Programa de Formación Ciudadanacon medidas tendentes a proteger a los grupos vulnerables, atender lasdesigualdades y erradicar las prácticas discriminatorias. El reto es propendera un modelo de sociedad que garantice que todos puedan gozar enigualdad de condiciones y oportunidades de los derechos reconocidos atodas y todos. Principio de Irrenunciabilidad: la persona no puede, sin afectarsu dignidad, renunciar a sus derechos o negociarlos, por cuanto son inalie-nables e intransferibles. Tampoco el Estado puede disponer ni desconocerlos derechos reconocidos formalmente de los ciudadanos. Sin embargo,puede entenderse que, en situaciones que lo ameriten la práctica y la ga-rantía de algunos derechos pueden llegar a ser limitados o interrumpidos,pero nunca eliminados o extinguidos. No es posible cambiar de titular a underecho, por lo tanto, los derechos humanos no pueden ser transferidos. Principio de Indivisibilidad e Interdependencia: la promocióno respeto de ciertos derechos no justifica de ningún modo el menoscaboo negación de cualquier otro derecho. Este principio se orienta a asegurarla justicia social en el proceso de conquista de la dignidad humana; y exigeel desarrollo de medidas legales, políticas y administrativas para eliminarlas desigualdades sociales y la discriminación. Estos principios apuntan adestacar la interrelación de todos los derechos de la persona, así como laigualdad en la importancia de cada uno de ellos. Características La condición humana: establece derechos que se originan en lasnecesidades básicas, en la propia naturaleza y dignidad de la persona, noson concesiones de la sociedad o prebendas del Estado. No dependen delreconocimiento por parte de éste, sino que se desprenden de la condiciónhumana común a todos los niños, niñas, jóvenes, hombres y mujeres. Los de-rechos humanos son innatos e inherentes a toda persona, cuando una ley losviola se le considera sin valor porque va contra la misma naturaleza humana. La interculturalidad: entendida como “diálogo entre culturas sobreconcepciones de dignidad” con el fin de construir un mayor compromisosocial y cultural con los derechos humanos, tomando en cuenta los criteriosy patrones culturales desarrollados por cada comunidad sin dejar de lado susdiferencias y particularidades. También apunta al logro progresivo de la acep-tación universal de las normas internacionales, y la adopción de mecanismosinternos para garantizar y cumplir con los derechos. 51
Programa de Formación Ciudadana La equidad de género: la inserción de la perspectiva de génerocomo elemento central de la vida pública y privada apunta a la transforma-ción de los marcos culturales, sociales, políticos y jurídicos, hacia un modelomás equitativo que destaque la igualdad de derechos que debe existir entregéneros. Este es un principio transversal orientado a reconocer la especifici-dad de la mujer como actor social, político y cultural fundamental desde supropia subjetividad y no sólo como realidad física diferente y diferenciadadel hombre. Las responsabilidades y obligaciones en transformación: elEstado tiene la obligación de garantizar el ejercicio de los derechos de laspersonas. Aun cuando no se encuentren en el ordenamiento jurídico, ge-neran obligaciones al Estado y responsabilidades a las personas con su res-peto y protección, se deben acoger de manera oportuna y adecuada todaslas medidas que estén al alcance para garantizarlos. La doctrina ortodoxa “estadocéntrica” establece que la responsa-bilidad por las violaciones a los derechos humanos recae sobre los Estados,como firmantes de los tratados; mientras que las obligaciones de las per-sonas privadas se desprenden del ordenamiento jurídico, pero no generanresponsabilidad en derechos humanos. No obstante, desde el mismo momento de fundación del derechointernacional de los derechos humanos se establecieron parámetros de res-ponsabilidad de los actores privados en relación con los derechos humanos.Existe la necesidad de impulsar mecanismos legales efectivos para asegurarla responsabilidad de todos los actores de poder públicos y privados, co-menzando por sistemas nacionales de responsabilidad. El individuo como sujeto de derecho internacional: con laaparición del derecho internacional de los derechos humanos, surgió unorden internacional que reconoce al individuo como sujeto de derecho,otorgándoles la facultad de denunciar a los Estados a los cuales pertenecenpor la violación de sus derechos. La transnacionalidad: establece compromisos de los Estados antesus ciudadanos y ante la comunidad internacional, al mismo tiempo quedesarrolla las normas para su comportamiento legítimo. En consecuencia,si los derechos son vulnerados, o si la gestión estatal no se ordena adecua-damente para obtener su satisfacción en los términos pactados, el Estadoinvolucrado incurre en responsabilidad por incumplimiento de obligaciones.De esta manera, viola no sólo los derechos de las víctimas, sino las normas52
Programa de Formación Ciudadanade derecho internacional que los consagran, y se expone a las sancionesderivadas del ordenamiento internacional. La comunidad internacional pue-de y debe intervenir cuando considere que un Estado está violando losderechos humanos de su pueblo, respetando el derecho a la Autodetermi-nación y soberanía de los Pueblos. Conquistas históricas: son el resultado de conquistas históricas,fundados sobre el aporte de diversas civilizaciones, culturas, corrientes filo-sóficas, religiones, vinculados con la realidad histórica, política y social. Sepuede decir que los derechos humanos representan aspiraciones y reivin-dicaciones por la dignidad, la libertad y la igualdad humana que han sidoconquistadas a lo largo de la historia como atributos reconocidos y exigiblesante las leyes y costumbres. Acumulativos, imprescriptibles e irreversibles: como el ser hu-mano es cambiante, sus necesidades también lo son. En este sentido, altranscurrir del tiempo se van conquistando nuevos derechos o extendiendolos existentes, convirtiéndose en parte del patrimonio universal de la digni-dad humana. Desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos suvigencia no caduca, en otras palabras no vence nunca, inclusive superadaslas situaciones que llevaron a reclamarlos. Como por ejemplo, en 1863 enVenezuela fue abolida la pena de muerte, desde ese momento el derechoa la vida está garantizado en la Constitución, por lo que bajo ningún hechopuede permitirse que la pena de muerte sea restituida. Carácter permanente: no pueden desaparecer o dejar de ser re-conocidos con el pasar del tiempo. Son dinámicos, pues están en un pro-ceso de constante evolución, son cambiantes, progresivos tanto en lo quecorresponde al contenido protegido como a la eficacia y procedimientopara su cumplimiento. Inviolabilidad: nadie tiene la autorización para violar, lesionar odestruir los derechos humanos de otra persona. El Estado, los gobiernosy las personas deben regirse por el respeto a los derechos humanos, lasleyes y las políticas proclamadas no pueden ser contrarias a éstos. Entre losprincipales elementos que definen la naturaleza de los derechos humanosse encuentra que su reconocimiento y ejercicio no admiten requisitos nisubordinación a ninguna decisión o autoridad. 53
Programa de Formación Ciudadana Declaración Universal de los Derechos Humanos Documento inspirado en las declaraciones de derechos del sigloXVIII, reconoce que todos los seres humanos somos iguales en derechos,que los derechos son inherentes a nuestra condición humana y que nospertenecen a todos y todas, sin limitaciones de fronteras. Se convirtió enel documento con mayor aceptación y reconocimiento en el mundo, dehecho los países adaptan sus legislaciones internas en materia de derechoshumanos siguiendo los contenidos de la misma. Esta declaración está conformada por 30 artículos, cuyo preámbuloexpresa lo siguiente: La presente Declaración tiene como ideal común que todos lospueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos comolas instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediantela enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, yaseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, sureconocimiento y aplicación universales y efectivos. Los derechos humanos consagrados en dicha declaración, son lossiguientes: • Derechos con igualdad. Se establece los principios de igualdady libertad de todas las personas, todos/as somos iguales en dignidad y de-rechos. (Art. 1) • Derechos sin diferencias. Todas las personas son iguales ante laley, sin distinción ni discriminación alguna de raza, sexo, idioma, religión ucualquier otra condición. (Art. 2) • Derecho a la vida y libertad personal. Todas las personas tie-nen derecho a vivir y gozar de libertad, salvo las excepciones que establezcala ley. (Art. 3) • Prohibición de la esclavitud. Toda persona tiene prohibido es-clavizar a otra en cualquiera de sus formas. (Art. 4) • Derecho a la integridad personal. Toda persona tiene derechoa la protección de su integridad, no puede ser sometido a torturas, penas omaltratos. Si hubiese cometido algún delito se le debe aplicar una sanciónen el marco de los límites de dignidad y respeto de la integridad tanto física,psíquica y moral de la persona. (Art. 5)54
Programa de Formación Ciudadana • Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica.Toda persona tiene el derecho, en todas partes, de que se le reconozca sucapacidad de disfrutar los derechos y de cumplir los deberes, sin distinciónalguna. (Art. 6) • Derecho de igualdad ante la Ley. Toda persona tiene derechoa estar protegido por la ley, sin distinción. (Art. 7) • Derecho a un recurso efectivo. Toda persona tiene derecho aque la Constitución, las leyes y demás instrumentos internacionales reco-nozcan sus derechos. Si algún derecho es violado, se puede acudir a tribu-nales para reclamar que se reconozca y hacerlo respetar. (Art. 8) • Derecho a la libertad personal. Ninguna persona puede serarbitrariamente detenida, presa o desterrada, salvo aquellos casos en el quela persona haya realizado un acto contrario a la ley, puede ser detenida oprivada de libertad, pero en ningún caso expulsada de un país. (Art. 9) • Derecho a contar con garantías judiciales y recurso efectivo.Toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con justicia por untribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechosy deberes, o para establecer culpabilidad o no por alguna infracción come-tida. (Art. 10) • Derecho a la libertad personal y garantías judiciales. Todapersona es inocente hasta que se demuestre lo contrario, en tal sentido,ante una acusación la persona tiene derecho a defenderse y solo puede sercondenado por un acto considerado delito. (Art. 11) • Derecho a la privacidad. Ninguna persona podrá atentar con-tra la reputación, vida privada, intimidad, confiabilidad e imagen de otrapersona ni de su familia, así como tampoco entrar a su hogar sin su con-sentimiento o permiso, al menos que exista una orden judicial o cuando seeste cometiendo un delito. (Art. 12) • Derecho a la libre circulación. Toda persona tiene derecho atransitar libremente y a elegir su residencia en el territorio de un país, igual-mente tiene derecho a salir de su país, de cualquier otro país y regresar alsuyo cuando quiera, salvo excepciones que establezca la ley. (Art. 13) • Derecho al asilo. Toda persona tiene derecho a solicitar protec-ción cuando se encuentre bajo una situación de amenaza, peligro o per-secución que pueda atentar contra ella o su familia. Los países no debenreconocer este derecho cuando la persona haya cometido delito. (Art.14) 55
Programa de Formación Ciudadana • Derecho a la nacionalidad. Toda persona tiene derecho a unanacionalidad, pues eso otorga identidad. Ninguna persona o autoridadpuede privar arbitrariamente de la nacionalidad ni del derecho a cambiarde nacionalidad a otra persona. (Art. 15) • Derecho a la protección de la familia, niño/a y matrimonio.Toda persona tiene derecho a casarse y a conformar una familia, al cumplirla edad contemplada en la ley, sin restricción alguna por raza, religión, onacionalidad. toda persona, mujer u hombre, tiene los mismos derechosal estar casados o divorciados. Ninguna persona puede obligar a otra acontraer matrimonio. Es obligación del Estado y de la sociedad proteger ygarantizar los derechos de la familia. (Art. 16) • Derecho a la propiedad. Toda persona tiene derecho a la pro-piedad individual y colectiva, puede utilizar y disponer los bienes adquiridoslegalmente. Ninguna persona puede privar arbitrariamente a otra de supropiedad. (Art. 17) • Derecho a la libertad de conciencia, opinión, religión y aso-ciación. Toda persona tiene el derecho a pensar de acuerdo a sus creenciasy valores, a actuar conforme a lo que dicte la conciencia y a escoger la reli-gión que deseamos ejercer. Igualmente tiene derecho a expresar y practicarlas creencias así como de cambiar de religión. (Art. 18) • Derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Todapersona tiene derecho a expresar libremente lo que piensa, siente y cree,de manera oral, escrita o artística; así como también divulgarlo sin límitede fronteras por cualquier medio, respetando los derechos de las demáspersonas. Igualmente toda persona tiene derecho a investigar, difundir, dary recibir informaciones/opiniones. (Art. 19) • Derecho a reunirse y asociarse. Toda persona tiene derechoa la libertad de reunión y asociación pacifica. Las personas no pueden serobligadas a pertenecer a ninguna asociación. (Art. 20) • Derechos políticos. Toda persona tiene derecho a participar enla vida política de su país, directa o indirectamente a través de representan-tes libremente escogidos. Así como también el derecho al acceso en igualcondiciones a las funciones públicas de su país, se establece la voluntad delpueblo en elecciones auténticas, con sufragio universal e igual, por votosecreto u otro procedimiento que garantice la libertad del voto. (Art. 21) • Derecho a la seguridad social. Toda persona tiene derecho56
Programa de Formación Ciudadanacomo miembro de una sociedad a una seguridad social, en donde la ma-ternidad, paternidad, el desempleo, la vejez y la discapacidad, entre otras,son circunstancias que el Estado debe proteger con la obligación de invertirel máximo de los recursos para satisfacer los derechos como el de la salud,educación, deportes, vivienda, trabajo, entre otras, garantizando la calidadde vida y el libre desarrollo de la personalidad del ser humano. (Art. 22) • Derecho al trabajo y derechos laborales. Toda persona tienederecho a gozar de un trabajo, a su libre elección, a condiciones equitativasy satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Así comorecibir un salario equitativo y satisfactorio que asegure, tanto a la personacomo a su familia, una existencia cónsona a la dignidad humana, sin discri-minación de raza, sexo, religión, entre otras. (Art. 23) • Derecho al descanso. Toda persona tiene derecho a gozar deun tiempo para descansar, del disfrute del tiempo libre, a una duraciónlimitada del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. (Art. 24) • Derecho a una adecuada calidad de vida. Toda persona tienederecho de disponer de las condiciones necesarias para satisfacer sus ne-cesidades básicas y las de su familia, como salud, vivienda, seguridad, edu-cación, entre otros. En este sentido, también tiene derecho a recibir ayudadel Estado cuando no se tenga trabajo o no se pueda trabajar por motivosde enfermedad, vejez o viudez, u otros casos. La mujer embarazada y sushijos tienen derecho a recibir ayuda especial del Estado y de protecciónsocial. (Art. 25) • Derecho a la educación. Toda persona tiene derecho a unaeducación, la cual debe ser de carácter gratuito y obligatorio en el nivelbásico. El Estado debe ser garante del ingreso a los centros universitarios,conforme a la formación de la persona y sin discriminación alguna. Igual-mente toda persona tiene derecho de aprender un oficio o a continuar susestudios si lo desea. La educación debe desarrollar la personalidad humanay fortalecer el respeto a los derechos humanos y el cumplimiento de los de-beres. Los/as padres/madres tienen el derecho de elegir el lugar de estudiode sus hijos/as. (Art. 26) • Derecho a la cultura. Toda persona tiene derecho a participar endiferentes actividades artísticas y científicas que se desarrollen en su comunidad,a estar beneficiadas por ellas y a propiciar su desarrollo. Asimismo toda personatiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le corres-pondan por sus producciones tanto literarias, científicas como artísticas. (Art. 27) 57
Programa de Formación Ciudadana • Derecho a un orden social internacional. Toda persona tienederecho a que se establezca un orden social internacional en donde losderechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de los Dere-chos Humanos se hagan plenamente efectivos. (Art. 28) • Deberes y derechos establecidos por la ley. Toda personatiene derechos que deben ser reconocidos y respetados sujeto a limitacio-nes establecidas por la ley; así como también tiene deberes respecto a lacomunidad ya que es en ella donde puede desarrollar libre y plenamente supersonalidad. (Art. 29) • Nadie puede atentar contra los derechos del/a otro/a. Nin-guna persona. institución o sociedad puede realizar actividades que pertur-ben, transgredan o violen los derechos humanos reconocidos en la Decla-ración Universal de los Derechos Humanos. (Art. 30) En pocas palabras, estos derechos pueden dividirse en dos grupos: • Derechos civiles y políticos: comprenden por ejemplo el dere-cho a la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona; el derecho a noser sometido a esclavitud, servidumbre ni torturas; la igualdad ante la ley;la protección frente a la detención, el encarcelamiento o el exilio arbitrario;el derecho a un proceso justo; el derecho a poseer bienes; el derecho a laparticipación política; el derecho a ejercer las libertades fundamentales depensamiento, conciencia y religión, opinión y expresión; el derecho a lalibertad de reunión y de asociación pacíficas; el derecho a participar en elgobierno del país, directamente o por medio de representantes librementeescogidos. • Derechos económicos, sociales y culturales: comprenden porejemplo el derecho al trabajo; el derecho a igual salario por trabajo igual;el derecho a fundar sindicatos y a sindicarse; el derecho a un nivel de vidadigno; el derecho a la educación y el derecho a tomar parte libremente enla vida cultural. Historia de los Derechos Humanos Se señalan como antecedentes del reconocimiento de los derechoshumanos los primeros acuerdos europeos que establecieron regulacionesde la autoridad, entre los que se mencionan la Carta Magna inglesa (1215),la Carta de Derechos Británica (1689) -que limitaban el poder del monarca,para repartirlo con la nobleza- y el Acta de Hábeas Corpus (1679), también58
Programa de Formación Ciudadanaacordado en Inglaterra, que obligó a las autoridades a dar cuenta de laspersonas privadas de libertad. Entre los siglos XVII y XVIII se consolidaron las diversas corrientesdel pensamiento liberal, que promueven los derechos naturales del hombrey el gobierno de las leyes, como resultado del acuerdo o contrato entre losciudadanos. A finales del siglo XVIII, las burguesías emergentes de Franciay las colonias británicas en América se alzaron contra el poder absoluto delos monarcas, dando lugar a las primeras declaraciones de los derechos delhombre: • La Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América del Norte (1776) afirma que “todos los hombres han sido creados iguales” y que son provistos por Dios “de ciertos derechos inalienables”. • La Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) establece en su primer artículo que los hombres “nacen y permanecen libres e iguales en derechos”. Estos acuerdos marcaron una ruptura radical con el orden previo,al poner fin a la soberanía del monarca sobre sus súbditos, y al establecerla igualdad de derechos considerados consustanciales a la naturalezadel hombre. Tanto Francia como EEUU se conforman en repúblicas, yacuerdan las primeras Constituciones modernas, que establecen el modelode democracia parlamentaria representativa, el gobierno de las leyes, laalternancia en el poder y la administración de justicia en base a principiosestablecidos legalmente en el parlamento. Se inició así una nueva era de lacivilización occidental, que tendrá profundas implicaciones para el mundoentero. A inicios del Siglo XX comienzan los procesos de colonizaciónde diversas regiones del mundo por parte de las potencias europeas, enlos cuales no se respetaban los derechos humanos de los pueblos y secomenzaron a observar luchas como la de Mahatma Gandhi en la Indiaque llevó a la firma del pacto Gandhi-Irwin en 1931, significando el primerreconocimiento por parte de los europeos de los derechos de los puebloscolonizados. Al mismo tiempo venían ocurriendo sucesos como las dosguerras mundiales y el holocausto alemán que llevaron a una pérdidade credibilidad en los derechos humanos, estableciendo la necesidad decambios en todo el mundo. 59
Programa de Formación Ciudadana Es por esto que nuevamente se comienza a hablar de DerechosHumanos luego de los tratados y acuerdos celebrados al finalizar las guerrasmundiales: en el caso de la primera, se trata del Tratado de Versalles,con el cual se busca garantizar el cumplimiento de los acuerdos para elmantenimiento de paz, resaltándose la ayuda a los refugiados, la solución yla reconstrucción de las naciones que participaron; y en el caso de la SegundaGuerra Mundial, se trata de la Conferencia de San Francisco, desarrolladacon la participación de 50 países aproximadamente, allí surgió la “Carta dela Naciones Unidas” y, por ende, se da la creación de la Organización de lasNaciones Unidas el 26 de junio de 1945, con el propósito de “…reafirmar lafe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y en el valor dela persona humana”. El resto de las finalidades contenidas en el preámbuloy en el artículo 1º de la Carta se encuentran citadas a continuación: Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas NOSOTROS LOS PUEBLOS DE LAS NACIONES UNIDAS RESUELTOS • a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerraque dos veces durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientosindecibles, • a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, enla dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos dehombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, • a crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justiciay el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentesdel derecho internacional, • a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro deun concepto más amplio de la libertad, Y CON TALES FINALIDADES • a practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos,a unir nuestras fuerzas para el mantenimiento de la paz y la seguridadinternacionales, • a asegurar, mediante la aceptación de principios y la adopción demétodos, que no se usará; la fuerza armada sino en servicio del interés común, y60
Programa de Formación Ciudadana • a emplear un mecanismo internacional para promover el progresoeconómico y social de todos los pueblos, HEMOS DECIDIDO UNIR NUESTROS ESFUERZOS PARA REALIZAR ESTOS DESIGNIOS Por lo tanto, nuestros respectivos Gobiernos, por medio derepresentantes reunidos en la ciudad de San Francisco que han exhibidosus plenos poderes, encontrados en buena y debida forma, han convenidoen la presente Carta de las Naciones Unidas, y por este acto establecen unaorganización internacional que se denominará las Naciones Unidas. Artículo 1. Los propósitos de las Naciones Unidas son:1 Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomarmedidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, ypara suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograrpor medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia ydel derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situacionesinternacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz;2 Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respetoal principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de lospueblos, y tomar otros medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;3 Realizar la cooperación internacional en la solución de problemasinternacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en eldesarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertadesfundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo,idioma o religión; y4 Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzarestos propósitos comunes. (San Francisco, Estados Unidos el 26 de junio de1945) El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las NacionesUnidas aprobó y proclamó la “Declaración Universal de los DerechosHumanos” y solicitó a todos los países que conforman la organización quepublicaran el contenido de la misma para ser “distribuido, expuesto, leídoy comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sindistinción fundada en la condición política de los países o de los territorios”. La Asamblea General de las Naciones Unidas proclama la DeclaraciónUniversal de Derechos Humanos como propósito colectivo por el que todas 61
Programa de Formación Ciudadanalas personas del mundo deben luchar, a fin de que se promuevan mediante laeducación, el respeto a los derechos y se garanticen, por medidas gradualesde manera nacional e internacional, su reconocimiento, cuidado y prácticaefectiva en el ámbito universal y, tanto entre los pueblos de las nacionesmiembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. Los Derechos Humanos en los pueblos de América Latina Al explicar la historia del reconocimiento de los derechos humanosen el hemisferio es necesario tener presente los siguientes relatos: • Las resistencias indígenas en todo el territorio contra lacolonización por la espada y la cruz, así como las resistencias y rebelionesde los afroamericanos. • Las primeras rebeliones libertarias contra el imperio españolprotagonizadas a finales del siglo XVIII por naciones indígenas andinas. • La historia de la primera revolución por la independencia, lideradapor un ejército de esclavos de Haití, que en 1804 derrota sucesivamenteal ejército francés y al español, llevando a que la nación caribeña fuera laprimera en liberarse del yugo colonial a nivel mundial. A partir de la segunda década del siglo XIX, se generalizaronlos procesos revolucionarios de independencia de imperios europeosinspirados en doctrinas y revoluciones liberales que dieron como resultadoel logro progresivo de la soberanía nacional de las nuevas repúblicaslatinoamericanas: • En todo el continente sudamericano la independencia vinoacompañada del fin de la esclavitud, incluyendo Brasil, que se independizóde Portugal ya entrada la segunda mitad del siglo. • Simón Bolívar y otros líderes preconizaron la unidad de las nacioneslatinoamericanas para construir un modelo de federación continentalbasado en la fraternidad de los pueblos, proyecto que contó con variosensayos fallidos a lo largo del siglo a través de luchas de emancipación yconquistas.62
Programa de Formación Ciudadana Procesos de organización y resistencia de los pueblos La historia de los pueblos de América Latina ha estado caracterizadapor procesos de resistencia por parte de grupos que buscaban lareivindicación de sus derechos e identidades culturales, como son losindígenas, afroamericanos, movimientos sociales y el cristianismo, procesosque hoy en día persisten. 1. La resistencia indígena: • Los pueblos y comunidades indígenas originarias resistieron ladominación extranjera en sus territorios, la mayoría de los que sobrevivieronhan mantenido al día de hoy su cohesión cultural, ancestralidad ytradicionalidad, gracias a formas de resistencia y adaptación que hicieronperdurar sus creencias y forma de organización propia. • En la era contemporánea, los pueblos indígenas protagonizaronvarias rebeliones significativas contra el orden neoliberal formalmentedemocrático, el alzamiento zapatista de 1994, las luchas de las mayoríasindígenas bolivianas y los pueblos indígenas ecuatorianos, dieron lugar a losrespectivos procesos constituyentes actuales. • Los pueblos y naciones indígenas de todo el continente han venidoprotagonizando un proceso de articulación de movimientos y organizacionesque trascienden las fronteras de las repúblicas, lo que permite elevar confuerza creciente sus demandas de derechos y autonomía como pueblos, deunidad e identidad étnica y de cambio del modelo de desarrollo. 63
Programa de Formación Ciudadana • En el caso de Venezuela, las luchas de los pueblos indígenas sehan mantenido a lo largo de la historia logrando grandes reivindicacionesdesde la década de los años 90`. Actualmente, según cifras el InstitutoNacional de Estadísticas, hacen vida en el país 42 pueblos indígenas de loscuales una buena parte logró organizarse de forma colectiva en el ConsejoNacional Indio de Venezuela (CONIVE), a través del cual han tenido unaamplia participación en la vida pública comenzando por participar en elproceso Constituyente de 1999 logrando alcanzar su reconocimiento en laConstitución de la República Bolivariana de Venezuela, específicamente enel Capítulo VIII: De los derechos de los pueblos indígenas, como parte delTitulo III: De los derechos humanos y garantías, y de los deberes. Este capítulo está conformado por los artículos que van del 119 al126, con los cuales se reconoce entre otras cosas “la existencia de los pueblosy comunidades indígenas su organización social, política y económica, susculturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat yderechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmenteocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas devida”. De igual manera, se garantiza el derecho a la propiedad colectiva desus tierras las cuales “serán inalienables, imprescriptibles, inembargables eintransferibles”; se les reconoce que tienen derecho a mantener y desarrollarsu identidad étnica y cultural, así como derecho a una salud integral queconsidere sus prácticas y culturas, derecho a mantener y promover suspropias prácticas económicas, y por último, derecho a la participaciónpolítica teniendo representación en la Asamblea Nacional y en los cuerposdeliberantes de las entidades federales y locales con población indígena. Además de su reconocimiento constitucional la lucha de los pueblosindígenas ha logrado otros avances significativos con la aprobación de lassiguientes leyes: la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras delos Pueblos Indígenas (2001), la Ley Orgánica para Pueblos y ComunidadesIndígenas LOPCI (2004), donde se especifican aspectos relacionados con elreconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas; su hábitat, tierrasy recursos naturales; sus derechos civiles, políticos y sociales; su educacióny cultura; así como la forma de economía de las comunidades indígenas;la Ley Orgánica de Idiomas Indígenas (2008) la cual ha sido traducida a13 lenguas originarias, y la Ley Orgánica contra la Discriminación Racial,en cualquiera de sus manifestaciones (2011) la cual tiene como objetivoestablecer mecanismos para prevenir, atender, eliminar, erradicar y sancionarla discriminación racial como hecho punible, establece sanciones específicaspara aquellas personas o empresas que incurran en discriminación racial,64
Programa de Formación Ciudadanacontra ciudadanos pertenecientes a pueblos indígenas, afro-descendienteso de algún grupo étnico en particular. 2. La resistencia afroamericana: • Los afroamericanos traficados al continente como esclavos sevieron sometidos por varios siglos a una dinámica brutal de explotación yprivación absoluta de libertad, desarrollaron múltiples formas de resistencia,comúnmente denominadas como “cimarronaje”, que incluyeron elestablecimiento de Cumbes, Palenques o Quilombos, donde los esclavosliberados vivían en comunidades libres, en muchos casos bajo relaciones deayuda mutua y cooperación al margen de la sociedad esclavista. • El Quilombo dos Palmares, en el nordeste de Brasil, se mantuvoen rebeldía durante casi cien años, y llegó a contar con escuelas, sistemasde defensa y de producción agrícola y pecuaria. En Venezuela, destacanel Cumbe liderado por el Negro Andresote en Yaracuy, el Ocoyta, enBarlovento, liderado por el negro Miguel, y el de Cata, en la costa de Aragua. A pesar de que en muchos casos presentan graves índices deexclusión y pobreza, la resistencia de los afroamericanos a lo largo delos siglos ha derivado en una impronta y un protagonismo decisivo en larealidad social, cultural y política de la mayoría de países americanos. 3. Los movimientos sociales: Desde el siglo XIX, los pueblos latinoamericanos se han organizadobajo múltiples maneras para la defensa de sus intereses, algunas de estasformas de organización han sido los sindicatos, movimientos obreros,campesinos, mineros, estudiantes, trabajadores y pueblos indígenasorganizados, jugando un papel relevante en la construcción de agendasde lucha y políticas de regímenes democráticos, convirtiéndose en actoresfundamentales de cambio. • Otros sectores como trabajadores de la prensa, intelectuales,madres de víctimas de la represión han activado organizaciones y frentesde defensa de demandas sectoriales, sociales, políticas y de otra índole antelos poderes establecidos y los poderes privados. Esta dinámica múltiplede participación da lugar a la historia de movimientos sociales de mayorintensidad y dinamismo que ha dado la era contemporánea. Entre esos movimientos sociales se destacan los referidos a losDerechos Humanos: 65
Programa de Formación Ciudadana • En las décadas de los 70’ y los 80’ existieron en América Latina re-gímenes dictatoriales en los cuales se suspendieron las garantías de los de-rechos humanos y se llevaron a cabo operaciones masivas de persecución,represión de protestas y movimientos populares. Esto generó la apariciónde organizaciones en todo el continente, que asumieron la defensa de losderechos humanos como bandera, apelando a los compromisos interna-cionales de los Estados para denunciar los atropellos, asesinatos, desapari-ciones y exigir justicia. Un ejemplo de ello lo constituyeron Las Madres dePlaza de Mayo en Argentina y la Federación de Familiares de Desaparecidos(Fedefam). • Tras la instauración de regímenes democráticos, muchos movi-mientos y organizaciones de derechos humanos han mantenido la vigenciade su trabajo, luchando por el derecho a la verdad y contra la impunidad,denunciando las agendas represivas de algunas autoridades democráticas,fortaleciendo las plataformas de denuncia de las desigualdades e incenti-vando la defensa y promoción de los derechos sociales por la construcciónde sociedades verdaderamente democráticas. 4. El cristianismo liberador: • Desde el comienzo de la invasión española y sus esfuerzos desometimiento cultural y religioso sobre los indígenas y africanos, surgieronvoces disidentes en el seno de la propia iglesia, que criticaron las barbariescometidas en nombre de la religión, enfrentaron y denunciaron la partici-pación de la jerarquía eclesiástica en defensa de sociedades basadas en elabuso de poder. • En el siglo pasado, se forjó una corriente disidente que dio pieal auge de la Teología de la Liberación, movimiento crítico de la iglesiapopular latinoamericana, que promueve la lectura crítica y liberadora de lavida de Jesús y aboga por el compromiso con los pobres y con los valoresde solidaridad. • Desde la década de los 70’, organizaciones vinculadas con laiglesia de base han promovido la defensa de los derechos humanos desectores desposeídos y explotados, y han denunciando las atrocidades delos regímenes dictatoriales y la exclusión y represión de las democraciasautoritarias. Algunas de las organizaciones pioneras de derechos humanosdel continente fueron fundadas por sectores católicos progresistas, comolos Servicios de Justicia y Paz a lo largo y ancho del continente, y las Vicaríasde derechos humanos en muchos casos.66
Programa de Formación Ciudadana Los Derechos Humanos en Venezuela Cuando arribaron los colonizadores a Venezuela, lo marcaron bajoun cambio violento, que asentó las prácticas, de manera despótica, delpoder con el uso indiscriminado de la fuerza. El proceso de la conquistaestuvo caracterizado por sucesos que visiblemente violaban la dignidad dela persona y se acentuaba contra uno de los principios esenciales de losderechos humanos: la igualdad o la no discriminación. Los indígenas, losnegros y los blancos criollos, aunque en poca cantidad, eran consideradoscomo inferiores, y por tanto, fueron centro de aterradores maltratos quecausaron numerosas muertes. Asimismo, se implantó la esclavitud y seobligó a aceptar la religión católica como la única verdadera. (Disponible en:http://prosalud.org.ve/public/documents/20100819091282244109.pdf). A lo largo de los años, las ideas independentistas fueron expresadaspara fortalecer la base de los principios para el logro de la conquista dederechos como la libertad, la autonomía y la igualdad. Esos primeroslevantamientos y corrientes organizadas se dieron a mediados de 1700, enla búsqueda no sólo de desaparecer la dominación colonial, sino tambiénde hacer más justa la distribución de las riquezas, y de esta manera frenarque los españoles continuaran reservando y saqueando los bienes de lanación. En 1821, Venezuela obtiene su independencia definitiva, despuésde tantos años de luchas y batallas. En la Carta de Declaración de Independencia de 1811, se agrupanvarias disposiciones notoriamente explícitas del reconocimiento de derechosy garantías, inherentes a la persona. Se tiene entonces en el artículo 151 deese texto constitucional que la felicidad común es el objeto de la sociedady para asegurar esa felicidad al ser humano han sido establecidos losgobiernos, con el deber de proteger “la mejora y perfección de sus facultadesfísicas y morales”, aumentar la “esfera de sus goces” y ofrecerle “el másjusto y honesto ejercicio de sus derechos”. Y en relación a esos derechoslos plantea en el artículo 152 como “la libertad, la igualdad, la propiedady la seguridad”. En este sentido, gran número de escritos y documentosrecogen el pensamiento del Libertador confirmando los derechos de laspersonas. En el Discurso pronunciado ante el Congreso de Angosturaen 1819, Bolívar expresa, ante los legisladores reunidos que “el principiofundamental de nuestro sistema depende inmediata y exclusivamente dela igualdad establecida y practicada en Venezuela”, que está sancionadopor la pluralidad de los sabios “que los hombres nacen todos con derechos 67
Programa de Formación Ciudadanaiguales a los bienes de la sociedad”. En esa misma ocasión Simón Bolívar,pide al Congreso “la garantía de la libertad civil, la más preciosa, la másjusta, la más necesaria; en una palabra, la única libertad, pues sin ella lasdemás son nulas”. Bolívar al presentar el Proyecto de Constitución de Bolivia, en1826, en la cual sugiere la elección de los jueces por el legislativo a consultadel pueblo, considerando que si el Poder Judicial no se desprende de eseorigen (popular) es imposible que conserve toda su pureza la salvaguardiade los derechos individuales, reitera que esos derechos son “la libertad, laigualdad, la seguridad, todas las garantías de orden social”. Más explícitoaún es su idea sobre derechos humanos, se visualiza cuando en la Cartadel 27 de agosto de 1820, dirigida al Comandante Don Francisco Doña,Bolívar enfatiza que el hombre “no tiene más patria que aquella en que seprotegen los derechos de los ciudadanos y se respeta el carácter sagrado dela humanidad”; “la nuestra -dice- es la madre de todos los hombres libresy justos sin distinción de origen y condición”. En el avance constitucional venezolano se pueden encontrar señalesindiscutibles que en Venezuela, mucho antes que los derechos humanosfuesen tema, como en la actualidad, de referencia obligatoria y de tratadolegislativo, se pueden ver indicadores de reconocimiento de los derechosfundamentales de las personas. Tal como sucedió en lo referente a losderechos a la vida y a la libertad, con el Decreto de Abolición de la Penade Muerte de José Tadeo Monagas en 1849, y cinco años más tarde, año1854, en el gobierno de su hermano José Gregorio Monagas, se proclamóla Ley de Abolición de la Esclavitud en todo el país. Igualmente se puede evidenciar en la Ley del 25 de mayo de 1850sobre “Disposiciones Generales del Código de Tribunales” que presenta unesbozo del instituto del habeas corpus, al introducir que “cuando cualquierfuncionario público estuviere formando actuación criminal contra cualquierpersona, o hubiese dictado decreto de prisión, el interesado y cualquiera asu nombre, pueden acudir a la Corte Superior respectiva por vía de amparoy protección, y ésta, mandando a suspender el procedimiento, pedirála actuación, y en su visita, si lo encuentra de justicia, podrá levantar laprovidencia opresiva” (Art. 10); disponiéndose en el Código Orgánico deTribunales del 25 de mayo de 1857, que de tales asuntos conocería ensegunda instancia la Corte Suprema de Justicia (Art. 2º, ordinal 12). Todas esas luchas no sólo permitieron alcanzar la independenciapolítica de España, sino que fueron acompañadas de otros logros en cuanto68
Programa de Formación Ciudadanaa los derechos humanos, como la abolición de la esclavitud en el año 1854y de la pena de muerte en el año 1863 y el establecimiento de la educacióngratuita y generalizada en todo el país, en el 1870. En 1902, el Código Orgánico de la Corte Federal, Corte deCasación y demás Tribunales Federales de la República, asignancompetencia a la Corte de Casación para “conocer por vía de amparo yprotección, de las providencias de detención que dicten los Presidentes delos Estados, el Gobernador del Distrito Federal y las Cortes Supremas deaquellas y del Distrito Federal”. Años más tarde, con la consolidación de la República, se fortalecenlas bases políticas que originaron la democracia representativa, y que nodejaban de un lado importantes luchas por derechos como la libertad, elrespeto a la disidencia y la pluralidad. En 1928, “la Generación del 28”, movimiento estudiantil que seopuso al sistema político gomecista sin invocar a la violencia, implantónuevas formas de lucha política y social como paros, huelgas, accionespacíficas de presión, entre otros. 69
Programa de Formación Ciudadana Es importante destacar las huelgas petroleras de los años 1925 y1936, en conquista de los derechos económicos, sociales y culturales, puesexigían mejoras reivindicativas y sociales. Uno de los logros de derechos políticos, es el reconocimiento delvoto para las mujeres, en 1947. El 23 de enero de 1958, marca una vez más nuestra historia, puesun levantamiento de carácter cívico-militar derroca al régimen de PérezJiménez. Luego de una etapa provisional con una Junta Militar de Gobierno,instaladas la Cámara del Senado y la de Diputados, en enero de 1959, seacuerda nombrar una Comisión con la “...misión de estudiar y redactarun nuevo proyecto de Constitución...” La cual amplia el desarrollo de losderechos sociales, y establece todo un sistema programático de ayudas delEstado hacia las personas. Asimismo, continúan los inicios imperantes para el derecho alsufragio universal, directo, secreto y obligatorio, sin discriminación poranalfabetismo. Se implanta el recurso de amparo como protección a losderechos individuales, consagra y regula el amparo de la libertad contradetenciones ilegales, hasta que se dictara la Ley General de Amparo. La Constitución de 1961 consagraba en el artículo 49, elamparo constitucional, que conforma uno de los referentes jurídicosmás importantes de que se dispone sobre la materia, establecía que “losTribunales ampararán a todo habitante de la República en el goce y ejerciciode los derechos y garantías que la Constitución establece, en conformidadcon la Ley”. Igualmente, señalaba que los derechos y garantías establecidosen los Capítulos son sólo a título enunciativo, y no debe entendersecomo negación de otros, que aunque no se expresen explícitamente enla Constitución son inherentes al ser humano (Art. 50). En tal sentido,enunciaba que la ausencia de una Ley que norme tales derechos no afectael ejercicio de los mismos. Posteriormente, en 1988, entró en vigencia la Ley Orgánica deAmparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales que solucionódefinitivamente el problema, en su artículo Nº 1, legitima a toda personaque viva en Venezuela, natural o jurídica, para solicitar ante los tribunalesese amparo al goce y ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales,aun de aquellos derechos fundamentales de la persona que no esténcontemplados abiertamente en la Constitución; con lo que se satisfacen losplanteados en los artículos 49 y 50 constitucionales antes aludidos.70
Programa de Formación Ciudadana Otras leyes nacionales desarrollaban un conjunto protector de losdiversos derechos y garantías, entre ellas: la Ley Orgánica del Trabajo,la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley Tutelar del Menor, entre otras. En el año 1999, se aprobó la Constitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, bajo un proceso constituyente con laparticipación protagónica de toda la población, la cual contiene numerosase importantes disposiciones en el tema de la protección de los derechoshumanos tanto civiles y políticos como económicos, sociales y culturales,convirtiéndose en pionera y una de las más avanzadas de la región. ElTítulo III de la Constitución “De los derechos humanos y garantías, y de losdeberes” está integrado por 10 capítulos que en su totalidad abarcan desdeel artículo 19 hasta el 135, es decir un total de 116 artículos dedicadosa exponer los derechos civiles, políticos, sociales, económicos, culturalesy educativos, ambientales y de los pueblos indígenas, que poseen losvenezolanos. En relación a los derechos de niños, niñas y adolescentes, en 1998se aprobó la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente(LOPNNA), construida con la participación de diferentes organismos nogubernamentales y académicos, y de los propios niños y niñas, acogiendode esta manera el espíritu de la Convención Internacional de Derechosdel Niño, estableciendo así la vigencia de los derechos de la infancia yadolescencia en nuestro país. Entró en vigencia en el año 2000, y se le hanrealizado enmiendas en años posteriores siendo la última en el año 2007. Continuamente se han venido aprobando leyes que vienen afortalecer el reconocimiento y protección de los diferentes derechos delos venezolanos, como por ejemplo, en el año 2005 se aprobó la LeyOrgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas, que regula y garantizalos derechos de los indígenas; también en el 2005 se promulga la Ley deServicios Sociales, la cual plantea la protección de los derechos del adultomayor y otras categorías de personas en situación de vulnerabilidad, en el2006 se aprueba la Ley para las Personas con Discapacidad, la cualgarantiza la protección y reconocimiento de los derechos que tienen laspersonas con discapacidad. En el año 2007, se aprobó, la Ley Orgánicasobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en lacual se garantizan todos los derechos de la mujer a desarrollarse plenamentey a no ser víctima durante su vida de ningún tipo de violencia; igualmenteen ese mismo año se aprueba la Ley para Protección de las Familias,la Maternidad y la Paternidad que tiene como finalidad establecer losmecanismos de desarrollo de políticas para la protección integral de las 71
Programa de Formación Ciudadanafamilias, asegurándole a todos sus integrantes el logro del pleno desarrolloy de una vida digna. Marco jurídico de los Derechos Humanos en Venezuela Los derechos humanos están reconocidos y garantizados en: laConstitución de la República Bolivariana de Venezuela, Leyes Orgánicas,Leyes Ordinarias, Leyes Especiales, Decretos, entre otros y ConveniosInternacionales de derechos humanos (Pacto de Derechos Civiles y Políticos;Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Convención delos Derechos del Niño; Convención Americana de Derechos Humanos;Convención Americana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violenciacontra la Mujer, entre otras). A continuación de manera específica se señalan algunas:• Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007).• Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia(2007).• Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad (2007).• Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005).• Ley para las Personas con Discapacidad (2007).• Ley de Servicios Sociales (2005).• Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencias paraTerrenos y Viviendas (2011).• Carta de las Naciones Unidas (1945).• Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).• Declaración y Programa de Acción de Viena (1993).• Declaración de entendimiento común de las Naciones Unidas sobre unenfoque de la programación para el desarrollo basado en los derechoshumanos (2004).• Declaración del Milenio (2000).72
Programa de Formación Ciudadana• Otras Declaraciones, Tratados y Convenios sobre Derechos Humanos. Disposiciones generales de la CRBV sobre Derechos Humanos• El Estado garantizará a toda persona el goce y ejercicio de los DerechosHumanos (Art. 19).• Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad(Art. 20).• Todas las personas son iguales ante la ley (Art. 21).• La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejerciciode los mismos (Art. 22).• Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, sucritosy ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional (Art. 23).• Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuandoimponga menor pena (Art. 24).• Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabelos derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo (Art. 25).• Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administraciónde justicia para hacer valer sus derechos e intereses incluso los colectivos odifusos (Art. 26).• Toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el gocey ejercicio de los derechos y garantías constitucionales (Art. 27).• Toda persona tiene derecho de acceder a la información y a los datos quesobre sí misma o sobre sus bienes, consten en registros oficiales o privados(Art. 28).• El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitoscontra los Derechos Humanos cometidos por sus autoridades (Art. 29).• El Estado tendrá la obligación de indemnizar integralmente a las víctimasde violaciones de los Derechos Humanos (Art. 30).• Toda persona tiene derecho a dirigir peticiones o quejas ante los órganosinternacionales (Art. 31). 73
Programa de Formación Ciudadana(Tomado de Tríptico informativo “Derechos Humanos en la Constitución dela Republica Bolivariana de Venezuela”. Defensoría del Pueblo 2011).4.6 La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.Derechos y deberes ciudadanos (conceptos y aportes) La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV),es la norma fundamental, soberana y suprema que constituye el soportede todo el ordenamiento jurídico del país. Fue aprobada por el puebloel 15 de diciembre de 1999 mediante un Referendo Constituyente. Estáconformada por 9 títulos y 350 artículos. En el año 2009 medianteReferendo Constitucional se realizó una enmienda a los artículos 160, 162,174, 192 y 230. Asimismo, es importante destacar que en el texto del Preámbulo dela Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se encuentran losvalores fundamentales que sirven de base para la práctica ciudadana. PREÁMBULO El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana: con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacifica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación74
Programa de Formación Ciudadana de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad. Dado que cada participante tendrá en sus manos el textoconstitucional, para su revisión y estudio, aquí sólo se incluyen algunosartículos a destacar por los mediadores, que son de importancia y análisispara el Programa de Formación Ciudadana. Título I Principios Fundamentales Artículo 1. La República Bolivariana de Venezuela es irrevocable-mente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus va-lores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional en la doctrina deSimón Bolívar, el Libertador. Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia,la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y laautodeterminación nacional. Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático ysocial de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores desu ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, laigualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general,la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político. Título V De la Organización del Poder Público Nacional En relación con la organización de Poder Público Nacional esimportante destacar que esta Constitución, rompe con la clásica divisióntripartita de los poderes públicos, porque además de contemplar los poderestradicionales: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, crea dos nuevos poderes, elPoder Ciudadano y el Poder Electoral. Como se ha señalado antes, el Poder Ciudadano se inspira enparte, en el Poder Moral propuesto por el Libertador en su proyecto deConstitución de 1819. El órgano de expresión de este Poder es el ConsejoMoral Republicano. 75
Programa de Formación Ciudadana En cuanto al Poder Electoral, en la Exposición de Motivos de la Cons-titución, se señala, que éste está inspirado en el proyecto de Constituciónque el Libertador redactó en 1826, y que no tuvo repercusión en ningunade las anteriores constituciones venezolanas, que salvo la actual siguieronel modelo clásico de la distribución de poderes y funciones. La inclusión de un Poder Electoral es expresión de un salto cualitativode la democracia representativa a la democracia participativa y protagónica.El órgano en el cual radica este Poder es el Consejo Nacional Electoral. Título III De los Derechos Humanos y Garantías y de los Deberes Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 19. El Estado garantizará a toda persona, conforme alprincipio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicioirrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Surespeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, deconformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos huma-nos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen. Artículo 20. Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimientode su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho delas demás y del orden público y social. Artículo 21. Todas las personas son iguales ante la ley; en conse-cuencia: 1. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo,el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objetoo por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicioen condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona. 2. La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas paraque la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivasa favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados ovulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por algunade las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de76
Programa de Formación Ciudadanadebilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellasse cometan. 3. Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana, salvo lasfórmulas diplomáticas. 4. No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias. Artículo 22. La enunciación de los derechos y garantías contenidosen esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechoshumanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inhe-rentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley regla-mentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos. Artículo 23. Los tratados, pactos y convenciones relativos a dere-chos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía cons-titucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengannormas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en estaConstitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata ydirecta por los tribunales y demás órganos del Poder Público. Artículo 24. Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroac-tivo, excepto cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento seaplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia, aun en los pro-cesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas yaevacuadas se estimarán en cuanto beneficien al reo o a la rea, conforme ala ley vigente para la fecha en que se promovieron. Cuando haya dudas se aplicará la norma que beneficie al reo o a la rea. Artículo 25. Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público queviole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la leyes nulo; y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordeneno ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, segúnlos casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores. Artículo 26. Toda persona tiene derecho de acceso a los órganosde administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, in-cluso los colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtenercon prontitud la decisión correspondiente. El Estado garantizará una jus-ticia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, inde-pendiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sinformalismos o reposiciones inútiles. 77
Programa de Formación Ciudadana Artículo 27. Toda persona tiene derecho a ser amparada por lostribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales,aun de aquellos inherentes a la persona que no figuren expresamente enesta Constitución o en los instrumentos internacionales sobre derechoshumanos. El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral,público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad; y la autoridad judicialcompetente tendrá potestad para restablecer inmediatamente la situaciónjurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella. Todo tiemposerá hábil y el tribunal lo tramitará con preferencia a cualquier otro asunto. La acción de amparo a la libertad o seguridad podrá ser interpuestapor cualquier persona; y el detenido o detenida será puesto o puesta bajola custodia del tribunal de manera inmediata, sin dilación alguna. El ejercicio de este derecho no puede ser afectado, en modo alguno,por la declaración del estado de excepción o de la restricción de garantíasconstitucionales. Artículo 28. Toda persona tiene el derecho de acceder a la infor-mación y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten enregistros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, asícomo de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y desolicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o ladestrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente susderechos. Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturalezaque contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comu-nidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes deinformación periodística y de otras profesiones que determine la ley. Artículo 29. El Estado estará obligado a investigar y sancionarlegalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por susautoridades. Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, viola-ciones graves de los derechos humanos y los crímenes de guerra son im-prescriptibles. Las violaciones de derechos humanos y los delitos de lesahumanidad serán investigados y juzgados por los tribunales ordinarios. Di-chos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar suimpunidad, incluidos el indulto y la amnistía. Artículo 30. El Estado tendrá la obligación de indemnizar78
Programa de Formación Ciudadanaintegralmente a las víctimas de violaciones de los derechos humanos quele sean imputables, o a su derecho habiente, incluido el pago de daños yperjuicios. El Estado adoptará las medidas legislativas y de otra naturaleza parahacer efectivas las indemnizaciones establecidas en este artículo. El Estado protegerá a las víctimas de delitos comunes y procuraráque los culpables reparen los daños causados. Artículo 31. Toda persona tiene derecho, en los términos esta-blecidos por los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanosratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas ante los órganosinternacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparoa sus derechos humanos. El Estado adoptará, conforme a procedimientos establecidos enesta Constitución y en la ley, las medidas que sean necesarias para darcumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionalesprevistos en este artículo. Capítulo II De la Nacionalidad y de la Ciudadanía Sección Primera: de la NacionalidadArtículo 32. Son venezolanos y venezolanas por nacimiento: 1. Toda persona nacida en el territorio de la República. 2. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padrevenezolano por nacimiento y madre venezolana por nacimiento. 3. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padrevenezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento siempreque establezca su residencia en el territorio de la República o declare suvoluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana. 4. Toda persona nacida en territorio extranjero, de padre venezolanopor naturalización o madre venezolana por naturalización, siempre queantes de cumplir dieciocho años de edad establezca su residencia en elterritorio de la República y antes de cumplir los veinticinco años de edaddeclare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana. 79
Programa de Formación Ciudadana Artículo 33. Son venezolanos y venezolanas por naturalización: 1. Los extranjeros o extranjeras que obtengan carta de naturaleza, atal fin deberán tener domicilio en Venezuela con residencia ininterrumpidade por lo menos diez años inmediatamente anteriores a la fecha de larespectiva solicitud. 2. Los extranjeros o extranjeras que contraigan matrimonio convenezolanas o venezolanos desde que declaren su voluntad de serlo,transcurrido por lo menos cinco años a partir de la fecha del matrimonio. 3. Los extranjeros o extranjeras menores de edad para la fechade la naturalización del padre o de la madre que ejerza sobre ellos lapatria potestad, siempre que declaren su voluntad de ser venezolanos ovenezolanas antes de cumplir los veintiún años de edad y hayan residido enVenezuela, interrumpidamente, durante los cinco años anteriores a dichadeclaración. Artículo 34. La Nacionalidad venezolana no se pierde al optar oadquirir otra nacionalidad.• Los venezolanos por nacimiento no podrán ser privados de sunacionalidad… Art. 35• Se puede renunciar y recuperar la nacionalidad venezolana… Art. 36• Tratados internacionales sobre nacionalidad… Art. 37• Legislación sobre nacionalidad… Art.38 Sección Segunda: de la Ciudadanía• Ejercicio de la ciudadanía… Art. 39• Los derechos políticos son privativos de los venezolanos… Art. 40• Ejercicio de altos cargos públicos… Art. 41• Pérdida de la ciudadanía… Art. 4280
Programa de Formación Ciudadana Capítulo III De los Derechos Civiles• El Derecho a la vida… Art. 43• Derecho a la inviolabilidad de la libertad personal…. Art. 44• Prohibición de la desaparición forzosa de personas… Art.45• Derecho a la integridad física, psíquica y moral… Art. 46• Derecho a la inviolabilidad del hogar… Art. 47• Inviolabilidad de las comunicaciones privadas… Art. 48• Derecho al debido proceso… Art. 49• Derecho al libre tránsito… Art. 50• Derecho de petición y a la oportuna respuesta… Art. 51• Derecho de asociación… Art. 52• Derecho de reunión … Art. 53• Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud… Art. 54• Derecho a la protección del Estado… Art. 55• Derecho a nombre propio… Art. 56• Derecho a la libre expresión de pensamiento… Art. 57• Derecho a la información… Art. 58• Derecho a la libertad religiosa… Art. 59• Derecho a la protección del honor y la intimidad… Art. 60• Derecho de libertad de conciencia… Art. 61 Capítulo IV De los Derechos Políticos y del Referendo Popular Sección Primera: de los Derechos Políticos• Derecho a la participación en los asuntos públicos… Art. 62• Derecho al sufragio… Art. 63 81
Programa de Formación Ciudadana• Derecho a elegir… Art. 64• Rechazar la elección popular de funcionarios condenados previamente…Art. 65• Rendición de cuentas públicas… Art. 66• Derecho de asociación con fines políticos… Art. 67• Derecho de manifestar en forma pacífica… Art. 68• Derecho de asilo y refugio político… Art. 69• Participación política del pueblo… Art. 70 Sección Segunda: del Referendo Popular• Derecho a referendo consultivo… Art. 71• Revocación de funcionarios electos… Art. 72• Revocación de tratados internacionales… Art. 73• Revocación de leyes y decretos… Art. 74 Capítulo V De los Derechos Sociales y de las Familias• Derecho de protección a las familias… Art. 75• Derecho de protección a la maternidad y a la paternidad… Art. 76• Derecho de protección al matrimonio… Art. 77• Derecho de protección a los niños, niñas y adolescentes… Art. 78• Derecho de protección a los jóvenes… Art. 79• Protección a los ancianos y las ancianas… Art. 80• Protección a las personas con discapacidad y con necesidades especiales…Art. 81• Derecho a la vivienda… Art. 82• Derecho a la salud y su protección… Art. 83 al 8582
Programa de Formación Ciudadana• Derecho a la seguridad social… Art. 86• Derecho al trabajo. Obligaciones del Estado y del patrono… Art. 87• Igualdad y equidad de hombres y mujeres en el trabajo, y reconocimientodel trabajo en el hogar… Art. 88• Proyección oficial al trabajo… Art. 89• Jornada máxima de trabajo… Art. 90• Derecho a un salario justo… Art. 91• Derecho a las prestaciones sociales, antigüedad, cesantía e interés demora… Art. 92• Estabilidad en el trabajo y limitaciones al despido… Art. 93• Responsabilidad de los patronos e intermediarios… Art. 94• Derecho de organización en sindicatos… Art. 95• Derecho a contrato colectivo… Art. 96• Derecho a huelga… Art. 97 Capítulo VI De los Derechos Culturales y Educativos• Derecho a la libertad de creación cultural y a la propiedad intelectual…Art. 98• Derecho a los valores de la cultura y la protección del patrimonio cultural...Art. 99• Derecho a la protección de la cultura popular… Art. 100• Derecho a la información cultural… Art. 101• Derecho a la educación… Art. 102• Derecho al deporte y la recreación… Art. 111 83
Programa de Formación Ciudadana Capítulo VII De los Derechos Económicos• Derecho a dedicarse libremente a la actividad económica de supreferencia... Art. 112• No a los monopolios… Art.113• Penalización de delitos económicos… Art. 114• Derecho a la propiedad… Art. 115• Confiscación de bienes según la ley a los corruptos… Art. 116• Derecho a la defensa del consumidor… Art. 117• Derecho a asociación cooperativa… Art. 118 Capítulo VIII De los Derechos de los Pueblos Indígenas• Reconocimiento de las comunidades indígenas… Art. 119• Derecho a mantener su identidad étnica y su cultura… Art. 121• Derecho a una salud integral que considere sus prácticas y cultura… Art. 122• Derecho a mantener y promover sus propias practicas económicas… Art. 123• Derecho a la propiedad intelectual… Art. 124• Derecho a la participación política… Art. 125 Capítulo IX De los Derechos Ambientales• Derecho individual y colectivo a disfrutar de un ambiente seguro sano yequilibrado ecológicamente… Art. 127• Derecho a una política de ordenación del territorio de acuerdo con laspremisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta yparticipación ciudadana… Art. 128• Derecho a la protección del medio ambiente y a la prevención deactividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas… Art. 12984
Programa de Formación Ciudadana Capítulo X De los Deberes Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber dehonrar y defender a la patria, sus símbolos y valores culturales; resguardar yproteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeter-minación y los intereses de la Nación. Cabe citar algunos ejemplos:• Identidad nacional: identificación con el país, con una región y con sucomunidad.• Sentido de pertenencia: orgullo de ser venezolano y arraigo con la nación.• Conocer la historia de nuestro país: estudiar su historia, sus luchas, losideales de las mujeres y de los hombres que lucharon y trabajaron por él.Ejemplo: Ana María Campos, Luisa Cáceres de Arismendi, Josefa Camejo,Simón Bolívar, Antonio José de Sucre, José Antonio Páez, Fermín Toro, Ce-cilio Acosta, Simón Rodríguez, entre otros.• Elevarnos en su defensa: a través del diálogo, relaciones positivas,diplomacia, acuerdos cooperativos, beneficios económicos, educativos yculturales. Artículo 131. Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar estaConstitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funcionesdicten los órganos del Poder Público.Por ejemplo, el conductor que se pase un semáforo en rojo infringe ademásde la Ley de Tránsito Terrestre, lo dispuesto en el presente artículo de laConstitución. Artículo 132. Toda persona tiene el deber de cumplir susresponsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civily comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanoscomo fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.• Respetar la vida propia y la de los demás.• Respetar la integridad física de los demás.• Participar en los procesos electorales.• Participar en los programas de prevención y seguridad ciudadana:consumo de drogas, cuido del medio ambiente, reciclaje, entre otros. 85
Programa de Formación Ciudadana• Participar en voluntariado para casos de desastres naturales.• Participar en la formulación de propuestas de inversión, ante lasautoridades encargadas de elaborar los planes.• Participar en los procesos económico-sociales, a través de cooperativas,cajas de ahorro, mutuales, creación de empresas comunales de servicios,entre otros.• Deber de educarse.• Deber de trabajar.• Los padres tienen el deber de criar, formar, educar, mantener y asistir alos hijos.• Por su parte los hijos tienen el deber de asistir a sus padres cuando éstosno puedan hacerlo por sí mismos.• Deber de cuidar su salud y contribuir al bienestar de la salud pública. Artículo 133. Toda persona tiene el deber de coadyuvar a losgastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones queestablezca la ley. Algunos ejemplos:• Deber de pagar el Impuesto sobre la Renta (ISLR), por sucesiones,donaciones, por hidrocarburos y minas, por importación y exportación debienes y servicios.• Impuestos por consumo de licores y cigarrillos.• Pagar los Impuestos Municipales.• Pagar las tasas portuarias, aéreas y terrestres.• Impuesto al Valor Agregado (IVA). Artículo 134. Toda persona, de conformidad con la ley, tiene eldeber de prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa,preservación y desarrollo del país, o para hacer frente a situaciones decalamidad pública. Nadie puede ser sometido a reclutamiento forzoso.Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electoralesque se les asignen de conformidad con la ley.• Deber de prestar servicio militar.• Deber de prestar servicio civil en situaciones de calamidad pública.86
Programa de Formación Ciudadana Artículo 135. Las obligaciones que correspondan al Estado,conforme a esta Constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines delbienestar social general, no excluyen las que, en virtud de la solidaridady responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los o alas particulares según su capacidad. La ley proveerá lo conducente paraimponer el cumplimiento de estas obligaciones en los casos en que fuerenecesario. Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deberde prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condicionesque determine la ley.• Prestar servicio a la comunidad durante el tiempo de estudio de formaciónprofesional.• Participar en la solución de problemas de las comunidades, a través deproyectos de investigación.• Deber de ser solidario y de prestar asistencia humanitaria, según sucapacidad.Igualmente es importante tener presente el deber de respetar el ambiente:• Proteger y conservar el ambiente libre de contaminación.• Ayudar a proteger la capa de ozono.• No botar basura en las vías.• No quemar o talar los bosques.• No contaminar los ríos y playas.• Proteger y preservar la fauna y la flora. Derechos: Facultad de hacer o exigir todo lo que legalmente estáestablecido a favor del ciudadano. Deberes: Aquello a que está obligado el ciudadano por mandatoConstitucional, por las leyes y algún precepto natural, humano o religioso. Los derechos generan deberes u obligaciones, y en el cumplimientode éstas o en el disfrute de los derechos siempre están presentes valores,que se hacen realidad a través de actitudes y comportamientos cotidianos. 87
Programa de Formación Ciudadana 4.7 Ley Orgánica del Poder Ciudadano La Ley Orgánica del Poder Ciudadano es el instrumento legal queregula la organización y funcionamiento del Poder Ciudadano, fue sancio-nada por la Asamblea Nacional el 27 de septiembre de 2001 y publicadaen Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.310 el 25de octubre de 2001. Se incluyen los artículos más importantes a ser destacados por losmediadores, para el conocimiento y análisis: Título I Disposiciones Generales Artículo 1. El Poder Ciudadano forma parte del Poder Público Na-cional y se ejerce por el Consejo Moral Republicano, el cual es su órganode expresión, integrado por el Defensor o Defensora del Pueblo, el Fiscal ola Fiscal General de la República y el Contralor o Contralora General de laRepública. Artículo 2. Son órganos del Poder Ciudadano la Defensoría delPueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República; unoo una de sus titulares será designado o designada por el Consejo MoralRepublicano como su Presidente o Presidenta por periodo de un (1) año,pudiendo ser reelecto o reelecta. Artículo 5. Los actos, disposiciones y resoluciones que dicteel Consejo Moral Republicano estarán dirigidos tanto a los funcionariospúblicos como a los particulares, con excepción de aquellos actos quetengan contenidos sancionatorios. Título II De la Organización y Funcionamiento Capítulo I Del Consejo Moral Republicano Artículo 10. El Consejo Moral Republicano tiene las siguientescompetencias entre otras: 1) Prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la88
Programa de Formación Ciudadanaética pública y la moral administrativa. 2) Velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimoniopúblico. 3) Velar por el cumplimiento de los principios constitucionales deldebido proceso y de la legalidad, en toda la actividad administrativa delEstado. En tal sentido, el artículo 49 de la CRBV establece como principiosdel debido proceso: 1 La defensa y asistencia jurídica, son derechos inviolables en todoestado y grado de la investigación y del proceso… 2 Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe locontrario. 3 Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las debidas garantías... 4 Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturalesen las jurisdicciones ordinarias o especiales, con las garantías establecidasen esta Constitución y en la ley… 5 Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable odeclarar contra sí misma, su cónyuge, concubino o pariente dentro delcuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad… 6 Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones queno fueron previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes. 7 Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismoshechos en virtud de los cuales ha sido juzgada anteriormente. 8 Toda persona podrá solicitar del Estado el restablecimiento oreparación de la situación jurídica lesionada por error judicial, retardo uomisión injustificados… 9 Promover la educación como proceso creador de la ciudadanía,así como las actividades pedagógicas dirigidas al conocimiento y estudiode la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al amor a lapatria, a las virtudes cívicas y democráticas, a los valores trascendentales dela República, y a la observancia y respeto de los derechos humanos. 10 Promover la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsa-bilidad social y el trabajo. 89
Programa de Formación Ciudadana 11 Presentar ante la Asamblea Nacional los proyectos de leyesrelativos a los órganos que lo integran. 12 Participar y hacer uso del derecho de palabra ante la AsambleaNacional en la discusión de las leyes que le sean afines o que sean de sucompetencia. 13 Efectuar la segunda preselección de los candidatos o candidatasa magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, la cual serápresentada a la Asamblea Nacional. 14 Postular ante la Asamblea Nacional a un miembro principal delConsejo Nacional electoral y a sus dos suplentes. 15 Calificar las faltas graves que hubieren cometido los magistradoso las magistradas del Tribunal Supremo de Justicia. 16 Intentar por órgano del Ministerio Público las acciones a que hayalugar, para hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios públicoso funcionarias públicas que hayan sido objeto, en ejecución del controlparlamentario, de declaración de responsabilidad política por la AsambleaNacional. 17 Solicitar de los funcionarios públicos o funcionarias públicasla colaboración que requiera para el desempeño de sus funciones, loscuales estarán obligados a prestarla con carácter preferente y urgente,y a suministrar los documentos e informaciones que le sean requeridos,incluidos aquellos que hayan sido clasificados como confidenciales osecretos de acuerdo a la Ley. 18 Formular a las autoridades y funcionarios o funcionarias de laAdministración Pública las advertencias sobre las faltas en el cumplimientode sus obligaciones. 19 Imponer a las autoridades y funcionarios o funcionarias de laAdministración Pública las sanciones establecidas en la Ley. 20 Remitir a los órganos competentes del Estado las denuncias,solicitudes y actuaciones cuyo conocimiento les corresponda, sin perjuiciode la actuación que pudiera tener el Consejo Moral Republicano. 21 Convocar un Comité de Evaluación de Postulaciones del PoderCiudadano, de acuerdo con lo previsto en la Constitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela y en el Capítulo II del Título II de esta Ley.90
Programa de Formación Ciudadana 22 Elegir a su Presidente o Presidenta dentro de los diez (10) díassiguientes a la instalación del Consejo. Para los siguientes períodos, dichaelección se realizará al finalizar cada año de gestión. 23 Designar al Secretario Ejecutivo o Secretaria Ejecutiva, demásfuncionarios o funcionarias y empleados o empleadas de la Secretaría delConsejo Moral Republicano, así como a los asesores y asesoras ad honoremque requiera para el mejor desempeño de sus funciones. 24 Dictar las decisiones con ocasión de los procedimientossancionatorios previstos en esta Ley. 25 Dictar el ordenamiento jurídico interno del Consejo Moral Republicanoque sea necesario para el cumplimiento de sus funciones. 26 Aprobar los planes y programas de prevención y promoción educativaelaborados por la Secretaría Permanente del Consejo Moral Republicano. Artículo 20. El Consejo Moral Republicano tendrá su sede en la Capitalde la República y jurisdicción en todo el territorio nacional. Artículo 22. Los integrantes del Consejo Moral Republicano seránremovidos o removidas de sus cargos por la Asamblea Nacional, previopronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que declare quehay mérito para su enjuiciamiento… Capítulo II Del Comité de Evaluación de Postulaciones Artículo 23. El Comité de Evaluación de Postulaciones se integrarácon representantes de diversos sectores de la sociedad, quienes deberánser venezolanos por nacimiento y en pleno goce y ejercicio de sus derechosciviles y políticos, en un número no mayor de veinticinco (25) integrantes,y cuyos requisitos serán establecidos en el Ordenamiento Jurídico Internodel Consejo Moral Republicano, que lo convocará sesenta días antes delvencimiento del período para el cual fueron designados los titulares delos órganos del Poder Ciudadano, a efectos de seleccionarlos medianteproceso público, de conformidad con lo establecido en el Artículo 279 dela Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En caso de no haber sido convocado el Comité de Evaluación dePostulaciones del Poder Ciudadano en el lapso indicado, la AsambleaNacional procederá a la designación de los titulares de los órganos delPoder Ciudadano en un tiempo no mayor de treinta (30) días continuos. 91
Programa de Formación Ciudadana Título III Del Procedimiento Capítulo I De los principios Generales Artículo 28. Los procedimientos que se cumplan en el ejerciciode las competencias del Consejo Moral Republicano se regirán por losprincipios de gratuidad, accesibilidad, celeridad, informalidad, impulso deoficio, oralidad, discrecionalidad, eficacia y flexibilidad. No se requerirá laasistencia del abogado y, en todos los casos, se respetará la garantía deldebido proceso. Capítulo II Del procedimiento por falta de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia Artículo 32. Los ciudadanos o ciudadanas o los representantesde los Poderes Públicos podrán solicitar al Consejo Moral Republicanola calificación de la falta en que presuntamente se encuentre incurso elmagistrado o magistrado del Tribunal Supremo de Justicia. Capítulo III De las actuaciones del Consejo Moral Republicano Artículo 35. Para el cumplimiento de su labor preventiva el ConsejoMoral Republicano desarrollará y promocionará actividades pedagógicasdirigidas al conocimiento y estudio de la Constitución, al amor de lapatria, a las virtudes trascendentales del Estado venezolano, como Estadodemocrático y social de derecho y de justicia, de acuerdo al principio decolaboración de poderes… Artículo 37. El Consejo Moral Republicano es responsable por lassanciones y recomendaciones emitidas en el ejercicio de sus funciones. Título IV De las Sanciones Artículo 45. Se entenderá que atentan contra la ética pública yla moral administrativa, los funcionarios públicos o funcionarias públicas,que cometan hechos contrarios a los principios de honestidad, equidad,decoro, lealtad, vocación de servicio, disciplina, eficacia, responsabilidad,puntualidad y transparencia.92
Programa de Formación Ciudadana Título V De la Educación y Promoción de los Valores Artículo 54. El Consejo Moral Republicano, por sí mismo o encoordinación con las Universidades y demás instituciones públicas y privadas,vinculadas con la educación y la cultura, diseñará programas pedagógicos einformativos para el conocimiento de los valores, virtudes y derechos ciudadanos,consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 55. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y lasInstituciones educacionales deberán elaborar planes, propuestas o proyectoseducativos y pedagógicos orientados a divulgar y afirmar los valores, virtudesy derechos ciudadano; y coordinarán con el Consejo Moral Republicano laorganización de seminarios, talleres, conferencias y demás actividades a nivelnacional, regional o local, promoviendo la participación colectiva y gratuita dela comunidad. Artículo 56. Las corporaciones, sociedades, fundaciones y demásorganizaciones públicas o privadas deberán colaborar en la labor educativay de formación de los valores patrios, y podrán desarrollar actividadeseducativas periódicas a cuyos fines el Consejo Moral Republicano lesbrindará asesoramiento en el diseño de tales actividades y participará enellas, en la medida en que las posibilidades lo permitan. Artículo 57. Los medios de comunicación impresos, televisivos,radiales e informáticos, tanto públicos como privados, deberán incluir dentrode su programación diaria información destinada a promover y difundir elconocimiento de los valores patrios, las virtudes ciudadanas y los derechosy deberes inherentes a la convivencia pacífica de la vida en sociedad. Título VI Del Archivo y Manejo de la Documentación Artículo 58. El archivo del Poder Ciudadano es, por su naturaleza,reservado para el servicio oficial, salvo para quienes demuestren un interéslegítimo, personal y directo. Las Leyes Orgánicas de la Defensoría delPueblo, del Ministerio Público y de la Contraloría General de la Repúblicay del Sistema Nacional de Control Fiscal, determinaran las condiciones deacceso al archivo y el uso de sus respectivos documentos. Título VII Del Régimen Presupuestario Artículo 64. El Poder Ciudadano estará sujeto a las leyes y regla- 93
Programa de Formación Ciudadanamentos sobre la elaboración, ejecución y control del presupuesto, en cuantole sean aplicables. A los efectos de garantizar su independencia y la autono-mía funcional, financiera y administrativa de sus órganos, del PresupuestoGeneral del Estado se le asignará una partida anual variable, que será soli-citada por el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano con laanuencia del resto de sus integrantes, donde se incluirán los recursos parael funcionamiento del mencionado Consejo. Título VIII De la Memoria y Cuenta Artículo 65. El Consejo Moral Republicano presentará ante laAsamblea Nacional, dentro de los primeros noventa (90) días de cada año,una memoria y cuenta razonada y suficiente sobre la Gestión del Consejo,en el año inmediatamente anterior, de conformidad con esta Ley. 4.8 Valores y los Derechos Humanos. Actividades prácticas y actividades lúdicas Considerando las ideas expresadas en el desarrollo del texto acer-ca de los valores y derechos humanos, así como la estrecha interrelaciónexistente entre ellos para el establecimiento de una sociedad democrática,participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, representada por laRepública, donde el término República exprese una vida en común liber-tad con un fin, donde se respeten los derechos humanos y se practiquenvalores universales, las clásicas virtudes, que hoy llamamos virtudes cívicas.Según Petit (citado por Camps, 2003), refiere que: “Esta libertad entendidacomo la capacidad de cada cual de pensar y regirse según sus criterios yno ser esclavo de nadie...” (p. 26), pero debe ser una libertad positiva, querespete las leyes y las normas de la sociedad. Pero cómo conseguir esos ciudadanos virtuosos que reclama la so-ciedad de nuestro tiempo: el mismo Petit nos da una respuesta al expresar:“una mano intangible que propicie y refuerce los buenos hábitos de la so-ciedad, es una forma de educación. Su objetivo es ir reforzando las pautasde conducta que la sociedad necesita, generar mecanismos de aprobacióny desaprobación frente a esas pautas y hacer que los mecanismos se gene-ralicen...” (pp. 36-37).94
Programa de Formación Ciudadana En este sentido, se presentan a continuación un conjunto de valoresque han sido considerados necesarios en todos los tiempos para la forma-ción de ciudadanos virtuosos, que están descritos tanto en el Preámbulode la CRBV como en la ley Orgánica del Poder Ciudadano y la Ley Orgánicade Educación, como principios fundamentales para la construcción de unasociedad donde el amor por los demás sea el motor que impulse a sermejores, más sinceros, justos, solidarios, responsables y honestos, dispues-tos a compartir, a ser tolerantes, equitativos, respetuosos por la vida y losderechos de los otros, cumplidores de nuestros deberes, identificados conla Patria y sus símbolos. Entre estos tenemos: libertad, justicia, paz, trabajo,solidaridad, responsabilidad, tolerancia, honestidad, igualdad, amor a la Pa-tria, perseverancia, diálogo, convivencia y respeto. El abordaje de los mismos se efectúa a través de actividades prácti-cas y lúdicas descritas en el capítulo III, orientaciones pedagógicas de éstelibro. Asimismo, es importante destacar que se invita al docente a descubrir,crear, innovar, investigar, construir, elaborar, desarrollar y aplicar actividades(lecturas, juegos cooperativos, entre otros) respondiendo al contexto dondese realice el proceso de enseñanza-aprendizaje que propicie la reflexión detodas las personas que lo integran. En este sentido, las lecturas y juegospropuestos a continuación constituyen un ejemplo como marco de referen-cia para realizar otros. Es necesario enfatizar en el contexto geo-histórico, que puedenconsultarse autores nacionales, la narrativa regional, el legado cultural ylocal, entre otros. 95
Programa de Formación Ciudadana4.8.1 Respeto Respetar implica estimar, valorar debidamente la condición personalde los demás y estar dispuesto a colaborar con ellos para que desarrollenplenamente su personalidad. Cuando el poder hacer se transforma en deber, es un acto de respeto;el acatamiento a las leyes o reglas sociales se llama respeto. Si se es correcto,bien se puede esperar que los demás sean correctos con esa persona. Esto eslo que se llama “vigilancia interior” o conciencia que obliga aun estando solo ysin testigos a someterse a esa constitución no escrita de valor universal llamadala moral.96
Programa de Formación Ciudadana Cuando se reconoce el respeto, aparece el deber, pero no un deberimpuesto por los demás, por la familia o por la sociedad; el deber tiene quesurgir de sí mismo como una secreta voluntad de superación. Una forma de respeto, es el respeto familiar. La familia es el mundohumano organizado más inmediato que distingue a los seres humanos, amedida que los hijos van creciendo comienzan a tener deberes que ellos debenver, no impuestos por los padres. Otra dimensión importante es el respeto a la gente, con quien se trataa diario y que componen el entorno, el mundo social de cada quien. Existensemejanzas, tienen algo en común, son hombres y mujeres tratando de conviviren sociedad, niños, adolescentes, adultos y ancianos que tienen sueños deprogreso y desean hacerlos realidad. Por último, se considera el respeto a la naturaleza, conservar el escenarionatural donde el ser humano se desarrolla. El tumbar un árbol, agredir lasplantas, los animales, ensuciar y deteriorar el ambiente por cualquier medio ya cualquier escala constituye un delito, porque se está agrediendo el espaciocomún. Un gato, un perro, un pájaro, un reptil o un insecto forman parte delequilibrio ecológico. La ecología es hoy por hoy, una ciencia universal, cuyoobjetivo es la protección, el cuidado y la defensa de los recursos naturales delplaneta; cuidando sus ríos, sus bosques, su atmósfera, sus mares, sus animalesse respeta la naturaleza. En la Declaración Universal de los Derechos Humanos se determina laimportancia de respetar los derechos y deberes establecidos que poseen losseres humanos. En todos los derechos está implícito el valor respeto. Igualmen-te, la CRBV ratifica el respeto por los derechos humanos y señala un conjuntode deberes que implican respeto a la Constitución, a la patria, a sus símbolospatrios y valores culturales. Asimismo, es subyacente el respeto a la vida, a laciudadanía, al ambiente, a la familia, entre otros. 97
Programa de Formación Ciudadana Actividad práctica Lectura: El Kimono Voy a contar la historia de Ikyu, personaje del pasado. Ikyu significareposo, descanso. Era hijo del emperador. Lo confió a un templo; pero todo el mundosabía que era un príncipe. Más tarde llego a ser abad del templo más bello de Kyoto, eintrodujo la ceremonia del té, de la que es fundador. Su kimono estaba deshilachado como el de un mendigo. Un día un hombre rico lo invitó a una ceremonia conmemorativapor sus antepasados. Ikyu se presentó en la mansión vestido como unmendigo porque vivía muy pobremente y los criados tomándolo por unpordiosero lo echaron. Entonces Ikyu volvió al templo y por primera vez, se puso un bellísimokimono violeta, bonitos zapatos y un hábito de seda blanca. Vestido así sedirigió a casa del hombre rico donde le estaban esperando. Allí recitó susoraciones. Cuando terminó la ceremonia se dirigió al comedor y los criadospusieron manjares deliciosos ante él. Su mesa estaba cubierta de platos. En Japón, se pone una mesa ante cada invitado, a veces hasta tresmesas en los banquetes más refinados. Entonces Ikyu dobló su kimono.“Tendrá ganas de beber”, pensaron sus anfitriones. Pero él puso su kimonoante la mesa y no tocó los platos. - ¿Pero por qué no come usted? Le preguntaron. Ikyu respondió: -Este banquete no me ha sido ofrecido a mí. Le hasido ofrecido a este kimono violeta, así que él es quien debe comérselo. Cuento Zen. Reflexionar y responder:• ¿Valemos por lo qué somos o por nuestra vestimenta?• ¿En qué radica la dignidad del ser humano?98
Programa de Formación Ciudadana Actividad lúdica• Desarrollen el juego ¡Que Dilema!• Creen otros juegos y busquen lecturas adicionales relacionadas con elvalor respeto para enriquecerse y compartir con otras personas. Juego cooperativo: ¡Que Dilema!Recursos Materiales:• Esquela con situación de texto e interrogantes.Objetivo:• Asumir la responsabilidad en la toma de decisiones desarrolladas en elámbito familiar y comunitario, respetando las opiniones de otros.Orientaciones al grupo:- Previo al momento se preparó un juego de roles con personas pertenecientesal grupo o no para que presenten el caso.- Conocido el hecho a partir de la técnica presentada entregaremos el textoe interrogantes que a continuación exponemos: Era la cuarta hora del día miércoles, Mariana -la profesora- conver-saba con los alumnos sobre distintas actitudes que se suscitaban en clase.En ese preciso instante un papelito voló rozando su nariz. Ella preguntó: -¿Qué pasa? Nadie contestó. Mariana agregó que en realidad nada malo había ocurrido, peroque sería bueno que cada uno se hiciera cargo de sus actos. Chicos y chicasmanifestaron descontento por la situación. Surgen distintas reacciones: -Unos se enojan porque siempre ocurre lo mismo y se culpa a todos. -Otros dicen que los mismos que hablan son los culpables. -Algunos manifiestan saber quien es, pero no lo quieren delatar La docente se encuentra ante un dilema, sabe quién es, pero: 99
Programa de Formación Ciudadana -Si lo da a conocer, considera que el culpable no se corregirá. -Si traslada el caso a la dirección cree no resolver en profundidad la cuestión, y además los alumnos le restarán autoridad. -Si no hace nada, dejará como precedente que todo está permitido. Entonces le pide a los alumnos, lo mismo que se les propone a ustedes. Para responder en forma individual: a) Ponte en el lugar de la docente y busca cómo resolver el hecho. • Delata al autor y conversa con el grupo sobre cómo corregirlo. • Pide al grupo que piense una sanción que signifique corrección, sin dar a conocer su nombre. • Solicita intervención a la dirección para resolver el caso. • Deja pasar el hecho y dialoga con los alumnos haciendo reflexionar sobre la responsabilidad de lo que hacemos. b) ¿Qué es lo que harías y por qué? • El grupo se divide en pequeños equipos, no más de cuatro integrantes, para discutir las opiniones personales. • Cada equipo elegirá un representante, quien sentado al frente del resto manifestará las posturas logradas sin dar lugar a discusión. • Posteriormente se votará por la propuesta elegida en cada equipo. • Todos conocerán el resultado, terminando aquí la propuesta lúdica. Reflexión: Vivir en comunidad implica respetar las ideas, las opiniones, actitudes, las diferencias culturales y las normas de convivencia en pro de la armonía social. Las experiencias estimulan el desarrollo del juicio y el razonamiento social-moral, a la vez que ponen en evidencia el respeto que todos merecen.100
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