PDT SAN MIGUELFunción de las Vías Secundarias Art. 144. Las vías Secundarias tienen como función el movimiento de grandes volúmenes de tráfico de paso entre algunos centros generadores secundarios de la ciudad; distribuye el tráfico desde las Vías Primarias hacia las colectoras y las locales. Son las que están capacitadas para un TPDA de quinientos a dos mil vehículos, equivalentes a un THMA de sesenta a ciento ochenta vehículos. En una carretera secundaria se espera un nivel de servicio con flujo estable, destinada a la intercomunicación entre ciudades y poblados con flujo mixto, con una velocidad aproximada de 80 Km./H. Función de las Vías Colectoras o Carretera Terciaria y Estructural Art. 145. Las Vías Colectoras, o carretera Terciaria y Estructural, tienen como función la distribución del tráfico de una o más urbanizaciones al resto de la ciudad; distribuyendo el tráfico de las vías primarias o secundarias hacia las vías de circulación menor. Son las que están capacitadas para un TPDA de cincuenta o doscientos vehículos equivalentes a un THMA de seis a veinticuatro vehículos. Para carretera terciaria con superficie de rodamiento de tierra, se tiene un flujo de tránsito estable, una velocidad aproximada de 60 Km./H y está destinada a la comunicación entre poblados. Las Carreteras Terciarias Modificadas: Son las que están capacitadas para un TPDA de 200 a 500 vehículos equivalentes a un THMA de 24 a 60 vehículos. Una carretera terciaria modificada posee un nivel de servicio estable, con una velocidad aproximada de 70 Km./H y designada a la intercomunicación de poblados mixtos. Los Caminos Rurales A, los cuales se detallan en el documento del Plan de Desarrollo Territorial de la Subregión de San Miguel. Los Caminos rurales: Son aquellos que están capacitados para un TPDA de 10 a 50 vehículos, equivalentes a un THMA de 0 a 6 vehículos. Los caminos rurales, poseen un nivel de servicio estable destinado a la comunicación entre caseríos y cantones con velocidades aproximadas de 50 Km./H y no aptas para flujo mixto. De los Derechos de Vía y Zona de Retiro de las Vías de Circulación Mayor Art. 146. Los Derechos de vía y la zona de Retiro de las Vías de Circulación Mayor serán los siguientes: a) Vía Expresa, o carretera Especial que tendrá un derecho de vía de 50 metros; una zona de retiro en área urbana de 10 metros y de 30 metros en área urbanizable. b) Vía Primaria, la cual deberá contar con un derecho de vía de 40 m., además de disponer de una zona de retiro de 7.5 m en área urbana y de 15 m. En área urbanizable. c) Vía Secundaría, la cual deberá contar con un derecho de vía de 27 m. y con una zona de retiro de 5 m. en área urbana y de 10 m. en área urbanizable. Página 50 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL d) Vía Colectora, o carretera Terciaria y Estructural y carreteras terciarias modificadas que deberá contar con un derecho de vía de 24 m. y con una zona de retiro de 5 m. tanto en área urbana como en área urbanizable. e) Los Caminos Rurales, con 6.0 metros de ancho de vía y 3.0 metros de ancho de rodamiento en los puentes. Prohibición de Construcción en Zona de Retiro Art. 147. La Zona de Retiro, está destinada a ornamentación, visibilidad y futura ampliación, en la cual no se permitirá ningún tipo de construcción. Dicha zona se medirá a partir del límite exterior del derecho de vía correspondiente o líneas de verja. Capítulo VIII De Las Vías de Circulación Menor Del Sistema Vial de Circulación Menor y sus Clases Art. 148. Todo proyecto de desarrollo urbano deberá contar con un Sistema Vial de Circulación Menor, cuyos componentes, de acuerdo a su magnitud, podrán ser de tres clases: Vías Locales. Vías de Reparto y Vías de Acceso, las cuales deberán ser construidas por el urbanizador siguiendo los lineamientos, características, jerarquías y funciones establecidas en el Plan Local respectivo. Prohibido Desarrollo Vial que Obstruya Acceso Art. 149. En ningún caso se permitirá el desarrollo vial que obstruya el acceso, la continuidad y la integración del tráfico local a las Vías de Circulación Mayor. Reserva del 40% de Longitud para Circulación Vehicular Art. 150. En proyectos de parcelaciones habitacionales, por lo menos el 40 por ciento de la longitud de las vías de Circulación Menor tendrá que ser reservado a la circulación vehicular. Capítulo IX De la Zona de Retiro, Calle Marginal y Accesos. Requisito de Calle Marginal en Vías Expresas y Otras Art. 151. Las Vías Expresas o Carreteras Especiales y las Vías Primarias deberán contar con una calle Marginal. Cuando un proyecto de parcelación o construcción tenga como único acceso alguna de estas vías, proyectadas o existentes, su habitación quedará condicionada a la construcción, por parte del constructor, de la calle marginal correspondiente, independientemente de la disposición de los lotes. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 51
PDT SAN MIGUEL Requisito de Zona de Retiro y su Destino Art. 152. Todos los lotes frente a Vías de Circulación Mayor consistentes en Autopista de Peaje, o Carretera Terciaria y Estructural y Carreteras Terciarias Modificadas, Vía secundaria, y Vía colectora, deberán contar con una zona de retiro que estará destinada a ornamentación, visibilidad y futura ampliación, en la cual no se permitirá ningún tipo de construcción. Engramado y Arborización de los Arriates en Todas las Vías de Fraccionamiento Art. 153. Los arriates en todas las vías de los fraccionamientos deberán contar con su correspondiente engramado y arborización, utilizando especies de árboles que no dañen la infraestructura ni obstaculicen la visual de los conductores de vehículos; dichos arriates serán interrumpidos en las esquinas, en los tramos correspondientes a las curvas. Por ningún motivo se permitirá el uso de la acera o del arriate para el estacionamiento. Refugios con que debe contar las Urbanizaciones Mayores de 5,000 Habitantes Art. 154. Las urbanizaciones de más de 5,000 habitantes deberán de contar con un mínimo de 4 refugios destinados a las paradas de transporte colectivo, estratégicamente ubicados, en un radio de influencia de cada 300 metros para asegurar la efectiva comunicación entre las diferentes zonas de proyectos y sus alrededores. De la Calle Marginal con que deben contar las Parcelas frente a las Vías Art. 155. Las Parcelas frente a Vías Expresas o Carretera Especial, Arterias Primarias y Secundarias deberán contar para su acceso con una calle marginal paralela a dicha vía. Ningún lote podrá tener acceso directo a la calle marginal, debiendo contar la parcelación con un solo acceso común. Para que pueda disponerse de lotes frente a la calle marginal, éstos deberán de tener una dimensión mínima de 250 m2. Polígonos Industriales No Tendrán Acceso a Sistema de Circulación Mayor Art. 156. Los polígonos industriales no deberán tener acceso directo al sistema de Circulación Mayor por medio de una Vía Local. Este deberá hacerse por medio de una calle marginal, con un solo acceso de entrada y a uno de salida. Acceso de los Complejos Comerciales e Institucionales Ubicados en Arterias de Circulación Mayor Art. 157. Cuando los complejos comerciales e institucionales se ubiquen sobre Arterias de Circulación Mayor, su acceso deberá hacerse por medio de una calle marginal. Todos los accesos deberán proveerse de los elementos de canalización direccional necesarios para evitar la incorporación perpendicular de los mismos. Página 52 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL TÍTULO VI De las Sanciones Capítulo I De las Sanciones Administrativas y Penales De las Sanciones Administrativas y Penales Art. 158. Toda persona natural o jurídica con domicilio en el Municipio de San Miguel que cometa infracciones contra las disposiciones establecidas en la presente ordenanza municipal y las leyes y reglamentos relacionados en este instrumento jurídico, será sancionada con multa, decomiso, clausura y servicios comunitarios en su caso, sin perjuicio de la responsabilidad civil o de la sanción penal que pueda corresponder en el caso de las personas naturales. Criterios de Aplicación de las Sanciones a los Infractores Art. 159. Los criterios que se utilizarán para la aplicación de las sanciones administrativas son dos: Gravedad de la infracción cometida y la capacidad económica del infractor, sin que el monto de la multa pueda exceder de ocho salarios mínimos mensuales para el comercio, de acuerdo al Art. 128 del Código Municipal. Consecuencias Penales y Civiles de los Actos Ilícitos Cometidos Art. 160. Las consecuencias penales y civiles de los actos ilícitos cometidos por los infractores e infractoras se encuentran establecidos en el Título X del Código Penal, que se refiere a los delitos relativos a la ordenación del territorio y a los delitos relativos a la naturaleza y el medio ambiente, regulados desde el Art. 253 hasta el Artículo 263 del mismo cuerpo normativo. Capítulo II De los Procedimientos Administrativos Sancionatorios Procedimientos Administrativos Sancionatorios Generales y Específicos Art. 161. Para hacer efectiva las sanciones establecidas en la presente ordenanza municipal se aplicarán los procedimientos administrativos establecidos en los artículos 131 al 134 del Código Municipal, excepto los procedimientos especiales que se regulan en las leyes siguientes: Ley del Medio Ambiente, Ley Forestal, Ley de Áreas Naturales Protegidas y Ley de Conservación de la Vida Silvestre. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 53
PDT SAN MIGUELProcedimientos Administrativos Sancionatorios Especiales Art. 162. Dependiendo de las infracciones que se cometan contra las disposiciones legales establecidas contra las leyes siguientes: Código Municipal, Ley del Medio Ambiente, Ley Forestal, Ley de Áreas Naturales Protegidas y Ley de Conservación de la Vida Silvestre, así se aplicará el procedimiento administrativo sancionatorio que corresponde a cada una de las leyes antes mencionadas. Capítulo III De los Recursos Administrativos y Judicial De los Recursos Administrativos Art. 163. De toda resolución emitida por las autoridades municipales y/o los funcionarios públicos municipales, así como de las autoridades y/o funcionarios que aplican las leyes mencionadas en el artículo anterior, las personas naturales o jurídicas, tendrán derecho a interponer los recursos legales establecidos en las mismas leyes. Del Recurso Judicial Contencioso Administrativo Art. 164. Una vez agotadas todas las instancias administrativas, las personas naturales y jurídicas podrán interponer Recurso Contencioso‐Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia. TÍTULO VII Capítulo I Disposiciones Generales Autoridades Responsables de Aplicar la Presente Ordenanza Municipal Art. 165. Las autoridades responsables de aplicar la ordenanza municipal serán en primer término el Concejo Municipal de San Miguel, luego los funcionarios siguientes: El Jefe de la Unidad de Catastro, el Jefe de la Unidad Ambiental Municipal, el Jefe de Servicios Municipales y demás personal técnico y administrativo que por delegación del señor Alcalde Municipal tenga que realizar funciones relacionadas con el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano y rural del Municipio. Coordinación con Otras Autoridades para la Aplicación de la Ordenanza Municipal Art. 166. El Concejo Municipal de San Miguel deberá coordinar con otras autoridades públicas con el objeto de facilitar la aplicación de la presente ordenanza municipal, principalmente con las siguientes Página 54 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL instituciones: La Oficina Regional de la Fiscalía General de la República, la Oficina Regional de San Miguel de la Dirección General de Ordenamiento Forestal, Cuencas y Riego del Ministerio de Agricultura y Ganadería, Oficina Regional de San Miguel del Ministerio de Obras Públicas, Delegación Regional de San Miguel de la Corte de Cuentas de la República, Subgerencia del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, Secretaría de Cultura, Delegación Departamental de la Policía Nacional Civil y/o la Delegación Local de la Policía Nacional Civil si fuere el caso. Todas las instituciones tienen sede en la ciudad de San Miguel. Mecanismos de Divulgación de la Ordenanza Municipal y la Participación Ciudadana Art. 167. El Concejo Municipal, antes de la entrada en vigencia del presente Decreto Municipal, divulgará el contenido del mismo al personal técnico, administrativo y de servicios del Municipio y luego de ser publicado en el Diario Oficial a todos los sectores claves de la localidad, utilizando los diversos medios de comunicación social que tenga a su disposición el gobierno local. El Concejo Municipal podrá utilizar para los efectos de divulgación de la ordenanza municipal, los mecanismos de participación ciudadana que se establecen el Art. 116 del Código Municipal vigente. Regulación Supletoria Art. 168. Todo no lo previsto en la presente ordenanza municipal, será regulado por las disposiciones establecidas en los Tratados Internacionales suscritos por el Estado Salvadoreño y por las leyes secundarias relacionadas en el Art. 3 de esta ordenanza municipal. Coordinación Intermunicipal e Interinstitucional Art. 169. Con el objeto de dar cumplimiento a las disposiciones constitucionales y legales y coordinar los esfuerzos locales y nacionales, el gobierno local de San Miguel deberá relacionarse con otros municipios, con entidades públicas y privadas y organismos regionales, nacionales e internacionales. Incorporación de Planes Parciales, Planos y Otros Documentos Art. 170. Se entenderán incorporados a la presente Ordenanza Municipal los Planes de Desarrollo Urbano, Planos, Mapas y Anexos que correspondan al Municipio de San Miguel, que se contienen en el Plan del Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Rural de la Subregión de San Miguel. Reglas Básicas Para Cumplir la Presente Ordenanza Municipal Art. 171. Para efectos de obtener el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ordenanza municipal, el Concejo Municipal de San Miguel deberá implementar las medidas siguientes: a) Informar oportunamente a los destinatarios de la ordenanza municipal por los diversos medios de comunicación social que estén disponibles para el Municipio; b) Persuadir a los destinatarios de la ordenanza municipal, haciendo ver a los vecinos y vecinas los beneficios que pueden recibir al respetarla y observarla; c) Dar seguimiento, a través de una comisión que se nombre al efecto, el cumplimiento de INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 55
PDT SAN MIGUELla presente normativa; y d) Reaccionar en forma inmediata cuando los destinatarios infrinjan la normativa, estableciendo la sanción administrativa que corresponda. Actualización de la Presente Ordenanza Art. 172. La ordenanza municipal se mantendrá vigente hasta que no se reforme o derogue total o parcialmente de acuerdo al Plan de Desarrollo Territorial de la Subregión de San Miguel, sin embargo dependiendo de la dinámica en aspectos importantes del Plan, que tiene una vida útil de quince años, se podrá reformar este instrumento jurídico previamente. Capítulo II Disposición Transitoria Vigencia de la Ordenanza Municipal Art. 173. La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Miguel a los _____ días del mes de __________ de dos mil ______. F. F. Ángel Rolando Gómez Córdova José Wilfredo Salgado García Síndico Alcalde Municipal F. F. José Antonio Durán Omar Aníbal Ruiz Morales 2° Regidor Propietario 1er. Regidor Propietario F. F. Moisés Alcides González Jacobo Antonio Martínez 4° Regidor Propietario F. 3° Regidor Propietario Marvin William González Martínez 6º Regidor Propietario F. Olme Remberto Contreras 5° Regidor Propietario F. F. Arnoldo de Jesús Arriaza Silva José Antonio Reyes Peña 8º Regidor Propietario 7º Regidor Propietario Página 56 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL F. F. Hugo Ernesto Aparicio Borjas Oscar William Wembesg Hernández 9º Regidor Propietario 10º Regidor Propietario F. F. Mario Ernesto Portillo Arévalo Eduardo Reyes Zelaya 11º Regidor Propietario 12º Regidor Propietario F. F. María Reyna Isabel Granados Villalta Norma Alicia Martínez de Martínez 2ª Regidora Suplente 1ª Regidora Suplente F. William Bladimir Flores Hernández 4° Regidor Suplente F. Wilmer Alexander Lizama 3er. Regidor Suplente F. José Ángel Zetino Secretario Municipal INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 57
PDT SAN MIGUELAnexo 1‐ A‐Mapa Normativo Usos del Suelo en el Municipio de San Miguel Página 58 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL Anexo 1‐ B‐Mapa Normativo Usos del Suelo en la ciudad (Urbano y Urbanizable) de San Miguel INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 59
PDT SAN MIGUELAnexo 2. Mapa de Ubicación de Planes Parciales y Zonas Urbanas del núcleo urbano de San Miguel INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 60
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL P Anexo 3. Mapa de Delimitación d INFORME FINAL
PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL del centro histórico de San Miguel L: ANEXO COMPONENTE VIII Página 61
PDT SAN MIGUELAnexo 4. Desarrollo de Planes Parciales Código Área (Ha) FICHA DE PLAN PARCIAL PPHB‐1 800.63 Ubicación: Municipio de San Miguel Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con Habitacional de Baja Densidad viviendas de baja densidad. El ámbito de este Plan Parcial limita al norte con el Usos Complementarios tramo del Anillo Intermedio proyectado; al sur, con el tramo del anillo periférico proyectado; al este, con el Comercio, servicios y equipamientos urbanos. tramo del anillo periférico proyectado; y al oeste, con la calle que conduce al Cantón Monte Grande. Equipamiento Previsto Dentro de su ámbito territorial, se ubica un asentamiento calificado como Suelo Urbano Este Plan Parcial aporta una cesión de suelo de Consolidado; un asentamiento calificado como Suelo 104.00 Ha., para un Parque Fluvial, cercano a la zona Urbano No Consolidado; y las instalaciones de la de protección del Río Grande de San Miguel, el cual Universidad de El Salvador. constituirá un paseo natural de alto valor paisajístico, Al costado oriente es atravesado por el Río Grande de de recreo para visitantes y ciclistas. San Miguel. El Plan Parcial deberá considerar las zonas de protección reglamentarias. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de baja densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Se deberá tomar en cuenta los Suelos Urbanos consolidados y los asentamientos rurales considerados como Suelo Urbano No consolidado, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. Página 62 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHB‐2 455.82 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de baja densidad. Habitacional de Baja Densidad El ámbito de este Plan Parcial limita: al noreste, con la prolongación de la 2° avenida norte; al sureste, con el Usos Complementarios tramo del anillo intermedio proyectado; al noroeste, con el tramo del anillo periférico proyectado; y al Comercio, servicio y equipamientos urbanos. suroeste, con la Carretera Panamericana CA02. Dentro de su ámbito territorial se ubica Suelo Urbano Equipamiento Previsto no Consolidado. Es atravesado en su parte noreste por el Río Grande Este Plan Parcial contempla la cesión de suelo de de San Miguel, y en su parte central por la antigua 57.51Ha., para un Parque Urbano Subregional, carretera al Municipio de Quelepa. ubicado en la bifurcación del anillo periférico, el cual integrará mobiliario, juegos, senderos, zonas verdes, baños públicos, y área de esparcimiento en un solo espacio. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de baja densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Se deberá tomar en los asentamientos rurales considerados como Suelo Urbano No consolidado, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 63
PDT SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHB‐3 427.02 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de baja densidad. Habitacional de Baja Densidad El ámbito territorial de este Plan Parcial limita: al norte, con el tramo de anillo periférico proyectado; al sur, con el tramo de anillo intermedio proyectado; al Usos Complementarios este, con el tramo de la carretera proyectada entre anillo intermedio y anillo periférico; y al oeste, con la Comercio, servicio y equipamientos urbanos. prolongación de la 2° Av. Norte. Dentro de su ámbito territorial, se ubica un Equipamiento Previsto asentamiento calificado como Suelo Urbano Consolidado. Este Plan Parcial contempla la cesión de suelo de Su suelo es atravesado de oeste a sur por el Río 73.85 Ha. para un parque lineal subregional, ubicado Grande de San Miguel. El Plan Parcial deberá contiguo al anillo periférico, el cual constituirá un considerar las zonas de protección reglamentarias. espacio que servirá de amortiguamiento ambiental y paisajístico en la Subregión. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de baja densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. Página 64 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHB‐4 401.39 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con Habitacional de Baja Densidad viviendas unifamiliares de baja densidad. El ámbito territorial de este Plan Parcial, limita: al Usos Complementarios norte, con el tramo de anillo periférico proyectado; al sur, con el tramo de anillo periférico proyectado; al Comercio, servicio y equipamientos urbanos. este, con la calle que conduce a Santa Rosa de Lima; y al oeste, con el tramo de calle proyectado entre Equipamiento Previsto anillo intermedio y anillo periférico.rte Dentro de su ámbito territorial, se ubica una zona de Este Plan Parcial contempla de cesión de suelo de Suelo Urbano no Consolidado. 73.05 Ha., para la construcción de un parque urbano lineal subregional, ubicado contiguo al anillo periférico, el cual constituirá un espacio que servirá de amortiguamiento ambiental y paisajístico en la Subregión. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de baja densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Se los asentamientos rurales considerados como Suelo Urbano No consolidado, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 65
PDT SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHB‐5 174.77 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de baja densidad. Habitacional de Baja Densidad El ámbito territorial de este Plan Parcial, limita al norte, con la carretera Panamericana CA01 a San Usos Complementarios Salvador; al sur, con la Colonia Ciudad Pacifica; al este, Avenida las Conchas; y al oeste, con el tramo Comercio, servicio y equipamientos que conecta carretera Panamericana CA01 a San Salvador y tramo de anillo periférico proyectado. Su territorio en la parte central es atravesado por la Equipamiento Previsto carretera antigua al Municipio de Quelepa. Este Plan Parcial contempla de cesión de suelo de 17.58 Ha. para equipamiento de un parque urbano subregional, ubicado en la bifurcación del anillo periférico, el cual incluirá dentro de su espacio mobiliario, juegos, senderos, zonas verdes, baños públicos y áreas de esparcimiento. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de baja densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Los asentamientos rurales considerados como Suelo Urbano No consolidado, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. Página 66 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHM‐1 513.31 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de media densidad. Habitacional de Media Densidad El ámbito territorial de este Plan Parcial, limita al norte con el Tramo de Anillo Periférico Intermedio; al sur, con el tramo del anillo periférico proyectado; al Usos Complementarios este, con la calle a Monte Grande; y al Oeste, con la Comercio, servicio y equipamientos Calle al cantón El Amate. Dentro de su ámbito territorial se ubica un asentamiento calificado como Suelo Urbano Equipamiento Previsto Consolidado; y un área de suelo considerada como Suelo Urbano no Consolidado. Este Plan Parcial aportará una cesión de suelo de 89.00 Ha. destinado a un Parque Urbano Lineal Subregional, ubicado contiguo al anillo periférico, el cual constituirá un espacio que servirá de amortiguamiento ambiental y paisajístico en la subregión. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de media densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Se deberá tomar en cuenta los Suelos Urbanos No consolidados, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 67
PDT SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHM‐2 164.40 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de media densidad. Habitacional de Media Densidad El ámbito territorial de este Plan Parcial limita: al norte, con el tramo del anillo intermedio proyectado; al sur, con Lotificación Santana y Colonia Altos del Usos Complementarios Hato Nuevo; al este, con la lotificación Cumbres de Hato Nuevo; y al oeste, con el Río Grande de San Comercio, servicio y equipamientos Miguel. Dentro de su ámbito territorial, se ubica un área de Equipamiento Previsto Suelo Urbano no Consolidado. El territorio es atravesado en la parte oeste por el Río Este Plan Parcial contempla de cesión de suelo de Grande de San Miguel. El Plan Parcial deberá 21.00 Ha. para la construcción de un Parque Fluvial, considerar las zonas de protección reglamentarias. ubicado cerca de la zona de protección del Río Grande de San Miguel, el cual constituirá un paseo natural de alto valor paisajístico, de recreo para visitantes y ciclistas. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de media densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Se deberá tomar en cuenta los Suelos Urbanos No consolidados, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. Página 68 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHM‐3 120.32 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de media densidad. Habitacional de Media Densidad El ámbito territorial de este Plan Parcial, limita: al norte, con la calle Veracruz y calle a Cantón el Amate; al sur y oeste, con el tramo de anillo intermedio Usos Complementarios proyectado; y al este, con la Lotificación Santana y Colonia Milagro de La Paz. Comercio, servicio y equipamientos Dentro de su ámbito territorial se ubica un Equipamiento Previsto asentamiento calificado como Suelo Urbano Consolidado y un asentamiento calificado como Suelo Este Plan Parcial contempla de cesión de suelo de Urbano No Consolidado. 12.13 Ha. para la dotación de un parque urbano subregional, el cual incluirá dentro de su espacio mobiliario, juegos, senderos, zonas verdes, baños públicos y áreas de esparcimiento. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de media densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Se deberá tomar en cuenta los Suelos Urbanos No consolidados, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 69
PDT SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHM‐4 55.64 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de media densidad. Habitacional de Media Densidad El ámbito territorial de este Plan, limita: al norte, con la Colonia Ciudad Pacifica; al sur, con la calle que Usos Complementarios conduce al Cantón el Amate; al este, con un tramo del anillo intermedio proyectado; y al oeste, con el Comercio, servicio y equipamientos tramo que conecta carretera Panamericana CA01 a San Salvador, y tramo de anillo periférico proyectado. Equipamiento Previsto Dentro de su ámbito territorial, se ubica un área de Este Plan Parcial contempla de cesión de suelo de Suelo Urbano no Consolidado. 5.66 Ha. para la dotación de un parque urbano subregional, el cual incluirá dentro de su espacio Una porción de terreno se ve afectada por riesgos de mobiliario, juegos, senderos, zonas verdes, baños flujos de escombros. públicos y áreas de esparcimiento. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de media densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Se deberá los asentamientos rurales considerados como Suelo Urbano No consolidado, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. Página 70 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHM‐5 207.24 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de media densidad. Habitacional de Media Densidad El ámbito territorial de este Plan Parcial, limita: al norte, con la Quebrada el Jalacatal; al sur, con la prolongación de la 8ª. Calle Poniente; al este, con la Usos Complementarios Colonia Chaparrastique, Colonia Montecarlo y Lotificación San José; y al oeste, con la Avenida las Comercio, servicio y equipamientos Conchas y su prolongación hasta Carretera Panamericana. Equipamiento Previsto Dentro de su ámbito territorial se ubica un asentamiento calificado como Suelo Urbano Este Plan Parcial contempla de cesión de suelo de Consolidado; y una zona calificada como Suelo Urbano No Consolidado. 26.20 Ha. para la dotación de un parque urbano subregional, el cual incluirá dentro de su espacio mobiliario, juegos, senderos, zonas verdes, baños públicos y áreas de esparcimiento, cesión de suelo que está compartida con el PPHB‐5. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de media densidad, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. Se podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura, así como condominios horizontales y verticales. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Se deberá tomar en cuenta los asentamientos rurales considerados como Suelo Urbano No consolidado, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 71
PDT SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHA‐1 189.85 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de alta densidad. Habitacional de Alta Densidad El ámbito territorial de este Plan Parcial limita: al norte, con la prolongación 6° calle oriente; al sur con Usos Complementarios la urbanización La Pradera y lotificación Getsemaní; al este, con la calle que conecta con la carretera Comercio, servicio y equipamientos Panamericana CA‐01 y prolongación 6° calle oriente y; al oeste, con el Río Grande de San Miguel. Equipamiento Previsto Dentro de su ámbito territorial, se ubican terrenos calificados como suelo urbanizable, un área calificada Este Plan Parcial contempla de cesión de suelo de como Suelo Urbano No Consolidado. 24.00 Ha. para equipamiento de un parque Fluvial, el El Plan Parcial es atravesado en su parte oeste por el cual constituirá un paseo natural de alto valor Río Grande de San Miguel, por lo que se deberá paisajístico, de recreo para visitantes y ciclistas. considerar las zonas de protección reglamentarias Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de alta densidad, así como usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. En cuanto a su estructura urbana, éste podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura. Así como impulsar la construcción de proyectos de vivienda social. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas la red vial nacional. los asentamientos rurales considerados como Suelo Urbano No consolidado, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse de manera estructurada. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 72
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPHA‐2 74.36 Descripción Usos Predominantes Suelo Urbanizable destinado a uso residencial, con viviendas unifamiliares de alta densidad. Habitacional de Media Densidad El ámbito territorial de este Plan Parcial, limita: al norte, con la Colonia Milagro de La Paz; al sur y al Usos Complementarios oeste, con el tramo de anillo intermedio proyectado; al este, con la Colonia Guatemala 2 y Lotificación Las Comercio, servicio y equipamientos Lomitas. Dentro de su ámbito territorial, se ubica un área de Equipamiento Previsto Suelo Urbano no Consolidado. Este Plan Parcial contempla de cesión de 7.54 Ha. de suelo para la dotación de un Parque Urbano Subregional de tipo lineal, que constituye un área de amortiguamiento ambiental y paisajístico. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Se podrán realizar desarrollos de vivienda de alta densidad, así como usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. En cuanto a su estructura urbana, éste podrá promover la vivienda unifamiliar y en altura. Así como impulsar la construcción de proyectos de vivienda social. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial de las urbanizaciones vecinas y la red vial nacional. Se deberá tomar en cuenta los Suelos Urbanos No consolidados, para que estos suelos y los nuevos puedan consolidarse. No se permitirá el acceso directo sobre los anillos viales, por lo que se deberá construir calles marginales y carril de desaceleración para acceder a los proyectos que contemple el Plan. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 73
PDT SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPCO‐1 118.54 Descripción Usos Predominantes Suelo urbanizable, destinado para uso comercial y Comercial y de servicios. Residencial en los niveles financiero, así como otro tipo de servicios: hoteles, superiores. restaurantes, oficinas, locales comerciales, áreas verdes, instituciones bancarias y crediticias, entre Usos Complementarios otras. Se puede permitir vivienda en altura. El ámbito territorial del presente Plan Parcial limita al Institucionales y recreativos. norte con el tramo del Anillo Verde Metropolitano Equipamiento Previsto proyectado y el PPHB‐4; al sur, con el Río Grande de San Miguel y el UA‐3; al este, con la zona rural del Municipio de San Miguel y al oeste con el tramo del Anillo Verde Metropolitano proyectado y la UA‐2. Este Plan Parcial aporta una cesión de suelo de 18.42 Ha., para un parque urbano subregional, el cual incluirá dentro de su espacio mobiliario, juegos, senderos, zonas verdes, baños públicos y áreas de esparcimiento. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Los usos comerciales y de servicios deberán contar con sus propios sistemas de tratamiento de aguas residuales antes de verterlas a la red de alcantarillado u otro receptor. Se podrán realizar desarrollos de vivienda en altura, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con los otros desarrollos existentes y los planes parciales vecinos, y la red vial local y nacional. Página 74 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel y Municipio de Quelepa PPL‐1 18.57 Descripción Usos Predominantes El uso previsto para este Plan Parcial será el de actividades económicas, logísticas, servicios y Logístico equipamiento regional. Este Plan está ubicado entre los municipios de San Miguel y Quelepa, al costado sur de la Carretera Usos Complementarios Panamericana CA01, donde actualmente existe una concentración de distribuidoras de mercancías desde Comercio, servicio y equipamientos y para otras regiones. Cumplirá con la función de brindar una eficaz respuesta de servicios y comercios privados y públicos conexos a dichas actividades, que además permitan una planificación ordenada del Equipamiento Previsto territorio de la subregión en una ubicación idónea. Este Plan Parcial contempla de cesión de suelo de 3.20 Ha. para la dotación de un Parque Urbano Subregional de tipo lineal, que constituye un área de amortiguamiento ambiental y paisajístico. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos necesarios para el buen funcionamiento del área. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial, y el respeto de vía de la carretera Panamericana CA01. Este plan parcial contempla la ampliación y localización de infraestructuras para la ubicación de actividades logísticas ligadas al abastecimiento, almacenamiento y distribución de mercancías, servicios básicos, servicios básicos de infraestructura, y aquellos usos industriales que por sus específicas características deben ubicarse en estrecha conexión con la infraestructura existente en el área. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 75
PDT SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPL‐2 40.69 Descripción Usos Predominantes Limita al norte con la Carretera Panamericana CA01; al sur, con el Río Papalón; al este, con suelo Rural del Logístico municipio de San Miguel; y al oeste, con Río El Papalón. Suelo destinado a actividades logísticas ligadas al Usos Complementarios abastecimiento, almacenamiento y distribución de mercancías, servicios básicos y servicios de Comercio, servicio y equipamientos infraestructura, en función de los usos industriales del entorno, y en apoyo al Puerto de La Unión, que por sus específicas características deben ubicarse en estrecha conexión con la infraestructura existente en Equipamiento Previsto el área. Este territorio cuenta como límite oeste el río Este plan proporciona la cesión de terreno de 4.42 Papalón. El Plan Parcial deberá considerar las zonas Ha. para un Parque Urbano Subregional, el cual de protección reglamentarias incluirá dentro de su espacio mobiliario, juegos, senderos, zonas verdes, baños públicos y áreas de esparcimiento. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos necesarios para el buen funcionamiento del área. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con la red vial, y el respeto de vía de la carretera Panamericana CA01. Este plan parcial contempla la ampliación y localización de infraestructuras para la ubicación de actividades logísticas ligadas al abastecimiento, almacenamiento y distribución de mercancías, servicios básicos, servicios básicos de infraestructura, y aquellos usos industriales que por sus específicas características deben ubicarse en estrecha conexión con la infraestructura existente en el área. Página 76 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (Ha) Ubicación: Municipios de San Miguel, El Carmen y Yayantique PPDF‐1 Descripción Usos Predominantes Suelo destinado a renovación urbana y densificación. El ámbito territorial del presente plan parcial, se Habitacional de alta, media y baja densidad. ubica en el núcleo incipiente conformado por asentamientos rurales de los cantones de San Antonio Silva (San Miguel), Los Amates (Yayantique) y Usos Complementarios El Caulotillo (El Carmen). Se ubica entre la Carretera Panamericana CA01 a La Comercio, servicio, equipamientos y áreas verdes. Unión, y las carreteras que conducen a San Alejo. Se encuentra atravesado por los Ríos Chiquito y El Equipamiento Previsto Mono. El Plan Parcial deberá considerar las zonas de Este plan proporciona la cesión de terreno de 25.10 protección reglamentarias Ha. de un Parque Urbano Subregional, el cual incluirá Al sur de la Carretera Panamericana se presentan dentro de su espacio mobiliario, juegos, senderos, algunas zonas susceptibles a inundaciones. zonas verdes, baños públicos y áreas de esparcimiento. Condicionantes y Observaciones Este Plan Parcial, mediante la densificación, favorece el uso eficiente del suelo urbano y de expansión, mediante la articulación de usos residenciales con la red de centralidades que comparten un mismo tejido urbano, garantizando cohesión social y mayor eficacia en la gestión del territorio. Es importante también la generación de espacio público y equipamientos de acuerdo a la densidad. La renovación y densificación del territorio disminuye los desplazamientos, generando mayor productividad urbana; y favorece la reutilización de infraestructuras, buscando lograr una transformación socio económica real de los territorios donde interviene. El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos urbanos de nivel local, los cuales estarán centralizados en sitios estratégicos para articular los suelos urbanizables con los desarrollos existentes. Los usos comerciales y de servicios deberán contar con sus propios sistemas de tratamiento de aguas residuales antes de verterlas a la red de alcantarillado u otro receptor. Se podrán realizar desarrollos de vivienda en altura, así como también usos mixtos del suelo con comercio y servicios de escala local. El Plan Parcial deberá asegurar la continuidad de la red vial estructurante, garantizando el tránsito de paso con los otros desarrollos existentes y los planes parciales vecinos, y la red vial local y nacional. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Página 77
PDT SAN MIGUEL FICHA DE PLAN PARCIAL Código Área (ha) Ubicación: Municipio de San Miguel PPI‐1 67.96 Descripción Usos Predominantes Suelo destinado a uso Industrial, lo que proporciona a la Subregión un área para este rubro. Industrial Se ubica en el sector suroriente de la ciudad de San Miguel, al costado sur de la Carretera Panamericana CA01. Dicha concentración de actividades industriales se enmarca en la propuesta del sector de actividades Usos Complementarios económicas, de potenciar el desarrollo industrial de la Subregión; pretende en el corto plazo, poseer una Comercio, servicio y equipamientos estrategia de incentivo de inversiones en la zona; en el mediano plazo, conformar el polígono de actividades industriales; y en el horizonte del 2024, la zona industrial consolidada en función de Centroamérica por la cercanía de 3 ciudades Equipamiento Previsto importantes: San Salvador, Tegucigalpa y León‐Chinandega y además del mercado fuera de Este Plan Parcial concede una cesión de terreno de 7.50 Ha., para la dotación de un Parque Fluvial, el Centroamérica a través del puerto de La Unión. cual constituirá un paseo natural de alto valor paisajístico, de recreo para visitantes y ciclistas. Condicionantes y Observaciones El Plan Parcial deberá contar con todos los servicios básicos y los equipamientos necesarios para el buen funcionamiento del área. Es un objetivo de este Plan Parcial en convertir la zona en un foco de atracción industrial y zona de servicios tomando en cuenta la localización estratégica en el contexto nacional e internacional. Por lo que también se hace necesario la intensificación de flujos de personas, bienes y servicios, por mejoras en la conectividad regional. Página 78 INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL P Anexo 5‐Matriz de compatibilidad de usos del suelo urbano y urbanizab MATRIZ DE COMPATIBILIDAD DE USOS ACTIVIDAD ECONÓMICA VIVIENDA Usos Habitacionales Vivienda en edificación unifamiliar Vivienda en edificación multifamiliar Usos Económico‐Industriales Lotificación habitacional Usos Comerciales Instalaciones logísticas y al servicio del transporte de m Grandes establecimientos industriales Almacenes e industria en general Talleres domésticos en vivienda unifamiliar Centros comerciales con o sin oficinas: grandes superfi de 1 ha) Centros comerciales con o sin oficinas: superficies med m2 a 1 ha) INFORME FINAL
mercancías ble PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL icies (más Suelo Urbano Consolidado Suelo dias (3000 Urbano Suelo Urbano No Consolidado L: ANEXO COMPONENTE VIII ZONIFICACIÓN DEL SUELO Habitacional de densidad Página 79 alta Para Actividad Suelo Urbanizable Habitacional de densidad Habitacional media Habitacional de densidad Para Actividad Económica baja Uso logístico Uso Industrial Uso comercio‐servicios‐ oficinas Uso Turístico
MATRIZ DE COMPATIBILIDAD DE USOS Comercio local y servicios personales Pequeños talleres y almacenes de venta Venta de materiales de construcción Venta de vehículos y maquinaria Talleres de reparación de vehículos y maquinaria hasta Talleres de reparación de vehículos y maquinaria de m 1,000 m2 Central de abastos y bodega de acopio (mayoristas) ACTIVIDAD Oficinas y servicios profesionales ECONÓMICA Otros Usos de Servicios propios Restaurantes, bares y cafeterías del medio urbano Espectáculo y ocio (cines, discotecas) Hoteles, Alojamientos Centros de Convenciones Página 80
a 1,000 m2 Suelo Urbano Consolidado Suelo más de Urbano Suelo Urbano No Consolidado INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Para Actividad Suelo Urbanizable ZONIFICACIÓN DEL SUELO PDT SAN MIGUEL Habitacional de densidad Habitacional alta Habitacional de densidad Para Actividad Económica media Habitacional de densidad baja Uso logístico Uso Industrial Uso comercio‐servicios‐ oficinas Uso Turístico
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL P MATRIZ DE COMPATIBILIDAD DE USOS EQUIPAMIENTOS TRANSPOR TE Usos turísticos Complejos turísticos Usos de Transporte Conjuntos turístico‐habitacionales Instalaciones para el turismo rural (cabañas, campame Deportivos turísticos, hoteles aislados, etc). Educativos Sanitarios y Asistenciales Embarcaderos e instalaciones complementarias Aeródromos e instalaciones complementarias Gasolineras e instalaciones complementarias Grandes Centros Deportivos Especializados Canchas y Polideportivos Estadios Albercas Parvularia y Educación Primaria Educación Media y Superior Educación especial Hospitales Centro/Unidad de Salud INFORME FINAL
L: ANEXO COMPONENTE VIII entos PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL Suelo Urbano Consolidado Suelo Urbano Suelo Urbano No Consolidado Página 81 Para Actividad Suelo Urbanizable ZONIFICACIÓN DEL SUELO Habitacional de densidad Habitacional alta Habitacional de densidad Para Actividad Económica media Habitacional de densidad baja Uso logístico Uso Industrial Uso comercio‐servicios‐ oficinas Uso Turístico
MATRIZ DE COMPATIBILIDAD DE USOS Emergencias Asistencia Social (Asilos, Orfanatos, etc.) Guarderías EQUIPAMIENTOS Culturales y Religiosos Bibliotecas y Centros de Exposiciones Instituciones Religiosas Institucional o Administración Locales de Entretenimiento Pública Centros Comunitarios, Centro Cívicos y Culturales. Funerarios Oficinas de Gobierno y de la Justicia Alcaldía, administración local Defensa, Bomberos, y otras dotaciones. Centros penitenciarios y otras dotaciones de gran impa Cementerios Página 82
acto. INFORME FINAL: ANEXO COMPONENTE VIII Suelo Urbano Consolidado Suelo Urbano Suelo Urbano No Consolidado Para Actividad Suelo Urbanizable ZONIFICACIÓN DEL SUELO PDT SAN MIGUEL Habitacional de densidad Habitacional alta Habitacional de densidad Para Actividad Económica media Habitacional de densidad baja Uso logístico Uso Industrial Uso comercio‐servicios‐ oficinas Uso Turístico
PLAN DE DESARROLLO TERRITORIAL P MATRIZ DE COMPATIBILIDAD DE USOS Áreas abiertas y Recreativas Servicios Funerarios Grandes Parques Urbanos o Regionales Transporte terrestre Parques y zonas verdes locales y abasto Áreas Abiertas, zonas verdes ecológicas y senderos Terminal de buses e instalaciones complementarias Uso Predominante Mercados de abastecimiento local Central de abastos y bodega de acopio (mayoristas) Uso Complementario Uso Prohibido INFORME FINAL
Suelo Urbano Consolidado Suelo PARA LA SUBREGION DE SAN MIGUEL Urbano L: ANEXO COMPONENTE VIII Suelo Urbano No Consolidado ZONIFICACIÓN DEL SUELOPágina 83 Habitacional de densidad Para Actividad Suelo Urbanizable alta Habitacional Habitacional de densidad media Para Actividad Económica Habitacional de densidad baja Uso logístico Uso Industrial Uso comercio‐servicios‐ oficinas Uso Turístico
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