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________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); Página 201 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER Página 202 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo Página 203 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la Página 204 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 18/06/2019 OFICIO 09:18:00 17282-2017-03697-OFICIO-05625-2019 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: JEFE DEL LABORATORIO DE CRIMINALISTICA Y CIENCIAS FORENSES Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza Página 205 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que Página 206 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser Página 207 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial Página 208 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 18/06/2019 OFICIO 09:16:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia Página 209 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ Página 210 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, Página 211 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento Página 212 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 18/06/2019 OFICIO 09:12:00 Página 213 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS DEL ECUADOR Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Página 214 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO Página 215 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA Página 216 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de Página 217 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 18/06/2019 OFICIO 09:08:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las Página 218 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y Página 219 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- Página 220 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en Página 221 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 18/06/2019 OFICIO 08:13:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: IASAAC ELEODORO ALVAREZ GRANDA Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Página 222 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. Página 223 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN Página 224 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo Página 225 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. 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________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 18/06/2019 OFICIO 08:05:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: PATRICIA JACQUELINE CONDOR GAONA Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE Página 227 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA Página 228 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE Página 229 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las Página 230 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 18/06/2019 OFICIO 07:31:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: DIRECTOR DEL CENTRO DE REHABILITACIÓN SOCIAL DE VARONES Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO Página 231 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Página 232 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor Página 233 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. Página 234 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 17/06/2019 CONVOCATORIA AUDIENCIA DE JUICIO 08:15:00 Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Página 235 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que Página 236 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio Página 237 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede Página 238 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese 12/06/2019 ESCRITO 08:08:57 Escrito, FePresentacion 04/06/2019 OFICIO 09:50:32 Oficio, FePresentacion 03/06/2019 ESCRITO 09:02:10 ANEXOS, ANEXOS, Escrito, FePresentacion 31/05/2019 RAZON DE AUDIENCIA FALLIDA 15:40:00 RAZÓN.- Siento por tal que siendo el día viernes 31 de mayo del 2019, a partir de las 14h00, día y hora señalados para la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria de juzgamiento en la causa penal No. 17282-2017-03697 y estando debidamente conformado el Tribunal con los señores doctores Wilson Caiza Reinoso, Juez Ponente, Milton Maroto Sánchez y Luis Fuentes López, Jueces, estando presentes los señores procesados Julio César Jiménez Rugel acompañado de su abogado defensor Dr. Cristian Danilo Silva, el Dr. Stalin López Salazar abogado defensor del señor Cristian Vaca Guerrero (ausente), señor Diego Patricio Dávila Lastra acompañado de su abogado defensor Dr. Manuel Cáceres Perugachi, señor Stalin Fernando Maquizaca Paredes acompañado de sus abogados defensores Dres. José Terán Naranjo y Teodoro Coronel, el acusador particular Andrés Danilo Ordóñez Córdova acompañado de sus abogadas patrocinadoras Dras. Natalia Endara Erazo y Magaly Jiménez, no así la Dra. Jimena Moina Molina, Fiscal de la causa a quien se le ha concedido licencia desde la Dirección de Talento Humano de la Fiscalía General del Estado, encargando el despacho al Dr. Alex Fernando Castillo Ardila quien no se encuentra presente verificando por medio del impreso entregado por el señor Asistente de Fiscalía Ab. Juan Quisi, que está convocado a una audiencia de recurso de apelación en la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha el mismo día 31 de mayo del 2019, a las 11h00, indicando que aún permanece en la referida audiencia, solicitando un tiempo prudencial para trasladarse a la Sala de Audiencias de esta Judicatura. Sin embargo, corrido traslado a los sujetos procesales, los abogados defensores de los procesados solicitan en base al Código Orgánico General de Procesos, norma supletoria y en virtud de la hora, se declare fallida la presente diligencia.- El Tribunal, respetuoso de los derechos y garantías de las partes procesales, de conformidad con lo determinado en el Art. 169 de la Constitución de la República, declara FALLIDA la presente audiencia de juzgamiento a costa del Fiscal Dr. Castillo Ardila Alex Fernando a quien se le impone la multa de dos remuneraciones unificadas del trabajador en general.- Por último, una vez verificadas las agendas de los señores Jueces que integran el Tribunal y en vigilancia del Principio de Celeridad y Seguridad Jurídica, se señala para el 27 de junio del 2019, a las 08h30 a fin de que se lleve a cabo la audiencia de Página 239 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ juzgamiento, quedando en este acto debidamente notificados.- Certifico.- Quito, 31 de mayo del 2019 31/05/2019 OFICIO 15:02:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 31 de mayo de 2019 Señor: POLICIA JUDICIAL DE PICHINCHA Presente: TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, viernes 31 de mayo del 2019, las 10h31, Incorpórese al proceso el escrito de fecha 30 de mayo del 2019, las 09h25 presentado por la señora Fiscal Dra. Jimena Moina Molina, Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada en Administración Pública N° 1; así como el memorial presentado por el procesado CRISTIAN VACA GUERRERO, de fecha 30 de mayo del 2019, a las 09h25, y el escrito presentado por Darwin Benavides los mismos que se atiende: 1.- En relación a lo solicitado por la señora Fiscal Dra. Jimena Moina Molina, se niega por segunda vez, ya que la convocatoria a la audiencia se realizó después de haber declarado la nulidad de lo actuado, con fecha 29 de mayo del 2019, a las 14h18, por imposibilidad de la Abg. Mariela Quintanilla Díaz, de continuar con la audiencia de juicio, ya que había sido nombrada como Fiscal; se convocó a la audiencia de juicio para el día 31 de mayo del 2019, las 14h00, analizada tal situación en presencia de los sujetos procesales, además, el auto interlocutorio fue dispuesto de conformidad con lo dispuesto en el Art. 575 numeral 3 que expresa: “…Art. 575.- Notificación.- Las notificaciones se regirán de acuerdo con las siguientes reglas: (…) 3. Los autos definitivos se notificarán a los sujetos procesales en la respectiva audiencia. Las personas se considerarán notificadas con el solo pronunciamiento de la decisión de la o el juzgador…”; por lo que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 169 de la Constitución en concordancia con el Art. 76 ibidem, que disponen principios constitucionales que cumplir, además, derechos y garantías de los procesados, razón por la cual se considera que lo solicitado por la señora Fiscal Dra. Jimena Moina Molina, de que se revoque la providencia dictada el 29 de mayo del 2019, a las 14h18 y se difiera la audiencia de juicio convocada para el día 31 de mayo del 2019, las 14h00 deviene de improcedente, por lo cual se niega su petición de revocatoria y diferimiento de la audiencia. 2.- Lo solicitado por el procesado CRISTIAN VACA GUERRERO en relación a la excusa y recusación presentada, se debe indicar que: la aplicación directa de la constitución, en el escenario jurídico que rige al Ecuador, se enmarca como una garantía, en pos de la tutela efectiva de los derechos proclamados por la norma fundamental; en tal sentido, los aplicadores de justicia, a más de precautelar la debida aplicación de las normas legales, en referencia al cuidado del debido proceso, están obligados a desarrollar la norma constitucional. Dicha obligatoriedad presupone que en todos los casos a ser resueltos, deba sobreponerse el texto constitucional por sobre el legal, mucho más cuando se busque precautelar la materialización de un derecho en el caso concreto; en tal sentido, los jueces tienen el deber de administrar justicia, utilizando parámetros progresivos, dinámicos e interpretativos, capaces de develar el verdadero alcance de los derechos implícitos en determinada prescripción normativa, razón por la cual lo solicitado por el procesado antes prenombrado deviene de improcedente ya que el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha conformado por los señores. Dr. Luis Fuentes, Juez, Dr. Milton Maroto, Juez y Dr. Wilson Caiza Juez Ponente, no han fallado sobre la situación jurídica del procesado CRISTIAN VACA GUERRERO; la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la causa penal No. 2014-1516, en auto de fecha 22 de febrero del 2016, las 11h32, en un caso similar, resolvió negar las excusas presentadas por las señoras juezas del entonces Tribunal Octavo de Garantías Penales de Pichincha, en donde el Tribunal conoció y sentenció por un delito de Trata de Personas, estando prófugos en ese entonces Izaguirre Roberto Alfonso Y Melian Mastrapa Yoeldis, una vez capturados los nombrados procesados el Tribunal se excusó de conocer la causa argumentando que anteriormente resolvieron la situación jurídica de otros procesados en la misma causa penal, al respecto indicó la sala “(…) por lo que las señoras juezas del Tribunal Octavo de Garantías Penales no están incursas en las causales de excusa o recusación, ya que ellas no se han pronunciado, no han actuado como jueces, no han fallado sobre la situación jurídica (negrilla es nuestro) de IZAGUIRRE ROBERTO ALFONSO Y MELIAN MASTRAPA YOELDIS, por lo tanto los motivos de excusa presentados devienen en improcedentes(…)”; en tal virtud, este Tribunal niega la excusa presentada de manera conjunta por los señores Jueces Doctores Marcelo Narváez Narváez, Edmundo Samaniego Luna y Pablo Coello Serrano, por improcedente, cúmplase con el Art. 23 del Código Orgánico de la Función Judicial, “(…) Para garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos, y evitar que las reclamaciones queden sin decisión sobre lo principal, por el reiterado pronunciamiento de la falta de competencia de las juezas y Página 240 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ jueces que previnieron en el conocimiento en la situación permitida por la ley, las juezas y jueces están obligados a dictar fallo sin que les sea permitido excusarse o inhibirse por no corresponderle.”, consecuentemente se dispone devolver el proceso, a los señores jueces, para que continúen con el trámite correspondiente…”. En virtud de lo cual los motivos de excusa y recusación presentado por el procesado Cristian Vaca Guerrero devienen en improcedentes y se niega la excusa y recusación de conformidad con lo expresado en la RESOLUCIÓN No. 08-2018, Art. 6 de la CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. 3.Lo solicitado por el procesado que se deje sin efecto las órdenes de captura que pesan sobre el peticionario Cristian Vaca Guerrero, al haberse declarado la nulidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 652.10 del Código Orgánico Integral Penal en concordancia con el artículo 109 y 110 del Código Orgánico General de Procesos, se deja sin efecto las órdenes de captura dispuestas en la audiencia de juicio con fecha 29 de enero del 2019, a las o8h30. Téngase en cuenta las casillas judiciales y correos electrónicos señalados para sus notificaciones así como la autorización otorgada al Ab. Cristian Danilo Silva Pereira, téngase en cuenta lo manifestado por el señor Cabo de Policía Darwin Benavides para los fines de ley correspondientes.- NOTIFÍQUESE. f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. MORA ARTEAGA GALO ENRIQUE SECRETARIO 31/05/2019 ESCRITO 11:33:01 Escrito, FePresentacion 31/05/2019 PROVIDENCIA GENERAL 10:31:00 Quito, viernes 31 de mayo del 2019, las 10h31, Incorpórese al proceso el escrito de fecha 30 de mayo del 2019, las 09h25 presentado por la señora Fiscal Dra. Jimena Moina Molina, Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada en Administración Pública N° 1; así como el memorial presentado por el procesado CRISTIAN VACA GUERRERO, de fecha 30 de mayo del 2019, a las 09h25, y el escrito presentado por Darwin Benavides los mismos que se atiende: 1.- En relación a lo solicitado por la señora Fiscal Dra. Jimena Moina Molina, se niega por segunda vez, ya que la convocatoria a la audiencia se realizó después de haber declarado la nulidad de lo actuado, con fecha 29 de mayo del 2019, a las 14h18, por imposibilidad de la Abg. Mariela Quintanilla Díaz, de continuar con la audiencia de juicio, ya que había sido nombrada como Fiscal; se convocó a la audiencia de juicio para el día 31 de mayo del 2019, las 14h00, analizada tal situación en presencia de los sujetos procesales, además, el auto interlocutorio fue dispuesto de conformidad con lo dispuesto en el Art. 575 numeral 3 que expresa: “…Art. 575.- Notificación.- Las notificaciones se regirán de acuerdo con las siguientes reglas: (…) 3. Los autos definitivos se notificarán a los sujetos procesales en la respectiva audiencia. Las personas se considerarán notificadas con el solo pronunciamiento de la decisión de la o el juzgador…”; por lo que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 169 de la Constitución en concordancia con el Art. 76 ibidem, que disponen principios constitucionales que cumplir, además, derechos y garantías de los procesados, razón por la cual se considera que lo solicitado por la señora Fiscal Dra. Jimena Moina Molina, de que se revoque la providencia dictada el 29 de mayo del 2019, a las 14h18 y se difiera la audiencia de juicio convocada para el día 31 de mayo del 2019, las 14h00 deviene de improcedente, por lo cual se niega su petición de revocatoria y diferimiento de la audiencia. 2.- Lo solicitado por el procesado CRISTIAN VACA GUERRERO en relación a la excusa y recusación presentada, se debe indicar que: la aplicación directa de la constitución, en el escenario jurídico que rige al Ecuador, se enmarca como una garantía, en pos de la tutela efectiva de los derechos proclamados por la norma fundamental; en tal sentido, los aplicadores de justicia, a más de precautelar la debida aplicación de las normas legales, en referencia al cuidado del debido proceso, están obligados a desarrollar la norma constitucional. Dicha obligatoriedad presupone que en todos los casos a ser resueltos, deba sobreponerse el texto constitucional por sobre el legal, mucho más cuando se busque precautelar la materialización de un derecho en el caso concreto; en tal sentido, los jueces tienen el deber de administrar justicia, utilizando parámetros progresivos, dinámicos e interpretativos, capaces de develar el verdadero alcance de los derechos implícitos en determinada prescripción normativa, razón por la cual lo solicitado por el procesado antes prenombrado deviene de improcedente ya que el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha conformado por los señores. Dr. Luis Fuentes, Juez, Dr. Milton Maroto, Juez y Dr. Wilson Caiza Juez Ponente, no han fallado sobre la situación jurídica del procesado CRISTIAN VACA GUERRERO; la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, dentro de la causa penal No. 2014-1516, en auto de fecha 22 de febrero del 2016, las 11h32, en un caso similar, resolvió negar las excusas presentadas por las señoras juezas del entonces Tribunal Octavo de Garantías Penales de Pichincha, en donde el Tribunal conoció y sentenció por un delito de Trata de Personas, estando prófugos en ese entonces Izaguirre Roberto Alfonso Y Melian Página 241 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Mastrapa Yoeldis, una vez capturados los nombrados procesados el Tribunal se excusó de conocer la causa argumentando que anteriormente resolvieron la situación jurídica de otros procesados en la misma causa penal, al respecto indicó la sala “(…) por lo que las señoras juezas del Tribunal Octavo de Garantías Penales no están incursas en las causales de excusa o recusación, ya que ellas no se han pronunciado, no han actuado como jueces, no han fallado sobre la situación jurídica (negrilla es nuestro) de IZAGUIRRE ROBERTO ALFONSO Y MELIAN MASTRAPA YOELDIS, por lo tanto los motivos de excusa presentados devienen en improcedentes(…)”; en tal virtud, este Tribunal niega la excusa presentada de manera conjunta por los señores Jueces Doctores Marcelo Narváez Narváez, Edmundo Samaniego Luna y Pablo Coello Serrano, por improcedente, cúmplase con el Art. 23 del Código Orgánico de la Función Judicial, “(…) Para garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos, y evitar que las reclamaciones queden sin decisión sobre lo principal, por el reiterado pronunciamiento de la falta de competencia de las juezas y jueces que previnieron en el conocimiento en la situación permitida por la ley, las juezas y jueces están obligados a dictar fallo sin que les sea permitido excusarse o inhibirse por no corresponderle.”, consecuentemente se dispone devolver el proceso, a los señores jueces, para que continúen con el trámite correspondiente…”. En virtud de lo cual los motivos de excusa y recusación presentado por el procesado Cristian Vaca Guerrero devienen en improcedentes y se niega la excusa y recusación de conformidad con lo expresado en la RESOLUCIÓN No. 08-2018, Art. 6 de la CORTE NACIONAL DE JUSTICIA. 3.- Lo solicitado por el procesado que se deje sin efecto las órdenes de captura que pesan sobre el peticionario Cristian Vaca Guerrero, al haberse declarado la nulidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 652.10 del Código Orgánico Integral Penal en concordancia con el artículo 109 y 110 del Código Orgánico General de Procesos, se deja sin efecto las órdenes de captura dispuestas en la audiencia de juicio con fecha 29 de enero del 2019, a las o8h30. Actúe la Dra. Cintia Pérez, en su calidad de Secretaria. Téngase en cuenta las casillas judiciales y correos electrónicos señalados para sus notificaciones así como la autorización otorgada al Ab. Cristian Danilo Silva Pereira, téngase en cuenta lo manifestado por el señor Cabo de Policía Darwin Benavides para los fines de ley correspondientes.- NOTIFÍQUESE. 31/05/2019 ESCRITO 10:00:57 ANEXOS, Escrito, FePresentacion 30/05/2019 ESCRITO 09:25:07 Escrito, FePresentacion 30/05/2019 ESCRITO 08:31:12 Escrito, FePresentacion 29/05/2019 PROVIDENCIA GENERAL 14:18:00 Quito, miércoles 29 de mayo del 2019, las 14h18, Incorpórese al proceso el escrito de fecha 29 de mayo del 2019, las 10h22 presentado por la Dra. Jimena Moina Molina, Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada en Administración Pública N° 1, así como el escrito presentado por JULIO CESAR JIMENEZ RUGEL. Tomando en consideración que: 1.- La audiencia en la presente causa, ha sido convocada cumpliendo con lo que establece el Art. 611 del Código Orgánico Integral Penal.- 2.- De acuerdo a los lineamientos fijados por el Consejo de la Judicatura, que ha dispuesto: “…Cada Audiencia será realizada…/…De igual manera es obligatoria la presencia de todos los actores procesales a las audiencias agendadas, para lo cual los Jueces pertinentes deberán sancionar obligatoriamente a aquellos actores que no asistan o dilaten injustificadamente las audiencias…”. De otro lado este Tribunal considera la situación jurídica de los procesados, la que deberá ser resuelta en forma oportuna bajo los principios constitucionales de celeridad, uniformidad, eficacia, lo que hace efectiva las garantías del debido proceso, particularmente el derecho a la defensa.- De lo anterior, se imposibilita proceder conforme el requerimiento del escrito en relación, en tal virtud los sujetos procesales estén a lo dispuesto en auto interlocutorio de fecha 28 de mayo de 2019, a las 10h53, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 575 numeral 3 del COIP, esto es la convocatoria para el día VIERNES 31 DE MAYO DEL 2019, a las 14h00, día que se instalará el Tribunal en AUDIENCIA ORAL PÚBLICA DE JUZGAMIENTO de los procesados JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, CRISTIAN VACA GUERRERO DIEGO PATRICIO DAVILA LASTRA Y STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, la que se llevará a efecto en la Sala de Audiencias de este Tribunal, ubicado en el COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito, de esta ciudad de Quito.- Actúe la Dra. Cintia Pérez, en su calidad de Secretaria. Téngase en cuanta las casillas judiciales y correos electrónicos se señalan para sus notificaciones así como la autorización otorgada al Ab. Cristian Danilo Silva Pereira.- NOTIFÍQUESE. 29/05/2019 ESCRITO Página 242 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ 10:22:12 ANEXOS, Escrito, FePresentacion 29/05/2019 ESCRITO 09:50:08 ANEXOS, Escrito, FePresentacion 29/05/2019 OFICIO 09:47:00 FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 28 de mayo de 2019 Señora: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA Presente TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, martes 28 de mayo del 2019, las 15h34, Continuando la tramitación de la presente causa y atento al providencia inmediata anterior escrito de anuncio de prueba presentado por el AB. JOSÉ EDUARDO MALDONADO OCHOA, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros No. 2, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día VIERNES 31 DE MAYO DEL 2019, LAS 14:00; por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los Página 243 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ Página 244 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico Página 245 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102- 2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. 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________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 29/05/2019 OFICIO 09:46:00 FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 28 de mayo de 2019 Señor: Darwin Benavides Villacis PERITO CONTABLE Presente.- TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, martes 28 de mayo del 2019, las 15h34, Continuando la tramitación de la presente causa y atento al providencia inmediata anterior escrito de anuncio de prueba presentado por el AB. JOSÉ EDUARDO MALDONADO OCHOA, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros No. 2, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día VIERNES 31 DE MAYO DEL 2019, LAS 14:00; por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento Página 247 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico Página 248 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico Página 249 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102- 2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. 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