Subcapítulo VIII: SEÑALIZACIÓN Ar culo 172°.- Los avisos y señales de seguridad recibirán un apropiado mantenimiento, con el fin de conservarlos visibles. Ar culo 173°.- Todo tanque de combus ble, productos químicos y explosivos en almacenamiento contarán con su placa o letrero de iden ficación y su rombo de la NFPA Ar culo 174°.- La violación o incumplimiento de las señales y avisos de seguridad son considerados falta grave. Ar culo 175°.- Deberá señalizarse claramente laboreos abandonados / an guos o que no se trabaja, además los obstáculos que pudiesen producir accidentes por choque contra los mismos, tales como desmonte, acopios (tablas, vidrios, fierros, alambres, etc.), asimismo excavaciones en general, tales como zanjas, pozos, y otras. Ar culo 176°.- Deberán establecerse y señalizarse las vías libres para circulación peatonal, como también vehicular, se colocarán señales para el día y para la noche. Señalizar las rutas de salida y las puertas de escape. 99
Ar culo 177°. - Las letras de la leyenda se deberán pintar en color blanco o negro, escogiendo el que corresponda para lograr un mejor contraste y se colocarán directamente sobre la tubería o mediante un letrero fijado a ella. a) Colores de iden ficación de tuberías: 100
Ar culo 178°.- Las áreas de trabajo deberán ser señalizadas de acuerdo con el Código de Señales y Colores que se indica en el ANEXO Nº 17 del D.S.024-2016-EM., y sus modificatoria D.S. 023-2017-EM. 101
Significado general de colores: COLORES EMPLEADOS EN LAS SEÑALES DE SIGNIFICADO Y FINALIDAD SEGURIDAD Prohibición, material de prevención ROJO y de lucha contraincendios AZUL Obligación AMARILLO Riesgo de peligro VERDE Información de Emergencia El azul se considera como color de seguridad únicamente cuando se u liza en forma circular. Subcapítulo XI: MANIOBRAS Ar culo 179°.- Las plumas, grúas, cargadores, winches u otros equipos similares deben quedar apoyados y descansando horizontalmente al piso, mientras no están en uso. Ar culo 180°.- Todos los equipos (grúa) para maniobras deberán cer ficar su capacidad en TN. 102
Ar culo 181°.- Posicionar e instalar adecuadamente el equipo de izaje (sacar las patas telescópicas al máximo). Aislar y señalizar el área de maniobras. Ar culo 182°.- Para la ejecución de MANIOBRAS se contará con la par cipación de un Rigger (maniobrista). El maniobrista es la única persona autorizada para hacer las señales al operador de la grúa. Tanto el Operador y el Rigger deben demostrar su competencia. Ar culo 183°.- Se deben realizar inspecciones diarias a todos los elementos de izaje (eslingas, grilletes, estrobos) y equipos de izaje (grúa y/o camión HIAB). Inspeccionar en las eslingas si enen rasgaduras, cortes, manchas secas de pinturas y reportar a su Supervisor para el cambio respec vo. Los estrobos no deben contar con más de 10 hilos rotos distribuidos aleatoriamente en la capa del estrobo, o 5 hilos rotos en un Torón; que no exista desgaste en más de 1/3 del diámetro del cable, aplastamiento o corrosión. Ar culo 184°.- Instalar vientos y/o cuerda guías (mínimo 02 cuerdas) a los elementos a izar y cada viento debe tener una longitud como mínimo de 2m. Ar culo 185°.- Para los trabajos de montaje de estructura en altura deberán efectuarse desde plataformas (andamios, escaleras telescópicas, etc.). 103
Ar culo 186°.- En el caso que la maniobra involucre riesgos adicionales como trabajos aledaños, dichos trabajos deben paralizarse. Si las maniobras involucran trabajos en accesos se deberán contar con vigías. Subcapítulo X: HERRAMIENTAS, MÁQUINAS Y EQUIPOS Ar culo 187°.- Panamerican Silver Huaron establece el estándar: P-CORP-10 de Herramientas manuales y eléctricas portá les, donde se dan los lineamientos para la prevención de accidentes / incidentes por causa de la manipulación de herramientas y equipos. Ar culo 188°.- Toda herramienta, máquina y/o equipo sólo podrá ser limpiada cuando se encuentre totalmente apagada o fuera de operación. Ar culo 189°.- Inspeccione las herramientas, máquinas y equipos antes de ser usados. No fique de inmediato a su supervisor y encargado de seguridad cualquier anomalía observada. La inspección y codificación de la herramienta manual se hará de la siguiente manera: Ar culo 190°.- Es obligación de los que tengan asignados equipos y herramientas guardarlos cada día con la debida 104
seguridad para evitar que se pierdan o sean sustraídos, la empresa no asumirá ninguna responsabilidad, los encargados serán responsables en lo personal por negligencia con el material a su cargo. Ar culo 191°.- El personal ene la obligación de revisar constantemente el estado en el que se encuentran las herramientas que va a u lizar, tales como el mango y las cuñas de los picos y lampas, los cinceles y puntas, barrotes, mar llos, carre llas y toda herramienta pequeñas o grandes que use en la empresa. Ar culo 192°.- Toda herramienta o equipo manual o eléctrico que se emplee dentro de un metro de los bordes de las losas, aberturas o huecos deberá estar amarrado a la correa del trabajador con una driza de nylon para evitar su caída accidental. Ar culo 193°.- El equipo pesado (volquetes, cisternas, cargador frontal, etc.) deberán cumplir con los estándares del tular minero y tener alarma de retroceso automá ca audible (a 10.0 m. de distancia con la máquina encendida), espejos retrovisores, faros delanteros y traseros, luces de freno y direccionales en buenas condiciones, faro pirata, faros neblineros, tacos de madera, conos y cintas reflec vas en su contorno para hacerlos visibles en las noches, correa de seguridad para el conductor y ex ntor contra incendios. 105
Y solo podrá ser manipulado por el conductor u operador autorizados por la empresa. Subcapítulo XI: EQUIPOS MÓVILES Ar culo 194°.- Los equipos deben ser operados solamente por personal autorizado e instruidos en los procedimientos seguros de manejo y el estándar E-CORP-34 de Equipos Móviles de Interior Mina. Ar culo 195°.- Las distancias mínimas seguras de aproximación a equipos móviles serán determinadas en el Procedimiento para el movimiento de erra y el detalle será especificado en el IPERC - Iden ficación de Peligros y Evaluación de Riesgos y Controles. Ar culo 196°.- No use el equipo para ac vidades para las cuales no fue diseñado. Ar culo 197°.- Mantener la distancia adecuada a los equipos en operación. Realice las coordinaciones respec vas en los equipos que requieran escolta para su traslado. 106
Ar culo 198°.- Los volquetes deberán usar sistema sonoro dentro de la cabina que advierta tolva elevada. Ar culo 199°.- No realizar ningún mantenimiento y/o limpieza mientras el equipo este en operación. Estos deben ser bloqueados y señalizados. El abastecimiento de combus ble in situ, debe ser coordinado previamente entre los operadores de la máquina y cisterna de combus ble; para reiniciar sus labores, el operador de la máquina debe tocar su bocina tres (3) veces, de la misma forma el operador de la cisterna de combus ble antes de re rarse debe tocar tres (3) veces su bocina. Subcapítulo XII: MATERIALES PELIGROSOS Ar culo 200°.- Todos los productos deben estar iden ficados en cuanto a su contenido y peligrosidad. Ar culo 201°.- Los materiales deben ser contenidos por una bandeja para derrames, en la capacidad de 1.1 veces el volumen que almacena. Ar culo 202°.- El personal involucrado en la manipulación de los materiales peligrosos debe hacer uso de los equipos de protección personal apropiados. 107
Ar culo 203°.- Todas las sustancias peligrosas deben contar con su MSDS (Hoja de datos de seguridad de materiales). Ar culo 204°.- Las MSDS deben ser colocadas en el lugar de almacenamiento y/o manipulación de la sustancia peligrosa. Ar culo 205°.- Todo material peligroso o producto químico almacenado o transportado debe estar rotulado con el rombo de la NFPA. Ar culo 206°.- El personal involucrado en la manipulación de la sustancia debe ser informado acerca de la peligrosidad del producto en interpretación de la MSDS.(capacitado y entrenado) y cada producto químico debe contar con el HMIS (Sistema de Iden ficación del material peligroso). Subcapítulo XIII: TORMENTAS ELÉCTRICAS Ar culo 207°.- Para la prevención de accidentes por Tormenta eléctricas se debe cumplir lo siguiente: a) Se realice simulacros para emergencias naturales, tales como clima severo y tormentas eléctricas. b) El personal de mantenimiento eléctrico mantenga los 108
registros de inspección sobre la opera vidad de pararrayos - pozos a erra. c) Se inspeccione las protecciones contra descargas atmosféricas, teniendo como prioridad las líneas de transmisión y subestaciones. (R.M. 037-2006 Código nacional de electricidad U lización, y R.M. 308-2001- EM/VME Uso de electricidad en minas) d) Se Inspeccione los sistemas supresores de transitorios de voltaje en las entradas de suministro de energía eléctrica especialmente en área industrial e interior mina. e) Se iden fique y señalice las áreas más expuestas a las tormentas eléctricas, tales como: - Cumbres altas. - Cimas de cerros. - Lagos y represas - Rejas metálicas. - Líneas eléctricas aéreas. - Sub-estaciones. - Ductos metálicos en sectores altos. f) Todo personal que realice trabajos a la intemperie o en cumbres altas lleve consigo un equipo detector de tormentas eléctricas. Dicho lugar debe contar con una caseta de protección o refugio (también puede u lizarse una camioneta) Además el punto de trabajo o lugar de trabajo debe estar protegido con un Pararrayo, caso contrario no se cumpla estas condiciones, no se podrá realizar ningún trabajo. 109
Ar culo 208°.- Toda ac vidad realizada a la intemperie se tendrá en cuenta lo siguiente: a) Que el radio de cobertura del Pararrayo alcance el lugar de trabajo, en longitud y al tud. 110
b) Equipo detector de tormentas, el cual contará con el cer ficado de calibración vigente. c) Refugio establecido para casos de tormentas y/o un vehículo para su evacuación. d) El personal estará capacitado y entrenado para casos de tormentas eléctricas. e) Cuando la alerta se encuentre en naranja deberá parali- zarse toda ac vidad y dirigirse al refugio más cercano. f) Se desconectará todo equipo de comunicación que genere onda (celulares, radio, etc.), además de las maquinarias electrohidráulicas. g) Si no llegó alcanzar un refugio cercano, ubíquese en la parte más baja si estuviera en la cima, despójese de todo objeto metálico, póngase en posición de cuclillas y espere el apoyo. En estos casos es mejor mantenerse lejos de tus compañeros. Subcapítulo XIV: MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO Ar culo 209°.- Panamerican Silver Huaron S.A. ha establecido el estándar: E-CORP-12 de Manipulación de Cargas, con el obje vo de adaptar las condiciones de trabajo a las caracterís cas sicas de los colaboradores y evitar accidentes y lesiones a las personas durante el tratamiento de cargas. 111
Ar culo 210°.- El supervisor es responsable de determinar los lugares de apilamiento, quedando prohibido hacerlo en: frente y al costado de las puertas, bajo las escaleras, en los pasillos peatonales, superficies inestables y en lugares que obstruyan el acceso al equipo contra incendio, las duchas, lavaojos, la iluminación, los paneles eléctricos o la ven lación. Ar culo 211°.- En las áreas de almacenamiento cerrado deberá contar con adecuada ven lación y medios apropiados de ex nción de incendio. Ar culo 212°.- Los trabajadores asignados para la manipulación de materiales deben ser instruidos sobre los métodos de levantamiento de carga. El personal involucrado es capacitado en las acciones preven vas a tomar con respecto a la seguridad en la ac vidad de almacenamiento. Esto también aplica a los servicios contratados. Ar culo 213°.- Los estantes, anaqueles y estructuras nunca se sobrecargan. Los ar culos más pesados se almacenan en la parte más baja del anaquel. Prohibido escalar los anaqueles. Ar culo 214°.- El apilamiento de los materiales, estantes, botellas y/o cilindros etc. Deberán estar asegurados contra rodadura o caídas en caso de sismo. 112
Ar culo 215°.- Los tubos u otro material de sección circular deben almacenarse en estructuras especialmente diseñadas o se acuñan en la base con cuñas de madera apropiadas para evitar rodamientos. Ar culo 216°.- El almacenamiento debe ser limpio y ordenado. Debe permi r fácil acceso al personal y los equipos. Ar culo 217°.- Se debe dejar espacio suficiente entre pilas como para que pase cómodamente una persona y deben mantenerse libres de obstrucciones. Mantener una distancia adecuada hacia el techo para evitar acercarse a las fuentes de luz. Ar culo 218°.- Los cilindros de gas comprimido deben almacenarse en posición ver cal con las válvulas protegidas, a su vez estos deberán de ser compa bles al momento de almacenarlos, deberán estar aseguradas con cadenas o sogas a una estructura fija. Ar culo 219°.- Los productos químicos (incluyendo cianuro) se almacenan de forma que se evite el contacto entren las sustancias que no sean compa bles. Ar culo 220°.- El almacenaje de materiales líquidos en tanques y el de sustancias peligrosas debe ser previamente 113
aprobado por el comité de seguridad y salud ocupacional. Que estos estén en recipientes específicamente diseñados y señalizados para el po de material. Ar culo 221°.- El tránsito por los lugares, la entrada a los almacenamientos y el manipuleo de las sustancias inflamables solo podrá ser por personal autorizado. Ar culo 222°.- Queda estrictamente prohibido que los materiales inflamables y/o combus bles no sean almacenados, transferidos o trasladados de un contenedor a otro en las proximidades de trabajos con llama abierta o cualquier otra fuente de ignición. Ar culo 223°.- No se debe almacenar material inflamable y/o combus ble a menos de 15.0 m. de fuentes de ignición (trabajos de Soldadura, esmerilado y trabajos de oxicorte). Ar culo 224°.- La distancia mínima e un almacén entre un combus ble (gas propano, ace leno) y un oxidante (oxigeno) sea de 8.0 m. Ar culo 225°.- No se almacenará sustancias inflamables en recipientes abiertos. Ar culo 226°.- En el transporte de materiales se deben usar vehículos apropiados para la carga. Si el elemento 114
sobresale, se debe colocar una bandera roja en el extremo y un letrero indicando la carga ancha. Ar culo 227°.- No se permite el transporte de materiales pesados en la plataforma de los vehículos si no están debidamente amarrados para evitar que rueden o se caigan. Ar culo 228°.- No se permite transportar trabajadores en vehículos que no están acondicionados para transporte de personas y autorizados por la autoridad competente. Asimismo, está prohibido transportar materiales junto con personas. Ar culo 229°.- Al cargar tuberías en camiones u otro po de transporte, se debe usar estacas especiales de fierro como topes. Subcapítulo XV: TALLERES Ar culo 230°.- Los talleres deben ser áreas que permitan el fácil acceso y libre movimiento del trabajador, los equipos y las máquinas. Las instalaciones de los talleres tendrán accesos y áreas libres, para facilitar el desplazamiento de personal, maquinaria y equipos, estos deberán estar 115
plenamente señalizados de forma ver cal y horizontal. Ar culo 231°.- Los talleres deberán contar con adecuada ven lación, buena iluminación (trabajos nocturnos) y deberán de contar con medio apropiados de ex nción de incendio (ex ntor de po ABC). Ar culo 232°.- Únicamente las personas autorizadas (competente) y debidamente capacitadas/entrenadas podrán poner en funcionamiento y operar la máquina y/o equipo. El mantenimiento y/o reparaciones serán realizados por los técnicos especialistas autorizados. Ar culo 233°.- Inspeccionar los equipos, máquinas y/o herramientas antes de usarlas. Asegurarse que antes de entrar en funcionamiento, las máquinas y equipos no estén con partes, piezas o guardas mal ajustadas o fuera de lugar o con materiales que puedan desprenderse o salir despedidos. Cualquier observación informar al Supervisor inmediato. Ar culo 234°.- Todos los equipos eléctricos estacionarios o portá les deben estar conectados a erra. Ar culo 235°.- Los cables de la máquina y/o equipo deben estar protegidos contra daños sicos por cortes, abrasión o aplastamiento. No deberán estar en contacto con agua, 116
aceite, sustancias químicas nocivas entre otros. Mantener los pisos secos. Ar culo 236°.- Esta prohibido las conexiones eléctricas precarias, improvisadas, directas a tableros sin enchufes, alambres flojos o rotos, deteriorados, reves mientos, empalmes y tomacorrientes inadecuados, los tableros de paso deben ser de metal y tener su puesta a erra, asimismo ser rotulados. Ar culo 237°.- Los ambientes o zonas donde existan equipos o instalaciones con tensión, deberán permanecer protegidas, cerradas y adecuadamente señalizadas, indicando el voltaje y las precauciones que se deben de tener. Queda prohibido el ingreso de personas ajenas a las instalaciones o áreas energizadas. Ar culo 238°.- Los talleres de mina y superficie deben mantenerse limpios y ordenados. No se dejarán trapos industriales, papeles y otros desperdicios impregnados de combus ble o material inflamable, para ello se instalarán cilindros de acuerdo con código de colores para su respec vo almacenamiento. Ar culo 239°.- Se evitará que herramientas y materiales con filos cortantes, pun agudos u objetos sean colocados en partes altas. 117
Ar culo 240°.- Se debe evitar almacenar alimentos o ingerirlos en el taller y/o áreas de trabajo. Ar culo 241°.- Señalizar y delimitar claramente las áreas de trabajo de soldadura y esmerilado con su respec va protección (biombos) así mismo considerar los lineamientos del estándar: E-CORP-19 de Trabajos en Caliente. Subcapítulo XVI: MOVILIZACIÓN Y DESMOVILIZACIÓN Ar culo 242°.- Para estas ac vidades se verificará que el personal (involucrado y no involucrado) respete los radios de acción y/o influencia de los equipos pesados en operación. Ar culo 243°.- Para el levantamiento de cargas pesadas con empleo de camión grúa, inspeccionar todos los elementos y disposi vos de izaje. Asegurar la carga en la plataforma del camión grúa. Ar culo 244°.- Señalizar y Delimitar el área de acción y/o influencia de las maniobras, para evitar el ingreso de personas no autorizadas, de ser necesario instalar vigías. 118
Ar culo 245°.- El personal encargado de las tareas de movilización o desmovilización y en los casos de ser necesario, usarán arnés de seguridad con línea de anclaje. Ar culo 246°.- Se evitará dejar herramientas y demás objetos en el piso, sobre todo en las zonas de tránsito peatonal. Ar culo 247°.- Todos los residuos y materiales resultantes de la tarea de movilización o desmovilización serán colocados en los contenedores de residuos sólidos respec vos. Ar culo 248°.- En caso de movilizar maquinaria o equipo pesado provincial se contará con el permiso del Ministerio de Transporte y Comunicaciones - MTC. Ar culo 249°.- Por ningún mo vo se realizará el carguío de equipo pesado a la plataforma en condiciones adversas al clima, por ejemplo, lluvia. Ar culo 250°.- Los riesgos del traslado por desmovilización fuera del área de operaciones son asumidos por la empresa contra sta. 119
Subcapítulo XVII: TRANSPORTE Ar culo 251°.- Inspeccionar la unidad móvil o vehículo de transporte, mediante el check list correspondiente. Ar culo 252°.- El conductor en todo momento debe aplicar el manejo defensivo. Ar culo 253°.- Mantener limpio y ordenado la plataforma del vehículo a u lizar para el transporte. Ar culo 254°.- Todos los vehículos deben contar con un triángulo de seguridad, cable remolque de 2 toneladas, cables batería para pasar corriente, bo quín de primeros auxilios, 02 tacos y un ex ntor po PQS de 4kg en camionetas y 6Kg en camiones. Para el transporte de personal a interior mina se dispondrá con vehículos exclusivos para tal fin, las que a su vez contarán con la can dad necesaria de cinturones de seguridad para el total asientos donde se transportará los pasajeros. Ar culo 255°.- En los casos de transporte de materiales peligrosos o productos químicos se debe contar con las 120
MSDS (Hoja de Datos de Seguridad del Material). Además, tanto el vehículo como el material peligroso deben contar con las señales de seguridad que indiquen el o los riesgos involucrado(s). Todos estos materiales peligrosos y productos químicos deben estar iden ficados con el rombo de la NFPA. Ar culo 256°.- Verificar que la carga a transportar esté correctamente asegurado en la plataforma del vehículo. El supervisor de la maniobra revisará y dará conformidad del aseguramiento de la carga. Subcapítulo XVIII: LABORATORIO Ar culo 257°.- Inspeccionar los instrumentos y equipos antes de usarlos. Ar culo 258°.- Todos los Materiales peligrosos a u lizar deben ser almacenados en recipientes cerrados, e quetados (hojas MSDS) y alejados de fuentes de emisión de energía. Ar culo 259°.- Si el personal está expuesto a gases, vapores, solventes y/o polvo, debe usar protección respiratoria de acuerdo al producto a manipular. 121
Ar culo 260°.- Emplear el equipo de protección personal específico para la tarea. Ar culo 261°.- El personal que usa el densímetro nuclear debe ser autorizado por el IPEN y cada vez que usa el equipo debe portar su dosímetro. Ar culo 262°.- Inspeccionar los balones y recipientes contenedores de gases comprimidos, estén en buen estado y deben ubicarse fuera de las instalaciones del laboratorio. Subcapítulo XIX: IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS Ar culo 263°.- Pan American Silver Huaron S.A. ene implementa el procedimiento: P-CORP-04 IPERC donde se establecen los criterios para iden ficar los peligros a los que están expuestos los colaboradores, terceros y visitantes, evaluar riesgos y proponer medidas de control para prevenir los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Ar culo 264°.- La Iden ficación de Peligros y Evaluación de Riesgos se realizará al inicio de los trabajos y con empo suficiente que permita una oportuna implementación de las recomendaciones dadas como resultado del análisis efectuado. 122
Ar culo 265°.- En los casos de tareas en una labor que involucren más de dos trabajadores, el IPERC – Con nuo podrá ser realizado en equipo, debiendo los trabajadores dejar constancia de su par cipación con su firma. Ar culo 266°.- Los supervisores son responsables de la verificación y seguimiento de controles, además de soportar a que el IPERC se haya hecho de tal manera que sea responsable y enfocado a prevenir accidentes. Ar culo 267°.- Se divulgarán los procedimientos escritos de trabajo seguro a todo el personal involucrado en la realización de la tarea correspondiente. Ar culo 268°.- El tular de ac vidad minera, para controlar, corregir y eliminar los riesgos deberá seguir la siguiente jerarquía: 1. Eliminación (Cambio de proceso de trabajo, entre otros) 2. Sus tución (Sus tuir el peligro por otro más seguro o diferente que no sea tan peligroso para los trabajadores) 3. Controles de ingeniería (Uso de tecnologías de punta, diseño de infraestructura, métodos de trabajo, selección de equipos, aislamientos, mantener los peligros fuera de la zona de contacto de los trabajadores, entre otros). 123
4. Señalización, alertas y/o controles administra vos (Procedimientos, capacitación y otros). 5. Usar Equipos de Protección Personal (EPP), adecuados para el po de ac vidad que se desarrolla en dichas áreas. Subcapítulo XX: ANÁLISIS DE TRABAJO SEGURO (ATS) Ar culo 269°.- El Análisis de Trabajo Seguro es empleado como herramienta sistemá ca para la iden ficación de los peligros asociados en la ejecución de una tarea in situ y así establecer los mecanismos de control requeridos para minimizar las posibilidades de pérdidas. Ar culo 270°.- Para realizar ac vidades no ru narias, no iden ficadas en el IPERC de Línea Base y que no cuente con un PETS se deberá implementar el Análisis de Trabajo Seguro (ATS) de acuerdo al formato del ANEXO N° 11 del D.S.024-2016-EM. Subcapítulo XXI: AUTORIZACIONES INTERNAS Ar culo 271°.- Todo aquel que operará un equipo de 124
rotación (esmeril, picamer, disco de corte /pulir, taladradora); estacionario (máquina diaman no, bombas estacionarias, maquinaria para RB); de perforación (Jumbos, Bolter); de limpieza (scoop, bobcat, cargador frontal, tractor, retroexcavadora, excavadora); de transporte de carga (volquete, dumper, mixer, locomotora, hurón, tornado); u litarios (master li h /Sisor li h, manitou, grúa); de transporte de personal (bus, couster, minivan, camión, camioneta, kubota); entre otros calificados por PAS Huaron deberán contar con autorización interna de acuerdo a los estándares establecidos por la empresa. Ar culo 272°.- Los vehículos livianos y equipos pesados serán autorizados quienes cuenten con licencias de conducir del MTC, cuya categoría estará sujeto a estándar del tular minero en el reglamento interno de tránsito. Ar culo 273°.- Las autorizaciones internas para quienes operarán vehículos livianos y pesados serán por 2 años. Ar culo 274°.- Estarán sujetos a las autorizaciones internas quienes realizan trabajos en altura, en caliente, transporte de insumos peligros, electricistas, y aquellos a quienes alcance el presente reglamento de acuerdo a los estándares de PAS Huaron. 125
TÍTULO V SALUD OCUPACIONAL CAPITULO I SALUD OCUPACIONAL Ar culo 275°.- La Salud Ocupacional promueve y man ene el mayor grado de bienestar sico, mental y social de los trabajadores en todos los puestos de trabajo, previniendo todo daño a la salud causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo, adecuando el trabajo al trabajador atendiendo sus ap tudes y capacidades. Ar culo 276°.- Los trabajadores se someterán obligatoriamente a la realización de los Exámenes Médico Ocupacionales, las que serán establecidas teniendo en cuenta los riesgos para la salud en los diferentes puestos de trabajo, garan zándoseles la Confidencialidad Médica. Los trabajadores serán informados a tulo personal sobre los resultados de los Exámenes Médicos, previos a su ingreso al puesto de trabajo. Ar culo 277°.- Los trabajadores procurarán el cuidado integral de su salud cumpliendo con las indicaciones que en 126
materia de Salud Ocupacional les sean proporcionadas. Ar culo 278°.- Los trabajadores podrán ser reubicados en caso de Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional a otro puesto que implique menos riesgo para su salud. Ar culo 279°.- Los trabajadores deberán comunicar todo evento que ponga en riesgo su salud a fin de poderse inmediatamente, tomar las medidas correc vas del caso. Ar culo 280°.- Los trabajadores serán capacitados en el correcto uso de sus Equipos de Protección Personal, los cuales están diseñados para protegerlos de lesiones o enfermedades que puedan resultar del contacto con peligros químicos, sicos, eléctricos, mecánicos u otros. Ar culo 281°.- Los riesgos ergonómicos serán contemplados en cada puesto de trabajo, mediante las revisiones periódicas del trabajador, aplicándose la Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonómico. Ar culo 282°.- Los trabajadores deberán cumplir con las medidas ergonómicas que se indiquen a fin de poder alcanzar posturas saludables en el ámbito laboral y resguardo en la calidad de vida y de trabajo personal. 127
TÍTULO VI PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS CAPITULO I PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS Subcapítulo I: EVACUACIÓN MINERA Ar culo 283°.- Pan American Silver Huaron S.A. cuenta con un Plan de Preparación y Respuesta a Emergencias para nuestras instalaciones. El alcance de nuestro Plan incluye a empresas contra stas, visitantes, e incluso comunidades que se encuentran dentro del área de influencia. Para el manejo de una emergencia minera se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Se cuenta con procedimientos de respuesta generales para las emergencias antrópicas y tecnológicas que pudieran ocurrir en interior mina. 2. Informar sobre los Niveles de clasificación de la emergencia: 128
NIVEL I Lesión Daño a la Daño al Impacto Personal propiedad proceso al ambiente Lesión Pérdida por un Derrames menores que no monto entre Paralización a 300 kg o incapacitan US$ 1000 de 1 día 0.21 m3 a la persona. y 5000$ ( 55 galones) NIVEL II Lesión Daño a la Daño al Daño al Personal propiedad proceso Ambiente Lesiones que Pérdida por un Paralización incapacitan a monto entre del proceso de Derrames menores la persona para más de 1 día a 1000 kg su ac vidad US$ 5000 y hasta una o ( 0.21 y 5 m3) normal US$ 10000 semana NIVEL III Lesión Daño a la Daño al Daño al Personal propiedad proceso Ambiente Varias Pérdidas por Paralización Derrames superiores fatalidades / un monto del proceso a 5 metros cúbicos una fatalidad o superior a de más de ocurridos dentro o estado vegetal US$ 10000 1 semana fuera de la unidad minera 3. Se ac varán los sistemas de evacuación; mediante gas fé do, y sistemas de aviso radial y telefónico. 4. Se ac vará El comité de crisis de la unidad: 129
Coordinador de Servicios Coordinador de Comunicaciones Presidente del Comité Equipo de rescate médico (1) Coordinador de Logís ca Supervisor de enlace opera vo Brigada Contraincendios (8) Coordinador de Planeamiento Coordinador de Evaluación Ambiental Capitán de Brigadas Brigada de Rescate Minero (6) Brigada MATPEL(8) 130
Ar culo 284°.- La selección del personal que conforme la brigada de emergencia, se hará considerando la presentación voluntaria de los futuros miembros, o por invitación especial que cada Supervisor tenga que hacer al personal calificado, de acuerdo al perfil del brigadista. Ar culo 285°.- Es obligación de todo trabajador conocer la ubicación de las alarmas de emergencia, ex ntores de incendios, tópicos y/o bo quines de primeros auxilios, teléfonos de emergencia, vías de escape, salidas de emergencia y puntos de concentración en caso de emergencia. Los cuales están debidamente señalizados en toda la unidad minera. Subcapítulo II: PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Ar culo 286°.- Está prohibido hacer llama o realizar trabajos en caliente cerca de materiales combus bles e inflamables. Ar culo 287°.- Los trabajadores deben conocer la ubicación de los ex ntores de incendio más próximos a su área de trabajo. Ar culo 288°.- Todos los equipos y máquinas deben contar con su ex ntor contra incendios. 131
Ar culo 289°.- Es responsabilidad del área realizar las inspecciones mensuales de los ex ntores. Ar culo 290°.- La distribución, ubicación, selección, inspección y mantenimiento de los ex ntores deberá ser efectuado de acuerdo a la Norma va Técnica Nacional. Ar culo 291°.- Es obligación de todo trabajador, reportar a su supervisor cuando se hizo uso del ex ntor o cuando observe que presente alguna anormalidad. Ar culo 292°.- Ningún equipo motorizado debe ser sur do de combus ble con el motor encendido o cuando esté caliente. Ar culo 293°.- Antes de sur r combus ble a un equipo motorizado, conecte la puesta a erra (es obligatorio). Ar culo 294°.- Está prohibido fumar en almacenamiento de materiales inflamables, áreas de construcción en general, áreas de suministro de combus ble, oficina y edificios permanentes y en las áreas donde exista la señalización de no permi do fumar. Ar culo 295°.- Las consideraciones a seguir durante y después de una emergencia son las siguientes: 132
a) Avisar sobre el suceso u lizando los medios que se hayan dispuesto y/o están disponibles. Dar las facilidades al personal de brigada a fin de controlar la emergencia. b) Desconecte las herramientas eléctricas y apague la luz si se está seguro que no hay fuga de gas en el ambiente. c) Evacuar la zona por el camino más corto, diríjase hacia los refugios mineros, hacia un área ven lada ó al punto de concentración en caso emergencia. d) Si hay mucho humo y presencia de gases tóxicos haga uso de su autor rescatador si la emergencia se presenta en mina, si está en superficie arrodíllese, baje la cabeza y emprenda la huida. e) Mantenerse con sus compañeros en la zona de reunión, procure tranquilizar a todos y verifique que no falte nadie. f) No retornar al lugar de la emergencia hasta que el Comité de crisis declare zona segura. Subcapítulo III: SISMO Ar culo 296°.- Todo el personal debe estar entrenado en el procedimiento de evacuación en caso de emergencias. Durante el sismo se ac vará las sirenas (audibles) que indican evacuar hacia los puntos de concentración, caso 133
contrario manténgase en un lugar seguro donde quedo atrapado. Ar culo 297°.- Consideraciones durante y después de una emergencia: • No correr, mantener la calma. • Colocarse en las zonas seguras en caso de sismo. • Seguir las indicaciones del personal de brigada de emergencia para dirigir al personal hacia los puntos de reunión en caso de una evacuación. • Esperar el conteo del personal evacuado. • Retornar a nuestras áreas de trabajo solo hasta que el Comité de crisis declare zona segura. Subcapítulo IV: INCIDENTE CON MATERIALES PELIGROSOS Ar culo 298°.- En las áreas de manipulación y/o almacenamiento de materiales peligrosos se debe contar con un Kit para el control de derrames de materiales peligrosos. Ar culo 299°.- Todo Kit an derrames debe contar con: 01 pala, 01 pico, 01 balde, 05 bolsas de alta densidad; 05 bolsas negras resistentes, salchicha absorbente y paños absorbentes para hidrocarburos y químicos. 134
Ar culo 300°.- Consideraciones a seguir en un derrame de materiales peligrosos: a) Si la can dad derramada puede ser controlada por el personal de área proceder al control del derrame empleando material absorbente. Reportar a la central de emergencias y supervisor. b) Si la can dad es de mayor consideración dar aviso a la central de emergencias; se seguirá el procedimiento de respuesta a incidentes matpel, previendo todos los elementos de seguridad para el control, siempre evitando una mayor contaminación del suelo o agua. c) Una vez que el derrame ha sido controlado, la tarea para remover el material peligroso puede empezar. El desecho y material inservible debe ser recogido y conducido al depósito de Materiales Peligrosos. d) Si la superficie del suelo se ha contaminado por efecto del derrame, la erra debe ser recogida y depositada en los cilindros respec vos y luego evacuados. Ar culo 301°.- Si el caso fuese derrame de cianuro, alejase lo más que pueda, evite retornar y advierta al resto de no acercarse, bloquear todo acceso, dar parte a la central de emergencia. Si la emergencia es de nivel II, los brigadistas calificados ante estos casos serán quienes ingresen con el EPP adecuado ante estos casos. 135
Subcapítulo V: PRIMEROS AUXILIOS Ar culo 302°.- Los Primeros Auxilios son acciones de emergencia que se le proporciona a un lesionado en el mismo lugar del suceso, generalmente por quienes han presenciado el evento, limitándose a realizar sólo lo indispensable, evitando que el paciente se agrave o se produzcan nuevas lesiones, mientras se espera la llegada de la asistencia médica. Ar culo 303°.- Ante un accidente que requiere la atención de primeros auxilios, dé aviso de lo sucedido a la central de emergencia; quienes comunicaran al servicio Médico. Ar culo 304°.- La unidad cuenta con bo quines de primeros auxilios en todas sus instalaciones, así como en todos los proyectos que desarrolle. Ar culo 305°.- La información a brindar a la central de emergencias deberá ser lo indicado en nuestros letreros de comunicaciones de emergencia. 136
E G U R M D I P A S C O ROMISO E Y D H T E A I E D Y SALUD OCUPACIONAL A C N F L T E A R H S E G COMUNICACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA LLAMAR: ANEXO 2616 CEL: 964933737 CANAL DE RADIO: Canal 2 CUANDO LLAME INFORME: - Su nombre y cargo - La ubicación de la emergencia - Describa en forma breve la emergencia - Número de personas lesionadas - Solicite que le confirmen el reporte de la emergencia. 137
TÍTULO VII PROCEDIMIENTOS Y NORMAS INTERNAS CAPÍTULO I PROCEDIMIENTOS Y NORMAS INTERNAS Subcapítulo I: DISPOSICIONES GENERALES DE ORDEN, LIMPIEZA E HIGIENE OCUPACIONAL Ar culo 306°.- Todas las áreas de trabajo, pasillos, escaleras y corredores se mantendrán limpias y libres de obstáculos que dificulten el libre tránsito. Ar culo 307°.- Los pasillos y corredores deben ser usados por todos los trabajadores para movilizarse dentro de las áreas de trabajo, queda prohibido el uso de otro medio para tal fin. Nota: En caso de accidente de trabajo el no acato a esta disposición será considerado como un incumplimiento a una orden escrita. 138
Ar culo 308°.- Se proporcionarán contenedores para la colocación de residuos. Los que contengan residuos combus bles, inflamables o tóxicos serán de metal y estarán equipados con tapa. Los contenedores se vaciarán en intervalos periódicos y frecuentes. Ar culo 309°.- Las áreas de alimentos o almuerzo se mantendrán limpias y libres de todo residuo de alimentos, envolturas y otros ar culos desechables. Ar culo 310°.- Los servicios higiénicos deben mantenerse en todo momento en buen estado de limpieza y conservación. Mantener limpios y ordenados los casilleros y vestuarios asignados. La instalación de estos servicios será de acuerdo a lo descrito en Plan de Seguridad y Salud Ocupacional. Ar culo 311°.- Queda terminantemente prohibido escribir, rayar o dibujar en las paredes, puertas, separadores de los servicios higiénicos y en los vestuarios. Ar culo 312°.- Las condiciones de ven lación, iluminación, sonido, vibración. y temperatura que puedan afectar a la salud de los trabajadores serán evaluadas por el departamento de Higiene Ocupacional. 139
CAPITULO II DIRECTIVAS ACERCA DE LA SEGURIDAD EN LA UNIDAD MINERA Ar culo 313°.- Obligaciones a cumplir por todos los colaboradores: EF-CORP-42-05 PAN AMERICAN MI COMPROMISO, MI JURAMENTO / SILVER PAN AMERICAN HUARON SILVER PERÚ REGLAS CARDINALES S.A. MI COMPROMISO, MI JURAMENTO, REGLAS CARDINALES EN PAN AMERICAN SILVER CORP. Yo ........................................................................... iden ficado con DNI .................... de la empresa ........................................................ en el área ..................................... MI COMPROMISO, MI JURAMENTO 1. Seré responsable de mi seguridad personal y de la seguridad de aquellos que me rodean. 2. Recordaré que los accidentes se pueden prevenir. 3. Seguiré las reglas, regulaciones, polí cas y procedimientos de la Compañía. 4. Abstenerme de hacer cualquier tarea para la cual no estoy entrenado adecuadamente o me siento inseguro al hacerlo. 5. Prac caré orden y limpieza del área de trabajo. 6. Me negaré a tomar atajos o par cipar en cualquier juego, broma, discusión o pelea. 7. Reportaré cualquier accidente, lesión, condición insegura o prác ca insegura a mi supervisor. 8. Me comunicaré frecuentemente con mi supervisor, asegurándome de entender mis tareas a realizar. Si tengo dudas preguntaré. 140
REGLAS CARDINALES SIEMPRE venir a trabajar en buena condición. Está estrictamente prohibido reportarse a trabajar bajo la influencia de drogas o alcohol. Comunicar a mi supervisor problemas personales que puedan interferir en mi trabajo. SIEMPRE use el EPP requerida para la tarea asignada, use sólo la herramienta adecuada para el trabajo y respete las señales de seguridad. NUNCA mueva, inicie, detenga o maneje maquinaria o equipo a menos que haya sido entrenado y autorizado. Para hacerlo debe haber revisado mecánicamente el equipo (check list), cumplir con todas las señales de tránsito y restricciones de velocidad. Estacione y asegure el equipo para evitar movimientos incontrolados. SIEMPRE siga los procedimientos de entrada a espacios confinados. Verifique la presencia de gases y sistemas de aislamiento: Ø Antes de entrar en espacios confinados (tanque, pozo, chute o molino) Ø Antes de cruzar las señales de advertencia, tales como ''Área sin Ven lación'', ''Peligro'' o “Mantenerse Afuera''. NUNCA quite o sobrepase las guardas, límites de carretera, y disposi vos de seguridad. SIEMPRE siga los procedimientos de bloqueo y e quetado (Lock Out y Tag Out).Asegúrese de que todas las fuentes de energía estén correctamente aislados. Energía, bloqueada, e quetada y probada por usted personalmente antes de trabajar en cualquier equipo. SIEMPRE use un equipo adecuado de seguridad y protección contra caídas cuando trabaje a una altura major de 1.80 metros. No entrar o permanecer en los tajos, tolva cuando están extrayendo mineral u otra carga. NUNCA permita que nadie trabaje o se desplace bajo terreno en sostenimiento o bajo cargas suspendidas. SIEMPRE cumplir con los procedimientos de manipulación de explosivos, 141
voladuras y reingreso después de la voladura. Es responsabilidad del encargado de la voladura, asegurarse que el personal se coloque en lugares seguros y en todos los posibles puntos de acceso para evitar que otras personas entren, mientras que una voladura este en curso. SIEMPRE conocer cómo manejar, almacenar y disponer de productos químicos o sustancias peligrosas con las que se está trabajando. NUNCA opere equipo pesado cerca de cualquier peatón y no camine cerca de equipos pesados que están siendo operados sin antes establecer contacto visual con el operador. Fecha:........................................ Firma Huella Digital 142
TÍTULO VIII ANEXOS ANEXO 1 (FP-CORP-05-01) 143
144
ANEXO 2 (FP-CORP-05-02) NOMBRE DE LA ENFERMEDAD OCUPACIONAL 145
ANEXO 3 (FP-CORP-12-01) 146
ANEXO 4 (FE-CORP-01-01) PLAZO DE CORRECCIÓN 0 - 24 HORAS 0 - 72 HORAS 1 MES DESCRIPCIÓN NIVEL DE RIESGO ALTO MEDIO BAJO Prácticamente E imposible que suceda 11 7 16 12 20 17 23 21 25 24 D Raro que suceda MATRIZ DE EVALUACIÓN DE RIESGOS 4 2 1 8 5 3 13 9 6 18 14 10 22 19 15 C B A Podría Ha Común Suceder Sucedido FRECUENCIA Catastrófico 1 2 Fatalidad 3 Permanente Temporal 4 5 Menor SEVERIDAD 147
ANEXO 5 (FP-CORP-05-04) 148
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