enen como obligación cumplir y hacer cumplir el presente reglamento. b) Cumplir y hacer cumplir los compromisos descritos en el ar culo 7 del presente reglamento, así como 20

también todas las direc vas que emita la Alta Gerencia. c) Par cipar y/o realizar inspecciones planeadas, reuniones grupales y capacitaciones del personal en temas de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente, acorde a los cronogramas planteados. d) Detener todo trabajo con riesgo grave e inminente y no reanudarlo hasta que las condiciones observadas hayan sido corregidas. e) Levantar todas las observaciones encontradas en las Inspecciones realizadas en las diferentes áreas de trabajo, dentro de los plazos establecidos. f) Informar a los trabajadores acerca de los riesgos expuestos en sus áreas de trabajo. g) No permi r que se inicie trabajo alguno si no se ha efectuado y registrado la Iden ficación de peligros, evaluación de riesgos y controles (IPERC), Análisis de Trabajo Seguro (ATS) si la ac vidad a pica se considera de alto riesgo. h) No permi r que se inicie un trabajo de Alto Riesgo si no se cuenta con la autorización requerida vía Permiso Escrito de Trabajo de Alto Riesgo - PETAR (espacios confinados, en caliente, en altura, izaje, etc.). i) Verificar que todo el personal cumpla con la Polí ca integrada de Ges ón de Seguridad, Salud y Medio Ambiente, estándares, procedimientos e instruc vos de seguridad y salud ocupacional (PAS Huaron, 21

empresas contra stas mineras y empresa contra stas de ac vidades conexas). j) Ser responsable por su seguridad y la de sus trabajadores que laboren bajo su cargo, así como también de los trabajadores las empresas contra stas que laboran en su área de responsabilidad. Ar culo 14°.- Quedan comprendidas en las disposiciones del presente reglamento, las personas denominadas prac cantes profesionales y preprofesionales, así como; los visitantes, proveedores y otros trabajadores ocupados permanente o temporalmente en las operaciones mineras, cualquiera sea su régimen laboral. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Ar culo 15°.- Las obligaciones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional de PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. son las mismas que se describen en el ar culo 63 del D.S. 024 – 2016 E.M. y su modificatoria DS 023 – 2017 EM y el ar culo 42 del D.S. 005-2012 TR, adicionalmente también son funciones del Comité: a) Hacer cumplir el presente reglamento y otras normas rela vas a Seguridad y Salud Ocupacional, armonizando las ac vidades de sus miembros y fomentando el trabajo en equipo. 22

b) Par cipar en la inves gación de todos los incidentes/accidentes de trabajo ocurridos en la empresa. c) Hacer recomendaciones per nentes y verificar que estas se implementen, para evitar la repe ción de los accidentes e incidentes potenciales. d) Cumplir con el seguimiento y verificación de los acuerdos y recomendaciones tomadas en las sesiones de Comité relacionadas a la Ges ón de seguridad de la unidad. e) Velar por el cumplimiento de los compromisos descritos en el ar culo 7 y atribuciones de los trabajadores descritos en el ar culo 9 del presente reglamento. DE LOS TRABAJADORES Ar culo 16°.- Además de las obligaciones de los trabajadores descritas en los ar culos 40 al 49 del D.S. 024- 2016 E. M. y en el ar culo 79 de la Ley de SST 29783 a) Cumplir con todo lo dispuesto en el presente Reglamento y demás normas internas establecidas por las diferentes áreas, y por la Alta Dirección de PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. b) En caso de accidente, así sea leve, paralizar la labor y reportar inmediatamente el hecho a la central de 23

emergencia (ANEXO 2616). No hacerlo cons tuye una falta grave. c) Cumplir siempre los Estándares y Procedimientos escritos de trabajo Seguro. d) Por ningún Mo vo se debe perforar una labor sin cumplir “METRO AVANZADO, METRO SOSTENIDO, TALADRO PERFORADO, PERNO INSTALADO” e) NUNCA ingrese a labores sin autorización escrita. f) Manipular explosivo SOLO si se está capacitado y autorizado por la en dad correspondiente y debe encontrarse vigente. g) Cumplir con las REGLAS CARDINALES ESTABLECIDAS por la Alta Dirección de PAN AMERICAN SILVER. Anexo N° 2: 1. SIEMPRE venir a trabajar en buenas condiciones. Está estrictamente prohibido reportarse a trabajar bajo la influencia de drogas y/o Alcohol. Comunicar a su supervisor cualquier problema que puedan interferir en su trabajo. 2. SIEMPRE use el equipo de protección personal requerido para la tarea asignada, usar solo la herramienta adecuada para el trabajo y respete las señales o avisos de seguridad. 3. NUNCA mueva, inicie, detenga o maneje maquinaria o equipo a menos que haya sido entrenado y autorizado. Para hacerlo debe haber 24

revisado mecánicamente el equipo (check list), cumplir con todas las señales o avisos de tránsito y restricciones de velocidad. Estacione y asegure el equipo (cuñas) para evitar movimientos inesperados. 4. SIEMPRE siga los procedimientos de entrada a espacios confinados Verifica la presencia de gases y sistemas de aislamiento: Ø Antes de entrar en espacios confinados (tanque, pozo, chute o molino). Ø Antes de cruzar las señales de advertencia, tales como “Área sin ven lación”, “Peligro”, “Mantenerse fuera”. 5. NUNCA quite o sobrepase las guardas o bloqueos, límites de velocidad y disposi vos de seguridad. 6. SIEMPRE siga los procedimientos de bloqueo y e quetado (Lock Out, Tag Out), asegúrese que todas las fuentes de energía estén correctamente aisladas. La fuente de energía debe ser bloqueada, e quetada y probada por usted personalmente antes de trabajar en cualquier equipo. 7. SIEMPRE use un equipo adecuado de seguridad y protección contra caídas cuando trabaje a una altura mayor a 1.80 m. No entrar o permanecer en los tajos, tolvas echaderos cuando se está extrayendo mineral u otro po de carga. 25

8. NUNCA permita que nadie trabaje o se desplace bajo terrenos sin sostenimiento o bajo carga suspendida. 9. SIEMPRE Cumplir con los procedimientos de manipulación de explosivos, voladura y reingreso después de la voladura, asegúrese que el personal se coloque en lugares seguros y en todos los posibles accesos para evitar que otras personas entren, mientras que la voladura está en curso. 10. SIEMPRE conocer como manipular, almacenar y disponer los productos químicos o sustancias peligrosas con las que se está trabajando. 11. NUNCA Opere equipos pesados cerca de cualquier peatón y no camine cerca de equipos pesados que están siendo operados sin antes establecer contacto visual con el operador. DE LAS EMPRESA CONTRATISTAS Ar culo 17°.- Las obligaciones de las empresas contra stas están descritas en el ar culo 50 al 53 del D.S. 024- 2016 E.M. y su modificatoria DS 023 – 2017 EM y en el ar culo 69 de la Ley de SST 29783. a) Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento, cumplir los compromisos descritos en el ar culo 7 y 26

asumir entre sus trabajadores las atribuciones descritas en el ar culo 9. b) Cumplir y hacer cumplir entre sus trabajadores las obligaciones descritas en el ar culo 13. CAPÍTULO III ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL (SIGASSO) @CTÚA PAS. Ar culo 18°. - La estructura organizacional es definida por la Alta dirección (PAS PERU) en coordinación con las Gerencias de las unidades: 27

EQUIPO DE TRABAJO Responsable GERENTE GENERAL del área 15 SPONSOR COORDINADOR DEL ELEMENTO Responsable Responsable del área 4 del área 3 DIRECTOR CORPORATIVO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DIRECTOR CORPORATIVO DE PERMISO Y MEDIO AMBIENTE Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional Superintendente de Gestión Ambiental Responsable Responsable del área 2 del área 1 28 GERENTE DE OPERACIONES

Ar culo 19°.- En PAN AMERICAN SILVER HUARON S. A. los coordinadores de los 12 elementos corresponden a los superintendentes y/o jefes de áreas, quienes han conformado sus equipos de trabajo. 29

Ar culo 20°.- PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. en cumplimiento de la legislación vigente ene cons tuido un COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, que es paritario, y cuyos representantes de trabajadores son elegidos en elecciones por el periodo que determine o se apruebe el COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ESTRUCTURA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DE PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. PRESIDENTE COMITE Gerente de Operaciones SECRETARIO Gerente de SSO VOCAL VOCAL VOCAL Jefe de Unidad Superintendente REPRESENTANTE DE REPRESENTANTE Médica Legal/Ges ón Humana TRABAJADORES (4) SINDICAL INVITADOS Superintendentes y/o Jefes de áreas 30

CAPÍTULO IV REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL @CTÚA PAS: Ar culo 21°.- En PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. los mapas de riesgos son una representación gráfica de los agentes generadores de riesgos que ocasionan accidentes o enfermedades profesionales en el trabajo; con el cual se facilita el control y seguimiento de los mismos, mediante la implantación de programas preven vos, estarán ubicados en las instalaciones de las diferentes áreas opera vas y administra vas de la unidad minera. Ar culo 22°.- PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. de acuerdo a la norma va vigente y en cumplimiento con el SISTEMA INTEGRADO @CTUA PAS, cuenta con los siguientes registros: a) Registro de accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la inves gación y las medidas correc vas. (FP-CORP- 05-01) ANEXO 01 b) Registro de enfermedades ocupacionales. (FP-CORP- 05-02). ANEXO 2 c) Registro del monitoreo de agentes sicos, químicos, 31

biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos. (FP-CORP-12-01). ANEXO 03. d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo. (FE-CORP-01-01). ANEXO 04 e) Registro de estadís ca anual de SSO (FP-CORP-05-04) ANEXO 05 f) Formato de entrega de Equipo de Protección Personal (FE-CORP-17-01) ANEXO 06 g) Registro de Inducción, Capacitación, Entrenamiento y Simulacros de Emergencia. (FP-CORP-07-01) ANEXO 07 h) Registro de auditorías. (FP-CORP-11-04). ANEXO 08 CAPÍTULO V SANCIONES Ar culo 23°.- Las multas y sanciones fijadas se imponen sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que corresponda, el ANEXO 11 detalla la escala de sanciones relacionadas a las infracciones de seguridad y salud ocupacional. Ar culo 24°.- Los colaboradores y terceros que no cumplan con lo establecido en el presente reglamento y demás disposiciones complementarias relacionadas con la seguridad y la salud ocupacional y medio ambiente, serán 32

sancionados de acuerdo a la gravedad de la falta come da, según lo es pulado en la legislación vigente y contrato correspondiente. Asimismo, se informará a la jefatura de Ges ón Humana o administración de la unidad minera sobre dichas sanciones. Ar culo 25°.- El incumplimiento de las normas de seguridad de acuerdo con lo indicado en el presente reglamento facultará a Pan American Silver Huaron S.A. para sancionar al trabajador o prescindir de sus servicios de acuerdo a la gravedad del caso. Ar culo 26°.- PAN AMERICAN SILVER S.A. se reserva el derecho de solicitar el reemplazo del personal por las siguientes causas: - Por desacato a las Normas de Seguridad y Salud Ocupacional. - Por malos antecedentes, mala conducta en el trabajo o por infracciones come das con anterioridad en el trabajo. - Por mostrar falta de eficiencia, o incapacidad sica u orgánica. 33

TÍTULO IV ESTANDARES Y/O NORMAS DE SEGURIDAD EN LAS OPERACIONES MINERAS DE PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. CAPÍTULO I ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES MINERAS SUBTERRANEAS Subcapítulo I: INGRESO A LABORES MINERAS Ar culo 27°.- Para el ingreso de cualquier trabajador en general debe contar con los EPP mínimos requeridos (mameluco, botas mineras, guantes, lentes, barbiquejo, protector o casco) proporcionados por PAN AMERICAN SILVER HUARON S.A. y deben estar en perfectas condiciones. Al ingresar a la mina debe hacerlo con su lámpara minera colocada en su correa Portalámparas y en el porta cabezal del casco, de otro modo es incorrecto. Si la lámpara que usa no se encuentra en condiciones opera vas devuelva a la casa de lámparas para ser cambiada. Cada trabajador debe ingresar a interior mina con un 34

AUTORESCATADOR minero opera vo, el cual deberá ser devuelto al terminar el turno del punto donde lo recogió. Este equipo estará al cuidado de cada trabajador mientras no lo devuelva a casa lámpara, cualquier daño o deterioro será responsabilidad del trabajador usuario. Es obligatorio que todo personal (sin importar el cargo, o empresa) deje en la garita de control su Autorización de ingreso a interior mina. Todos los trabajadores al re rarse de interior mina, enen la obligación de recoger su autorización de ingreso (el incumplimiento podrá ser causal para reinducción). El agente de seguridad interna (vigilancia) informará a par r de las 7:00 a.m. o 7:00 p.m. al área de seguridad y al área de mina la can dad y los nombres de las personas que no recogieron su fotocheck para las acciones respec vas. Ar culo 28°.- Panamerican Silver Huaron S.A. con par cipación de los trabajadores, elaborará, actualizará e implementará los estándares de acuerdo al ANEXO Nº 9 y los PETS, según el ANEXO Nº 10 del DS 024-2016-EM, los cuales se pondrán en sus respec vos manuales y los distribuirán e instruirán a sus trabajadores para su uso obligatorio, colocándolos en sus respec vas labores y áreas de trabajo. Ar culo 29°.- Para el caso vehículos (camioneta, camión, 35

volquete, kubota, cisterna), debe tener la autorización de revisión por mantenimiento vigente, la autorización de circulación vigente, y con la medición de CO y NO debajo de 2 los LMP. Ar culo 30°.- No ingresar a labores paralizadas, abandonadas, debidamente bloqueadas con tapón hermé co o malla, sin contar con la autorización de la Superintendencia de área y de la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional (previa inspección de la labor por la supervisión de las áreas involucradas). De contar con la autorización y el equipo detector de gases, el ingreso será mínimo entre dos trabajadores, después de realizar el trabajo encargado es obligación volver a colocar el tapón para que ningún trabajador sin autorización puede ingresar, asegurar que cuente con el aviso correspondiente, caso contrario reportar en forma inmediata y obligatoria al supervisor del lugar. Ar culo 31°.- En caso se encuentre con una labor bloqueada con cinta o malla, debe solicitar autorización al supervisor o al personal que se encuentra en la labor o alrededores. Nunca sobrepase una cinta de bloqueo, malla sin autorización. Ar culo 32°.- Queda completamente prohibido ingresar de inmediato a una labor recién disparada. Si lo hace corre el 36

riesgo de gasearse o en su defecto ser alcanzado por un planchón de roca. El empo mínimo para poder ingresar a una labor después de una voladura es 30 minutos cuando la voladura es secundaria, y mínimo 1 hora cuando la voladura es al final de guardia, para ambos deben contar con a autorización del ingeniero supervisor. Ar culo 33°.- Para realizar ac vidades no ru narias, no iden ficadas en el IPERC de Línea Base y que no cuente con un PETS se debe implementar el Análisis de Trabajo Seguro (ATS) de acuerdo con el formato del ANEXO 11 del DS 024- 2016-EM. Subcapítulo II: REAPERTURA DE LABORES PARALIZADAS Ar culo 34°.- La labor en reapertura será inspeccionada por los responsables del área de mina, geomecánica, ven lación, residente de empresa contra sta (de ser el caso) y de seguridad así mismo en estas labores donde haya liberación de gases o labores abandonadas gaseadas deberán adoptarse las siguientes medidas de seguridad: a) Contar con equipos de ven lación forzada capaz de diluir los gases a concentraciones por debajo del límite de exposición ocupacional para agentes químicos. b) Clausurar las labores por medio de puertas o tapones 37

hermé cos que impidan el escape de gases y señalizarlos para evitar el ingreso de personas. c) Contar con equipos de monitoreo de gases y equipos de renovación autónoma de oxigeno en caso ser necesario para el ingreso. d) Disponer de equipos y/o herramientas para el desate de rocas sueltas. Ar culo 35°.- El área de Seguridad emi rá un reporte con las condiciones peligrosas como presencia de gases, roca suelta, sostenimiento deficiente y otros, estos se corregirán de inmediato antes de realizar cualquier trabajo. El Superintendente de Mina coordinará con el ingeniero Jefe de Zona para programar la eliminación de las condiciones peligrosas de la labor inspeccionada, antes de iniciar cualquier otro trabajo en la labor a retomar. Ar culo 36°.- Los trabajos de rehabilitación serán realizados con personal capacitado y entrenado en este po de trabajos. El Superintendente de Mina, Jefe de Zona seleccionarán al personal capacitado y entrenado para los trabajos a programarse, para iniciar con los trabajos se debe contar con pan de trabajo y su respec vo análisis de riesgo. La Superintendencia de Mina coordinará con el área de seguridad comunicando el levantamiento de las 38

condiciones peligrosas y autorizando el reinicio de los trabajos. Subcapítulo III: PREVENCIÓN EN CAÍDA DE ROCAS DESATADO DE ROCAS Ar culo 37°.- Los trabajadores de todas las áreas que ingresan a mina, al iniciar su trabajo deben verificar en primer lugar que el lugar se encuentre sostenido, acto seguido verificar que no exista rocas sueltas en las coronas, ni en los has ales, de exis r algún po de roca suelta se procede a su eliminación desde un lugar seguro y sostenido, para lo cual debe cumplir con el procedimiento de desatado de rocas (PETS-HU-MI-01). Anexo 09. En caso las rocas sueltas con núen o exista alguna duda, parar el trabajo, no ingresar, bloquear la labor e informar al supervisor inmediato. Ar culo 38°.- Para el desatado de rocas sueltas en cada labor, como mínimo, debe contarse con dos (02) juegos de cuatro (04) barre llas (de diferentes medidas de acuerdo con las dimensiones de las labores) cada uno. En galerías y 39

rampas debe contarse como mínimo con un (01) juego de cuatro (04) barre llas cada cien (100) metros Ar culo 39°.- en las labores donde la altura es mayor de cuatro metros (4 m), Panamerican Silver Huaron S.A. dispone de un desatador mecánico SCALEMIN el cual cuenta con un programa mensual de desate. SOSTENIMIENTO DE LABORES Ar culo 40°.- Después de cada disparo aplicar el sostenimiento inmediato, de acuerdo con la evaluación geomecánica, y siguiendo el procedimiento de la ac vidad o tarea a realizar. No se puede realizar ningún po de trabajo si no se ene un techo sostenido. Se debe cumplir con el principio “METRO AVANZADO, METRO SOSTENIDO, TALADRO PERFORADO, PERNO INSTALADO” Ar culo 41°.- Cuando se realiza la limpieza de carga de un frente de avance o tajo, debe realizarse solo hasta el punto en el que la cabina del equipo se ubica debajo de un techo sostenido, por ningún mo vo el operador se ubicará en un techo sin sostener a pesar de estar dentro de la cabina del equipo. Para el caso de taladros largos el operador debe bajarse del equipo a 5 m antes del tajo abierto (cara libre) e 40

ingresar el equipo a control remoto, cumpliendo el procedimiento PETS-HU-MI-10. ANEXO 10 Ar culo 42°.- Está prohibido recuperar algún elemento de sostenimiento que está instalado (elementos de cuadros, pernos, elementos de encribado, cimbras, etc.). Si algún elemento de sostenimiento muestra deterioro o falla, debe reforzarse de inmediato antes de re rar el elemento fallado. Para estos casos debe contarse con la autorización del ingeniero supervisor y la presencia de un supervisor inmediato. Ar culo 43°.- En toda operación de relleno de labores explotadas, se debe cumplir con las siguientes medidas de seguridad: a) Realizar estudios de resistencia, granulometría, límites de contenido de agua, estabilidad sica y química del material de relleno. b) Asegurar la compactación del material y el relleno total de los espacios abiertos para garan zar que no habrá futuras subsidencias o fracturas que afecten la estabilidad del área minada. c) Evitar que material grueso rellene cajas o costados de labores por los espacios vacíos. Ar culo 44°.- Para el control de caída de rocas y la aplicación de sostenimiento en las labores mineras se debe 41

contar con los controles mínimos especificados en el VEO (Verificación de Controles Opera vos) de acuerdo con la labor que corresponda, caso contrario no se realizará el trabajo programado hasta no cumplir con los controles establecidos para los riesgos Crí cos: Ÿ En tajos mecanizados se usan reflectores de luz y están opera vos. Ÿ Labor con sostenimiento de acuerdo con diseño geomecánico. Ÿ Sostenimiento en intersecciones más denso (5 mts. a cada lado desde el centro de la intersección) según recomendación Geomecánica). Ÿ Tajo en corte y relleno sin sobrecortes consecu vos. Ÿ Guardacabezas y/ o mallas electrosoldadas pegadas o bloqueadas a la corona de la labor Ÿ Labores en una intersección con mínimo 10 mts. de avance desfasado entre si Ÿ Puntales de seguridad de 6 pulg. de diámetro con pa lla de 2 pulg. Ÿ Ancho, altura, longitud después de la limpieza de acuerdo a recomendación geomecánica, sin sobreperforación. Ÿ Pernos espaciados máx. 1.50 m. o de acuerdo con recomendación geomecánica Ÿ Shotcrete no craquelado ni fracturado Ÿ Shotcrete man ene un fraguado de 4 horas mínimas antes de reiniciar perforación. 42

Ÿ 02 juegos de barre llas de 6,8,10 y 12 pies de largo. Ÿ Usan calibradores para medir o verificar brocas de 36 o 37 mm para perforar y colocar Split sets. Ÿ Uso de calibradores en el lanzado de shotcrete Ÿ Tuercas de pernos helicoidales ajustadas Subcapítulo IV: VENTILACIÓN DE MINAS Ar culo 45°.- Panamerican Silver Huaron S. A. a través de la Jefatura de Ven lación dotará de aire limpio a las labores de trabajo de acuerdo con las necesidades del trabajador, de los equipos y para evacuar los gases, humos y polvo suspendido que pudieran afectar la salud del trabajador, así como para mantener condiciones termo-ambientales confortables. Todo sistema de ven lación en interior mina, en cuanto se refiere a la calidad del aire, debe mantenerse dentro de los límites de exposición ocupacional para agentes químicos de acuerdo con el ANEXO Nº 15 del DS 024-2016-EM y lo establecido en el Reglamento sobre Valores Límite Permisibles para Agentes Químicos en el Ambiente de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N.º 015-2005-SA o la norma que lo modifique o sus tuya. Ar culo 46°.- La Supervisión de Operaciones Mina al inicio de cada jornada o antes de ingresar a labores mineras, en 43

especial labores ciegas programadas, como son chimeneas, deberán realizar mediciones de gases de monóxido de carbono, dióxido de carbono, dióxido de nitrógeno, gas sul ídrico y oxígeno, de acuerdo con la naturaleza del yacimiento, al uso de explosivos y al uso de equipos con motores petroleros, las que deben ser registradas y comunicadas a los trabajadores que enen que ingresar a dicha labor. Ar culo 47°.- El jefe de Ven lación es responsable de evaluar periódicamente el circuito principal de ven lación y de hacer las modificaciones necesarias en caso de tenerse cambios en este circuito. Es responsabilidad del departamento de ven lación que todas las labores en operación cuenten con su respec vo circuito y balance de ven lación, y estén publicados en cada labor. Ar culo 48°.- Ante cualquier variación del circuito de ven lación y el estado de los ven ladores la jefatura de ven lación debe informar de inmediato a la superintendencia de mina o áreas involucradas. La supervisión de mina ene la obligación de verificar y mantener las condiciones de ven lación estén dentro los LMP que indica el DS 024-2016 E.M. Para ello en las labores mineras se debe cumplir con los 44

controles del VEO establecidos para este po de riesgo: Ÿ Oxigeno mínimo 19.5% y no mayor a 22.5%; Monóxido de Carbono (CO) máximo 25 ppm, Dióxido de Carbono (CO2) máximo 5000 ppm, Gases Nitrosos (NOx) máximo 3 ppm. Ÿ Manga de ven lación a no más de 15 m del frente. Ÿ Manga de ven lación sin roturas, sin cortes, sin estrangulamiento y con línea mensajera. Ÿ Ven lador auxiliar instalado en corriente de aire limpio. Ÿ Labores abandonadas o no trabajadas clausuradas con tapón o malla asegurada con perno. Ÿ Ven lador auxiliar instalado no menor a 10 m del ingreso de labor (aplica para frentes ciegos y no tajos). Ÿ Labor cuenta con panel o pizarra para registrar los monitoreos de gases. Subcapítulo V: PREVENCIÓN PARA CAÍDA DE PERSONAS Ar culo 49°.- En todas las instalaciones en general, temporales o permanentes, labores de operación e infraestructura se debe cumplir con el orden y limpieza Ar culo 50°.- En los caminos o accesos a las labores mineras como a cualquier infraestructura minera se deberá 55

cumplir con los siguientes: a) Los caminos deben mantener las condiciones seguras y necesarias para el tránsito de personas y el transporte de materiales. b) Las escaleras deben posicionarse con un ángulo no menor a 85º con respecto a la horizontal (piso o descanso). c) Las escaleras deberán asegurar fijamente en los descansos inferiores y superiores, en los caminos no debe tenerse escaleras que se muevan o en mal estado, además deben ser codificadas. d) Todas las escaleras de un camino deben sobrepasar 02 peldaños u 80 cm. del descanso superior, esto facilitará la acción de subir o bajar por los caminos. e) Entre los descansos de un camino deberá haber la altura o separación necesaria para que una persona se pare a descansar, debe tener no menos de 2.20 m y no más de 5.00 m. f) Todos caminos deben mantenerse limpios, libres de obstáculos sobre los descansos, esto evitará caída de personas. g) En los descansos no deberá tenerse aberturas mayores a las necesarias para el tránsito de personal o de camillas transportando heridos. Ar culo 51°.- Dentro de la mina las instalaciones como: comedores, echaderos, cámaras de carguío, cámaras de 46

primeros auxilios, estaciones telefónicas, acopios de madera, tableros eléctricos, talleres, bodegas, polvorines, estaciones de cargado de baterías, estaciones eléctricas y otros, deben ser iluminadas de acuerdo con el ANEXO 37 del DS 024-2016 E.M. Es responsabilidad de la supervisión de mina que las instalaciones de los echaderos y los anclajes para los equipos contra caídas se encuentren en buenas condiciones para el trabajo, así como las inspecciones respec vas. Ar culo 52°.- En el acceso a los Ore Pass, chimeneas o echaderos, deben contar con una parrilla, cumpliendo los requerimientos sea para minería mecanizada o convencional, además debe instalarse una barrera de contención que evite la caída de los equipos (scooptrams). Estos también deben ser debidamente señalizados. Por ningún mo vo el personal permanecerá en las parrillas cunado el equipo está descargando material. De exis r las condiciones seguras para que el personal ingrese a la parrilla, debe hacerlo u lizando el equipo an caída, con doble gancho de anclaje. Ar culo 53°.- El acceso a los echaderos en general deben mantenerse aislados con sistemas de bloqueo y la señalización adecuada, a fin de evitar que los 47

Colaboradores se expongan al riesgo de descarga libre o caída de personas. Ar culo 54°.- Las cámaras de carguío deben tener un muro de contención que evite que los scooptrams puedan caer sobre los volquetes, así misma iluminación adecuada de acuerdo con el ANEXO 37 del DS 024-2016 E.M. Ar culo 55°.- Para realizar cualquier trabajo de altura, los trabajadores en general deben contar con la Autorización para Trabajos en altura, emi do por el área de seguridad, es responsabilidad de la supervisión respec va el cumplimiento del presente ar culo. Ar culo 56°.- Para el caso de taladros largos la supervisión de Mina deberá asegurar el cumplimiento de los criterios VEO TALADROS LARGOS: Ÿ Dispone de 2 pares de reflectores opera vos (1 en piso de relleno o explotación y otro en piso de extracción) Ÿ Niveles de extracción, perforación, voladura y relleno del tajo disponen de sistema de bloqueo y señalización ''prohibi va''. Ÿ Cable de acero de 1/2'' diámetro como línea de anclaje, fijado en cáncamos cementados hacia las cajas a cada 5 m como máx. a 1,5 m de altura. Ÿ Existe línea de seguridad límite ubicado a 6 m de la cara libre, el cual está bloqueada y Señalé ca de prohibición. 48


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