DIANA PAOLA CORTÉS ESCAMILLA Abogada ESTUDIOS Abogada Universidad Santo Tomás Especialista en Derecho Administrativo EXPERIENCIA Universidad Santo Tomás Especialista en Contratación estatal Universidad Santo Tomás Maestría en Derecho Internacional Deportivo Universidad de Lleida España Candidata a Magister en Derecho Administrativo Universidad Santo Tomás Asesora Jurídica Federación Colombiana de Patinaje Abogada Juegos Parapanamericanos Juveniles 2023 Comité Paralímpico Colombiano Coordinadora GIT Actuaciones Administrativas de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control Ministerio del Deporte Asesora Jurídica Instituto Departamental de Recreación y Deporte de Santander
Sistema Nacional del Deporte. SND Conjunto de organismos, articulados entre sí, para permitir el acceso de la comunidad al deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la educación física.
SND Públicos Privados NACIONAL MINISTERIO DEL DEPORTE COMITÉ OLIMPICO FEDERACIONES DEPORTIVAS DEPARTAMENTAL ENTES DEPORTIVOS DISTRITO CAPITAL DEPARTAMENTALES LIGAS DEPORTIVAS ENTE DEPORTIVO DEL ASOCIACIONES DEPORTIVAS MUNICIPAL DISTRITO CAPITAL CLUBES DEPORTIVOS ENTES DEPORTIVOS CLUBES PROMOTORES Y MUNICIPALES CLUBES PROFESIONALES
Estructura de los organismos deportivos 4 Órgano de Disciplina 3 2 Órgano de Control 1 Órgano de Administración Órgano de Dirección
¿Como se eligen los miembros de los órganos de administración, control, disciplina y las comisiones técnicas y de juzgamiento?
Se convoca a una Deben cumplir con Ejercen funciones 6 asamblea los requisitos de durante cuatro años 2 4capacitación de la Resolución 1651 de 2022. Se inscriben los Pueden ser miembros ante la reelegidos por dos periodos más autoridad competente 1 3 5Se eligen los miembros en la asamblea con la mayoría de votos
Asambleas Constitución Reuniones no Presenciales Es la primera asamblea Se hacen de manera virtual, realizada por el organismo dejando constancia en deportivo para constituirse actas, cumpliendo con los requisitos de convocatoria Asamblea Ordinaria Extraordinaria con caracter de Se realiza de forma anual, ordinaria durante los tres primeros meses del año. Se convoca con 20 días Se realiza fuera de los 3 hábiles de antelación. meses, se convoca con el Asamblea Universal termino de antelación de la Requisito que estén todos los miembros afiliados en ordinaria, pero sin pleno uso de sus derechos en la asamblea. proposiciones y varios Reunión por Derecho Propio Se realiza el 1er día hábil del mes de abril a las 10 am en el lugar donde funciona el O.D.
RESOLUCIÓN 1651 DE 2022 A través de esta resolución el Ministerio del Deporte, estableció los requisitos de capacitación que deben cumplir los miembros de los órganos de administración y comisiones.
RESOLUCIÓN 1651 DE 2022 ASPECTOS NUEVOS 1- Nos delimita cual es el contenido mínimo de los cursos de administración deportiva. 2- Valida los títulos obtenidos en el extranjero, siempre y cuando estén convalidados. 3- Nos indica quienes son los únicos que tienen la competencia para capacitar, ampliando las instituciones. 4- Antes los cursos, talleres o seminarios para pertenecer a las comisiones eran de 8 horas y ahora son de 10 horas.
ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN a. Curso, taller o seminario de capacitación en administración deportiva de 40 horas ( este tiene una duración de 10 años). b. Profesional en cualquier carrera (nacional o extranjera- convalidación) c. Técnico, tecnólogo o diplomado, relacionado con deporte. d. Experiencia mínima de 1 año en cargos de órgano de administración e. Experiencia administrativa y/o directiva en cargos de nivel técnico, tecnólogo o profesional. (Mindeporte, entes deportivos departamentales, IDRD, entes municipales, o quien haga sus veces)
COMISIONES a. Curso, taller o seminario de capacitación en administración deportiva de 40 horas. (En este no pide la duración de 10 años). b. Profesional, técnico, tecnólogo, especialización o diplomado relacionado directamente con deporte. (nacional o extranjera- convalidación) c. Curso, talleres o seminarios relacionados con aspectos técnicos o de juzgamiento. d. Experiencia de 1 año como miembro de comisiones técnica o de juzgamiento en organismos deportivos que hagan parte dl SND.
RECONOCIMIENTO DEPORTIVO
BENEFICIOS • Para participación deportiva y vinculación con el Sistema Nacional del Deporte. • Para el fomento, protección, apoyo y patrocinio del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre • Llevar la representación nacional o seccional • Solicitar la sede de las competiciones o eventos deportivos nacionales o internacionales • Recibir recursos públicos • Disfrutar de asesoría o servicios de Mindeporte y Entes Deportivos Departamentales o quien haga sus veces.
Mindeporte • Federaciones deportivas AUTORIDAD COMPETENTE • Ligas y Asociaciones deportivas ALCALDE A TRAVÉS DEL ENTE MUNICIPAL O ENTIDAD QUE • Clubes Profesionales HAGA SUS VECES • Clubes Deportivos • Clubes VIGENCIA Promotores Cinco (5) años contados a partir de la ejecutoria
PERSONERÍA JURÍDICA
¿Que es la personería Jurídica? Se refiere a la identidad jurídica por la cual se reconoce a una persona, entidad, asociación o empresa, con capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente a sí mismos y frente a terceros.
¿PARA QUE SIRVE? El derecho a la personalidad jurídica, sirve entonces, para dar reconocimiento como tal, a una persona natural, a una organización, empresa o entidad a fin de permitirle asumir una actividad u obligación sobre la cual se tendrá responsabilidad jurídica.
Atributos de la personalidad Jurídica 1. Nombre o razón social. 2. Domicilio: que debe establecerse en los Estatutos (artículo 86 del Código Civil). 3. Nacionalidad: aplicación de la Ley en el espacio. 4. Capacidad para cierto fin: lo que equivale a una incapacidad relativa. 5. Patrimonio.
Mindeporte • Federaciones deportivas AUTORIDAD COMPETENTE • Clubes Profesionales GOBERNACIONES Y • Ligas y Asociaciones ALCALDÍA MAYOR DE deportivas BOGOTÁ • Clubes Deportivos • Clubes Promotores
REQUISITOS • Los requisitos para solicitar la renovación, actualización de reconocimiento deportivo de las ligas, clubes profesionales y Federaciones están contemplados en la Circular 003 de 2017.
•FEDERACIONES RENOVACIÓN R.D. • Solicitud. • Certificado de revisor fiscal. • Relación de afiliados. • Copia de los reconocimientos deportivos de los clubes, en caso que la Federación este conformada por clubes deportivos. • Nombramiento y reglamentación de la comisión técnica y de juzgamiento. • Acreditación de requisitos de capacitación de los miembros del órgano de administración y comisiones técnica y de juzgamiento.
ACTUALIZACIÓN R.D. •FEDERACIONES • Las Federaciones Deportivas, deberán solicitar junto con la Inscripción de los miembros la actualización del reconocimiento deportivo, remitiendo la información respecto de los cambios que se hayan generado en su estructura.
•LIGAS RENOVACIÓN R.D. • Solicitud. • Copia de la Resolución de inscripción de miembros, por parte de la Gobernación del Departamento o la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá. • Constancia de Personería Jurídica y Representación Legal, expedida con una antelación mínimo de treinta (30) días a la solicitud del reconocimiento deportivo, por la Gobernación del Departamento o la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C. • Relación de Clubes afiliados, enviando copias de las Resoluciones de Reconocimiento Deportivo.
RENOVACIÓN R.D. •LIGAS • Copia de la resolución de designación de los miembros del Comité Provisional nombrado por los miembros del Órgano de Administración de la respectiva Federación, si la hubiere. • Copia de la resolución de convocatoria a la reunión de asamblea electiva, cuando hubiere lugar. • Copia del acta de reunión de la asamblea electiva de los órganos de Administración, Control y Disciplina, cuando hubiere lugar. • Copia del acta de reunión del Órgano de Administración, en la que asignan cargos y nombran el tercer miembro de la Comisión Disciplinaria, cuando hubiere lugar.
RENOVACIÓN R.D. •LIGAS • Copia de las tarjetas profesionales de los Revisores Fiscales (Órgano de Control). • Nombramiento y reglamentación de la comisión técnica y de juzgamiento. • Acreditación de requisitos de capacitación de los miembros del órgano de administración y comisiones técnica y de juzgamiento.
ACTUALIZACIÓN R.D. •LIGAS • Solicitud. • Copia de la Resolución de inscripción del (los) nuevo (s) miembros (s), por parte de la Gobernación del Departamento o la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá. • Certificado revisor fiscal. • Copia de la resolución de convocatoria a la reunión de asamblea electiva, cuando hubiere lugar. • Copia del acta de reunión de la asamblea electiva de los Órganos de Administración y de Control, cuando hubiere lugar.
ACTUALIZACIÓN R.D. •LIGAS • Copia de la tarjeta profesional del nuevo Revisor Fiscal (Órgano de Control) • Acreditación de requisitos de capacitación de los miembros del órgano de administración y comisiones técnica y de juzgamiento. • Copia del acta de reunión del Órgano de Administración, en la que eligen al nuevo miembro de ese órgano incluyendo el motivo por el cual se efectúa el cambio o en la que asignan el cargo, según corresponda.
REQUISITOS • Los requisitos para solicitar la renovación y actualización de reconocimiento deportivo de los clubes deportivos están establecidos en la Resolución No. 231 de 2011.
•CLUB RENOVACIÓN R.D. • Solicitud del Responsable, Presidente o Representante Legal del Organismo Deportivo. • Listado de deportistas afiliados, debidamente identificados, indicando su dirección y teléfono, teniendo en cuenta que para los clubes deportivos debe ser de no menos de diez (10) deportistas inscritos, si es deporte de conjunto el mínimo debe establecerse de conformidad con lo reglamentado por la correspondiente Federación Deportiva y para los Clubes Promotores cualquier número plural de deportistas en cada deporte o modalidad deportiva que promuevan. • Resolución de afiliación de los deportistas que hayan ingresado al Club. • Resolución de Convocatoria a asamblea electiva, cuando hubiere lugar. • Original o copia autenticada del acta de asamblea electiva de los miembros de los Órganos de Administración, Control y Disciplina, de acuerdo con lo aprobado en los estatutos.
•CLUB RENOVACIÓN R.D. • Original o copia autenticada del acta de asamblea electiva de los miembros de los Órganos de Administración, Control y Disciplina, de acuerdo con lo aprobado en los estatutos. • En caso, de haber aprobado un órgano colegiado, el original o copia autenticada del acta de reunión del Órgano de Administración en la que asignan cargos y eligen el tercer miembro de la Comisión Disciplinaria. Si en los estatutos establecieron un responsable el documento en que nombre al tercer miembro de la Comisión Disciplinaria. • Copia de las tarjetas profesionales de los revisores fiscales, en caso de haberse aprobado en los estatutos del club un Órgano de Control a través de revisoría fiscal. • Aceptación expresa de los deportistas sobre su afiliación, participación en las actividades deportivas organizadas y sometimiento a las normas de la Ley 181, Decreto-ley 1228 de 1995 y demás disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias, para los nuevos deportistas afiliados.
RENOVACIÓN R.D. •CLUB • Acreditación por parte de los miembros del Órgano de Administración, sobre el cumplimiento de los requisitos de capacitación, conforme a lo previsto por el artículo 25 del Decreto-ley 1228 de 1995, y la reglamentación que al respecto exista. • Dirección, teléfono y e-mail de la oficina en la que funciona la parte administrativa del club. En caso te algún cambio al respecto, deberán informarlo inmediatamente al ente deportivo municipal o a quien haga sus veces. • Presentar su Plan de desarrollo deportivo.
AUTORIDAD IMPUGNACIONES COMPETENTE Verificar que los actos y las decisiones adoptadas en OBJETO las Asambleas de afiliados y por el Órgano de Administración de los Organismos Deportivos, estén acordes con la Ley, Estatutos y Reglamentos.
IMPUGNACIONES ¿Cuál es el termino para interponer una impugnación? ¿Cuáles son las causales de ineficacia?
IMPUGNACIONES ¿Qué es la legitimación en la causa? ¿Qué es un socio ausente o disidente? ¿Cuál es el término para que la Dirección de IVC, resuelva una impugnación? ¿Cuál es el efecto de las ineficacias?
INSPECCIÓN • Atribución que tiene el Ministerio del Deporte, sobre cualquier organismo integrante del Sistema Nacional del Deporte para solicitar, confirmar y analizar de manera ocasional en la forma, detalle y términos que ella determine, la información que requiera sobre la situación jurídica, contable, económica, deportiva y administrativa, en aras de determinar la situación del organismo deportivo, pudiendo igualmente practicar investigaciones administrativas.
VIGILANCIA Atribución que tiene MINDEPORTE para velar porque los organismos integrantes del Sistema Nacional del Deporte, en su formación, funcionamiento y en el desarrollo de su objeto social, se ajusten a la Ley y a los estatutos, desde un punto de vista administrativo, jurídico, contable, económico, financiero y deportivo. La vigilancia se ejerce de manera permanente y con una marcada tendencia preventiva y proactiva.
CONTROL Atribución que tiene el Ministerio el Deporte, para ordenar los correctivos necesarios para subsanar una situación crítica de orden jurídico, contable, técnico, económico o administrativo de cualquier organismo integrante del Sistema Nacional del Deporte, cuando así lo determine MINDEPORTE, mediante acto administrativo de carácter particular.
AUTORIDAD ORGANISMOS COMPETENTE INTEGRANTES DEL SISTEMA NACIONAL A QUIÉN SE APLICA DEL DEPORTE
FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DECRETO 1670 DE 2019 ARTÍCULO 15.
FUNCIONES • Resolver las impugnaciones de los actos y decisiones de los órganos de administración y dirección de los organismos deportivos. • Adelantar y decidir en primera instancia, las investigaciones administrativas que se inicien, de oficio o a solicitud de parte, contra los sujetos sometidos a su vigilancia, cuando existan vulneraciones a la legislación deportiva, normas estatutarias y reglamentos del organismo deportivo.
FUNCIONES • Realizar, de oficio o a solicitud de visitas de inspección a las entidades sometidas a supervisión, examinar sus archivos, determinar su situación jurídica, administrativa, técnica, deportiva, recreativa y socioeconómica. • Realizar auditorías a los organismos que hacen parte del sistema nacional del deporte. • Resolver las quejas interpuestas en contra de los organismos deportivos. • Verificar que los organismos deportivos que hacen parte del Sistema Nacional del Deporte, cumplan las disposiciones legales, estatutarias, técnicas en materia deportiva y recreativa y que sus actividades estén dentro de su objeto social.
MEDIOS • Requerimiento Informes, cuando de Oficio o por medio de Denuncias se Evidencian Irregularidades en el desarrollo de sus Actividades. • Solicitud de información jurídica, financiera, administrativa y contable relacionada con el Objeto Social y su Desarrollo y demás Documentos que se Requieran. • Realización de Visitas para Comprobar el cumplimiento a las disposiciones Legales y Estatutarias. • Solicitar suspensión evento a la Federación o al Comité Olímpico Colombiano o al Comité Paralímpico Colombiano la Suspensión de Eventos Deportivos con Participación de Selecciones Nacionales.
MEDIOS • Solicitar suspensión temporal Miembros de Órganos de Administración y de Control por vinculación a proceso disciplinario o penal. • Solicitar a las Comisiones Disciplinarias la suspensión o retiro del cargo, cuando establezca violación grave a normas legales, reglamentarias o estatutarias.
SANCIONES • Amonestación Pública. • Multa hasta 100 salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes. • Suspensión o Cancelación de la Personería Jurídica. • Suspensión o Revocatoria del Reconocimiento Deportivo. • Sin perjuicio de dar traslado a las autoridades competentes, las acciones u omisiones que en virtud de sus funciones le corresponde adelantar.
PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO
PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO ¿Qué es un proceso administrativo sancionatorio? ¿En que norma esta contemplado el proceso administrativo sancionatorio? ¿Para que se inicia un proceso administrativo sancionatorio?
PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO Es el mecanismo mediante el cual el Estado ejerce el poder punitivo que la constitución y la ley le otorgan, a través de las entidades administrativas que determina para llevar a cabo funciones de inspección, vigilancia y control.
PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO Este proceso esta contemplado en el artículo 47 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. Es importante garantizar los derechos al debido proceso, a la defensa y la presunción de inocencia de los investigados.
PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO Estos procesos son iniciados de oficio o a petición de parte y se inician con el fin de verificar posibles incumplimientos estatutarios y/o legales por parte de los miembros del órgano de administración del organismo deportivo.
RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL DEPORTE EN COLOMBIA
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