Important Announcement
PubHTML5 Scheduled Server Maintenance on (GMT) Sunday, June 26th, 2:00 am - 8:00 am.
PubHTML5 site will be inoperative during the times indicated!

Home Explore Reglamento Interno de seguridad y SO 2020cdr.cdr

Reglamento Interno de seguridad y SO 2020cdr.cdr

Published by vary2604, 2020-02-16 23:56:45

Description: Reglamento Interno de seguridad y SO 2020cdr.cdr

Keywords: none

Search

Read the Text Version

Ÿ Berma o dique de seguridad ubicado a 1 m del talud y uso de varilla luminosa para delimitar (aplica proceso de relleno detrí co). Ÿ Dispone de 6 m. de plataforma mínimo luego del disparo de taladros en nega vo. Ÿ Personal cuenta con autorización para realizar trabajos en altura Ÿ La tarea de carguío de taladros se ejecuta de acuerdo con Procedimiento de trabajo. Subcapítulo VI: REGLAS GENERALES PARA INSTALACIONES EN INTERIOR MINA Ar culo 57°.- Las líneas eléctricas deben ir separadas de las líneas de aire y agua, a no menos de un (1) metro; considerando que la separación de los tubos de aire y agua deben estar a no menos de cero puntos diez (0.10) metros entre sí y señalizadas de acuerdo con el código de colores DS-024-2016-EM. Ar culo 58°.- Las estaciones de energía eléctrica llevarán su cable de conexión a erra, serán enmallados, iluminados y se colocarán avisos de prevención y advertencia. Ar culo 59°.- Los puntos de inspección de mantenimiento 49

para equipo diesel, en el subsuelo, deberán ser construidos en áreas de roca competente con sus elementos de sostenimiento adecuados (pernos, shotcrete, malla, etc.). También debe cumplir con lo siguiente: Ÿ Los depósitos de combus bles, aceites grasas y otros materiales deberán estar protegidos contra choque e incendios, los stocks deben limitarse a lo necesario. Además, contar con hojas de MSDS. Ÿ Deberán evitarse derrames de todo po de combus bles, aceites, grasas, y desechos sólidos. Ÿ De tener la necesidad de contar con tanque de combus ble de mayor envergadura (más de 100 galones) se requiere de una autorización de la DGAA del M.E.M. Ar culo 60°.- Las bodegas se ubicarán en lugares estratégicos, en ambientes secos, de roca sólida sostenido, blanqueados, iluminados, de puertas seguras y se les dotara de un ex ntor. Subcapítulo 7: EXPLOSIVOS Ar culo 61°. - Para los polvorines principales y auxiliares subterráneos y para los polvorines superficiales, se deberá cumplir lo siguiente: 50

a) Ubicación: deben estar alejados y aislados de la zona de trabajo y en lugares tales que, en caso de explosión, no afecten las instalaciones superficiales ni subterráneas. b) Condición: estar instalados en lugares secos y bien ven lados de manera que la temperatura y humedad se mantenga dentro de los límites adecuados para la buena conservación de los explosivos, accesorios y agentes de voladura almacenados. c) Área: estar construidos en roca compacta. De no ser así, deben estar correctamente sostenidos o construidos de acuerdo a un diseño previamente autorizado por la SUCAMEC. d) Ven lación: estará dotado de ven lación natural. De no ser así, ven lación forzada. e) Capacidad de almacenaje: adecuada para la can dad proyectada de explosivos requeridos. f) Accesos: contar con doble puerta de fierro. g) Piso: de concreto o de otro material incombus ble. h) Colocar disposi vos de descarga de electricidad está ca para el uso del personal que ingrese a los polvorines. i) La recepción de explosivo hacia los polvorines principales se realizará solo durante el día, caso contrario el vehículo que transporta explosivo permanecerá en la unidad con custodia interna hasta el día siguiente. j) Todo trabajador o vista puede ingresar al polvorín debe 51

iden ficarse en la garita de seguridad interna, y cumplir con las restricciones de ingreso que serán indicadas por el agente. Ar culo 62°.- Los polvorines auxiliares subterráneos cumplirán, además, con lo siguiente: a) No deberán contener una can dad de explosivos mayor que la necesaria para vein cuatro (24) horas de trabajo. b) Estar ubicados fuera de las vías de tránsito del personal y a una distancia de las instalaciones subterráneas no inferior a diez (10) metros en línea recta. Ar culo 63°.- Para el almacenamiento de explosivos y sus accesorios se debe cumplir lo indicado en los ar culos 278 al 291 del D.S. 024 – 2016 E.M. Ar culo 64°.- En Panamerican Silver Huaron S.A. la atención de explosivos es de responsabilidad exclusiva del personal de Almacén y Logís ca para lo cual debe contar la autorización de SUCAMEC. a) El despacho de explosivos se realizará únicamente a personal debidamente autorizado, que cuente con mochilas para explosivo y accesorios por separado. Además, debe tener disponible un vehículo de transporte de explosivo autorizado para transportar explosivo. 52

b) Para la atención es requisito indispensable el vale de explosivo con firma del supervisor de turno de PAS HUARON y el despacho es personal. c) Está prohibido u lizar los polvorines como comedor, o guardar comes bles en el interior de los polvorines. d) Es obligación del responsable del polvorín auxiliar reportar a su jefe inmediato o supervisor de zona cualquier condición insegura que se presente en los polvorines de accesorios y explosivos. Ar culo 65°. - El transporte de los explosivos en la unidad de producción deberá cumplir con lo siguiente: a) Se realizará en los envases originales en perfecto estado de conservación. b) Se prohíbe transportar en el mismo vehículo y en forma simultánea, detonadores y otros accesorios de voladura con explosivos. c) Los vehículos u lizados para el transporte de explosivos dentro de las instalaciones de Pas Huaron estarán, llevarán letreros con la palabra “explosivos”, se mantendrán limpios y libres de materiales inflamables. El material explosivo se debe ubicar en la tolva del vehículo, la que estará recubierta interiormente con madera, previamente tratada con material ignífugo, y provista de barandas suficientemente altas para evitar caídas accidentales. Los vehículos estarán provistos de por lo menos dos (2) ex ntores de incendio de polvo 53

químico seco mul propósito, varillas luminosas ubicados en ambos extremos del vehículo, con circulina de color rojo y cadena a erra. d) La velocidad no será mayor de diez (10) kilómetros por hora. Estará prohibido transportar explosivos en general sobre locomotoras o carros mineros. Para transportar explosivos se podrá u lizar carros mineros adecuados como plataformas especiales, con piso y paredes de madera con material ignífugo. El carro minero adecuado a plataforma para el transporte de explosivos estará separado de la locomotora, como mínimo, por otro carro vacío. e) El trabajador realizará el traslado, respetando una distancia mínima de diez (10) metros de trabajador a trabajador. f) Durante el transporte de sustancias explosivas, está prohibida la presencia de otros pasajeros. g) Al completar el traslado de explosivos se cuidará de dejar los vehículos completamente limpios y libres de residuos. h) El sistema eléctrico del equipo de transporte deberá ser a prueba de chispas y su carrocería debe estar conectada a erra mediante una cadena de arrastre o un sistema de seguridad cer ficado para este fin. La posibilidad de chispas por rozamiento será eliminada aplicando al vehículo un reves miento interno de aluminio, madera impregnada de material ignífugo. 54

Ar culo 66°.- Tener en cuenta que: a) Es prohibido abrir los cajones o cajas de explosivos u lizando herramientas metálicas. Sólo podrá u lizarse para estos efectos mar llos y cuñas de madera. b) En caso de encontrar dinamita congelada, exudada, mojada o deteriorada se comunicará en el acto al personal especializado para el re ro del explosivo al polvorín principal, para entregarse al proveedor de explosivo, para su respec vo cambio o devolución. Se prohíbe la destrucción de explosivo o accesorios en la unidad. c) Es prohibido el uso, para cualquier objeto, de las cajas de madera o de cartón, papeles u otros envoltorios que hayan contenido explosivos. d) Llevar un control estricto del consumo de explosivos. Al transportar explosivos hacia las labores mineras se hará solo lo que indique los vales de salida de explosivos. El traslado de explosivo de la unidad de transporte hacia las labores será realizado únicamente por personal de mina con las autorizaciones respec vas. e) El explosivo será almacenado temporalmente en las cajas de madera para explosivos debidamente elaborados para este fin. Ar culo 67°.- El personal responsable del traslado y 55

manipuleo de los explosivos debe estar autorizado por el organismo legal correspondiente SUCAMEC, además debe ser especializado en la materia y conocedor de todas las precauciones per nentes en el manipuleo de sustancias explosivas. Ar culo 68°. - Está prohibido fumar en las áreas de trabajo, resaltando las áreas donde se almacenen y manipulen los explosivos. Ar culo 69°.- Es necesario tener en cuenta que el ANFO es una sustancia muy inflamable, por lo tanto, será tratada como explosivo y almacenado en depósitos secos con buena ven lación. Ar culo 70°.- Durante la carga o descarga se mantendrá apagado el motor y sólo permanecerá alrededor de la unidad de transporte personal autorizado, mínimo 50 m. de radio para cualquier ac vidad. Ar culo 71°.- El atacado de los explosivos deberá hacerse únicamente con las varillas de madera o de cobre, siendo prohibido el uso de cualquier herramienta metálica. Ar culo 72°.- Deberá usarse guías mínimas de 7 pies y con conector, el encendido de la tanda de perforación o iniciación de la voladura se realizará con mecha rápida 56

unido al conector guía que iniciará la detonación. La longitud de la mecha rápida debe ser tal que permita llegar a la salida de la labor o pie de la chimenea o tajo. Ar culo 73°.- Verifique el material que va a emplear en los disparos. No use guías que se encuentran defectuosas. No corte un cartucho que ya ene un fulminante adentro. Ar culo 74°.- Cuando se emplee equipo de carga con aire comprimido y manguera para el Anfo. Deben emplearse mangueras an está cas o semiconductoras además de conectar al equipo cargador con línea a erra. Ar culo 75°.- Antes del disparo, es obligatorio que guarde sus herramientas en un lugar protegido y alejado del disparo. Ar culo 76°.- En la operación de carga en primer lugar, ponga un cartucho sin fulminante al fondo del taladro, luego con núe la carga. Nunca ataque el cartucho cebo. Ar culo 77°.- Antes de proceder al disparo se debe verificar todos los empalmes y conexiones del ro, observar que no quede resto de explosivo, accesorios ni herramientas abandonadas. 57

Ar culo 78°.- Es obligación la presencia de vigías a fin de cerrar y bloquear las vías de acceso a todos los vehículos, personas y animales que se dirijan a la zona de disparo, cuando el disparo se realiza en vías principales de tránsito. En las labores ru narias se debe dejar bloqueado todas las vías de acceso con su respec vo aviso de advertencia. Ar culo 79°.- Se procederá a sacar todo el equipo pesado / liviano o aquello que se dañe por la voladura antes de efectuar el encendido del disparo. Ar culo 80°.- Nadie abandonará su puesto designado (vigías), hasta que no lo indique el responsable de la voladura. Ar culo 81°. - Es obligatorio que todo el personal obedezca las indicaciones de NO PASAR, LABOR DISPARADO, dado por el vigía o el responsable de la voladura. Ar culo 82°.- El encendido de los ros cortados o voladura secundaria, deberá hacerse a una hora predeterminada previamente coordinada con los supervisores involucrados. El responsable de efectuar el chispeo siempre debe estar acompañado como mínimo de un ayudante. Para ello debe obligatoriamente debe contarse con vigía en todos los ingresos al lugar de la voladura. Nadie podrá ingresar a la labor pasado como mínimo 30 min, con previa medición de gases por parte del supervisor. 58

Ar culo 83°.- El horario de disparo o voladura en todas labores de mina es de 6:00 p.m. en el turno de día y en el turno de noche es 6:00 a.m. De tener la necesidad de hacer disparos fuera de este horario será solicitado por la superintendencia del área de mina y autorizado por la Gerencia de SSO Ar culo 84°.- Después de la voladura ningún trabajador permanecerá en las labores mineras, salvo autorización de la Gerencia de seguridad, se podrá ingresar, teniendo presente los riesgos de gases tóxicos, restos de explosivos o accesorios no detonados y desprendimiento de rocas sueltas. Tal mo vo el traslape entre los horarios de salida e ingreso a mina será de 02 horas para evitar incidencias. Ar culo 85°.- Nunca trate de encender nuevamente la guía de un ro fallado. Ar culo 86°.- Nunca trate de aprovechar los tacos de la perforación anterior para hacer un nuevo taladro. Ar culo 87°.- Está terminantemente prohibido extraer las cargas de los ros fallados, las cuales se deben hacer explotar por medio de nuevas cargas. Se prohíbe hacer taladros en las vecindades de un ro fallado. 59

Ar culo 88°.- Nunca trate de sacar los cartuchos de un taladro con una cuchara, alambre o varilla metálica. Ar culo 89°.- En las labores mineras se debe efectuar monitoreos periódicos de vibraciones haciendo uso de equipos de sismogra a orientado a minimizar la perturbación al macizo rocoso por efecto de las voladuras con explosivos. CAPÍTULO II ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN LAS ACTIVIDADES CONEXAS Subcapítulo I: EXCAVACIONES Ar culo 90°.- Excavaciones mayores o iguales de 1.50 metros. Antes de iniciar la excavación se deberá llenar el permiso de trabajo, así como también, verificar y constatar, que no exista pase de cables energizados, telefonía y/o tuberías de agua y desagüe. Ar culo 91°.- El material extraído de las excavaciones se depositará a una distancia mínima del borde equivalente a la mitad de la profundidad de la excavación; cuando el 60

borde de la excavación no sea muy firme, se tomarán las distancias necesarias, de tal manera que no represente peligro alguno. Asimismo, se procurará eliminar el material excedente lo más rápido posible o de ser necesario eliminar directo a una unidad de transporte. Ar culo 92°.- Las excavaciones y zanjas deberán ser apropiadamente iden ficadas con señales de advertencias y barricadas, los encargados de los trabajos serán responsables por la colocación de cintas, bases de concreto con parantes de madera para soporte de las cintas, conos y colocación de letreros. El Superintendente de área responsable de los trabajos absolverá las dudas de carácter técnico que se presenten al respecto. Ar culo 93°.- Si una excavación estuviera expuesta a vibraciones o compresión causadas por vehículos, equipos o de otro origen, las barreras de protección deberán instalarse a no menos de 1.8 m del borde de la excavación. Si la excavación tuviera más de 3.0 m de profundidad, esa distancia desde el borde se aumentará en un metro por cada 2.0 m de profundidad. Ar culo 94°. - En terrenos cuyo ángulo de deslizamiento no permita la estabilidad de la zanja se realizará un en bamiento (apuntalar con puntales de madera las excavaciones que ofrecen riesgo de hundimiento) con nuo 61

cuyo diseño estará autorizado y firmado por el ingeniero responsable. Ar culo 95°.- Cuando por la profundidad e inestabilidad parcial o total del talud se requiera reforzar el terreno para evitar su derrumbe, se deberá realizar un diseño para la contención de este, el que será aprobado por el departamento de Proyectos. Ar culo 96°.- El diseño será tal que evite que los elementos se pandeen o fallen; los materiales usados para la contención deberán incluir puntales, bas dores, arriostres y todo elemento que sea necesario de acuerdo con la situación. Ar culo 97°.- En los casos en que se trabaje en un medio donde exista agua, un bombeo periódico será necesario para evitar que esta se empoce y deteriore las condiciones de trabajo afectando las operaciones y salud del personal expuesto. Ar culo 98°.- En excavaciones o zanjas de profundidad mayor a 1.20 m. se usarán escaleras, rampas, escalinatas u otro sistema que garan ce un fácil y seguro ingreso y salida del personal; estas deben sobresalir de la superficie del terreno por lo menos 2 pies (0.60 m.) y serán afianzadas para evitar su desplazamiento. 62

Ar culo 99°.- Si el ancho de la zanja a nivel del suelo sobrepasa los 1.20 m las pasarelas del ar culo anterior tendrán pasamanos de 90.0 cm. de altura y un apoyo suficiente en el terreno que impida el desplazamiento de la pasarela. Ar culo 100°. - Las excavaciones que crucen caminos y vías de acceso deberán cubrirse con planchas o mallas de metal de resistencia apropiada u otro medio equivalente. De ser de mayor magnitud, y represente un peligro para los vehículos y equipos, en tales casos se deberá poner barreras y señalización oportuna en el camino para evitar su acceso, dicha señalización también debe funcionar para la noche. 63

Ar culo 101°. - En excavaciones circulares o rectangulares definidas como Espacios Confinados, se le deberá proporcionar al personal un medio seguro de entrada y salida conforme a los Estándares de Trabajo en Espacios Confinados. Se deberá contar con un asistente en la superficie (persona capacitada) quien estará en contacto con la(s) persona(s) dentro de la excavación, a los que se les suministrará un equipo de protección an caídas y una línea de vida asegurada por el mismo; por ningún mo vo el asistente ingresará en la excavación. Se requiere del respec vo Permiso de trabajo. Ar culo 102°.- Se colocará iluminación de acuerdo a lo establecido en el Anexo N°37 del D.S.024-2016-EM para trabajos nocturnos. Ar culo 103°.- En los casos que se realicen trabajos en taludes o cerca de las excavaciones de profundidad con un sistema de prevención y detención de caídas. Subcapítulo II ESPACIOS CONFINADOS Ar culo 104°.- Panamerican Silver Huaron S.A. establece el procedimiento: E-CORP-20-Trabajos en espacios confinados donde se define que un espacio confinado al 64

lugar de área reducida con abertura de entrada y salida construido por maquinaria, tanque, tolvas o labores subterráneas; en el cual existe condiciones de alto riesgo, como falta de oxigeno, presencia de gases tóxicos u otros similares que requieran Permiso Escrito de Trabajo de Alto Riesgo. Ar culo 105°. - Un espacio confinado tendrá las siguientes caracterís cas: Ÿ Con enen o pueden contener una atmósfera peligrosa. Ÿ Con ene material que puede envolver o asfixiar a una persona. Ÿ Su forma es tal, que una persona podría quedar atrapado o asfixiado por paredes cónicas o por un piso inclinado que lleve a una estrecha. Ÿ Cuentan con medios de entrada y salida (Ejm. Alcantarillas, espacios cuyo ingreso y salida se haga por medio de escaleras, espacios en los cuales se ingrese con arnés y línea de elevación o líneas retrác les. Ÿ Dispone de ven lación natural, limitada o pobre. Ÿ Existe riesgo de sofocación o intoxicación por presencia de gases. 65

Ar culo 106°.- Antes de permi r el ingreso de trabajadores a un espacio confinado, las cañerías, estanques y ductos (salvo ductos de agua) deben purgarse. Ar culo 107°.- En casos calificados el espacio confinado deberá ser ven lado permanentemente durante la ejecución de los trabajos con ven lación forzada, esta exigencia deberá quedar registrada en el PETAR. Ar culo 108°. - Nunca usar oxígeno puro para ven lar un espacio confinado, la ven lación debe ser con aire normal. 66

Ar culo 109°. - Deberá haber comunicación permanente entre el vigía y los trabajadores autorizados en el interior del espacio confinado, para que el vigía pueda ac var la comunicación de emergencia en cas fuera necesario. Ar culo 110°.- La comunicación entre vigía y los trabajadores autorizados podrá ser a través de contacto visual, vos, señales, equipos de comunicación. Subcapítulo III: TRABAJOS EN CALIENTE Ar culo 111°. - Panamerican Silver Huaron S.A. establece el procedimiento: E-Corp-19-Trabajos en caliente donde se consideran trabajos en caliente a aquellos trabajos que involucran la presencia de llama abierta generada por: Ÿ Trabajos de soldadura, Ÿ Chispas de corte, Ÿ Esmerilado, Ÿ Otros afines, como fuente de ignición. Tener en cuenta las siguientes consideraciones: 67

a) Inspeccionar el área de trabajo y los equipos antes, durante y después del trabajo con la finalidad de detectar toda condición de riesgo o peligro. b) Señalizar el área de trabajo con cinta de señalización de color amarillo y/o cono de seguridad, previa orden y limpieza de área de trabajo. c) Re rar de un radio de 20 metros todo peligro potencial de incendio o explosión como: materiales combus bles, pinturas, aceites, grasas, solventes, gases comprimidos, metales en polvo, vapores o gases 68

explosivos o cualquier material que pueda encenderse o incendiarse o producir fuego. d) En áreas donde sea dificultosa la evacuación de los peligros potenciales de incendio o explosión, se protegerá aislando dichos peligros con elementos resistentes al fuego (man llas an -flama). e) Todo trabajo en caliente al aire libre debe de suspenderse si se dan condiciones de lluvia, y hay contacto con agua. f) Los soldadores usarán el siguiente EPP: casco, careta de soldar, lentes po google, ropa de protección de cuero cromado (casaca/pantalón o mandil, capucha/gorra, escarpines y guantes hasta el codo), zapatos de seguridad con punta de acero, respirador con filtros para humos de soldadura y verificar que no estén impregnados con gasolina, petróleo, grasas, aceites u otros materiales combus bles o inflamables. g) Para tareas de esmerilado el EPP será el siguiente: casco, careta de esmerilar, lentes, ropa de protección de cuero cromado (casaca/pantalón o mandil, y guantes hasta el codo) y zapatos de seguridad con punta de acero. h) No debe de introducirse la basta del pantalón, dentro de la caña de los zapatos de seguridad. Los bolsillos y puños deben quedar cerrados para evitar alojar chispas o escorias calientes. Asimismo, no debe mantenerse en los bolsillos materiales inflamables o combus bles. 69

i) Si los trabajos en caliente se realizaran en altura o en espacios confinados se deberá contar con el apoyo de un ayudante o vigía de seguridad. j) Antes de realizar un trabajo en caliente en tanques, estanques, recipientes o tuberías que hayan contenido combus bles o líquidos inflamables deben verificarse que se encuentren libres de presión, vacíos, purgados, purgados, ven lados y lavados adecuadamente. Para ello deberán de efectuar la medición de gases inflamables y la can dad de oxígeno del ambiente donde se realizarán los trabajos en caliente. k) Se proveerá de ven lación adecuada, durante los trabajos en ambientes cerrados. l) Todos los colaboradores involucrados en los trabajos en caliente deben estar entrenados en control y lucha contra incendios, dependiendo si el trabajo involucra riesgos específicos el entrenamiento incluirá también trabajos en altura, primeros auxilios, espacios confinados. m) Se debe de contar con un ex ntor de PQS de 06 kg a no más de 10 metros de la zona de trabajo. n) Use biombos de material incombus bles o ignífugos para proteger a otras personas, materiales o equipos del efecto de la soldadura o de las chispas. o) Todo personal debe estar capacitado, autorizado y cumplir con el E-Corp-19-Trabajos en caliente 70

Ar culo 112°. - Cuando se realizan trabajos con soldadura eléctrica se debe tener en cuenta lo siguiente: a) Verificar las conexiones eléctricas antes de poner en funcionamiento la máquina de soldar. b) Para evitar la exposición del personal a la llama del arco eléctrico, chispas, fuego, pedazos de metal caliente u otros materiales inflamables, combus bles o similares, se dispondrá de pantallas protectoras. c) Las máquinas de soldar, así como los esmeriles deberán contar con su respec va línea a erra independiente- mente de los conductores eléctricos. d) Solo personal autorizado podrá operar los equipos de soldadura. e) No colocar herramientas sobre la máquina de soldar. f) Cuando el terminal de trabajo está conectado a erra, se debe tener cuidado de ver que la pieza a soldar no esté conectada a erra por separado. g) Los terminales para conducción de soldadura se protegerán para evitar contactos casuales con el personal u objetos metálicos. h) Evitar el uso de cables en mal estado, vulcanizados o parchados para transportar la corriente. i) No se usarán cadenas o cables de acero para transportar la corriente de soldadura. j) Cuando el soldador deje el puesto de trabajo la máquina se apagará o desconectará la fuente de energía. 71

k) La máquina se apagará cuando se vaya a trasladar. l) Los portaelectrodos que no se están u lizando, se colocarán de tal manera que no hagan contacto eléctrico casual con personas u objetos conductores. m) El soldador no permi rá que las piezas de metal con corriente eléctrica de un electrodo toquen la piel desnuda o cualquier recubrimiento húmedo del cuerpo. n) Las escaleras o andamios deben ser de material no conductor o estar aislados del trabajo y de la erra. o) Los portaelectrodos no se enfriarán mediante inmersión en agua. p) Usar guantes secos y en buenas condiciones de aislamiento. q) Las máquinas que se hayan mojado se secarán cuidadosamente antes de usarlas. r) Los cables de soldadura desgastados o dañados se repararán en la medida que queden impermeables y se consiga la misma eficiencia del cable original. Ar culo 113°. - Cuando se realizan trabajos con soldadura oxiace lénica se debe tener en cuenta lo siguiente: a) Revisar antes de su uso, el estado de las mangueras, eliminando aquellas que se encuentran agrietadas o en mal estado. b) Las fugas de gas en manguera o válvulas se buscarán siempre con agua jabonosa y jamás mediante llama. 72

c) Las botellas de gases de oxígeno y ace leno se colocarán y fijaran para mantenerlas siempre en posición ver cal, lejos de los focos de calor o llamas. d) Asegurarse de eliminar fugas de gases de los cilindros reguladores y mangueras. e) Nunca se estrangulará una manguera para detener temporalmente el flujo de gas, por ejemplo, para cambiar un soplete o una boquilla. f) Las bocas de los grifos de las botellas de oxígeno y ace leno deben apuntar en direcciones opuestas. g) Los equipos de oxicorte deben contar con válvulas an rretorno de llama en las dos líneas hacia los cilindros. Los elementos accesorios como tenazas, cables, uniones (asegurados con abrazaderas, nunca con alambres) deben estar en perfectas condiciones opera vas. 73

h) Las botellas de oxígeno y ace leno deben de ubicarse a una distancia de 10 metros de la zona de trabajo y deberán estar provistos con sus capuchones de fábrica. i) Antes de u lizar una botella de oxígeno o ace leno verificar que el manómetro marque cero con la válvula cerrada. j) Las botellas no deben de consumirse totalmente, podría ingresar aire, siempre debe conservar una ligera sobre presión al interior. k) La llave de cierre debe de estar sujeta a cada botella en servicio, para cerrarla en caso de incendio. l) La manguera de oxigeno y la manguera de ace leno deben ser de colores diferentes que permita su dis nción. Asimismo, debe considerarse que la manguera de ace leno es de mayor diámetro que la de oxígeno. m) Evitar que las mangueras estén en contacto con superficies calientes, bordes afilados, ángulos cortantes y que caiga chispas sobre ellas. n) Las mangueras del equipo de oxicorte deben estar aseguradas a sus conexiones por presión y no con abrazadera. 74

Subcapítulo IV: TRABAJOS EN ALTURA Ar culo 114°.- Se considera trabajos en altura, aquellos que se realizan a par r de 1.80 m. sobre el nivel del piso en referencia. Ar culo 115°.- Panamerican Silver Huaron S.A. establece el estándar: E-CORP-08 de trabajos en altura donde se detalla que todo trabajo en altura deberá contar con los siguientes equipos de protección personal: a) Arnés de cuerpo entero (mín. 03 puntos). b) Doble Línea de anclaje con absorbedor de impacto ( po Y) c) Barbiquejo para el casco. Ar culo 116°.- Para realizar trabajos en altura o en dis ntos niveles deberá contar con cer ficado de suficiencia médica anual, el mismo que debe descartar todas las enfermedades neurológicas y/o metabólicas que produzcan alteración de la conciencia súbita, déficit estructural o funcional de miembros superiores e inferiores, obesidad, trastornos del equilibrio, alcoholismo y enfermedades psiquiátricas. Ar culo 117°.- En los diferentes niveles de trabajo se 75

protegerá convenientemente las aberturas para la recepción de material procedente de elevadores u otros; cuando no están en servicio se instalarán, en ella, barandas sólidas y seguras. Ar culo 118°.- El Supervisor responsable proporcionará al personal encargado de: recepción de carga, encofrados y desencofrados, vaciado de concreto, armado de estructuras, instalación de reves mientos, tareas de pintura, instalación o desinstalación de equipos y artefactos y cualquier otro trabajo en altura, arneses de seguridad que deberán ser anclados a puntos fijos y resistentes igual a 5000 lbs. ó 2268 Kg y que cumpla con las especificaciones ANSI A10.14 y ANSI Z359.1. 76

Ar culo 119°.- En trabajos dentro de echaderos, piques, chimeneas ver cales u otras aberturas ver cales ó inclinadas que presente el riesgo de caída de persona es obligatorio el uso de línea de vida retrác l o disposi vos agarra cuerdas, durante todo el empo que la persona está expuesto a este riesgo. Ar culo 120°.- Se colocarán barandas protectoras (Superior, Inferior y Rodapiés) en las aberturas existentes que presenten riesgos en general y específicamente en el perímetro de las zonas de trabajo en altura. Ar culo 121°.- Los vanos o aberturas existentes en niveles que revistan peligro de caída de altura, se taparan con recubrimientos de suficiente resistencia o se protegerán en todo su contorno mediante barandas dotadas de rodapiés. Ar culo 122°.- De ser necesario se colocarán mallas protectoras en las áreas vacías para evitar el riesgo de accidentes por caída de objetos; de no ser posible, las herramientas y todos los materiales en uso en dichas zonas deberán ser amarrados con drizas de nylon. Ar culo 123°.- Los trabajos en taludes mayores a 18º también deberán ser considerados como trabajo en altura. Ar culo 124°.- El equipo de protección contra caídas debe 77

recibir mantenimiento tan frecuentemente como sea necesario para asegurar su operación adecuada, como para evitar un descarte prematuro. El mantenimiento básico consiste en lo siguiente: Ÿ Limpie la suciedad de todas las superficies con una esponja humedecida en agua limpia. Ÿ Humedezca la esponja con una solución ligera de agua y jabón y concluya la limpieza. NO USE DETERGENTES. Ÿ Seque el equipo con un trapo limpio y cuélguelo para que termine de secar. No lo coloque donde haga mucho calor. Ÿ Una vez seco, guárdelo dentro de una bolsa resistente en un lugar limpio, seco y sin vapores o elementos que puedan corroerlo. a) Nunca use un equipo que esté sucio, podría no ver posibles fallas del material. b) Re re del servicio cualquier equipo defectuoso y colóquele una e queta en un lugar visible, que diga: \" NO USARLO\". Subcapítulo V: ANDAMIOS Y PLATAFORMAS Ar culo 125°.- Panamerican Silver Huaron S.A. establece el estándar: E-CORP-06 de Andamios y Plataformas Elevadas, 78

donde se dan los lineamientos a cumplir para los trabajos con andamios y plataformas. Ar culo 126°.- Todos los componentes empleados en la construcción de un andamio serán de buena calidad y exentos de defectos visibles; tendrán una resistencia adecuada a los esfuerzos a que hayan de estar some dos. Deberán mantenerse en buen estado de conservación y serán sus tuidos, cuando dejen de sa sfacer estos requisitos. Ar culo 127°.- El terreno sobre la cual se apoya el andamio y/o plataforma debe ser capaz de soportar las cargas previstas. Los Supervisores inspeccionarán periódicamente el buen estado de los andamios, para garan zar la resistencia y estabilidad. Ar culo 128°.- Los andamios deberán armarse sólidamente; no se sobrecargarán; las cargas no deberán exceder las especificaciones o cálculos de diseño para la cuál ha sido preparada. Ar culo 129°.- Los andamios deberán contar siempre con todos sus elementos (cabeceras, crucetas en sus caras anterior y posterior, pasadores, pisos, etc.), además, deberán tener barandas de protección a 0.90 m. a 1.00 m. en el nivel que se esté trabajando afianzados por el interior 79

de los pies derechos y un rodapié en todo su perímetro, de por lo menos 0.10 m. de alto. La plataforma de trabajo tendrá un ancho mínimo de 0.60 m. Ar culo 130°.- Solo están permi dos andamios metálicos tubulares con escaleras internas, en caso sea necesario u lizar un andamio de otro po deberá coordinarse previamente con el área de Seguridad y salud ocupacional y presentarse el análisis estructural respec vo para su aprobación. 80

Ar culo 131°.- Cualquier elemento del andamio dañado o debilitado debe ser inmediatamente reemplazado. Ar culo 132°.- Los andamios podrán ser armados, alterados o desmantelados solo bajo la supervisión competente, que verificarán los riesgos existentes y limitaciones impuestas por las condiciones del terreno y trabajos compar dos. Ar culo 133°.- Un andamio parcialmente levantado o desmantelado debe tener todo su acceso bloqueado para evitar el uso inseguro y se le colocará una TARJETA ROJA como señal de “NO OPERATIVO”, también se colocará el aviso cuando el andamio se encuentra fuera de uso. Cuando el andamio se encuentre completamente armado cumpliendo con todas las exigencias de seguridad, se le colocará una TARJETA VERDE, en donde no será necesario el uso del arnés de seguridad en casos de accesos, pero si, en caso de trabajos en dichas plataformas, revisar el E-Corp-06 de Andamios y Plataformas Elevadas para los detalles de las tarjetas. Ar culo 134°.- Los andamios no se deben usar para almacenar materiales, pudiendo colocarse solo los elementos en uso. No se debe concentrar carga en un extremo, las cargas se repar rán equita vamente. 81

Ar culo 135°. - Todo trabajo en andamio y plataformas se considera como trabajo en altura por lo tanto debe cumplirse con los estándares respec vos. La persona que trabaje en un andamio sobre 1.80 m. de altura, deberá contar con un arnés de cuerpo entero enganchado a una estructura o línea de vida sujeta en forma independiente del andamio, además de casco, barbiquejo, zapatos de seguridad, y cualquier otro elemento de protección personal requerido para la tarea de acuerdo a las normas de PAS Huaron. Ar culo 136°. - Nunca se usarán las crucetas del andamio como medios de acceso a la plataforma de trabajo. Ar culo 137°. - No se debe trabajar en andamios y plataformas bajo condiciones de empo adversas (lluvia, nieve, temporales, fuertes vientos, etc.). Ar culo 138°. - Se deberán mantener las superficies de las plataformas limpias y niveladas para permi r un trabajo seguro. Ar culo 139°. - El soporte o apoyo del andamio al terreno o piso debe ser sólido, parejo, rígido, capaz de resis r la carga máxima sin deformaciones o hundimientos. Además, este apoyo debe ser seguro contra movimientos en cualquier dirección. Un andamio no debe ser colocado sobre erra, 82

fango, césped, grava, o superficies irregulares. En estos casos, debajo del andamio debe colocarse madera firme (Solera) de 10 ó 12 pulgadas de ancho (30 cm. de lado) por 2 pulgadas de espesor que cubran cada pie derecho del andamio, a fin de evitar que las garruchas y/o patas se hundan. Ar culo 140°. - Los soportes diagonales no se usarán como escaleras. 83

Ar culo 141°.- Los andamios de po móvil, con ruedas en sus bases para permi r su traslado de un punto a otro, deben estar adecuadamente asegurados mediante un disposi vo de freno para evitar movimientos y solamente serán movidos por aplicación de fuerza en la base. La altura de este po de andamio no será mayor de 3 cuerpos, tratándose de andamios especiales la norma a seguir será que la altura no puede ser superior a 3 veces la longitud del lado más corto de su base. Ar culo 142°.- Está terminantemente prohibido mover andamios de un si o a otro con personal sobre este, para no comprometer la estabilidad del mismo. Ar culo 143°.- Los andamios de más de tres cuerpos se fijarán usando vientos: a) Los vientos se amarrarán al extremo superior del cuerpo correspondiente. b) El primer juego corresponderá al primer cuerpo. c) El úl mo, al úl mo cuerpo. d) Cada tres cuerpos después del primero, se colocará un juego de vientos. e) Los vientos se anclarán a una estructura fija o estacas en el piso convenientemente aseguradas. f) No se usarán equipos para anclar vientos. g) Cada viento será una cuerda independiente. h) Los vientos serán de nylon (3/4”). En casos de otras 84

medidas u otro material, deberá demostrarse formalmente su capacidad. i) Los andamios deben ser amarrados a estructuras estables, o estabilizados con soportes (arriostres), cuando tengan una altura mayor de tres (3) veces la dimensión más corta de su base. Por regla general, un andamio mayor de 2 cuerpos será asegurado en el 2do, 4to, 6to cuerpo, etc., en ambos lados. j) Los andamios también tendrán que estar arriostrados horizontalmente cada 9 m. a estructuras estables, en estos casos los andamios deberán contar con cer ficación. 85

Subcapítulo VI: ELECTRICIDAD Ar culo 144°.- Panamerican Silver Huaron S. A. ene implementado el estándar corpora vo: E-CORP-24 de instalaciones eléctricas por lo que el personal que ejecute trabajos eléctricos deberá contar con entrenamiento y conocimientos en el presente estándar así mismo la aprobación del área de mantenimiento y energía y tener las calificaciones del caso. Ar culo 145°.- Los electricistas deben u lizar casco, zapatos y botas de seguridad de material aislante, normados para trabajos eléctricos. Ar culo 146°.- Las normas de seguridad de Pan American Silver Huaron S.A., prohíben trabajar en líneas ENERGIZADAS. Ar culo 147°.- El personal autorizado del tular minero y empresas contra stas, antes de conectar o desconectar líneas eléctricas de baja o media tensión, deberá coordinar con el jefe de Mantenimiento eléctrico y con las involucradas de PAS Huaron. Ar culo 148°.- Antes de comenzar a trabajar en un circuito 86

de baja tensión, se debe asegurar que la línea erra este conectada y probar con un vol metro que la línea NO ESTA ENERGIZADA. Ar culo 149°.- Antes de comenzar a trabajar con líneas de media y alta tensión se debe aplicar el procedimiento de Lock Out & Tag Out, luego verificar la ausencia de energía con un revelador de tensión y una vez verificado se debe cortocircuitar el sistema y conectar a erra para eliminar toda energía remanente. Ar culo 150°.- Queda estrictamente prohibido trabajar en postes o estructuras SIN EQUIPO DE PROTECCIÓN ANTICAIDA. Este nunca debe fijarse en los alambres conductores. Este trabajo se realizará con supervisión permanente. Ar culo 151°.- Al desconectar, se debe u lizar el estándar de bloqueo y señalización. Para realizar trabajos de mantenimiento u otros en los que se tenga que intervenir en el sistema eléctrico, se desconectará el mismo y se procederá a bloquear por la(s) persona(s) autorizadas que realicen la labor. Ar culo 152°.- Cada persona debe informar inmediatamente al área de mantenimiento, supervisor de Campo o Supervisor responsable sobre situaciones o 87

condiciones eléctricamente peligrosas y cualquier sospecha de condición insegura en equipos eléctricos para tomar a la brevedad las medidas necesarias para su eliminación. Ar culo 153°.- Todos los motores e instalaciones eléctricas deben tener una conexión a erra para eliminar la posibilidad de descargas eléctricas. Ar culo 154°.- Todas las herramientas eléctricas de mano, como taladros, sierras, etc., deberán contar con una tercera conexión a erra para descarga eléctrica. Ar culo 155°.- Está prohibido el uso de equipos que no cuenten con enchufes y cables industriales normados. Ar culo 156°.- Los materiales eléctricos como extensiones deberán tener cables vulcanizados; no se permi rán el ingreso de extensiones con cables mellizos. Ar culo 157°.- Tener especial cuidado cuando se trabajen en parada de planta y en doble turno, considerar el empo de traslape para iden ficar las zonas energizadas en el cambio de guardia. Ar culo 158°.- Para prevenir accidentes producidos por el uso de la electricidad, se deben seguir las siguientes reglas: 88

a) Instalar equipos y conductores eléctricos, de tal manera que las partes “vivas”, se encuentren resguardadas o aisladas y empleando buenos materiales. Toda instalación debe realizarse de acuerdo con el Reglamento Nacional de Edificaciones y el Código Nacional de Electricidad. b) Asegurarse de que todos los equipos (maquinarias, herramientas, etc.) están o queden conectados a erra. c) Instalar interruptores en los equipos de tal manera de no crear un riesgo al operador y un switch de parada de emergencia. d) Instruir y adiestrar a los trabajadores en los riesgos de la corriente eléctrica y la forma de efectuar cada trabajo. e) Emplear personal competente en los trabajos de revisión y mantenimiento eléctrico. f) Mantener a dos personas trabajando juntas, cuando se realizan trabajos de riesgo o cerca de conductores “vivos”. g) Desconectar la corriente siempre que se vaya a examinar o hacer reparaciones en circuitos eléctricos. Considerar todo circuito eléctrico como “vivo” y potencialmente peligroso, hasta que no se demuestre lo contrario. h) U lizar equipos de protección personal aprobados tales como guantes dieléctricos, manguitos, cascos, calzado, etc., aislante de la corriente eléctrica de acuerdo al voltaje a trabajar. 89

i) Tomar precauciones adicionales cuando se debe trabajar en superficies húmedas, usando un aislante adicional si fuera necesario. j) Revisar completamente el circuito antes de conectar la corriente. k) Inspeccionar periódicamente todos los disposi vos de seguridad, equipos y conductores. l) Mantener al día los planos de los circuitos, incorporar a ellos toda modificación realizada por pequeña o insignificante que parezca. m) Colocar señalizaciones, letreros, barreras, etc., cuando se requiera. n) Cuando el personal labore cerca a líneas de alta tensión energizadas, el Supervisor deberá tomar precauciones especiales, especialmente sobre las distancias seguras de trabajo, para la toma de decisión se apoyará en el Código Nacional de Electricidad (RM Nº 037-2006 MEM/DM). o) Las subestaciones eléctricas deben ubicarse fuera del eje de las galerías principales, en cruceros especialmente preparados para este fin, los mismos que tendrán iluminación no menor de trescientos (300) lux, puerta, candado, señalización de seguridad, avisos y estarán equipados con los disposi vos necesarios para efectuar maniobras seguras de desconexión, reconexión y contra incendio. p) Todas las subestaciones eléctricas deben contar con 90

aparatos opera vos contra incendio. q) La instalación, operación y mantenimiento de la red de distribución de energía eléctrica a subestaciones, transformadores a través de líneas de media y baja tensión, casetas para la operación de equipos eléctricos, debe efectuarse de acuerdo a las especificaciones de los fabricantes y los estándares, normas y procedimientos de cada unidad de producción y el Código Nacional de Electricidad. r) La instalación de los cables de distribución eléctrica cumplirá con las reglas del Código Nacional de Electricidad. s) Los polvorines en superficie estarán ubicados, como mínimo, a sesenta (60) metros de las líneas eléctricas aéreas y cien (100) metros de las subestaciones eléctricas. t) Entre un transformador mayor que quince (15) kVA y un almacén de explosivos no podrá haber una distancia menor de quince (15) metros cuando es roca competente y una distancia no menor de sesenta (60) metros cuando la roca es incompetente. u) Las líneas de corriente con nua en mina subterránea no serán superiores a trescientos (300) volt. v) Los conductores de troley serán de cobre duro es rado de sección no menor a ochenta (80) mm2 (1/0 AWG). w) El circuito principal de troley debe protegerse con interruptores automá cos que desconecten por 91

sobrecarga o cortocircuito. En toda derivación del circuito de troley deberá instalarse un interruptor seccionador que permita desenergizar dicho ramal cuando se desee intervenir. Los interruptores deben ser visibles, bloquearse en la posición abierta mediante una llave especial o candados de seguridad lock out y contar con un mecanismo que indique si está en posición abierta o cerrada. x) Los conductores y elementos instalados en las locomotoras estarán protegidos contra el deterioro de sus aislamientos a causa de fricción, aceite y sobre todo por calor. y) La distancia mínima entre la línea de troley e instalaciones mecánicas, tubos de fierro, material combus ble o filo de los chutes debe ser de cero puntos treinta cen metros (30 cm). Ar culo 159°.- Los tableros de control de equipo eléctrico de una planta de beneficio estarán aislados y tendrán una puerta de acceso controlado. Ar culo 160°.- La instalación, operación y mantenimiento de la red de distribución de energía eléctrica en la mina, subestaciones, líneas de distribución, así como casetas eléctricas para equipos de operación, deben hacerse de conformidad con los estándares recomendados por el fabricante y el Código Nacional de Electricidad y sus 91

reglamentos, además se debe cumplir los siguientes controles opera vos: a) Cable eléctrico separado a 1 m de las instalaciones de aire y agua. b) La alimentación eléctrica al equipo es a través de chupones. c) Máximo hasta 02 empalmes cada 100 m. en los cables eléctricos del equipo. d) Ningún empalme de la caja al equipo portá l (máquina soldar, bombas eléctricas sumergibles, shotcretera, reflectores) e) Tablero eléctrico con línea a erra y sistema para bloqueo Ar culo 161°.- Las herramientas eléctricas manuales no deben ser operadas a alto voltaje. Subcapítulo VII: SISTEMA DE BLOQUEO Ar culo 162°.- Panamerican Silver Huaron S.A. ene implementado el estándar: E-CORP-11 de Sistema de Bloqueo donde se dan los lineamientos que permitan prevenir accidentes/incidentes en aquellos trabajos con energía eléctrica, neumá ca, hidráulica y/o cualquier otra fuente asociada al proceso. 93

Ar culo 163°. - Todo equipo, maquinaria, sistema, válvula, interruptor y otros mecanismos de control de fuentes de energía deben permi r la instalación de sistema de bloqueo/rotulado. Dichos sistemas deberán ser colocados por los trabajadores que intervengan en el proceso antes de iniciar su tarea y lo reiterará después de haber terminado. 94

Ar culo 164°.- La empresa proporcionará a todo el personal que ejecuta procesos con energía eléctrica, mecánica, neumá ca, hidráulica o equipos que generen movimiento, un juego de disposi vos de bloqueo/rotulado, suficientes contra re ros o movimientos accidentales. Los disposi vos de bloqueo son de uso personal. No pueden usarse para otros fines que no sean el bloqueo de equipos. Ar culo 165°.- El proceso de iden ficación de peligros, evaluación de riesgos y establecimiento de controles, se aplicará para iden ficar las fuentes de energía que necesitan la aplicación del presente reglamento interno de seguridad y salud ocupacional. Ar culo 166°.- Debe contarse con procedimiento de bloqueo/rotulado para: - Bloqueo general - Bloqueo múl ple - Bloqueo de equipos eléctricos - Bloqueo de equipos motorizados - Bloqueo de equipos mecánicos - Bloqueo de equipos presurizados Ar culo 167°. - El sistema de bloqueo debe ser efec vo en aislar la fuente de energía. 95

Debe iden ficarse toda válvula y disposi vos maestros donde deba aplicarse el sistema de bloqueo/rotulado. Ar culo 168°. - El sistema de bloqueo debe cumplir con los seis pasos básicos: a) Iden ficar la fuente de energía b) Obtener el permiso del área correspondiente c) Aislar la zona de trabajo d) Bloquear la fuente de energía e) Realizar la prueba o testeo, para iden ficar la presencia de energía residual f) Eliminar o purgar la energía residual. Ar culo 169°.- En el bloqueo de equipo mecánico se debe tener en cuenta: a) Iden ficar el sistema y la máquina en la que se va a trabajar. b) Iden ficar las fuentes de suministro de materiales o fluidos hacia y desde la máquina donde se va a trabajar. c) Aislar todo suministro de materiales o fluidos hacia la máquina y desde la máquina donde se va a trabajar, usando el disposi vo de bloqueo/rotulado. d) Los bloqueos de materiales o fluidos se harán en las bombas o en las válvulas de alimentación. e) Completado el bloqueo/rotulado, operaciones intentará un arranque local y remoto del sistema total para confirmar el buen bloqueo general. 96

f) Los bloqueos y tarjetas solo se re rarán cuando se cumplen las siguientes condiciones en su totalidad: Ÿ Se ha concluido la tarea Ÿ El trabajador es re rado de la tarea y asignado a otro lugar. Ÿ El supervisor (dueño de sector o del equipo), autoriza el desbloqueo. Ar culo 170°.- En el bloqueo de equipo motorizado e instalaciones se debe tener en cuenta: a) Se colocará la tarjeta de “Fuera de servicio” a todo equipo que: Ÿ Entre a mantenimiento. Ÿ Se encuentre paralizado en el campo por problemas mecánicos. Ÿ No sea seguro de operar. b) El jefe de mantenimiento es responsable de colocar y quitar la tarjeta. c) La tarjeta de “Fuera de servicio” permanecerá en el equipo hasta que todas las reparaciones hayan concluido. d) El jefe de mantenimiento re rará la tarjeta “Fuera de servicio” cuando: Ÿ Se asegure que el equipo está opera vo. Ÿ Se hayan colocado todos los disposi vos de seguridad. 97

Ÿ Cuando el área de trabajo esté libre de materiales y herramientas. e) Las tolvas, lampones, cucharas y rippers deben estar convenientemente bloqueadas para evitar su accionamiento accidental. f) Las tuberías y tanques deben ser despresurizados antes de abrirse. Ar culo 171°. - Se realiza bloqueo múl ple cuando: a) Cuando se necesita de 5 ó 6 bloqueos individuales, se proporcionan bloqueos múl ples, estos bloqueos pueden ser pinzas o cajas de candados. b) Las pinzas se usarán preferentemente en el caso de bloqueos eléctricos y de fluidos. c) La caja se usará cuando una o 2 llaves pueden accionar el arranque del sistema (el equipo ene una llave de accionamiento) d) La llave de accionamiento se coloca dentro de la caja y cada trabajador colocará su candado de bloqueo alrededor de la caja de bloqueo cerrándola. e) El supervisor colocará el propio. f) Terminado el trabajo, cada trabajador re rará el propio y finalmente lo hará el supervisor. g) En caso de pérdida de la llave de uno de los candados, solo el superintendente del área autorizará que se rompa el candado, previa verificación de que ningún trabajador se encuentre expuesta a ser lesionado. 98


Like this book? You can publish your book online for free in a few minutes!
Create your own flipbook