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Gestion integral de riesgos y seguros

Published by ajmsvp, 2018-02-20 15:20:43

Description: Gestion integral de riesgos y seguros

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GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y SEGUROS Hernán Mejía Delgado a. Ventajas de este tipo de seguros. Como inversión, los mismos se beneÀcian de varias ventajas generales, como son: • Seguridad: la existencia del Fondo de Garantías del Estado, la exigencia de un Margen de Solvencia a las aseguradoras, la vigilancia estricta de la Superintendencia Financiera sobre el sector asegurador, además de que las reservas de las pólizas se invierten en portafolios en los que predomina la renta Àja, representan una seguridad óptima para los Asegurados. • Rentabilidad: las sumas por ahorros de los asegurados, se invierten por las aseguradoras en valores estables, seguros y a largo plazo, garantizando la rentabilidad mínima ofrecida. • Liquidez: estos Seguros posibilitan la obtención de liquidez de forma inmediata y ágil, permitiendo aplicar las cantidades entregadas al cubrimiento de cualquier circunstancia que pueda presentarse en cualquier tiempo durante el período de ahorro. • Plazo: este tipo de pólizas se expiden con términos a largo plazo generalmente, puesto que es en estos casos donde se obtiene mayor rentabilidad como a 15, 20 ó 25 años. • Tratamiento Àscal: para fomento del ahorro y los seguros, los gobiernos otorgan considerables deducciones y exenciones por las ganancias obtenidas. b. Flexibilidad. Mediante la Cláusula especial de Flexibilidad, algunas aseguradoras permiten adaptar las Condiciones del Contrato para adecuarse a las circunstancias económicas especiales que pueda afrontar el asegurado, permitiendo variaciones en el precio de las primas, modiÀcación en los plazos del seguro, etc., respondiendo con ello a dar soluciones a las rígidas condiciones que normalmente tienen la mayoría de pólizas. 3. Seguros mixtos Como su nombre lo indica, este Seguro surge de la unión en un mismo contrato del Seguro de Pérdida de la Vida, riesgo puro, con un Plan de Ahorro, lo cual permite atender estas necesidades del asegurado, puesto que las mismas cubren simultáneamente dos situaciones posibles: • Se pagará a los BeneÀciarios del asegurado, los capitales previstos en la póliza. • Si el asegurado sobrevive al término pactado de la póliza, recibirá las prestaciones garantizadas para este evento. a. Clases de seguros Mixtos. Existen varias Clases de Contratos de seguros Mixtos dependiendo de la forma de pago del Capital garantizado por la aseguradora y del tratamiento que se dé a las primas o costo del Seguro. b. Modalidades de aseguración. Los Seguros Mixtos, llamados también Seguros de Protección y Ahorro, en sus Planes Permanentes contemplan además del amparo vitalicio, las siguientes modalidades de aseguración:302

11. El seguro para las personas• Con participación de utilidades: consiste en reconocer al asegurado una participación sobre el beneÀcio obtenido por el asegurador en un período determinado.• Valores de rescate: en virtud de esta característica y por voluntad del asegurado, éste recibe del asegurador la suma que le corresponde ((valor de rescate) de la provisión matemática constituida sobre el riesgo que tenía garantizado, y en consecuencia la póliza rescatada queda automáticamente rescindida o sin efecto.• Pago limitado de primas: algunos tipos de seguros para personas permiten el pago de la prima en un número limitado de años, por ejemplo a un solo pago, a cinco, diez o más años .4. Seguro para personas claveCualquier empresa, grande o pequeña, puede verse impactada en diferentesformas por la muerte de una persona clave dentro de la misma, puesto que sufalta ocasiona traumatismos de orden Ànanciero, técnico o comercial, razón porla cual la contratación de Seguro de Vida para cubrirse de esta eventualidad seconstituye en el mejor resguardo de la vida futura de la empresa.a. Seguro de Socios. La muerte de un socio afecta de manera directa a los socios sobrevivientes, por lo que este esquema de asegurabilidad permite subsanar esta pérdida a través de la compra de un seguro de Vida individual para todos y cada uno de los socios.El Seguro de Vida es un instrumento que proporciona tranquilidad mental en losnegocios, porque cuando se pertenece a una sociedad o empresa, ésta puededisolverse no sólo por acuerdo de sus dueños, sino por el fallecimiento de unode los socios, puesto que en muchos casos al presentarse esta situación, lossocios sobrevivientes se pueden enfrentar a diferentes situaciones que puedenentorpecer la continuidad del negocio, tales como:• Los herederos no desean tomar parte en el negocio pero sí reclamar utilidades sin trabajar.• Por el contrario, es posible que quieran tomar parte activa pero careciendo de experiencia y conocimientos, se convierten en un verdadero problema.• Otra situación es la de que los herederos decidan vender su participación a un buen comprador pero extraño a la empresa, o por otra parte, que ante la difícil situación en la que hayan quedado, estén dispuestos a vender a cualquier precio.Como solución posible a estos diferentes tipos de problemas, lo más práctico yaconsejable es la contratación de los llamados “Seguros para personas Clave”que permiten a la sociedad poder comprar la participación a los herederos de lasacciones que poseía el socio fallecido.Capítulo 11 303

GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y SEGUROS Hernán Mejía Delgadob. Seguro para “Hombre clave”. Este seguro está diseñado para resarcir las pérdidas que origina el deceso de un hombre considerado clave en una empresa, ya que a través de su experiencia y conocimientos contribuye sustancialmente al éxito mediante la toma de decisiones, o por sus habilidades especíÀcas, obteniendo mayores utilidades o un nivel sostenido de crecimiento de su empresa.Las personas que pueden ser elegibles para este seguro pueden ser los mismosdueños, los socios industriales, los directivos o bien personal con conocimientosespecializados que al faltar ocasionarían una disminución en la producción,pérdida de clientes o del know-how, restricciones de crédito, reducción en elmanejo de inversiones, una disminución en la habilidad de dirigir, entre otras cosas.En este tipo de seguro, la empresa es el contratante y el beneÀciario irrevocablede la póliza. III. El seguro para accidentes El Seguro para Accidentes Personales, tiene por objeto amparar la muerte o daño que sufra la persona con ocasión de un accidente, ocurrido en el desarrollo de su vida personal o en su actividad profesional. 1. Concepto de accidente Se entiende por accidente la lesión o daño corporal derivado de un hecho violento, súbito, externo e independiente de la voluntad del asegurado, que le produzca la muerte o una invalidez temporal o permanente. Por extensión, también se consideran “accidente” los siguientes eventos: • Las lesiones sufridas a consecuencia de la legítima defensa. • Las infecciones derivadas de un accidente cubierto por la póliza. • La asÀxia o lesión como consecuencia de gases o vapores, inmersión o sumersión, o la ingestión de materias líquidas o sólidas no alimenticias. • Las lesiones debidas a intervención quirúrgica o tratamiento médico motivados por un accidente cubierto por la póliza. En consecuencia de lo anterior, no se consideran accidente a las enfermedades, a menos que las mismas se desarrollen como consecuencia de la ocurrencia de un accidente cubierto por la póliza. 2. Clases de contratos En forma general, los distintos tipos de Contratos de Seguro o póliza se diferencian por el número de personas aseguradas o por las limitaciones del amparo otorgado a determinados eventos. Por ejemplo:304

11. El seguro para las personas• Pólizas individuales: como su nombre lo indica, ampara a una sola persona.• Seguros colectivos de accidentes: se utiliza para cubrir a los miembros componentes de una familia, empresa o asociación, etc.• Seguro profesional: esta póliza ampara individualmente los accidentes que puedan acaecer al asegurado en el desarrollo de su actividad profesional.• Seguro extraprofesional: en contraposición a la anterior, este tipo de Contrato ampara al asegurado en el desarrollo de su vida ordinaria, con exclusión de las actividades relacionadas con su vida profesional.• Póliza de accidentes especíÀcos: es la misma póliza de Accidentes pero diseñadas para actividades especíÀcas, como: ¾ Accidentes Familiares. ¾ Accidentes para Escolares. ¾ Seguro de Aviación. ¾ Seguro para Empleados del Hogar. ¾ Seguro para Pasajeros de Vehículos. ¾ Seguro de Accidentes Acuáticos.3. Riesgos amparadosBajo este tipo de Contratos se cubren los siguientes riesgos:a. Amparo básico. Cubre contra los riesgos de muerte o invalidez que se originen en lesiones corporales sufridas como consecuencia de hechos fortuitos, externos, violentos, visibles y accidentales, ocurridos durante la vigencia de la póliza. Estos eventos cubiertos son:• Muerte accidental: bajo este amparo, la aseguradora pagará a los beneÀciarios el valor pactado a la muerte del asegurado.• Invalidez permanente total: si como consecuencia de accidente, se produce una Incapacidad permanente total que incapacite al asegurado para desarrollar cualquier actividad remunerativa, la compañía pagará una prestación igual a la suma asegurada.Siempre que tengan el carácter de accidentales, se consideran incapacidad totaly permanente:• Pérdida de dos miembros, ambos pies, ambas manos,• Pérdida de todos los dedos de ambas manos o ambos pies• Pérdida total de la vista de ambos ojos• Pérdida total de la audición por ambos oídos• Parálisis total y pérdida del habla• La enajenación mental incurable y absoluta• Invalidez permanente parcial o desmembración: si como consecuencia de accidente sufrido por el asegurado, se ocasiona la pérdida funcional oCapítulo 11 305

GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y SEGUROS Hernán Mejía Delgado anatómica de uno de sus órganos, o su amputación traumática o quirúrgica, la aseguradora indemnizará una suma de acuerdo con los porcentajes de la Tabla de Desmembración especial inserta en la póliza. b. Amparos adicionales. Las pólizas permiten contratar cobertura adicional para los siguientes eventos: • Renta por incapacidad total y parcial: Si las lesiones corporales ocasionadas por un accidente, producen una incapacidad total temporal, que impida al asegurado desempeñar todas y cada una de las actividades propias de su profesión u oÀcio, la aseguradora pagará una indemnización semanal, limitada a 52 semanas a partir de la fecha del accidente. • Gastos médicos por accidente: Cuando a consecuencia de accidente se requiera de tratamiento médico o quirúrgico, la aseguradora pagará el costo del tratamiento médico, quirúrgico, de ambulancia, hospital, de enfermería y de drogas que se causaren, sin exceder la suma asegurada correspondiente. Esta prestación suele ser otorgada mediante el sistema de Centros Médicos o Asistenciales adscritos a la aseguradora o mediante el reembolso de los gastos incurridos por el asegurado. Los aparatos ortopédicos y prótesis de tipo funcional sólo se cubren hasta cierto porcentaje previamente pactado en la póliza, pero los transplantes de miembros u órganos y los daños en prótesis preexistentes no están cubiertos, salvo pacto en contrario. • Gastos de Exequias por muerte accidental: En caso de fallecimiento del asegurado y con sujeción a la suma asegurada convenida, se indemnizan los gastos de exequias correspondientes, tales como funeraria, iglesia, bóvedas y servicios de cementerio, incluyendo derechos de inhumación o cremación del cadáver, además de carro mortuorio. • Gastos de traslado: Se cubren los gastos por traslado del asegurado en ambulancia hasta el centro hospitalario correspondiente, lo mismo que el costo de traslado del cadáver en caso de muerte accidental del asegurado. • Doble indemnización: En caso de muerte en accidentes de carácter excepcional, la aseguradora pagará una suma adicional a la contratada a los beneÀciarios de la póliza. Dichos eventos corresponden a pérdida de la vida por caída de rayo, explosión de una caldera, cuando se viaje como pasajero en un ascensor, cuando se encuentre dentro de una ediÀcación que se derrumbe, por ser impactado por aeronave que caiga, etc.. c. Personas No asegurables. Por el riesgo que representan, no son asegurables: • Los menores de 14 años, ni los mayores de 60 ó 70 años, según la Aseguradora. • Las personas con profesiones y labores peligrosas como bomberos, pilotos de carreras, miembros de las fuerzas armadas, buceadores, toreros, pilotos de fumigación aérea, etc.306

11. El seguro para las personas• Personas con graves taras físicas o mentales (ceguera, parálisis, locura), con enfermedades muy graves o crónicas (afecciones al corazón, pulmón, riñones, médula espinal), lo mismo que alcohólicos y drogadictosd. Riesgos especiales, eventualmente asegurados. Dependiendo de la aseguradora o de pacto especial, sólo se aseguran mediante especiÀcación especial, las lesiones o la muerte proveniente de homicidio culposo e intencional por parte de un tercero, lo mismo que el suicidio antes de dos años (o un año en algunas aseguradoras).4. ExclusionesGeneralmente las pólizas de Accidentes excluyen dentro de sus condicionados,los siguientes eventos:• Cualquier clase de enfermedad.• Tratamiento médico o quirúrgico (excepto el que se necesitare únicamente a consecuencia de lesiones cubiertas por la póliza y prestado dentro del límite de tiempo previsto en la misma).• Suicidio o tentativa de suicidio.• Los accidentes ocurridos durante el servicio militar, naval, fuerza aérea o de policía.• Los actos causados por violación, por parte del asegurado, de cualquier norma de carácter penal. IV. Los seguros de salud o enfermedadEste Seguro cubre al asegurado las pérdidas que, en el orden económico, leocasionen los gastos que por hospitalización y cirugía deba soportar en caso deuna enfermedad y su correspondiente curación.En consecuencia de lo anterior, este tipo de Seguro, también denominado deHospitalización y Cirugía, se puede contratar para cubrir principalmente:• Los costos de tratamiento, hospitalización, cirugías, exámenes especíÀcos, medicamentos, etc.• La pérdida o disminución de los ingresos económicos como consecuencia de enfermedad, mientras la misma es tratada y durante el período de convalecencia y recuperación .1. Amparos básicos otorgadosLa prestaciones de la póliza con las limitaciones de suma asegurada pactadaspara cada una, corresponden a las siguientes:Capítulo 11 307

GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y SEGUROS Hernán Mejía Delgado a. Gastos de hospitalización. Se indemniza el valor diario convenido en la póliza por enfermedad o accidente y mientras dura dicho internamiento en el centro hospitalario Por hospitalización se considera el internamiento por período superior a las 24 horas y para efectos de la indemnización se tomará todo el tiempo que el asegurado permanezca como paciente en la institución médica con un máximo de 365 días. b. Honorarios quirúrgicos. Ampara los honorarios de médicos y especialistas por intervenciones quirúrgicas y de acuerdo a una Tabla especial según la gravedad y complejidad de dicho procedimiento médico. En algunos tipos de contrato, estos honorarios se dividen en los correspondientes a Honorarios de Cirujano, Honorarios de Anestesiólogo y Ayudante de Cirugía. c. Otras Prestaciones del amparo básico. Dependiendo del tipo de póliza o Aseguradora, dentro del amparo básico se cubren con suma asegurada especíÀca, otro tipo de Gastos como los siguientes: • Visitas médicas: Cubre el costo de visitas por tratamiento médico hospitalario o el costo de Consultas pre y post hospitalarias. • Servicios especiales hospitalarios: Comprende los gastos ocasionados durante la hospitalización que sean necesarios para el cuidado y tratamiento del asegurado mientras permanezca hospitalizado . • Cirugía ambulatoria: Ampara la intervención quirúrgica ambulatoria o simpliÀcada y los tratamientos de fracturas, esguinces, luxaciones y contusiones que no necesiten hospitalización. • Fisioterapias: Si con posterioridad a un tratamiento médico o quirúrgico, cubierto por la póliza y bajo precripción médica, el asegurado requiere Àsioterapias, la compañía reconoce un valor determinado y hasta un límite preÀjado de sesiones. • Tratamiento odontológico por accidente: Reconoce hasta una suma máxima y por vigencia anual, los tratamientos odontológicos que requiera el asegurado con ocasión de un accidente cubierto. • Tratamiento ambulatorio por cáncer y leucemia: Desde el momento del diagnóstico positivo del cáncer, la aseguradora reconoce hasta la suma pactada y por espacio normalmente de 180 días, los gastos por control, quimioterapia, radioterapia, cobaltoterapia y similares • Exámenes para diagnóstico: De acuerdo al tipo de Diagnóstico y aunque no conduzcan a un tratamiento hospitalario o quirúrgico, se cubren los gastos por Hospitalización, Honorarios profesionales y Servicios especiales requeridos, según los límites pactados. • Tratamiento médico no hospitalario por enfermedades especíÀcas: Se cubren los gastos globales que se generen por todos los tratamientos médicos fuera de hospital como consecuencia de: poliomielitis, tétanos, escarlatina, diabetes, epilepsia, hepatitis, hiper e hipotiroidismo, lupus,308

11. El seguro para las personas tuberculosis, cirrosis hepática, difteria, Àebre reumática, glaucoma, litiasis, tosferina y úlcera péptica.• Maternidad: Este beneÀcio extendido a todas las mujeres del grupo familiar asegurado, ampara todos los eventos relacionados con la maternidad, trátese de parto normal, operación cesárea, cerclaje uterino y aborto no provocado voluntariamente, y de acuerdo a las sumas y condiciones pactadas.2. Coberturas adicionalesExisten en el mercado algunas coberturas para ampliar el amparo normal ydiferenciar la oferta existente, adecuándola a las necesidades especíÀcas de losasegurados, como son:a. Gastos médicos mayores. Para hacer frente a los gastos extraordinarios en caso de tratamientos muy especializados, en instituciones de alto costo, o por técnicas o sistemas muy novedosos, se otorga una suma especial que aumenta considerablemente y en forma global cualquier gasto extra.b. Renta por incapacidad laboral temporal. Ampara una cantidad diaria previamente establecida, durante el período de incapacidad del asegurado como consecuencia de enfermedad o accidente, durante el cual el asegurado no pueda desempeñar sus actividades habituales, domésticas o profesionales. Es exigencia de la póliza el internamiento en una institución médica de tiempo completo o en el domicilio de habitación, pero bajo prescripción y continua asistencia médica.c. Cobertura para tratamiento dental. Ampara la prestación de servicios médicos odonto-estomatológicos, mediante la modalidad de reembolso al asegurado por los costos incurridos, o mediante la utilización de la red propia de prestación del servicio por parte de la aseguradora. La cobertura está limitada a un límite global o con sublímites de acuerdo al tipo de procedimiento odontológico.d. Gastos funerarios. A la muerte de un asegurado, se reconocerá a quien acredite haber incurrido en los costos y gastos funerarios, una suma equivalente al valor indicado en la póliza, independientemente de la existencia de otros tipos de seguros sobre esta prestación.e. Cobertura para consulta externa. Para quienes se haya contratado este amparo adicional, se les pagarán los gastos en que haya incurrido por Consulta Médica y gastos misceláneos en que se incurra como consecuencia de la misma, sea que estos conduzcan o no a una posterior hospitalización.f. Enfermedades graves o de alto costo. Debido a la aparición de las enfermedades y tratamiento denominados de alto costo, algunas aseguradoras permiten, bajo la póliza de Enfermedad o Salud, la contratación de coberturaCapítulo 11 309

GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y SEGUROS Hernán Mejía Delgado para un grupo de enfermedades y tratamientos excluidos en las Condiciones Generales, tales como:• InsuÀciencia renal crónica.• Manejo del trauma mayor.• Cirugía del sistema nervioso central y periférico.• Tratamiento quirúrgico para enfermedades cardiovasculares.• Reemplazo articular de cadera.• Transplante de órganos.• Manejo del gran quemado.Se deÀnen “Enfermedades de Alto Costo” aquellas que representan unaalta complejidad técnica en su manejo, costo elevado, baja ocurrencia y bajaefectividad en su tratamiento. Los tratamientos se cubren hasta el límite indicadoen la Tabla de coberturas.g. Gastos en el exterior. Algunas aseguradoras, otorgan esta cobertura para los casos en que deba trasladarse al asegurado a otros países para un tratamiento no obtenible en el país o para el caso de necesitar conceptos médicos especiales.3. Tabla de límites y deducibles aplicablesPara el caso de intervenciones quirúrgicas, se utiliza una Tabla donde se contemplanlas principales intervenciones o procedimientos quirúrgicos indicando el límiteasegurado para cada una, ya sea como una suma especíÀca o como un porcentajedel la suma global contratada.Existe un deducible de días para los Gastos de Hospitalización que puede ser detres o cinco, y en ocasiones se limita esta prestación a un número máximo de días(90 ó 120 por ejemplo)La renta por incapacidad se indemniza desde el día siguiente en que Ànalice elperíodo de Deducible y Ànaliza al cabo de 365 o menos, según lo pactado en lapóliza.4. Tipos de pólizaEn cuanto al número de asegurados este tipo de contratos se expide bajo dosformas:• Seguro Individual y/o Familiar. Bajo la misma se cubre a un solo asegurado o a su familia o núcleo familiar.• Seguro Colectivo o de Grupo. Están destinadas a colectivos de personas pertenecientes a empresas, cooperativas, fondos, asociaciones, colegios de profesionales, etc., cubriendo bajo uno o varios planes las necesidades de los asociados y sus grupos familiares.310

11. El seguro para las personas5. Exclusiones principalesEn general las pólizas excluyen normalmente gastos por eventos tales como: Actosde guerra civil o internacional, revolución, rebelión, sedición, asonada, motines,huelgas, terrorismo.6. Costo y requisitos de contrataciónDebido a las diferentes ofertas existentes en el mercado, el costo de este Seguro ylos requisitos dependen de la cobertura a contratar, los límites de indemnización,el grupo por asegurar y la edad de las personas. V. El seguro de jubilación o de retiroEsta es una modalidad de seguro de vida que consiste en el pago de un capital orenta, diferidos en su pago hasta que el asegurado alcance una edad de jubilaciónpredeterminada, a partir de la cual recibirá el monto de la prestación pactada.1. AseguradosLos planes de jubilación, en los cuales se combina riesgo y ahorro, estándirigidos a cubrir diferentes tipos de personas pero especialmente a trabajadoresindependientes, empresarios, profesionales, artistas, rentistas y ahorradores engeneral.2. PrimasLas primas pueden ser niveladas o crecientes y su cuantía depende de la cantidadde dinero que el asegurado desee recibir al cabo de cierta edad.3. Edad de jubilaciónEl asegurado puede libremente elegir a qué edad desea recibir la prestaciónprocedente del Seguro contratado. Además, tiene la ventaja de que durante lavida del contrato puede disponer del derecho de rescate, si decide rescindir lapóliza y recibir el importe que le corresponde de la provisión o reserva matemáticaconstituida sobre el riesgo que tenía garantizado.4. ImportanciaAl término de la vida productiva de una persona, cuando declina el monto de susingresos, además de que la capacidad de producir se ve reducida al mínimo, esel momento cuando se palpa la realidad de la necesidad de tener unos ingresosque permitan existir con una calidad de vida digna, lo que sólo se puede lograrmediante un Seguro de Jubilación que puede ser adicional al otorgado mediantelos sistemas de salud del Estado.Capítulo 11 311

GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y SEGUROS Hernán Mejía Delgado VI. Seguro para desempleoEl objeto de este Seguro, es garantizar al asegurado el pago de un númerodeterminado de mensualidades (6, 12, 18) como consecuencia de unadesvinculación laboral que le cause una situación de desempleo que supere elperíodo de carencia (ordinariamente dos (2) o tres (3) meses.1. AmparosLa póliza cubre la situación de desempleo causada por:• El despido sin causa justa.• La declaración de insubsistencia.• El despido a empleados de libre remoción.• La renuncia.• El mutuo consentimiento.• Terminación anticipada del contrato a término deÀnido.• Supresión de cargos por fusión, transformación o liquidación de entidades públicas o privadas.• Cualquier otra modalidad de despido sin causa justa.2. Límite aseguradoEl valor asegurado corresponde al importe mensual del sueldo devengado por elasegurado multiplicado por el número de meses que se pacte, como seis, nueveo doce meses y según las condiciones de la póliza.3. Documentos para reclamación• Informe de las circunstancias y situación laboral de desempleo, fecha de desvinculación y datos personales.• CertiÀcación expedida por el último empleador, informando el último salario, tiempo laborado, fecha de desvinculación, cargo desempeñado y tipo de cargo, y causal de despido.• Declaración bajo juramento en donde conste su situación de desempleo, presentada con periodicidad mensual durante el tiempo de la indemnización. VII. Los seguros para grupos o colectivos Los Seguros de Vida, de Accidentes, de Salud y otros, pueden ser contratados en forma grupal o colectivamente para dar soluciones adecuadas a las múltiples necesidades de aseguramiento que tienen las empresas o los colectivos de personas.312

11. El seguro para las personasA - INTRODUCCIÓNSe pueden deÀnir los Seguros para grupos o colectivos como los que cubren a unconjunto de personas unidas por un interés o vínculo común, previo o simultáneoa la inclusión en el Seguro, que cumplen con las condiciones de asegurabilidadexigidas y cuya cobertura se realiza por convenio entre la aseguradora y elTomador del Seguro.1. Personas que intervienen en el ContratoLos actores de estos tipos de Contratos son los siguientes:• Tomador: Es la persona jurídica que suscribe el contrato de seguro con la aseguradora y representa al grupo de asegurados, haciéndose cargo del pago de la prima. Este puede ser cualquier empresa o entidad, asociación, colegio, universidad, fondo de empleados, cooperativa, etc.• Asegurador: Entidad que asume el compromiso de pagar las pérdidas soportadas por el asegurado según los riesgos cubiertos por el contrato, debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera• Asegurado: Es cada una de las personas pertenecientes al grupo asegurable que reúne las condiciones de asegurabilidad• BeneÀciario: Es el titular del derecho a la indemnización o el beneÀcio en caso de siniestro, designado previamente por el tomador o asegurado.2. Contratación y manejoA la Solicitud de Seguro, tramitada y diligenciada conforme a los requisitosexigidos por la aseguradora, se adjunta la Solicitud individual de inclusióndiligenciada y Àrmada por cada uno de los asegurados con sus correspondientesdatos personales. Una vez expedida la póliza, se entrega el respectivo CertiÀcadoIndividual de Seguro a cada uno de los Asegurados junto con copia de lasCondiciones Generales del Contrato de Seguro ; las modiÀcaciones por ingresos oexclusiones, modiÀcaciones de valor o de beneÀciarios se harán mediante AnexosModiÀcatorios especíÀcos.3. Valores aseguradosLos valores asegurados, normalmente corresponden al tipo de condicionesy modalidades contratadas, utilizándose la posibilidad de convenir dos otres opciones o planes para adaptarse a las necesidades especíÀcas de losasegurados.4. Grupo asegurableSe requiere que el conjunto de personas por asegurar, sea de característicascomunes o estén unidas por un vínculo común, actividad profesional, social oCapítulo 11 313

GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y SEGUROS Hernán Mejía Delgado particular, tales como los empleados de una empresa, asociación, cooperativa, club, universidad, entidad oÀcial, etc. 5. Tipos de seguros de grupo o colectivos Respondiendo a las necesidades del mercado, son multitud las clases de seguros de Grupo disponibles para los riesgos de pérdida de la vida, accidentes o enfermedad, por lo que nos referiremos a los principales de ellos en forma resumida puesto que los principios generales ya fueron detallados anteriormente. B. SEGURO DE GRUPO VIDA El Seguro de Vida Grupo tiene por objeto amparar a los miembros del grupo asegurado, contra el riesgo de muerte por cualquier causa, permitiendo garantizar un capital o una renta a los beneÀciarios del Seguro en caso de fallecimiento del asegurado durante la vigencia de la póliza, lo mismo que un capital o una renta al mismo asegurado en caso de que sufra una invalidez permanente durante la vigencia del seguro. 1. Cobertura Se otorga un amparo básico y unas coberturas adicionales según la necesidad del grupo por asegurar. a. Amparo básico. El amparo básico contratado, es la muerte por cualquier causa, incluyendo el suicidio desde el inicio de la vigencia. b. Amparos adicionales. Normalmente y de acuerdo a las necesidades especíÀcas del Contratante, se pueden contratar los siguientes: • Incapacidad total y permanente: Se paga el total del capital garantizado en caso de que el asegurado sufra una incapacidad total y permanente que lo inhabilite para todo tipo de trabajo • Muerte accidental y beneÀcios por desmembración: Bajo la llamada “Doble Indemnización” se paga una suma adicional, idéntica a la de la garantía principal, en caso de que el asegurado muera en forma accidental o sufra desmembración de dos miembros principales o más. • Gastos Médicos por accidente: Se garantiza el pago de una suma determinada para los tratamientos médicos u hospitalarios necesarios en caso de accidente. • Gastos Funerarios: Adicionalmente se otorga una suma previamente convenida para el pago de los gastos de entierro a consecuencia de muerte por cualquier causa del asegurado. • Invalidez total y permanente (Incapacidad profesional): En algunos tipos de pólizas se otorga amparo para los casos en que el asegurado sufra una incapacidad que le impida el desempeño completo del ejercicio de su profesión.314

11. El seguro para las personas• Enfermedades Graves: Se cubre hasta la suma pactada, el caso de que un asegurado padezca de cáncer, accidente cerebro-vascular, insuÀciencia renal, infarto al miocardio o transplante de órganos, que sean descubiertos y diagnosticados durante la vigencia del Seguro o en caso de que sea sometido a intervención quirúrgica por enfermedad de las arterias coronarias.• Renta para Gastos del Hogar: Como beneÀcio adicional, para el caso de muerte o incapacidad total y permanente como consecuencia de accidente, se indemniza la suma pactada para cubrir los Gastos de Hogar por un período de seis (6) meses.• Asistencia en viajes nacional e internacional: Se otorga asistencia inmediata para el caso de enfermedad grave o accidente cuando el asegurado se encuentre de viaje, dentro o fuera del territorio nacional.• Segunda Opinión Médica: En los casos de necesidad de un tratamiento o una intervención quirúrgica que pueda poner en peligro la vida del asegurado, se otorga como prestación adicional el pago de una segunda opinión médica especializada.c. BeneÀcios. En forma general se otorgan:• Posibilidad de Cobertura por sumas más elevadas que las que se podrían individualmente• Normalmente no se requiere examen medico de ingreso, solo diligenciar la Declaración de Asegurabilidad• El valor de la prima depende del valor asegurado y edad del empleado o asociado• El valor asegurado se ajusta en el tiempo de acuerdo al incremento del IPC (Índice de Precios al Consumidor) anual• Facilidad de pago a través de nómina o de productos de la Banca o Tarjeta de Crédito• Facilidad de pago de la prima en forma mensual, trimestral o anual.• Se otorga posibilidad de que al dejar de pertenecer al grupo asegurado, se pueda contratar un Seguro individual con los mismos amparos y por la misma suma asegurada sin necesidad de examen médico.2. Consideraciones de aseguraciónAnotamos las siguientes al respecto:a. ClasiÀcación. Teniendo en cuenta el origen de los dineros y la manera como se efectúa el pago de la prima correspondiente, este tipo de Seguro se divide en dos tipos, a saber:• Contributivo: Cuando el empleado o asociado es el que paga la totalidad o parte de la prima.• No contributivo: Son aquellos pagados directamente por la empresa o asociación sin intervención del asegurado.Capítulo 11 315


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