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REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial.gob.ec TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA No. proceso: 17282-2017-03697 No. de Ingreso: Acción/Infracción: 1 Actor(es)/Ofendido(s): 298 DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA, NUM. 12 Demandado(s)/Procesado(s): CAICEDO TORO ROXANA JUDITH FISCALIA 4, UNIDAD ESPECIALIZADA EN DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA OCTAVIO ARÍZAGA ICAZA, REPRESENTANTE LEGAL Y DIRECTOR 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ANDRÉS ORDOÑEZ CÓRDOVA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS ALVAREZ GRANDA ISAAC ELIODORO JIMENEZ RUGEL JULIO CESAR DAVILA LASTRA DIEGO PATRICIO IMPORTVAC , CRISTIAN VACA GUERRERO MAQUIZACA PAREDES STALIN FERNANDO Fecha Actuaciones judiciales 28/11/2019 PROVIDENCIA GENERAL 12:06:00 Quito, jueves 28 de noviembre del 2019, las 12h06, Agréguese al proceso los escritos presentados por ANDRES ORDOÑEZ CORDOVA y el escrito presentado por DAVILA LASTRA DIEGO PATRICIO. En lo principal, de la revisión del proceso se constata que el Dr. Ivan Durazno es el único abogado defensor del señor STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, téngase en cuanta la casilla judicial y correo electrónico que señala el señor DAVILA LASTRA DIEGO PATRICIO, así como la autorización otorgada al Ab. Gloria Lastra, que se adhiere a la defensa, Vuelvan los autos para resolver.- Notifíquese.- 25/11/2019 ESCRITO 12:51:54 ANEXOS, Escrito, FePresentacion 21/11/2019 ESCRITO 15:01:39 Escrito, FePresentacion 15/11/2019 PROVIDENCIA GENERAL 10:49:00 Quito, viernes 15 de noviembre del 2019, las 10h49, Agréguese al proceso el escrito presentado por MAQUIZACA PAREDES STALIN FERNANDO. En lo principal, téngase en cuenta la casilla judicial No. 2364, así como el correo electrónico [email protected] y [email protected], [email protected] y la autorización otorgada al Dr. Ivan Durazno, vuelvan los autos para resolver lo que en derecho corresponda.- Notifíquese.- 08/11/2019 ESCRITO 13:04:19 Escrito, FePresentacion 14/10/2019 PROVIDENCIA GENERAL 12:34:00 Quito, lunes 14 de octubre del 2019, las 12h34, Agréguese al proceso el escrito presentado por MAQUIZACA PAREDES Página 1 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ STALIN FERNANDO. En lo principal, téngase en cuenta la casilla judicial No. 2364, así como el correo electrónico [email protected] y [email protected] y la autorización otorgada al Dr. Ivan Durazno, vuelvan los autos para resolver lo que en derecho corresponda.- Notifíquese.- 27/09/2019 ESCRITO 16:00:19 ANEXOS, Escrito, FePresentacion 25/09/2019 ACTA DE AUDIENCIA 17:45:00 1.Identificación del órgano jurisdiccional: a.Órgano Jurisdiccional: TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA b.Jueces: DR. WILSON CAIZA , JUEZ DE SUSTANCIACIÓN DR. LUIS FUENTES, JUEZ DR. MILTON MAROTO, JUEZ c.Nombre del Secretario: -------------- AB. CINTHIA PÉREZ 2.Identificación del Proceso: d.Número de Proceso: 17282-2017-03697 e.Lugar y Fecha de Realización: Quito, a 25 de Septiembre del 2019 f.Hora de Inicio: 12h00 g.Presunta Infracción: DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA 3.Desarrollo de la Audiencia: a.Tipo de Audiencia: 1.Audiencia de Calificación de Flagrancia: ( ) 2.Audiencia de Formulación de Cargos: ( ) 3.Audiencia Preparatoria de Juicio: ( ) 4.Audiencia de Juicio: ( X ) 5.Audiencia de Juzgamiento: ( ) Página 2 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ 6.Audiencia de Sustitución de Medidas: ( ) 7.Audiencia de Suspensión Condicional: ( ) 8.Audiencia de Acuerdos Reparatorios: ( ) 9.Audiencia de Revocatoria de Suspensión Condicional: ( ) 10.Audiencia de Medida Cautelar de Prisión Preventiva: ( ) 11.Audiencia de Procedimiento Abreviado: ( ) 12.Audiencia de Procedimiento Simplificado: ( ) 13.Audiencia de Legalidad de Detención: ( ) 14.Audiencia de Revisión de Medidas Cautelares: ( ) 15.Audiencia de Apelación de Medidas Cautelares: ( ) 16.Otro: (Especifique) _______________________________________________________ b.Intervinientes en la Audiencia: 1. Nombre del Fiscal:2. Casilla Judicial y correo electrónico: DR. GUSTAVO BENÍTEZ Nº. 5957 3. Procesado/a/s:4. Nombre del Defensor:5. Casilla Judicial y correo electrónico: JULIO CESAR JIMENEZ RUGELAB. EDWIN COLCHA 5711 6.- Procesado 7.- Nombre del Defensor 8.- Casilla Electrónica DIEGO PATRICIO DAVILA LASTRADR. MANUEL CÁCERES STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDESAB. JOSE TERÁN AB. TEODORO CORONEL a.Actuaciones de Fiscalía: 1.Acusa: ( ) 2.Solicita Prisión Preventiva: ( ) 3.Solicita Pericia: ( ) 4.Dictamen Acusatorio: ( ) 5.Dictamen Abstentivo: ( ) 6.Acepta Procedimiento Abreviado:( ) 7.Solicita Procedimiento Simplificado: ( ) 8.Acepta Acuerdo Reparatorio: ( ) 9.Solicita Medidas Cautelares reales: ( ) 10.Solicita Medidas Cautelares personales: ( ) Otro ( Especifique)( X ) Alegatos finales .- FISCALIA.- existencia del delito testigos Roxana Caicedo funcionaria del sri presento denuncia, resoluciones declarando IMPORTVAC empresa fantasma y a Jiménez Rugel como empresa fantasma y persona inexistente .ALEM proporciono facturas de Jiménez Rugel quien no tiene vehículos a su nombre. Que Patricia Cóndor les otorgo la cartera de clientes. IMPORTVAC tuvo como empresa proveedores a Cristian Vaca Guerrero etc, y Julio Jiménez Rugel. La primera cadena de distribución IMPORTVAC y global va disc, ellos debieron sustentar sus compras pero no fue sustentado, Aura Perez Jiménez Rugel no presentó documentos que una vez< requeridos las empresas de imprenta Mite Toledo Basantes y Gómez Cano para presentará y autorizaciones de Jiménez Rugel no tenían los registros y se clausuro estas empresas. Elizabeth quintana daba asesoramiento a ALEM sobre importaciones y presentó las facturas que fue pagado a través de naranjo que tenía facturas de Jiménez Rugel por un valor de 20.000 dólares la mas alta. Isaac Álvarez Granda refiere que IMPORTVAC fue una de sus proveedoras y fue declara como fantasma, que la deuda por IMPORTVAC o hacen en sede judicial civil , que IMPORTVAC entregaba a ALEM en las bodegas de Guayaquil. Darwin Benavides realizo pericia contable IMPORTVAC refiere que IMPORTVAC no pudo evidenciar la Página 3 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ información contable, que mantenía facturación de 5 millones y más y que en los balances de IMPORTVAC había un valor por pagar al sri por 5 millones y más, que no se presento documentos de importación sin balances sin kardex. Juan Núñez reconoció 5 lugares en Guayaquil de empresas inexistentes, los lugares existen pero no funcionan ahí las empresas. Los proveedores de IMPORTVAC no eran empresas reales. Elizabeth Alarcón solo encontró un letrero. Magaly Cárdenas analizo 103 facturas de IMPORTVAC con soportes de ALEM son 6 millones de dólares refirió que vio una factura de Jiménez Rugel por 5700 dólares. Javier Guevara con relación a IMPORTVAC realizó pago del impuesto a la renta , y por diferencia de 5 millones . Había falta de hecho económico se encuentra en la ley controles de kardex que IMPORTVAC no mantenía esto. Dentro de la prueba documental se catalogó a IMPORTVAC como fantasma. COLTINAP un millón quinientos mil dólares . Art 298 del coip, responsabilidad, con relación a Stalin Fernando Maquizaca Paredes , la contadora Patricia Cóndor Gaona contadora de ALEM, refirió que fue a conciliar cuentas y refirió que fue un señor de nombre Stalin y reconoció en esta sala. Oswaldo Jaramillo nieto dijo que trabajo en GLOBAL BANC DISC, indico que Maquizaca realizaba actividades de contabilidad. Diego Patricio Dávila Lastra refirió que diego le pidió sus cuentas para hacer declaraciones tributarias y con sus claves se han hecho esta declaraciones ante el sri. Configura el art 298 numerales 12, 14 y 15 . Del coip. Acusa a Stalin Maquizaca en calidad e autor del art 298. Con relación a Diego Patricio Dávila Lastra varias personas refieren que fue el contador de IMPORTVAC. Marcia Trujillo refirió que Diego Dávila era el contador y responsable de presentar declaraciones en el 2012 y 2014 . Elizabeth Alarcón refirió que tuvo contacto con Carlos Dávila se encontraba dentro de la empresa . Conlleva a argumentar que Diego Patricio Dávila lastra art 298 del coip numerales 12, 14, 15 del coip, que en sentencia se lo condene en calidad e autor. Las claves son de uso exclusivo de su titular al ser un contador tiene conocimiento de la causa y cuidado de las mismas art 101 ley de régimen tributario interno. Acuerdo de responsabilidad e las claves es basta la normativa del sri para el uso de la clave propia y no de terceros . Con relación a julio cesar Jiménez Rugel varias personas refieren a Julio Jiménez, no se pudo justificar sus actividades. Mayra Delgado Moncayo prefirió que julio Jiménez tenía futuras sobre transportes y el no tiene vehículos a su nombre , se ve que tenía conocimiento y voluntad al haber sacado factura a su nombre para venderla prestarlas o hacer declaraciones a su nombre. El sri solicito las facturas a ALEM y ahí esta la original por un valor demás de 5000 dólares, Gabriel Arguello refiere que Jiménez Rugel tenía declaraciones inexistentes. No tenía bienes ni soportes necesarios. Le notificaron a través de su sobrino no fue al sri a regular su situaciones, solito impresión de facturas y las empresa reportaron estas facturas. Aura Perez refirió que había documentación sobre autorizaciones firmadas por Jiménez Rugel que fueron clausuradas estas imprentas. Que Rugel era transportista. Elizabeth Salazar refirió que le llegaron facturas de Jiménez Rugel por un valor de 20.000 dólares. Darwin Benavides refirió que no tenía balances presentados en las páginas de sri etc, ni tenia domicilio tributario, ALEM del debía 5700 dólares que tenía su domicilio en Tulcán. Refiere una factura cuya dirección Julián coronel y general Córdova calle la isla y san Gabriel sin embargo se lo detiene en Guayaquil. Certificado de registro dela propiedad senae, ant, no tiene vehículo como hace el trasporte, el hecho de que compareció para es servicio tiene sus transporte la ant no la tiene facturas firmadas a nombre de Jiménez ruge se han configurado 298 del coip, numerales 12 , 14 y 15 . solicita se emita sentencia condenatoria a Jiménez Rugel . (La intervención completa consta en el audio) 4.Extracto de la resolución: (800 caracteres) ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA este Tribunal de manera unánime declara a JULIO CESAR JIMENEZ RUGEL culpable del delito sancionado y tipificado en el Art. 298. 14 del COIP con la agravante del Art. 47.5 en calidad de autor se le impone la pena de 6 años 8 meses de privación de libertad y multa de 12 salarios básicos unificados del trabajador en general .- A DIEGO PATRICIO DAVILA LASTRA.- culpable del delito sancionado y tipificado en el art. 298 numeral 15 del COIP con la agravante del Art. 47.5 del mismo cuerpo legal en calidad de coautor, se le impone la pena de 9 años 4 meses de privación de libertad, multa de 20 salarios básicos unificados del trabajador en general. A STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES culpable del delito sancionado y tipificado en el Art. 298 numeral 15 del COIP con la agravante del art 47.5 en calidad de coautor, se le impone la pena de 9 años 4 meses de privación de libertad, multa 20 salarios básicos unificados, en cuanto a la reparación integral se dispone sea cancelada por todos los procesados en esta causa loa suma de 1 millón 70 mil dólares en forma solidaria y a prorrata.- 5.Razón: La presente acta queda debidamente suscrita conforme lo dispone la Ley, por la Secretaria del Tribunal de Garantías Penales con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, la misma que certifica su contenido. Los Página 4 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ sujetos procesales quedan notificados con las decisiones adoptadas en la presente audiencia sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley respecto de su notificación escrita en las casillas judiciales que los sujetos procesales han señalado para tal efecto. Se adjunta un cd de audio de la presente audiencia con el contenido de la misma.- Certifico. 6.Hora de Finalización: 17h35 AB. CINTHIA PEREZ SECRETARIA _________________ 25/09/2019 RAZON 08:34:00 RAZÓN.- Siento por tal que revisado minuciosamente el audio de la audiencia , se verifica que por un lapsus calami se hace constar en el acta resumen de audiencia acápite de Resolución la frase \" POR LO QUE SUSPENDEN LA PRESENTE AUDIENCIA Y SE CONVOCA PARA EL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2019, A LAS 08H30 A FIN DE QUE TENGA LUGAR LA REINSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUICIO \" cuando lo correcto es \" POR LO QUE SUSPENDEN LA PRESENTE AUDIENCIA Y SE CONVOCA PARA EL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2019, A LAS 12H00 A FIN DE QUE TENGA LUGAR LA REINSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUICIO, \" en lo demás me ratifico en el contenido del acta antes mencionada .- Certifico.- Quito, 25 de Septiembre del 2019 AB. CINTHIA PEREZ SECRETARIA DEL TRIBUNAL PENAL 18/09/2019 Acta Resumen 15:40:53 RAZÓN: SIENTO POR TAL PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES QUE EL TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES DE PICHINCHA, CONFORMADO POR EL DR. WILSON CAIZA , DR. MILTON MAROTO Y DR. LUIS FUENTES CONSTITUIDOS EN LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO, DENTRO DEL PROCESO 17282-2017-03697 ESTANDO PRESENTES LAS PARTES PROCESALES Y EN EL DECURSO NORMAL DE LA AUDIENCIA EL DR. WILSON CAIZA MANIFIESTA TENER OTRAS AUDIENCIA EN QUE CONFORMA OTRO TRIBUNAL , POR LO QUE SUSPENDEN LA PRESENTE AUDIENCIA Y SE CONVOCA PARA EL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2019, A LAS 08H30 A FIN DE QUE TENGA LUGAR LA REINSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUICIO .- QUITO, 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2019. CERTIFICO.- El contenido de la audiencia reposa en el archivo de la Judicatura. La presente acta queda debidamente suscrita conforme lo dispone la Ley, por la/el Secretaria/o del/de la TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA,el mismo que certifica su contenido. Las partes quedan notificadas con las decisiones adoptadas en la presente audiencia sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley respecto de su notificación escrita en las casillas judiciales que las partes procesales han señalado para tal efecto. 29/08/2019 OFICIO 10:04:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 29 de agosto 2019 Página 5 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Señor: Centro de Acopio de Evidencias del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z-9 Presente: TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, martes 20 de agosto del 2019, las 11h47, Agréguese al proceso el Oficio No. CNCMLCF- CCF-Z9-CAE-2019-0067-OF y anexos presentados por el Sgop. de Policía Luis Campoverde Cbrera, Encargado del Centro de Acopio de Evidencias del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z-9, el 19 de agosto del 2019, a las 11h22, con el que pone en conocimiento del Tribunal, que el Centro de Acopio no pudo dar cumplimiento con el traslado de evidencias a la Audiencia de Juzgamiento convocada el 13 de agosto del 2019 a las 08h00. Por cuanto para la realización de la Audiencia se ha fijado nueva fecha, siendo la misma el 17 de septiembre del 2019, a las 08h00, ofíciese nuevamente al Centro de Acopio de Evidencias del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z-9, a fin que el día de la Audiencia, dé cumplimiento con el traslado de las evidencias dispuesto, dentro del caso 17282-2018-03927. Particular que se pone en conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales pertinentes.- NOTIFIQUESE.f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 26/08/2019 PROVIDENCIA GENERAL 12:49:00 Quito, lunes 26 de agosto del 2019, las 12h49, Agréguese al proceso el escrito y anexos presentados por el Abg. José Daniel Jácome, Procurador Judicial ALEM Cia. Ltda. El 20 de agosto del 2019, a las 16h36, con el que pone en conocimiento del Tribunal la información requerida en providencia del 16 de agosto del 2019, a las 13h45, lo que se pone en conocimiento para los fines pertinentes.- NOTIFIQUESE 20/08/2019 ESCRITO 16:36:22 ANEXOS, ANEXOS, ANEXOS, ANEXOS, Escrito, FePresentacion 20/08/2019 PROVIDENCIA GENERAL 11:47:00 Quito, martes 20 de agosto del 2019, las 11h47, Agréguese al proceso el Oficio No. CNCMLCF-LCCF-Z9-CAE-2019-0067-OF y anexos presentados por el Sgop. de Policía Luis Campoverde Cabrera, Encargado del Centro de Acopio de Evidencias del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z-9, el 19 de agosto del 2019, a las 11h22, con el que pone en conocimiento del Tribunal, que el Centro de Acopio no pudo dar cumplimiento con el traslado de evidencias a la Audiencia de Juzgamiento convocada el 13 de agosto del 2019 a las 08h00. Por cuanto para la realización de la Audiencia se ha fijado nueva fecha, siendo la misma el 17 de septiembre del 2019, a las 08h00, ofíciese nuevamente al Centro de Acopio de Evidencias del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z-9, a fin que el día de la Audiencia, dé cumplimiento con el traslado de las evidencias dispuesto, dentro del caso 17282-2018-03927. Particular que se pone en conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales pertinentes.- NOTIFIQUESE.- 20/08/2019 OFICIO 10:58:00 REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES DE PICHINCHA Quito, 20 de agosto del 2019.TGPP-IS Página 6 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Señores.- ALVAREZ LARREA. EQUIPOS MEDICOS ALEM De mi consideración.- En el Juicio penal No. 17282-2018-03927, se ha dispuesto oficiar a usted, haciéndole conocer lo siguiente: Quito, viernes 16 de agosto del 2019, las 13h45, Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentada por el actuario de la presente, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2019 A LAS 08H00, por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- Por cuanto el señor CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC), ha sido declarado prófugo por este Tribunal, por cuanto no se ha presentado a juicio se dispone su localización y captura, para lo cual se dispone oficiar a la Policía Judicial de Pichincha. ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, en cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, en cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, ESLENDY ORBE, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B; c) Recíbase los testimonios de los señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico Página 7 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- En cuanto al escrito y anexos presentado por ANDRES ORDOÑEZ CORDOVA, despachando el mismo , se dispone que se oficie a la empresa ALVAREZ LARREA EQUIPOS MEDICOS ALEAN, por medio de su representante LEGAL ISSAC ELIODORO ALVAREZ GRANDA y la Contadora PATRICIA CONDOR GAONA, en el término de tres días, ENTREGUE A ESTE Tribunal la documentación que sirvió para la realización del informe Técnico Pericial Documentologuico No. CNCMLCF-LCCF-Z9-DOC-2018-425-PER de fecha 30 de abril del 2018 suscrito por el TLGO. FREDDY BAZANTE QUINTANILLA Y MAGALY CARDENAS SANCHEZ, bajo prevenciones de ley. Notifíquese.- - f. WILSON Página 8 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ RODRIGO CAIZA REINOSO. JUEZ PONENTE. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, JUEZ. MILTON IVAN MAROTO SANCHEZ, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley ABG. CINTHIA PEREZ SECRETARIA 19/08/2019 OFICIO 11:22:07 ANEXOS, Oficio, FePresentacion 16/08/2019 CONVOCATORIA AUDIENCIA DE JUICIO 13:45:00 Quito, viernes 16 de agosto del 2019, las 13h45, Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentada por el actuario de la presente, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2019 A LAS 08H00, por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- Por cuanto el señor CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC), ha sido declarado prófugo por este Tribunal, por cuanto no se ha presentado a juicio se dispone su localización y captura, para lo cual se dispone oficiar a la Policía Judicial de Pichincha. ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, en cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, en cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Página 9 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, ESLENDY ORBE, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B; c) Recíbase los testimonios de los señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma Página 10 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- En cuanto al escrito y anexos presentado por ANDRES ORDOÑEZ CORDOVA, despachando el mismo , se dispone que se oficie a la empresa ALVAREZ LARREA EQUIPOS MEDICOS ALEAN, por medio de su representante LEGAL ISSAC ELIODORO ALVAREZ GRANDA y la Contadora PATRICIA CONDOR GAONA, en el término de tres días, ENTREGUE A ESTE Tribunal la documentación que sirvió para la realización del informe Técnico Pericial Documentologuico No. CNCMLCF-LCCF-Z9-DOC-2018-425-PER de fecha 30 de abril del 2018 suscrito por el TLGO. FREDDY BAZANTE QUINTANILLA Y MAGALY CARDENAS SANCHEZ, bajo prevenciones de ley. Notifíquese 15/08/2019 ESCRITO 13:38:43 ANEXOS, Escrito, FePresentacion 14/08/2019 RAZON 16:43:00 RAZÓN: Siento como tal que, el acta resumen de la audiencia de juzgamiento, realizada en esta causa el 13 de agosto de 2019 a las 08H00 reposa en archivo de esta judicatura; la presente acta resumen queda debidamente suscrita conforme lo dispone la Ley por el señor Secretario (e) de este Tribunal Penal, el mismo que da fe de su contenido. .- La Audiencia de Juicio dio inicio a las 08h00 y concluyo a las 17h00 del 13 de agosto del 2019.- Los sujetos procesales quedaron notificados en persona con todas y cada una de las decisiones orales dispuestas por el Tribunal en la audiencia referida de conformidad con el Art. 76. 1 de la Constitución, han solicitado que se suspenda la audiencia de conformidad con el Art. 612 inciso 4, se suspende la audiencia y se dispone la reinstalación de esta audiencia el día martes 17 de septiembre del 2019,a las 08h00, quedan notificados en forma verbal, sin embargo se hará llegar a las casillas judiciales señaladas para el efecto.- Particular que pongo en conocimiento de los sujetos procesales para los fines de ley.- Quito, 14 de agosto de 2019- Certifico.- Ab. Adolfo Eduardo Franco Villena SECRETARIO (e) 14/08/2019 Acta Resumen 16:37:56 RESOLUCION ESTE TRIBUNAL DE CONFORMIDAD CON EL ART. 76. 1 DE LA CONSTITUCIÓN, HAN SOLICITADO QUE SE SUSPENDA LA AUDIENCIA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 612 INCISO 4, SE SUSPENDE LA AUDIENCIA Y SE DISPONE LA REINSTALACIÓN DE ESTA AUDIENCIA EL DÍA MARTES 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2019,A LAS 08H00, QUEDAN NOTIFICADOS EN FORMA VERBAL, SIN EMBARGO SE HARÁ LLEGAR A LAS CASILLAS JUDICIALES SEÑALADAS PARA EL EFECTO. El contenido de la audiencia reposa en el archivo de la Judicatura. La presente acta queda debidamente suscrita conforme lo dispone la Ley, por la/el Secretaria/o del/de la TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA,el mismo que certifica su contenido. Las partes quedan notificadas con las decisiones adoptadas en la presente audiencia sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley respecto de su notificación escrita en las casillas judiciales que las partes procesales han señalado para tal efecto. 13/08/2019 OFICIO 10:58:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 05 de agosto de 2019 Página 11 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Señor: Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional Presente: TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 5 de agosto del 2019, las 07h52, Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentada por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día 13 DE AGOSTO DEL 2019 A LAS 08H00, por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- Por cuanto el señor CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC), ha sido declarado prófugo por este Tribunal, por cuanto no se ha presentado a juicio se dispone su localización y captura, para lo cual se dispone oficiar a la Policía Judicial de Pichincha. ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: MARIA VERONICA CABRERA ORMAZA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Página 12 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA, POLICIA JUAN ANDRES MUÑOZ DIAZ, POLICIA ROBINSONGAVILANEZ RIVERA, POLICIA VICTOR ACOSTA RECALDE, POLICIA LARRY NELSON BAUTISTA, POLICIA MAGALY CARDENAS SANCHEZ, POLICIA JUAN ANDRES MUÑOZ DIAZ, POLICIA ROBINSONGAVILANEZ RIVERA, POLICIA VICTOR ACOSTA RECALDE, POLICIA LARRY NELSON BAUTISTA, POLICIA MAGALY CARDENAS SANCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: MARIA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, GUILLERMO JARAMILLO NIETO, KAREN LISETTE MOSUERA RIZZO, JAVIER LUIS ARAUZ ROCA, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, RICARDO NARANJO REYEZ, MARIA VERONICA MEJIA RODRIGUEZ, KARINA VALLEJO, ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, ESLENDY ORBE, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA Página 13 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ ALBUJA B; c) Recíbase los testimonios de los señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la Página 14 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ instalación de audiencia de juicio, en cuanto al escrito presentado por MANUEL ENRIQUE CACERES PERIGACHI, previo a proveer lo que en derecho corresponda el señor DR. MIGUEL BALSECA profesional que firma el certificado médico adjunto al escrito que se despacha, reconozca firma y rubrica el día martes 6 de agosto del 2019 a las 12h00.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. FRANCO VILLENA ADOLFO EDUARDO SECRETARIO 12/08/2019 PROVIDENCIA GENERAL 09:54:00 Quito, lunes 12 de agosto del 2019, las 09h54, Agréguese al proceso los escritos presentados por el Señor MANUEL ENRIQUE CACERES PERIGACHI en la calidad en compárese a juicio. En lo principal, en cuanto al pedido de MANUEL ENRIQUE CACERES PERIGACHI, se dispone que esta comparezca a la audiencia de Juzgamiento que se llevará a cabo el día 13 de agosto del 2019 a las 08h00, su notificación y asistencia es de estricta responsabilidad del solicitante.- Notifíquese.- 07/08/2019 ESCRITO 13:10:27 Escrito, FePresentacion 07/08/2019 PROVIDENCIA GENERAL 12:29:00 Quito, miércoles 7 de agosto del 2019, las 12h29, Agréguese al proceso los escritos presentados por el Señor Andrés Ordoñez Córdova en la calidad en compárese a juicio. En lo principal, la notificación y asistencia de los testigos por las partes procesales es de estricta responsabilidad del solicitante, en el caso de el señor GUILLERMO BELMONTE VITERI, no se ha dispuesto en la audiencia de juzgamiento que su comparecencia se la haga mediante la fuerza pública por lo que el pedido es improcedente, y se le recuerda al solicitante que es responsabilidad de los sujetos procesales, la comparecencia del mencionado a la audiencia de Juzgamiento señalada, en cuanto al pedido de que la acusación particular ILIANA RAQUEL GOMEZ RIZZO se dispone que esta comparezca a la audiencia de Juzgamiento que se llevará a cabo el día 13 de agosto del 2019 a las 08h00, su notificación y asistencia es de estricta responsabilidad del solicitante.- Notifíquese.- 05/08/2019 ESCRITO 11:35:32 Escrito, FePresentacion 05/08/2019 ESCRITO 09:18:00 Escrito, FePresentacion 05/08/2019 CONVOCATORIA AUDIENCIA DE JUICIO 07:52:00 Quito, lunes 5 de agosto del 2019, las 07h52, Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentada por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día 13 DE AGOSTO DEL 2019 A LAS 08H00, por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y Página 15 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- Por cuanto el señor CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC), ha sido declarado prófugo por este Tribunal, por cuanto no se ha presentado a juicio se dispone su localización y captura, para lo cual se dispone oficiar a la Policía Judicial de Pichincha. ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: MARIA VERONICA CABRERA ORMAZA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA, POLICIA JUAN ANDRES MUÑOZ DIAZ, POLICIA ROBINSONGAVILANEZ RIVERA, POLICIA VICTOR ACOSTA RECALDE, POLICIA LARRY NELSON BAUTISTA, POLICIA MAGALY CARDENAS SANCHEZ, POLICIA JUAN ANDRES MUÑOZ DIAZ, POLICIA ROBINSONGAVILANEZ RIVERA, POLICIA VICTOR ACOSTA RECALDE, POLICIA LARRY NELSON BAUTISTA, POLICIA MAGALY CARDENAS SANCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: MARIA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, GUILLERMO JARAMILLO NIETO, KAREN LISETTE MOSUERA RIZZO, JAVIER LUIS ARAUZ ROCA, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, RICARDO NARANJO REYEZ, MARIA VERONICA MEJIA RODRIGUEZ, KARINA VALLEJO, ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que Página 16 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, ESLENDY ORBE, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B; c) Recíbase los testimonios de los señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en Página 17 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio, en cuanto al escrito presentado por MANUEL ENRIQUE CACERES PERIGACHI, previo a proveer lo que en derecho corresponda el señor DR. MIGUEL BALSECA profesional que firma el certificado médico adjunto al escrito que se despacha, reconozca firma y rubrica el día martes 6 de agosto del 2019 a las 12h00.- Notifíquese 30/07/2019 ESCRITO 08:57:26 ANEXOS, Escrito, FePresentacion 29/07/2019 ESCRITO 14:05:51 ANEXOS, ANEXOS, Escrito, FePresentacion 26/07/2019 Acta Resumen 15:52:02 RAZÓN: SIENTO POR TAL PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES QUE EL TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES DE PICHINCHA, CONFORMADO POR EL DR. WILSON CAIZA, DR. MILTON MAROTO Y DR. LUIS FUENTES , CONSTITUIDOS EN LA REINSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO, DENTRO DEL PROCESO 17282-2017-03697, EL TRIBUNAL RESUELVE SUSPENDER LA PRESENTE AUDIENCIA, POR AUSENCIA DEL AB. MANUEL CÁCERES PERUGACHI , DE CONFORMIDAD 130.7 DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL , SE LE IMPONE LA MULTA DE 2 REMUNERACIONES BÁSICAS UNIFICADAS DEL TRABAJADOR EN GENERAL. SE CONVOCA PARA EL DÍA 13 DE AGOSTO DEL 2019 A LAS 08H00 A FIN DE QUE TENGA LUGAR LA REINSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA DE JUICIO , SE LE RECUERDA A LAS PARTES PROCESALES QUE ES DE SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD LA COMPARECENCIA DE SUS TESTIGOS Y PERITOS .- QUITO, 26 DE JULIO DEL 2019. CERTIFICO El contenido de la audiencia reposa en el archivo de la Judicatura. La presente acta queda debidamente suscrita conforme lo dispone la Ley, por la/el Secretaria/o del/de la TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA,el mismo que certifica su contenido. Las partes quedan notificadas con las decisiones adoptadas en la presente audiencia sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley respecto de su notificación escrita en las casillas Página 18 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ judiciales que las partes procesales han señalado para tal efecto. 23/07/2019 PROVIDENCIA GENERAL 14:23:00 Quito, martes 23 de julio del 2019, las 14h23, Agréguese al proceso el escrito presentado por el Dr. Gustavo Benítez Álvarez Fiscal de Pichincha. En lo principal, de conformidad a lo solicitado por el señor Fiscal: Recíbase los testimonios de los testigos señores: MARIA VERONICA CABRERA ORMAZA, cuya notificación y asistencia es de cuenta del solicitante, ) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, a fin de que los señores: CPTN. DARWIN BENAVIDES. Notifíquese.- 22/07/2019 OFICIO 12:51:36 Oficio, FePresentacion 22/07/2019 PROVIDENCIA GENERAL 07:45:00 Quito, lunes 22 de julio del 2019, las 07h45, Agréguese al proceso el escrito presentado por el Servicio de Rentas Internas. En lo principal, de conformidad a lo solicitado por el SRI, El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS: Recíbase los testimonios de los testigos señores: MARIA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, GUILLERMO JARAMILLO NIETO, KAREN LISETTE MOSUERA RIZZO, JAVIER LUIS ARAUZ ROCA, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, RICARDO NARANJO REYEZ, MARIA VERONICA MEJIA RODRIGUEZ, KARINA VALLEJO, cuya notificación y asistencia es de entera responsabilidad del solicitante. B) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, a fin de que los señores: POLICIA JUAN ANDRES MUÑOZ DIAZ, POLICIA ROBINSONGAVILANEZ RIVERA, POLICIA VICTOR ACOSTA RECALDE, POLICIA LARRY NELSON BAUTISTA, POLICIA MAGALY CARDENAS SANCHEZ. Notifíquese.- 18/07/2019 ESCRITO 11:45:51 Escrito, FePresentacion 08/07/2019 OFICIO 10:02:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 02 de julio de 2019 Señor: Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional Presente: TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, martes 2 de julio del 2019, las 14h04, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por CESAR ALBERTO LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO y ANDRES ORDOÑEZ CORDOVA en la calidad en que compárese, téngase en cuenta las casillas judiciales, correos electrónicos que señalan los señores CESAR ALBERTO LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO, así como la autorización otorgada a la Ab. Pilco Jacqueline Alexandra. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día 26 de julio del 2019 a las 08h30, por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes Página 19 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- Por cuanto el señor CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC), ha sido declarado prófugo por este Tribunal, por cuanto no se ha presentado a juicio se dispone su localización y captura, para lo cual se dispone oficiar a la Policía Judicial de Pichincha. ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos josegabriel@teran- naranjo.com y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico Página 20 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, ESLENDY ORBE, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B; c) Recíbase los testimonios de los señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Página 21 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102- 2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 08/07/2019 OFICIO 09:57:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 02 de julio de 2019 Señor: Jefe de la Policía Judicial de Pichincha Presente: TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, martes 2 de julio del 2019, las 14h04, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por CESAR ALBERTO Página 22 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO y ANDRES ORDOÑEZ CORDOVA en la calidad en que compárese, téngase en cuenta las casillas judiciales, correos electrónicos que señalan los señores CESAR ALBERTO LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO, así como la autorización otorgada a la Ab. Pilco Jacqueline Alexandra. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día 26 de julio del 2019 a las 08h30, por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- Por cuanto el señor CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC), ha sido declarado prófugo por este Tribunal, por cuanto no se ha presentado a juicio se dispone su localización y captura, para lo cual se dispone oficiar a la Policía Judicial de Pichincha. ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos josegabriel@teran- naranjo.com y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, AURA Página 23 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, ESLENDY ORBE, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B; c) Recíbase los testimonios de los señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o Página 24 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102- 2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 08/07/2019 OFICIO 08:56:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 02 de julio de 2019 Señor: Página 25 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Servicio de Rentas Internas SRI Presente: TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, martes 2 de julio del 2019, las 14h04, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por CESAR ALBERTO LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO y ANDRES ORDOÑEZ CORDOVA en la calidad en que compárese, téngase en cuenta las casillas judiciales, correos electrónicos que señalan los señores CESAR ALBERTO LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO, así como la autorización otorgada a la Ab. Pilco Jacqueline Alexandra. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día 26 de julio del 2019 a las 08h30, por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- Por cuanto el señor CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC), ha sido declarado prófugo por este Tribunal, por cuanto no se ha presentado a juicio se dispone su localización y captura, para lo cual se dispone oficiar a la Policía Judicial de Pichincha. ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos josegabriel@teran- naranjo.com y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO Página 26 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, ESLENDY ORBE, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B; c) Recíbase los testimonios de los señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo Página 27 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102- 2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO Página 28 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ 08/07/2019 OFICIO 08:54:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 02 de julio de 2019 Señor: Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional Presente: TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, martes 2 de julio del 2019, las 14h04, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por CESAR ALBERTO LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO y ANDRES ORDOÑEZ CORDOVA en la calidad en que compárese, téngase en cuenta las casillas judiciales, correos electrónicos que señalan los señores CESAR ALBERTO LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO, así como la autorización otorgada a la Ab. Pilco Jacqueline Alexandra. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día 26 de julio del 2019 a las 08h30, por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- Por cuanto el señor CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC), ha sido declarado prófugo por este Tribunal, por cuanto no se ha presentado a juicio se dispone su localización y captura, para lo cual se dispone oficiar a la Policía Judicial de Pichincha. ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le Página 29 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos josegabriel@teran- naranjo.com y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, ESLENDY ORBE, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA Página 30 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B; c) Recíbase los testimonios de los señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102- 2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese Página 31 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 02/07/2019 CONVOCATORIA AUDIENCIA DE JUICIO 14:04:00 Quito, martes 2 de julio del 2019, las 14h04, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por CESAR ALBERTO LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO y ANDRES ORDOÑEZ CORDOVA en la calidad en que compárese, téngase en cuenta las casillas judiciales, correos electrónicos que señalan los señores CESAR ALBERTO LOZADA MORAN, MIGUEL ANGEL JUSTICIA TENORIO, así como la autorización otorgada a la Ab. Pilco Jacqueline Alexandra. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día 26 de julio del 2019 a las 08h30, por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- Por cuanto el señor CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC), ha sido declarado prófugo por este Tribunal, por cuanto no se ha presentado a juicio se dispone su localización y captura, para lo cual se dispone oficiar a la Policía Judicial de Pichincha. ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) En cuanto a la prueba Página 32 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, ESLENDY ORBE, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B; c) Recíbase los testimonios de los señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo Página 33 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese 01/07/2019 ESCRITO 10:32:34 Escrito, FePresentacion Página 34 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ 01/07/2019 Acta Resumen 09:51:02 RAZÓN: SIENTO POR TAL PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES QUE EL TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES DE PICHINCHA, CONFORMADO POR EL DR. WILSON CAIZA, Y DR. MILTON MAROTO Y DR. LUIS FUENTES CONSTITUIDOS EN LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO, DENTRO DEL PROCESO 17282-2017-03697, POR PROLONGACIÓN DE LA HORA EL TRIBUNAL RESUELVE SUSPENDER LA PRESENTE AUDIENCIA, Y SE CONVOCA OPORTUNAMENTE LA FECHA PARA LA REINSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUICIO DENTRO DE LA PRESENTE CAUSA . LA PRESENTE AUDIENCIA TERMINA SIENDO LAS 17H13 .- QUITO, 27 DE JUNIO DEL 2019. CERTIFICO.- El contenido de la audiencia reposa en el archivo de la Judicatura. La presente acta queda debidamente suscrita conforme lo dispone la Ley, por la/el Secretaria/o del/de la TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA,el mismo que certifica su contenido. Las partes quedan notificadas con las decisiones adoptadas en la presente audiencia sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley respecto de su notificación escrita en las casillas judiciales que las partes procesales han señalado para tal efecto. 27/06/2019 ESCRITO 10:59:33 ANEXOS, Escrito, FePresentacion 27/06/2019 ESCRITO 10:57:00 ANEXOS, ANEXOS, Escrito, FePresentacion 27/06/2019 ACTA GENERAL 07:36:00 REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES CON SEDE EN EL CANTON QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 8H30 CAUSA No. 17282-2017-03697 COIP TRIBUNAL INTEGRADO POR: Dr. CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO , JUEZ SUSTANCIADOR Dr. MAROTO SANCHEZ MILTON IVAN DR. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ DELITO: DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO FISCAL: ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO VICTIMA ENDARA ERASO NATALIA ESTEFANIA DE RENTAS INTERNAS Página 35 de 587 ABOGADO DEFENSA:

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ JIMENEZ JIMENEZ MAGALY ALEXANDRA TEJADA VELA RAMIRO OLMEDO ARGUELLO VILLAVICENCIO KATYA SANDOVAL PANTOJA CHRISTIAN PROCESADO: JULIO CESAR JIMENEZ RUGEL ABOGADO DEFENSA: AB. CRISTIAN DANILO SILVA PROCESADO: CRISTIAN VACA GUERRERO ABOGADO DEFENSOR DR. STALIN LOPEZ SALAZAR PROCESADO: DIEGO PATRICIO DAVILA LASTRA ABOGADO DEFENSA: AB. MANUEL CACERES PERIGACHI PROCESADO: STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES ABOGADO DEFENSA: AB. JOSE GABRIEL TERAN NARANJO AB. ALEX LOPEZ MANTILLA AB. TEODORO CORONEL ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALIA CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS ANABELA OBANDO ESLENDY ORBE ( SORAYA VACA LORENA GUERRERO MARÍA JOSÉ FREIRE MAURICIO CORONADO ALEXANDRA ALBUJA B. LORENA GUERRERO MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS Página 36 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ HENRY R. PÉREZ R. ( JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO ( ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO KARINA SUÁREZ T. JAVIER GUEVARA ALBORNOZ ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO ( PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA DARWIN BENAVIDES VILLACÍS ANUNCIO DE PRUEBA DEL POCESADO 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES CRISTIAN VACA GUERRERO, 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, Página 37 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES ANUNCIO DE PRUEBA DE LA VICTIMA CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, Página 38 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; LEIDY LÓPEZ RISCO; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, CRISTIAN VACA GUERRERO, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL 26/06/2019 PROVIDENCIA GENERAL 15:37:00 Quito, miércoles 26 de junio del 2019, las 15h37, Agréguese al proceso el escrito presentado por el señor JIMENEZ RUGEL JULIO CESAR. En lo principal téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala para sus notificaciones, así como la autorización otorgada al Ab. EDWIN ORLANDO COLCHA, para que lo represente en la presente causa. Notifíquese.- 26/06/2019 ESCRITO 15:15:15 ANEXOS, Escrito, FePresentacion 26/06/2019 PROVIDENCIA GENERAL 14:45:00 Quito, miércoles 26 de junio del 2019, las 14h45, Una vez que el señor Doctor Luis Gonzalo Fuentes López, se a reintegrado al tribunal luego del uso de sus vacaciones de ley, se le hace conocer de la audiencia de Juzgamiento en la presente causa, se Página 39 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ encuentra señalada para el día 17 de Junio del 2019 a las 08h00. Notifíquese.- 26/06/2019 PROVIDENCIA GENERAL 10:14:00 Quito, miércoles 26 de junio del 2019, las 10h14, Agréguese al proceso el escrito presentado por el Servicio de Rentas Internas. En lo principal, se dispone la comparecencia como testigo de parte del solicitante, de la señora KARINA LORENA VALLEJO BASTIDAS, a fin de que se recepte su testimonio, la notificación y comparecencia de la testigo es de responsabilidad del solicitante. Notifíquese.- 20/06/2019 ESCRITO 15:56:37 Escrito, FePresentacion 18/06/2019 OFICIO 14:52:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: MARIA VERONICA CARRERA ORMAZA Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de Página 40 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Página 41 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, Página 42 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Página 43 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 18/06/2019 OFICIO 14:50:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: ANTONIO AGUIRRE CARRION Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido Página 44 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS Página 45 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) Recíbase los testimonios de los testigos señores: ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected], [email protected]; y, [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA, ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, JORGE ENRIQUE TRIANA VARGAS, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; RICARDO NARANJO REYES; MARÍA VERÓNICA MEJÍA RODRIGUEZ, a quien se le notificará en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CRISTIAN VACA GUERRERO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; y, JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Roberto Carlos Bahamonde Noriega, Director Zonal 9 del Servicio de Rentas Internas, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; e) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Acusador Particular enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, Página 46 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70; a la prueba pericial a que se refieren los numerales 1, 2, 3, 4, 5, y 6; y la de los numerales 1, 2, 3, y 4, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR: 1.- EL PROCESADO CRISTIAN VACA GUERRERO, constante a fs. 26 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, ISAAS ELIODORO ÁLVAREZ GRANDA, DARWIN BENAVIDES VILLACIS (Perito Contable); y, STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES; b) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Cristian Vaca Guerrero, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 2.- EL PROCESADO DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, escritos constantes a fojas 27 y 31 de los autos: a) El día de la audiencia se recibirá la declaración del señor DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; b) Recíbase el testimonio de los señores STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES y CRISTIAN VACA GUERRERO, en calidad de Representante Legal de las Empresas de las que supuestamente se dice era Contador Externo; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Diego Patricio Dávila Lastra, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia; d) Adicionalmente manifiesta en su escrito de anuncio de prueba que las pruebas que utilice Fiscalía tomará a favor las que le sean favorables para demostrar su inocencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 3.- EL SEÑOR STALIN FERNANDO MASAQUIZA PAREDES, escritos constantes a fs. 33 y 34 del proceso: a) Recíbase los testimonios de los señores: CRISTIAN VACA GUERRERO; PERITO DARWIN BENAVIDES VILLACIS; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rinda testimonio el testigo señor HENRY PÉREZ, ROBINSON VILLACIS, CATALINA TRUJILLO, MAYRA DELGADO, funcionarios del SRI; c) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Stalin Fernando Masaquiza Paredes, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA PRESENTADO POR 4.- EL PROCESADO JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, constante de fs. 35 a fs. 37 de los recaudos procesales: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOS. DE POLICIA ELIZABETH ALARCON, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA Q., SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, SGOS. DE POLICÍA FREDDY BASANTE QUINTANILLA, CBOS. DE POLICÍA MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES; DARWIN JESÚS BENAVIDES VILLACÍS; TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVER; y, TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico comparecencias@dgp- polinal.gob.ec; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO, TATIANA VALENCIA, ESLENDY ORBE, SORAYA VACA, LORENA GUERRERO, MARÍA JOSÉ FREIRE, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, KARINA SUÁREZ T., MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS, JAVIER GUEVARA ALBORNOZ, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, MAURICIO CORONADO, HENRY R. PÉREZ R., ALEXANDRA ALBUJA B.; c) Recíbase los testimonios de los señores: JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ROXANA JUDITH CAICEDO TORO; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; d) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Julio César Jiménez Rugel, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Para las comparecencias de todos los testigos de los sujetos de la relación procesal, remítase atentos OFICIOS, que serán enviados a las casillas judiciales señaladas dentro de la presente causa, quienes prestarán las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día Página 47 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ de la audiencia.- Se les previene a los Defensores Particulares que de no comparecer a la Audiencia Reservada de Juzgamiento que se señala, se aplicará el numeral 4, del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial que establece: “…FACULTADES CORRECTIVAS DE LAS JUEZAS Y JUECES.- A fin de observar una conducta procesal correspondiente a la importancia y respeto de la actividad judicial, las juezas y jueces deben:… 4. Sancionar a las y a los defensores privados que no comparezcan a cualquier audiencia judicial, con multa de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador en general, salvo caso fortuito o fuerza mayor…”.- Los sujetos procesales deberán estar atentos a lo dispuesto en el artículo 611 del COIP, que señala “La o el juzgador notificará a los testigos o peritos para su comparecencia a la audiencia, siendo responsabilidad de los sujetos procesales el llevar a dichos peritos o testigos a la misma. De igual forma oficiará las certificaciones solicitadas a efectos de que la parte solicitante pueda obtener la presencia de los testigos y peritos, así como la información requerida o solicitada documentalmente”. De conformidad con lo establecido en el Art. 11 numeral 6 ibídem que dice: “Derechos.- En todo proceso penal, la víctima de las infracciones gozará de los siguientes derechos:….6. A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral…(…)” y con el objeto de garantizar el derecho de defensa de la VÍCTIMA y ACUSACIÓN PARTICULAR, sin perjuicio que cuenten con su Abogado Defensor Particular, notifíquese al Coordinador de la Unidad de Víctimas de la Defensoría Pública Penal, a fin de que designen un Defensor Público para que intervenga en la Audiencia de Juzgamiento a quien se le notificará en la casilla judicial No. 6049.- Con el objeto de garantizar en igual forma el derecho de defensa de los procesados señores CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, conforme lo establece el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, así como el Art. 451 del Código Orgánico Integral Penal, sin perjuicio que cuenten con sus Abogados Defensores Particulares notifíquese a la Coordinación de la Defensoría Pública Penal de Pichincha en la casilla judicial No. 5711 y al correo electrónico [email protected], a fin de que se designe un defensor público, quien actuará en caso de ser necesario.- En caso de que no se lo pueda trasladar al acusado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE a la señora Coordinadora de los Tribunales de Garantías Penales con Sede en el Cantón Quito, Provincia de Pichincha, a fin de que se coordine la videoconferencia para que se lleve a efecto la Audiencia Reservada de Juzgamiento, conforme a la Resolución 102-2014, dada y suscrita en el Distrito Metropolitano de Quito en la Sala de Sesiones del Consejo de la Judicatura a los nueve días del mes de junio del dos mil catorce, emitida por el Consejo de la Judicatura.- Se previene de la aplicación del Art. 613 del COIP que establece: “Si la suspensión de la audiencia se debe a causas imputables a las o los jueces, las o los fiscales, se comunicará del hecho al Consejo de la Judicatura, a fin de que disponga las sanciones del caso. Si se trata de otros servidores públicos, se pondrá en conocimiento de las autoridades respectivas para las sanciones administrativas que correspondan”.- Se previene también de la aplicación del Art. 452 del Código Orgánico Integral Penal que establece: “La defensa de toda persona estará a cargo de una o un abogado de su elección, sin perjuicio de su derecho a la defensa material o a la asignación de una o un defensor público. En los casos de ausencia de la o el defensor elegido y desde la primera actuación, se contará con una o un defensor público previamente notificado. La ausencia injustificada de la o el defensor público o privado a la diligencia, se comunicará al Consejo de la Judicatura para la sanción correspondiente”.- Se conmina a los sujetos procesales, Abogados Defensores, testigos y peritos para que el día y hora señalada para la audiencia de juzgamiento dentro de la presente causa presenten todos los elementos probatorios necesarios a fin de que se realice la misma sin dilaciones, así como también se les recuerda a los peticionarios, que es de SU RESPONSABILIDAD TRAER A SUS TESTIGOS.- Notifíquese con el presente decreto a los señores Jueces que conforman el Tribunal, a los sujetos procesales, a la Unidad de Gestión de Audiencias de la Defensoría Pública, a la Unidad de Coordinación de Audiencias de la Fiscalía de Pichincha, a éstas dos últimas Unidades de Gestión en las casillas judiciales correspondientes; a todos los peritos y testigos, conforme se encuentra dispuesto, a quienes se les advierte de la obligatoriedad que tienen de asistir a la mencionada diligencia, bajo apercibimientos legales.- Se les comunica a los sujetos procesales, que en caso de tener alguna causa de EXCUSA o RECUSACIÓN ante algún miembro que integra el Tribunal, se lo haga conocer de manera oportuna, es decir antes de la instalación de audiencia de juicio.- Notifíquese f).- CAIZA REINOSO WILSON RODRIGO, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines de ley. PEREZ BOLAÑOS CINTHIA VANESA SECRETARIO 18/06/2019 OFICIO Página 48 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ 14:48:00 REPÚBLICA DEL ECUADOR FUNCIÓN JUDICIAL www.funcionjudicial.gob.ec Juicio No: 17282201703697, TRIBUNAL, número de ingreso 1 Fecha: 17 de junio de 2019 Señor: KAREN LISETTE MOSQUERA RIZZO Presente: : TRIBUNAL DE GARANTIAS PENALES CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA En el Juicio No. 17282201703697, hay lo siguiente: Quito, lunes 17 de junio del 2019, las 08h15, Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados por el Dr. Alex Fernando Castillo Fiscal de Pichincha, así como el escrito presentado por DR. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO Fiscal de Pichincha, de la Fiscalía Especializada de Administración Publica No. 5, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO, en la calidad en que compárese a juicio como Fiscal Titular de la presente causa, en cuanto al pedido realizado por el Dr. Alex Fernando Castillo y por cuanto el prenombrado ha justificado en legal y debida forma su inasistencia a la diligencia señalada para el día 31 de mayo del 2019 a las 14h00, se dejan sin efecto la multa impuesta a este funcionario de la Fiscalía General del Estado. De la revisión del proceso se constata que el Dr. LUIS GONZALO FUENTES LOPEZ, realiza una petición en la que solicita se le acepte su excusa en la presente causa de conformidad 572 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, ya que existe una manifiesta enemistad con la Dra. Jimena Moina Molina, el cual se lo niega ya que como se manifiesta en líneas anteriores el Fiscal que se encargara de sustanciar la presente causa es el Dr. GUSTAVO BENITEZ ALVARADO. Continuando la tramitación de la presente causa y atento la razón sentad por el actuario de la presente causa y al anuncio de prueba presentado por el, Fiscal de Pichincha, Fiscalía Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, y para que tenga lugar la Audiencia Oral de Juzgamiento de los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES; JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL; y, EMPRESA IMPORTVAC vinculada a través de su Representante Legal, señalase para el día JUEVES 27 DE JUNIO DEL 2019 A LAS 08H30 por tanto, llámese a integrar el Tribunal a Dr. Milton Maroto Sánchez, Juez y Dr. Luis Fuentes López, Juez, a quienes se les notificará con el contenido de esta providencia.- Notifíquese a los sujetos de la relación procesal en las casillas judiciales y correos electrónicos señalados dentro de la presente causa.- Para la comparecencia del procesado JULIO CÉSAR JIMÉNEZ RUGEL, OFÍCIESE al señor Director del Centro de Rehabilitación Social de Varones, a fin de que, con las debidas seguridades del caso trasladen al mencionado interno el día de la Audiencia hasta esta Judicatura COMPLEJO JUDICIAL NORTE, ubicado en las calles Amazonas y Juan José Villalengua, sector Iñaquito.- Por cuanto los procesados CRISTIAN VACA GUERRERO, Representante Legal de la Empresa (IMPORTVAC); DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, se encuentran en libertad y con el objeto de garantizar la inmediación de los procesados y su presentación a la audiencia de juicio, garantizando las normas del debido proceso y garantías constitucionales que le amparan de conformidad con lo previsto en los Arts. 76 y 77 de la Constitución de la República del Ecuador, su comparecencia se la realiza bajo prevención legal.- ANUNCIO DE PRUEBA DE FISCALÍA, escrito constante de fs. 13 a fs. 16 del proceso: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, al Jefe del Departamento de Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA y CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ y SGOS. DE POLICÍA JUAN PABLO GAYBOR PAREDES (Peritos del Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses Z9); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA (Agente Investigador); CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE (Agente Investigador y Perito); SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA (Agente Investigador); CBOS. DE Página 49 de 587

________________________________________________________________________________________________________ F_e_c_h__a__________A__c_tu__a_c_io__n_e_s__ju_d__ic_i_a_l_e_s____________________________________________________________________ POLICÍA ELIZABETH ALARCON JARAMILLO (Agente Investigador), a quien se le notificará también al correo electrónico [email protected]; SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ (Perito Informáticos del Laboratorio de Criminología y Ciencias Forenses Z9), a todos los miembros policiales también se les notificará en el correo electrónico [email protected]; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ANABELA OBANDO (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); TATIANA VALENCIA (Jefa Nacional del Departamento de Auditoria Tributaria); ESLENDY ORBE (Departamento Nacional de Auditoria Tributaria); SORAYA VACA (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MARÍA JOSÉ FREIRE (Funcionaria del SRI); MAURICIO CORONADO (Funcionario del SRI); ALEXANDRA ALBUJA B. (Funcionaria del SRI); LORENA GUERRERO (Funcionaria del SRI); MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO (Funcionaria del SRI); LEONARDO JAVIER JÁCOME SANTOS (Funcionaria del SRI); MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ (Funcionaria del SRI); HENRY R. PÉREZ R. (Funcionario del SRI); JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO (Funcionario del SRI); ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ (Funcionaria del SRI); MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO (Funcionaria del SRI); KARINA SUÁREZ T. (Funcionaria del SRI); JAVIER GUEVARA ALBORNOZ (Funcionario del SRI); ROXANA JUDITH CAICEDO CAICEDO (Funcionaria del SRI); AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO (Funcionaria del SRI); c) Recíbase los testimonios de los testigos señores: PRICILA ELIZABETH ALCÍVAR ANCHUNDIA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; OSWALDO GUILLERMO JARAMILLO NIETO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JUAN CARLOS ARIAS MEDRANO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ISAAC ELEODORO ÁLVAREZ GRANDA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; PATRICIA JACQUELINE CÓNDOR GAONA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; CÉSAR ALBERTO LOZADA MORÁN, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; MIGUEL ÁNGEL JUSTICIA TENORIO, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; ELIZABETH MARGARITA SALAZAR QUINTANA, a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; ILIANA RAQUEL GÓMEZ RIZZO; JAVIER LUIS ARAUZ AROCA; STALIN FERNANDO MAQUIZACA PAREDES, a quien se le notificará en las casillas judiciales 4313 y 4416 y en los correos electrónicos [email protected] y [email protected]; y, DIEGO PATRICIO DÁVILA LASTRA, para sus comparecencias remítase atentos que serán enviados a la casilla judicial del señor Fiscal, quien prestará las facilidades que sean necesarias a la Secretaria del Tribunal el día de la audiencia; d) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de los testigos señores: MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le notificará en el correo electrónico [email protected]; e) Remítase atento oficio al Director de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado, a fin de que disponga la comparecencia del testigo DARWIN BENAVIDES VILLACÍS (Perito Contable Tributario); f) En cuanto a la prueba documental que presentará el señor Fiscal enunciados en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj), kk), ll), mm); y, nn) y otras pruebas tanto documentales como materiales, de ser legal y constitucionalmente procedentes se tomará en cuenta el día de la audiencia.- Atento al ANUNCIO DE PRUEBA presentado por: El señor ROBERTO CARLOS BAHAMONDE NORIEGA, DIRECTOR ZONAL 9 DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS, constante a fs. 17 a fs. 25: a) OFÍCIESE al Director Nacional de Talento Humano de la Policía Nacional, Director Nacional de la Policía Judicial Unidad de Investigaciones de Apoyo a la Fiscalía, al Jefe de la Policía Judicial de Pichincha, al Jefe del Departamento de Criminalística de la Policía Judicial de Pichincha, al Coordinador Nacional de Criminalística, Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Policía Nacional, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los señores: CPTN. DE POLICÍA MAURICIO ROMERO, DARWIN BENAVIDES, SBTE. DE POLICÍA JUAN ANDRÉS MUÑOZ DÍAZ, CBOP. DE POLICÍA TLGO. ROBINSON GAVILANEZ RIVERA, CBOP. DE POLICÍA TLGO. PAÚL PROAÑO CHILUISA, SGOS. DE POLICÍA KLEVER ERNESTO CHIPANTIZA IGUASNIA, CBOP. DE POLICÍA VÍCTOR ACOSTA RECALDE, CBOP. DE POLICÍA LARRY NELSON BAUTISTA, SGOS. DE POLICÍA TLGO. FREDDY BASANTE QUINTANILLA; y, CBOS. DE POLICÍA TLGO. MAGALY CÁRDENAS SÁNCHEZ; b) Remítase atento oficio al Servicio de Rentas Internas SRI, a fin de que dispongan la comparecencia y rindan testimonio los testigos señores: ROXANA JUDITH CAICEDO TORO, JUAN GABRIEL GALLEGOS ARGUELLO, ANA CRISTINA CÁRDENAS LÓPEZ, MARCÍA CATALINA TRUJILLO TRUJILLO, LEONAROD JAVIER JÁCOME SANTOS, MAYRA ELIZABETH DELGADO MONCAYO, GUILLERMO BELMONTE VITERI, MARTHA LORENA CORONEL VÁSQUEZ, AURA CAROLINA PÉREZ JARAMILLO, JUAN MIGUEL AVILES MURILLO; y, LEIDY LÓPEZ RISCO; c) Remítase atento oficio al Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), a fin de que dispongan la comparecencia de la testigo señora MARÍA VERÓNICA CABRERA ORMAZA (Funcionaria del SENAE), a quien se le Página 50 de 587


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