Important Announcement
PubHTML5 Scheduled Server Maintenance on (GMT) Sunday, June 26th, 2:00 am - 8:00 am.
PubHTML5 site will be inoperative during the times indicated!

Home Explore REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO RIT.cdr

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO RIT.cdr

Published by vary2604, 2019-11-22 09:52:50

Description: REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO RIT.cdr

Keywords: none

Search

Read the Text Version

RIT- Reglamento Interno de trabajo Shahuindo S.A.C.



HOJA DE RESPETO



REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO SHAHUINDO S.A.C. Superintendencia RR.HH. y Administración DIRECCION RR.HH. 2019



I N D I C E TITULO I: GENERALIDADES CAPITULO - I De la Visión y Misión de la Empresa 13 CAPITULO - II Generalidades. 17 TITULO II: CONTRATACIÓN DEL COLABORADOR. CAPITULO - III Del Ingreso. 21 TITULO III: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA. CAPITULO - IV Derecho y Obligaciones del Empleador. 27 TITULO IV: DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR. CAPITULO - V Derechos y Obligaciones de los TRABAJADORES. 35 TITULO V: CONDICIONES GENERALES DEL TRABAJO. CAPITULO - VI Del Horario de Trabajo y Control de Asistencia. 51

CAPITULO - VII De las Horas Extras o Sobre empos. 56 CAPITULO - VIII De los Permisos, Licencias e inasistencias. 57 CAPITULO - IX Movimiento de Personal. 60 CAPITULO - X Vacaciones. 62 TITULO VI: REMUNERACIONES. CAPITULO - XI Remuneraciones. 69 TITULO VII: NORMAS TENDIENTES AL FOMENTO Y MANTENIMIENTO DE LA ARMONÍA LABORAL. CAPITULO - XII Servicio de Vigilancia. 75 CAPITULO - XIII Medidas Disciplinarias. 75 CAPITULO - XIV Procedimientos de Reclamos Individuales. 86 CAPITULO - XV Boletas de pago 87 CAPITULO - XVI De la Seguridad, Salud e Higiene Ocupacional y Medio Ambiente. 88 CAPITULO - XVII Protección contra el VIH y SIDA 93

CAPITULO - XVIII Protección Contra la Discriminación del Trabajador con Tuberculosis y Medidas de Prevención. 96 CAPITULO - XIX Lactarios. 100 CAPITULO - XX Trabajadores con Discapacidad. 102 CAPITULO - XXI Casos No Contemplados. 103 CAPITULO - XXII Disposición Final. 104 Anexos: Ÿ Código Global de Conducta É ca 107 Ÿ Polí ca Global An - Corrupción 126 Ÿ Polí ca de Prevención y Sanción del Hos gamiento Sexual 151 Ÿ Polí ca de Remuneraciones 163











DE LA VISIÓN Y MISIÓN DE LA EMPRESA



REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO CAPITULO I DE LA VISIÓN Y MISIÓN DE LA EMPRESA Ar culo 1º.- Somos una empresa minera que orienta sus mejores medios a la explotación eficiente y produc va y segura de los recursos minerales de plata y afines en los Yacimientos Mineros, y a la determinación de las reservas para alcanzar una explotación sostenida y creciente en el empo. Como resultado de nuestras ac vidades producimos y comercializamos concentrados finos de mineral, con rentabilidad y bajo los mejores estándares de calidad internacional. Nuestra Meta es ubicarnos entre las mejores empresas en el Perú en la Minería de Plata y nuestro compromiso es generar una Producción Limpia, es decir, “Cero Accidentes Personales”, ”Cero Incidentes Ambientales”, “Cero Incidentes Sociales” y “Cero Incidentes Laborales” ; es la constante mejora de los niveles de calidad, produc vidad y seguridad en todas las operaciones, así como del rendimiento económico de los recursos puestos a disposición por los accionistas. Fomentamos la innovación tecnológica permanente y la par cipación crea va de todos los trabajadores en la búsqueda de mejores, seguras y más eficaces formas de exploración, explotación, producción y ges ón administra va. Propugnamos que nuestro recurso más valioso son nuestros trabajadores por lo que nos sen mos comprome dos con su desarrollo, su seguridad y su bienestar en LA EMPRESA.

Proteger y conservar el medio ambiente es nuestra meta permanente, por lo que nos esforzaremos para que nuestras ac vidades alcancen en este ámbito, altos niveles, técnica y económicamente viables. Ar culo 2º.- Es Misión de LA EMPRESA, producir y comercializar concentrados finos de Plata y metales afines procedentes de la explotación de la Mina y desarrollar ac vidades de exploración geológica con el fin de asegurar las reservas de mineral que permitan la explotación económicamente rentable de la mina. Todas las ac vidades en LA EMPRESA deberán alcanzar elevados estándares de calidad, eficiencia, seguridad y costo para lograr que nuestros productos sean compe vos en el mercado internacional de los metales. Como resultado de nuestras operaciones se deberá lograr altos índices de valor económico agregado y de crecimiento sostenido para LA EMPRESA. Esto se debe alcanzar mediante la óp ma integración de los recursos humanos, tecnológicos y de ges ón y en un ambiente que propicie la inicia va responsable, el bienestar y la seguridad de todos los trabajadores. Las ac vidades en la zona de influencia de nuestras operaciones deberán cumplir con las normas vigentes de protección del medio ambiente. Esta responsabilidad de la empresa recae a su vez en cada uno de sus trabajadores.

I. GENERALIDADES



CAPITULO II GENERALIDADES Ar culo 3º.- El presente Reglamento Interno de Trabajo, (en adelante “RIT”), establece normas esenciales que regulan las relaciones laborales y el comportamiento laboral, las mismas que deben ser observadas por todos los trabajadores de LA EMPRESA, con la finalidad de mantener y fomentar la armonía en las relaciones laborales entre LA EMPRESA y sus trabajadores, mediante el ejercicio correcto de los derechos y obligaciones que las leyes, normas internas y el presente reglamento regulan. Así como también cualquier Autoridad, empresa y/o tercero que ingrese a las instalaciones de LA EMPRESA. Cuando el presente Reglamento haga referencia a “LA EMPRESA” debe entenderse que se encuentra referido a SHAHUINDO S.A.C. Ar culo 4º.- Las relaciones laborales en LA EMPRESA, están basadas primordialmente en el principio de la buena fe, fiel cumplimiento de las obligaciones, la armonía y paz laboral, primando el diálogo, la comprensión, el trabajo en equipo y la colaboración que debe exis r entre los trabajadores de todos los niveles. Las normas de este Reglamento aplican a todos los trabajadores de LA EMPRESA sin dis nción alguna. En las partes per nentes, el presente Reglamento se aplicará también a las personas en modalidades forma vas laborales y a quienes presten servicios dentro de las instalaciones de LA EMPRESA, en lo que les fuere aplicable. Ar culo 5º.- Todo trabajador de LA EMPRESA debe conocer y cumplir el contenido del presente Reglamento, y por tanto, ene el derecho a recibir un ejemplar del mismo al inicio de la relación laboral y luego de

cada modificación. Cuando se haga entrega de una copia del Reglamento a cada trabajador se suscribirá la copia anexa en señal de conformidad. El desconocimiento de las normas contenidas en el presente Reglamento, no excluye al trabajador de la obligación de su cumplimiento. En caso de pérdida, el trabajador deberá solicitar la entrega de un nuevo ejemplar. En dicho caso, el nuevo ejemplar será de cargo del trabajador. Ar culo 6º.- Todas y cada una de las normas contenidas en el presente Reglamento enen carácter enumera vo, mas no limita vo; en consecuencia, las situaciones no previstas o no contempladas en este documento, serán resueltas por LA EMPRESA en uso de sus facultades de Dirección y Administración, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia u otras normas y procedimientos internos. Asimismo, este Reglamento será modificado conforme lo exija el desarrollo ins tucional o las disposiciones legales vigentes. Ar culo 7º.- Las personas que ocupan cargos de supervisión, según la Estructura Orgánica de LA EMPRESA, son los responsables de supervisar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento en sus determinadas áreas de trabajo. El Supervisor o Jefe de Área informará a la Superintendencia de Recursos Humanos y Administración sobre las inobservancias del presente Reglamento, así como las medidas correc vas adoptadas.

II. CONTRATACIÓN DEL TRABAJADOR



CAPITULO III DEL INGRESO Ar culo 8º.- La selección y contratación de trabajadores es competencia y facultad exclusiva de la dirección de LA EMPRESA. La Autorización para la contratación debe solicitarse al área de Recursos Humanos, de conformidad con el procedimiento interno de contratación de personal. La selección de personal se realizará de acuerdo a las especificaciones técnicas de los puestos establecidas en el Manual de Organización y Funciones de LA EMPRESA; y en el caso de puestos nuevos, de acuerdo al perfil diseñado. Ar culo 9º.- El área de Recursos Humanos exigirá el examen médico pre-ocupacional, para el ingreso al servicio de LA EMPRESA, con la finalidad de determinar las condiciones de salud del postulante. Los postulantes deberán llenar y firmar los documentos y demás formularios que requiera el área de Recursos Humanos, con calidad de declaración jurada, siendo su responsabilidad la veracidad de la información que proporcionen. Ar culo 10º.- Todo nuevo trabajador recibirá de las Áreas de Capacitación y de Seguridad e Higiene Minera, charlas de Inducción y preparación sobre los aspectos de Seguridad y Salud Ocupacional, manejo del Medio Ambiente, Misión y Visión de LA EMPRESA, obje vos, organización y funcionamiento de la Ins tución, así como también de las labores que le corresponderá desarrollar en su puesto de trabajo. Dicha inducción se otorgará en los plazos establecidos de acuerdo a los programas de capacitación vigentes. Asimismo recibirá de

parte de LA EMPRESA los instrumentos de ges ón correspondientes. Ar culo 11º.- Todo trabajador recibirá un Fotocheck de iden ficación, proporcionado gratuitamente por LA EMPRESA, que lo acredita como tal, debiendo portarlo en lugar visible durante su permanencia en el Centro de Trabajo. El Fotocheck deberá ser devuelto al dejar de prestar servicios en LA EMPRESA. En caso de extravío el trabajador asumirá el costo del duplicado. Ar culo 12º.- El área de Recursos Humanos organizará y mantendrá, para cada trabajador, un legajo personal actualizado que contendrá toda la información rela va al historial laboral (RECORD) del trabajador. Ar culo 13º.- No podrán ingresar a laborar a LA EMPRESA los cónyuges y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, os y sobrinos) de los trabajadores de LA EMPRESA. El Área de Recursos Humanos podrá hacer excepciones a esta regla en casos en los que se requiera personal de confianza, personal altamente especializado o personal clave de interés ins tucional, o que por razones de convivencia social se jus fique y haya sido previamente declarado. Ar culo 14º.- Para ingresar al servicio de LA EMPRESA el candidato deberá cumplir los siguientes requisitos: a. Haber aprobado el proceso de selección correspondiente. b. Ser mayor de 18 años. c. Tener como mínimo 5º año de secundaria; salvo aquellos casos que se requiera estudios superiores técnicos o universitarios. D. Presentar los siguientes documentos:

i. Ficha de Datos Personales ii. Copia del Documento Nacional de Iden dad o Carnet de Extranjería iii. 02 Fotogra as Tamaño Pasaporte a colores iv. Datos previsionales ONP o AFP si fuera el caso v. Cer ficados de Trabajo si ha trabajado anteriormente vi. Cer ficado de Antecedentes Policiales expedida por la PNP vii. Cer ficado de Antecedentes Judiciales y Penales. viii. Título Profesional, Diplomas o Cer ficados de Estudios según corresponda ix. Reporte de Ingresos y Retenciones emi dos por la SUNAT x. Declaración Jurada domiciliaria xi. Copia Cer ficada de la Par da de matrimonio y/o de Convivencia, según corresponda, asimismo y de nacimiento de sus dependientes directos, si corresponde, adjuntando 02 fotogra as a color de tamaño pasaporte de los dependientes xii. Cer ficado de examen médico expedido por el organismo público o privado que la Empresa determine y que le permita realizar las labores encomendadas. xiii. LA EMPRESA se reserva el derecho de solicitar otros documentos que crea conveniente o exonerar de la presentación de alguno de los enumerados anteriormente. e. De acuerdo a lo dispuesto por el art. 78º del D.S.003-97-TR, en caso de reingreso, los trabajadores deberán presentar los mismos requisitos. El Área de Recursos Humanos deberá verificar que los trabajadores que reingresen a LA EMPRESA para prestar servicios por un plazo determinado, no hayan prestado servicios a LA EMPRESA a plazo indefinido dentro de los úl mos 12 meses anteriores al reingreso. Ar culo 15º.- LA EMPRESA exigirá que los postulantes acrediten su capacidad sica, laboral, técnica y/o profesional, así como hones dad y

la inexistencia de impedimento legal alguno para la prestación de servicios o el ejercicio profesional. Asimismo, se deja constancia que toda documentación, información y declaración que el postulante presente durante su etapa de contratación deberá ser exacta, completa y veraz. LA EMPRESA se encuentra facultada a constatar esta información y podrá re rar la oferta de trabajo o, de ser el caso, desvincular al TRABAJADOR si la información presentada no cumple con dichos estándares. Ar culo 16º.- Una vez cumplidos todos los requisitos previstos para el puesto de trabajo, incluido haber pasado el examen médico a sa sfacción, al postulante se le otorgará el alta correspondiente, y procederá a firmar el contrato correspondiente , cuando corresponda. Ar culo 17º.- TTodos los trabajadores estarán sujetos a un periodo de prueba de tres (3) meses contados desde el primer día de la prestación de servicios, conforme al Art. 10º del Texto Único Ordenado de la Ley de Produc vidad y Compe vidad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y el Art. Nº 17 o norma que lo sus tuya, salvo los casos de personal calificado como de Confianza y Dirección en cuyos casos el periodo de prueba podrá ampliarse por escrito de 6 a 12 meses . Los trabajadores ingresan al empleo con pleno conocimiento del período de prueba que aquí se detalla. Queda expresamente establecido que la eventual terminación del contrato de trabajo durante el período de prueba no transgrede la buena fe contractual ni implica incumplimiento alguno por parte de LA EMPRESA.

III. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA



TITULO III: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA CAPITULO IV DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Ar culo 18º.- Es derecho exclusivo de LA EMPRESA, dirigir, planear, organizar, coordinar, orientar y controlar las labores y ac vidades en el Centro de Trabajo, estableciendo polí cas, procedimientos y lineamientos des nados a la consecución de sus obje vos. Asimismo podrá normar, reglamentar y establecer las sanciones correspondientes que ameriten su incumplimiento. Ar culo 19º.- El ejercicio del derecho mencionado en el ar culo anterior comprende, entre otros, las siguientes facultades: 19.1. Establecer y modificar a su criterio y dentro del marco de los disposi vos legales vigentes, la organización general y las polí cas de LA EMPRESA, así como dictar y modificar el presente Reglamento, y cualquier otra norma interna y/o procedimiento. 19.2. Seleccionar, contratar e incorporar nuevo personal cuando las necesidades opera vas y/o administra vas lo requieran; en consecuencia es el único facultado para determinar la capacidad o idoneidad de cualquier trabajador para el puesto o tarea a que haya sido designado, así como para apreciar sus méritos y decidir su ascenso o mejora de remuneración, de acuerdo con las polí cas correspondientes. Lo mismo es aplicable a cualquier otra acción sobre la relación laboral. 19.3. Celebrar todo po de contratos de trabajo (por ejemplo, a plazo indeterminado, sujetos a modalidad, a empo parcial, etc.) y convenios de modalidades forma vas laborales (por ejemplo,

prác cas pre-profesionales, formación laboral, etc.); y, en general bajo cualquier forma prevista por ley. 19.4. Corresponde a LA EMPRESA asignar puesto y labores que debe desempeñar el trabajador, no siendo los puestos que designa la empresa de carácter fijo ni permanente. En este sen do, LA EMPRESA ene la facultad de disponer el traslado o cambio de puesto del trabajador, así como su transferencia de un turno a otro o a diferente sección de trabajo, en forma temporal o permanente, cuando así lo requieran las necesidades opera vas o administra vas. 19.5. Exigir el cumplimiento estricto del presente Reglamento, pudiendo aplicar sanciones disciplinarias, según la gravedad de la falta. 19.6. Implementar y/o modificar el Manual de Organización y Funciones, el cuadro de categorías y funciones, el perfil de los puestos, la línea de carrera, la asignación y reasignación de las funciones, los deberes y responsabilidades, la polí ca remunera va, la creación o anulación de puestos de trabajo cuando las necesidades opera vas y/o administra vas lo requieran; sin mas limitaciones que las establecidas por ley. 19.7. Implementar el Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional (herramientas de Ges ón, Estándares, Reglamento Interno de Seguridad, etc.) Para su cumplimiento en forma permanente, mensual o semanal, de acuerdo a la programación efectuada. 19.8. Implementar la Jornada de Trabajo, así como los turnos y horarios de trabajo, estando facultado a establecer jornadas a picas conforme a los disposi vos legales vigentes. LA EMPRESA podrá modificar la asignación de los turnos y horarios

de manera individual o colec va a los trabajadores , cumpliendo con el procedimiento legal establecido vigente. 19.9. LA EMPRESA fijara la oportunidad de los descansos adecuados en los regímenes alterna vos, acumula vos, o a picos de jornadas de trabajo y de descanso en razón de la naturaleza especial de las ac vidades de la empresa, los mismos que serán directamente proporcionales al trabajo efec vamente prestado. 19.10. Determinar el puesto individual de cada trabajador, pudiendo disponer su traslado o cambio de puesto, así como la transferencia a otra área o unidad de trabajo, en forma temporal o permanente. 19.11. La asignación o reasignación del trabajo y/o de las personas que lo han de ejecutar. 19.12. Evaluar en forma periódica a los trabajadores de LA EMPRESA conforme a las Direc vas y procedimientos que para tal efecto se aprueben. 19.13. Disponer la u lización de los bienes, equipos, instalaciones y maquinarias en el modo y forma que resulten más convenientes para la produc vidad de LA EMPRESA. 19.14. Aprobar y hacer cumplir a través de sus supervisores y jefes respec vos las normas, procedimientos y polí cas de LA EMPRESA en aplicación de las disposiciones legales. 19.15. Sancionar conforme a lo dispuesto en el Capitulo XIII de este Reglamento.

Las facultades antes señaladas enen carácter enumera vo, más no limita vo. Ar culo 20º.- Corresponde en forma exclusiva a LA EMPRESA, la administración y dirección de sus operaciones, así como determinar y controlar las labores del personal que trabaja para ella. Ar culo 21º.- Es facultad de LA EMPRESA, la designación de sus funcionarios, jefes, supervisores y trabajadores en general y señalarles sus funciones, ubicación y rotación de puestos cuando sea conveniente; así como asignarles sus respec vas remuneraciones de acuerdo con la polí ca de LA EMPRESA. Ar culo 22º.- Es polí ca de LA EMPRESA dar un trato comprensivo y cordial a sus trabajadores, quienes podrán exponer libremente por conducto regular a sus superiores, las dificultades que encuentren en sus labores así como sus necesidades par culares, las mismas que deberán ser sustentadas para ser atendidas, dentro de un criterio de razonabilidad, en lo que corresponda. Ar culo 23º.- Son obligaciones de LA EMPRESA las siguientes: 23.1 Velar por el cumplimiento y aplicación de las disposiciones legales vigentes, del presente Reglamento Interno y demás disposiciones de orden interno; así como las normas y reglamentos de Seguridad e Higiene Minera, Seguridad y Salud Ocupacional y Medio Ambiente. 23.2 Organizar programas o ac vidades que fomenten y mantengan la armonía en las relaciones laborales, promoviendo la difusión de los valores de LA EMPRESA. 23.3 Procurar la realización y el desarrollo de los trabajadores, en armonía con los fines y necesidades de LA EMPRESA, mediante la

capacitación u otras herramientas, y el bienestar del personal. 23.4 Informar oportunamente al trabajador sobre las disposiciones y decisiones que puedan afectar, directa o indirectamente, sus condiciones de trabajo. 23.5 Poner en conocimiento del trabajador toda inserción en su Carpeta Personal de documentos que se refieran a sus méritos o deméritos. 23.6 Pagar las remuneraciones y demás beneficios legales y/o convencionales en la oportunidad y forma establecidos. 23.7 Suministrar a los trabajadores los implementos de Protección Personal contra accidentes y enfermedades profesionales, de acuerdo a la naturaleza de la labor desarrollada, en beneficio de su salud y seguridad, así como brindar las prestaciones de servicios requeridos en materia de asistencia y Bienestar Laboral. 23.8 Prevenir, inves gar y resolver los problemas laborales, de acuerdo con los fines y obje vos de LA EMPRESA, y en armonía con la norma vidad vigente y las normas internas de LA EMPRESA. 23.9 Promover la mejora con nua de los procesos, garan zando la Seguridad y Salud Ocupacional del trabajador y el cuidado del medio ambiente empleando para ello los avances cien ficos y tecnológicos, con el obje vo de superar el cumplimiento de las normas de seguridad y de salud ocupacional que se encuentren establecidas en las normas legales o en disposiciones internas. 23.10 Por medio de la aceptación del presente RIT EL TRABAJADOR expresa su total consen miento para que LA EMPRESA recopile, registre, organice, almacene, conserve, elabore, modifique, extraiga, consulte, u lice, bloquee, suprima, comunique, transfiera o difunda sus datos personales y sensibles que le fue o

le será proporcionada, con la finalidad de una posible o dentro del marco de una relación laboral. EL TRABAJADOR reconoce y acepta que LA EMPRESA haya ejercido o ejerza cualquiera de las facultades expuestas que le corresponde como empleador de acuerdo a ley 29733 y el D.S. N° 003-2013-JUS, sus normas modificatorias o sus tutorias, o convenio. 32

IV. DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR



TITULO IV: DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES CAPITULO V DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Ar culo 24º.- Son derechos de los trabajadores de LA EMPRESA, los siguientes: 24.1. Percibir como contraprestación de la labor efectuada la remuneración y beneficios que le correspondan, de conformidad con los disposi vos legales vigentes y las normas internas de LA EMPRESA, en la oportunidad y lugar acordados. 24.2. Ser informados de las disposiciones que regulen las condiciones de trabajo. 24.3. Formular reclamaciones verbales o escritas, cuando consideren vulnerados sus derechos laborales, siguiendo los procedimientos establecidos en el presente Reglamento. 24.4. Ser tratados con respeto, cualquiera sea su condición o jerarquía. 24.5 A ser evaluado periódicamente sobre su rendimiento laboral y su conducta; y ser considerado en caso de requerirse, para ascensos y promociones de acuerdo a su línea de carrera, requisitos del puesto, Procedimiento y Disponibilidad acorde al Presupuesto aprobado. 24.6 Se guarde reserva de la información contenida en su carpeta personal, la que no debe ser difundida fuera del ámbito de la

Administración o más allá de las exigencias de la ley N°29733 y el D.S. N° 003-2013-JUS. 24.7 Proponer mediante el uso de los canales de comunicación internos que corresponda, planteamientos e inicia vas que contribuyan al mejoramiento de la eficiencia y la produc vidad de su Área de trabajo. 24.8 Solicitar constancia de trabajo cuando lo requiera. 24.9 Percibir los beneficios establecidos por ley, convenio colec vo (de serles aplicable) y/o el contrato de trabajo. Ar culo 25º.- Son obligaciones de los trabajadores de LA EMPRESA, los siguientes: 25.1. Respetar y cumplir todas las disposiciones legales y/o convencionales, así como las normas contenidas en el presente R.I.T., y todas aquellas direc vas, normas y disposiciones internas que LA EMPRESA pueda impar r en uso de sus facultades de Dirección y Administración. 25.2. Acatar las órdenes y direc vas directas verbales o escritas que sus superiores jerárquicos les pudieran impar r, para la correcta ejecución de las labores para las cuales han sido contratados, observando un comportamiento correcto durante la ejecución de estas. 25.3. Cumplir con las labores principales, conexas y complementarias inherentes a su puesto de trabajo de manera diligente, con honradez, lealtad, dedicación, esmero y eficiencia, aplicando todos sus conocimientos y experiencia a las tareas encomendadas y actuando siempre de buena fe.

25.4. Cumplir estrictamente con el Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional (incluyendo todas las herramientas de Ges ón, Estándares, Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, direc vas par culares, de manera constante y en la periodicidad que estos establezcan, de acuerdo a la programación establecida, cuando ello corresponda. 25.5. Cumplir con proporcionar los datos y/o documentos que LA EMPRESA les solicite de acuerdo a las Normas y Procedimientos y disposiciones legales vigentes, cons tuyendo falta grave dar información falsa. 25.6. Guardar el debido respeto, consideración y cortesía en el trato con sus Jefes y compañeros de trabajo, proveedores, clientes y, en general, con todos los que interactúen como consecuencia de sus labores, debiendo mantener con ellos completa armonía. 25.7. Mantener el respeto mutuo ante sus superiores y compañeros de trabajo, descartándose todo comportamiento inmoral e inadecuado. 25.8. No discriminar a sus compañeros de trabajo, que hayan contraído enfermedades infectas contagiosas (VIH, tuberculosis y otros), así como también respetar el origen étnico o nacional, la religión, la edad, las capacidades diferentes, la orientación sexual, iden dad, la condición social o cualquier otra que atente contra la dignidad humana. 25.9. Cumplir y respetar las disposiciones que la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional o los agentes de seguridad, puedan dictar dentro del ejercicio de sus funciones. 25.10. Mantener absoluta reserva de los temas relacionados con las

ac vidades, asuntos, procedimientos y/o documentos de LA EMPRESA. 25.11. Cumplir puntualmente con los horarios establecidos sobre ingreso y salida del centro de trabajo y las normas sobre permanencia en el Centro de Trabajo, registrando en forma personal, individual y oportuna su ingreso y salida. 25.12. Cumplir en forma efec va con las jornadas ordinarias y extraordinarias de trabajo. Las jornadas extraordinarias de trabajo deberán previamente acordadas y autorizadas por LA EMPRESA , salvo las excepciones legalmente establecidas. 25.13. Para el desarrollo de sus ac vidades privadas y familiares, el trabajador tomará su período acumula vo de descanso fuera de la Unidad Minera. Quedando prohibido salir fuera de las instalaciones de la Unidad Minera ( esto incluye los campamentos habitacionales), salvo autorización expresa por su superior jerárquico, mientras se encuentre dentro de su sistema de trabajo asignado (incluye cambios de guardia). 25.14. Usar en el centro de trabajo el documento de iden ficación personal (FOTOCHECK). 25.15. Presentarse en su lugar habitual correctamente ves dos y guardar la debida compostura durante la jornada de trabajo, velando en todo momento por la buena imagen de LA EMPRESA. 25.16. Todo trabajador está obligado a u lizar exclusivamente los implementos de seguridad, uniformes y materiales otorgados por LA EMPRESA durante su jornada habitual, bajo sanción que se impondrá de acuerdo a la gravedad de la falta.

Además de usar adecuadamente los equipos de Seguridad y Protección personal y cumplir estrictamente las normas sobre Prevención de Accidentes, de Seguridad e Higiene Minera y medio ambiente, los trabajadores deberán seguir las instrucciones que les sean impar das por sus superiores jerárquicos y los inspectores de seguridad. 25.17. Cuidar de manera adecuada los ú les de trabajo, herramientas, instrumentos, equipos, sistemas, aparatos o equipos de protección personal o cualquier máquina o implemento de trabajo de mina, planta e instalaciones, etc. que se le pueda haber proporcionado para la realización de sus labores, o que le hayan sido confiados para su custodia. En caso de negligencia inexcusable los trabajadores responderán por la pérdida o deterioro de los bienes de propiedad de LA EMPRESA, o de aquellos que no siendo propiedad de LA EMPRESA, estén bajo su responsabilidad. 25.18. Hacer lo posible dentro de los límites de sus responsabilidades para preservar su propia seguridad, salud, la de sus compañeros y subordinados; igualmente, deberán velar constantemente por la seguridad de sus lugares de trabajo y del equipo que u licen según sus conocimientos y capacidades personales. 25.19. Evitar la manipulación u operación de equipos tales como máquinas, válvulas, tuberías, conductores eléctricos, etc. para cuyo manejo, conservación o uso no hayan sido debida y expresamente capacitados y autorizados. 25.20. Reportar de forma inmediata cualquier incidente o accidente. Asimismo, deberán colaborar con la inves gación de los accidentes.

25.21. No ingresar a la Unidad Minera ni al trabajo (ni intentar hacerlo) bajo la influencia de alcohol ni de drogas, así como la tenencia y/o transporte de las mismas, ni introducir dichas bebidas y/o sustancias a estos lugares. El incumplimiento de lo señalado en este inciso, se considerará como falta grave sancionable con despido, dada la naturaleza de las labores que se realizan en la Unidad Minera. 25.22. Respetar los carteles indicadores de peligros. 25.23. Prestar auxilio en cualquier empo y lugar que necesite por siniestro o riesgo inminente en que peligre la integridad sica del personal y los bienes e instalaciones de LA EMPRESA. Par cipar en los simulacros de respuesta ante Emergencias; y recibir capacitación en procedimientos de emergencia. 25.24. Tratar cortésmente a cualquier persona con la que tuviera que interactuar por las funciones que desempeña, lo cual incluye la prohibición de realizar cualquier po de amenaza, insulto, acto violento o similar contra dicha persona. 25.25. Comunicar a LA EMPRESA, dentro de las 48 horas de producidos los cambios de domicilio, teléfono, estado civil, nacimiento de hijos y/o fallecimiento de los familiares que figuran declarados ante LA EMPRESA. 25.26. Informar cualquier cambio que realice en el Sistema Privado o Nacional de Pensiones por lo menos 10 días antes de fin de mes, antes de la fecha de cierre de planillas o al día 20 de cada mes. 25.27. Someterse a los exámenes médicos de ingreso, anuales y de cese, preven vos, controles de salud y visitas domiciliarias que

sean determinados por LA EMPRESA y/o por las normas legales vigentes; así como a los procesos de rehabilitación integral, y tratamientos médicos que les puedan prescribir. 25.28. Conservar durante la jornada de trabajo y devolver al término de ésta las herramientas, instrumentos y/o equipos de trabajo que se les haya proporcionado, cuando así lo requieran sus superiores o los procedimientos de LA EMPRESA. 25.29. Los trabajadores mantendrán en buen estado los bienes que LA EMPRESA les asigne para el desempeño de sus funciones. 25.30. Par cipar en los programas de capacitación y/o entrenamiento propuestos por LA EMPRESA, sean estos a realizarse en instalaciones propias o de terceros. 25.31. No usar los bienes de LA EMPRESA en provecho propio o de terceros. El incumplimiento será considerado una falta grave, por tratarse siempre y en todos los casos de un uso indebido de los bienes de LA EMPRESA. 25.32. Emi r los informes verbales y/o escritos que les sean solicitados por LA EMPRESA, de manera diligente y oportuna. 25.33. Mantener sus áreas de trabajo limpias y ordenadas para el desarrollo de ac vidades. Si se encuentran materiales innecesarios o desperdicios, estos deberán ser re rados del área al depósito correspondiente. En este sen do se considerará como incumplimiento reiterado la resistencia a órdenes relacionadas con las labores. Ningún material innecesario o desperdicio podrá ser re rado de las instalaciones de LA EMPRESA sin autorización. El

incumplimiento de este párrafo se considerará falta grave, al tratarse de bienes de la empresa. 25.34. Prevenir y evitar derrames de aceites y grasas, como cualquier otro producto químico contaminante o tóxico y evitar almacenar materiales que pueden derramarse. 25.35. Mantener libres las áreas de circulación, transporte, evacuación cómo escaleras, rampas, plataformas, andamios. 25.36. Informar la presencia de factores que puedan ocasionar un accidente y/o emergencia. En general, informar respecto a todo evento o situación que pudiera poner en riesgo su seguridad o salud, o la de otros trabajadores o terceros, o las instalaciones y/o equipos, debiendo inmediatamente adoptar las medidas correc vas que el caso amerite. 25.37. Conocer las áreas seguras y las rutas de evacuación y escape y conocer el proceso de comunicación ante emergencias 25.38. Informar a los supervisores respecto a los problemas y riesgos detectados. Asimismo, no ficar las condiciones y acciones sub estándar que podrían originar una emergencia ambiental. Para ello, deberán mantener una conducta preven va ante la ocurrencia de accidentes ambientales y, reportar los Incidentes/Accidentes ambientales al área de Medio Ambiente de inmediato de ocurrido el evento. 25.39. En los casos de descanso médico prescrito por ESSALUD o por el Área de Salud, se exigirá necesariamente la constancia respec va, debiendo ser la misma entregada a LA EMPRESA dentro de las 72 horas de iniciado el descanso. No son válidos los Cer ficados otorgados por médicos par culares que no

contengan el visado de ESSALUD, en aquellos casos que el descanso médico acumulado supere los 20 días. LA EMPRESA se reserva el derecho de ordenar visitas domiciliarias por un médico o por la Asistenta Social. Los trabajadores son responsables de seguir el procedimiento de canje de cer ficados médicos y demás que le indique el Área de Recursos Humanos. 25.40. En caso de desvinculación, devolver el inmueble y los enseres contenidos en el que le hayan sido asignados, en perfectas condiciones, salvo el ocasionado por el desgaste del uso normal. 25.41. EL TRABAJADOR expresa que ene derecho a acceder, actualizar, incluir, rec ficar sus datos personales, para lo cual deberá enviar una comunicación escrita dirigida a LA EMPRESA o a la persona o área que en ese momento esté encargada del tratamiento de sus datos. Asimismo, EL TRABAJADOR enfa za que el presente consen miento es libre, voluntario, previo informado, expreso, inequívoco y escrito, por lo que cumple con los requisitos exigidos por la Ley N° 29733, Ley de Protección de datos personales, y el Decreto Supremo N° 3-2013-JUS, Reglamento de la Ley Protección de Datos Personales. 25.42. Informar a LA EMPRESA de cualquier situación que pudiese configurar un conflicto de intereses, actual o potencial. Queda entendido que la enumeración de los derechos y obligaciones de los trabajadores, en el presente ar culo, no enen carácter limita vo sino enuncia vo. Ar culo 26º.- Queda expresamente prohibido a los trabajadores, las siguientes acciones:

26.1. Ingresar sin autorización a lugares de trabajo no vinculados con las labores que desempeñan y en horarios que no les corresponda, sin que medie orden expresa. 26.2. Manipular u operar equipos, máquinas o vehículos que no les hayan sido asignados por ser ajenos a la ges ón de los mismos, salvo autorización expresa y por escrito de LA EMPRESA. 26.3. Manejar, conducir u operar vehículos en las instalaciones de LA EMPRESA, sin estar debidamente autorizados por el Área de Seguridad, mediante la Autorización de Trabajo que expide dicha Área. 26.4. Subir o bajar de vehículos en movimiento, o intentar operarlos sin autorización. Conducir y/o trasladar en los vehículos de LA EMPRESA a personas ajenas a la misma. 26.5. Fumar en las instalaciones de LA EMPRESA, y con mayor razón en los lugares en los que por razones de seguridad se encuentre terminantemente prohibido. 26.6. Incurrir en actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faltamiento de palabra verbal o escrita en agravio del empleador, de sus representantes, del personal jerárquico o de otros trabajadores, sea que se cometan dentro del centro de trabajo o fuera de él cuando los hechos se deriven directamente de la relación laboral. 26.7. Ejercer presiones, amenazas o acoso sexual (conducta sica o verbal reiterada de naturaleza sexual no deseada y/o rechazada) contra otros trabajadores de la empresa y/o empresas que brindan servicio en la Unidad, que puedan afectar la dignidad de

la persona o inducir a la realización de acciones dolosas, contemplado en la Ley . 26.8. Atentar contra la moral y las buenas costumbres, así como contra el normal desenvolvimiento de las ac vidades de LA EMPRESA. 26.9. Hacer valer su condición de trabajador de LA EMPRESA para obtener ventajas de cualquier índole ante terceros, incluso cuando éstas no tengan valor económico. 26.10. Obstaculizar las labores de las cuadrillas de rescate, o de la Unidad de Inves gación de Accidentes. 26.11. Hacer declaraciones públicas o publicaciones sobre asuntos relacionados a LA EMPRESA, a través de medios de comunicación o redes sociales; salvo quienes así hayan sido expresamente y por escrito autorizados por LA EMPRESA para ello. 26.12. U lizar los ambientes y/o bienes de propiedad de LA EMPRESA, o que no siéndolo se encuentren bajo su custodia, para realizar ac vidades ajenas a sus fines, tales como introducir y/o distribuir propaganda o escritos de cualquier naturaleza dentro del centro de trabajo, así como hacer pintas en el ámbito de LA EMPRESA. 26.13. Dormir durante la jornada de trabajo o presentarse a sus labores bajo los efectos de sustancias estupefacientes. 26.14. Dedicarse durante la jornada de trabajo, o cuando está laborando en sobre empo a atender asuntos de naturaleza personal u otros que no estén vinculados con la ejecución de las labores para las cuales han sido contratados.

26.15. No asis r a los programas de capacitación programadas y/o entrenamiento a los que LA EMPRESA lo haya propuesto. 26.16. Introducir bebidas alcohólicas o cualquier po de drogas o sustancias estupefacientes al Centro de Trabajo y/o instalaciones de la Empresa. La concurrencia a laborar en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas o sustancias estupefacientes será considerada como falta grave aunque no sea reiterada por la ac vidad de riesgo que se desarrolla en LA EMPRESA. 26.17. Ingresar o salir del lugar o centro de trabajo portando paquetes, male nes, bolsas y otros, sin estar expresamente autorizado para ello. 26.18. Crear o fomentar condiciones insalubres o que afecten el Medio Ambiente o las condiciones de seguridad e higiene minera dentro de las instalaciones de LA EMPRESA. 26.19. Cometer actos inseguros con consecuencias menores o no reportar Incidentes/Accidentes ambientales o de seguridad y salud en el trabajo de forma inmediata. 26.20. Mantener o criar animales en campamento o en las instalaciones de LA EMPRESA. 26.21. Arrojar basura o desperdicios en lugares no autorizados. 26.22. Usar cámaras o equipos fotográficos y de filmación así como teléfonos celulares par culares en las áreas opera vas y administra vas restringidas, sin autorización expresa de LA EMPRESA.


Like this book? You can publish your book online for free in a few minutes!
Create your own flipbook